CONTRATACION DE SERVICIOS DE ASESORIA PARA DISEÑO E IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMA DE EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO POR COMPETENCIAS

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1 COMPRA DIRECTA Nº 04864/2013 (Al amparo del Art. 33 Lit. B y 44 del TOCAF) CONTRATACION DE SERVICIOS DE ASESORIA PARA DISEÑO E IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMA DE EVALUACIÓN DE 1 Departamento de Servicios Generales

2 MARCO DE REFERENCIA MEMORIA PARTICULAR La Agencia Nacional de Vivienda es un servicio descentralizado creado por la Ley de 27 de abril de 2007 con la finalidad de promover y facilitar el acceso a la vivienda, de conformidad con el artículo 45 de la Constitución de la República, así como contribuir a la elaboración e implementación de las políticas públicas en materia de hábitat urbano. Surge como consecuencia de la reestructura del Banco Hipotecario del Uruguay, dotando su estructura organizativa de los recursos humanos provenientes de dicho organismo. Con posterioridad se integran, mediante llamado a concurso externo, profesionales cuyos perfiles no se encontraban disponibles en la plantilla funcional del BHU. En la actualidad conviven en la ANV funcionarios Ley (ex BHU), funcionarios presupuestados ingresados por concurso a la Estructura ANV, becarios, contratos de arrendamiento de servicios, entre otros. El origen diverso y las diferentes modalidades contractuales implican diferencias en cuanto al salario y a los derechos y obligaciones de estos trabajadores. Desde su creación a la fecha, la ANV ha implementado diferentes procesos tendientes a la consolidación de su estructura orgánica funcional, y a la conformación de una identidad institucional propia. Actualmente, se encuentra culminando los concursos de ascenso al escalafón Alta Conducción y el diseño, análisis, negociación y acuerdo de sus reglamentaciones en materia de administración del capital humano en ámbitos paritarios, siendo la implantación de un sistema de evaluación de desempeño para todo los funcionarios, una de las últimas etapas del camino trazado. En ese contexto, está elaborando un sistema de evaluación de desempeño por competencias para su aplicación el próximo año, que servirá de punto de partida para el diseño de un nuevo sistema mixto (competencias y objetivos), integrando la descripción de los puestos de trabajo, para su aplicación en el OBJETO La AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA (ANV) llama a la presentación de precios, para la contratación de servicios de asesoría sobre mejoras al sistema de evaluación de desempeño por competencias elaborado por la ANV, a aplicar en el año 2014 a todos los funcionarios, incluyendo la comunicación, capacitación y gestión del cambio ACTIVIDADES PRINCIPALES REQUERIDAS a. Asesoramiento sobre mejoras al sistema. b. Asesoramiento acerca de estrategias de comunicación y elaboración del plan correspondiente. c. Elaboración y ejecución de un plan de capacitación para los distintos roles. d. Capacitación a los instructores a designar por ANV para inducir acerca del nuevo sistema e. Apoyo en ejecución de instancias de simulación y propuestas de ajuste al sistema, si se detecta la necesidad ENTREGABLES Los productos pretendidos, serán del tipo: 2 Departamento de Servicios Generales

3 a. Documentos de análisis y oportunidades de mejora sobre el sistema. b. Documentación del sistema (manual, reglamento, formularios) reflejando modificaciones aceptadas. c. Plan de comunicación y gestión del cambio. d. Plan y material de capacitación METODOLOGÌA DE TRABAJO Se requiere una metodología de trabajo participativa, que integre a los distintos actores involucrados en el diseño e implementación del sistema. Equipo de proyecto por ANV: Patrocinador ejecutivo del Proyecto Patrocinadores Comité de Dirección del Proyecto Coordinador del Proyecto Equipo del Proyecto Se designará una contraparte referente en todas las actividades que se realicen. 2. CONDICIONES GENERALES a) Este llamado a precios se regirá por el Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (Tocaf), Art. Nº 33 Literal B y Art. Nº 44 b) El presente procedimiento del llamado a precios por la modalidad de Contratación directa por excepción. c) Pliego de Bases y condiciones Generales para los contratos de Suministros y Servicios no Personales, en casos de remisión expresa, o en forma subsidiaria de las normas indicadas. d) Demás normas legales y reglamentarias aplicables. 3. CONDICIONES PARTICULARES El Oferente y/o los técnicos designados, no podrá tener vínculo contractual con la ANV ni haberlo tenido dentro de los 6 (seis) meses anteriores a la fecha de presentación de la propuesta y hasta la finalización del contrato. Los informes, dictámenes, documentos y demás elaboraciones correspondientes, realizadas por el asesor, una vez entregadas a la ANV serán de propiedad de ésta. El asesor y todas las personas que intervengan en la asesoría, sea directa o indirectamente, deberán observar lo dispuesto por el artículo 17 del Decreto 614/992, de 11 de diciembre de 1992 (secreto profesional, art. 25 decreto-ley ). 3 Departamento de Servicios Generales

4 La documentación necesaria requerida por el asesor, le será entregada en el estado en que esté disponible en la ANV. En Anexo IV, se adjunta listado no taxativo, de insumos a ser proporcionados por la ANV. Los procesamientos, personal y otros recursos, necesarios para cumplir con el objeto de la asesoría, serán elaborados, proporcionados y solventados a exclusivo cargo del asesor. 3.1 REQUISITOS DE LOS TÉCNICOS A CONTRATAR Se requiere que los técnicos que conformen el equipo posean vasta experiencia en el diseño e implementación de sistemas de evaluación de desempeño, en particular en organizaciones de gran porte, en organizaciones de servicios y en la Administración Pública. Será imprescindible la presentación documentada de todos los antecedentes de actuación vinculados a la temática de los servicios requeridos. El oferente debe establecer un Líder de Proyecto, el cual actuará como coordinador y representante del adjudicatario en cualquier situación relacionada con ANV. Su nombre y currículum debe estar incluido en la propuesta de cotización. En caso que la firma adjudicataria tenga necesariamente que sustituir personal asignado en su oferta, deberá enviar el currículum del personal sustituto con la anticipación suficiente, para su consideración por parte de ANV, a la división Gestión y Desarrollo Humano Departamento Desarrollo humano y Capacitación, a la dirección rhumanos@anv.gub.uy. Ningún miembro del equipo asignado al proyecto podrá ser retirado de su asignación o reemplazado sin la aprobación previa, por escrito, de la ANV, siendo de cargo totalmente de la adjudicataria los gastos que se originen por dicha sustitución. La ANV se reserva el derecho de solicitar a la firma adjudicataria, por escrito, que retire o reemplace en plazo inmediato a coordinar con ANV, cualquier miembro del equipo asignado al proyecto, cuyos servicios o actividades sean insatisfactorios para ANV o por mala conducta o comportamiento incorrecto, siendo de cargo de la adjudicataria los gastos que por cualquier concepto se incurran por dicho retiro o reemplazo. Asimismo, si ANV detectare la carencia de especialización en algún rubro fundamental, podrá solicitar la inclusión de nuevos profesionales especialistas que deberá aportar el adjudicatario en plazo inmediato a coordinar con ANV previo envío y aceptación de los currículum vitae de dicho personal. En ningún caso la sustitución de personal modificará el plazo de cumplimiento del contrato. 4. INFORMACION Y DOCUMENTACION NECESARIA A INCLUIR EN LA OFERTA 4.1 Formulario de Identificación del Oferente, que figura como ANEXO I. 4.2 Propuesta Técnica 4.3 Nómina de técnicos que se designarán para realizar la tarea que se les encomendará, adjuntando sus respectivos curriculums vitae, aspecto que será valorado en la selección a realizar. 4 Departamento de Servicios Generales

5 4.4 Constancias expedidas por organizaciones públicas y/o privadas de plaza, que avalen que la empresa oferente ha prestado satisfactoriamente los servicios que son objeto de la presente compra, en por lo menos, veinticuatro (24) meses previos a la fecha de recepción de ofertas. 4.5 Propuesta económica El precio ofertado deberá ser expresado en Pesos Uruguayos e incluirán los impuestos vigentes. Si no está expresamente indicado que el precio ofertado tiene incluidos los impuestos, se presumirá que los incluye. El oferente deberá detallar además: 4.6 Constitución: La empresa proponente deberá indicar su denominación social y firma del proponente, así como la representación de quien participa por la empresa y constituir domicilio en la ciudad de Montevideo, todo lo cual deberá ser certificado por Escribano Público. 4.7 Otros. Los oferentes deberán dejar constancia en sus propuestas de conocer las leyes y reglamentaciones que rigen en materia de compras y licitaciones, especialmente el Decreto 150/12 (T.O.C.A.F.), y la presente Memoria Particular. La omisión de cualquier requisito será causal para el rechazo de las propuestas por lo que los interesados deberán manifestar su conformidad con lo establecido en las bases del llamado y su reconocimiento a someterse a las leyes y tribunales del país. La presentación de la propuesta implica la aceptación a lo establecido en las bases de esta Compra Directa. En los documentos de oferta presentados por el oferente, los textos entre líneas, tachaduras o palabras superpuestas a otras, serán válidos si están salvadas debidamente. 5. OBLIGACIONES PREVISIONALES Serán de cargo del adjudicatario todos los impuestos que correspondan de acuerdo con las leyes de la República Oriental del Uruguay y que graven directamente la actividad que como Consultor externo tiene a su cargo y se devenguen en razón del contrato a suscribir con Agencia Nacional de Vivienda. El adjudicatario será responsable por las obligaciones laborales y provisionales que correspondieran en relación al personal por ella asignado para el cumplimiento del objeto de la presente contratación 6. PLAZO DE ENTREGA DE INFORMES La empresa ó equipo profesional contratado, tendrá como plazo máximo para la entrega de los informes resultantes, 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha indicada como Inicio del Proyecto. 7. CONTROL DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO La ANV, controlará el estricto cumplimiento de los términos del contrato y fiscalizará en la forma que considere más conveniente la prestación de los servicios, quedando obligado el adjudicatario a 5 Departamento de Servicios Generales

6 proporcionar las informaciones que les sean exigidas, debiendo atender y cumplir las recomendaciones que se le efectúen 8. ACLARACIONES Y CONSULTAS Las consultas y aclaraciones referidas al objeto, podrán efectuarse a la ANV hasta 3 (tres) días hábiles como mínimo, de la fecha establecida en el Anexo III Aviso Cronograma de fechas para la recepción de Ofertas, al correo electrónico adquisiciones@anv.gub.uy Se realizara una reunión obligatoria con los oferentes, a los efectos de ampliar la información necesaria con respecto al alcance del objetivo pretendido para lograr una correcta cotización. Se entregará constancia de asistencia, la cual deberá ser presentada con la oferta. La ANV por propia iniciativa podrá dar aclaraciones y/o informaciones ampliatorias o introducir modificaciones a estas bases hasta 48 (cuarenta y ocho) horas antes a la fecha fijada para la apertura de las propuestas. 9. PRESENTACIÓN Y VALIDEZ DE LAS OFERTAS Las propuestas se recepcionarán personalmente conteniendo: El sobre con la propuesta Fotocopia de la documentación legal de la organización o empresa postulante que acredite la vigencia, constitución y representación legal Antecedentes de actuación, especialmente relacionados con la temática de la asesoría solicitada. Una única dirección postal y un único correo electrónico a los que se realizarán todas las comunicaciones oficiales necesarias y los teléfonos de contacto correspondientes. Documentación indicada en Art. 4 de esta Memoria, en la fecha y hora indicadas en el Anexo III Aviso Cronogramas de fechas no siendo de recibo las ofertas que no se presentaran en la hora, fecha, lugar y forma dispuestos precedentemente. Los oferentes mantendrán la validez de sus ofertas por un plazo mínimo de 60 (sesenta) días calendario, contados a partir de la fecha de apertura de las propuestas. AVISO IMPORTANTE - En el supuesto caso que en la fecha y hora indicadas precedentemente, las oficinas de la ANV no funcionaran, la apertura se efectuará el próximo día hábil siguiente, en las mismas condiciones. 10. EVALUACION En base al análisis de la documentación adjunta a la oferta, la ANV se reserva el derecho de determinar a su exclusivo juicio y en forma definitiva, si el proponente cumple con las especificaciones solicitadas en la presente Memoria Particular y si posee la capacidad técnica para realizar la prestación del servicio. 6 Departamento de Servicios Generales

7 Se valorará especialmente la experiencia en el diseño e implementación de sistemas de evaluación de desempeño en la Administración Pública Será imprescindible para la evaluación de los factores la presentación de los antecedentes de actuación relacionados con la temática de los servicios solicitados 11. ADJUDICACION La ANV adjudicará la oferta que entienda más conveniente, no significando esto que sea la propuesta más económica. La ANV se reserva el derecho de aceptar las propuestas que a su exclusivo juicio estime más convenientes, pudiendo rechazarlas todas si lo considera pertinente, sin derecho a reclamación o indemnización de naturaleza alguna. 12. NOTIFICACIÓN DE LA ACEPTACION DE LAS PROPUESTAS Y CONTRATACION La adjudicación se notificará por escrito en las oficinas de la ANV. Toda otra notificación que realice la Agencia, sin perjuicio de lo preceptuado en el artículo 91 del Decreto 500/91 (modificado por Decreto 420/007), se comunicará a la dirección de correo electrónico informada por el oferente en el Formulario de Identificación del Oferente. En un plazo máximo de 3 (tres) días hábiles contados a partir de la fecha de la comunicación realizada por parte de la ANV, el representante legal debidamente acreditado, ó apoderado, deberá concurrir al Departamento de Servicios Generales a efectos de proceder a la notificación de la adjudicación correspondiente. Dentro de los 3 (tres) días hábiles posteriores a la notificación de Inicio de los Trabajos, el o los adjudicatarios - en caso de corresponder - deberán constituir el depósito de garantía de fiel de cumplimiento de contrato, y presentar declaración jurada de compromiso de confidencialidad y no divulgación. Si el adjudicatario no concurriera dentro del plazo estipulado para lo previsto en el párrafo anterior, la ANV podrá anular la adjudicación sin que esto genere indemnización alguna. 13. FORMA DE PAGO Una vez aprobados los informes presentados, el pago se realizará de acuerdo con el cronograma de pago de la ANV, dentro de los 45 días de presentada la factura, previa aceptación y conformidad por parte de la Agencia o de quién ésta designe. 14. COMIENZO DEL SERVICIO Una vez finalizado el plazo de notificación de la Adjudicación resuelta por la ANV, a la totalidad de los oferentes, se notificará al adjudicatario la fecha de Inicio del Proyecto. 7 Departamento de Servicios Generales

8 15. INCUMPLIMIENTOS: MORAS Y MULTAS EL adjudicatario incurrirá en mora de pleno derecho sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna por el sólo vencimiento de los términos o por hacer algo contrario a lo estipulado. La mora del adjudicatario facultará a la ANV a dar por nula la adjudicación sin perjuicio del cobro de las multas y de los daños y perjuicios que el incumplimiento del adjudicatario le causare. La falta de cumplimiento en los plazos y condiciones estipuladas que obedezcan a causas imputables al adjudicatario generarán una multa de un 30 % (treinta por ciento) de la factura. Los montos correspondientes a las multas, serán descontados de las facturas pendientes de pago. En caso contrario se notificará de las mismas al adjudicatario, otorgándosele plazo para su pago. La ANV se reserva el derecho de entablar todas las acciones administrativas, judiciales y/o extrajudiciales tendientes al cobro de las sanciones previstas en este artículo. 16. RESCISION DEL CONTRATO La ANV sin perjuicio de la aplicación de las multas, reclamación de daños y perjuicios, podrá rescindir el contrato en forma completa o en parte, si el contratista: Es declarado insolvente, o en concurso o en concordato o en quiebra, o en caso de muerte. Se atrasase en la prestación de sus obligaciones causando inconvenientes en los planes de avance de los trabajos. Se negara a cumplir las disposiciones del contrato. Transfiriese total o parcialmente el contrato o se asociare con terceros para la ejecución del contrato sin previa autorización de la Agencia. Incurriera en fraude, grave negligencia o contravención a las obligaciones y condiciones estipuladas en el contrato. En tales casos recaerá además sobre el contratista las responsabilidades civiles y penales que deriven del hecho. La rescisión originada por cualquiera de las causas previstas precedentemente, no dará derecho al contratista a indemnización alguna y será llevada a cabo con pérdida de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin que obste a las acciones para hacer efectivo el pago de las multas y daños y perjuicios que correspondieren. 17. CONFIDENCIALIIDAD El oferente, reconoce que toda información a la que pueda acceder en cumplimiento de la provisión de los servicios en caso de resultar adjudicatario se encuentra amparada por el secreto profesional previsto en el Art. 302 del Código Penal, comprometiéndose a mantener su confidencialidad en forma indefinida, independientemente de la vigencia o no del contrato suscrito con la ANV. 8 Departamento de Servicios Generales

9 El oferente se obliga a guardar la más estricta confidencialidad de toda información que la ANV le haya suministrado o le suministre o a la que acceda en el cumplimiento del contrato en caso de resultar adjudicado. A modo de ejemplo y sin que signifique una enumeración taxativa, el oferente deberá guardar la más estricta reserva y no podrá revelar en ninguna circunstancia ninguna información que reciba directa o indirectamente de la ANV, relativa a sus planes de negocios, clientes, empleados, procedimientos de contratación, inversiones, información acerca de los volúmenes de operaciones, detalles de los sistemas de protección instalados, características constructivas de sus edificios y tesoros, así como sobre los procedimientos de seguridad y toda otra información y/o documentación relativa a la ANV a la que tenga acceso. Se considerará confidencial la información que el Contratista o sus dependientes y/o subcontratistas conozcan como consecuencia de la ejecución de la presente contratación. Esta obligación de confidencialidad se mantendrá luego de finalizado la totalidad del contrato. 18. TERCERIZACIONES (LEYES , y ) En el caso de contrataciones que impliquen la prestación de un servicio por terceros, antes de comenzar a prestar el servicio el adjudicatario, deberá presentar ante la ANV, los datos de los trabajadores asignados a la prestación del servicio, las tareas que desempeñarán cada uno y el horario que prestarán. En caso que se produzcan cambios en los datos aportados, la empresa se obliga a comunicarlos a la ANV antes de efectuarlos. La empresa adjudicataria deberá dejar constancia que en forma previa al inicio de la actividad ha informado a los trabajadores acerca de las condiciones de empleo, salario y la modalidad en la que prestarán servicios. En oportunidad de abonar la remuneración, la adjudicataria entregará al trabajador un detalle escrito de la información referida. La empresa adjudicataria deberá abonar -a los trabajadores asignados a las tareas necesarias para dar cumplimiento al objeto de la presente contratación- retribuciones que respeten los laudos salariales establecidos por los Consejos de Salarios (Ley No ). El incumplimiento por parte de la empresa en el pago de las retribuciones de los trabajadores mencionados anteriormente será causal de rescisión del contrato, por causa imputable al adjudicatario. La Agencia Nacional de Vivienda queda facultada a exigir a la empresa adjudicataria la exhibición de los siguientes documentos, sin perjuicio de otros presentes o futuros que entienda conveniente: a) Declaración nominada de historia laboral y recibo de pago de cotizaciones al organismo previsional. b) Certificado que acredite situación regular de pago de las contribuciones a la seguridad social a la entidad previsional que corresponda. c) Constancia del Banco de Seguros del Estado que acredite la existencia del seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. d) Planilla de control de trabajo, recibos de haberes salariales y, en su caso, convenio colectivo aplicable. 9 Departamento de Servicios Generales

10 La A.N.V. exigirá al adjudicatario -previo al pago del precio de la contratación- la documentación que acredite el pago de los salarios y demás rubros emergentes de la relación laboral, el seguro contra accidentes de trabajo y las contribuciones de seguridad social. En caso de que el adjudicatario no acredite estar al día con alguna de las obligaciones mencionadas en la cláusula anterior, la A.N.V. retendrá del pago del precio al adjudicatario, la cantidad necesaria para cubrir dichos créditos, pudiendo pagar por subrogación al trabajador, a la autoridad previsional acreedora y/o al Banco de Seguros del Estado. En todos aquellos casos en que la A.N.V. deba responder, por obligaciones laborales, de seguridad social, prima por accidente de trabajo y enfermedad profesional, sanciones y recupero del B.S.E., que la empresa adjudicataria no asumió respecto a sus trabajadores, la ANV además de rescindir el contrato, aplicará a la adjudicataria una multa del 10 (diez) por ciento del valor total del servicio adjudicado. Sin perjuicio de lo expresado, la adjudicataria asume total responsabilidad al respecto y se compromete a resarcir a la ANV ante cualquier suma de dinero que sea obligada a pagar y en general ante cualquier perjuicio que sufra derivado del incumplimiento de las obligaciones a cargo de la primera. Las obligaciones del adjudicatario contenidas en el presente artículo, serán aplicables en cuanto correspondan en los casos de cesión y subcontratación total o parcial expresamente aceptados por la Agencia Nacional de Vivienda. En tales casos, la adjudicataria será responsable de informar acerca de las citadas obligaciones a los subcontratistas o cesionarios debidamente autorizados. Se adjuntan los siguientes Anexos: Anexo I Formulario Identificación del Oferente Anexo II Modelo de Contrato de confidencialidad y no divulgación Anexo III Aviso Cronogramas de fechas Anexo IV Listado de insumos proporcionados por la ANV 10 Departamento de Servicios Generales

11 ANEXO I FORMULARIO DE IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE Compra Directa Nº 04864/2013 Razón Social de la Empresa Nombre Comercial de la Empresa R.U.C. (sólo para empresas que deben inscribirse) DOMICILIO A LOS EFECTOS DE LA PRESENTE LICITACION Calle... N... Localidad:... Código Postal:... País:... Teléfono:... Fax:... Télex: Declaro estar en condiciones legales de contratar con el Estado FIRMA/S:... Aclaración de firmas: Departamento de Servicios Generales

12 ANEXO II COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD En la ciudad de Montevideo, el día. de del año dos mil diez, el Sr./Sra., titular de la cédula de identidad N., en representación de la empresa., R.U.T. N (según certificado que se adjunta), declara que asume el presente Compromiso de Confidencialidad, que se regirá, en general, por la normativa vigente y en particular, por las estipulaciones que siguen: PRIMERO: Alcance del Compromiso. 1.- Se considera información confidencial a los efectos del presente Compromiso, a toda aquella información o conocimiento a la que la empresa firmante tuviera acceso o se genere en virtud de su vinculación con la ANV, en el marco de.., que revista las siguientes características: a) sea entregada en tal carácter a la empresa firmante o a la ANV; b) refiera al patrimonio de una persona; c) comprenda hechos o actos de carácter económico, contable, jurídico o administrativo, relativos a una persona física o jurídica, que pudiera ser útil para un competidor; d) esté amparada por una cláusula contractual de confidencialidad o e) contenga datos personales que requieran previo consentimiento informado de su titular para su divulgación. 2.- El presente Compromiso no abarcará información confidencial que: a) fuera de dominio público o entrara al dominio público por motivos ajenos a la empresa firmante; b) fuera suministrada por la ANV a la empresa firmante expresamente identificada como no confidencial; c) deba ser revelada por imperio de la ley o de un proceso judicial, en cuyo caso la empresa firmante deberá comunicar esta situación a la ANV con la suficiente antelación a los efectos de 12 Departamento de Servicios Generales

13 que ésta pueda tomar todas las medidas pertinentes para asegurarse un trato confidencial y que se limite el uso de la información revelada estrictamente para el propósito que la ley o la orden judicial requieran. SEGUNDO: Obligaciones principales.- Sin que implique una enumeración taxativa, se establecen las siguientes obligaciones principales que deberá cumplir la empresa firmante: a) mantener estricta y absoluta confidencialidad y reserva respecto de toda la información o conocimiento comprendida en la cláusula anterior; b) aplicar las correspondientes medidas de seguridad que sean razonables y prudentes para proteger la información referida y, en particular, aquella que se califique como reservada o confidencialidad, atendiendo, sin limitarse a ello, a las disposiciones de seguridad de la ANV que se le instruyan a la empresa firmante; c) utilizar la información confidencial solamente para el fin establecido, quedando prohibido a la empresa firmante todo uso o reproducción para su beneficio propio o de terceros, así como todo retiro de la misma de los locales de la ANV, ya sea en soporte papel, electrónico, vía fax o , o por cualquier otro medio; d) advertir a su personal ya sea dependiente o contratado- y a toda persona a la que se revele información confidencial, con la debida autorización, se su naturaleza confidencial y de los términos del presente Compromiso; y e) reportar a la ANV todo divulgación de información confidencial no autorizada de la que tuviera conocimiento en virtud de su vínculo con la misma. TERCERO: Vigencia.- Las obligaciones de confidencialidad asumidas en el presente Compromiso se mantendrán mientras dure el vínculo de la empresa firmante con la ANV y persistirán aún después de terminado el mismo.. CUARTO: Responsabilidad.- 13 Departamento de Servicios Generales

14 La empresa firmante será responsable de toda violación del presente Compromiso de Confidencialidad, sea que tal violación ocurra como resultado de una acción u omisión, tanto propia como de cualquier persona que hubiera adquirido información confidencial por o a través de la empresa firmante sin el previo consentimiento expreso y por escrito de la ANV. La ANV se reserva el derecho de auditar y controlar el cumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud del presente Compromiso, así como de supervisar actividades que involucren el manejo de información confidencial. QUINTO: Sanción por incumplimiento.- En caso de incumplimiento del presente compromiso, la ANV queda facultada para disponer las medidas legales y reglamentarias que por derecho correspondan. Asimismo, el incumplimiento será considerado falta grave, facultando a la misma a rescindir el vínculo con la empresa firmante, sin perjuicio de las acciones civiles y penales que por derecho le correspondiere.- SEXTO: Propiedad de la información confidencial.- La empresa firmante declara, reconoce y acepta que la información confidencial a la que tenga acceso en virtud de su vinculación con la ANV no es de su propiedad, quedándole vedada toda forma de divulgación ajena a la finalidad para la cual la misma fue obtenida. Asimismo, al empresa firmante cede en forma ilimitada y exclusiva, a favor de la ANV, los derechos patrimoniales sobre la información confidencial en cuya generación o desarrollo pudiera intervenir en virtud de su vínculo con la misma, siendo la ANV la única autorizada para decidir sobre su divulgación, así como para ejercer los derechos morales sobre las mismas. En señal de conformidad, se suscriben dos ejemplares del mismo tenor, en lugar y fecha arribas indicados. Firma... Aclaración. C.I. N Departamento de Servicios Generales

15 ANEXO III COMPRA DIRECTA Nº 04864/2013 (Al amparo del Art. 33 Lit. B y 44 del TOCAF) OBJETO: CONTRATACION DE SERVICIOS DE ASESORIA PARA DISEÑO E IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMA DE EVALUACIÓN DE RETIRO DE PLIEGOS: a) En Departamento de Servicios Generales de la ANV, calle Cerrito 400, Planta Baja, los días hábiles, en el horario de 13 a 17 hs. b) En la página Web de Compras Estatales c) En la página Web de la ANV. VALOR DEL PLIEGO: Sin Costo CONSULTAS Y ACLARACIONES: Hasta el 24 de Setiembre de 2013 por correo electrónico a adquisiciones@anv.gub.uy, hasta las 14 horas. RECEPCION DE OFERTAS: Personalmente, hasta el día 27 de Setiembre de 2013 a las 15 horas, en el Departamento Servicios Generales de la ANV, calle Cerrito 400 Planta Baja. REUNION INFORMATIVA OBLIGATORIA: Se realizará el día 20 de Setiembre de 2013 a las 14 horas en la Sala de Reuniones de Gerencia General ingresando por Zabala 1479, 1º piso. DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDAS 15 Departamento de Servicios Generales

16 ANEXO IV INSUMOS PROPORCIONADOS POR LA ANV (listado no taxativo) Ley Misión Visión Organigrama Manual de organización Competencias ANV Estructura de cargos Lineamientos estratégicos y Plan Operativo Anual (POA) Descripción de puestos de la organización (parcial) Reglamentos de evaluación de funcionarios nuevos Reglamento de evaluación de la Alta Conducción Manual de evaluación de desempeño por competencias Reglamento de evaluación de desempeño Estatuto del funcionario y otra documentación pertinente 16 Departamento de Servicios Generales

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