umivale MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL NÚMERO 15

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Transcripción:

umivale MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL NÚMERO 15 Pliego de Prescripciones Técnicas que ha de regir el procedimiento General no sujeto a regulación armonizada, para la contratación de los servicios jurídicos para la representación de umivale, en defensa de sus intereses en procedimientos judiciales de Seguridad Social ante Tribunales y Organismos de todo tipo, en la zona de Murcia y Cartagena Expediente nº SER-17-087-AJP Exp. nº SER-17-087-AJP 1/9

1. FINALIDAD DEL PRESENTE PLIEGO El objeto del presente contrato tiene por finalidad definir las condiciones y criterios técnicos que han de servir para la realización de la defensa jurídica y procesal de los intereses de umivale de cuantos procedimientos judiciales en materia de Seguridad Social, ante Tribunales y Organismos de todo tipo, se encarguen por parte de dicha Entidad en la zona geográfica indicada. La prestación de los servicios se llevará a cabo principalmente en materia de prestaciones de Seguridad Social. Por ello, si bien el objeto de este contrato es la defensa jurídica y procesal por el adjudicatario de los procedimientos anteriormente comentados, no impide que umivale, si lo estima pertinente, pueda encomendar llevar a cabo actuaciones judiciales en estas mismas áreas a letrados en régimen laboral con umivale, sin que en ningún caso pueda el adjudicatario reclamar ninguna indemnización por daños y perjuicios. 2. AMBITO GEOGRAFICO El ámbito geográfico de actuación será la zona de Murcia y Cartagena. Los letrados deberán ejercer en la zona geográfica descrita 3. PROTOCOLO DE FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO La prestación del servicio concertado se desarrollará en el despacho profesional de los letrados, sin perjuicio de que éste o el personal administrativo a su cargo y en su nombre puedan personarse en las instalaciones de umivale, o mantener contacto telefónico con personal de la Entidad, para obtener la información necesaria para el desarrollo del presente contrato. El profesional se compromete expresamente al cumplimiento de las normas y protocolo de actuación que establezca en cada momento la Mutua sobre el procedimiento a seguir ante la defensa jurídica de los intereses de umivale, como en Exp. nº SER-17-087-AJP 2/9

el funcionamiento y organización del centro administrativo de umivale al que quede adscrito el asunto encomendado. Defensa exclusiva de los intereses de umivale, no pudiendo bajo ningún concepto ostentar la representación de las dos partes en cuestiones litigiosas cuando concluyan intereses enfrentados. El desarrollo del objeto del presente contrato es una obligación de carácter personal, sin que pueda subcontratarse o desarrollarse por persona ajena al Despacho firmante del contrato. 3.1. Personal necesario La prestación del servicio de asistencia jurídica a umivale por parte del adjudicatario requiere que éste cuente con el personal y los medios materiales propios, suficientes y adecuados para cubrir las necesidades de la Entidad en el ámbito geográfico correspondiente al objeto de esta licitación. Para el desarrollo del presente contrato se requiere que el adjudicatario aporte un mínimo de un (1) abogado con más de cinco (5) años de colegiación y de experiencia acreditables en Procedimientos Judiciales de Seguridad Social. Los abogados designados como recursos mínimos deberán ser, o el propio Licitador, o personal laboral, con contrato indefinido, del mismo. Este requisito será acreditado por el licitador acompañando copia del alta en Seguridad Social o del TC2 del último mes presentado anterior a la fecha de presentación de la oferta. Los servicios objeto del presente deberán ser prestados por el personal designado en el compromiso de adscripción de medios y umivale sólo otorgará poderes a dichos Letrados. El personal empleado en el servicio contará con los conocimientos, formación y experiencia que requiera cada función. Si durante la ejecución del contrato surgieran nuevas exigencias formativas y de acreditación oficiales para el adjudicatario o su equipo, la empresa adjudicataria deberá proporcionar y facilitar dicha formación a todo el personal adscrito al servicio. Exp. nº SER-17-087-AJP 3/9

Si, durante la vigencia del contrato, se quisiera designar nuevo(s) Letrado(s), será necesaria la conformidad expresa de umivale y el cumplimiento de los siguientes requisitos: - Deberá justificarse la inclusión de un nuevo letrado. - El Letrado(s) a incorporar deberá reunir los requisitos que se exigen en Pliegos para la prestación de los servicios. Por no ser preceptiva, en los procedimientos de Seguridad Social y en los restantes tramitados ante la Jurisdicción Social, se evitará en todo caso la figura del procurador, debiendo atenderse todas las actuaciones judiciales directamente con el Letrado externo. 3.2. Medios de prueba Como criterio general, la defensa jurídica de los intereses de umivale se realizará utilizando los medios de prueba propios de la Entidad (documental, pericial, etc.). En aquellos supuestos en los que dada la particularidad del caso los Letrados Externos consideren necesaria la intervención de profesionales externos a umivale (por ejemplo, peritos, detectives privados, procuradores, etc.), deberán solicitar autorización al Servicio de Asesoría Jurídica de Prestaciones de umivale, previa justificación de su procedencia, para poder acceder a su contratación. 3.3. Recursos La interposición judicial de cualquier tipo de recurso por parte de los Letrados designados por umivale requerirá previa autorización por parte del Servicio de Asesoría Jurídica de Prestaciones de umivale. Para ello, los Letrados deberán enviar a la persona designada por dicho Servicio breve exposición de motivos o justificación jurídica de la interposición del recurso, para su valoración por parte de la Entidad, así como la adecuación de dichos motivos a la normativa correspondiente a dicho recurso. En los supuestos específicos de la interposición de recurso de suplicación, deberá concretarse, además, plazo aproximado estimado de resolución del recurso por parte de la Sala de los Social del Tribunal Superior de Justicia correspondiente. Exp. nº SER-17-087-AJP 4/9

3.4. Domicilio a efecto de notificaciones En todos aquellos asuntos judiciales en los que los Letrados Externos actúen en nombre y representación de umivale, éstos deberán señalar como domicilio a efecto de notificaciones judiciales el de la Delegación de umivale en la que se haya tramitado el expediente administrativo del que derive el procedimiento judicial. No obstante, si por error del Juzgado se notificara directamente a los Letrados Externos cualquier actuación judicial, éstos se comprometen a notificarla a umivale inmediatamente a su recepción. Asimismo, deberán comunicar al Juzgado, a la mayor brevedad posible, el defecto en la notificación para que los actos posteriores correspondientes a ese u otro procedimiento se notifiquen al domicilio de umivale. 4. PROTOCOLO DE FACTURACION DEL SERVICIO 4.1. Tarifa de precios La Tarifa de precios vendrá determinada por la oferta del licitador que resulte adjudicatario y, dicha oferta deberá ajustarse a los límites marcados en las tarifas que por procedimiento judicial aparecen incluidas en el Anexo I del presente pliego. Por el carácter de umivale como Mutua Colaboradora con la Seguridad Social que gestiona fondos públicos, estas tarifas no sufrirán revisión hasta que umivale, conforme a la normativa vigente, pueda disponer lo contrario. 4.2. Gastos, tasas y suplidos Cualquier gasto, tasa o suplido que se pudiera generar en el desarrollo de la actividad, por parte de umivale se abonarán íntegramente los mismos, siempre y cuando estén plenamente justificados y autorizados previamente por el Servicio de Asesoría Jurídica de Prestaciones. Con la necesaria presentación de los tickets, facturas o justificantes de pago correspondientes. 4.3. Facturación Para facilitar la tramitación rápida y efectiva, de la facturación presentada por parte del adjudicatario cada factura deberá cumplir los siguientes requisitos: Exp. nº SER-17-087-AJP 5/9

a) Con carácter general, conforme a los requisitos fiscales establecidos, en la factura constatará: Razón Social, CIF/NIF y dirección tanto de la entidad emisora como de la receptora de la factura, número de la factura y/o serie y fecha de la factura. Así como la siguiente información: Nombre del trabajador asistido por umivale. Materia u objeto del procedimiento. Juzgado ante el que se tramita. Nº de autos y de ejecución, en su caso. b) Las facturas se emitirán siempre tras la actuación profesional objeto de facturación. c) Los conceptos e importes unitarios que se relacionen en las facturas se ajustarán siempre a los ofertados por el adjudicatario. d) En todas las facturas constará el número de expediente o nº de contrato de la presente licitación. El incumplimiento de todos, o alguno, de estos requisitos supondrá la devolución de la factura al adjudicatario. 4.4. Pago umivale realizará el pago de las facturas mediante transferencia bancaria, no abonando ninguna factura que incumpla con los requisitos establecidos en cada uno de los puntos establecidos en los apartados anteriores o con lo dispuesto en el Anexo I del presente Pliego de Prescripciones Técnicas. 5. CONDICIONES DEL PERSONAL Y HORARIO El adjudicatario deberá mantener suscrita una póliza de responsabilidad civil durante la vigencia del presente contrato en cuantía suficiente para cubrir las eventuales responsabilidades que se deriven de la actividad profesional prestada, así como encontrarse al corriente de pago de la misma. El horario de atención a umivale será de 8 a 20 horas, de Lunes a Viernes El personal empleado reunirá la capacitación necesaria para asumir la defensa jurídica de los intereses de umivale Exp. nº SER-17-087-AJP 6/9

Los Letrados garantizan su plena disponibilidad para la defensa jurídica de los intereses de umivale durante todo el período de duración del contrato y, en todo caso, durante la totalidad del año judicial, incluido el mes de Agosto. Sobre este particular, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 13 del CÓDIGO DEONTOLÓGICO, Adaptado al Estatuto General de la Abogacía Española, aprobado por Real Decreto 658/2001, de 22 de junio, según el cual los letrados designados para la ejecución del contrato, y el propio Licitador que resulte adjudicatario, no podrán aceptar la defensa de intereses de otros clientes, que esté contrapuestos con los de umivale, o en el caso de que los intereses del propio abogado o Licitador estuvieran contrapuestos con los de umivale deberán comunicarlo de inmediato al personal responsable de la Mutua. 6. NÚMERO DE PROCEDIMIENTOS EN AÑOS ANTERIORES Con el fin de que los licitadores puedan realizar sus ofertas se indican a continuación, con carácter meramente orientativo, el número de procedimientos seguidos en umivale a lo largo de los tres (3) últimos años calculado en base a los procedimientos tramitados en esta zona en estos años: 2014 67 2015 61 2016 82 Exp. nº SER-17-087-AJP 7/9

Descripción ANEXO I Importe MÁXIMO Redacción y presentación de demanda y/o r. previa 170 1 I.T., Base Reguladora, L.P. no Invalidantes, Cese de Actividad Autónomos, Cuidado de Menores, Prestación Riesgo de Embarazo y Lactancia, impugnación de alta médica y determinación de contingencia Con Sentencia Ganada en 1ª Instancia.(estos honorarios incluyen la totalidad del procedimiento Judicial hasta su finalización, y en su caso, con ejecución de sentencia o el anuncio de recurso de suplicación, y elaboración de informes internos que la Mutua necesite) I.T., Base Reguladora, L.P. no Invalidantes, Cese de Actividad Autónomos, Cuidado de Menores, Prestación Riesgo de Embarazo y Lactancia, impugnación de alta médica y determinación de contingencia Con Sentencia Perdida en 1ª Instancia.(estos honorarios incluyen la totalidad del procedimiento Judicial hasta su finalización, y en su caso, con ejecución de sentencia o el anuncio de recurso de suplicación, y elaboración de informes internos que la Mutua necesite) Incapacidad Permanente Parcial, Incapacidad Permanente Total, I.P. Absoluta, Gran Invalidez y Muerte Con Sentencia Ganada en 1ª Instancia (estos honorarios incluyen la totalidad del procedimiento Judicial hasta su finalización, y en su caso, con ejecución de sentencia o el anuncio de recurso de suplicación, y elaboración de informes internos que la Mutua necesite) Incapacidad Permanente Parcial, Incapacidad Permanente Total, I.P. Absoluta, Gran Invalidez y Muerte Con Sentencia Perdida en 1ª Instancia (estos honorarios incluyen la totalidad del procedimiento Judicial hasta su finalización, y en su caso, con ejecución de sentencia o el anuncio de recurso de suplicación, y elaboración de informes internos que la Mutua necesite) Falta medidas seguridad Con Sentencia Ganada en 1ª Instancia (estos honorarios incluyen la totalidad del procedimiento Judicial hasta su finalización, y en su caso, con ejecución de sentencia o el anuncio de recurso de suplicación, y elaboración de informes internos que la Mutua necesite) Falta medidas seguridad Con Sentencia Perdida en 1ª Instancia (estos honorarios incluyen la totalidad del procedimiento Judicial hasta su finalización, y en su caso, con ejecución de sentencia o el anuncio de recurso de suplicación, y elaboración de informes internos que la Mutua necesite) Otras reclamaciones de cantidad, responsabilidad empresarial, etc. Con Sentencia Ganada en 1ª Instancia (estos honorarios incluyen la totalidad del procedimiento Judicial hasta su finalización, y en su caso, con ejecución de sentencia o el anuncio de recurso de suplicación, y elaboración de informes internos que la Mutua necesite) Otras reclamaciones de cantidad, responsabilidad empresarial, etc. Con Sentencia Perdida en 1ª Instancia(estos honorarios incluyen la totalidad del procedimiento Judicial hasta su finalización, y en su caso, con ejecución de sentencia o el anuncio de recurso de suplicación, y elaboración de informes internos que la Mutua necesite) Puntos 450 4 250 3 500 4 300 3 240 1 125 1 400 2 210 1 Desistimiento en el acto del Juicio 250 2 Formalización Recurso de Suplicación Con sentencia de 2ª Instancia Ganada 400 3 Formalización Recurso de Suplicación Con sentencia de 2ª Instancia Perdida 200 2 Impugnación Recurso Suplicación - Con sentencia de 2ª Instancia Ganada 250 2 Impugnación Recurso Suplicación - Con sentencia de 2ª Instancia Perdida 110 1 Preparación e Interposición Recurso de Casación Con sentencia Ganada 300 1 Preparación e Interposición Recurso de Casación Con sentencia Perdida 150 1 Impugnación de Recurso de Casación Con sentencia Ganada 165 1 Impugnación de Recurso de Casación Con sentencia Perdida 100 1 Preparación e Interposición Recurso de Amparo Con sentencia Ganada 220 1 Preparación e Interposición Recurso de Amparo Con sentencia Perdida 145 1 Impugnación de Recurso de Amparo Con sentencia Ganada 160 1 Impugnación de Recurso de Amparo Con sentencia Perdida 100 1 Comparecencia o Gestiones diversas en representación de la Mutua, ante la Inspección de Trabajo (Estos honorarios incluyen la totalidad del procedimiento con inclusión de cuantas comparecencias o gestiones sean necesarias). 150 0,50 Exp. nº SER-17-087-AJP 8/9

Descripción Comparecencia o Gestiones diversas en representación de la Mutua, ante cualquier organismo, INSS, TGSS, etc Gestiones en la jurisdicción penal, policía o cualquier otro organismo para la obtención de copia de diligencias previas o testados policiales (Estos honorarios incluyen la totalidad del procedimiento con inclusión de cuantas comparecencias o gestiones sean necesarias). Pliego de Prescripciones Técnicas Importe MÁXIMO Puntos 110 0,50 100 0,50 Kilómetro por desplazamientos dentro de la provincia/as licitada/as. 0,30 /Km 0,50 NOTA: Todos los trabajos antes descritos incluyen la elaboración de los informes internos que la Mutua necesite para su gestión, que serán solicitados por el cliente. Exp. nº SER-17-087-AJP 9/9