INFORME DE ALEXANDRE ZOURABICHVILI, MIEMBRO DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE PARIS

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1 INFORME DE ALEXANDRE ZOURABICHVILI, MIEMBRO DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE PARIS Sobre su estancia en Agadir los días 9 y 10 de octubre de 2008 para asistir, como observador enviado por la Asociación Internacional de Juristas demócratas (AIJD) y por la Asociación Derecho Solidaridad, al juicio de jóvenes militantes saharauis. El 9 de octubre de 2008 tiene lugar el juicio, en primera instancia ante el Tribunal de Agadir, de los siguientes nueve jóvenes militantes saharauis: Barkaoui Mahmoud Bouba Najim Charafi Salama Lahsan Lofkir Mohamed Salmi Moyara Moujahid Omar Lofkir (hermano pequeño de Lahsan Lofkir) Slama Charki Yahya Mohamed Hafd Defendidos desinteresadamente por los abogados: Anter Wafi (Colegio de Abogados de Agadir) Ben Homade (Colegio de Abogados de Agadir) Shalouke (Colegio de Abogados de Agadir) Hassan (Colegio de Abogados de El Aaiún) Oulzaz Saïd (Colegio de Abogados de Rabat) Un representante de la Asociación Marroquí de Derechos Humanos (AMDH) Los acusados estaban encarcelados desde finales del pasado mes de febrero. Fueron arrestados el 28 de febrero, con ocasión de una manifestación de militantes saharauis que tuvo lugar en la ciudad de Tan Tan algunos días antes. Al término de la manifestación un policía resultó muerto de una pedrada. Los acusados deben responder de los cargos contenidos en los artículos 129, 249, 267, 293, 300 y 591 del código penal marroquí : pertenencia a una asociación de malhechores, lanzamientos de objetos a la vía pública, violencia y ultraje contra funcionario público Uno de los acusados, Yahya Mohamed es además acusado de homicidio. La mayoría no tienen antecedentes a excepción de dos, juzgados por delitos relacionados con una manifestación a favor de la autodeterminación del pueblo saharaui. La celebración del presente caso fue aplazada en 4 ocasiones. Al llegar por la mañana al tribunal de Agadir, fui cortésmente recibido por el 1 er presidente de la Corte de Apelación. Seguidamente accedo a la sala de juicios donde puedo sentarme en la 2ª fila, banco de

2 los abogados. El tribunal comienza a las 9h a juzgar diferentes casos de derecho común. Es finalmente hacia las 12h30, después de una interrupción de 30 minutos, que el caso de los 9 militantes saharauis fue convocado. Esta neta separación con los casos precedentes de la mañana indican claramente, de hecho, que no se trata de juzgar un caso de «derecho común» como los otros. El contexto político planea ya en la sala. Las familias de los Marroquíes juzgados por la mañana han salido ya y el proceso tendrá lugar sólo en presencia de un público casi exclusivamente compuesto por Saharauis: familiares, amigos de los acusados y militantes solidarios. La presencia policial es reforzada. Yo soy el único abogado extranjero presente como observador. Desarrollo del proceso: Los acusados, llamados por el presidente del tribunal, entran cantando slogans saharauis. Mucha de la gente entre el público, se levanta y asisten a coro a los cantos y slogans de lucha. Al cabo de algunos minutos, el presidente expulsa a los acusados y anuncia su intención de expulsar al público, pero finalmente se lo repiensa. Vuelve a llamar a los acusados. Estos entran en silencio pero haciendo el signo V de la victoria. Los abogados solicitan la posibilidad de alegar, in limine litis, la nulidad por vicio de procedimiento, alegando violación de los artículos 24 y 67 del código de procedimiento penal marroquí. Se trata de los deberes de la policía en el momento del establecimiento del Proceso Verbal. La ley indica, en particular, que los policías deben anotar el día y la hora del arresto. Indican también que las familias deben estar informadas de la detención tan pronto se produzca, lo que, en este caso, no se cumple. Apoyándose en el artículo 56 del código de procedimiento penal, uno de los abogados suscita la cuestión de la legalidad de la detención de los acusados antes del enjuiciamiento. Su arresto no tuvo lugar en el marco de un flagrante delito sino varios días después de los hechos. Según los abogados, los acusados deberían ser juzgados en libertad. El abogado Oulzaz Saîd suscita un problema particularmente grave, se trata de la tortura a alguno de los acusados después de su detención. Uno de ellos levanta entonces su túnica y enseña su espalda para probar que ha sido golpeado con una porra. El procurador (fiscal) toma la palabra para contestar a la totalidad de los vicios alegados por los abogados. Entonces uno de ellos quiere replicar pero el presidente del tribunal se lo deniega y hace saber su intención de tratar estas cuestiones en la resolución de fondo. El abogado entonces formula protesta en acta. Otro abogado impugna la decisión de no separar el examen de los vicios de forma del fondo del caso. Los acusados son seguidamente interrogados. El primero declara haber sido víctima de tortura, acusa a la policía de haber intentado violarle y niega haber participado en la manifestación. Dice tener

3 testimonios para confirmar su declaración e invalidar la versión de PV de la policía según la cual habría contado a los policías los preparativos y la participación en la manifestación. Subrayemos que esta fase del proceso está marcada, durante casi media hora, por una cierta confusión en la medida en que los acusados son agrupados, en pie, ante los tres jueces y toman, en completo desorden, la palabra para reaccionar a los propósitos del procurador (fiscal) o del presidente. Esto da un poco la impresión de un juicio de masas donde los casos y los hechos no son individualizados. Después de un largo tiempo, fatigados, ciertos acusados se sientan en el suelo (ante los jueces). Después podrán sentarse en el banco de la primera fila (justo delante de nuestro banco). Note que uno de los acusados, Bouba Najim, enfermo, tuvo que esperar más de media hora para poder beneficiarse de una silla y sentarse. Este joven, que dijo sufrir de los riñones, declaró haber sido, al igual que Barkaoui Mahmoud, violado en la comisaría con una botella después de la detención. No había podido obtener un certificado médico y solicita al juez el acceso a un facultativo para un examen médico, lo que el presidente, aparentemente, rehusó. Bouba Najim no niega su participación en la manifestación pero declara haber sido obligado a firmar el PV de la policía. La policía le habría golpeado con unas tenazas hasta su desfallecimiento y habría seguidamente puesto sus huellas sobre el PV. Barkaoui Mahmoud, niega su participación en la manifestación, pero declara que igualmente que se le había negado el acceso a un médico después de haber sido violado por los policías, lo que le ha conducido a una huelga de hambre de 40 días. Solicita el acceso a un médico. El presidente, cuando expone las cuestiones, parece apoyarse esencialmente en el informe de la policía. Los intercambios que tiene con los acusados terminan rápidamente en un «diálogo de sordos» ya que estos últimos, en especial Moujahid Mayara, se sitúan sobre el terreno político, afirmando su identidad saharaui y reivindicando el derecho de su pueblo a la autodeterminación. Uno de los acusados, demasiado «reivindicativo», está a un paso de ser expulsado. El presidente se esfuerza constantemente en volver al PV de la policía declarando que no está interesado en la «política». Uno de los acusados afirma haber sido víctima de desaparición en Levanta el puño varias veces y declara que no existe alternativa a la autodeterminación, da las gracias al público y a los observadores extranjeros y saluda a «los mártires de la causa saharaui». Quiere litigar en el plano político pero el juez le intimida a no hacerlo. Otros reclaman un proceso justo y niegan haber participado en la manifestación, como Omar Fakir, estudiante de 20 años, que niega todo el contenido del PV de la policía. Declara que en el momento de la manifestación, estaba en su instituto hasta las 18 horas, lo que confirmaría un certificado firmado por el director del centro. Este centro está situado aparentemente a algunos kilómetros (sobre 1 hora de marcha) del lugar donde tuvo lugar la manifestación que habría terminado sobre las 18 horas. Omar Fakir se levanta la ropa para enseñar los signos de tortura en su espalda.

4 Los testigos de la acusación son seguidamente llamados uno por uno. Son 7 : 4 policías y 3 miembros de las «fuerzas auxiliares». De sus declaraciones, resulta que el presunto autor de la muerte del policía sigue huido e iba encapuchado en el momento de los hechos. Cada uno de los testigos dan una distinta descripción de esta persona, de su talla y de la ropa que llevaba, lo que no dejaron de remarcar los abogados de la defensa. Estos se dedicaron a cuestionar largamente ciertos testimonios, recalcando las contradicciones no solamente en las descripciones del presunto homicida sino también en las respuestas relativas al comportamiento de la propia policía durante la manifestación. Varios testimonios policiales son desgraciadamente inaudibles desde los bancos del público. Pero alguno de ellos apunta claramente su dedo en dirección de este o aquel acusado (nunca el mismo) que dirá reconocer como participante en la manifestación. Uno de los acusados, que niega su participación en la manifestación, reacciona vivamente con la declaración del 3 ème testimonio policial y declara haber tenido ya un asunto con este último mucho antes de la manifestación. Lo que habría, en este caso, llevarle a declarar contra él. Por otro parte, según el joven acusado, el policía no le habría «señalado» en la declaración ante el juez de instrucción. Habría «señalado» a otra persona. Los abogados subrayan en varias ocasiones ciertas contradicciones entre la manifestación actual de los testimonios policiales y sus atestados cuando realizaron su informe ante el juez de instrucción. Las contradicciones se atendrían a la posición de los policías en el momento de la manifestación en relación a los manifestantes. La Corte decide seguidamente una suspensión de la audiencia de unos 40 minutos antes de escuchar los testimonios de las «fuerzas auxiliares» (igualmente citadas por la acusación). Sus declaraciones son apenas audibles pero parece que alguno de ellos no confirma haber visto a los acusados en la manifestación. Estos tres testimonios ponen de manifiesto el problema de la distancia que les separaba de los manifestantes (que llevaban, además, la cara tapada por el turbante tradicional, el «Ltam») para explicar porque no podían reconocerles. El testimonio de la defensa se ciñe, en su declaración, en señalar que Yahya Mohamed, comerciante de profesión, se encontraba con él y no en la manifestación en el momento en que esta tuvo lugar. Subrayar la actitud pasiva del procurador (fiscal) durante las declaraciones de los testimonios tanto de la acusación como de la defensa. En algún momento, no parece interesado en plantear cuestiones o en reaccionar a la intervención de los abogados. El procurador (fiscal) es, seguidamente, muy breve en su requisitoria, lo que no es, ciertamente, el caso de los abogados en sus alegaciones. Los abogados no pleitean individualmente, en nombre de uno o de varios acusados específicamente. Cada uno alega en nombre de todos los acusados. De la pequeña parte de las alegaciones que pude hacerme traducir, retengo los siguientes puntos:

5 - contradicciones entre las diferentes declaraciones de los testigos policiales hechas ante el juez de instrucción y las declaraciones de los mismos testimonios ante el tribunal - contradicción de un testimonio policial confrontado con otro ante el tribunal - contradicciones entre los testimonios policiales y los testimonios de las «fuerzas auxiliares» - ausencia de pruebas suficientes - perfil político de los acusados que son todos militantes de la causa saharaui y algunos de ellos, hijos de militantes victimas de desaparición. La defensa de Oulzaz Saïd está caracterizada por el siguiente incidente: el abogado, en una intervención consagrada al derecho internacional, menciona la ciudad de Tan Tan (donde tuvo lugar la manifestación) como parte del Sahara occidental. El presidente, molesto, le interrumpe para pedirle que confirme sus palabras. Tres colegas de la defensa intervienen entonces para calmar la situación. Oulzaz debería, aparentemente, retractarse de sus afirmaciones para que estas no fuesen testimoniadas en el acta de la audiencia, por el Greffier, puesto que ello podría eventualmente exponerle a una represalia. Este incidente señala un límite preocupante a la inmunidad judicial de las palabras del abogado en su intervención. Las alegaciones cuestionadas (relativas al contexto político y las limitaciones geográficas del territorio saharaui) parecen no obstante coherentes con el asunto defendido. Esta no es la apreciación del tribunal que visiblemente quieren evitar, a cualquier precio, que este juicio aparezca como un proceso político. La audiencia termina sobre las 18h30. El veredicto, no motivado (como no lo están las actas de la sesión) llega sobre las 20h. La Corte anuncia que no puede mantener la acusación de homicidio contra Yahya Mohamed pero sin embargo condena a este último a una pena de 15 años de prisión firme por (según la traducción) haber convocado a los militantes saharauis a una manifestación en la que resultó muerto un policía. Cada uno de los otros acusados es condenado a 4 años de prisión firme, salvo Barkaoui Mahmoud al que se condena a 4 años con cumplimiento condicional. Los abogados probablemente recurrirán. El plazo es de diez días. * * * * La justicia de un procedimiento se aprecia a la vista de este conjunto. Las formas de un proceso regular fueron aparentemente respetadas durante la fase oral. No he podido entender todo lo que se dijo durante el proceso dadas las dificultades de la traducción simultánea del árabe jurídico. Si bien me ha parecido que los abogados de la defensa han tenido todo el tiempo necesario para hablar e interrogar a los testigos. Los acusados han tenido la posibilidad de formular las explicaciones pero dentro de los límites establecidos por el tribunal que no ha querido que la situación política, ligada a los hechos reprochados, fuera abordada. Zonas oscuras en la instrucción material de los hechos acompañaron todo el juicio hasta el veredicto: en la ausencia de pruebas sólidas, la culpabilidad a este respecto de los acusados parece esencialmente fundada sobre los PV de la policía y las declaraciones de los testimonios policiales cuyas contradicciones fueron remarcadas por la defensa. Es difícil hacer abstracción del papel que pudo jugar, en la decisión de los jueces, la pertenencia

6 política y la calidad de militantes de los acusados. En este contexto, la sentencia pronunciada contra Yahya Mohamed (15 años de prisión firme) parece particularmente desproporcionada en tanto que la acusación de homicidio no fue mantenida. Llama igualmente mi atención las declaraciones de ciertos acusados sobre los actos de tortura o de violación que habrían sufrido y sobre el rechazo de un peritaje y de la atención médica. Paris, el 1 er de octubre de 2008.

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