Pliego de Prescripciones Técnicas que ha de regir para la contratación de la prestación de los servicios de asesoramiento jurídico de AUCORSA

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Transcripción:

Pliego de Prescripciones Técnicas que ha de regir para la contratación de la prestación de los servicios de asesoramiento jurídico de AUCORSA 1

Índice 1. INTRODUCCIÓN.... 3 2. PRESCRIPCIONES TÉCNICAS.... 3 2.1. Objeto.... 3 2.2. Descripción de la prestación del servicio.... 4 2.3. Organización empresarial.... 4 2.4. Confidencialidad de los trabajos.... 5 2.5. Seguros y responsabilidad derivada de los trabajos.... 6 2

1. INTRODUCCIÓN. Autobuses de Córdoba, S.A. (en adelante AUCORSA), fue constituida como empresa municipal el 21 de Abril de 1983 con el fin de que llevara a cabo la prestación de los servicios obligatorios de transporte colectivo urbano de viajeros que son competencia del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba. En la actualidad tiene fijado su domicilio social y para notificaciones en la ciudad de Córdoba, en el Polígono Industrial Pedroches, calle Los Artesanos s/n. Su página web es www.aucorsa.es. El objeto social de AUCORSA es la organización y prestación del servicio público de transporte urbano de viajeros dentro del término municipal de Córdoba, en régimen de monopolio, y su coordinación con otros sistemas de transporte cualquiera que sea su clase y que puedan servir a las necesidades de la ciudad. AUCORSA es la operadora exclusiva de la gestión y ordenación de los servicios urbanos de transporte de viajeros dentro del término municipal de Córdoba, de acuerdo con la delegación efectuada por el Ayuntamiento de Córdoba, propietario de la Sociedad, que es el órgano competente en esta materia tras la entrada en vigor de la Ley 16/87 de Ordenación de los Transportes Terrestres y su Reglamento de aplicación aprobado por Real Decreto 1211/90 y sus modificaciones posteriores. AUCORSA está interesada en la contratación de la prestación de los servicios de asesoramiento jurídico necesarios para el cumplimiento y realización de sus fines institucionales. Teniendo en cuenta esta realidad se redacta este pliego con las siguientes prescripciones: 2. PRESCRIPCIONES TÉCNICAS. 2.1. Objeto. El objeto del presente contrato consiste en la prestación de los servicios de asesoramiento jurídico a la empresa municipal AUCORSA. Todo ello conforme a los trabajos a realizar especificados en el presente pliego. 3

2.2. Descripción de la prestación del servicio. El servicio a prestar por el adjudicatario incluirá las siguientes actuaciones: - Asesoramiento jurídico en materia tributaria ante las distintas Administraciones Públicas, así como la elaboración de toda clase de recursos y reclamaciones en vía administrativa. - Asesoramiento jurídico en materia mercantil, así como el asesoramiento al Consejo de Administración de AUCORSA en la toma de acuerdos. - Asesoramiento jurídico en materia administrativa para la aplicación de la normativa de régimen local. - Asesoramiento jurídico en materia de contratación pública para la aplicación de la normativa de contratos del Sector Público. Queda incluida en los citados servicios la emisión de los Informes que al licitador le sean requeridos por parte del Consejo de Administración de AUCORSA. Por el contrario, no quedan incluidas aquellas actuaciones que revistan especial complejidad como, actuaciones en sede judicial o determinados Informes que serían facturados con independencia, siempre de común acuerdo entre las partes. 2.3. Organización empresarial. 1.- La empresa adjudicataria, como tal entidad mercantil, deberá contar con personal, instrumentos y organización estable para el cumplimiento del presente contrato. 2.- La empresa adjudicataria mantendrá a los trabajadores que desarrollen los trabajos objeto de este contrato, dentro de su ámbito de poder de organización y dirección, y conservará, respecto de ellos los derechos, obligaciones, riesgos y responsabilidades inherentes a su condición de empleador. 3.- Los trabajos a realizar se prestarán con medios materiales de la empresa adjudicataria dentro de su ámbito de organización y dirección. 4.- El personal que por su cuenta utilice o aporte el adjudicatario, en ningún momento, podrá considerarse con relación laboral, contractual o de cualquier otra naturaleza respecto de la empresa AUCORSA. 4

5.- El adjudicatario vendrá obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la normativa de Prevención de Riesgos Laborales vigente y demás normas de desarrollo. 6.- Asimismo, el adjudicatario estará obligado, con respecto al personal que emplee en la ejecución del contrato, al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, especialmente en materia de legislación fiscal, laboral, seguridad social y seguridad e higiene en el trabajo, quedando AUCORSA exonerada de responsabilidad al respecto. 2.4. Confidencialidad de los trabajos. El adjudicatario queda obligado a garantizar la confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada. Todos los datos aportados y trabajos y servicios realizados para el buen fin del presente contrato tendrán carácter confidencial, no pudiendo el adjudicatario, subcontratista o cesionario utilizar para sí ni proporcionar a terceros dato o información alguna de los trabajos o suministros contratados sin autorización escrita de AUCORSA, estando, por tanto, obligado a poner todos los medios a su alcance para conservar el carácter confidencial y reservado tanto de la información como de los resultados obtenidos del presente contrato, cualquiera que sea el momento temporal. En todo caso, el adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación. En este sentido, deberá sujetarse a los preceptos legales en materia de protección de datos personales recogidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en la normativa que lo desarrolla, en concreto R.D. 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de dicha ley. Las personas proporcionadas por la empresa adjudicataria, en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, únicamente tratarán los datos conforme a las instrucciones que reciban de AUCORSA y no los aplicarán o utilizarán con otro fin distinto, ni los comunicarán a otras personas. Además, deberán cumplir con las medidas de seguridad, normas y procedimientos que en cada caso establezca la legislación vigente. 5

Si alguna de estas personas destina los datos a otra finalidad, los comunica o los utiliza incumpliendo lo preceptuado en la legislación vigente, la empresa adjudicataria será responsable de las infracciones cometidas. Estas obligaciones se extienden durante la ejecución de los servicios y seguirán vigentes una vez que el contrato haya finalizado o haya sido resuelto. La infracción de estos deberes del adjudicatario genera, además de responsabilidad contractual, la responsabilidad de índole civil, penal o administrativa que corresponda con arreglo a la legislación vigente. En todo caso, el contratista será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación. Estas obligaciones se extienden durante la ejecución de los suministros y servicios, y seguirán vigentes una vez que el contrato haya finalizado o haya sido resuelto. 2.5. Seguros y responsabilidad derivada de los trabajos. El contratista deberá tener suscritos los seguros obligatorios que se requieran por su actividad, así como un seguro que cubra la responsabilidad que se deriva en la ejecución del contrato. El adjudicatario será responsable de todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, teniendo, por tanto, obligación de indemnizarlos, de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente. 6