Contrato de Agente Persona Física

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Contrato de Agente Persona Física"

Transcripción

1 Contrato de Agente Persona Física C

2 CONTRATO DE COMISIÓN MERCANTIL SIN REPRESENTACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA LATINOAMERICANA, SEGUROS, S.A., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ LA LATINOAMERICANA, REPRESENTADA POR QUIEN SE INDICA EN LA REFERENCIA (3) DE LA CARÁTULA DE ESTE CONTRATO Y POR LA OTRA, LA PERSONA CUYOS DATOS SE CONSIGNAN EN LA REFERENCIA (4) DE LA CARÁTULA DE ESTE CONTRATO EN SU CALIDAD DE AGENTE DE SEGUROS A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL AGENTE, DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: D E C L A R A C I O N E S CONTRATO DE AGENTE PERSONA FÍSICA I. Declara LA LATINOAMERICANA, por conducto de su representante legal que: 1. Está autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para operar como Institución de Seguros en las operaciones de Personas: Vida y Accidentes y Enfermedades y de Bienes: Responsabilidad Civil, Marítimo y Transportes, Incendio, Automóviles y Diversos, en los términos de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros. 2. Su representada es una sociedad legalmente constituida lo que acredita con el testimonio de la escritura pública cuyos datos se indican en la referencia (1) de la carátula de este Contrato. 3. Su domicilio es el que se indica en la referencia (2) de la carátula de este Contrato. 4. Su Registro Federal de Contribuyentes es el mencionado en la referencia (1) de la carátula de este Contrato. 5. Está interesada en celebrar el presente Contrato con EL AGENTE para que éste promueva de manera independiente y autónoma, la venta de seguros dentro de las coberturas autorizadas en las operaciones descritas en el inciso número precedente 1. II. Declara EL AGENTE que: 1. Es titular de la cédula que ha quedado identificada en la referencia (7) de la carátula de este Contrato, la cual lo autoriza a ejercer la actividad de Agente de Seguros en los términos del inciso b) del Artículo 23 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, en las operaciones y ramos indicados en la referencia (7) de la carátula de este Contrato (Se anexa copia de la cédula). 2. Su domicilio fiscal es el indicado en la referencia (5) de la carátula de este Contrato y cuyo Registro Federal de Contribuyentes es señalado en la referencia (4) de la carátula de este Contrato. 3. Conviene con LA LATINOAMERICANA en promover contratos de seguros como intermediario en las operaciones y ramos indicados en la referencia (7) de la carátula de este Contrato. 4. Este Contrato no limita la libertad de EL AGENTE para celebrar contratos similares con otra u otras Instituciones de Seguros, si así conviene a sus intereses. Una vez declarado lo anterior, las partes manifiestan que conocen las disposiciones de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, la Ley Sobre el Contrato de Seguro, el Reglamento de Agentes de Seguros y de Fianzas y el Código de Comercio, por lo que otorgan las siguientes: 1

3 C L Á U S U L A S PRIMERA. OBJETO. EL AGENTE se obliga a actuar como intermediario en la celebración y perfeccionamiento de contratos de seguros (en lo sucesivo EL SEGURO) lo que efectuará mediante el intercambio de propuestas y aceptaciones entre los solicitantes y LA LATINOAMERICANA en las operaciones y ramos para las que está autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de igual manera prestará el asesoramiento a los solicitantes a fin de celebrar, conservar o modificar EL SEGURO. SEGUNDA. ACEPTACIÓN DE LA COMISIÓN. EL AGENTE en este acto acepta la comisión conferida mediante este Contrato y reconoce que ésta es sin representación. TERCERA. OBLIGACIONES DE EL AGENTE serán obligaciones de EL AGENTE las siguientes: 1. Informar a la persona que solicite EL SEGURO, acerca de las condiciones del Contrato y características de LA LATINOAMERICANA, velando por el cumplimiento de los requisitos que ha de reunir la solicitud y la póliza para su eficacia y plenitud de efectos. 2. Deberá proporcionar a LA LATINOAMERICANA, la información auténtica que sea de su conocimiento, relativa al riesgo cuya cobertura se proponga, a fin de que ésta se pueda formar un juicio sobre el riesgo a ser asegurado,sus características y fijar conforme a las normas respectivas, las condiciones y primas adecuadas en caso de aceptación. 3. Acatar las normas, políticas y procedimientos establecidos por LA LATINOAMERICANA, para cada plan o cobertura. 4. Utilizar los modelos de pólizas, endosos, documentación contractual, circunstancias técnicas y tarifas que la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas le haya aprobado a LA LATINOAMERICANA, respecto del plan o cobertura de que se trate. 5. Informar al proponente del derecho que tiene LA LATINOAMERICANA,de aceptar o rechazar cualquier proposición de seguro, modificar la prima, fijar las sobreprimas que procedan y limitar el monto de su responsabilidad, rescindir o renovar EL SEGURO. 6. En su trato con el público, deberá exhibir su cédula y consignará el número de la misma, así como su nombre, en los documentos elaborados con su intervención. 7. Contratar y mantener vigente un seguro de responsabilidad civil por errores y omisiones por los montos, términos y condiciones que al efecto señale la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a fin de garantizar el cumplimiento de las responsabilidades en que pueda incurrir frente al público en el desempeño de sus funciones. 8. Contratar y mantener vigente una póliza de fianza por el monto, términos y condiciones que al efecto le indique LA LATINOAMERICANA, a fin de garantizar el cumplimiento de las responsabilidades en que pueda incurrir frente a LA LATINOAMERICANA. 9. A presentar a LA LATINOAMERICANA, la autorización vigente otorgada por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, que lo autoriza a ejercer su actividad de Agente de Seguros. 10. En su trato con los oferentes y/o asegurados deberán de observar las disposiciones del artículo 140 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, así como las resoluciones generales que en esa materia emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. CUARTA. ACEPTACIÓN. Todas las solicitudes de seguros que EL AGENTE entregue a LA LATINOAMERICANA, se entenderán como propuestas. 2 2

4 QUINTA. NATURALEZA. EL AGENTE de seguros realizará su actividad con independencia y autonomía de LA LATINOAMERICANA, debiendo actuar personalmente. Podrá tener auxiliares para realizar los trámitesadministrativos de su actividad, sin que para ello requiera autorización de LA LATINOAMERICANA, pero observando los requisitos que establece el Reglamento de Agentes de Seguros y de Fianzas, sin que en ningún caso se consideren a EL AGENTE o a sus auxiliares como empleados de LA LATINOAMERICANA, ya que no existe entre ésta y aquellos ninguna relación de permanencia o subordinación laboral. SEXTA. COBROS. Las primas siempre SE COBRARAN MEDIANTE la entrega del RECIBO OFICIAL DE LA LATINOAMERICANA y EL AGENTE remitirá a ésta, toda cantidad cobrada por su cuenta en un plazo que no podrá exceder de diez días hábiles contados a partir de que la hubiere cobrado, junto con el soporte documental o registro para determinar la fecha de liquidación, póliza cubierta y forma de pago. Cuando la prima sea pagada con cheque o pagaré de tarjeta de crédito, el documento se recibirá SALVO BUEN COBRO debiendo ser nominativo y a nombre de LA LATINOAMERICANA, y la comisión correspondiente se pagará a EL AGENTE UNA VEZ QUE EL TITULO DE CRÉDITO SEA PAGADO POR EL BANCO. SÉPTIMA. DEPOSITARIO. EL AGENTE se considerará, en todo caso, como DEPOSITARIO PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES A QUE HUBIERE LUGAR, de las cantidades de dinero que reciba de los asegurados o de cualquier otra persona por cuenta de los mismos. OCTAVA. CONTRA PRESTACIÓN. LA LATINOAMERICANA pagará a EL AGENTE, por EL SEGURO que éste gestione y obtenga, las contraprestaciones que le correspondan dentro de los limites aprobados por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, de acuerdo a las tablas de comisión que para tal afecto publique LA LATINOAMERICANA, en su pagina de internet. La(s) contraprestación(es) indicada(s) en esta cláusula podrá(n) ser modificada(s) por la LA LATINOAMERICANA en cualquier momento, teniendo ésta la obligación de hacerlo del conocimiento de EL AGENTE en un plazo de 30 días naturales antes del inicio de vigencia de las mismas, sustituyéndose la información correspondiente en la página de internet. NOVENA. FORMA DE PAGO. Las partes acuerdan que los pagos a que se refiere la cláusula anterior, se efectuarán en el domicilio de LA LATINOAMERICANA que es el indicado en la referencia (2) de la carátula de este Contrato o en el lugar que al efecto designe LA LATINOAMERICANA. La contraprestación se calculará exclusivamente sobre la prima neta y se considerará ganada precisamente sobre las PRIMAS QUE HAYAN INGRESADO Y APLICADO EFECTIVAMENTE A LA LATINOAMERICANA. En el caso de que existan cancelaciones o devoluciones de primas, le corresponderá a EL AGENTE devolver a LA LATINOAMERICANA los importes de las contraprestaciones que haya recibido en su momento sobre tales primas. LA LATINOAMERICANA cubrirá a EL AGENTE las contraprestaciones a que tenga derecho durante el tiempo que estén en vigor los contratos de seguros celebrados con su intervención, de conformidad a la nota técnica autorizada. Las contraprestaciones que provengan de la renovación o modificación de una póliza respecto de un mismo riesgo o responsabilidad asumida, corresponderán a EL AGENTE, salvo que abandone el negocio, hubiere fallecido sin designación de beneficiarios, o el contratante exprese por escrito a LA LATINOAMERICANA que ya no desea la intermediación del agente. El pago del importe de las contraprestaciones se pagarán mediante abono a la cuenta cuyas características se indica en la referencia (6) de la carátula de este Contrato. DÉCIMA. ESTADO DE CUENTA. LA LATINOAMERICANA emitirá y enviará a EL AGENTE, un estado de cuenta mensual en el que consten los cargos y abonos por los diversos conceptos pactados en este Contrato o mediante el sistema electrónico que al efecto determine LA LATINOAMERICANA. EL AGENTE autoriza a LA LATINOAMERICANA para que los saldos deudores que resulten en su contra por cualquier concepto, sean compensados contra las contraprestaciones a que tenga derecho por el ejercicio de su actividad como intermediario. 3

5 UNDÉCIMA. COMPROBANTE FISCAL. EL AGENTE se obliga a expedir y entregar mensualmente a LA LATINOAMERICANA comprobantes fiscales por los conceptos y cantidades que se consignen en el estado de cuenta que al efecto publique ésta última. Dichos comprobantes deberán cumplir con los términos de los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. DUODÉCIMA. GASTOS. LA LATINOAMERICANA no cubrirá ni rembolsará ningún gasto que EL AGENTE realice en el desempeño de su actividad. Por su parte, EL AGENTE no cubrirá ningún gasto en que incurra LA LATINOAMERICANA para la apreciación y selección del riesgo, ni tampoco pagará cantidad alguna por concepto de primas que deje de cubrir el asegurado, siempre y cuando EL AGENTE se sujete a las normas y políticas de LA LATINOAMERICANA. DÉCIMA TERCERA. CONFIDENCIALIDAD. En virtud del presente Contrato EL AGENTE se obliga a no divulgar ni relevar datos, especificaciones técnicas, secretos, métodos, sistemas y en general cualquier mecanismo relacionado con la tecnología e información a la cual tendrán acceso y que será revelada por una parte a la otra, en consecuencia EL AGENTE se obliga a mantener en absoluta confidencialidad la información que se maneje durante la vigencia de este Contrato y hasta por diez años después de concluido el mismo, en caso de existir duda sobre si determinada información es considerada como secreto comercial, deberá ser tratada como confidencial. EL AGENTE se obliga expresamente a utilizar todas las medidas que fueren necesarias y convenientes para que su personal cumpla y observe dicha confidencialidad, absteniéndose de divulgar o reproducir total o parcialmente la información que obtengan o produzcan con motivo de la prestación de servicios contenida en el presente Contrato. Los datos, información y resultados que sean revelados por LA LATINOAMERICANA a EL AGENTE a los que tenga acceso, serán propiedad de LA LATINOAMERICANA y constituyen un secreto industrial de ésta en términos del titulo tercero, capitulo único de la Ley de la Propiedad Industrial y por lo tanto quedan sujetos a lo establecido por los artículos 82, 83, 85, y 86 de dicho ordenamiento legal por lo que EL AGENTE no podrá divulgarlos sin la autorización expresa y por escrito de LA LATINOAMERICANA, aceptando desde este momento EL AGENTE que la violación o incumplimiento de lo dispuesto en la presente cláusula podrá encuadrarse dentro de los supuestos contemplados dentro de las fracciones III, IV Y V del artículo 223 de la citada Ley de la Propiedad Industrial y de las Leyes Civiles y Penales correspondientes. DÉCIMA CUARTA. PROHIBICIONES. EL AGENTE NO PODRÁ ACEPTAR, directa o indirectamente la cobertura de cualquier clase de riesgo, ni tomar a su cargo en todo o en parte la siniestralidad objeto del seguro, tampoco podrá otorgar, modificar, rehabilitar, ni rescindir contratos de seguros en nombre de LA LATINOAMERICANA, NI DISPENSAR CANCELACIONES, EMITIR ENDOSOS, FIJAR TARIFAS ESPECIALES, GARANTIZAR PAGOS DE SINIESTROS u obligar a LA LATINOAMERICANA, en ningún caso ya que no cuenta con la representación legal de ésta. DÉCIMA QUINTA. CARTERA. EL AGENTE podrá ceder a terceras personas, siempre y cuando los mismos tengan el carácter de Agentes de Seguros con autorización vigente, los derechos que le correspondan derivados de la cartera de contratos de seguros. Para que dicha cesión sea válida deberá hacerlo del conocimiento de LA LATINOAMERICANA, mediante notificación hecha por escrito, en la cual le hará saber los términos y condiciones de dicha cesión. A este efecto LA LATINOAMERICANA, contará con un plazo de quince días naturales contados a partir de la fecha de la notificación, para ofertar a EL AGENTE la adquisición de la cartera, trascurrido dicho plazo EL AGENTE podrá transmitir los derechos derivados de la cartera de contratos de seguros a quien mejor le convenga. DÉCIMA SEXTA. EFECTOS. Las partes convienen en que el PRESENTE CONTRATO DEJA SIN EFECTO CUALQUIER OTRO CONTRATO O CONVENIO VERBAL O ESCRITO, tácito o expreso que se hubiere celebrado entre ellas con anterioridad. 4

6 DÉCIMA SÉPTIMA. NATURALEZA DEL CONTRATO. Considerando que el presente Contrato es de naturaleza mercantil, de acuerdo a lo dispuesto por los artículo 75 fracción XII y 273 del Código de Comercio, no se crea entre las partes ninguna relación o nexo laboral, por lo que no podrá alegarse derecho alguno en este sentido. DÉCIMA OCTAVA. REGULACIÓN. Para la interpretación y cumplimiento del presente Contrato, se estará a lo dispuesto en la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, la Ley sobre el Contrato de Seguro, el reglamento de Agente de Seguros y de Fianzas y el Código de Comercio. DÉCIMA NOVENA. SITUACIONES NO PREVISTAS. Las partes convienen en que intentarán resolver de común acuerdo aquellas situaciones no previstas en el Presente Contrato, quedando entendido que la(s) resolución(es) que se adopte(n), deberá(n) constar por escrito y firmada(s) por ambas partes. VIGÉSIMA. DOMICILIOS. Para todo lo relacionado con el presente Contrato, las partes señalan como su domicilio el siguiente: EL AGENTE. El señalado en la referencia (5) de la carátula de este Contrato. LA LATINOAMERICANA : El señalado en la referencia (2) de la carátula de este Contrato. Cualquier notificación, documentación o aviso enviado por las partes al domicilio anteriormente señalado, surtirá todos los efectos legales a que haya lugar, en tanto no sean notificado por escrito con acuse de recibo cualquier cambio de domicilio. VIGÉSIMA PRIMERA. RESCISIÓN. Este Contrato podrá ser rescindido sin necesidad de intervención judicial, por el incumplimiento de las partes a cualquiera de las obligaciones que se deriven para cada una de ellas en el presente Contrato, bastando para ello notificación por escrito al domicilio señalado para tales efectos. La rescisión de este Contrato por las causas señaladas será independiente de los daños y perjuicios que llegaren a ocasionar a la parte afectada. VIGÉSIMA SEGUNDA. DURACIÓN. El presente Contrato es por tiempo indefinido, por lo que cualquiera de las partes, podrá darlo por terminado mediante aviso dado por escrito con 30 días naturales de anticipación, debiéndose realizar durante este período las liquidaciones y entrega de documentación que sean necesarias con el objeto de que no quede pendiente obligación alguna entre los contratantes. VIGÉSIMA TERCERA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. Para la interpretación, ejecución y cumplimiento del presente Contrato, las partes convienen en sujetarse a la legislación y tribunales competentes de la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando expresamente a cualquier fuero que por razón de su domicilio presente o futuro pudiera llegar a corresponderles. VIGÉSIMA CUARTA. De acuerdo con la ley federal de protección de datos personales en posesión de particulares y su reglamento, EL AGENTE otorga a LA LATINOAMERICANA consentimiento expreso para el tratamiento de sus datos personales, aun los sensibles, patrimoniales y/o financieros, los cuales serán tratados en los términos del aviso de privacidad cuyo texto completo se encuentra publicado en la página LAS PARTES están de acuerdo en que los datos personales que, en su caso, se recaben con motivo de la actividad de colocación, solamente podrán ser utilizados para las finalidades que se indican en el Aviso de Privacidad de la Aseguradora. Las partes reconocen que han leído todos los términos y condiciones que se establecen en el presente Contrato, por lo que convienen en obligarse en todos y cada uno de los términos que en el presente se indican, firmándolo en el lugar y fecha indicado en la referencia (8) de la carátula de este Contrato. La Latinoamericana, Seguros, S. A. Agente 5

7 TORRE LATINOAMERICANA Eje Central No. 2, 8 Piso, C.P , México, D.F. Tel.: Fax:

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL U OFICINA

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL U OFICINA CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL U OFICINA CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU APODERADO LEGAL EN LO SUCESIVO EL ARRENDADOR Y POR LA OTRA,,

Más detalles

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL ORGANISMO CERTIFICADOR DENOMINADO BAS INTERNATIONAL CERTIFICATION CO., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ BASICCO,

Más detalles

CONTRATO DE COMPRAVENTA BIENES MUEBLES

CONTRATO DE COMPRAVENTA BIENES MUEBLES CONTRATO DE COMPRAVENTA BIENES MUEBLES En,, el día de del año, comparecen a celebrar contrato de compraventa por una parte el (la) a quien en lo sucesivo se le denominará como LA VENDEDORA, por otra parte

Más detalles

CONTRATO DE LICENCIA DE SIGNOS DISTINTIVOS DE LA OTC- UAEM

CONTRATO DE LICENCIA DE SIGNOS DISTINTIVOS DE LA OTC- UAEM CONTRATO DE LICENCIA DE SIGNOS DISTINTIVOS DE LA OTC- UAEM CONTRATO DE LICENCIA DE USO DE SIGNOS DISTINTIVOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE SUJETO A REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SUJETO C A QUIEN EN LO SUCESIVO

Más detalles

CONTRATO DE COTITULARIDAD DE INVENCION OTC UAEM DECLARACIONES

CONTRATO DE COTITULARIDAD DE INVENCION OTC UAEM DECLARACIONES CONTRATO DE COTITULARIDAD DE INVENCION OTC UAEM CONTRATO DE COTITULARIDAD Y REGLAS DE USO DE LOS DERECHOS SOBRE INVENCIÓN Y/O PATENTE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL SUJETO A A QUIEN EN LO SUCESIVO DE LE

Más detalles

CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD

CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE., EN LO SUCESIVO, REPRESENTADA POR, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL Y, POR LA OTRA, EL INSTITUTO NACIONAL DE ASTROFISICA, OPTICA Y ELECTRONICA

Más detalles

CONTRATO DE AUXILIAR DE CORREDURÍA DE SEGUROS REUNIDOS:

CONTRATO DE AUXILIAR DE CORREDURÍA DE SEGUROS REUNIDOS: CONTRATO DE AUXILIAR DE CORREDURÍA DE SEGUROS En Madrid, a 1 de octubre de 2.014. REUNIDOS: De una parte " " (en adelante el Auxiliar) a través de su representante legal D., con NIF, con domicilio en la,

Más detalles

CONTRATO DE MANDATO PRIMERA.- PARTES.

CONTRATO DE MANDATO PRIMERA.- PARTES. CONTRATO DE MANDATO PRIMERA.- PARTES. El presente contrato de mandato se regirá por las siguientes cláusulas, y en lo no previsto en ellas, por las disposiciones del Código Civil y Código de Comercio,

Más detalles

CONTRATO DE ACCESO A DATOS PERSONALES ENTRE RESPONSABLE DEL FICHERO

CONTRATO DE ACCESO A DATOS PERSONALES ENTRE RESPONSABLE DEL FICHERO CONTRATO DE ACCESO A DATOS PERSONALES ENTRE RESPONSABLE DEL FICHERO Y ENCARGADO DE TRATAMIENTO En..., a... de... de 20... REUNIDOS De una parte, D...., en nombre y representación de... (en adelante el

Más detalles

MODELO DE CONTRATO DE AGENTE DE PUBLICIDAD REUNIDOS

MODELO DE CONTRATO DE AGENTE DE PUBLICIDAD REUNIDOS MODELO DE CONTRATO DE AGENTE DE PUBLICIDAD Murcia, a.. de de 2013 REUNIDOS De una parte, D. Diego Pedro García García, Director General, actuando en nombre y representación de la Empresa Pública Regional

Más detalles

I.2 Cuenta con facultades para suscribir el presente contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo del.

I.2 Cuenta con facultades para suscribir el presente contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo del. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA EL CURSO DE CAPACITACIÓN EN LA PRÁCTICA LABORAL, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL SERVICIO NACIONAL DE EMPLEO, REPRESENTADO POR EL C., EN SU CARÁCTER DE Y POR LA

Más detalles

AVISOS LEGALES Sistema de Control de Solicitudes ( SICS )

AVISOS LEGALES Sistema de Control de Solicitudes ( SICS ) AVISOS LEGALES Sistema de Control de Solicitudes ( SICS ) SEGUROS ARGOS, S.A. DE C.V. (en adelante ARGOS ), es una sociedad mercantil legalmente constituida de acuerdo a las Leyes de la República Mexicana

Más detalles

D E C L A R A C I O N E S. 1ª.- Ser una sociedad legalmente constituida bajo las Leyes de la República Mexicana.

D E C L A R A C I O N E S. 1ª.- Ser una sociedad legalmente constituida bajo las Leyes de la República Mexicana. CONTRATO PRIVADO DE PRESTACION DE SERVICIO DE REPARACION Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA SOCIEDAD SUPERAUTOS UNIVERSIDAD, S.A. DE C.V., A TRAVES DE SU APODERADO LEGAL,

Más detalles

CONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR:

CONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR: CONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR: CLÁUSULA PRIMERA: EL PRESTATARIO que suscribe declara que ha recibido en este acto de MERCANTIL FINANCIADORA DE PRIMAS, C. A., en lo sucesivo

Más detalles

CONVENIO PARA DESCUENTO DE FACTURAS CARGO DE (GRAN PAGADOR)_

CONVENIO PARA DESCUENTO DE FACTURAS CARGO DE (GRAN PAGADOR)_ CONVENIO PARA DESCUENTO DE FACTURAS CARGO DE (GRAN PAGADOR)_ Entre los suscritos, mayor de edad y vecino de, identificado con la cédula de ciudadanía número, expedida en, obrando en su calidad de y por

Más detalles

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CON ACCESO A DATOS ART. 12 LOPD

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CON ACCESO A DATOS ART. 12 LOPD CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CON ACCESO A DATOS ART. 12 LOPD REUNIDOS De una parte, la parte contratante del servicio online E-conomic como EL RESPONSABLE DEL FICHERO. De otra parte, E-conomic Online

Más detalles

ACCIDENTE: Es toda acción imprevista, fortuita súbita, violenta y externa que produce un daño físico o material, sobre un bien o una persona.

ACCIDENTE: Es toda acción imprevista, fortuita súbita, violenta y externa que produce un daño físico o material, sobre un bien o una persona. GLOSARIO DE SEGUROS A ACCIDENTE: Es toda acción imprevista, fortuita súbita, violenta y externa que produce un daño físico o material, sobre un bien o una persona. AGENTE O CORREDOR DE SEGUROS: Es toda

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO Artículo 1º. Para la celebración del seguro del Grupo, en los términos del artículo 191 de la Ley sobre el Contrato

Más detalles

CONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE ACCIONES CELEBRADO EL DÍA [ ] DE [ ] DE 2012 CELEBRADO ENTRE [ ]

CONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE ACCIONES CELEBRADO EL DÍA [ ] DE [ ] DE 2012 CELEBRADO ENTRE [ ] CONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE ACCIONES CELEBRADO EL DÍA [ ] DE [ ] DE 2012 CELEBRADO ENTRE [ ] Y CORPORACIÓN INTERAMERICANA DE ENTRETENIMIENTO, S.A.B. DE C.V. CONTRATO DE SUSCRIPCIÓN DE ACCIONES Contrato

Más detalles

OFERTA DE SERVICIOS PRODUCTO CUENTA DISTRIBUCIÓN BOD

OFERTA DE SERVICIOS PRODUCTO CUENTA DISTRIBUCIÓN BOD OFERTA DE SERVICIOS PRODUCTO CUENTA DISTRIBUCIÓN BOD El BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A, Sociedad Mercantil domiciliada en Maracaibo, Estado Zulia, cuyas últimas modificaciones del

Más detalles

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE MARKETING Y PUBLICIDAD

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE MARKETING Y PUBLICIDAD CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE MARKETING Y PUBLICIDAD REUNIDOS De una parte. con CIF.. y domicilio, con código postal.,. En nombre. que se denominará en el presente contrato a partir de ahora: EL CLIENTE

Más detalles

CONTRATO DE COMPRA - VENTA DE PRODUCTOS Y/O SERVICIOS

CONTRATO DE COMPRA - VENTA DE PRODUCTOS Y/O SERVICIOS CONTRATO DE COMPRA - VENTA DE PRODUCTOS Y/O SERVICIOS Conste por el presente documento, el Contrato de Compra Venta que celebran de una parte (((NOMBRE DE LA VENDEDOR))), empresa constituida bajo las leyes

Más detalles

DECLARACIONES. 1.- Declara MUNDO ASERTA por conducto de su representante legal y bajo protesta de decir verdad que:

DECLARACIONES. 1.- Declara MUNDO ASERTA por conducto de su representante legal y bajo protesta de decir verdad que: CONTRATO DE MEDIACIÓN MERCANTIL QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, MUNDO ASERTA, S.A. DE C.V., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ MUNDO ASERTA, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SEÑOR CONTADOR PÚBLICO FRANCISCO

Más detalles

ANEXO I. INFORMACIÓN PREVIA AL CONTRATO.

ANEXO I. INFORMACIÓN PREVIA AL CONTRATO. ANEXO I. INFORMACIÓN PREVIA AL CONTRATO. Información de la empresa. Razón Social: DCarthago Finance, S.L. Nombre Comercial: DCKapital. CIF: B-30892640 Domicilio Social: Calle Viña del Mar, 25. Escalera

Más detalles

CONTRATO DE PRENDA ABIERTA SIN TENENCIA DEL ACREEDOR PERSONA NATURAL

CONTRATO DE PRENDA ABIERTA SIN TENENCIA DEL ACREEDOR PERSONA NATURAL CONTRATO DE PRENDA ABIERTA SIN TENENCIA DEL ACREEDOR PERSONA NATURAL Entre nosotros mayor de edad, domiciliado y residente en el municipio de, identificado como aparece al pie de mi firma, actuando en

Más detalles

Condiciones Generales de los Servicios DSS EADTRUST (European Agency of Digital Trust, S.L.)

Condiciones Generales de los Servicios DSS EADTRUST (European Agency of Digital Trust, S.L.) Condiciones Generales de los Servicios DSS EADTRUST (European Agency of Digital Trust, S.L.) Miembro de Histórico de versiones Versión Fecha Documentos sustituidos Descripción / Detalles 1 14/09/09 Cambios

Más detalles

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIO

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIO CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIO APLICABLE AL SERVICIO DE TRANSPORTE EN BASE FIRME QUE OFRECE TRANSPORTADORA DE GAS NATURAL DE BAJA CALIFORNIA, S DE R.L. DE C.V. BAJO LA LISTA DE TARIFAS. EL PRESENTE

Más detalles

DECLARACIONES A) QUE ES UNA PERSONA (FISICA O MORAL), CON PLENA CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y OBLIGARSE.

DECLARACIONES A) QUE ES UNA PERSONA (FISICA O MORAL), CON PLENA CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y OBLIGARSE. CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DEL INMUEBLE UBICADO EN #, COLONIA., QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, POR PROPIO DERECHO, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE DENOMINARÁ COMO EL ARRENDADOR;

Más detalles

PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE VEHÍCULOS ANEXO DE EXCESO DE LÍMITES

PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE VEHÍCULOS ANEXO DE EXCESO DE LÍMITES PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE VEHÍCULOS ANEXO DE EXCESO DE LÍMITES Para ser adherido y formar parte integrante de la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil de Vehículos Nro. contratada

Más detalles

Aviso Legal. Entorno Digital, S.A.

Aviso Legal. Entorno Digital, S.A. Aviso Legal En relación al cumplimiento de la Ley de Protección de Datos, le informamos que los datos personales facilitados por Ud. en cualquiera de los formularios incluidos en este sitio web son incluidos

Más detalles

Smail Mantenimiento de Sistemas, S.L.

Smail Mantenimiento de Sistemas, S.L. Smail Mantenimiento de Sistemas, S.L. Contrato de Soporte Informático Con Pag.1. En Madrid, a de de 200 REUNIDOS DE UNA PARTE: D. con Documento Nacional de Identidad nº, en representación de la sociedad

Más detalles

MODELO DE CONTRATO DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL DE MERCADERÍAS E INSTRUCTIVO

MODELO DE CONTRATO DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL DE MERCADERÍAS E INSTRUCTIVO MODELO DE CONTRATO DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL DE MERCADERÍAS E INSTRUCTIVO Contrato de compraventa que celebran por un parte la empresa (1) representada en este acto por (2) y por la otra la empresa

Más detalles

CONTRATO DE TERMINOS Y CONDICIONES

CONTRATO DE TERMINOS Y CONDICIONES CONTRATO DE TERMINOS Y CONDICIONES La política de términos y condiciones de UXI SOFTWARE SAPI DE CV (en lo sucesivo e indistintamente "UXI SOFTWARE") tiene por objetivo dar a conocer a los clientes las

Más detalles

LISTA DE MÉXICO SECCIÓN A. Servicios Bancarios y demás Servicios Financieros (excluyendo seguros)

LISTA DE MÉXICO SECCIÓN A. Servicios Bancarios y demás Servicios Financieros (excluyendo seguros) LISTA DE MÉXICO SECCIÓN A 1. Sector: Servicios Financieros Obligaciones Afectadas: Servicios Bancarios y demás Servicios Financieros (excluyendo seguros) Artículo 11.3 (Trato Nacional) Medidas : Ley de

Más detalles

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO APLICABLE AL SERVICIO DE TRANSPORTE EN BASE FIRME QUE OFRECE GASODUCTO BAJANORTE, S. DE R.L. DE C.V. BAJO LA LISTA DE TARIFAS EL PRESENTE CONTRATO lo celebran el día

Más detalles

CAMBIOS A REFERENCIAS LEGALES EN LOS PRODUCTOS (Operación Daños)

CAMBIOS A REFERENCIAS LEGALES EN LOS PRODUCTOS (Operación Daños) Assurant Daños México, S.A. México, D.F. a 14 de septiembre de 2015. CAMBIOS A REFERENCIAS LEGALES EN LOS PRODUCTOS (Operación Daños) Se les informa que por la entrada en vigor de la nueva normatividad

Más detalles

DECLARACIONES. En virtud de las declaraciones anteriores, las Partes convienen sujetarse a lo dispuesto en las siguientes: CLAUSULAS

DECLARACIONES. En virtud de las declaraciones anteriores, las Partes convienen sujetarse a lo dispuesto en las siguientes: CLAUSULAS Contrato de prestación de Servicios de Certificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, que celebran por una parte FINKOK S.A. de C.V. en adelante Finkok, a través de su representante legal,

Más detalles

Comparación de las Condiciones Generales previas y nuevas del Credit Suisse AG

Comparación de las Condiciones Generales previas y nuevas del Credit Suisse AG Comparación de las Condiciones Generales previas y nuevas del Credit Suisse AG Condiciones Generales previas (12.2011) Condiciones Generales nuevas (12.2013) Condiciones Generales Las siguientes condiciones

Más detalles

CONVENIO DE SERVICIOS VÍA INTERNET

CONVENIO DE SERVICIOS VÍA INTERNET CONVENIO DE SERVICIOS VÍA INTERNET En, a de 201 entre la empresa en adelante, indistintamente la Empresa Adherente, RUT -, representada, según se acreditará, por don, Cédula Nacional de Identidad N -,

Más detalles

CONTRATO DE CESIÓN DE USO DE APLICACIÓN INFORMÁTICA

CONTRATO DE CESIÓN DE USO DE APLICACIÓN INFORMÁTICA REUNIDOS CONTRATO DE CESIÓN DE USO DE APLICACIÓN INFORMÁTICA En Madrid, a dd de mm de 2011 De una parte, GRUPO CONFORSA, ANÁLISIS, DESARROLLO Y FORMACIÓN, S.A., (en adelante GRUPO CONFORSA) con domicilio

Más detalles

CONVENIO DE EXCLUSIVIDAD Y CONFIDENCIALIDAD EN LA MANUFACTURA, PRODUCCIÓN Y DESARROLLO INDUSTRIAL CON LA UAEM

CONVENIO DE EXCLUSIVIDAD Y CONFIDENCIALIDAD EN LA MANUFACTURA, PRODUCCIÓN Y DESARROLLO INDUSTRIAL CON LA UAEM CONVENIO DE EXCLUSIVIDAD Y CONFIDENCIALIDAD EN LA MANUFACTURA, PRODUCCIÓN Y DESARROLLO INDUSTRIAL CON LA UAEM CONVENIO DE EXCLUSIVIDAD Y CONFIDENCIALIDAD EN LA MANUFACTURA, PRODUCCIÓN Y DESARROLLO INDUSTRIAL

Más detalles

Amparo Adicional de Asistencia para Mascotas

Amparo Adicional de Asistencia para Mascotas Amparo Adicional de Asistencia para Mascotas Apreciado Asegurado: Para su conocimiento, agradecemos leer en forma detenida, la información contenida en este clausulado. Gracias por su confianza. Condiciones

Más detalles

Reglamento del Programa LANCORPORATE

Reglamento del Programa LANCORPORATE Reglamento del Programa LANCORPORATE El programa LANCORPORATE es un programa creado para algunas empresas que son clientes habituales de Grupo LAN, en virtud del cual, las empresas acumulan, en una cuenta

Más detalles

[Escriba texto] P-DV-01-D-18-V1 CONDICIONES GENERALES PÓLIZA DE SALDOS DEUDORES

[Escriba texto] P-DV-01-D-18-V1 CONDICIONES GENERALES PÓLIZA DE SALDOS DEUDORES P-DV-01-D-18-V1 CONDICIONES GENERALES PÓLIZA DE SALDOS DEUDORES I. CONTRATO Estas Condiciones Generales, la solicitud de seguro, los consentimientos, los listados de asegurados proporcionados por el Contratante,

Más detalles

CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE LOS PUNTOS DE VENTA PARA TARJETAS DE CRÉDITO Y TARJETAS DE DÉBITO

CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE LOS PUNTOS DE VENTA PARA TARJETAS DE CRÉDITO Y TARJETAS DE DÉBITO CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE LOS PUNTOS DE VENTA PARA TARJETAS DE CRÉDITO Y TARJETAS DE DÉBITO Cláusula Primera: A todos los fines del presente documento y de las relaciones contractuales que

Más detalles

CONTRATO PARA LA LICENCIA DE EXPLOTACION DE LA PATENTE

CONTRATO PARA LA LICENCIA DE EXPLOTACION DE LA PATENTE CONTRATO PARA LA LICENCIA DE EXPLOTACION DE LA PATENTE En Madrid, a.. de... 2009 COMPARECEN De una parte la UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID (en adelante UPM), con CIF Q2818015F y domicilio social en

Más detalles

REGLAS A QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE AHORRO Y PRÉSTAMO EN LA REALIZACIÓN DE SUS OPERACIONES

REGLAS A QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS SOCIEDADES DE AHORRO Y PRÉSTAMO EN LA REALIZACIÓN DE SUS OPERACIONES TEXTO COMPILADO de las Reglas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 1º de septiembre de 1992, su modificación dada a conocer el 18 de diciembre de 1992 en el referido Diario Oficial y su

Más detalles

www.asanog.org - asanog@asaanog.org

www.asanog.org - asanog@asaanog.org AASSOOCCIIAACCIIOONN DDEE AAYYUUDDAA AA NNIIÑÑOOSS OONNCCOOLLOOGGIICCOOSS DDEE GGAALLIICCIIAA www.asanog.org - asanog@asaanog.org DOCUMENTO DE INCORPORACIÓN Y/O COMPROMISO DE VOLUNTARIO DE ASANOG DOCUMENTO

Más detalles

ANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026

ANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026 ANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026 METLIFE COLOMBIA SEGUROS DE VIDA S.A., QUE PARA EFECTOS DE ESTA PÓLIZA SE DENOMINA LA COMPAÑÍA, CON

Más detalles

I. RESPONSABLE DE LA PROTECCIÓN DE SUS DATOS PERSONALES.

I. RESPONSABLE DE LA PROTECCIÓN DE SUS DATOS PERSONALES. I. RESPONSABLE DE LA PROTECCIÓN DE SUS DATOS PERSONALES. ADMINISTRACIÓN PUERTA DE PIEDRA PRIVADA DIAMANTE A.C., con domicilio en Avenida Parque Chapultepec 404-A, Colonia Colinas del Parque, C.P. 78260,

Más detalles

MERINVEST SOCIEDAD DE CORRETAJE DE VALORES, C.A.

MERINVEST SOCIEDAD DE CORRETAJE DE VALORES, C.A. Entre, MERINVEST SOCIEDAD DE CORRETAJE DE VALORES, C.A., RIF J003003840, sociedad mercantil de este domicilio e inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal

Más detalles

Apéndice P. Seguros y Riesgo por Pérdida

Apéndice P. Seguros y Riesgo por Pérdida Apéndice P Seguros y Riesgo por Pérdida El Gestor, bajo su exclusivo costo y de conformidad con los términos, condiciones, coberturas, sumas y/o deducibles definidos por el CETAC, deberá suscribir, contratar

Más detalles

Seguro de Vida Grupo

Seguro de Vida Grupo Seguro de Vida Grupo Condiciones Generales Seguro de Vida Grupo Condiciones Generales 1. CONTRATO.- Esta póliza, la solicitud, los certificados individuales, el registro de asegurados correspondiente

Más detalles

TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA EL ACCESO AL PORTAL BDF.

TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA EL ACCESO AL PORTAL BDF. TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA EL ACCESO AL PORTAL BDF. 1. Términos y condiciones Los presentes términos y condiciones de Uso y Privacidad, son los establecidos por el Banco de Finanzas, S.A. (BDF) para los

Más detalles

I. DISPOSICIONES GENERALES

I. DISPOSICIONES GENERALES POLÍTICA DE CLASIFICACIÓN DE CLIENTES I. DISPOSICIONES GENERALES 1.1. El propósito de esta Política de Clasificación de Clientes de DELTASTOCK es establecer normas internas para la clasificación de los

Más detalles

CONDICIONES GENERALES SEGURO COLECTIVO DE VIDA PLAN TEMPORAL ANUAL RENOVABLE

CONDICIONES GENERALES SEGURO COLECTIVO DE VIDA PLAN TEMPORAL ANUAL RENOVABLE P-DV-01-D-12-V1 CONDICIONES GENERALES SEGURO COLECTIVO DE VIDA PLAN TEMPORAL ANUAL RENOVABLE Cláusula 1. Contrato de seguro. El Contrato de Seguro, que regula todas las obligaciones y derechos del Grupo

Más detalles

CONVENIO DE CRÉDITO PROVEEDOR COMPRADOR

CONVENIO DE CRÉDITO PROVEEDOR COMPRADOR CONVENIO DE CRÉDITO PROVEEDOR COMPRADOR Entre BANCOLOMBIA S.A., establecimiento bancario legalmente constituido con domicilio principal en Medellín, representado en este acto por, identificado con la cédula

Más detalles

2013, Año de la Lealtad Institucional y Centenario del Ejército Mexicano

2013, Año de la Lealtad Institucional y Centenario del Ejército Mexicano 2013, Año de la Lealtad Institucional y Centenario del Ejército Mexicano México D.F. 13 de junio de 2013 PREGUNTAS Y RESPUESTAS RELEVANTES DEL PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN CUMPLAMOS JUNTOS DEL INSTITUTO

Más detalles

ACUERDO PARA LA PRESTACIÓN Y UTILIZACIÓN DE SERVICIOS A TRAVÉS DE CANALES REMOTOS

ACUERDO PARA LA PRESTACIÓN Y UTILIZACIÓN DE SERVICIOS A TRAVÉS DE CANALES REMOTOS ACUERDO PARA LA PRESTACIÓN Y UTILIZACIÓN DE SERVICIOS A TRAVÉS DE CANALES REMOTOS Entre Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Héroes, en adelante Los Héroes, RUT: 70.016.330-K, representada por

Más detalles

CONVENIO PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE CANALES DE AUTOSERVICIO ( Personas Naturales )

CONVENIO PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE CANALES DE AUTOSERVICIO ( Personas Naturales ) CONVENIO PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE CANALES DE AUTOSERVICIO ( Personas Naturales ) En..., a......, entre CORP BANCA, Rol Unico Tributario Nº 97.023.000-9, representado por don..., cédula nacional

Más detalles

CONTRATO DE SERVICIOS DE ACCESO A INTERNET Y ARRENDAMIENTO DE EQUIPOS

CONTRATO DE SERVICIOS DE ACCESO A INTERNET Y ARRENDAMIENTO DE EQUIPOS CONTRATO DE SERVICIOS DE ACCESO A INTERNET Y ARRENDAMIENTO DE EQUIPOS Conste por el presente documento el Contrato de Servicios de Acceso a Internet y Arrendamiento de Equipos que celebran de una parte,

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA OBRA PÚBLICA PROCEDIMIENTO PARA ENTREGA. RECEPCIÓN, FINIQUITO Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA O SERVICIOS

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA OBRA PÚBLICA PROCEDIMIENTO PARA ENTREGA. RECEPCIÓN, FINIQUITO Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA O SERVICIOS MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA OBRA PÚBLICA PROCEDIMIENTO PARA ENTREGA. RECEPCIÓN, FINIQUITO Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA O SERVICIOS OBJETIVO Que los contratos de Obra Pública y Servicios

Más detalles

ANEXO II CIRCULAR S-10.6.4

ANEXO II CIRCULAR S-10.6.4 ANEXO II CIRCULAR S-10.6.4 mediante la cual se dan a conocer a las instituciones y sociedades mutualistas de seguros, las disposiciones de carácter general para establecer la forma y términos en que deberán

Más detalles

El Gobierno del Reino de España y el Gobierno Federal de Austria (en lo sucesivo denominados «las Partes»),

El Gobierno del Reino de España y el Gobierno Federal de Austria (en lo sucesivo denominados «las Partes»), ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO FEDERAL AUSTRIACO RELATIVO AL INTERCAMBIO Y PROTECCION MUTUA DE LA INFORMACION CLASIFICADA («BOE núm. 30/2013, de 4 de febrero de 2013») Acuerdo

Más detalles

AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN COMPILACIÓN JURÍDICA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012 TEXTO VIGENTE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012

AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN COMPILACIÓN JURÍDICA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012 TEXTO VIGENTE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012 OFICIO Circular por el que, de conformidad con el artículo tercero transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, se dan a conocer los manuales, formatos y medios

Más detalles

Contrato de arrendamiento de vivienda

Contrato de arrendamiento de vivienda Contrato de arrendamiento de vivienda ciudad, (fecha) REUNIDOS De una parte, Y de la otra, INTERVIENEN Cada uno en su propio nombre y derecho, y se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para

Más detalles

Disposición publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2007 CIRCULAR 16/2007

Disposición publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2007 CIRCULAR 16/2007 Disposición publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2007 CIRCULAR 16/2007 México, D.F., a 29 de noviembre de 2007. A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO, SOCIEDADES FINANCIERAS DE

Más detalles

CONDICIONES GENERALES SEGURO DE DESGRAVAMEN. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 88 013.

CONDICIONES GENERALES SEGURO DE DESGRAVAMEN. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 88 013. 1.- COBERTURA ARTICULO Nº 1: CONDICIONES GENERALES SEGURO DE DESGRAVAMEN Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 88 013. En virtud de este plan de Seguro de Desgravamen, la compañía aseguradora

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 - Definiciones... 2. OBJETO Y GARANTÍAS DEL SEGURO Artículo 2 - Objeto del seguro... 3

DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 - Definiciones... 2. OBJETO Y GARANTÍAS DEL SEGURO Artículo 2 - Objeto del seguro... 3 ÍNDICE Página DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 - Definiciones......................................... 2 OBJETO Y GARANTÍAS DEL SEGURO Artículo 2 - Objeto del seguro.....................................

Más detalles

DECLARACIONES: PRIMERA.- Declara LA UNISON :

DECLARACIONES: PRIMERA.- Declara LA UNISON : CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD DE SONORA, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LE DENOMINARA COMO LA UNISON,

Más detalles

POLÍTICAS DE PRIVACIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES TELEVISORA DE COSTA RICA S.A.

POLÍTICAS DE PRIVACIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES TELEVISORA DE COSTA RICA S.A. POLÍTICAS DE PRIVACIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES TELEVISORA DE COSTA RICA S.A. Por favor lea cuidadosamente las siguientes Políticas de Privacidad y Tratamiento de Datos Personales de TELEVISORA

Más detalles

Vida Individual 50 Bancomer. Condiciones Generales

Vida Individual 50 Bancomer. Condiciones Generales Vida Individual 50 Bancomer Condiciones Generales CONDICIONES GENERALES Vida Individual 50 Bancomer I. DEFINICIONES 1. INSTITUCIÓN Seguros BBVA Bancomer, S.A. de C.V., Grupo Financiero BBVA Bancomer. 2.

Más detalles

México, D.F., a 13 de julio de 2007. A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO:

México, D.F., a 13 de julio de 2007. A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO: Circular 6/2007 TEXTO COMPILADO DE LAS REGLAS A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO RESPECTO DE LAS CUENTAS BÁSICAS DE NÓMINA Y PARA EL PÚBLICO EN GENERAL, A LAS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO

Más detalles

SHAREFILE. Contrato de socio comercial

SHAREFILE. Contrato de socio comercial SHAREFILE Contrato de socio comercial Este Contrato de socio comercial ("Contrato de SC") se hace vigente de acuerdo con los términos de la sección 5 del Contrato de servicio del usuario final ("EUSA")

Más detalles

Gestión de Dominio y Cesión de DNS www.ayto-torrelodones.org

Gestión de Dominio y Cesión de DNS www.ayto-torrelodones.org Gestión de Dominio y Cesión de DNS www.aytotorrelodones.org Entidad solicitante: AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES (SER. INFOR.) A la atención de: FRANCISCO TORRENTE Código propuesta: 120228/21855/versión 1

Más detalles

REGLAMENTO del Seguro de Grupo para la Operación de Vida y del Seguro Colectivo para la Operación de Accidentes y Enfermedades.

REGLAMENTO del Seguro de Grupo para la Operación de Vida y del Seguro Colectivo para la Operación de Accidentes y Enfermedades. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio

Más detalles

AVCA : Associació Valenciana de Crítics d Art

AVCA : Associació Valenciana de Crítics d Art AVCA : Associació Valenciana de Crítics d Art MODELO DE CONTRATO DE ENCARGO DE TEXTO En ( ) a ( ) REUNIDOS De una parte, Don/Doña ( ), (CARGO) de ( ), en nombre y representación de ( ), con CIF ( ) y con

Más detalles

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE SERVICIOS ENTRE CLUB DEPORTIVO DAJAMÁN Y CLUB SANTA CLARA

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE SERVICIOS ENTRE CLUB DEPORTIVO DAJAMÁN Y CLUB SANTA CLARA CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE SERVICIOS ENTRE CLUB DEPORTIVO DAJAMÁN Y CLUB SANTA CLARA En Sevilla, a 1 de Enero de 2013 REUNIDOS DE UNA PARTE: CLUB SANTA CLARA con CIF número G-41.042.888, y con domicilio

Más detalles

CONDICIONES GENERALES DE LA PÓLIZA UNIVIDA ALPHA

CONDICIONES GENERALES DE LA PÓLIZA UNIVIDA ALPHA CONDICIONES GENERALES DE LA PÓLIZA UNIVIDA ALPHA 1. CONTRATO La solicitud de seguro, conjuntamente con las declaraciones que se le adicionen en hojas adjuntas, las solicitudes de cambios que se hagan a

Más detalles

Condiciones generales

Condiciones generales Condiciones generales Objeto. Descripción de los servicios IURISCAR S.L. domiciliada en C/ Fuencarral nº 135, 3º exterior izda. 28010 Madrid, CIF: B-83610352, es el creador y propietario de la Base de

Más detalles

INSTITUTO PARA LA PROTECCION AL AHORRO BANCARIO

INSTITUTO PARA LA PROTECCION AL AHORRO BANCARIO 64 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 30 de julio de 2007 INSTITUTO PARA LA PROTECCION AL AHORRO BANCARIO REGLAS de carácter general para el tratamiento de cuentas mancomunadas o que tengan más de

Más detalles

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 4 de agosto de 1997

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 4 de agosto de 1997 Lineamientos que Deberán Observar las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal en los Procedimientos de Contratación de Seguros de Bienes Patrimoniales y de Personas. Publicado en

Más detalles

Se aplicará la base de la Orden de Compra acordada expresamente por las partes contratantes.

Se aplicará la base de la Orden de Compra acordada expresamente por las partes contratantes. Página 1 de 7 Condiciones Generales de Compra 1. Partes contratantes Este contrato (en adelante denominado Orden de Compra) se acuerda entre el proveedor (referido en adelante como "PROVEEDOR") y la empresa

Más detalles

DECLARACIONES I. DECLARA LAS PARTES DE COMÚN ACUERDO QUE: a) Ambos señalan como su domicilio el ubicado en. DEFINICIONES

DECLARACIONES I. DECLARA LAS PARTES DE COMÚN ACUERDO QUE: a) Ambos señalan como su domicilio el ubicado en. DEFINICIONES CONTRATO DE COTITULARIDAD Y REGLAS DE USO DE MARCAS CONTRATO DE COTITULARIDAD Y REGLAS DE USO DE MARCA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE SUJETO A A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COTITULAR 1, Y POR LA

Más detalles

CONTRATO DE SERVICIOS DE DISEÑO GRÁFICO INTERVIENEN

CONTRATO DE SERVICIOS DE DISEÑO GRÁFICO INTERVIENEN CONTRATO DE SERVICIOS DE DISEÑO GRÁFICO INTERVIENEN De una parte mayor de edad, con N.I.F. y con domicilio en calle REAL 40 ESC1 BJA 28500 Arganda del Rey (Madrid) representando el grupo freelance pixel

Más detalles

BASES PROGRAMA CÍRCULO SALCOBRAND

BASES PROGRAMA CÍRCULO SALCOBRAND BASES PROGRAMA CÍRCULO SALCOBRAND El presente documento fija los términos y condiciones del Programa Círculo Salcobrand. Estos términos y condiciones son obligatorios para los Clientes Círculo Salcobrand

Más detalles

I. GENERALIDADES II. ENTIDADES AUTORIZADAS PARA EMITIR U OPERAR SISTEMAS DE TARJETAS DE CREDITO

I. GENERALIDADES II. ENTIDADES AUTORIZADAS PARA EMITIR U OPERAR SISTEMAS DE TARJETAS DE CREDITO COMPENDIO DE NORMAS FINACIERAS DEL BANCO CENTRAL CAPITULO III.J.1-1. NORMAS FINANCIERAS. ACUERDO Nº 363-04-940721 ( Circular Nº 3013-204) SOBRE EMISION U OPERACION DE TARJETAS DE CREDITO I. GENERALIDADES

Más detalles

NIFBdM B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS

NIFBdM B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS NIFBdM B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS OBJETIVO Establecer los criterios de presentación y revelación relativos a la compensación de activos financieros y pasivos financieros

Más detalles

SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES COLECTIVO CONDICIONES GENERALES

SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES COLECTIVO CONDICIONES GENERALES SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES COLECTIVO CONDICIONES GENERALES 1. DEFINICIONES Compañía Tokio Marine Compañía de Seguros, S.A. de C.V. Colectividad - Cualquier conjunto de personas que pertenezcan a una

Más detalles

REGLAMENTO DEL PLAN DE PROTECCION CONTRA ROBO Y FRAUDE DE LAS TARJETAS DE DEBITO DE BANCO LAFISE BANCENTRO

REGLAMENTO DEL PLAN DE PROTECCION CONTRA ROBO Y FRAUDE DE LAS TARJETAS DE DEBITO DE BANCO LAFISE BANCENTRO REGLAMENTO DEL PLAN DE PROTECCION CONTRA ROBO Y FRAUDE DE LAS TARJETAS DE DEBITO DE BANCO LAFISE BANCENTRO El presente Reglamento contiene las regulaciones del Servicio de Plan de Protección contra Robo

Más detalles

Protección GS Cobertura de Seguro de Vida Familiar

Protección GS Cobertura de Seguro de Vida Familiar Protección GS Cobertura de Seguro de Vida Familiar Cobertura Opcional CONTENIDO OBJETO DEL CONTRATO DEFINICIONES CLÁUSULAS GENERALES 1. RIESGOS CUBIERTOS 2. SUMAS ASEGURADAS 3. SUICIDIO 4. INDISPUTABILIDAD

Más detalles

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Lleida,... de... de 2014

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Lleida,... de... de 2014 CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Lleida,... de.... de 2014 De una parte D....., mayor de edad, con DNI nº., en nombre y representación de 3l3m3nts SCP., CIF J25728197, con domicilio en C/ Forn, 8, Soses,

Más detalles

Ciudad de Córdoba, [ ] de [ ] de 2009. Señores [ ]

Ciudad de Córdoba, [ ] de [ ] de 2009. Señores [ ] Ciudad de Córdoba, [ ] de [ ] de 2009 Señores [ ] Ref.: Otorgamiento de un préstamo con garantía de los Títulos de Deuda a ser emitidos por la Provincia de Córdoba por hasta V/N U$S 150.000.000 bajo el

Más detalles

AVISO DE PRIVACIDAD DE MEXICO LEGAL, S. C.

AVISO DE PRIVACIDAD DE MEXICO LEGAL, S. C. AVISO DE PRIVACIDAD DE MEXICO LEGAL, S. C. De conformidad en lo dispuesto por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares y su Reglamento, se emite el presente Aviso de

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE CONTABILIDAD, APLICABLES A LOS FIDEICOMISOS PÚBLICOS A QUE SE REFIERE LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 3 DE LA LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES.

Más detalles

JLT VALENCIA & IRAGORRI CORREDORES DE SEGUROS, S.A. PROTOCOLO DE NEGOCIOS

JLT VALENCIA & IRAGORRI CORREDORES DE SEGUROS, S.A. PROTOCOLO DE NEGOCIOS JLT VALENCIA & IRAGORRI CORREDORES DE SEGUROS, S.A. PROTOCOLO DE NEGOCIOS El presente protocolo de negocios se ha establecido considerando la importancia de los intereses que nos han sido confiados y se

Más detalles

PRIMERA: CONTRATO COMPLETO:

PRIMERA: CONTRATO COMPLETO: PRIMERA: CONTRATO COMPLETO: El contrato Completo de Seguro, que regula las obligaciones y derechos de la Compañía, del Contratante y del grupo Asegurado, se rige por las declaraciones del Contratante en

Más detalles

REGLAMENTO EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES PRELIMINARES

REGLAMENTO EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES PRELIMINARES REGLAMENTO EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES PRELIMINARES CAPÍTULO ÚNICO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo

Más detalles

JUNTA MONETARIA RESOLUCIÓN JM-13-2011

JUNTA MONETARIA RESOLUCIÓN JM-13-2011 JUNTA MONETARIA RESOLUCIÓN JM-13-2011 Inserta en el Punto Noveno del Acta 2-2011, correspondiente a la sesión celebrada por la Junta Monetaria el 12 de enero de 2011. PUNTO NOVENO: Superintendencia de

Más detalles

REGLAS DE DESARROLLO PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE REPRESENTACIÓN Y VOTO A DISTANCIA

REGLAS DE DESARROLLO PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE REPRESENTACIÓN Y VOTO A DISTANCIA REGLAS DE DESARROLLO PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE REPRESENTACIÓN Y VOTO A DISTANCIA Los derechos de los accionistas a hacerse representar por medio de otra persona y a ejercer su derecho al voto

Más detalles