DIP. ADRIANA GUADALUPE SANCHEZ MARTINEZ. PRESIDENTA DE LA H. XIX LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA. P R E S E N T E.

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DIP. ADRIANA GUADALUPE SANCHEZ MARTINEZ. PRESIDENTA DE LA H. XIX LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA. P R E S E N T E.- HONORABLE ASAMBLEA. COMPAÑAS DIPUTADAS. COMPAÑEROS DIPUTADOS. El suscrito Diputado, CARLOS BARBOZA CASTILLO, integrante del grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de esta H. XIX Legislatura, y con fundamento en los artículos 27 y 28 ambos de la fracción I de La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, así como los artículos 110, 114 y 117 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, someto a consideración de esta Soberanía, INICIATIVA DE ACUERDO ECONOMICO PARA LA CREACION DE BIBLIOTECAS PUBLICAS EN LA ZONA ESTE DEL MUNICIPIO DE TIJUANA, BAJA CALIFORNIA, bajo la siguiente: EXPOSICION DE MOTIVOS: A través de la historia, las bibliotecas públicas han tenido que ver con el desarrollo social y cultural de un país o una comunidad en específico, Para esto, la biblioteca pública debe ser pieza clave en la atención de necesidades de información de todos los grupos de la comunidad, 1

independientemente de su edad o condición económica y social. La lectura forma parte importante y esencial del desarrollo por lo que representa, pues al facilitar una diversidad de materiales para instruirse y hacer que la formación sea accesible a todos, puede aportar beneficios económicos y sociales a las personas y a la comunidad. Contribuyendo a la creación y al mantenimiento de una sociedad bien informada y democrática ayudando a que la gente actué con autonomía enriqueciendo y mejorando su acervo cultural y de vida. La IFLA o (Federación Internacional de Instituciones y Asociaciones de Bibliotecas), publico un manifiesto en 1986, sobre las Directrices de Bibliotecas Publicas, donde se estableció que la finalidad de la biblioteca pública, es facilitar recursos informativos y prestar servicios mediante diversos medios, con el fin de cubrir las necesidades de personas y grupos en materia de instrucción, información y perfeccionamiento personal comprendidas actividades intelectuales de entretenimiento y ocio. Desempeñando un importante papel en el progreso y el mantenimiento de una sociedad democrática al ofrecer a cada persona acceso a toda una serie de conocimientos, ideas y opiniones. En esta materia, existen las Bibliotecas Escolares, las Públicas, las Universitarias y las Especializadas pertenecientes a dependencias, entidades y personas físicas o morales de los sectores público, social y privado. En relación a las bibliotecas publicas, en la actualidad el Estado de Baja California, cuenta con 93 Bibliotecas en 2

total, las cuales se encuentran distribuidas de la siguiente forma: En el Municipio de Tijuana, 25 Bibliotecas (dos de ellas se encuentran cerradas al público). En el Municipio de Mexicali, 24 Bibliotecas. En el Municipio de Tecate, 11 Bibliotecas. En el Municipio de Ensenada, 28 Bibliotecas. En el Municipio de Playas de Rosarito, 05 Bibliotecas. De acuerdo a datos oficiales del (INEGI), el II Conteo de Población y Vivienda 2005, en el Estado de Baja California, registró 2,844.469 habitantes, 49.7% son mujeres y 50.3%, hombres. En el año 2005, el municipio de Tijuana concentraba el 49.6% de la población total en el Estado, seguido de Mexicali con 30.1% y Ensenada con 14.5 por ciento; sólo en las ciudades de Tijuana y Mexicali residen 45.2% y 23% de la población de Baja California. Aunado a lo anterior, en los últimos años el Municipio de Tijuana, en particular la Zona Este de la Ciudad, se ha convertido en un fenómeno demográfico sorprendente, estas cifras han aumentado cada vez más, haciendo insuficiente la capacidad de establecer mecanismos para propiciar el desarrollo social y mejores índices de calidad de vida a través de comunidades lectoras. Sabemos que en muchos hogares existen los medios electrónicos para propiciar esa relación, más no los recursos, aquellos que el Estado debe satisfacer mediante establecimientos que brinden servicios bibliotecarios tal y como lo establecen los artículos 2 y 4, de la Ley General de 3

Bibliotecas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 1988, que a la letra dice: ARTICULO 2o.- Para los efectos de la presente ley, se entenderá por biblioteca pública todo establecimiento que contenga un acervo de carácter general superior a quinientos títulos, catalogados y clasificados, y que se encuentre destinado a atender en forma gratuita a toda persona que solicite la consulta o préstamo del acervo en los términos de las normas administrativas aplicables. La biblioteca pública tendrá como finalidad ofrecer en forma democrática los servicios de consulta de libros y otros servicios culturales complementarios que permitan a la población adquirir, transmitir, acrecentar y conservar en forma libre el conocimiento en todas las ramas del saber. Su acervo podrá comprender colecciones bibliográficas, hemerográficas, auditivas, visuales, audiovisuales y, en general cualquier otro medio que contenga información afín. ARTICULO 4o.- Los Gobiernos, Federal, Estatales y Municipales, dentro de sus respectivas jurisdicciones, promoverán el establecimiento, organización y sostenimiento de bibliotecas públicas y los servicios culturales complementarios que a través de éstas se otorguen. Así mismo, la IFLA-UNESCO, establecen como Directriz, para el Desarrollo del Servicio de Bibliotecas Públicas que: La Biblioteca Publica ha de estar bajo la responsabilidad de las autoridades locales y nacionales, y regirse por una legislación especifica y financiada por las autoridades nacionales y locales. Ha de ser un componente esencial de toda estrategia a largo plazo de cultura, información, alfabetización y educación. (Manifiesto) 4

Debemos llegar a todos los lugares y rincones de nuestro Estado, en materia de cultura, pero debemos empezar por brindar este derecho a los que menos tienen. INTENCION DE LA INICIATIVA: 1. La creación de Bibliotecas Publicas, en la Zona Este del Municipio de Tijuana, B. C. 2. Que cuenten con un acervo cultural y que estén destinados a atender en forma gratuita a toda persona que lo solicite pero con especial interés a los jóvenes, para los cuales se tendrán que desarrollar programas de fomento a la lectura. 3. Que se destinen y rehabiliten para este fin, entre otras posibilidades, los predios abandonados y utilizados comúnmente por los viciosos como picaderos y que actualmente la autoridad los esta interviniendo. La cultura eleva la calidad de vida de la gente y enriquece sus experiencias de vida, a veces incluso a pesar de las carencias económicas en que se desenvuelven. Actualmente la zona este de la ciudad de Tijuana es una de las regiones mas marginadas de todo el estado, con una alarmante carencia de los mas elementales servicios. Por lo que es preocupante y motivo de atención inmediata el que actualmente se de una alta participación de jóvenes en las filas de la delincuencia organizada por lo que la cultura y el fomento a la lectura no debe ser un campo ajeno al desarrollo social. La apertura pues de espacios dirigidos al estudio, consulta y lectura deberán ser un antídoto 5

eficaz en la lucha contra la descomposición social, la violencia y la delincuencia. Es así como la apertura de las bibliotecas publicas tendrán como finalidad ofrecer los servicios de consulta de libros y otros servicios culturales complementarios que permitan al núcleo de población donde se instale, adquirir, transmitir, acrecentar y conservar en forma libre el conocimiento en todas las ramas del saber. Por todo lo antes expuesto, propongo la siguiente: INICIATIVA DE ACUERDO ECONOMICO: PRIMERO.- POR CONDUCTO DE ESTA H. SOBERANIA SE EXHORTE RESPETUOSAMENTE AL C. LIC. JORGE RAMOS HERNANDEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. XIX AYUNTAMIENTO DE TIJUANA, BAJA CALIFORNIA, PARA QUE PREVIO EJERCICIO PRESUPÙESTAL, GIRE LAS INSTRUCCIONES NECESARIAS PARA LA APERTURA DE BIBLIOTECAS PUBLICAS, EN LA ZONA ESTE DEL MUNICIPIO DE TIJUANA, B. C. SEGUNDO.- SEA TURNADA LA PRESENTE INICIATIVA DE ACUERDO ECONOMICO, A LA COMISION DE REGIMEN INTERNO Y PRACTICAS PARLAMENTARIAS DE ESTE H. CONGRESO DEL ESTADO. 6

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES LIC. BENITO JUÁREZ GARCÍA, DE ESTE RECINTO LEGISLATIVO A LOS 05 DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE 2009. A T E N T A M E N T E: DIP. CARLOS BARBOZA CASTILLO. XIX LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO. 7