REGLAMENTO QUE RIGE EL USO DE LOS LABORATORIOS DE BIOTECNOLOGÍA INTRODUCCIÓN.

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1 Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 15 fracción IV del Decreto que crea a la Universidad Politécnica Metropolitana de Puebla, la Junta Directiva de esta Institución Educativa expide el siguiente: 1/6 REGLAMENTO QUE RIGE EL USO DE LOS LABORATORIOS DE BIOTECNOLOGÍA INTRODUCCIÓN. El presente Reglamento es aplicable a todos los usuarios de los Laboratorios como Docentes, Alumnos y Administrativos; dentro del cual se considera el uso de materiales, equipos, herramientas y reactivos pertenecientes al Programa Educativo de Ingeniería en Biotecnología de la Universidad Politécnica Metropolitana de Puebla. No excluye otra reglamentación que resulte aplicable. DISPOSICIONES GENERALES PARA EL USO DEL LABORATORIO 1. Podrán disponer del material, equipo y/o reactivos previa autorización del académico responsable, los alumnos que estén oficialmente inscritos en la Carrera de Ingeniería en biotecnología y/o alumnos que estén realizando proyectos bajo la supervisión de un Docente de asignatura o PTC. 2. Para poder trabajar en el Laboratorio es indispensable contar con el equipo de seguridad adecuado como: bata blanca de laboratorio de manga larga, pantalón largo, zapatos cerrados (no zapatillas ni zapato descubierto), cabello recogido, guantes de látex, cubre bocas y lentes (estos dos último según lo requiera el trabajo a realizar).

2 3. El usuario debe comportarse adecuadamente dentro de las instalaciones del laboratorio (no jugar, no correr y acatar las medidas de seguridad indicadas), hacer uso apropiado del lenguaje oral y escrito, respetar a sus profesores y compañeros de clase. 4. Sólo podrán hacer uso del equipo, los alumnos que previamente hayan leído el manual de operación del equipo a emplear o que hayan recibido capacitación previa por parte del Docente a cargo o Jefe de oficina de Laboratorio con previa solicitud del Docente y/o estancias-estadías. 2/6 5. Por seguridad queda estrictamente prohibido para el usuario el consumo de alimentos y bebidas de cualquier tipo dentro del laboratorio. 6. Las puertas de acceso deberán de estar siempre libres de obstáculos, accesibles y en posibilidad de ser utilizadas ante cualquier eventualidad. 7. En caso de alguna emergencia informar al docente y al Jefe de Oficina de Laboratorio para que sea atendido en el área de primeros auxilios; es importante que para el caso de derrame/contacto con reactivos considerar las hojas de seguridad de laboratorio, disponibles dentro del laboratorio para tomar las medidas pertinentes. REGLAMENTO GENERAL DEL USO DE LABORATORIO 8. Al ingresar al laboratorio se deberán registrar en la Bitácora de Asistencia al Laboratorio; para el caso de las prácticas, solo el docente hará el registro, llenando todos los rubros solicitados. Las Estancias y estadias de investigación o alumnos que estén colaborando en proyectos, también deberán registrarse de manera individual en la misma bitácora. 9. El docente responsable de la práctica deberá solicitar al Jefe de Oficina de Laboratorio, el material, equipo y reactivos

3 correspondientes para la realización de la práctica y/o experimento, con al menos 3 días hábiles antes de entrar al laboratorio, para que le sea entregado al inicio de la práctica. La solicitud del material y equipo se realizará de manera electrónica usando el formato de REGISTRO DE PRÉSTAMO DE MATERIAL. 10. La entrega-recepción del material, equipos y reactivos se hará empleando el registro antes mencionado con firma tanto del responsable o docente que recibe el material y del Jefe de oficina de Laboratorio. 3/6 11. En caso de observarse daño o ruptura al momento de recibir el material o equipo deberá de reportarse inmediatamente al docente o Jefe de Oficina de Laboratorio para su cambio, en caso contrario quien lo recibe tendrá que hacer la reposición del mismo. 12. En caso de daño a equipos, material y/o reactivos donde se compruebe negligencia o uso incorrecto por parte de los 1 alumnos y/o docente se deberá reportar inmediatamente al docente a cargo y al Jefe de Oficina de Laboratorio quien tendrá que llenar el formato de VALE DE ADEUDO para que el responsable lo reponga en un plazo no mayor a 30 días, por uno con las mismas características. Aunado al vale se quedará la credencial del estudiante o del Docente como garantía, misma que será devuelta al hacer la reposición. De no realizar la reposición, se le negará el servicio de re-inscripción al siguiente cuatrimestre 13. En caso de daño a equipos, material y/o reactivos donde se compruebe negligencia o uso incorrecto por parte del Jefe de Oficina de Laboratorio, éste deberá realizar la reposición del mismo, bajo la supervisión del Responsable del laboratorio. 14. El docente deberá de haber informado al alumno de la práctica a realizar, comentando las medidas de seguridad, correspondientes al material, equipos y reactivos a emplear.

4 15. La cantidad máxima de alumnos dentro del laboratorio es de 15. No se permitirá a los alumnos cambiar de sección asignada por el docente. 16. La entrada al laboratorio tiene una tolerancia de 10 minutos, después de este tiempo, no se podrá ingresar a la práctica. 4/6 17. Los Profesores que hagan uso del laboratorio con un grupo son responsables de: a) Supervisar el buen uso de las instalaciones, del material, equipos y reactivos del laboratorio por parte de los alumnos, en caso contrario el estudiante o estudiantes serán suspendidos de las prácticas notificando por escrito a Secretaría Académica. b) Entregar el laboratorio y el material lavado y seco y los equipos limpios 15 minutos antes de terminar la práctica. c) Respetar el tiempo asignado para cada práctica, para no interrumpir las actividades de otros docentes. 18. Cada alumno tiene la obligación de mantener limpia el área de trabajo y respetar las áreas y los tiempos asignados a cada equipo o material. 19. Los residuos sólidos y líquidos generados durante la realización del trabajo experimental, deberán colocarse en los contenedores identificados para este fin. Los materiales punzo cortantes y biológico infecciosos deberán desecharse de acuerdo a lo dispuesto para el manejo de este tipo de residuos, en bolsa roja y/o en contenedor para punzocortantes. 20. Cualquier muestra que se guarde en los refrigeradores, desecadores y estufas, deberá estar etiquetada con la siguiente información: a. Nombre del usuario. b. Tipo de muestra. c. Fecha en que se almacena d. De lo contrario se desecharán sin excepción por parte del Jefe de Oficina de Laboratorio.

5 21. En caso de requerir que algún equipo trabaje de manera continua, deberá dejarse indicado con una nota en el equipo en forma visible y legible además de avisar al Jefe de oficina de laboratorio. Quedará bajo la responsabilidad del Docente a cargo, la vigilancia y eliminación del material hasta el momento de término del experimento. 5/6 22.No se permitirá el desarrollo de ninguna práctica o experimento que no cuente con previa solicitud al Jefe de oficina de Laboratorio y la autorización y supervisión del Docente. 23. Si el personal Docente requiere trabajar en el laboratorio fuera del horario asignado, deberá solicitar una fecha y horario en el que se encuentre disponible el laboratorio al Jefe de Oficina de laboratorio. En caso de Estancias y Estadías que se estén desarrollando en la UPMP también deberán apegarse a los horarios disponibles en el laboratorio y adicionalmente deberán tener la autorización y supervisión de su asesor mismo que deberá ser un PTC. 24. Todas aquellas cuestiones que no estén específicamente señaladas en el presente Reglamento deberán ser resueltas por Dirección de Procesos Académicos y/o Secretaria Académica. 25. Cualquier incumplimiento por parte de los Docentes y los Alumnos al presente reglamento implicara una sanción, 2 misma que será determinada por el Jefe de Oficina de Laboratorio y Director de Programas Académicos. La sanción implicara la realización de actividades de apoyo dentro del laboratorio, según la falta. RESPONSABILIDADES PARA EL JEFE DE OFICINA DE LABORATORIO. 26. Hacer entrega del material, equipos y reactivos solicitados por los docentes en el Formato de Registro de préstamo de material.

6 27. Dar seguimiento al llenado de los registros para el correcto funcionamiento del laboratorio, en caso de que algún registro no esté debidamente requisitado se le pedirá al docente-alumno su modificación. Para su credibilidad los registros no deberán ser tachonados o remarcados. 28. Al terminar las practicas o las actividades de los Docentes- Alumnos dentro del laboratorio, el Jefe de Oficina del laboratorio será quien reciba el material prestado, para su revisión, verificación y firma de recibido. 6/6 29. Verificar al final del día, las condiciones en que se encuentra el laboratorio y/o equipos a su cargo, para garantizar que se encuentren en condiciones adecuadas de funcionamiento, así como verificar agendas y bitácoras del uso de los mismos. 30. Verificar que al finalizar el horario laboral, se queden cerradas las llaves del agua y gas, apagadas las luces, cerradas ventanas y puertas de acceso a los laboratorios y áreas de equipo. 31. Vigilar que toda persona que haga uso de equipos y labore en el área del laboratorio, cumpla con lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-2005, para el buen manejo e identificación de materiales peligrosos. 32. Cualquier daño, desperfecto o mal funcionamiento dentro del laboratorio es obligación del Jefe de Oficina de Laboratorio mantener informado a Dirección de Programas Académicos y Secretaria Académica, que darán seguimiento. Este reglamento entrará en vigor a partir del día siguiente en que sea aprobado por la Junta Directiva de la Universidad Politécnica Metropolitana de Puebla. Aprobado: I Sesión Ordinaria 2014, ACUERDO UPMP-I S.O.-08/ Publicado en la cuatro veces heroica Puebla de Zaragoza a los diecinueve días del mes de marzo de dos mil catorce.

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