REGLAMENTO LABORATORIOS Y TALLERES

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1 REGLAMENTO LABORATORIOS Y TALLERES CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA JUAN BOHON 2012 Autorizado por: Consejo Superior Fecha Revisión: 2012 Juan Fernando Ortega Rector Revisado por: Dirección de Calidad Aprobado por: Vice-Rectoría Académica 0

2 TITULO I OBJETIVOS Y DEFINICIONES Artículo Nº 1 El presente reglamento tiene como objetivo sentar las bases respecto de las normas mínimas que deberán acatar los usuarios en el uso del equipamiento de los laboratorios y talleres y dentro de las instalaciones de los mismos, en virtud de que éstos son parte muy importante de su formación académica, y deberán tomarse las medidas necesarias para el cuidado, conservación y buen uso de los equipos, en ese sentido los usuarios deberán sujetarse al mismo. A efecto de poder dar cumplimiento a lo establecido en el presente reglamento, se establece la obligación del responsable a cargo de cada laboratorio o taller de mantener el mismo, en un lugar visible al público, de tal manera que los usuarios puedan conocerlo y dar cumplimiento a lo establecido por éste. Artículo Nº 2 Los laboratorios y talleres se utilizarán para actividades prácticas de las distintas asignaturas del Plan de Estudios de cada carrera del Centro. Artículo Nº 3 El acceso a los laboratorios y talleres será preferentemente para el personal y alumnos del Centro, quienes deberán respetar el horario asignado, siendo posible el ingreso a los mismos, a visitantes, cuando Vice-rectoría Académica así lo autorice, en apoyo a programas de vinculación y capacitación, previa notificación al o la responsable del laboratorio o taller. Artículo Nº 4 Para la observancia del presente reglamento se utilizarán las siguientes definiciones: a. Usuario: persona registrada en el Centro como alumno regular, o en capacitación, docentes y administrativos. b. Responsable del Laboratorio o taller: es el Jefe de la respectiva carrera a la cual pertenece el laboratorio o taller, quién se hace cargo de la coordinación del funcionamiento del mismo. c. Taller de consulta e Internet: hace referencia a los espacios, puestos de trabajo y equipos de computación ubicados en la Biblioteca del Centro. Estos equipos tienen una dedicación exclusiva a la prestación de servicios de consulta en Internet, y correo electrónico. No están habilitados para correr aplicaciones de software académico o para cualquier otro fin diferente al arriba mencionado. 1

3 d. Laboratorio de Computación Es el espacio, puestos de trabajo y equipos de computación. El principal uso de este laboratorio se da para las asignaturas y prácticas de todas las carreras del Centro. e. Taller de Dibujo Técnico: es considerado Taller de Dibujo Técnico el espacio y puestos de trabajo, (mesas de dibujo). La principal utilización de este taller se da para las asignaturas y prácticas relacionadas con los programas de dibujo de las diferentes carreras del Centro. f. Taller de Gastronomía. Es el espacio y puestos de trabajo de cocina. La principal utilización de este Taller se da para las asignaturas prácticas relacionadas con los programas de la carrera de Gastronomía y Cocina Internacional del Centro. g. Taller de Asistente de Educador de Párvulos: es considerado Taller de Asistente de Educador de Párvulos, el espacio y puestos de trabajo de prácticas. La principal utilización de este taller se da para las asignaturas y prácticas relacionadas con los programas de la carrera de Asistente de Educador de Párvulos. h. Taller de Técnico en Construcción: es considerado el espacio y puestos de trabajo de prácticas. La principal utilización de este taller se da para las asignaturas y prácticas relacionadas con los programas de la carrera de Técnico en Construcción. i. Taller de Diseño y Confección de Vestuario: es considerado el espacio y puestos de trabajo de prácticas. La principal utilización de este taller se da para las asignaturas y prácticas relacionadas con los programas de la carrera de Diseño y Confección de Vestuario. j. Taller Comedor Didáctico: es considerado el espacio y puestos de trabajo del mismo. La principal utilización de este taller se da para las asignaturas y prácticas relacionadas con los programas de la carrera de Gastronomía y Cocina Internacional del Centro. k. Taller de Operación de Maquinaria. es considerado el espacio y puestos de trabajo del mismo. La principal utilización de este taller se da para las asignaturas y prácticas relacionadas con los programas de la carrera Operación y Mantención de Maquinaria Pesada. 2

4 l. Taller de Instrumentación y electricidad. es considerado el espacio y puestos de trabajo para la utilización de las asignaturas prácticas relacionadas con los programas, principalmente, de la carrera de Instrumentación y Automatización Industrial, del Centro. m. Patio de Carguío: Es considerado el espacio, donde los estudiantes de la carrera de Operación y Mantención de Maquinaria Pesada, realizan maniobras y ejercicios con maquinaria. n. Equipamiento Topográfico. Es considerado equipamiento topográfico los instrumentos y herramientas para el trabajo práctico. La principal utilización de este equipo se da para las prácticas relacionadas con los programas de la carrera de Topografía, Técnico en Construcción y Dibujo Técnico TITULO II DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS. Párrafo 1º Derechos Artículo Nº 5 Los usuarios serán admitidos y permanecerán en el interior sólo bajo supervisión de un docente responsable del grupo. Artículo Nº 6 Los usuarios tendrán acceso a los laboratorios y talleres para realizar prácticas en las asignaturas y programas, que así lo requieran y en los horarios establecidos para tal efecto. Párrafo 2º Deberes Artículo Nº 7 Todo usuario habrá de cumplir con las siguientes obligaciones: a. El usuario o el responsable del grupo que realicen prácticas de talleres o laboratorio será el responsable directo de los equipos. b. Cumplir con sus prácticas respectivas en la sesión y laboratorio o taller asignado. 3

5 c. Hacer uso adecuado del equipamiento del laboratorio o taller. d. Observar buena conducta. e. Acatar las indicaciones del responsable de talleres y laboratorios. f. No dañar los marbetes colocados en el mobiliario y el equipamiento. g. No cambiar la ubicación del mobiliario y equipamiento asignado a cada laboratorio o taller. Artículo Nº 8 El uso del equipamiento será exclusivamente para trabajos relacionados con las asignaturas que cursa el usuario. En caso de no estar trabajando el usuario, se le solicitará se retire del laboratorio o taller. Artículo Nº 9 El control de los equipos de talleres y laboratorios estará a cargo del Responsable del Laboratorio. Sin embargo, el usuario es el único responsable de cualquier desperfecto que sufran las instalaciones y del equipamiento que le haya sido proporcionado y deberá, consecuentemente, cubrir el valor resultante del daño causado por dolo o negligencia, mismo que será determinado por la dirección de Administración y Finanzas del Centro. Artículo Nº 10 Los usuarios, durante las prácticas, están obligados a guardar disciplina, orden, limpieza, vigilar su seguridad personal y usar adecuadamente el equipo (herramientas y accesorios de práctica). Artículo Nº 11 Está terminantemente prohibido fumar e ingerir alimentos y bebidas, en el interior de los talleres y laboratorio. TÍTULO III REGLAMENTO DEL USO DEL TALLER DE GASTRONOMÍA Párrafo 1º Del uso de los Estudiantes Artículo Nº 12 Todos los estudiantes deben ingresar con la vestimenta definida por la institución, por razones de uniformidad, normas higiénicas e imagen. 4

6 Artículo Nº 13 En las clases y actividades realizadas dentro y fuera del Centro deberá utilizarse el uniforme en perfecto estado y con todos sus componentes siempre que así se señale. Artículo Nº 14 El uniforme obligatorio para las clases de cocina es el siguiente: - chaqueta blanca, - pantalón cuadrillé blanco y negro, - zapatos negros, suela de goma - gorro blanco, - mandil blanco, pañoleta, - escobilla de uñas, mascarilla, - 2 repasadores Artículo Nº 15 El alumno (a) debe presentarse con el uniforme completo, perfectamente lavado y planchado, de lo contrario no podrá estar en el Taller de Gastronomía. Artículo Nº 16 El alumno (a) debe portar el uniforme hasta abandonar el Taller. Artículo Nº 17 Respecto de la higiene y presentación personal en las clases prácticas de taller se debe tener en consideración lo siguiente: - Los estudiantes deben usar el cabello corto o recogido. - El uso del gorro es indispensable para ambos. - No se permite usar maquillaje. - Las uñas deben estar perfectamente aseadas, cortas y sin barniz. - En caso de tener heridas en las manos, se prohíbe el ingreso al taller. - Queda prohibido el uso de relojes, anillos, aros, cadenas etc. - Lavarse las manos y antebrazos antes de comenzar a trabajar, y durante el trabajo. - Taparse la boca al toser o estornudar. - No tocarse la cara, orejas, nariz y cabeza dentro de la clase de Taller. - Prohibido fumar en cualquier área del Taller. - Prohibido introducir alimentos que no sean para en uso del taller. - Prohibido los teléfonos celulares. 5

7 - Prohibido alumnos ajeno a la clase. Artículo Nº 18 Durante su permanencia en el Taller de Gastronomía los estudiantes deben mantener una adecuada conducta de Disciplina. Deberá tenerse en cuenta el Reglamento Interno General de la Institución en el orden disciplinario, acentuándose en la cocina, en el uso de los utensilios y cuidado de los elementos y maquinarias, de no ser así, el profesor de la asignatura, contará con la autoridad suficiente para aplicar la sanción pertinente. Artículo Nº 19 Los alumnos deben seguir las instrucciones de su profesor tanto para el manejo de la cocina, como de artefactos eléctricos y cuchillos para lo cual se dedicará varias horas de enseñanza y práctica. Cada alumno cuenta con un seguro escolar, en caso de cualquier emergencia. Artículo Nº 20 Cada alumno será responsable del buen estado de uso de todos los útiles y elementos de trabajo que el Centro pone a su disposición, considerándose falta grave los daños provocados en los útiles e instalaciones del material propiedad del Centro por negligencia, intención o descuido del alumno. El sistema de circulación dentro del área de la cocina así como la forma de desplazarse con el cuchillo en la mano debe ser como su profesor le indica "obligatoriamente". Artículo Nº 21 Al terminar las clases, los alumnos se retirarán del taller, cuando las instalaciones y equipamiento estén en perfecto estado de limpieza y orden, (haciéndose cargo de la misma, el profesor. La basura deberá depositarse en los botes correspondientes. Artículo Nº 22 Durante el transcurso del semestre se llevará a cabo diversos eventos especiales en el Centro, en los que los alumnos tendrán que colaborar con la producción, servicio, entre otros. Así mismo, los alumnos (as) deberán participar en diferentes eventos en los que se le solicite, lo que se contará como horas de prácticas obligatorias. Artículo Nº 23 El alumno (a) tiene prohibido ingerir bebidas alcohólicas a menos que sean catas de vinos o coctelería. Para ello siempre deberá contarse con la autorización del docente a cargo 6

8 Artículo Nº 24 El alumno deberá contar con un set mínimo de herramientas a saber: 1 cuchillo medio golpe (16 a 26 cms.) 1 cuchillo torneador 1 cuchillo pelador de verduras 1 tabla de plástico 1 Reglamento Sanitario Artículo Nº 25 Los alumnos tienen estrictamente prohibido llevarse cualquier tipo de equipo del Taller de Gastronomía. En caso de ruptura de algún material de cocina o pérdida, al alumno se le anotará y tiene la obligación de reponer materialmente o económicamente dicho material, de lo contrario no podrá ingresar al Taller. Artículo Nº 26 Los alumnos cuentan con un área específica de casilleros, donde pueden guardar sus objetos personales, por las horas que permanece en el Taller de Gastronomía, siendo obligación de cada uno tener con candado dicho casillero. Al igual que de duchas, para mantener una higiene adecuada, después de asistir al Taller de Gastronomía. Párrafo 2º Del uso de los docentes Artículo Nº 27 En las clases impartidas en el Taller de Gastronomía, podrá haber, una inspección de cualquier autoridad del Centro observando: Uniforme, higiene, conducta y seguimiento del programa. 7

9 TÍTULO IV SOBRE LA INSTALACIÓN Y RESPONSABILIDAD DE LOS EQUIPOS EN LA SALA DE CLASES Artículo Nº 28 La instalación de los equipos en las aulas-data, videos, televisores, entre otros se efectuará si y sólo sí el docente se encuentra presente en la sala de clases. Si en el horario de inicio de las clases no existe la condición anterior, no se instalará el equipo y se esperará el aviso del docente, que ya se encuentran dadas las condiciones. Artículo Nº 29 Desde el momento que el equipo es instalado por el personal del Centro, la responsabilidad institucional sobre los mismos recae en el profesor al cual se le han facilitado los recursos tecnológicos antes señalados. La responsabilidad se extiende incluso si el docente se ha ausentado de la sala de clases. Artículo Nº 30 Se deja expresamente establecido, que los equipos provistos por personal del Centro, no deben quedar bajo ninguna circunstancia solos en las salas de clases; en particular, datas, computadores portátiles, DVS y accesorios en general. Es responsabilidad del docente o usuario, avisar a personal del Centro de la finalización de las clases para proceder al retiro de los equipos. TÍTULO V DE LAS DISPOSICIONES DEL TALLER DE CONSULTA A INTERNET Y DEL LABORATORIO DE COMPUTACIÓN Artículo Nº 31 El control de los equipos del Taller de Consulta a Internet estará a cargo del Encargado del Laboratorio de Computación y de la Bibliotecaria. Párrafo 1º De la Organización Artículo Nº 32. El Taller de Consulta a Internet estará bajo la supervisión, administración y control de la Bibliotecaria. Sin embargo el usuario es el único responsable de cualquier desperfecto que sufran las 8

10 instalaciones y equipamiento que le haya sido proporcionado y deberá, consecuentemente, cubrir el valor resultante del daño causado por dolo o negligencia, mismo que será determinado por la Dirección de Administración y Finanzas del Centro. Artículo Nº 33 La principal utilización del Laboratorio de Computación se da principalmente para las asignaturas y prácticas relacionadas con el programa de Dibujo Técnico, Conectividad, Redes y Soporte. Artículo Nº 34 Previa la utilización de los equipos se verificará: a) La disponibilidad de computadores; y, b) Si hubiere clases de acuerdo con el horario regular; los estudiantes deberán esperar en el exterior del Laboratorio de Computación hasta que el profesor de la asignatura autorice su ingreso. Artículo Nº 35 Los recursos del Laboratorio pertenecen a toda la comunidad del Centro, por lo que deben cuidarse de cualquier tipo de daño y/o hurto. Párrafo 2º De los usuarios Artículo Nº 36 Son usuarios del Taller de Consulta a Internet: a. Todos los alumnos regulares del Centro. b. Alumnos egresados en proceso de titulación. c. Personal docente del Centro, que por sus labores requiera el uso del servicio de computación. d. Usuarios inscritos a cursos de actualización y capacitación ofrecidos por el Centro. Artículo Nº 37 Todos los usuarios deberán respetar las normas de seguridad y comportamiento en el Taller de Consulta a Internet. Estas son: 9

11 Párrafo 3º De Seguridad Artículo Nº 38 Son normas de seguridad: a) No podrán mover los equipos y componentes de la sala, ni manipular el cableado que conecta al equipo sin previa autorización de la persona responsable del laboratorio. b) Está prohibido realizar cambios de hardware (Mouse, teclados, monitores, etc.), entre los equipos del Laboratorio de computación o Taller de Consulta a Internet c) No podrán instalar equipos ni componentes ajenos al laboratorio de computación o Taller de Consulta a Internet d) No se permite, bajo ninguna circunstancia, la instalación de software por parte de los usuarios. Si se requiere la instalación de software especial, hágalo saber al Responsable del Laboratorio. Su requerimiento será analizado y el software instalado de no mediar algún problema. e) No podrán manipular ni eliminar el software de configuración de cada equipo. f) El préstamo de Data show se realizará previa reserva por parte de los respectivos docentes de la(s) asignatura(s) en las cuales el alumno quiera hacer uso de este equipo. Párrafo 4º De Comportamiento Artículo Nº 39 dentro de la normativa está a) Se prohíbe estrictamente fumar en los laboratorios de computación o Taller de Consulta a Internet b) Se prohíbe ingerir o portar alimentos de todo tipo y sobretodo líquidos. c) Está prohibido ver, bajar y/o manipular material de contenido pornográfico. d) Mantener el máximo de silencio y de orden al interior del laboratorio de Computación Taller de Consulta a Internet f) Se debe respetar y acatar las instrucciones que entregue el personal a cargo del Laboratorio. (Docentes y responsable del laboratorio) o Bibliotecaria. 10

12 Artículo Nº 40 Si se detecta alguna anomalía de funcionamiento, el usuario debe avisar inmediatamente al docente de su asignatura o al responsable del Laboratorio. No está en el ánimo de quienes trabajan en el Laboratorio buscar culpables ante fallas causadas o no por los usuarios; éstas se supondrán involuntarias de no percibirse explicito ánimo de dañar el equipamiento, tal como se expresa en un punto anterior de este reglamento. El fin es poder reparar o solucionar lo más pronto posible el problema detectado. Artículo Nº 41 El horario de uso y disponibilidad del Taller de Consulta a Internet y también el del Laboratorio de Computación, estará publicado, cualquier cambio en él, se avisará con anterioridad. Artículo Nº 42.Los equipos no podrán apagarse. Sólo el Responsable del Laboratorio, el docente de la asignatura o la Bibliotecaria podrán hacerlo. TÍTULO VI REGLAS DE SEGURIDAD. Artículo Nº 43 El presente título tiene como finalidad establecer los lineamientos de seguridad, con independencia que en el cuerpo del presente reglamento ya se hayan establecido disposiciones de tal naturaleza, las cuales por el solo hecho de estar contenidas en el mismo resultan obligatorias en cuanto a su observancia. Artículo Nº 44 Por razones de seguridad, hay instrumentos y herramientas de talleres y laboratorio que se encuentran a resguardo del Centro. Para ser usados el docente que hará uso de el o ellos, deberá solicitar y completar, en secretaría académica, formulario de solicitud de instrumentos y herramientas (anexo Nº 1) Artículo Nº 45.Todo equipo, antes, durante y después de su uso, deberá ser revisado para verificar que cumple con las condiciones de operación y seguridad, para las que fue diseñado. 11

13 Artículo Nº 46 Cualquier falla o deterioro en equipos, herramientas, accesorios o a las instalaciones del espacio físico, el usuario deberá reportarla, al docente responsable y éste a su vez, a la Vicerrectora Académica del Centro. Artículo Nº 47 Las situaciones no previstas en el presente reglamento serán evaluadas por el Rector del Centro. Artículo Nº 48 El usuario desde el momento mismo que ingrese a las instalaciones de los laboratorios y talleres, deberá de observar la disciplina que exige la seguridad, debiendo actuar con cautela y prudencia en el manejo de los instrumentos y herramientas que utilice para sus prácticas. Artículo Nº 49 El docente responsable del grupo, con motivo del uso de las instalaciones, deberá observar al final de una práctica, que puertas y ventanas queden debidamente cerradas y luz apagada. Artículo Nº 50 Los alumnos deberán atender a las medidas de emergencia en caso de un accidente. En caso de accidente se deberá informar inmediatamente al profesor de la asignatura taller y a su vez al Jefe de Carrera. En caso de una herida leve se podrá hacer uso del botiquín que se encuentra ubicado en el sector de Sala de Profesores, con supervisión del encargado de Primeros Auxilios. De ser un problema más grave se acudirá al Hospital haciendo uso del Seguro Escolar. Artículo Nº51 Todos los estudiantes, con la supervisión del docente, deben prevenir tomando las siguientes acciones: A.- Para prevenir cortaduras: - Nunca tratar de sostener un cuchillo que se esté cayendo. Alejarse, quitar los pies y dejar que caiga. - Nunca dejar en el área de lavado artículos de vidrio, cuchillos, etc. - Cortar siempre en tablas especiales. - Caminar siempre con el cuchillo hacia abajo. - Al realizar cortes de algún producto en específico, utilizar cuchillos adecuados. - La cuchillería deberá portarse en un estuche especial. - Nunca abrir botellas o latas con un cuchillo. 12

14 B.- Para prevenir quemaduras. - Al abrir un horno, siempre hágalo con la ayuda de un trapo seco y retirando la cara de la puerta del horno. - Nunca mover o cargar recipientes muy pesados. (Pedir ayuda) - Al destapar una olla tener cuidado con el vapor caliente. - Nunca cargar productos calientes, con trapos húmedos. - Nunca dejar las sartenes u ollas con los mangos cerca del calor. - Secar perfectamente los alimentos y sartenes antes de integrarlos al aceite para evitar que esta grasa salte. - Verificar constantemente que el gas esté cortado, especialmente antes de tratar de prender un quemador u horno. - Mantener los mangos de sartenes fuera del área de tránsito. - Cuando se transporta un alimento caliente, avisar con anticipación. C.- Para prevenir incendios - Saber donde están localizados los extintores de fuego y seguir instrucciones. - Verificar que el paso del gas este cerrado antes de abandonar el Taller. - Mantener la salida despajada y libre de obstáculos. - Cuando el aceite sobrepasa cierta temperatura, si arde, NUNCA APAGAR CON AGUA. D.- Para prevenir caídas: - Mantener el pasillo libre para el paso y sin obstáculos. - Caminar, nunca correr. - Utilizar zapatos antideslizantes. - No cargar objetos que obstruyan la visión. - Limpiar inmediatamente cualquier líquido que se derrame. 13

15 TÍTULO VII: DE LAS SANCIONES Artículo Nº52 Los usuarios que utilicen los instrumentos y/o herramientas de los laboratorios o talleres para fines distintos a los autorizados, serán amonestados. En caso de reincidencia, serán expulsados del laboratorio por el resto del curso. Artículo Nº53 Será causa de amonestación al usuario, cuando éste infrinja cualquiera de lo señalado en el capítulo de obligaciones y de seguridad, del presente reglamento. Artículo Nº54 En caso de reincidencia en las conductas antes mencionadas, a criterio de la Jefatura de Carrera a la cual corresponde el usuario, podrá aplicarse la suspensión del uso del laboratorio por el semestre, del curso. Artículo Nº55 Las personas, Responsables de Laboratorios y Talleres y docentes de las asignaturas; serán los encargados de vigilar que se respeten las especificaciones del presente Reglamento. Cuando alguna persona sea sorprendida violando lo estipulado en el mismo, El Responsable del Laboratorio o Taller pondrá en conocimiento a la Vicerrectora Académica y ésta al Rector, el cual dictará la sanción correspondiente. Artículo Nº56 Cualquier avería o desperfecto causado por negligencia o descuido, así como el incumplimiento de alguno de los puntos de este Reglamento será motivo de sanción por parte del Centro de Formación Técnica Juan Bohon, quien estará facultado a suspender su acceso o de obligar al causante a reparar los daños sufridos en el equipo o mobiliario afectado. Artículo Nº57 Las personas que atenten contra la integridad del equipamiento (mobiliario, infraestructura, hardware, sistemas computacionales, etc.) implementado en los laboratorios o Talleres, se exponen a ser sancionadas con la suspensión temporal o, en el peor de los casos, con el NO ingreso a la sala durante todo el semestre académico. Artículo Nº58 El Centro se reserva el derecho de iniciar acciones legales contra los responsables, en caso de que las faltas se vean enmarcadas dentro de las leyes de delito informático, daño a la propiedad privada u cualquier otra aplicable en cada caso. 14

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