CONVENIO PROGRAMA DE REHABILITACIÓN INTEGRAL EN LA RED DE SALUD En Castro a 09 de Marzo de 2013, entre el Servicio de Salud Chiloé, RUT N 61.979.210-6, persona jurídica de derecho público, domiciliado en calle O'Higgins N 504, representado por su Director Sr. Rodrigo Callejas Callejas, Cédula Nacional de Identidad N 10.719.524-6, del mismo domicilio, en adelante el "Servicio" y la Ilustre Municipalidad de Castro, Persona Jurídica de Derecho Público RUT N 69.230.400-4, domiciliada en Calle Blanco N 273 de la ciudad de Castro, representada por su Alcalde Sr. Nelson Águila Serpa, Cédula Nacional de Identidad NO 6.648.538-2, de ese mismo domicilio, en adelante la "Municipalidad", se ha acordado celebrar un convenio, que consta de las siguientes cláusulas: PRIMERA: Se deja constancia que el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, aprobado por la Ley N 19.378, en su artículo 56 establece que el aporte estatal mensual podrá incrementarse: "En el caso que las normas técnicas, planes y programas que se impartan con posterioridad a la entrada en vigencia de esta ley impliquen un mayor gasto para la Municipalidad, su financiamiento será incorporado a los aportes establecidos en el artículo 49". Por su parte, el artículo 6 del Decreto Supremo N 136 del 2004, del Ministerio de Salud, reitera dicha norma, agregando la forma de materializarla al señalar "para cuyos efectos el Ministerio de Salud dictará la correspondiente resolución". SEGUNDA: En el marco de!a Reforma de Salud, cuyos principios orientadores apuntan a la Equidad, Participación, Descentralización y Satisfacción de los Usuarios, de tas prioridades programáticas, emanadas del Ministerio de Salud y de la modernización de la Atención Primaria e incorporando a la Atención Primaria como área y pilar relevante en el proceso de cambio a un nuevo modelo de atención, el Ministerio de Saiud, ha decidido impulsar el Programa de Rehabilitación Integral en la Red de Salud. El referido Programa ha sido aprobado por Resolución Exenta N 07 del 04 de Enero de 2013, del Ministerio de Salud. Anexo al presente convenio y que se entiende forma parte integrante del mismo, el que la municipalidad se compromete a desarrollar en virtud del presente instrumento. TERCERA: El Ministerio de Salud, a través del Servicio, conviene en asignar a la Municipalidad recursos destinados a financiar la siguiente estrategia del Programa de Rehabilitación Integral en la Red de Salud: 1) Componente 2: Salas de Rehabilitación Basada en la Comunidad o Centros de Rehabilitación de Base Comunitaria CUARTA: Conforme a lo señalado en las cláusulas precedentes el Ministerio de Salud, a través del Servicio de Salud, conviene en asignar al Municipio, desde la fecha de total tramitación de la Resolución aprobatoria, la suma anual y única de $ 48.232.262.-, para alcanzar el propósito y cumplimiento de las estrategias señaladas en la cláusula anterior. El Municipio se compromete a coordinar la definición de coberturas en conjunto con el Servicio cuando corresponda, así como, a cumplir las acciones señaladas por éste para estrategias específicas y se compromete a mplementar y otorgar las prestaciones señaladas en el Programa para las personas válidamente inscritas en los establecimientos.
QUINTAD El Municipio se compromete a utilizar los recursos entregados para financiar las siguientes actividades y metas: 1. Desarrollar estrategias de rehabilitación integradas funciona I mente a la atención primaria de salud, bajo un enfoque biosicosocial y familiar. 2. Asumir progresivamente la atención integral de la totalidad de las personas en situación de discctpacidad leve, transitoria o definitiva, apoyar el manejo terapéutico de las personas en situación de discapacidad moderada, y sus familias, en el contexto comunitario. 3. Desarrollar programas de prevención de discapacidades, promoción de la actividad física y mantención de la funcionalidad a lo largo del ciclo vital. 4. Desarrollar las competencias de los equipos de salud, en particular de profesionales de rehabilitación y médicos generales y de salud familiar, para resolver las necesidades de los usuarios portadores de síndromes dolorosos de origen osteomuscular y mejorar la oportunidad de las derivaciones a especialistas. 5. Apoyar la gestión del proceso de acreditación y certificación de la Discapacidad contando con sistemas expeditos para el cumplimiento de los plazos y disposiciones de la Ley 20.422 sobre la Igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con Discapacidad. 6. Mantener diagnóstico detallado de las personas en situación de discapacidad de la comuna, generar un plan de trabajo con organizaciones sociales de discapacidad y presentar el tema de la discapacidad y rehabilitación en los diagnósticos participativos comunales. N SALAS NOMBRE ESTRATEGIA RRHH ($) (KINESIÓLOGO + TERAPEUTA OCUPACIONAL) INSUMOS ($) TOTAL ($) 1 Sala Rehabilitación con Base Comunitaria 24.116.131.- 2.676.062.- 24.116.131.- 1 Sala Rehabilitación con Base Comunitaria 18.116.131 2.676.062.- 22.116.131.- Capacitación Provincial 2.000.000 0.- 2.000.000.- Total Programa 48.232.262.- SEXTA: la capacitación provincial deberá ser realizada por el municipio con el objetivo de entregar conocimientos prácticos a unos 40 profesionales kinesiólogos y terapeutas Ocupacionales de la red de rehabilitación del Servicio de Salud Chiloé. Los honorarios para el profesional debieran contemplar además de la relatoria, traslados, alojamiento y alimentación para los 2 días (16 horas) que debiera durar la capacitación. La certificación para los profesionales estará a cargo de la entidad organizadora. Los objetivos de la capacitación deberán incorporar los siguientes temas: 1. Prevención de discapacidad: Las intervenciones no deben prescindir de la anticipación de discapacidad y por lo tanto acciones con la familia, comunidades, instituciones deben tener el foco de la prevención en todas sus formas. Los planes de intervención deben incluir todo el ciclo vital, trasladando la atención a las escuelas, empresas y organizaciones. 2. Promoción: Incorporar la Red de Salud, Red intersectorial y Social, con enfoque de condicionantes y determinantes sociales, reforzado el conocimiento del ciclo de vida
humana en su entorno y no basado en ciencias mecánicas, re-conceptualizando la prevención del daño, la evitación del daño, relacionando el ciclo vital con la exposición a factores de riesgo, vulnerabilidad y diversidad. SÉPTIMA; El Servicio evaluará el grado de cumplimiento del Programa, conforme a las metas definidas por la División de Atención Primaria del Ministerio de Salud. Cada sala será evaluada con indicadores propios que permitan monitorear el cumplimiento de indicadores y objetivos según las orientaciones programáticas y según lo dispuesto en los anexos 2 y 3 de este convenio. La justificación en la instalación de 2 salas RBC en la comuna de Castro radica en la necesidad de aumentar la cobertura de Rehabilitación e inclusión social en relación a la población inscrita y beneficiaría, contemplando la población rural e insular. Podrá existir complementariedad en los énfasis para cada establecimiento, no obstante, la continuidad de la atención para la intervención debe ser efectuada por un solo equipo tratante, abordando al usuario como un sujeto integral que requiere prestaciones integrales, cumpliendo asi el enfoque de salud familiar requerido. Los REM serán la base del proceso de monitoreo y evaluación de los distintos componentes, por lo que toda prestación u actividad debe ser registrada por los profesionales de os componentes (Anexos 1 y 2). El encargado de rehabilitación deberá enviar el consolidado, ya procesado, a la unidad de rehabilitación de la Subsecretaría de Redes Asistencíales de! MINSAL. Además, se solicitará una auditoría de las fichas clínicas para verificar la existencia de planes de tratamiento individual de las personas en situación de discapacidad o en riesgo de adquirirla, este proceso será de responsabilidad del encargado de rehabilitación de! servicio de salud y el resultado debe ser anexado al consolidado de registros. El diagnóstico comunitario, para los componentes de rehabilitación de base comunitarias urbana y rural, debe ser realizado y analizado por el equipo que conforma el componente y sus resultados enviados por correo electrónico a los encargados de rehabilitación de los servicios de salud, con copia a la unidad de rehabilitación de la Subsecretaría de Redes Asistenciales del MINSAL. La evaluación del programa se efectuará en dos etapas: La primera evaluación, se efectuará con corte al 31 de Agosto del año en curso. De acuerdo con los resultados obtenidos en esta evaluación se hará efectiva la reliquidación de la segunda cuota en el mes de Octubre, si es que su cumplimiento es inferior al 60%, de acuerdo al siguiente cuadro: Porcentaje cumplimiento de Metas por componente 60% y más Entre 55% y 59,9% Entre 50% y 54,9% 49,9% o Menos Porcentaje de Descuento de recursos 2 cuota del 40% 0% 50% 75% 100% En relación a esto último, las comunas que tengan mejor cumplimiento en la evaluación con corte al 31 de agosto del año correspondiente, podrán optar a reasignación de recursos. Este excedente de recursos provendrá de aquellas comunas que no cumplan con las prestaciones proyectadas. La segunda evaluación y final, se efectuará al 31 de Diciembre, fecha en que el Programa deberá tener ejecutado el 100% de las prestaciones comprometidas. Para la evaluación de Diciembre se tomarán los indicadores contenidos en las Orientaciones Metodológicas para el Desarrollo de las s de Rehabilitación en A.P.S, 2010-2014. Los resultados deberán ser enviados al 30 de enero del ano siguiente. La evaluación se realizará en forma independiente para cada Componente del Programa.
OCTAVA Los recursos serán transferidos por el Servicio de Salud en 2 cuotas (60% - 40%), la 1 cuota contra total tramitación del convenio y resolución aprobatoria y la 2 cuota contra el grado de cumplimiento. NOVEN Ai E! Servicio, requerirá a la Municipalidad, los datos e informes relativos a!a ejecución del programa y sus componentes específicos en la cláusula tercera de este convenio, con los detalles y especificaciones que estime del caso, efectuando una constante supervisión, control y evaluación del mismo. Igualmente, ef Servicio impartirá pautas técnicas para alcanzar en forma más eficiente y eficaz los objetivos del presente convenio. DECIMAl El Servicio velará permanentemente por la correcta utilización de los fondos traspasados. Sin perjuicio de lo anterior, estas transferencias de recursos se rigen por las normas establecidas en la Resolución IM 759 de 2003, de la Contraloría General de la República, que dispone la obligación de rendir cuenta mensual de los recursos transferidos, lo cual será fiscalizado por el Departamento de Auditoría del Servicio de Safud Chíloé. DECIMA PRIMERA: La Municipalidad mensualmente rendirá cuenta de la transferencia, mediante una planilla consolidada en que detalle a lo menos: ingresos, egresos detallados y saido disponible, la que deberá hacer llegar dentro de los cinco primeros días del mes siguiente a que haga referencia, al domicilio del Servicio, sin perjuicio de otros antecedentes que!e puedan solicitar formalmente. Al finalizar el Convenio, la Municipalidad, deberá entregar una rendición detallada y documentada de los gastos realizados y el cumplimiento de los objetivos y estrategias comprometidas, respaldada con el envío de copia de las facturas correspondiente a los egresos. DECIMA SEGUNDA: Finalizado el período de vigencia del presente convenio, el Servicio descontará de ia transferencia regular de atención primaria, el valor correspondiente a la parte transferida y no ejecutada del Programa objeto de este instrumento, en su caso. Para lo cual, la Municipalidad le faculta para aplicar el descuento correspondiente, en la primera cuota del Convenio de continuidad del ano siguiente, considerando para ello el pago de Recursos Humanos y la capacitación solicitada DECIMA TERCERA: El Servicio de Salud no asume responsabilidad financiera mayor que la que en este Convenio se señala. Por ello, en e! caso que la Municipalidad se exceda de los fondos destinados por el Servicio para la ejecución del mismo, ella asumirá el mayor gasto resultante, DECIMA CUARTA: El presente convenio tendrá vigencia desde el 1 de Enero hasta el 31 de diciembre del año en curso, sin embargo podrá extenderse por un periodo posterior al año en curso, si la entidad administradora de salud to solicita expresamente al Servicio de Salud y éste lo estima pertinente. La renovaciémjebera~~selicítarse formalmente, por parte del Municipio en una fecha anterior, hasta^quince días antes dekvencimiento del Convenio. Sin perjuicio de la extensión efe convenio, mediante conventos complementarios podrán modificarse anualmente los montos a transferir a la Municipalidad en conformidad con el mismo, las prestaciones que/este incluye y los demás ajustes quesea necesario introducirle en su operación. DÉCIMA. QUINTA: El presente convenio se firma en 4 ejemplares, quedando ulío en poder del Servicio de Salud, uno en el de la Municipalidad y ios dos restantes en la del Ministerio e Salud Subsecretaría de Redes Asistenciales y la División de Atención Priman; ÁGUILA SERPA ALDE ji A r\> F ra^tro SR. ROÍ SER IRISO CALLEJA DIRECTOR ttcio DE SALIÍD Jurídico, Servicio de Salud Chiloé
ANEXO N"l: DISEÑO DE EVALUACIÓN ARTROSIS LEVE O MODERADA, PERSONAS MAYORES DE 55 COMPONENTE PRODUCTOS ESPERADOS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN 4.-Artrosis GES Ges Artrosis Cumplimientos ÁREA DE EVALUACIÓN Actividad Meta Indicador Fuente % evaluación 100% 75% 50% 0 Personas atendidas 50% de las personas arpnrlidas Fbrcentaje de personas atendidas por GES artrosis SIGGES/ Lista rutificadapacie ntes atendidos 100% 50 y más 40-49,9 30-39,9 menos de 29,9
ANEXO N"2: DISEÑO DE EVALUACIÓN REHABILITACIÓN INTEGRAL CON BASF, COMUNITARIA (RBC) - CORTE AGOSTO ÁREA DE EVALUACIÓN Metas por estrategia Cumplimientos RBC.RR. obtenidos en las personasen situación de dis capacidad Ingresos y egresos Metas por estrategia Fuente Cump] RBC RI - RR- 20y mas obtenidos en las PsD de acuerdo a problemas de salud. Mantener al rner os un 20% de PsD con Parkinson, secuela de AVE. artrosis. otrcs déficit setundancs a compromiso neuromuscular Menle.ier ai menos jn 15% de PsDcon Paihinson, sitrosis secuela de AVE. oíros déficit secundarios s compro iris a neuromuscular Mantener al menos un 20% de PsD con Paiíinson, artrcs s, secuela de AVE, otros déficit secundarios a compromiso neurornuscsj'ar Nc Psd inglesados con Dg de parkinson, artros;s, secje'a de AVE. otro déficit secundario a compromiso neuromuscularí Tota Ingres os'icd 15 y mas Rehabilitación Física: Actividades de prevención de discapacidad N de actividades de educación grupa I/ total de actividades de educación grupsl t- actividades de educación paia la salud "IDC RBC, Ri, RR 50 y mas 100 -. ÍQO. _1QQ_
ANEXO NÜ3: DISEÑO DE EVALUACIÓN REHAÜILITACION INTEGRAL CON BASE COMUNITARIA (RIÍC) - CORTE DICIEMBRE ÁREA DE EVALUACIÓN Actividad Metas por estrategia" obla nidos en [a 10yr RR 5yiras 50 y r Helas por estrategia obtenidos sn fea PsD da sctiardo a pro bremas de salud Educación para la Salud Matas por estrategia Estrategií 23y mas Actividades preventivo promoción a le TiabajoComutiitarta parala Inclusión Sodas! Metas por cscratcgi: -Actividades Comunitarias