ORDENANZAREGULADORADE LATASAPOR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PISCINA MUNICIPAL, YDE UTILIZACIÓN DE LAMISMA O SUS INSTALACIONES PARAACTIVIDADES (B.O.

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1 ORDENANZAREGULADORADE LATASAPOR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PISCINA MUNICIPAL, YDE UTILIZACIÓN DE LAMISMA O SUS INSTALACIONES PARAACTIVIDADES (B.O.P. núm. 168, viernes 31 de diciembre de 2004). Artículo primero. Fundamento y régimen. Este Ayuntamiento, de acuerdo con lo previsto en los artículos 20.3 o) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, art. 15 de la misma norma, y el 106 de la Ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, establece la Tasa por la Utilización de la Piscina Municipal, y por la utilización de las instalaciones anexas a la misma para la realización de actividades, que se regularán por lo previsto en esta Ordenanza. Artículo segundo. Hecho imponible. Constituye el hecho imponible de esta Tasa, el aprovechamiento de la Piscina Municipal, y la realización de actividades deportivas de competencia local en las instalaciones de la misma. Artículo tercero. Sujetos pasivos. Son sujetos pasivos contribuyentes, las personas físicas o jurídicas, así como las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, a quienes se autorice para efectuar el aprovechamiento del dominio público local y la realización de las actividades descritas en el artículo quinto de esta Ordenanza. Artículo cuarto. Devengo. La obligación de contribuir nace con la solicitud de la prestación del servicio, y dará derecho al mismo por el período abonado según especifica el artículo siguiente. Artículo quinto. Tarifas. 1.- La cuantía de la tasa regulada en esta Ordenanza, será la siguiente: Importe Importe Residente Euros No residente Euros A) Matrícula inicial Adultos 12 Adultos 18 Menores, 6 Menores, 9 Estudiantes, Estudiantes, Discapacitados Discapacitados Pensionistas Pensionistas B) Abonos mensuales. Abonado Integral Piscina y Gimnasio Abonado Piscina o Gimnasio a) Abono Individual a) Abono Individual Adulto 30 Adulto 20 Menor, estudiante, discapacitado, Menor, estudiante, discapacitado, pensionista 15 pensionista 12 b) Abono Familiar b) Abono Familiar 2º Adulto 20 2º Adulto 14 Menor, estudiante, discapacitado, Menor, estudiante, discapacitado, pensionista 12 pensionista 8 C) Colectivos. Mensual Municipales No municipales 1 hora 2 horas 1 hora 2 horas 1 vez/semana , veces/semana D) Alquiler de calles. Municipales No municipales Por calle y hora D) Entrada Residente No residente 2 3

2 E) Actividades acuáticas Abonados No abonados Natación adultos Iniciación (3 días) Natación adultos (2 días) 9 18 Escuela Municipal Infantil (2 días) 6 12 Natación terapéutica (2 días) F) Otras actividades Abonados No abonados Sala de actividades (2 días) 6 12 Sala de actividades (3 días) 8 15 G) Otros servicios Abonados No abonados Fisioterapia (sesión de 30 minutos) Sauna/Baño Turco (sesión de 30 minutos) 2 3 Transporte (desde plaza Ntra. Sra. de Los Remedios), sólo para abonados, 0,5 Artículo Sexto. Normas de gestión del servicio. 1.- Criterios para establecer la tarifa. A) A efectos de aplicación de las Tarifas anteriores, se considera adulto a toda persona que tenga 18 años o más. B) A efectos de aplicación de las Tarifas anteriores, se considera pensionista o jubilado, a quienes documentalmente acrediten tal condición. C) A efectos de aplicación de las tarifas anteriores, se considera discapacitado, a quien aporte certificación de dicha condición, emitida por los Servicios Sociales Municipales. D) Si se iniciara cualquier otra actividad distinta a las enumeradas en el artículo quinto de esta Ordenanza, la tarifa a abonar por usuario o colectivo será la resultante de dividir el coste de la nueva actividad entre los abonados al servicio. 2.- Condición de abonado. Con el abono de la cantidad estipulada como matrícula inicial, se otorgará un carnet con acreditación de lo mismo, siendo necesario mostrarlo a la entrada de las instalaciones. Artículo séptimo. Régimen de ingreso. 1.- En los casos de servicios de recepción puntual, la tasa se acredita y se abona en el momento de la solicitud del mismo, sin que se pueda llevar a cabo aquel si no se ha efectuado el pago correspondiente. El pago debe realizarse en la oficina de la instalación. 2.- En el caso de existir matriculación previa para cualquier servicio, los recibos mensuales deberán ser domiciliados. Artículo octavo. Responsables. Infracciones y sanciones tributarias. Serán responsables solidariamente de las obligaciones tributarias establecidas en la presente Ordenanza, toda persona causante o colaboradora en la realización de una infracción tributaria. En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias y sanciones, además de lo previsto en esta Ordenanza, se estará a lo dispuesto en la Ley General Tributaria. Artículo noveno. Normas del servicio. La presente normativa tiene por objeto determinar las condiciones bajo las que los usuarios podrán disfrutar de las instalaciones de la Piscina Municipal de Buenavista del Norte. 1. Horario de apertura. La instalación permanecerá abierta en horario de invierno (desde el 15 de septiembre al 15 de junio), desde las 11:00 hasta las 22:00 horas de lunes a viernes. Los sábados y domingos el horario será desde las 11:00 hasta las 19:00 horas. La instalación permanecerá abierta en horario de verano (desde el 15 de junio al 15 de septiembre) desde las 10:00 hasta las 22:00 horas de lunes a viernes. Los sábados y domingos estará abierta desde las 11:00 hasta las 19:00 horas. La instalación permanecerá cerrada los días festivos. Dicho calendario de cierre estará expuesto en el tablón de anuncios. El 24 y el 31 de diciembre, y el 5 de enero; el horario será de 11:00 a 17:00 horas.

3 Este horario podrá ser modificado, cerrar parcialmente o impedir el acceso a determinados espacios por exigencias técnicas o por algún motivo justificado. 2. Inscripción. La documentación necesaria para formalizar la inscripción y reunir la condición de abonado, será la siguiente: D.N.I. o Pasaporte. Libro de Familia para los abonados familiares (se incluyen el mismo los hijos menores de 30 años). Carnet de estudiante y matrícula de estudios en vigor. Certificado de convivencia o empadronamiento para parejas de hecho, que quieran formalizar abonos familiares. Cartilla de pensionista en vigor. El nº de cuenta bancaria donde consten los veinte dígitos. Los menores de 18 años tendrán que formalizar la matrícula a través de su tutor legal. La matrícula se abonará en un único pago inicial. Las mensualidades correspondientes al pago del servicio, una vez matriculados, se abonarán a través del sistema de domiciliación bancaria. Los cursos y servicios complementarios se liquidarán mediante recibo expedido, que se abonará en la Caja, para lo que se estipula un plazo de 10 días hábiles posteriores a la emisión del mismo. El impago en dicho plazo provocará que no se pueda llevar a cabo la actividad. Las cuotas de los diferentes abonos mensuales, se renovarán periódicamente si no se comunica lo contrario. Si se decidiera cancelar la renovación, deberá realizarse el trámite en la administración de la instalación, en un plazo mínimo de siete días anteriores al mes de la cancelación. El cargo del abono se realizará a partir del día primero de cada mes. Si la cuota del abono no se pudiese cobrar por causas ajenas a la instalación, se girará recibo adicional por 1.20 euros en concepto de coste de dicha devolución. El pago de un curso o un servicio por una persona no abonada, le dará el derecho a acudir sólo a la actividad contratada. 3. Acceso a la instalación. Cada abonado tendrá una tarjeta de identificación sin la cual no podrá acceder a la instalación. Deberá presentarla en el control de acceso o en el gimnasio, y durante el horario de trabajo del técnico deportivo. Este carnet será personal e intransferible. Las entradas puntuales: - El acceso a la instalación será en el horario de uso de la misma pagando un tícket de 2,00 euros los residentes en Buenavista y 3,00 euros si no se acredita lo anterior. Los menores de 8 años pagarán un ticket de 2,00 euros, sean o no residentes. - Este tícket derecho a utilizar la piscina y el gimnasio. - Toda persona que esté dentro de la instalación sin la intención de realizar actividad física, podrá acceder únicamente a las zonas de gradas, y los servicios. 4. Normas sobre higiene y uso de las instalaciones. Se prohíbe fumar y comer en todas las instalaciones, salvo en la cafetería. Se prohíbe comer chicle y/o productos con desecho (pipas, pistachos,...). El acceso a las diferentes instalaciones, sólo estará autorizado a abonados y no abonados mayores de 14 años, o menores de 14 años acompañados por un adulto. Los mayores de 14 años y los menores de 18 años que quieran acceder al gimnasio sin un adulto deberán hacerlo en presencia del técnico deportivo. Tanto el abonado como el no abonado que sepa nadar, siempre que haya disponibilidad horaria en la instalación, tendrá derecho a piscina (45 minutos de nado libre) y gimnasio (90 minutos).

4 Cuando se accede a las salas habrá que entregar el carnet o el tícket al técnico. Se reserva derecho de pedir en cualquier momento el D.N.I. Queda prohibida la entrada a animales. Se deben respetar las señalizaciones de circulación de la instalación. La reserva de los servicios que oferta la instalación se realizará dentro de los plazos establecido, no pudiendo realizar los usuarios de las mismas otra reserva hasta que hayan realizado la anterior. Se recomienda a todos los usuarios que utilicen la vestimenta y calzados adecuados, así como la toalla en todos los equipamientos, actividades y espacios. No se permite la entrada de objetos de cristal de cualquier material cortante o punzante. Queda prohibida la entrada con la mochila o bolsos en el interior de las salas así como a la zona de la piscina. No está permitido actividades como jugar, estorbar y molestar en cualquier aparato o espacio destinado para el entrenamiento en el interior de las salas. Los técnicos podrán solicitar un certificado médico a aquellos usuarios considerados de riesgo. Es recomendable, hidratarse antes, durante y después del ejercicio. Cualquier queja, sugerencia o reclamación, pueden realizarla a través de la administración o en el buzón de sugerencias. No está permitido dejar los bolsos fuera de las taquillas. La instalación no se responsabiliza de los objetos de valor depositados en taquillas, perdidos u olvidados. La dirección de la instalación podrá suspender de modo provisional o permanente el derecho a la entrada en los casos de: 1. No traer la tarjeta de acceso a la instalación. 2. No estar al corriente del pago de las cuotas. 3. Incumplimiento de las normas de uso e higiene. 4. No respetar el carácter intransferible de la tarjeta de acceso. 5. Faltar gravemente a las normas de convivencia y civismo. En cualquier caso no llevará aparejado el derecho de recuperar las cuotas abonadas hasta entonces. Cualquier modificación respecto a la presente normativa, será comunicada con la suficiente antelación. Deben seguirse en todo momento las indicaciones del personal asignado a la instalación Normativa específica de uso de la piscina. Es obligatorio el uso de gorro de natación, zapatillas y bañador. Se permite a los hombres bañador (slip) o bermudas de playa, siempre que debajo no utilice ropa interior. Alas mujeres se les permite bañador y bikini. Está prohibido el top-less o nudismo. Es obligatorio ducharse antes de bañarse en la piscina. Se prohíbe utilizar cremas y champús antes de entrar al agua. No podrán hacer uso de la piscina, quienes padezcan alguna enfermedad infecto-contagiosa, heridas abiertas, etc. Si el personal de la instalación tuviera fundadas sospechas de que algún usuario/a padece una infección de este tipo, podrá exigir la presentación de una autorización médica por escrito para el acceso de la piscina. Los familiares o acompañantes de los usuarios/as tienen prohibida la entrada a la zona de vestuarios, playa de la piscina y gimnasio, salvo en caso de niños/as menores, personas de movilidad reducida ó discapacitados/as, que podrán ser acompañados por un adulto en los vestuarios, si así lo precisan. En ningún caso podrán los familiares entrar en la playa de la piscina, a no ser que tengan permiso para ello. El lugar de espera es en la grada de espectadores. No están permitidas actividades con riesgo como jugar o correr alrededor de la piscina, tirarse de cabeza, empujar o realizar juegos peligrosos. El material de uso en la piscina es personal y con fines terapéuticos ó deportivos. Está prohibido el uso de material de recreo (flotadores, cubos de playa, etc.), excepto si se utilizan en las actividades dirigidas.

5 Los cursillistas accederán a la piscina a la hora asignada y en compañía del monitor Normativa calle de uso libre. El uso de las calles libres está autorizado a usuarios que sepan nadar, en turnos de 45 minutos, pudiendo repetir turno si las calles no está ocupadas. El número máximo de usuarios por calle libre será de 6 personas. Cuando se utilice la calle libre deberá hacerse por el lado derecho de la misma. Los usuarios podrán utilizar dos tipos de calles. Habrá una/s calle rápida y otra/s lenta. El uso de la rápida está destinada a aquellas personas que naden de forma continua. Los usuarios no podrán utilizar la/s calle/s que estén delimitadas para realizar actividades acuáticas, si no están inscritos en ella Sala de fitness o gimnasio. Es obligatorio utilizar ropa y calzado deportivo. Utilizar la toalla y secar el sudor en los aparatos utilizados. Dejar libre el aparato durante los tiempos de descanso. Las máquinas o mancuernas utilizadas, deberán dejarlas sin pesos. Se recomienda respetar la tabla de tareas que marca el Técnico Deportivo, y, en caso de querer cambiar o añadir algo debemos comunicárselo. Para los menores de 18 años y los mayores de 14 años, si quieren utilizar el gimnasio, deberán hacerlo acompañados del tutor legal o mediante la supervisión del Técnico Deportivo. Si son menores de 14 años deberán utilizar el gimnasio en presencia del tutor legal y tan sólo la zona cardiovascular. El tiempo máximo para estar en la Sala de Fitness será de 90 minutos. El tiempo de uso de las máquinas del gimnasio, lo marcará el Técnico Deportivo que esté responsable de la Sala en ese momento. Queda prohibido abarcar el uso de varios aparatos o mancuernas al mismo tiempo. La ocupación máxima de la sala será de 30 personas; por lo tanto, cuando se llegue a esta ocupación se deberá esperar al siguiente turno Sala de actividades. Utilizar la toalla y secar el sudor en los aparatos utilizados. El uso del aparato de música está autorizado sólo al personal de la instalación. Se recomienda puntualidad para el correcto desarrollo de las actividades. Es importante llevar agua para su uso durante la actividad. El material debe ser colocado en su sitio una vez utilizado Vestuarios. El uso de los vestuarios está destinado tanto a los abonados, como a los no abonados. No se podrá acceder a las zonas húmedas (duchas) con el mismo calzado que traen del exterior, se recomienda utilizar zapatillas de baño. Tras el uso de las duchas, se deben secar en la misma ducha o en su pasillo exterior. Escurrir el bañador y el pelo en la ducha (zona húmeda) para evitar mojar la zona que está seca. No utilizar el lavamanos para lavar las zapatillas, bañadores, etc. Evitar subirse a los bancos para cambiarse. Cambiadores: sólo se ocuparán mientras los estemos utilizando. Taquillas: una vez se haya terminado de utilizar las taquillas, éstas quedarán libres y con las llaves colocadas en el lugar correspondiente. La instalación se reserva el derecho a abrir taquillas que permanezcan cerradas después del cierre de la instalación. Está prohibido llevarse fuera de la instalación la llave de la taquilla. Sólo los niños menores de 6 años se podrán cambiar en el vestuario de distinto sexo. Circulación: Piscina: entrar al vestuario (acceso 1), cambiarse, utilizar las zapatillas de baño y circular por el pasillo de duchas para llegar a la piscina (acceso 2).

6 Gimnasio o sala de actividades: entrar al vestuario (acceso 1), cambiarse, utilizar el calzado deportivo adecuado y salir por la misma puerta de entrada para llegar al gimnasio o sala de actividades (acceso 1) Fisioterapia. La reserva de cualquiera de los servicios de fisioterapia se hará previamente y se abonarán en el momento de la sesión. La suspensión de la reserva se hará con 12 horas de antelación Sauna-baño turco. La reserva de cualquiera de los servicios de sauna y baño turco se abonarán por adelantado. La suspensión de una reserva se hará con 24 horas de antelación. En caso contrario, se perderá el derecho adquirido sin devolución económica. Es obligatorio el uso de bañador y toalla en su interior. En el baño turco utilizaremos cholas de playa y en la sauna entraremos descalzos. La duración para los dos servicios es de 30 minutos, haciendo un pequeño descanso a los 15 minutos. Es importante haber hecho la digestión antes de entrar y no haber realizado previamente un gran esfuerzo físico. No se puede entrar con ningún objeto metálico: reloj, cadena, pulsera, etc. La mejor posición para permanecer dentro es sentado o acostado. Obligaciones del usuario. Respetar las normas y los horarios establecidos. Hacer buen uso de las instalaciones. Llevar a cabo el pago de las cuotas antes del último día de cada mes. Acceder a la instalación con la tarjeta de acceso. Tener un comportamiento cívico dentro de la instalación. Disposición derogatoria.- A la entrada en vigor de la presente Ordenanza Fiscal, quedarán derogados todos los artículos, publicados en el B.O.P. nº 17 del Disposición final.- La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor, para su aplicación, al día de su publicación íntegra en el B.O. de la Provincia, y comenzará a aplicarse el día UNO de enero de 2005, permaneciendo vigente en tanto no se produzca su modificación o derogación expresa.

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