CONTRATACIÓN, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO

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ASUNTO: RESOLUCIÓN DE 09/03/2011 DE LA SINDICATURA DE CUENTAS, POR LA QUE SE ACUERDA DAR PUBLICIDAD EN EL DIARIO OFICIAL DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA AL INFORME DEFINITIVO DE ANÁLISIS DE LA CONTRATACIÓN, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2006. I.- INTRODUCCIÓN En la Ley 13/2007 1, de 8 de noviembre, de modificación de la Ley 5/1993, de 27 de diciembre, de la Sindicatura de Cuentas, se establecía la obligatoriedad de publicar en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha el resultado de cada actuación fiscalizadora de la Sindicatura de Cuentas (SCCLM). En cumplimiento de lo anterior, mediante la Resolución de 09 de marzo de 2011, de la Sindicatura de Cuentas, se da publicidad al informe definitivo de análisis de la contratación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha correspondiente al ejercicio 2006. II.- PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DEL INFORME En el ejercicio de la función fiscalizadora y de control externo de la actividad económico-financiera, que el art. 11 de la Ley 5/1993, de 27 de diciembre, modificada por Ley 13/2007, de 8 de noviembre, atribuye a la SCCLM, se incluye, como una de sus funciones propias, de acuerdo con lo que también dispone el apartado c) del art. 11 del citado texto legal, la fiscalización externa de los contratos celebrados por los órganos y entes integrantes del Sector Público, así como el art. 29.d) de su Reglamento de Organización y Funcionamiento. La realización de este informe se encuentra incluida dentro del Programa Anual de Fiscalización de la Sindicatura de Cuentas para el ejercicio 2007, aprobado el 29/03/ 07. En consecuencia, se incluye como un Informe singularizado separado del examen de la Cuenta General 2006, previsto en el art. 30.3 del Reglamento de la Sindicatura, el análisis de la contratación administrativa celebrada, durante dicho ejercicio, tanto por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, como por sus Organismos Autónomos. 1 Artículo 20, apartado 1 1

La estructura del informe varía en parte la mantenida en ejercicios anteriores, realizando en primer lugar un estudio de toda la actividad contractual del ejercicio 2006, tanto de la Administración de la Comunidad Autónoma como de sus Organismos Autónomos y a continuación, organizado por secciones presupuestarias, se analizan globalmente los contratos celebrados en cada una de ellas y se obtiene una muestra de los mismos. Se ha procedido a un análisis de toda la actividad contractual, concretándose posteriormente en la comprobación de los siguientes extremos para los expedientes seleccionados en la muestra: Actuaciones preparatorias y fases en la tramitación del procedimiento de contratación. Los sujetos de la relación contractual. Adjudicación y formalización de los contratos. Estudio específico del precio como criterio de adjudicación en los concursos, incluido al final del análisis de todos los expedientes de contratación. Ejecución de los contratos y sus variaciones: III.- SESCAM Del Informe elaborado por la Intervención General sobre Contratación Administrativa del Sector Público Regional de Castilla-La Mancha. Año 2006 se deduce que el 23,39% de los recursos en contratación de la JCCM se destinan al SESCAM. Y del número total de contratos celebrados en 2006 por la JCCM, le corresponde casi el 48% al SESCAM. Este porcentaje se eleva al 81 y 76 por 100 sobre el número total, por tipo de contrato de Gestión de Servicio Público y de Suministros, respectivamente. En cuanto a recursos utilizados en contratos de Suministros en la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha, resalta que el 68,53% lo licita el SESCAM. III.- CONCLUSIONES RESPECTO DE LA ACTIVIDAD DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL SESCAM 1) Con carácter general, se ha observado el cumplimiento de la legalidad reguladora de la actividad económico-financiera, con las siguientes salvedades, respecto del SESCAM: 2

En 5 expedientes el órgano de contratación no tiene competencia por exceder el objeto de la licitación del importe de la Delegación de Competencias del Director-Gerente del SESCAM. En el 68%de los expedientes, no consta aprobación del Órgano de Contratación al Cuadro de Características Anexo al PCAP, y en 10 expedientes no consta aprobación del Pliego-Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares. El Seguro de Responsabilidad Civil, requerido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, no se aporta o es defectuoso conforme a dicho Pliego, en 20 de los 33 expedientes en que es exigido por el PCAP. En 12 expedientes la Garantía Definitiva no cumple los requisitos previstos en el TRLCAP y el RGLCAP: se presenta fuera de plazo o después de firmar el contrato, no se deposita en la Caja General de Depósitos. En 6 expedientes falta la documentación relativa a la ejecución del contrato. 2) No se han advertido infracciones, abusos o presuntas irregularidades, aunque es preciso señalar las siguientes incorrectas prácticas, respecto del SESCAM: En el 23% de los procedimientos negociados examinados de la Administración de la Junta y en el 77% del SESCAM, no se acredita el examen y comprobación de la documentación administrativa para comprobar la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones. En el 20% de los contratos examinados (en el caso del SESCAM asciende al 87%), existe alguna discrepancia entre los datos que figuran en el Registro de Contratos y los que se obtienen del análisis de los expedientes. En 12 expedientes (incluye 3 del SESCAM), no consta la comunicación al Servicio de Patrimonio para la incorporación del objeto del contrato al Inventario General de Bienes y Derechos de la JCCM. Los expedientes de los Servicios Centrales del SESCAM se encuentran más completos y ajustados a la legalidad vigente, que los que provienen de los centros de gasto periféricos sometidos a control financiero permanente, lo que denota un escaso control interno por parte de los primeros y una insuficiencia de directrices para una actuación homogénea entre ellos y coordinada con Servicios Centrales. En el 100% de los expedientes de Tramitación Anticipada no se hace mención a la condición suspensiva del art. 3.a y tampoco consta el 3

certificado del art. 3.c de la Orden de 18-09-2001 de la Consejería de Economía y Hacienda. El 100% de los expedientes de Tramitación Urgente son susceptibles de ser previstos por el gestor, ya que se repiten año tras año. En el 100% de los contratos de Suministros o Gestión de Servicio Público, adjudicados por Procedimiento Negociado sin Publicidad, derivados de contrato marco, se producen incidencias: variándose los lotes del Concurso Adopción de Tipo, no invitando a todos los que suscribieron el Contrato Marco ó invitando a los que su contrato marco es por un tiempo inferior al de la licitación que se promueve, o no consta la Declaración responsable de la subsistencia de los poderes del representante del licitador, cuando el adjudicatario hubiere licitado mediante representación, exigida en el apartado VII.B) del PCAP como requisito para formalizar el contrato. En el 25% de los expedientes no consta Certificado de Recepción de Ofertas. Y en otro 40%, el Certificado no se emite conforme establece la normativa. IV.- RECOMENDACIONES PARA EL SESCAM Potenciar el control interno en aquellos centros periféricos de gasto, que según la normativa en vigor no están sometidos a fiscalización previa. Tratar que la contabilidad sea el fiel reflejo de la actividad del SESCAM, en especial en los centros sometidos a Control Financiero Permanente. Elaborar Pliegos Tipo, según procedimiento de adjudicación, para agilizar la gestión administrativa de la contratación, pero por grupos de obras, suministros, servicios y formas de adjudicación. De esta forma no serán tan genéricos y podrán incluir los criterios objetivos en el caso de los concursos. Asimismo, elaborar Modelos-Tipo de Contrato informados por el Servicio Jurídico, según cada Pliego Tipo, a fin de que siempre consten los elementos esenciales determinados en la Ley y el Reglamento. Cuidar el contenido completo del expediente de contratación conforme art. 67 TRLCAP, y la aprobación por el órgano de contratación de cada uno de sus componentes. En particular, que la aprobación del gasto sea completa con el desglose de las anualidades, en su caso, de las partidas presupuestarias. Recoger en las correspondientes Actas las actuaciones de la Mesa de Contratación con la mayor fidelidad posible y todos los datos que sean imprescindibles, dado que son el instrumento para la posterior 4

comprobación del procedimiento, así como la decisión del órgano de contratación y posibles recursos de los licitadores. Reducir las licitaciones con decenas de lotes, que conlleva gran complejidad en su celebración, y mayor posibilidad de errores en su tramitación y control en la ejecución. Dictar instrucciones y velar para que los centros gestores periféricos actúen en el procedimiento de contratación de manera homogénea y en la misma línea que Servicios Centrales, función atribuida a la Dirección General de Gestión Económica e Infraestructuras por el Decreto 1/2002. Tramitar correctamente los Procedimientos Negociados sin publicidad derivados de Contrato-Marco, respetando los lotes establecidos, períodos de vigencia, e invitando a todos los adjudicatarios.además, aunque no se haya constituido Mesa de Contratación, debería constar en el expediente, certificado de las ofertas presentadas, contenido de las mismas y calificación de la documentación administrativa; y siempre el Informe de las negociaciones llevadas a cabo. Someter siempre a Informe de Fiscalización Previa los actos del Director Gerente del SESCAM como órgano de contratación, aún cuando la imputación del gasto se realice al centro de coste correspondiente. En el caso de que el PCAP indique la existencia de Informe Técnico para comprobar la superación de umbral en el proceso selectivo, o bien como base a la Propuesta de Adjudicación de la Mesa, deberá constar en el expediente con la valoración de los criterios del PCAP. Establecer la apertura de los sobres con las ofertas de los licitadores, sean 2 o 3, de forma que se mantenga el secreto de la oferta, técnica o económica, en caso de no superar la fase de calificación administrativa o el umbral en la fase técnica. Utilizar el Módulo de Facturas del sistema contable TAREA, a fin de vincular las mismas con los documentos contables. Aumentar el rigor en la elaboración de la previsión de anualidades en los contratos y los reajustes a los que hubiera lugar, para mejor utilización del gasto del presupuesto. 5