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Transcripción:

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE COLEGIO DE ABOGADOS JAVERIANOS Y LA FUNDACIÓN GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA Salamanca (España), a 19 de Abril de 2018 REUNIDOS: De una parte, D. EDGAR JAVIER MUNÉVAR ARCINIEGAS, mayor de edad, con domidlio en Bogotá D.C.- Colombia, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.347.931 expedida en Bogotá, actuando como Presidente y representante legal del COLEGIO DE ABOGADOS JAVERIANOS, asociación sin ánimo de lucro fundada en 1.963, con personería jurídica debidamente registrada en la Cámara de Comercio de Bogotá, con número de identificación tributaria - NIT - 860.046.697-1, con poderes suficientes para la celebración de este convenio, ratificados en sesión del Consejo Directivo celebrado el 18 de abril/18 y de otra parte, D. ÓSCAR GONZÁLEZ BENITO, en su calidad de Director Gerente de la Fundación General de la Universidad de Salamanca, con D.N.l. n.º 07.871.935-R y con poderes suficientes para la celebración de este acto en virtud del acuerdo adoptado en la Junta Ordinaria del Patronato de la Fundación General de la Universidad de Salamanca celebrado el 17 de diciembre de 2013, poderes que no le han sido derogados ni modificados. ------------------------------------------------------------------------- Ambas partes se reconocen mutuamente plena capacidad para suscribir el presente Convenio, y a tal efecto, ----------------------------------------------------------------------------------- EXPONEN: Que La Fundación General de la Universidad de Salamanca (en lo sucesivo, FG/USAL) es una institución sin ánimo de lucro que tiene como objetivo primordial cooperar al cumplimiento de los fines de la Universidad de Salamanca, previstos en el artículo segundo de sus Estatutos (Acuerdo 19/2003 de la Junta de Castilla y León, publicados en BOCYL n.º 22, de 3 de febrero de 2003, modificados por Acuerdo 38/2011 de la Junta de Castilla y León, BOCYL n.º 90, de 11 de mayo). ------------------------------------------------------------------- Que el COLEGIO DE ABOGADOS JAVERIANOS (en lo sucesivo CAJ) es también una asociación privada sin ánimo de lucro y con personería jurídica vigente cuya función principal es fomentar y contribuir al progreso moral e intelectual de sus asociados y promover espacios académicos y gremiales propicios para esos fines ------------------------- Que la FG/USAL, en desarrollo de sus competencias, participa de los mismos objetivos que persigue el CAJ, en especial el fomento de actividades académicas, formativas y educativas, que redunden en beneficio de la sociedad. --------------------------------------------- Página 1 de 5

Que ambas Instituciones están interesadas en establecer una mutua colaboración mediante el inicio de acciones comunes en materia formativa y educativa, a cuyo fin vienen a suscribir el presente Convenio de Colaboración de conformidad a las siguientes -- CLÁUSULAS PRIMERA.- Del objeto del Convenio. --------------------------------------------------------------- Mediante el presente Convenio se pretende establecer una relación de colaboración entre la FG/USAL y el CA) para el desarrollo de la actividad periódica "Cursos de Especialización en Derecho" (en lo sucesivo, CEO) que sea beneficioso para ambas Partes. -------------------------------------------------------------------------------------------------- SEGUNDA.- De los CED y de los beneficiarios del Convenio. ---------------------------------- A través de esta actividad, la FG/USAL ofrecerá formación continuada de alto nivel en condiciones especialmente ventajosas a los titulados superiores en ciencias jurídicas u otras disciplinas afines vinculados al CAJ, procurando su perfeccionamiento pro fesio na!. ------------ --------------------------------- --------------- ----- ---------- ---------- Los CEO se imparten en dos ediciones anuales, ofreciendo en cada una de ellas una colección de programas académicos relacionados con las diferentes ramas del ordenamiento jurídico y que, actualizados, se pueden consultar en la web http:/ jfundacion.usal.esjced. Cada programa se compone de 120 horas nominales, de las cuales 60 tienen carácter presencial y se cursan en Salamanca, correspondiendo las 60 horas restantes a la realización y superación de un trabajo de investigación relacionado con alguna de las materias desarrolladas en la parte presencial. ----------- TERCERA.- De los compromisos de las Partes. ------------ ----------- ------------------------- La FG/USAL se compromete ante el CAJ a realizar las siguientes acciones: -------------- a) Facilitar información de cada nueva edición de los Cursos de Especialización en Derecho con carácter prioritario, facilitando tanto las direcciones URL que sean precisas para acceder a ella como el material de difusión en papel que edite la FG/USAL (carteles, dípticos, etc.). ----- ---------------------------------------------------- b) Garantizar un descuento variable en el precio de la inscripción en los Cursos de Especialización en Derecho a los grupos de personas adscritas y jo dependientes del CA), que se practicará del siguiente modo: ------------------------------------------ - Grupo de tres (3) o más personas: 15 por 100. ---------------------- ---------------- -Grupo de cinco (5) o más personas: 20 por loo. ------------------------------- ----- -Grupo de diez (10) o más personas: 25 por 100. ------------------------------------- Página 2 de 5

e) Incorporar el logo o signos distintivos del CAJ bajo el concepto de "institución colaboradora", en condiciones de igualdad con otras entidades con las que la FG/USAL llegue a acuerdos similares al documentado en el presente Convenio. -- El CAJ se compromete ante la FG/USAL a realizar las siguientes acciones: -------------- a) Respecto del proceso de inscripción de los beneficiarios de los descuentos arriba indicados, elfla Coordinador fa indicado en la Cláusula Cuarta del presente Convenio gestionará on-line ante la FG/USAL los trámites que sean precisos aportando, de una sola vez, la documentación que sea exigible con carácter general, a través del procedimiento habilitado por la FG/USAL. A tal efecto, una de las cartas de recomendación de cada uno de los beneficiarios deberá proceder del responsable del departamento o servicio al que pertenezca en el CAJ --------- b) El pago correspondiente a la matrícula de los beneficiarios quedará a cargo de los funcionarios o asociados del CAJ que deseen participar de los cursos. El CAJ enviará a través de su Coordinador la lista final de participantes. Los pagos correspondientes serán tramitados directamente por los funcionarios participantes con la Fundación, conforme a las modalidades aceptadas por la ú 1 ti m a. -------------------------------------------------------------------------------------------- e) Ofrecerá difusión de los Cursos de Especialización en Derecho a través de los medios corporativos que a tal efecto disponga, con inclusión de la convocatoria general en las redes sociales de Internet en que participe, tomando como referencia la información general que ofrezca la FG/USAL. Al comienzo de cada convocatoria el CAJ informará a la FG/USAL de las acciones emprendidas en tal sentid o. ------------------------------------------------------------------------------------------ CUARTA.- Coordinación y notificaciones. ------------------------------------------------------- La dependencia responsable dentro del CAJ de velar del buen fin del presente Convenio es el CONSEJO DIRECTIVO, quedando su ejecución inicialmente encomendada a D.ª Gladys Ariza, que actuará como Coordinadora. Las notificaciones y comunicaciones deberán dirigirse a dicha Coordinadora a las siguientes dirección postal, fax o correo electrónico:, calle 40 # 6-23 Piso 7 Edificio Gabriel Giralda S.J. Campus de la Pontificia Universidad Javeriana de Bogotá- Colombia, telefax (571)2850415 ó (571)2851816. La dependencia responsable dentro de la FG/USAL de coordinar las actividades de la FG/USAL según este Convenio es su Departamento de Formación y Congresos, quedando a cargo del Sr. D. áscar González Benito, Director Gerente de la FG/USAL. Las notificaciones y comunicaciones deberán dirigirse a la siguiente dirección, teléfono, fax y correo electrónico: ---------------------------------------------------------------- Fundación General de la Universidad de Salamanca ------------------------------------ Página3 de S

Departamento de Formación y Congresos ----------------------------------------------- Hospedería de Fonseca- Calle Fonseca, 2 ------------------------------------------------ 3 7 00 2 - S a!amanea (España) ---------------------------------------------------------------- Teléfono: ( + 34) 923 294 6 79 --------------------------------------------------------------- Fax: ( + 34) 923 294 702 ---------------------------------------------------------------------- Correo electrónico: fundacion.postgrado@usal.es -------------------------------------- Todas las comunicaciones y notificaciones que deriven de este Convenio sólo tendrán validez cuando sean remitidas por correo postal, vía fax o por correo electrónico y estén dirigidas a los Coordinadores respectivos en las direcciones indicadas en los párrafos anteriores. --------- ------------------------------------------------------------------------ Cualquiera de las Partes podrá cambiar la dependencia responsable, eljla Coordinador/a designado/a, la dirección, teléfono, fax o correo electrónico indicados, notificándolo así a la otra Parte por escrito. ---------------------------------------------------- QUINTA.- Disposición financiera. ------------------------------------------------------------------ Sin perjuicio de lo que las Partes dispongan en los acuerdos suplementarios suscritos en vírtud de este Convenio, este Convenio por si solo no implica obligaciones de carácter financiero para las Partes. --------------------------------------------------------------- SEXTA.- De la colaboración entre los firmantes. ----------------------------------------------- Las Partes firmantes del presente Convenio colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de buena fe y eficiencia, para asegurar la correcta ejecución de 1 o pactad o. ---------------------------------------------------------------------------- SÉPTIMA.- Protección de datos de carácter personal. ---------------------------------------- Las partes se comprometen a tratar los datos de carácter personal exclusivamente de acuerdo con las finalidades prevístas en el presente Convenio y dentro de sus límites, de conformidad en todo momento con las disposiciones legales vigentes sobre la materia y, en especial, con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, del 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y su normativa de desarrollo. - OCTAVA.- Uso de signos distintivos. ---------------------------------------------------------------- Página4 de S

El uso del logotipo, marca y demás signos distintivos de la FUNDACIÓN GENERAL y de los CED quedará limitado exclusivamente a la difusión y desarrollo de la actividad objeto del presente acuerdo. ----------------------------------------------------------------------- Salvo autorización expresa y por escrito, no se autoriza a terceras empresas o entidades relacionadas con el CA) a hacer uso de los signos distintivos de la FUNDACIÓN GENERAL y de los CED. En el mismo sentido tampoco se podrá hacer uso para fines distintos a este convenio del logotipo y marca y demás distintivos del CA J ------------------------------------------------------------------------------------------------------- NOVENA.- De la duración del Convenio. ---------------------------------------------------------- El presente Convenio entrará en vigor en el momento de la firma y tendrá una vigencia de tres (3) años. Podrá ser modificado por las partes mediante declaración concorde. Transcurrido este plazo, las partes valorarán la conveniencia de prorrogar el convenio a través del correspondiente acuerdo. -------------------------------------------- Este Convenio podrá terminarse de mutuo consentimiento o podrá darse por terminado por cualquiera de las Partes mediante notificación escrita a la otra con una antelación no menor a los treinta días. ---------------------------------------------------------- Los acuerdos que, en desarrollo del presente Convenio, no hubiesen concluido al término del mismo, permanecerán en vigor hasta su finalización, salvo acuerdo previo de las partes. --------------------------------------------------------------------------------- Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad de las Partes, firman el presente Convenio, de todas sus hojas y a un solo efecto y tenor, en el lugar fecha nto. -------------------------------------- Página S de S