Dictamen de adjudicación por el procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas, que emite el Ayuntamiento a través del Comité Municipal, mediante el cual se justifica la adquisición a través del procedimiento Invitación a Cuando Menos Tres Personas, No. CMADJ-78-204 Denominada "Adquisición de Material Publicitario para Campeonato Nacional Sub 20", de conformidad con lo siguiente: En la ciudad de Atlixco, Puebla, siendo las nueve horas con treinta minutos a los trece días de Octubre de dos mil catorce, en la oficina del Comité Municipal, con la presencia de: Ing. José Luis Galeazzi Berra, Presidente del Comité Municipal de Adjudicaciones; L.A.E. Ángela Pérez Flores, Secretario Ejecutivo; Ing. Raúl López Zitle, Secretario Técnico; Lic. Graciela Cantoran Nájera, Vocal; C. Cristina González Carrasco, Vocal; C.P. Norma Gil Jiménez, Suplente del Vocal; Mtra. Laura Elena Flores Suñer, Vocal; C. María del Carmen Pérez Muñoz, Vocal; Arq. Ignacio Lozano Torres, Vocal; Abog. José Daniel Romero de Luis, Suplente del Comisario del Comité Municipal de Adjudicaciones; con fundamento en los Artículos 5 Fracción III, 7, 2, 22, 47 Fracción IV y 67 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal y con el fin de evaluar y determinar la procedencia de contratar bajo el procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas, número CMADJ-78-204 denominada "Adquisición de Material Publicitario para Campeonato Nacional Sub 20". V i s t a s Para el dictamen de adjudicación por el procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas No. CMADJ-78-204 denominada "Adquisición de Material Publicitario para Campeonato Nacional Sub 20". Con fundamento en los Artículos 5 Fracción III, 7, 2, 22, 47 Fracción IV, 67 y demás relativos y aplicables de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. A n t e c e d e n t e s Primero.- De conformidad con el artículo 5 Fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a Ley. Segundo.- Que conforme a las atribuciones conferidas al H. Ayuntamiento del Municipio de Atlixco, por la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Puebla, en el Artículo 78, el H. Ayuntamiento cuenta con la facultad de celebrar convenios y actos para la mejor administración del Municipio y de este modo contar con los recursos materiales necesarios e indispensables para su óptima operación. Página de 6
Tercero.- De conformidad por lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, Estatal y Municipal y con el fin de garantizar la eficacia y la transparencia en la adjudicación y contratación de las adquisiciones, arrendamientos y servicios, las dependencias y entidades deberán establecer comités de adquisiciones, arrendamientos y servicios que se encarguen de realizar dichas contrataciones, por ello en primera sesión ordinaria de cabildo de fecha veinticinco de Febrero de dos mil catorce el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Atlixco, Puebla crea el Comité Municipal de Adjudicaciones el cual tendrá por objeto la adjudicación de contratos de bienes, arrendamientos y servicios para el Ayuntamiento, las autoridades municipales y sus dependencias. Cuarto.- Que existe la disponibilidad presupuestal para la adquisición número CMADJ- 78-204 denominada "Adquisición de Material Publicitario para Campeonato Nacional Sub 20" esto con referencia al artículo 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. F u n d a m e n t o L e g a l Primero.- Que de conformidad con el Artículo 2 del citado ordenamiento legal, otorga la facultad de contratar las adquisiciones, arrendamientos y servicios sin sujetarse al procedimiento de licitación pública, cuando el importe de cada operación no exceda los montos que se establecen en la Ley de Egresos del Estado de Puebla correspondiente, por lo que se estaría a lo estipulado en el Artículo 5 fracción III de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. R e s u l t a n d o I.- Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los Artículos 34 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 47 Fracción IV, y 00, 02 y demás relativos y aplicables de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal y Artículo 43 la Ley de Egresos del Estado de Puebla para el ejercicio fiscal 204 en el cual se establecen los montos mínimos y máximos para la adjudicación que a la letra dice: Las dependencias y las entidades para realizar adjudicaciones de adquisiciones, arrendamientos y servicios, según corresponda, se sujetarán a lo dispuesto en la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público estatal y municipal, a los lineamientos que emita la secretaría y a los montos máximos y mínimos de adjudicación que a continuación se indican: I.- Cuando el monto de las adquisiciones, arrendamientos o prestación de servicioss sea superior a $ 590,000.00 (Un millón quinientos noventa mil pesos 00/00 M.N.), y se cuente con disponibilidad presupuestaria, la secretaría de administración deberá adjudicar el pedido o contrato respectivo mediante Licitación Pública; Página 2 de 6
II.- Cuando el monto de las adquisiciones, arrendamientos o prestación de servicioss sea superior a $702,000.00 (Setecientos dos mil pesos 00/00 M.N.), y no exceda de $ 590,000.00 (Un millón quinientos noventa mil pesos 00/00 M.N.), la secretaría de administración deberá adjudicarlas mediante Concurso Por Invitación, salvo adquisición de vehículos a que se refiere el segundo párrafo de la Fracción III de estee artículo; III.- Cuando el monto de las adquisiciones de bienes, arrendamientos o prestación de servicios sea superior a $9,00.00 (Ciento diecinueve mil cien pesos 00/00 M.N.), y no exceda de $702,000.00 (Setecientos dos mil pesos 00/00 M.N.), la secretaría de administración las asignará por el procedimientoo de adjudicación mediante Invitación a Cuando Menos Tres Personas. Para el presente procedimiento de adjudicación, el límite máximo para la adquisición de vehículos será de $ 40,000.00 (Un millón ciento cuarenta mil pesos 00/00 M.N.), las dependencias y entidades únicamente podrán realizarlas a través de la secretaría de administración; IV.- Cuando el monto de las adquisiciones de bienes, arrendamientos o prestación de servicios sea superior a $27,000.00 (Veintisiete mil pesos 00/00 M.N.), y no exceda de $9,,00.00 (Ciento diecinueve mil cien pesos 00/00 M.N.), las dependencias y entidades deberán asignarlas por el procedimiento de adjudicación mediante Invitación a Cuando Menos Tres Personas; y V.- Las dependencias y entidades podrán contratar mediante el procedimiento de adjudicación directa con las personas y/o prestadores de servicios, cuando el monto no exceda de $27,000.00 (Veintisiete mil pesos 00/00 M.N.), siempre y cuando exista disponibilidad presupuestaria. Los montos establecidos para deberán considerarse sin incluir las adquisiciones, arrendamientos y prestaciones de servicios el importe del impuesto al valor agregado. D i c t a m e n Primero.- Tomando en consideración lo antes expuesto y debido a que el monto de la adquisición se encuentra comprendido en la Fracción IV del artículo antes citado por un monto de $4,035.00 (Cuarenta y Un Mil Treinta y Cinco Pesos 00/00 M.N.) más I.V.A. de $6,565.60 (Seis Mil Quinientos Sesenta y Cinco Pesos 60/00 M.N.), con un total de $47,600.60 (Cuarenta y Siete Mil Seiscientos Pesos 60/000 M.N.), este Ayuntamiento acuerda la adquisición No. CMADJ-78-204 denominada "Adquisición de Material Publicitario paraa Campeonato Nacional Sub 20" habiéndose satisfecho las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento y demás circunstancias pertinentes, se analiza lo siguiente: Página 3 de 6
CANT. 200 20 DESCRIPCIÓN CARTELES DE 28x43 CM. COUCHE BRILLANTE GRUESO CARTELERAS PÚBLICITARIAS DE 2.44x.22 MTS. VINIL ADHERIBLE CALIDAD FOTOGRAFICA CON COLOCACIÓN EN BLVDS. Y CALLES PRINCIPALES GRAFICAS ALGU S.A. DE C.V. (XPRESS GRÁFICA) XANTÉ PREPRESS INNOVATIONS P.U. IMPORTE P.U. IMPORTE P.U. GSP EXPRESIGN S.A. DE C.V. IMPORTE $8.00 $,600.00 $2.00 $2,400.00 $5.00 $3,000.00 $970.00 $9,400.00 $,085.00 $2,700.00 $,20.00 $22,400.00 3 LONAS DE 4x3 MTS. IMPRESIÓN LONA CON OJILLOS CADA 50 CM. PARA UNIDADES DEPORTIVAS $760.00 $2,280.00 $852.00 $2,556.00 $90.00 $2,730.00 MAMPARA UNA DE 90x60 CM. IMPRESIÓN EN VINIL ADHERIBLE CALIDAD FOTOGRAFICA PARA $35.00 $35.00 $25.00 $25.00 $60.00 $60.00 CENTRO DE LA CIUDAD 5 MAMPARAS QUINCE DE 08x83 CM. IMPRESIÓN EN VINIL ADHERIBLE CALIDAD FOTOGRAFICA $90.00 $2,850.00 $22.00 $3,80.00 $220.00 $3,300.00 PARA CENTRO DE LA CIUDAD ESPECTACULAR DE 2.90x8 MTS. LONA DE ALTA CALIDAD CON COLOCACIÓN (UBICACIÓN $7,450.00 $7,450.00 $8,400.00 $8,400.00 $8,900.00 $8,900.00 PENDIENTE) VALLA PÚBLICITARIA DE 3.70x2.50 MTS. LONA DE ALTA CALIDAD CON COLOCACIÓN EN CARRETERRA FEDERAL PUEBLA-ATLIXCO $,60.00 $,60.00 $,300.00 $,300.00 $,390.00 $,390.00 4 LONA DE ALTA CALIDAD SIN ACABADOS 6x2 MTS. LONA DE ALTA CALIDAD 4.0x3.0 MTS. CON COLOCACIÓN $720.00 $720.00 $80.00 $80.00 $830.00 $830.00 $,360.00 $5,440.00 $,523.00 $6,092.00 $,570.00 $6,280.00 SUBTOTAL $4,035.00 $46,653.00 I.V.A. $6,565.60 $7,464.48 TOTAL $47,600.60 $54,7.48 $48,990.00 $7,838.40 $56,828.40 Segundo.- Se realice la adjudicación con la empresa Graficas Algu S.A. de C.V. (XPRESS GRÁFICA), debido a que ofrecee el producto con las características y exigencias requeridas y el tiempo de entrega es el idóneo, además de que se encuentra debidamente registrado dentro del padrón de proveedores de este municipio y que han cumplido con todos los requisitos establecidos para la integración del mismo. Tercero.- Se realice el pago de la adquisición arriba mencionada por la cantidadd de $4,035.00 (Cuarenta y Un Mil Treinta y Cinco Pesos 00/00 M.N.) más I.V.A. de $6,565.60 (Seis Mil Quinientos Sesenta y Cinco Pesos 60/00 M.N.), con un total de $47,600.60 (Cuarenta y Siete Mil Seiscientos Pesos 60/00 M.N.). Cuarto.- Notifíquese lo anterior a la Contraloría Municipal. Así lo dictaminó el Honorable Ayuntamiento de Atlixco a través del Comité Municipal de Adjudicaciones constituido para determinar la procedencia del dictamen de adjudicación por el procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas. No habiendo otro asunto que tratar y estando debidamente enterados del contenidoo de la presente acta todos los que en ella intervienen, y dándose por notificados de este dictamen de excepción, sin que exista oposición por alguna de las partes, se da por concluida siendo las nueve horas con cincuenta minutos en la misma fecha y ciudad, firmando al calce y margen todos los participantes para debida constancia. Página 4 de 6
Por el Honorable Ayuntamiento de Atlixco Ing. José Luis Galeazzi Berra Presidente del Comité Municipal L.A.E. Ángela Pérez Flores Secretario Ejecutivo del Comité Municipal Ing. Raúl López Zitle Secretario Técnico del Comité Municipal Lic. Graciela Cantoran Nájera de Adjudicaciones C. Cristina González Carrasco C.P. Norma Gil Jiménez Suplente del Vocal del Comité Municipal Mtra. Laura Elena Flores Suñer Página 5 de 6
C. María del Carmen Pérez Muñoz Arq. Ignacio Lozano Torres Por Contraloría Municipal de Atlixco Abog. José Daniel Romero De Luis Suplente del Comisario del Comité Municipal --------------------------------------------- FIN DEL ACTA ---------------------------------------- Página 6 de 6