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Transcripción:

RESOLUCIÓN 97 DE 2012 (septiembre 11) Diario Oficial No. 48.553 de 14 de septiembre de 2012 AUTORIDAD NACIONAL DE TELEVISIÓN Por la cual se adoptan políticas transitorias para la asignación de recursos del Fondo para el Desarrollo de la Televisión y los Contenidos para el fortalecimiento de los operadores públicos del servicio de televisión. LA AUTORIDAD NACIONAL DE TELEVISIÓN, en ejercicio de las facultades legales contempladas en el artículo 2o de la Ley 1507 de 2012 y en especial las que le confiere a la junta Nacional de Televisión los literales a), b), y c) del artículo 6o de la Ley 1507 de 2012, CONSIDERANDO: Que el artículo 2o de la Ley 1507 de 2012 crea la Autoridad Nacional de Televisión (ANTV) como una Agencia Nacional Estatal de Naturaleza Especial, del Orden Nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa, patrimonial, presupuestal y técnica, la cual formará parte del sector de las Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones. Que en ese mismo artículo establece que la ANTV tiene por objeto brindar las herramientas para la ejecución de los planes y programas de la prestación del servicio público de televisión, con el fin de velar por el acceso a la televisión, garantizar el pluralismo e imparcialidad informativa, la competencia y la eficiencia en la prestación del servicio, así como evitar las prácticas monopolísticas en su operación y explotación, en los términos de la Constitución y la ley. Que el artículo 16 de la Ley 1507 de 2012 crea el Fondo para el Desarrollo de la Televisión y los Contenidos como una cuenta especial a cargo de la ANTV, y establece como su objeto el fortalecimiento de los operadores públicos del servicio de televisión, la financiación de programación educativa y cultural a cargo del Estado y el apoyo a los contenidos de televisión de interés público desarrollado por operadores sin ánimo de lucro además de financiar el funcionamiento de la ANTV. Que en vigencia del artículo 17 de la Ley 182 de 1995, mediante el Acuerdo número 001 de 2002, la Comisión Nacional de Televisión (CNTV) en Liquidación reglamentó el Fondo para el Desarrollo de la Televisión y estipuló el procedimiento para el acceso a los recursos de dicho fondo y los proyectos financiables con cargo a estos recursos. Que en la sesión de agosto 18 de 2011, Acta número 1750, la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión en liquidación determinó aprobar el monto de recursos para la vigencia 2012 para los operadores públicos regionales de televisión, distribuido entre recursos ordinarios y administración, operación y mantenimiento de la red. La distribución del monto por operador y el radicado de certificación se presentan a continuación:

Operador Monto aprobado Oficio Teleantioquia 3.132.509.991 20112400222611 Telecaribe 2.191.852.700 20112400222621 Telecafé 2.148.487.399 20112400222631 Telepacífico 2.387.155.009 20112400222641 Teveandina 2.100.934.769 20112400222651 Canal TRO 2.050.521.108 20112400222661 Canal Capital 2.173.781.789 20112400222681 Teleislas 1.882.295.121 20112400222691 Total 18.067.537.886 El monto aprobado no incluye el Gravamen a los Movimientos Financieros. Que en sesión de octubre 6 de 2011, Acta número 1763, la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión en liquidación determinó aprobar la modificación al presupuesto aprobado para la financiación de la Administración, operación y mantenimiento de la red de transmisión de Telecaribe de $212.180.004 a $239.166.005. Esta determinación fue comunicada al canal mediante oficio 20112400261091. Que en sesión de diciembre 22 de 2011, Acta número 1781, la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión aprobó, además, un presupuesto de $4.196.329.432 para financiar proyectos especiales a los operadores públicos de televisión regional. Que en sesión de enero 31 de 2012, Acta número 1789, la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión en liquidación determinó aprobar el traslado de recursos de la cuenta de Proyectos especiales del Fondo para el Desarrollo de la Televisión a la cuenta de Recursos ordinarios de Telecaribe, en la suma de $252.596.404. Que las determinaciones de aprobación del presupuesto a los canales regionales fueron materializadas mediante las Resoluciones números 20113800016354 de diciembre 27 de 2011 y 20123800001694 de febrero 13 de 2012. Por lo tanto, el presupuesto de la Comisión Nacional de Televisión en liquidación de la vigencia 2012 para los operadores públicos regionales de televisión ascendió a $22.363.231.409, desagregado de la siguiente manera: Operador Apropiación Teleantioquia 3.145.040.031 Telecaribe 2.733.130.571 Telecafé 2.295.131.348 Telepacífico 2.979.768.133 Teveandina 3.928.880.066 TRO 2.952.306.439 Canal Capital 2.277.930.810 Teleislas 2.051.044.011 Total 22.363.231.409

Incluye el Gravamen a los Movimientos Financieros. Que en cumplimiento con lo estipulado en el artículo 6o del Acuerdo número 001 de 2002, los operadores públicos regionales presentaron ante la CNTV en liquidación proyectos para el acceso a los recursos apropiados en el presupuesto de ingresos y gastos de funcionamiento e inversión de la Unidad Fondo para el Desarrollo de la Televisión para la vigencia 2012. Que a la fecha de conformación de la primera Junta Nacional de Televisión, es decir, antes de abril 10 de 2012, la CNTV en Liquidación aprobó a los operadores públicos regionales de televisión proyectos por $17.253.966.920, los cuales fueron adjudicados mediante resolución motivada a cada operador. Por lo tanto el saldo por comprometer de los recursos apropiados para la vigencia 2012 ascendió a $5.109.264.489, desagregado de la siguiente manera: Operador Apropiación Comprometido Saldo por comprometer Teleantioquia 3.145.040.031 2.003.224.907 1.141.815.124 Telecaribe 2.733.130.571 2.436.708.464 296.422.107 Telecafé 2.295.131.348 2.290.850.885 4.280.463 Telepacífico 2.979.768.133 2.976.756.124 3.012.009 Teveandina 3.928.880.066 3.644.639.643 284.240.423 TRO 2.952.306.439 2.798.113.853 154.192.586 Canal Capital 2.277.930.810 942.453.334 1.335.477.476 Teleislas 2.051.044.011 161.219.710 1.889.824.301 Total 22.363.231.409 17.253.966.920 5.109.264.489 Incluye el Gravamen a los Movimientos Financieros. Que a la fecha de conformación de la primera Junta Nacional de Televisión, es decir, antes de abril 10 de 2012, la CNTV en Liquidación había evaluado y aprobado la financiación de proyectos a los operadores públicos regionales de televisión proyectos por $770.608.406, sin que se concluyera el trámite de expedición del respectivo acto administrativo de asignación de recursos. Su desagregación es la siguiente: Operador Proyecto Monto (sin GMF) Teleantioquia Programación cultural Teleantioquia 2012 Telecaribe Fortalecimiento del sistema de producción 320.933.406 195.000.000 TRO Memorias del Tren 101.000.000 Canal Capital Transmisiones deportivas 2012 153.675.000 Total 770.608.406 Que a la misma fecha, descontados los proyectos antes citados, el presupuesto asignado a los canales regionales mediante las Resoluciones números 20113800016354 y 20123800001694, presentaba un saldo por comprometer de $4.335.573.649, incluido el GMF, distribuido de la siguiente manera:

Canal Saldo por comprometer Monto proyectos Saldo Teleantioquia 1.141.815,124 322.217.140 819.597.984 Telecaribe 296.422,107 195.780.000 100.642.107 Telecafé 4.280.463 0 4.280.463 Telepacífico 3.012.009 0 3.012.009 Teveandina 284.240.423 0 284.240.423 TRO 154.192.586 101.404.000 52.788.586 Canal Capital 1.335.477.476 154.289.700. 1.181.187.776 Teleislas 1.889.824.301 0 1.889.824.301 Total 5.109.264.489 773.690.840 4.335.573.649 Incluye el Gravamen a los Movimientos Financieros. Que el artículo 18 de la Ley 1507 de 2012 establece que el Fondo para el Desarrollo de la Televisión y los Contenidos destinará anualmente, como mínimo, el 60% de sus recursos para el fortalecimiento de los operadores públicos del servicio de televisión. Que en mayo 7 de 2012, la CNTV en Liquidación dio traslado a la ANTV de los proyectos aprobados por la Junta Directiva que no tenían acto administrativo. Que en Sesión número 5 de junio 7 de 2012, la Junta Nacional de Televisión decidió no continuar con el trámite iniciado por la CNTV en Liquidación ni con la financiación de los proyectos que no contaban con el acto administrativo de asignación de recursos. Lo anterior, toda vez, que, efectuado el análisis correspondiente, se estableció que no existía una actuación administrativa que en virtud de lo establecido en el artículo 21 de la Ley 1507 de 2012 debiera ser continuada por la ANTV, decisión que fue comunicada a cada operador público de televisión. Que los operadores públicos regionales de televisión Teveandina (E 06-37, E 44-46 y E 50-48) y Teleantioquia (E 39-08) han presentado nuevamente la solicitud de financiación de los proyectos que fueron aprobados por la CNTV en Liquidación, y de los recursos que les fueron comunicados e incorporados en el presupuesto de ingresos y gastos de funcionamiento e inversión de la Unidad Fondo para el Desarrollo de la Televisión para la vigencia 2012. Que en la actualidad la Autoridad Nacional de Televisión se encuentra reglamentando el Fondo para el Desarrollo de la Televisión y los Contenidos. Que en ejercicio de las funciones atribuidas en los literales a), b) y c) del artículo 6o de la Ley 1507 de 2012, la Junta Nacional de Televisión decidió en Sesión número 15 de septiembre 10 de 2012 que, mientras se reglamenta el Fondo para el Desarrollo de la Televisión y los Contenidos conforme a los lineamientos contenidos en el Capítulo II del Título III de la citada ley, se deben adoptar políticas transitorias para el fomento de los operadores públicos de televisión, mediante la financiación de proyectos tendientes a garantizar la continuidad y calidad del servicio y el fortalecimiento de los operadores públicos de televisión de acuerdo con el procedimiento establecido en el Acuerdo número 001 de 2002 de la CNTV, en Liquidación. Que en virtud de lo anterior, la Junta Nacional de Televisión aprobó la financiación de los proyectos evaluados y aprobados por la Junta Directiva de la CNTV en Liquidación, por valor de $770.608.406 más el Gravamen a los Movimientos Financieros, y que a la fecha de

conformación de la primera Junta Nacional de Televisión no contaron con el respectivo acto administrativo de asignación de recursos. Que así mismo, la Junta Nacional de Televisión decidió autorizar la recepción y estudio de los proyectos que presenten los operadores públicos regionales de televisión para ejecutar el saldo del presupuesto de ingresos y gastos de funcionamiento e inversión de la Unidad Fondo para el Desarrollo de la Televisión para la vigencia de 2012 de la CNTV en Liquidación, que ascendía a $4.335.573.649, descontando el Gravamen a los Movimientos Financieros, y el trámite para la presentación y ejecución de los recursos. Que de acuerdo con el numeral 2 del artículo 7o de la Ley 1507 de 2012, le corresponde a la Directora de la ANTV, Ejecutar e implementar las determinaciones de la Junta Nacional de Televisión de la ANTV. Así mismo, se expide la presente resolución, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 12 de los estatutos, según el cual: Las decisiones de la Junta Nacional de Televisión se harán constar en Actos Administrativos como resoluciones, los cuales serán suscritos por el Director (...). En mérito de lo anterior, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Aprobar la financiación de los proyectos evaluados y aprobados por la Junta Directiva de la CNTV en Liquidación por la suma de setecientos setenta millones seiscientos ocho mil cuatrocientos seis pesos ($770.608.406). ARTÍCULO 2o. Aprobar la financiación de los siguientes proyectos presentados por los operadores públicos regionales de televisión, en los términos consignados en los conceptos de viabilidad avalados por la Junta Directiva de la CNTV, en liquidación, así: Operador Proyecto Valor Telecaribe Fortalecimiento del sistema de producción 195.000.000 TRO Memorias del Tren 101.000.000 Canal Capital Transmisiones deportivas 2012 153.675.000 Teleantioquia Programación cultural Teleantioquia 2012 320.933.406 Total 770.608.406 ARTÍCULO 3o. Autorizar la recepción y estudio de los proyectos de programación y técnicos que presenten los canales regionales, a más tardar el 31 de octubre de 2012, hasta por la suma de cuatro mil trescientos dieciocho millones trescientos mil cuatrocientos cuarenta y ocho pesos ($4.318.300.448), distribuido de la siguiente manera:

Canal Valor Teleantioquia 816.332.654 Telecaribe 100.241.142 Telecafé 4.263.409 Telepacífico 3.000.009 Teveandina 283.107.991 TRO 52.578.273 Canal Capital 1.176.481.849 Teleislas 1.882.295.121 Total 4.318.300.448 Estos valores no incluyen el gravamen a los rendimientos financieros. En la formulación y presentación de proyectos, los canales regionales deberán tener en cuenta los siguientes aspectos: 1. Los proyectos deberán presentarse en las fichas adoptadas por la CNTV en Liquidación para los mismos efectos e incluir los flujos de caja. 2. En los presupuestos de los proyectos no podrán incluir gastos de funcionamiento, de conformidad con el artículo 18 de la Ley 1507 de 2012. 3. Respecto al fortalecimiento tecnológico, se podrán destinar recursos para el mantenimiento de equipos de producción y de equipos de transmisión. 4. El plazo máximo de ejecución de los recursos será hasta el primer semestre de 2013. 5. El desembolso se realizará en una sola anualidad. ARTÍCULO 4o. La asignación de los recursos se realizará mediante resolución motivada, en la cual se deben tener en cuenta las siguientes condiciones: 1. Conforme al inciso 2o del artículo 18 de la Ley 1507 de 2012, el valor asignado en cada vigencia se entregará en una sola anualidad. 2. El manejo de los recursos debe realizarse a través de cuenta de ahorros especial en una entidad financiera de calificación AA+ vigilada por la Superintendencia Financiera. 3. Los rendimientos financieros que se obtengan por el manejo de los recursos deberán ser reintegrados por los operadores mensualmente, por el tiempo en que dure la ejecución del respectivo proyecto. ARTÍCULO 5o. Delegar en la Coordinación de Fomento, la recepción, estudio y evaluación de los proyectos presentados por los canales regionales, y en la Coordinación Administrativa y Financiera el análisis presupuestal para su presentación por parte de la Dirección a consideración de la Junta Nacional de Televisión. ARTÍCULO 6o. Delegar en la Dirección adelantar el trámite presupuestal y administrativo

necesario para la apropiación de los recursos descritos en los artículos 1o y 2o y para la expedición de los actos administrativos para la financiación de los proyectos descritos en el artículo 1o de la presente resolución. ARTÍCULO 7o. Las condiciones de los actos administrativos que se expidan para la asignación de los recursos descritos en la presente resolución, serán ajustadas una vez la ANTV adopte el reglamento del Fondo para el Desarrollo de la Televisión y los Contenidos en lo que haya lugar. ARTÍCULO 8o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 11 de septiembre de 2012. La Directora (e), SANDRA MILENA URRUTIA PÉREZ. Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma de la Comisión de Regulación de Comunicaciones n.d. Última actualización: 20 de septiembre de 2018