UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL ESCUELA SUPERIOR DE SANIDAD DR. RAMÓN CARRILLO LICENCIATURA EN TERAPIA OCUPACIONAL
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- Eugenia Rojo Camacho
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1 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL ESCUELA SUPERIOR DE SANIDAD DR. RAMÓN CARRILLO LICENCIATURA EN TERAPIA OCUPACIONAL REGLAMENTO DEL TRABAJO FINAL LICENCIATURA EN T.O. ART. 1º: OBJETIVO DEL TRABAJO FINAL DEL LICENCIADO EN T.O. La formación curricular del estudiante aspirante al título de Licenciado en Terapia Ocupacional culminará con la elaboración, presentación y defensa de un Trabajo Final, pudiendo tratarse de una investigación o una monografía, cuyo objetivo es promover la producción de conocimiento disciplinar crítico, reflexivo y metodológicamente coherente; que refleje la capacidad del alumno para integrar los conocimientos y las competencias propias del campo disciplinar. ART. 2º: ALCANCES DEL TRABAJO FINAL Como T.F. el alumno podrá optar por la realización de una investigación o una monografía. Optar por hacer una investigación implica la realización de un trabajo científico que permita construir nuevos conocimientos a través del proceso que supone la consecución de los pasos del método científico, incluyendo: título, resumen, problema, estado del arte, fundamentación, objetivos, diseño metodológico, marco teórico, trabajo de campo, resultados, conclusiones y bibliografía. Optar por hacer una monografía implica la realización de un texto académico sobre un tema de interés disciplinar. Pudiendo tratarse de una monografía de compilación la cual implica la presentación crítica de la producción científica que existe sobre un tema de interés. O de una monografía de análisis de experiencia en la cual se analiza una intervención profesional a la luz de sus perspectivas teóricas. Incluyendo en ambos casos: tema, introducción y planteamiento del problema, desarrollo temático, conclusiones y bibliografía. ART. 3º: ESPACIO CURRICULAR DONDE SE REALIZARÁ EL T.F. El T.F., trátese de investigación o monografía, se desarrollará en el marco de dos asignaturas correlativas Diseño de Proyecto Final (9 cuatrimestre) y Proyecto Final de Carrera (10º cuatrimestre). Dichas materias por consiguiente son correlativas, tienen continuidad y trabajan articulada y progresivamente acompañando la realización del T.F. Art. 4 : DE LAS CONDICIONES DE ADMISIÓN E INSCRIPCIÓN EN LAS MATERIAS DISEÑO DE PROYECTO Y PROYECTO FINAL El estudiante registrará su inscripción para cursar la asignatura obligatoria Diseño de Proyecto Final a través de las formas administrativas establecidas de acuerdo a Calendario Académico debiendo cumplir con los siguientes requisitos que se detallan a continuación: Tener aprobadas todas las materias correspondientes al tercer año del plan en vigencia y regularizada la materia Metodología de la Investigación correspondiente al 4to. año. Del mismo modo, accederá a inscribirse a la materia Proyecto Final de Carrera una vez regularizada la materia Diseño de Proyecto Final.
2 Art. 5 : DE LOS PLAZOS DE ELABORACIÓN DEL T.F. El tiempo mínimo para la aprobación y defensa del T.F. se corresponde con dos cuatrimestres que implican el cursado de las materias Diseño de Proyecto Final y Proyecto Final de Carrera y tener aprobadas las materias optativas/electivas, materias extracurriculares y materias obligatorias. El tiempo máximo para aprobación y defensa del T.F. se corresponde con un año y medio finalizado el cursado de Proyecto Final de Carrera, con posibilidad de prórroga de hasta un año a consideración de la coordinación de carrera. Caducado dicho período el/los alumnos que se encontrasen en situación de libre en la asignatura Diseño de Proyecto Final, deberán recursar la misma y la asignatura Trabajo Final de Carrera, eligiendo un nuevo tema para su T.F. Art. 6 : DE LAS ETAPAS DE ELABORACIÓN DEL T.F.: El T.F. se realizará en dos etapas, correspondientes a las dos asignaturas que conforman una misma unidad pedagógica. Primera etapa: Se inicia con el cursado obligatorio de la materia Diseño de Proyecto Final. La asignatura contiene clases teórico/prácticas y tutorías quincenales tendientes a dar los soportes que promuevan la elaboración del T.F. optado. Durante esta etapa el/los alumnos deberán elaborar su T.F. con los siguientes elementos: Opciones de TF Investigación Monografía -Carátula -Carátula -Índice de contenidos -Índice de contenidos -Tema -Introducción -Problema e hipótesis (si correspondiera) -Tema -Estado del arte -Título -Fundamentación -Planteamiento del Problema -Objetivos -Planteamiento de objetivos del trabajo -Diseño metodológico -Desarrollo temático -Marco teórico -Bibliografía -Bibliografía La primera etapa finaliza con la aprobación del trabajo que se realizó durante el cuatrimestre de cursado, y la aprobación de un examen parcial. Con lo cual el alumno adquiere la condición de regularidad en la materia y es promovido hacia la materia correlativa Proyecto Final de Carrera. Segunda etapa: Se inicia en el 10 cuatrimestre, retomando el T.F. que fuera aprobado durante la materia precedente Diseño de Proyecto Final. Será un requisito para que los alumnos puedan realizar la materia que el primer día de clases presenten una nota escrita con la conformidad del director externo y Co-Director si correspondiera para acompañar el proceso. Y en los casos que corresponda, cuando se opte por Investigación y el tipo de estudio lo amerite, una nota de aceptación de la institución donde se prevé realizar el trabajo de campo. Durante esta etapa el/los alumnos deberán desarrollar y finalizar su T.F. con los siguientes elementos:
3 Opciones de Trabajo Final Investigación Monografía -Desarrollo completo del Marco Teórico -Ampliación y profundización del -Trabajo de campo Desarrollo Temático -Resultados -Presentación de conclusiones -Conclusiones El equipo de cátedra realizará un monitoreo por medio de tutorías sobre la progresión del trabajo ofreciendo los apoyos teóricos y pedagógicos que se consideren oportunos para la etapa que se transita. Cada grupo tendrá 4 (cuatro) tutorías durante el desarrollo de la materia durante los primeros setenta días hábiles de cursado de la materia, contados desde el comienzo del segundo cuatrimestre del año. La tutoría no implicará la dirección del trabajo sino un acompañamiento desde la cátedra para valorar la progresión del mismo. En cada tutoría el grupo de alumnos deberá dar cuenta por escrito de los avances del T.F. en la modalidad que se haya optado. Tanto la asistencia a las tutorías como a los seminarios teóricos son de asistencia obligatoria. Art. 7 : DE LOS ASPECTOS BIOÉTICOS: a)- Los T.F. que involucren investigación sobre seres humanos deberán incluir un apartado que explicite claramente los recaudos éticos planteados por los autores. b)- En dichas investigaciones se deberá manifestar que serán respetadas las recomendaciones de la Declaración de Helsinki y sus diferentes enmiendas. c)- En el Informe del T.F. se deberá incluir el formulario de consentimiento informado preparado para la firma de las personas que participarán de la investigación o los tutores en caso de menores o personas con discapacidad. d)- En caso de investigaciones experimentales u otros que a juicio del equipo de cátedra Proyecto Final de Carrera lo considere, se solicitará la intervención de un Comité Institucional de Ética de la Investigación. e)- Los evaluadores internos y externos del Trabajo Final deberán evaluar y aprobar el cumplimiento de lo expresado en el presente reglamento. Art. 8 : DE LOS DIRECTORES DE T.F.: a)- Podrán ser Directores o Co-Directores docentes de la Escuela Superior de Sanidad Dr. Ramón Carrillo y Facultad de Bioquímica y Ciencias Biológicas con cargo de Profesor Titular, Asociado, Adjunto y Jefe de Trabajos Prácticos que acrediten experiencia en investigación y/o en la dirección de T.F. También Profesores de otras Facultades de la Universidad Nacional del Litoral o de otras Universidades, así como investigadores o profesionales que desempeñen funciones en organismos públicos o privados que puedan acreditar idoneidad en la temática del TF. b)- Cuando el Director propuesto no sea T.O. o no desarrolle funciones en el ámbito de la Escuela Superior de Sanidad Dr. Ramón Carrillo y Facultad de Bioquímica y Ciencias Biológicas, deberá designarse un Co-director que sea T.O y pertenezca a la institución universitaria debiendo adjuntarse un CV resumido del Director. c)- Será función del Director del T.F.: Conocer el presente Reglamento, y cumplir y hacer cumplir sus disposiciones; Acordar con los estudiantes el tema de investigación o de monografía; Favorecer la discusión fluida y personalizada en relación al tema y el problema de trabajo;
4 Orientar en la adecuada selección bibliográfica y otras fuentes de información, en la aplicación de metodologías de investigación e interpretación y comprensión de la información obtenida cuando se trate de T.F. investigativo, así como en la producción, redacción y presentación del trabajo; Realizar el seguimiento y evaluación periódica de las tareas previstas en el plan de trabajo y cronograma de actividades planteados; Sugerir la asistencia a cursos o congresos que por su temática sean un enriquecimiento a la formación del Trabajo Final; Autorizar por escrito la presentación del Trabajo Final completo para su evaluación por parte del tribunal, una vez considerado que el mismo reúne los requisitos establecidos por este reglamento; Asistir a la defensa oral y pública del T.F. d)- Serán funciones del Co-Director acompañar y colaborar con las actividades asignadas al Director quien, como el responsable máximo de todas las actuaciones, le establecerá las delegaciones que considere pertinentes remplazando al director en caso de que este, por causas de fuerza mayor, no pueda cumplir su función. e)- El Director y Co-Director expresarán la aceptación de dirigir/co-dirigir el T.F. por medio de nota firmada y presentada por los alumnos en la primera clase de dictado de la materia Proyecto Final de Carrera estará: Aceptando desempeñar esta función; Conocer y aceptar el presente Reglamento; Autorizar al estudiante a presentar el Trabajo Final completo cuando esté concluido. La ausencia de estas firmas será causal para la no aceptación de la presentación. f)- El número máximo de Trabajos Finales que el Director y Co-Director si lo hubiere, están autorizados a dirigir será proporcional a su dedicación. Art. 9 : EVALUACIÓN DEL T.F. Todo T.F. se encuentra sujeto a dos instancias evaluativas: una interna a cargo del plantel docente de la cátedra Proyecto Final y una externa a cargo de un tribunal evaluador externo. a)- La evaluación interna: La evaluación interna se realizará dentro del marco del cuatrimestre de la materia Proyecto Final de Carrera y estará a cargo de los docentes de la cátedra. Incluirá una valoración del proceso de trabajo del grupo y una valoración del producto final. Veinte días antes de que cierre el cuatrimestre cada grupo de alumnos entregará su T.F. completo a la cátedra en versión papel y digital. Habiéndose cumplido los requisitos de cursado y cumpla el trabajo con las condiciones de idoneidad correspondientes en su tipo, el equipo de la cátedra Proyecto Final de Carrera aprobará el mismo para iniciar el proceso de evaluación externa. b)- La evaluación externa: El procedimiento de evaluación externa será iniciado por los estudiantes por fuera del período de cursado del 2 cuatrimestre mediante solicitud formal ante mesa de entradas. Mediante la entrega de los ejemplares del Trabajo Final en versión papel y digital. El T.F. deberá incluir todos los elementos que se explicitan en el art. 6 del presente reglamento en aquella opción que haya hecho el alumno, investigación o monografía. Cuando se haya optado por investigación en anexos o ejemplar aparte (s/ la extensión) deberán incorporarse los textos/mediciones/etc. originales recogidos en el trabajo de campo y que testifican la veracidad de los hallazgos. La entrega contemplará: Cuatro copias del trabajo completo anilladas o encarpetadas Una copia de la documentación de campo probatoria
5 Un CD o pen drive membretado y pegado a la contratapa del primer ejemplar del trabajo completo Una nota del Director/Co-Director que autoriza la entrega del Trabajo Final completo. Art. 10 : DEL TRIBUNAL EVALUADOR a)- Una vez ingresado el T.F. por intermedio del acto administrativo correspondiente, la Coordinación de carrera o en caso de imposibilidad la Comisión de Seguimiento Curricular, sugerirá en un plazo máximo de quince (15) días hábiles la constitución del Tribunal Evaluador al decano quien elevará dicha propuesta al Consejo Directivo para su ulterior aprobación. b)- El Tribunal Evaluador estará integrado por tres miembros titulares y uno suplente; c)- Uno de los miembros titulares corresponderá al plantel de las cátedras Diseño de Proyecto Final y Proyecto Final de Carrera y, los dos miembros titulares restantes deberán desempeñar funciones en docencia y/o investigativas dentro de la UNL. d)- Dentro del plazo de treinta (30) días corridos a partir de la fecha de entrega del T.F. al Tribunal Evaluador, deberá el mismo notificar por escrito su parecer a través de una Ficha de valoración de Trabajos Finales de la Licenciatura en T.O., siendo las opciones: - aceptar el T.F. para su defensa pública sin observaciones; - aceptar el trabajo final para su defensa pública con observaciones que deberán ser atendidas previo a la exposición oral; - rechazar el trabajo para su defensa pública sugiriendo completamientos y/o modificaciones que deberán ser presentadas nuevamente para su consideración en un plazo no mayor a ciento veinte (120) días. El Trabajo podrá ser aceptado para su defensa pública con el dictamen favorable de al menos dos (2) de los integrantes del Tribunal Examinador. Art. 11 : CRITERIOS DE EVALUACIÓN DEL T.F.: El trabajo Final deberá ser una producción original en su redacción, coherente con los objetos de estudio de la T.O. y evitar replicar resultados, afirmaciones o conclusiones ya obtenidos de manera ostensible en otros trabajos previos, sean estos de investigación o monográficos. Deberá poseer una extensión mínima de 7000 palabras y máxima de palabras. Usar letra Arial punto 11, Times New Roman o Calibrí punto 12. Y estar editado en interlineado 1,5. En la evaluación del Trabajo Final el Tribunal considerará indicadores objetivos que refieran al cumplimiento del plan de trabajo propuesto, la coherencia entre la metodología, el sustento teórico y los objetivos planteados así como la claridad en el desarrollo de las ideas y en la escritura. Art. 12 : DE LOS ALUMNOS: a)- El alumno deberá: Conocer y cumplir el presente Reglamento, así como también dar a conocer el mismo al Director y Co-Director. Participar activamente en el desarrollo de todas las etapas del proceso de elaboración del T.F. Responsabilizarse de cualquier falseamiento y/o adulteración voluntaria de la información. Cumplir con las observaciones/indicaciones realizadas por el tutor de la cátedra Diseño de Proyecto Final y Proyecto Final de Carrera y su Director y/o Co-
6 Director en relación al desarrollo del T.F. y cumplir con los plazos que se establezcan. El T.F. podrá realizarse grupalmente, en grupos de tres alumnos como máximo. b)- El alumno está obligado a entregar ante requerimientos del Director del T.F. y del Tutor de la Cátedra Proyecto Final de Carrera todo el material necesario para su seguimiento y corrección (encuestas, base de datos, bibliografía y todo elemento anexo). c)- Estarán en condiciones de ingresar el T.F. todos los alumnos que hayan aprobado la totalidad de las asignaturas obligatorias, electivas y optativas de la carrera, y regularizado y aprobado la materia Diseño de Proyecto Final. Aquel alumno al momento del ingreso del TF no cumple con los requisitos antes mencionados, perderá todos sus derechos como integrante del trabajo quedando sin la posibilidad de presentar el mismo para evaluación. d)- En el caso de renuncia del Director o Co-Director, el/los alumno/s tendrá/n veinte (20) días hábiles, desde la notificación, para proponer una nueva dirección. La coordinación de la carrea establecerá las condiciones de continuidad del Trabajo Final y designación de nueva dirección. e)- Ante el abandono de algún integrante del grupo, el resto de los alumnos integrantes del TF con el aval del Director definirán si el trabajo es viable con un integrante menos o será necesario redefinir aspectos metodológicos para garantizar la concreción del trabajo de campo en el caso de un trabajo de investigación. Art. 13 : DEL LUGAR DE REALIZACIÓN DEL T.F. El T.F., cuando se trate de una investigación, podrá desarrollarse en el ámbito de la Facultad de Bioquímica y Ciencias Biológicas, o en otras Facultades de esta Universidad, en otras Universidades, en organismos públicos o en instituciones /organizaciones privadas o empresas, como también en Organismos no Gubernamentales en el ámbito comunitario. En todos los casos el plantel de la cátedra Proyecto Final evaluará que el lugar propuesto cuente con la infraestructura adecuada para desarrollar las actividades del Plan de Trabajo. Art. 14 : DE LA DEFENSA DEL T.F. La fecha de la defensa del T.F. deberá ser acordada por la Coordinación de la carrera junto al Tribunal Evaluador permitiendo a los alumnos realizar la misma en cualquier fecha del año académico. La inscripción a defensa podrá realizarse luego de la emisión del dictamen del Tribunal Evaluador externo que expresa su aceptación y presentación pública. La exposición tendrá carácter oral y público, una duración máxima de treinta (30) minutos, a partir de lo cual el Tribunal Examinador podrá mantener una entrevista de carácter coloquial con los expositores. La calificación de la evaluación final surgirá del consenso entre los miembros del Tribunal y posteriormente consignada en el acta de examen correspondiente. Art. 15. DE LA DIFUSIÓN Y ARCHIVO: Concluida la exposición, evaluación y aprobación del T.F. se remitirá a la Biblioteca una copia del mismo en soporte papel y digital, quedando a libre disposición para consultas. Los restantes ejemplares serán devueltos a los autores. Esta Unidad Académica podrá publicar, con acuerdo de los autores, total o parcialmente los trabajos finales, sin que ello afecte la propiedad intelectual que les correspondiese según las normativas vigentes.
7 Art. 16. DE LAS SITUACIONES PARTICULARES: Toda situación no contemplada en el presente Reglamento será puesta a consideración de la Coordinación quien informará sobre la misma a Secretaría Académica a los fines de realizar la intervención que correspondiera.
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