Primera.- Beneficiarios. Cuarta.- Presentación de solicitudes. Segunda.- Objeto plazo de 20 días naturales conjunto de actividades

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Transcripción:

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Primera.- Beneficiarios. Podrán acceder a estas ayudas los Clubes de Baloncesto de la provincia de Albacete, sin ánimo de lucro y legalmente constituidos, inscritos en el Registro de Asociaciones y Clubes Deportivos de Castilla-La Mancha que realicen actividades de promoción del deporte en alguno de los siguientes ámbitos: Campeonatos del Deporte en Edad Escolar; Campeonatos promovidos por alguna de las Administraciones Públicas de carácter local, provincial o regional; actividades promovidas por las Federaciones Territoriales o sus Delegaciones Provinciales en Castilla- La Mancha. Segunda.- Objeto Las ayudas que se concedan irán destinadas a la financiación del conjunto de actividades del club solicitante; a tales efectos, el programa y presupuesto presentado comprenderá todas las actividades previstas durante el año 2010. La concesión de esta subvención será compatible con otras subvenciones, públicas o privadas, concedidas para el mismo destino siempre que la cuantía total de las ayudas no supere el 100% del importe de la actividad que se subvenciona. Los beneficiarios de las subvenciones deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes. No serán gastos subvencionables, en ningún caso, los siguientes: - Los intereses deudores de las cuentas bancarias. - Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales. - Los gastos de procedimientos judiciales. - Los gastos de inversión, relativos a la adquisición de bienes que tengan naturaleza de inventariables. Tercera.- Requisitos. Las solicitudes de ayuda económica se remitirán a esta Diputación Provincial, según modelo que se acompaña como Anexo I. Sólo podrá formularse una solicitud por club. Se acompañará la siguiente documentación: - Presupuesto ingresos/gastos del conjunto de actividades previstas para el año 2010. - Modelo de solicitud (Anexo I). - Memoria de las actividades realizadas durante la temporada 2008/09. - Programa completo de todas las actividades previstas para la temporada 2009/10. - Certificado de la federación donde se detallen todos los criterios a baremar en referencia a los apartados 1º, 2º y 3º, conforme a lo previsto en la Base 5ª de la presente convocatoria. - Para el apartado 4º se adjuntará clasificación de la última jornada posible de la temporada 2009/10, antes de la presentación de la solicitud de subvención, de los distintos equipos en edad escolar que deseen ser baremados. La solicitud de subvención se acompañará de modelo de apertura/modificación de Ficha de Tercero, en el caso de aquellas entidades que no lo hayan presentado con anterioridad en esta Diputación, así como aquellas otras que hayan sufrido modificaciones en algunos de sus datos. Cuarta.- Presentación de solicitudes. La presentación de las solicitudes deberá efectuarse en el Registro General de la Diputación Provincial, de 9 a 13 horas, en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Podrán también enviarse solicitudes por correo con las formalidades, y en las condiciones, establecidas por la normativa vigente (correo certificado, debiendo figurar el sello con la fecha de certificación no sólo en el sobre sino también en la propia solicitud). Quinta.- Criterios de valoración. La valoración de las solicitudes presentadas se realizará conforme a una valoración de los criterios que a continuación se determinan, referidos a la temporada 2009/10. Todos los criterios serán valorados y ponderados cuando el Club aporte la documentación referida a cada apartado. En su defecto, no se hará efectiva puntuación alguna. CRITERIOS A TENER EN CUENTA: 1º.- Categoría en la que militan sus equipos: A.- modalidad masculina: Aportación fija - Categoría EBA 10.000 euros - 1ª nacional 4.500 euros - 1ª autonómica 2.000 euros - 2ª autonómica 900 euros - Equipo aficionado 300 euros B. modalidad femenina: Aportación fija - 1ª división femenina o 1ª nacional 4.500 euros - 1ª división autonómica femenina 2.000 euros - Equipo aficionado 300 euros C. Equipos que participen en la liga nacional de baloncesto en silla de ruedas de la provincia de Albacete: Aportación fija - División de Honor 8.000 euros - División de Honor B 4.000 euros - 1ª División 900 euros

2º.- Número de equipos federados en las categorías sub-20, júnior y en la liga cadete regional Categoría Puntuación: - Categoría sub -20: 1 punto/equipo - Categoría Júnior: 2 puntos/equipo Masculina y femenina - Categoría Liga Cadete Regional: 1 punto/equipo Masculina y femenina 3º.- Número de licencias Federativas: Puntuación: 0,05 / licencia 4º.- Número de equipos en edad escolar: Puntuación: 0,2/equipo Participantes en los Campeonatos de Deporte en edad escolar, organizados por la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha y la Diputación Provincial de Albacete. 5º.- Formación de los técnicos y reciclaje de los mismos Para obtener puntos dentro de este apartado, el club deberá acreditar: - Número de técnicos con titulación (técnico deportivo nivel 1, nivel 2 o técnico deportivo superior nivel 3 no será baremado el de monitor ) regulada por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que estén trabajando en deporte escolar y deporte federado, en las siguientes categorías: Federado: Equipos en la categoría de liga Regional Cadete. Será necesario acreditarlo mediante fotocopia compulsada de la licencia federativa de los entrenadores titulados, de cada uno de los equipos, que quieran ser baremados en este apartado y fotocopia compulsada de la titulación. Puntuación: 0,1/por entrenador titulado. Deporte escolar: Equipos que forman parte del Campeonato Regional de Deporte en Edad Escolar organizado por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Diputación Provincial de Albacete, en las categorías alevín, infantil o cadete. Será necesario acreditar mediante los formularios de inscripción de los equipos en dicho Campeonato donde aparezca el nombre del entrenador titulado, de cada uno de los equipos que quiera ser baremado en este apartado y fotocopia compulsada de la titulación. Puntuación: 0,1/por entrenador titulado. Será tenido en cuenta un entrenador titulado por equipo y nunca dicho entrenador podrá ser baremado en más de un equipo. Sexta.- Tramitación y resolución. La Excma. Diputación Provincial de Albacete resolverá y notificará la resolución del procedimiento en el plazo máximo de seis meses desde la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete. La concesión de la subvención, así como la posible desestimación de solicitudes se realizará mediante acuerdo Plenario de la Excma. Diputación Provincial, previo dictamen de la Comisión Permanente Informativa y de Seguimiento y Control de Educación, Cultura, Juventud y Deportes. Séptima.- Justificación de las ayudas El abono de la ayuda que en su caso se conceda se efectuará previa la oportuna justificación de gastos, mediante el modelo de certificado de gastos que se reproduce como Anexo II, acompañado de las facturas originales o fotocopias debidamente compulsadas (en este caso, previamente diligenciadas por el Servicio de Educación, Cultura, Juventud y Deportes) conforme a los requisitos y condiciones exigidos por la legislación vigente. No admitiéndose facturas de gastos de material inventariable; ni aquellas en cuyo concepto no exista una descripción clara del material o servicio objeto de la misma. Asimismo, los justificantes deberán corresponderse con las actividades programadas, por un gasto, como mínimo, igual al importe de la subvención concedida. La citada justificación de gastos deberá realizarse antes del día 15 de diciembre de 2010. Transcurrida dicha fecha sin haberla recibido, se propondrá la caducidad de las ayudas. Octava.- Obligaciones de los beneficiarios. Los clubes de baloncesto beneficiarios estarán obligados a: a) Realizar la actividad objeto de subvención, teniendo en cuenta que cualquier modificación sustancial del proyecto podrá dar lugar a la revocación de la misma b) Acreditar ante el órgano concedente, en el plazo establecido en la Base Séptima, la realización de la misma mediante la presentación de los documentos que prevé la citada Base. c) Los clubes de baloncesto que reciban subvenciones por importe igual o superior a 3.000 euros se comprometen a reflejar en su indumentaria habitual el logotipo de la Diputación Provincial de Albacete. Asimismo deberán hacer constar en toda la información y publicidad de la actividad, que la misma está subvencionada por la Excma. Diputación Provincial de Albacete. d) Todos los clubes de baloncesto que perciban alguna ayuda o subvención económica dentro de esta convocatoria quedarán obligados a colaborar con la Diputación Provincial de Albacete cuando sean requeridos para ello (jornadas, campus de baloncesto ) y dentro de sus posibilidades. e) Someter a las actuaciones de comprobación que estime oportunas el órgano concedente así como comunicar la obtención de otras ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados. Novena.- Dotación presupuestaria y publicidad de las ayudas. La cuantía global máxima de las ayudas concedidas en virtud de la presente convocatoria será de 130.000 euros, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente con cargo al presupuesto de la Excma. Diputación Provincial para el ejercicio de 2010, siendo imputado el correspondiente gasto a la partida presupuestaria 830.341.480.00 Promoción del Deporte. Asimismo, las ayudas concedidas en la presente convocatoria se publicarán en extracto en el Boletín Oficial de la Provincia, cuando el importe otorgado, individualmente considerado, sea de cuantía igual o superior a 3.000 euros. Décima.- Normativa aplicable. En todo lo no previsto por las presente Bases, serán de aplicación directa las previsiones contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como el RD 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de desarrollo de la misma.

ANEXO I MODELO DE SOLICITUD DE AYUDAS A CLUBES DE BALONCESTO SOLICITUD DE SUBVENCIÓN 2010 NOMBRE DEL CLUB CALLE/PLAZA Nº TELÉFONO MUNICIPIO C.P. PROVINCIA C.I..F. Nº E-MAIL INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE ASOCIACIONES Y CLUBES DEPORTIVOS DE CASTILLA-LA MANCHA Nº EL REPRESENTANTE DE DICHA ENTIDAD, D/ña. D.N.I. Nº CALLE/PLAZA Nº TELÉFONO MUNICIPIO C.P. PROVINCIA E- MAIL (obligatorio): Nº equipos sub 20 Masculino Femenino Nº equipos cadetes federados M F Nº licencias (se adjunta certificado de la federación) Nº equipos en edad escolar (se adjuntan clasificaciones) Nº de entrenadores a valorar (se adjunta documentación) A la vista de las bases que rigen la convocatoria para la concesión de subvenciones a clubes de baloncesto, acepta íntegramente dichas bases y acompaña los siguientes documentos, según la Base 3ª de la convocatoria: - Presupuesto ingresos y gastos para el año 2010. - Modelo de solicitud. - Memoria de las actividades realizadas durante la temporada 2008/09. - Programa de actividades previstas para la temporada 2009/10. - Certificado de la federación donde se detallen todos los criterios a baremar en referencia a los apartados 1º, 2º y 3º, conforme a lo previsto en la Base 5ª de la presente convocatoria. - Para el apartado 4º se adjuntarán los calendarios y clasificación de la última jornada posible de la temporada 2009/10 de las distintas categorías de equipos en edad escolar que deseen ser baremados. En..., a... de... de 2010. ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALBACETE.- Nota: La no cumplimentación de alguno de los datos que figuran en este modelo puede ser causa de exclusión de la convocatoria.

Servicio de Educación, Cultura, Juventud y Deportes