Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y"

Transcripción

1 Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 07 HORAS 25 MINUTOS DEL 27 DE JUNIO DEL PROYECTO CONSTRUCCIÓN DE GALPONES PARA GRANJA AVÍCOLA DE POLLOS DE ENGORDE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO D SETENA. Conoce la Comisión Plenaria de esta Secretaría, el Documento de Evaluación Ambiental (D-1) y el Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) del proyecto: Construcción de Galpones para granja Avícola de Pollos de engorde, presentado por el señor Luis Ángel Brenes Fallas, cédula de identidad , en calidad de representante legal del proyecto Construcción de Galpones para granja Avícola de Pollos de engorde, expediente administrativo número D SETENA. RESULTANDO PRIMERO: El día 09 de mayo de 2014 es recibido en esta Secretaría el Formulario D1 y la DJCA del Proyecto: Construcción de Galpones para Granja Avícola de Pollos de Engorde, a nombre del señor Luis Ángel Brenes Fallas, cédula de identidad , en su calidad de desarrollador del expediente número D SETENA. SEGUNDO: El día 18 de agosto de 2014 fue revisado el Shape file por parte de la unidad de geografía, los cuales indican: el proyecto se ubica en el corredor biológico Montes del Aguacate, de acuerdo a los mapas de cobertura boscosa de FONAFIFO 2000, la propiedad estaba cubierta en más del 50% por una cobertura Forestal, para el mapa de FONAFIFO 2005 esta cobertura se mantiene, más del 50% en cobertura Forestal TERCERO: El día 21 de agosto de del 2014, mediante el oficio DEA SETENA (visible en folio 0151 del expediente administrativo), el cual fue notificado el día 04 de setiembre de 2014, se le solicita pronunciamiento al Área de Conservación Volcánica Central (ACCVC), con respecto al proyecto: Construcción de Galpones para Granja Avícola de Pollos de Engorde, expediente número D SETENA. CUARTO: El día 24 de setiembre de 2014, se recibe en esta Secretaría el informe PNE043 del 22 de setiembre de 2014, (visible en folio 0159 del expediente administrativo) en el cual se le indica a esta instancia: En atención al oficiosg-dea setenade fecha 21 de agosto del 2014, recibido en el Área de Conservación Cordillera Volcánica Central (ACCVC) el día 26 de agosto de 2014; adjunto me permito remitir el oficio OSR-863 y anexo (6 páginas) realizado por el Lic. Carlos Eduardo Salas AS, Jede de la Oficina Subregional de San Ramón. De acuerdo al informe se deduce que la ubicación del proyecto Construcción de Galpones Avícolas de Pollos de Engorde no es recomendable por cuanto la misma está dentro del área de los 100 metros de protección de una naciente hídrica encontrada en la visita realizada y por encontrarse dentro de áreas de 1

2 cobertura forestal según el mapa de cobertura vegetal de FONAFIFO. Oficio OSR-863 (visible en folio 0158 del expediente administrativo): 6- Confrontando el plano catastro y la ubicación de la propiedad contra el mapa de la cobertura vegetal FONAFIFO-2000, se pudo comprobar que la propiedad se encuentra dentro de una zona de cobertura forestal, donde, no se permite el cambio de uso de suelo, según DECRETO N MINAET, La Gaceta No. 217, 11 de noviembre 2011: OFICIALIZACIÓN DE LOS MAPAS DE COBERTURA BOSCOSA DE LOS AÑOS 2000 y Durante la inspección de campo, se localizó una naciente en el límite de la propiedad, en el sector este, en las coordenadas CRTM05: / De este modo con base en el plano catastrado, la ubicación de las coordenadas de la naciente y la localización de los galpones indicados, se comprobó que el área de protección (100 metros de radio) de la naciente indicada, se encuentra dentro del área de proyectos; sea que, coincide con la ubicación de los dos galpones propuesto dentro de los 100 meteros de protección, según indica el artículo N 33 de la Ley Forestal. Por lo tanto, el área del proyecto presenta una limitante de carácter legal, debido a la presencia de una naciente para el desarrollo de infraestructura en el sitio. En caso que el Desarrollador, no esté conforme con lo señalado, se recomienda solicitar el criterio técnico al Departamento de Aguas de la Dirección de Aguas del MINAE, a fin de determinar y certificar en base a sus competencias legales y técnicas la presencia o no de la naciente indicada dentro del área del proyecto propuesto QUINTO: Con fundamento en el pronunciamiento de Área de Conservación Volcánica Central (ACCVC), mediante la resolución SETENA, se resolvió que ante la imposibilidad legal y técnica para llevar a cabo el proyecto tal y como está planteado, basados en el criterio de SINAC, de acuerdo a sus competencias esta Secretaría determina NO CONTINUAR con el proceso de revisión de la Evaluación de Impacto Ambiental y que lo procedente es archivar el expediente de marras, por lo que de acuerdo a los informe PNE-043 y Oficio OSR-863, emitidos por el Área de Conservación Volcánica Central (ACCVC)-SINACMINAET, ente competente para pronunciarse en cuanto a: Vida Silvestre, Recursos Forestales, Áreas Silvestres Protegidas, Cuencas Hidrográficas y Sistemas Hídricos; ésta Secretaría se ve imposibilitada para continuar con la gestión planteada en el Formulario D1 y la Declaración Jurada, correspondiente al Expediente Administrativo D SETENA, para el proyecto: Construcción de Galpones para Granja Avícola de Pollos de Engorde, presentado por el señor Luis Ángel Brenes Fallas, cédula de identidad Por lo anterior, lo procedente es el archivo del Expediente Administrativo No. D SETENA. SEXTO: El día 24 de octubre del 2014, se recibe en esta Secretaría Técnica, recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio en contra de la resolución SETENA dentro del plazo legal para impugnar, que en lo sustancial y a efectos de lo que se va a resolver; alega dos puntos esenciales a saber: 1- Que el área del proyecto había sido utilizada anteriormente al proyecto propuesto para el cultivo de café, de manera que no es cierto que en el área propiamente del proyecto exista bosque, como lo afirmo el informe de SINAC. 2- Que el área directa del proyecto está bajo el área de 100 metros de protección de una naciente, según lo indica SINAC, lo cual niegan y alegan que ambas situaciones debieron ser puestas en conocimiento previo del solicitante para que se pronunciara al respecto por lo que se vio violentado el debido proceso. SÉTIMO: El día 14 de noviembre del 2014, se recibe escrito por parte del recurrente, en el cual solicita que debido a que el 11 de noviembre del 2014, se ha solicitado criterio técnico al Departamento de Aguas del MINAE, por medio del formulario Solicitud de Dictamen sobre cuerpos de agua, solicita que el recurso de Revocatoria se resuelva hasta tanto se cuente con el criterio técnico del Departamento de Aguas, para lo cual adjuntan copia de la solicitud realizada a dicha dependencia. 2

3 OCTAVO: El día 26 de noviembre del 2014, se recibe oficio OSR del ACCVC, del señor Carlos Salas Araya, oficina Subregional de San Ramón del SINAC, en el cual ratifica la ubicación de la georreferenciación de la naciente indicada e indicando en forma expresa: Por lo tanto, y hasta nuevo criterio técnico por parte del Departamento de Aguas; Dirección de Aguas del MINAE, como se indica en la nota OSR-863, se ratifica la existencia de dicha naciente, y, se confirma que el área de protección (100metros de radio) de la naciente indicada, se encuentra dentro del área directa del proyecto, o, sea que, coincide con la ubicación de los galpones propuestos dentro del radio de los 100 metros de protección, según el artículo 33 de la Ley Forestal. NOVENO: Mediante resolución SETENA del 03 de febrero del 2015 se resolvió: PRIMERO: Se acepta la solicitud el señor Luis Ángel Brenes Fallas y se suspende el conocimiento del recurso de revocatoria interpuesto en contra de la resolución SETENA del 14 de octubre del 2014, hasta tanto se cuente con el pronunciamiento de la Dirección de Aguas para lo cual se otorga un plazo de 3 meses para la presentación de dicho pronunciamiento, plazo que previa comprobación podría ser prorrogado a solicitud del desarrollador, aportándose las debidas justificantes y pruebas correspondientes. Lo anterior como prueba para mejor resolver de conformidad con los artículos 297 y 298 de la Ley General de la Administración Pública. SEGUNDO: Por otro lado en igual sentido se solicita pronunciamiento expreso y concluyente del Área de Conservación de la Oficina Subregional de San Ramón en relación, a indicar si en caso de que el dictamen solicitado por el desarrollador a la Dirección de Aguas en proceso de pronunciamiento, diera como resultado la no existencia de la naciente, si desde el punto de vista de la cobertura forestal, podría o no darse el proyecto, tomando en cuenta las condiciones del área del proyecto( reciente uso para cafetal, en contraposición del mapa de cobertura forestal y la aplicación del decreto MINAET) y en caso afirmativo las condiciones del mismo. Lo anterior debido a que el informe dado OSR 863 parece centrarse solo en la conclusión sobre el tema de la naciente. Lo anterior en el plazo de un Mes desde que se notifique el presente acuerdo. DÉCIMO: El día 09 de abril del 2015, se recibe oficio OSR , del Área de Conservación de la Cordillera Volcánica Central, que da respuesta a lo requerido por parte de la Comisión Plenaria, en la resolución SETENA. DÉCIMO PRIMERO: El 12 de mayo del 2015 se le notifica al desarrollador del proyecto, la resolución SETENA, en la que la Comisión Plenaria resuelve declarar con lugar el recuso de revocatoria contra la resolución SETENA, anulando la misma e indicando a DEA, continuar con el proceso de evaluación ambiental del proyecto. DÉCIMO SEGUNDO: El 19 de agosto del 2015 se realizó la inspección de campo al proyecto en la que se determinó, entre otras cosas, la presencia de un cuerpo de agua superficial, en apariencia cerca del límite de la propiedad. DÉCIMO TERCERO: Con base el informe de gira DEA SETENA, se solicita por medio del oficio SG-DEA SETENA, a la Dirección de Aguas del MINAE, ampliación de criterio AT DG-MINAE, con el objetivo de que finalmente se determine la existencia o no de una naciente en el AP o en sus linderos. DÉCIMO CUARTO: Con fecha de recibido en esta Secretaría del 24 de noviembre del 2015, se recibe el oficio AT , por parte de la Dirección de Aguas del MINAE, en la que amplían su criterio respecto a la supuesta naciente indicando: Dado la nueva inspección al sitio en donde se pudo verificar que en la época de invierno si discurre agua generada por los flujos base de la topografía de los alrededores que forma una micro cuenca, 3

4 se determinó que se corrige el criterio dado para lo contemplado a partir de la coordenada latitud y longitud en el oficio AT , debido a la nueva evidencia encontrada en el sitio por el suscrito, puesto que se determinó que lo que existe es una quebrada Sin Nombre que tiene sus orígenes por medio de flujos base y que además, discurre aguas a partir de la coordenada dada. DÉCIMO QUINTO: El día 12 de enero del 2016, se le notifica al Desarrollador del proyecto el oficio DEA SETENA, por medio del cual se le solicita una ampliación y aclaración de la información presentada en el expediente, de previo a resolver como legalmente corresponda. DÉCIMO SEXTO: Por medio de la nota 1603-DEA, es recibida por parte de esta secretaría la solicitud de prórroga para responder al oficio DEA SETENA, mismo acto que se repitió mediante la nota 2600-DEA, para ambas solicitudes se les respondió satisfactoriamente mediante los oficios DEA SETENA y DEA SETENA, respectivamente. DÉCIMO SÉTIMO: El día 19 de abril del 2016, ingresa a esta Secretaría, en tiempo, la nota de consecutivo 3422-DEA, con la que se aporta la información requerida y solicitada mediante el oficio DEA SETENA. CONSIDERANDO PRIMERO: Que se tiene por legitimado al señor Luis Ángel Brenes Fallas, cédula de identidad , en calidad de representante legal del proyecto Construcción de Galpones para Granja Avícola de Pollos de Engorde, para solicitar la Evaluación de Impacto Ambiental del expediente administrativo número D SETENA. SEGUNDO: El artículo 19 de la Ley Orgánica del Ambiente señala: "Las resoluciones de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental deberán ser fundadas y razonadas. Serán obligatorias tanto para los particulares como para los entes y organismos públicos." Por su parte, el artículo 88 de la misma Ley señala que las deliberaciones y resoluciones de la SETENA deberán adoptarse en Comisión Plenaria. TERCERO: El artículo 17 de la Ley Orgánica del Ambiente cita: Las actividades humanas que alteren o destruyan elementos del ambiente o generen residuos, materiales tóxicos o peligrosos, requerirán una evaluación de impacto ambiental por parte de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental creada en esta ley. Su aprobación previa, de parte de este organismo, será requisito indispensable para iniciar las actividades, obras o proyectos. Las leyes y los reglamentos indicarán cuales actividades, obras o proyectos requerirán la evaluación de impacto ambiental. CUARTO: El artículo 20 de la Ley Orgánica del Ambiente, que dicta: La Secretaría Técnica Nacional Ambiental establecerá instrumentos y medios para dar seguimiento al cumplimiento de las resoluciones de la evaluación de impacto ambiental. En los casos de violación de su contenido, podrá ordenar la paralización de las obras. El interesado, el autor del estudio y quienes lo aprueben serán, directa y solidariamente, responsables por los daños que se causen. QUINTO: De acuerdo con la información aportada a esta Secretaría por la empresa desarrolladora y el equipo consultor del proyecto, ambos responsables de la elaboración de Estudio de Impacto Ambiental y su anexo, cuya información y estudios tienen carácter de Declaración Jurada por lo que 4

5 se considera actual y verdadera, de lo contrario se expondrán a consecuencias penales de acuerdo a la legislación aplicables, se ha determinado lo siguiente: En el presente procedimiento administrativo, se presentó como instrumento de EIA una DJCA y su anexo, los cuales fueron debidamente analizados por el Departamento de Evaluación Ambiental y avalados por esta Comisión Plenaria. De ello se concluyó, que los estudios y protocolos técnicos aportados por el desarrollador y cada profesional responsable de la elaboración de la EIA y su anexo, cumplen con los requerimientos técnicos, legales y por ende, con el procedimiento establecido en el D.E: MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC, D.E MINAE, MINAE y sus modificaciones. Por lo tanto, en el presente caso, lo procedente es aprobar el Documento de Evaluación Ambiental (D1), las matrices de impacto ambiental, la DJCA y su Anexo, y otorgar la Viabilidad (Licencia) Ambiental en el entendido de que se le solicita al desarrollador la presentación, antes de iniciar obras de lo siguiente: 1- Depositar la garantía ambiental. 2- Nombrar un Responsable Ambiental del Proyecto. 3- Habilitar de la Bitácora Ambiental del Proyecto. SEXTO: De acuerdo con la Resolución Nº SETENA, aprobada por parte de la Comisión Plenaria de ésta Secretaría, en su sesión ordinaria No con fecha del 26 de mayo del 2009, se ordena al desarrollador de obras, actividades, o proyectos cumplir con lo manifestado en misma. La puede ser consultada en la página web oficial de la SETENA. POR TANTO LA COMISIÓN PLENARIA RESUELVE En sesión Ordinaria Nº de esta Secretaría, realizada el 24 de JUNIO del 2016, en el Artículo No. 13 acuerda: PRIMERO: Aprobar la Declaración Jurada de Compromisos Ambiental, las medidas ambientales propuestas, los anexos generados y las matrices de impacto ambiental, presentadas por el equipo consultor y desarrollador del proyecto junto al Documento D1. Se previene a estos que deben cumplir de forma íntegra y cabal con la información aportada a esta Secretaría. SEGUNDO: Ordenar al señor Luis Ángel Brenes Fallas, cédula de identidad , en calidad de representante legal del proyecto Construcción de Galpones para Granja Avícola de Pollos de Engorde, la presentación, antes de iniciar obras, de lo siguiente: 1. Depositar la garantía ambiental por un monto equivalente al 1% de la inversión global del proyecto, así estipulado en el artículo 21 de la Ley Orgánica del Ambiente. Es decir, (Un millón de colones con 00/00). El depósito debe realizarse en la cuenta del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) cédula jurídica , en el Banco Nacional de Costa Rica-San José. En caso de realizarse el depósito con cheque certificado o efectivo, deberá depositarse en la cuenta # en colones o cuenta # en dólares, del Ministerio de Hacienda con el Banco Nacional de Costa Rica. En ambos casos, se debe de indicar el nombre del proyecto y el número de expediente y aportar a esta Secretaría el comprobante del depósito respectivo, el cual estará en custodia hasta por el tiempo que dure el proyecto, mínimo por un año. 2. Nombrar un Responsable Ambiental, con su inscripción vigente en el Registro de Consultores de la SETENA. Deberá aportar la carta de nombramiento, firmado por el desarrollador y la 5

6 carta de aceptación firmada por el regente. Los informes ambientales deberán ser presentados en un plazo máximo de 10 días posteriores a la finalización del periodo que cubren. 3. Presentar ante el Departamento de Asesoría Jurídica Unidad de esta Secretaría, un libro de Actas, el cual será habilitado como Bitácora. La anterior documentación deberá ser presentada por el desarrollador antes del inicio de actividades, de lo contrario se procederá a aplicar la legislación vigente. TERCERO: Con base en las características ambientales del AP, y su interacción con las actividades que realizará el proyecto, se establece una periodicidad para la presentación de informes regenciales ante la SETENA de, cada TRES meses durante la fase constructiva, cada SEIS meses durante la fase operativa del proyecto. Estos informes serán verificados por el Departamento de Auditoria y Seguimiento Ambiental (ASA). En el momento de iniciar actividades, se inicia el periodo del primer informe de regencia ambiental. Para la elaboración de estos informes se debe utilizar el formato establecido por esta Secretaría. Será responsabilidad del regente ambiental realizar el número de visitas necesarias, dependiendo de las características del proyecto. Con base en estos informes y al programa de monitoreo, la SETENA podrá ajustar el monto de garantía y dictar medidas de acatamiento obligatorio para mantener al proyecto, obra o actividad dentro de un margen de impacto ambiental controlado. El responsable y el propietario deberán brindar apoyo a las labores de la SETENA, en las inspecciones que esta efectúe. CUARTO: El incumplimiento de los requerimientos de esta Secretaría, así como, de cualquiera de las obligaciones contraídas en la Declaración Jurada de Compromisos Ambientales, las matrices de impacto ambiental y el D1, podrán ser sancionados de conformidad al artículo 99 de la Ley Orgánica de Ambiente y demás legislación vigente. QUINTO: Se le comunica al interesado que de conformidad con los artículos 17,18 y 19 de la Ley Orgánica del Ambiente, se ha cumplido con el procedimiento de Evaluación Ambiental del proyecto que tiene las siguientes características: Nombre del Proyecto Número Expediente Fecha de Ingreso del Instrumento de EIA Nombre Analista Asignado Construcción de Galpones para Granja Avícola de Pollos de Engorde D de mayo del 2014 Mauricio Solís Campos Fecha de Recibo por Parte del 24 de julio del 2015 Analista Fecha de la Revisión Técnica 24 de agosto del 2015 Fecha de Inspección 19 de Agosto del 2015 Monto Global Persona Jurídica (Desarrollador) Número de cédula jurídica (Desarrollador) Persona Física (Desarrollador) Número cedula de identidad (Desarrollador) Datos de Ubicación y Clasificación 100,000, colones -- Luis Ángel Brenes Fallas Provincia Cantón Alajuela San Ramón 6

7 Consultor ambiental responsable DESCRIPCION DEL PROYECTO: Distrito Santiago Hoja cartográfica Miramar 1:50000 Coordenadas Plano catastrado Long ,50 Lat ,14 A Número de matricula Medida finca según plano ,98m 2 (m 2 ) Área del proyecto según 3920m 2 diseño (m 2 ) Clasificación CIIU y 121/122 Categoría Proyecto Puntaje de SIA 225 Nombre Ricardo Cascante Flores Número de registro y vigencia CI El presente documento tiene como finalidad cumplir con los requisitos necesarios para poner en funcionamiento el proyecto avícola en la comunidad de Santiago de San Ramón. La finalidad es la producción de pollos de engorde, para esto se requiere construir dos galpones para albergar los animales. Estos abarcaran un área total de construcción es de 3.920m 2. Además de la construcción e Instalación de un pozo perforado para el abastecimiento de agua del proyecto con un caudal de 1.5 l/s aproximadamente. El proyecto se ubica en una finca de ,98 m 2. La etapa constructiva consiste en la construcción de dos galpones de 140 x 14 m (1960 m 2 ) para un total de m 2 de construcción. Para la fase operativa se contará con tanques sépticos especialmente diseñados para el tratamiento de las aguas residuales que se generarán, también contempla la construcción de una fosa para el manejo de las aves muertas, la cual cumple con lo establecido en la normativa vigente para este tipo de actividades. De acuerdo a los manuales y reglamentos vigentes. Por lo que se le otorga la Viabilidad (Licencia) Ambiental al proyecto, quedando abierta la etapa de Gestión Ambiental. La presente Viabilidad se otorga en el entendido de que el desarrollador del proyecto, obra o actividad cumplirá de forma íntegra y cabal, con todas las regulaciones y normas técnicas, legales y ambientales vigentes en el país y a ejecutarse ante otras autoridades del Estado costarricense. El incumplimiento de esta cláusula por parte del desarrollador, no solo lo hará acreedor de las sanciones que implica el no cumplimiento de dicha regulación, sino que además, al constituir la misma, parte de la base fundamental sobre el que se sustenta la VLA, hará que de forma automática dicha VLA se anule con las consecuencias técnicas, administrativas y jurídicas que ello tiene para la actividad, obra o proyecto y para su desarrollador, en particular respecto a los alcances que tiene la aplicación del artículo 99 de la Ley Orgánica del Ambiente. ( )" SEXTO: Se le previene al desarrollador que de acuerdo al Artículo 11 del D.E. Nº MINAE-S- MOP-MAG-MEIC, el cumplimiento del procedimiento de EIA no exime al desarrollador de una actividad, obra o proyecto, del trámite a cumplir ante otras autoridades de la Administración, de conformidad con las competencias y normativa vigentes, ni de cumplir con sus obligaciones o responsabilidades que de su gestión deriven. 7

8 SÉTIMO: Se le previene al desarrollador que los estudios básicos realizados en el AP y los documentos aportados de las distintas entidades e instituciones señalan una serie de recomendaciones que deben acatarse según lo indicado, como parte de los compromisos ambientales del proyecto. OCTAVO: Se le advierte al desarrollador, que la Viabilidad (Licencia) Ambiental, sólo contempla lo indicado en la descripción del proyecto y el diseño presentado. Antes, en proceso de construcción o ya construido, cualquier modificación, debe ser informada a la SETENA, para que realice la evaluación ambiental de dicha modificación, de lo contrario se procederá conforme a la normativa vigente. NOVENO: Se ordena a los desarrolladores de actividades, obras o proyectos, que a partir de la resolución que otorga la Viabilidad (Licencia) Ambiental, se debe colocar un rótulo en la entrada del área del proyecto el cual debe cumplir con el formato establecido en la Resolución Nº SETENA DÉCIMO: De acuerdo con el D.E MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC la vigencia de esta Viabilidad (Licencia) Ambiental será por un período de DOS AÑOS para el inicio de las obras. En caso de no iniciarse las obras en el tiempo establecido, se procederá a aplicar lo establecido en la legislación vigente. DÉCIMO PRIMERO: Contra esta Resolución cabe interponer dentro del plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación, los recursos ordinarios de revocatoria ante la SETENA, y el de apelación ante el Ministro de Ambiente y Energía, de conformidad con los artículos 342 y siguientes de la Ley General de Administración Pública y 87 de la Ley Orgánica del Ambiente. DÉCIMO SEGUNDO. Cláusula de Compromiso Ambiental Fundamental: La presente Viabilidad (Licencia) Ambiental se otorga en el entendido de que el desarrollador del proyecto, obra o actividad cumplirá de forma íntegra y cabal con todas las regulaciones y normas técnicas, legales y ambientales vigentes en el país y a ejecutarse ante otras autoridades del Estado costarricense. El incumplimiento de esta cláusula por parte del desarrollador no solo lo hará acreedor de las sanciones que implica el no cumplimiento de dicha regulación, sino que además, al constituir la misma, parte de la base fundamental sobre el que se sustenta la VLA, hará que de forma automática dicha VLA se anule con las consecuencias técnicas, administrativas y jurídicas que ello tiene para la actividad, obra o proyecto y para su desarrollador, en particular respecto a los alcances que tiene la aplicación del artículo 99 de la Ley Orgánica del Ambiente. ( )" DECIMO TERCERO: Se previene al Desarrollador, que si el proyecto requiere la eliminación de árboles se deberá contar de previo, con el respectivo permiso (Art. Nº 27 de la Ley Forestal), además se previene que debe respetar las Áreas de Protección (Art. Nº 33 y Nº 34 Ley Forestal), debiendo incluir en el desarrollo del proyecto buenas prácticas encaminadas a favorecer el equilibrio óptimo de los recursos naturales y el aprovechamiento sostenible del bosque según sea la categoría que manejo. DECIMO CUARTO: Se le previene al desarrollador que de encontrarse cualquier evidencia o hallazgo arqueológico debe paralizar, inmediatamente, movimientos de tierra y construcciones civiles e informar al Museo Nacional de Costa Rica, según lo determina la legislación vinculante. DECIMO QUINTO: La evaluación ambiental realizada bajo este expediente corresponde también a la concesión de agua y la correspondiente canalización, contempla obras de construcción de edificaciones o similares, de requerirse actividades diferentes a las descritas, deberá, de previo a iniciar cualquier obra, obtener los permisos respectivos, caso contrario se aplicará la legislación vinculante vigente. 8

9 DECIMO SEXTO: Se le previene al desarrollador que la viabilidad ambiental del pozo MI-130, es para un caudal máximo de 1.00 litros por segundo y un régimen de bombeo máximo de 6 horas diarias continuas de bombeo máximo; (folios 438 y 380 del expediente). Adicional a lo anterior deberá acatar las disposiciones que el Departamento de Aguas del MINAE establezca como parte del proceso de otorgamiento de la correspondiente concesión del pozo supra citado. DECIMO SÉTIMO: Se debe garantizar el cumplimiento de la legislación vinculante en materia de uso y conservación de agua. DÉCIMO OCTAVO: Toda documentación que sea presentada ante la SETENA deberá indicarse claramente el número de expediente, el número de resolución, un correo electrónico y el nombre completo del proyecto. DECIMO NOVENO: El documento original está a disposición del interesado en la dirección web donde deberá ser confrontado (verificado) por el interesado. Así mismo, copia impresa del mismo queda en el respectivo expediente administrativo que se encuentra en custodia de la SETENA. Atentamente, LIC. MARCO ARROYO FLORES SECRETARIO GENERAL EN REPRESENTACION DE LA COMISION PLENARIA 9

10 En la oficina de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental se notificó documento Nº SETENA de las 07 horas 25 minutos del 27 de JUNIO NOTIFÍQUESE: Representante legal: Luis Ángel Brenes Fallas Empresa: Construcción de Galpones para Granja Avícola de Pollos de Engorde Fax: ; / grupoariete@gmail.com Firma: cédula A las horas y minutos del de del Notifica De conformidad con el artículo 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales No (publicada en La Gaceta No.20 de 29 de enero del 2009), el documento que se emite por correo electrónico o fax tiene la validez y la eficacia de los documentos físicos originales, debiéndose establecer medios para garantizar la autenticidad, integridad y seguridad. 10

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2101-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 036-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1297-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2365-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1822-2015-SETENA. EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2305-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 008-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 021-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 004-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0827-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 006-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº1506-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 105-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0457-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0435-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 469-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2198-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2241-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0887-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 875-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº1637-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1196-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 10 HORAS 40 MINUTOS DEL 13 MARZO DEL 2018. PROYECTO APARTAMENTOS CAMINOS DE ARANJUEZ EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Nº D2-21518-2017-SETENA

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 09 HORAS 15 MINUTOS DEL 19 MARZO DEL 2018. PROYECTO CONCESIÓN DE AGUA DEL POZO SJ-20 EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO N D1-20985-2017-SETENA

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1779-2015-SETENA. EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 172-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2358-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 471-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2377-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Resolución Nº 049-2018-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 07 HORAS 55 MINUTOS DEL 19 DE ENERO DEL 2018. PROYECTO CANCHA FÚTBOL 5 EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0420-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 08 HORAS 10 MINUTOS DEL 08 DE FEBRERO DEL 2018. PROYECTO RED DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA INVERSIONES FINCA MIGUEL DE MIRAVALLES

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 11 HORAS 55 MINUTOS DEL 13 MARZO DEL 2018. PROYECTO CONSTRUCCIÓN DE UNA RED ELÉCTRICA SECUNDARIA SOBRE CALLE PUBLICA

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1121-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 07 HORAS 35 MINUTOS DEL 12 ABRIL DEL 2018. PROYECTO HABITACIONAL LOS CAFETOS EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Nº D2-21771-2018-SETENA

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 08 HORAS 20 MINUTOS DEL 13 DE FEBRERO DEL 2018. PROYECTO LOCAL COMERCIAL AVENIDA 4 (AREA DE CONSTRUCCIÓN 728,72 M 2

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0456-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1795-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Resolución Nº 055-2018-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 08 HORAS 25 MINUTOS DEL 19 DE ENERO DEL 2018. PROYECTO CONSTRUCCION DE OFICINAS PARA EL

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 416-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Resolución Nº 046-2018-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 07 HORAS 40 MINUTOS DEL 19 DE ENERO DEL 2018. PROYECTO OBRAS NUEVAS ESCUELA AGUAS CALIENTES,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 10 HORAS 45 MINUTOS DEL 09 DE MARZO DEL 2018. PROYECTO CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO DE 2 PISOS Y UNA PISCINA EXPEDIENTE

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2383-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 029-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 13 HORAS 25 MINUTOS DEL 25 DE ENERO DEL 2018. PROYECTO CONCESIÓN DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS DE QUEBRADA HONDA EXPEDIENTE

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Resolución Nº 125-2018-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 10 HORAS 55 MINUTOS DEL 05 DE FEBRERO DEL 2018. PROYECTO EXTENSIÓN DE LÍNEA ELÉCTRICA

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1762-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 09 HORAS 00 MINUTOS DEL 23 MARZO DEL 2018. PROYECTO RED PARA LA DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Resolución Nº 075-2018-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 13 HORAS 30 MINUTOS DEL 24 DE ENERO DEL 2018. PROYECTO MEDIA TENSIÓN (LONGITUD 75 METROS)

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Resolución Nº 092-2018-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 07 HORAS 45 MINUTOS DEL 25 DE ENERO DEL 2018. PROYECTO DEMOLICIÓN CASA DE HABITACIÓN EXPEDIENTE

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 07 HORAS 55 MINUTOS DEL 12 MARZO DEL 2018. PROYECTO LÍNEA ELÉCTRICA SECUNDARIA PROYECTO LAS DELICIAS EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2237-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2128-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0582-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº1624-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 09 HORAS 20 MINUTOS DEL 06 ABRIL DEL 2018. PROYECTO CONCESIÓN DE AGUAS DEL POZO BC-921 EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO: D1-21758-2018-SETENA

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 10 HORAS 40 MINUTOS DEL 12 MARZO DEL 2018. PROYECTO CONCESIÓN DE APROVECHAMIENTO DEL POZO RT-49, PARA USO RIEGO Y AGROPECUARIO

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 07 HORAS 25 MINUTOS DEL 26 ABRIL DEL 2018. PROYECTO GRANJA AVÍCOLA EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO D2-22143-2018-SETENA Conoce

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0740-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 13 HORAS 05 MINUTOS DEL 20 MARZO DEL 2018. PROYECTO SUPERMERCADO EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Nº D2-21874-2018-SETENA Conoce

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2271-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1710-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 07 HORAS 15 MINUTOS DEL 18 ABRIL DEL 2018. PROYECTO: APROVECHAMIENTO DE AGUA DE POZO ARTESANAL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 07 HORAS 30 MINUTOS DEL 26 ABRIL DEL 2018. PROYECTO CONCESIÓN DE NACIENTE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO D2-22148-2018-SETENA

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº1540-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 064-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1799-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA PROYECTO BODEGA ALMACENAMIENTO PRODUCTO INDUSTRIAL PÉREZ ZELEDÓN EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO D SETENA

Resolución Nº SETENA PROYECTO BODEGA ALMACENAMIENTO PRODUCTO INDUSTRIAL PÉREZ ZELEDÓN EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO D SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2329-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2344-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 013-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1802-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 07 HORAS 05 MINUTOS DEL 21 DE NOVIEMBRE DEL 2016.

EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 07 HORAS 05 MINUTOS DEL 21 DE NOVIEMBRE DEL 2016. Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2128-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 11 HORAS 25 MINUTOS DEL 26 ABRIL DEL 2018. PROYECTO CALLE EN PROPIEDAD PRIVADA EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO N D2-21333-2017-SETENA

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1798-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 11 HORAS 45 MINUTOS DEL 13 ABRIL DEL 2018. PROYECTO CONCESIÓN DE AGUA DE QUEBRADA EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO N D2-22044-2018-SETENA

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 975-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0952-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 14 HORAS 20 MINUTOS DEL 07 DE MARZO DEL 2018. PROYECTO CENTRO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN EN ARROZ EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2166-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 202-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 07 HORAS 40 MINUTOS DEL 12 ABRIL DEL 2018. PROYECTO CAPTACIÓN Y CONCESIÓN DE NACIENTE EL HUECO DE RIVEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0421-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 13 HORAS 10 MINUTOS DEL 23 ABRIL DEL 2018. PROYECTO CASA DE HABITACIÓN UNIFAMILIAR EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Nº D2-21982-2018-SETENA

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1537-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 08 HORAS 20 MINUTOS DEL 13 ABRIL DEL 2018. PROYECTO SENDEROS COLIBRÍ EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Nº D2-22012-2018-SETENA

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1729-2015-SETENA. EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1717-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 10 HORAS 30 MINUTOS DEL 26 ABRIL DEL 2018. PROYECTO MOVIMIENTO Y RECIBO DE TIERRA SOTO EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO N D2-20778-2017-SETENA

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2121-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 10 HORAS 10 MINUTOS DEL 12 ABRIL DEL 2018. PROYECTO EXTENSIÓN LÍNEA ELÉCTRICA AÉREA MONOFÁSICA Y COLOCACIÓN DE DOS POSTES

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2122-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1780-2014-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2002-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1466-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2156-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 723-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1193-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 090-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1190-2017-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles