Exposición de Motivos
|
|
- Julián Hidalgo Cordero
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, SUSCRITA POR LOS DIPUTADOS ESMERALDA CÁRDENAS SÁNCHEZ Y ÉDGAR ARMANDO OLVERA HIGUERA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN Los que suscriben, diputados Esmeralda Cárdenas Sánchez y Edgar Armando Olvera Higuera, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LX Legislatura de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que le otorga lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, someten a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa de decreto, con la finalidad de establecer la figura de los debates obligatorios entre los candidatos a los diferentes cargos de elección popular durante las campañas electorales, conforme a la siguiente: Exposición de Motivos I. Los tiempos democráticos han llegado a nuestro país. Es momento de enfrentarlos adquiriendo nuevos compromisos que involucren a todos los niveles de gobierno y a todos los actores políticos, inclusive a los mismos ciudadanos. Durante la realización de las campañas electorales, el hecho de que conozcan a detalle las propuestas de los partidos políticos, adquiere especial relevancia toda ves que de ello depende la pluralidad de actores políticos que integran nuestras instituciones, en específico, el Poder Legislativo, al ser estos definidos mediante el voto de los ciudadanos, y que por ende, será de vital importancia para la toma de decisiones que repercutirán en la sociedad. Por ello, la constante participación de la ciudadanía en el ejercicio de la función electoral, mediante la practica responsable del derecho al sufragio de una manera informada y demás obligaciones ciudadanas, deben ser una constante, además de que con su integración cada vez mas participativa y corresponsable en la vigilancia de los procesos electorales, se da una efectiva vinculación entre la ciudadanía y sus instituciones. En este sentido, son varios los mecanismos por medio de los cuales los partidos políticos han intentado acercarse a los electores; por ejemplo, los medios de comunicación, mismos que han sido objeto de debate respecto al acceso que a los mismos tienen o debieran tener, y de lo cual depende que se genere un ambiente de equidad dentro de los procesos electorales. Claro está que la equidad en las jornadas electorales, en la confrontación por la obtención del poder político, sólo se alcanza en la medida en que los partidos políticos puedan hacer del conocimiento de la población sus propuestas de gobierno y sus programas, de ahí que la forma en que puedan acceder a los medios de comunicación debe ser una premisa. II. Actualmente los espacios destinados a los partidos políticos para promover su proyecto de gobierno han sido objeto de una nueva forma de competencia electoral. Concretamente, nos referimos a las campañas negativas. Se considera que las campañas negativas son una característica de las estrategias contemporáneas de lucha por el poder, al verse acompañadas de nuevos y más agresivos recursos lingüísticos que forman parte del arsenal para atacar a los contendientes. La experiencia en las pasadas elecciones parece demostrar que la denigración del oponente en las campañas tiende a ser eficaz hasta cierto grado, y que después puede implicar costos políticos, en ocasiones de gran trascendencia. En este sentido, las autoridades del IFE han hecho notar que este es un tema que debe ser tratado con especial énfasis, ya que con la regulación de este tipo de propaganda se podría afectar la libertad de expresión de ciertas personas, pero también se debe cuidar la integridad de la imagen de la persona a la cual van dirigidas las connotaciones.
2 Por ello, la creación de mecanismos que nos ayuden a evitar lo mas posible este tipo de violaciones y restricciones, representará sin duda un avance para alcanzar condiciones de equidad en nuestro procesos electorales, y en general, en nuestro sistema de partidos, ya que se estarán conciliando principios democráticos de gran trascendencia, tales como la libertad de expresión, el derecho a la información y la responsabilidad social de los medios de comunicación. III. Uno de los medios por los cuales se podría alcanzar este objetivo es a través de la realización de debates obligatorios en los que participarán los candidatos a la elección de diputados federales, senadores, así como los candidatos a la Presidencia de la República, durante el transcurso de las campañas políticas. La palabra debate proviene del francés débat que significa "argumentación". En cuanto a su significado, debate quiere decir: controversia sobre una cosa entre dos o más personas; así como contienda, lucha, combate. Actualmente el marco regulatorio de la materia electoral, como lo es el COFIPE, únicamente dispone en su artículo 190 que el Instituto Federal Electoral, a petición de los partidos políticos y candidatos presidenciales que así lo decidan, organizará debates públicos y apoyará su difusión. Como vemos, los partidos no se encuentran obligados a realizarlos, tienen la facultad de decidir libremente si participan en ellos o no, así como fijar los temas que deberán ser tratados, el día y la hora de su celebración, entre otros aspectos. En el cumplimiento de esta disposición en las pasadas elecciones, el IFE organizó la celebración de dos debates presidenciales, en donde las normas fueron establecidas por los representantes de los partidos políticos interesados en participar en ellos. En ese sentido, el documento, denominado "Compromisos que suscriben la candidata y los candidatos a la Presidencia de la República durante el proceso electoral federal , para organizar dos debates públicos, y para establecer su formato, características y temáticas", fue suscrito por los representantes de los candidatos presidenciales el 10 de abril de La participación de los candidatos a ocupar algún puesto de elección popular en los debates, de manera obligatoria, representa un mecanismo de beneficio dual; es decir, por un lado se le reconoce a la población su derecho a conocer las propuestas de los partidos políticos a profundidad, a través de la confrontación de ideas, las propuestas o plataformas de lo que piensa hacer cada uno y que tenga una mayor capacidad y libertad para elegir a quien va a gobernar el país, y por otro, a los partidos políticos se les da la oportunidad de difundir sus propuestas de gobierno, ya sea que se trate de partidos con poca o mucha representación, teniendo de esta manera acceso igualitario a los medios de comunicación. La viabilidad de la celebración de debates se ve reflejada en las consultas de opinión pública que suelen realizar las empresas encargadas de ello, donde los datos dejan ver que un buen porcentaje de la población opina que los debates permiten conocer las propuestas de los candidatos a la presidencia. IV. En la experiencia de otros países, en específico en el caso de Francia, podemos observar que la implementación de los debates ha sido bien aceptada y sobre todo, se le considera como un ejemplo de civilidad y madurez. Estos debates obligatorios son celebrados durante la segunda vuelta electoral, y son desarrollados en un formato en el que no existen agresiones, y cada uno de los candidatos que participa en ellos es responsable de la información que emite, ya que de ello depende el apoyo del electorado, al no existir ningún tipo de censura. Dentro de nuestra experiencia nacional tenemos que el estado de Chiapas ya establece dentro de su Constitución Política la obligación de la autoridad electoral del estado para que organice debates obligatorios entre los candidatos, en los términos de la ley en la materia, y los cuales deberán ser difundidos en los medios de comunicación.
3 V. La celebración de debates en los que participarán los candidatos a los distintos cargos de elección popular, contribuirá a fortalecer nuestra democracia, a la ves que será coadyuvante en la creación de condiciones de equidad respecto a los partidos políticos, ya que no todos cuentan con el mismo financiamiento, y por ende no pueden publicitar su proyecto político de igual manera que los partidos con mayor representación; así como también, se contribuirá enormemente a evitar o a contrarrestar los efectos de la propaganda negativa, por lo cual, se aumentará la calidad del debate político en nuestro país. VI. Otro de los beneficios que se obtendrá con la realización de los debates públicos entre candidatos, lo constituye el aspecto de que por medio de este tipo de ejercicios se crean condiciones de mayor transparencia y acercamiento entre los ciudadanos y sus futuros representantes, además de que se contribuye a forjar en los partidos políticos una cultura de la confrontación de ideas. Claro está que la propuesta objeto de esta iniciativa es el comienzo de un ejercicio democrático, el cual deberá irse desarrollando y perfeccionando de manera tal que también lleguen a operar en el ámbito estatal e incluso municipal. Así, también se le abrirán las puertas a la población para que acuda a la celebración de estos debates donde adquirirá la cultura de la participación, que sin lugar a dudas será la pauta a partir de la cual podrá participar de una manera más responsable en los derechos que tanto reclama, como por ejemplo, su participación en la elaboración de leyes, mejor conocida como iniciativa ciudadana. VII. La presente propuesta va encaminada a establecer como una de las atribuciones del IFE la organización para la celebración de dos debates obligatorios a celebrarse entre candidatos a la Presidencia de la República, entre diputados federales y entre senadores. Lo anterior contribuiría a regular una de las facultades atribuidas al IFE, así como a fortalecer el ejercicio democrático que se celebró en las pasadas elecciones, evitando que se coloque a la autoridad electoral en situaciones novedosas por adolecer de facultades legales suficientes para poder atender este aspecto, como lo ha reconocido el mismo IFE, puesto que la celebración de debates carece de un marco regulatorio. VIII. Igualmente, la creación de los acuerdos en los que se establecerán las condiciones y las formas en como se deberán celebrar los debates, contribuirá a establecer los lineamientos que deberán seguir los partidos políticos que participarán en los mismos, toda ves que se acabará con la mala práctica que persiste actualmente en la que los partidos deciden a su arbitrio la forma en como deberán desarrollarse. Cabe señalar que se considera que el acuerdo que suscribieron los partidos arriba señalado, podría tomarse como un modelo a seguir para la elaboración de dichos acuerdos, toda ves que en él, con el consenso de los representantes de los partidos políticos, se establecieron reglas claras tales como: el moderador, el numero de debates y el lugar donde deberán celebrarse así como las fechas de los mismos, los lineamientos respecto a las tomas de las cámaras de video, restricciones de propaganda, así como la participación de la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión en los mismos. De esta manera, establecer la facultad a las autoridades electorales respectivas, tales como los consejos locales, consejos distritales, así como al Consejo General del Instituto Federal Electoral para que organicen los debates, y para que emitan los acuerdos para el desarrollo de los mismos, con la participación de los partidos políticos, no será más que el reconocimiento que en su momento los partidos políticos y coaliciones participantes en el proceso electoral federal hicieron al IFE, al considerarlo la instancia idónea para organizar los debates entre los candidatos a la Presidencia de la República. Por lo antes expuesto, los suscritos diputados Esmeralda Cárdenas Sánchez y Edgar Armando Olvera Higuera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional sometemos a su consideración la siguiente:
4 Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el numeral 2, del artículo 182, se deroga el numeral 6, del artículo 190, y se crea el artículo 190-A del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Primero. Se adiciona el numeral 2, del artículo 182, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales para quedar como sigue: Artículo 182. Se entienden por actos de campaña las reuniones públicas, los debates públicos entre candidatos, asambleas, marchas y en general aquellos en que los candidatos o voceros de los partidos políticos se dirigen al electorado para promover sus candidaturas. Segundo. Se deroga el numeral 6 del artículo 190 y se crea el artículo 190-A, para quedar como sigue: Artículo Se deroga Artículo 190-A 1. La autoridad electoral federal, local o distrital deberá organizar la celebración de debates públicos, y se encargará de su difusión de acuerdo a lo establecido en el presente artículo. 2. Se realizarán hasta dos debates públicos en los que participarán de forma obligatoria los candidatos a diputados, senadores, ambos a elegirse por mayoría relativa, y dependiendo de la elección para la que se hubieren registrado, así como los candidatos a la Presidencia de la República, atendiendo a lo establecido en el numeral 4, del artículo 182, de este código. 3. La autoridad electoral encargada de la organización de los debates será: a) El consejo distrital, tratándose de los debates entre candidatos a diputados federales bajo el principio de mayoría relativa; b) El consejo local, tratándose de los debates entre los candidatos a senadores bajo el principio de mayoría relativa; c) El consejo general, tratándose de los debates entre candidatos a la Presidencia de la República. 4. Será obligación de los estaciones de radio y televisión permisionados difundir los debates entre los candidatos a la Presidencia de la República en el día y hora que se hubiere acordado por el IFE para su realización. Sin perjuicio de lo anterior, el consejo general deberá promover e impulsar las gestiones que fueren necesarias para acordar con la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión su apoyo y participación en la difusión de los debates entre los candidatos presidenciales.
5 5. Los términos y condiciones a las que deberán sujetarse los participantes en los debates a que se refiere este artículo, serán acordados por los órganos del instituto respectivo y los representantes de los candidatos ante los mismos, mediante la celebración del acuerdo que regirá la celebración de los mismos, el cual será de observancia obligatoria para los participantes. 6. El consejo general, así como los consejos locales y distritales, podrán celebrar convenios de cooperación con las autoridades administrativas respectivas, a efecto de que éstas faciliten el uso de los inmuebles acordados para la celebración del evento, así como para que proporcionen los servicios necesarios tanto de seguridad como administrativos para el correcto desarrollo del mismo. 7. Tanto los consejos locales, como distritales, deberán publicitar la celebración de los debates. Transitorios Primero. El Instituto Federal Electoral deberá adecuar sus disposiciones normativas para la realización de lo dispuesto en el presente decreto. Segundo. La autoridad electoral correspondiente deberá realizar los acuerdos respectivos con los partidos políticos para asentar los términos y condiciones a los que deberán sujetarse los candidatos respectivos. Tercero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Palacio Legislativo de San Lázaro. México Distrito Federal, a 25 de octubre de 2007 Diputados: Esmeralda Cárdenas Sánchez (rúbrica), Edgar Armando Olvera Higuera.
Exposición de Motivos
QUE REFORMA EL ARTÍCULO 41 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, SUSCRITA POR LOS DIPUTADOS ADRIANA DEL PILAR ORTIZ LANZ, MIGUEL ÁNGEL SULUB CAAMAL Y MARÍA DEL ROCÍO REBOLLO MENDOZA,
Más detallesLEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES
LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES Artículo 1. 1. La presente Ley es de orden público y de observancia general en el territorio nacional y para los Ciudadanos que ejerzan su derecho
Más detallesREGLAMENTO EN QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS PARA LAS CAMPAÑAS DE PROMOCIÓN DEL VOTO
REGLAMENTO EN QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS PARA LAS CAMPAÑAS DE PROMOCIÓN DEL VOTO REGLAMENTO EN QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS PARA LAS CAMPAÑAS DE PROMOCIÓN DEL VOTO REGLAMENTO EN QUE SE ESTABLECEN LAS
Más detallesS Diputado Ernesto Sánchez Rodríguez,~~=~ ~ \
S Diputado Ernesto Sánchez Rodríguez,~~=~ ~ \ PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA AL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL PARA QUE REALICE CAMPAÑAS DE INFORMACIÓN SOBRE LA MODALIDAD DE LAS LISTAS
Más detallesI. Decidir sus formas internas de convivencia y organización social, económica, política y cultural.
INICIATIVA QUE ADICIONA EL ARTÍCULO 3. DE LA LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS, A CARGO DEL DIPUTADO ÁLVARO IBARRA HINOJOSA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI El suscrito,
Más detallesINSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE TABASCO
CE/2009/043 ACUERDO QUE EMITE EL DEL INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN, RELATIVO AL REGISTRO DE LAS PLATAFORMAS ELECTORALES PRESENTADAS POR LOS PARTIDOS POLÍTICOS ANTE EL, PARA LAS ELECCIONES LOCALES
Más detallesQUE EXPIDE LA LEY FEDERAL DE PROPAGANDA INSTITUCIONAL, A CARGO DEL DIPUTADO CÉSAR AUGUSTO SANTIAGO RAMÍREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI
QUE EXPIDE LA LEY FEDERAL DE PROPAGANDA INSTITUCIONAL, A CARGO DEL DIPUTADO CÉSAR AUGUSTO SANTIAGO RAMÍREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI El suscrito, ciudadano diputado César Augusto Santiago Ramírez,
Más detallesREGLAMENTO DEL MOVIMIENTO DE TRABAJADORES Y PRODUCTORES. CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DEL MOVIMIENTO DE TRABAJADORES Y PRODUCTORES. CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Del Movimiento de Trabajadores y Productores El Movimiento de Trabajadores y Productores, es
Más detallesHONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES LXI LEGISLATURA PRESENTE
Asunto: Se presenta Iniciativa HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES LXI LEGISLATURA PRESENTE El suscrito Diputado Gregorio Zamarripa Delgado, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario
Más detallesArtículo 56. Los refugios deberán prestar a las víctimas y, en su caso, a sus hijas e hijos los siguientes servicios especializados y gratuitos:
QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 32 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y 43 DE LA LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, A CARGO DEL DIPUTADO JOSÉ LUIS MUÑOZ
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Proyectos Legislativos Instancia: Cámara de Diputados Fecha: 28 de noviembre, 2012. Tipo de Proyecto: INICIATIVA INICIATIVA PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 10 Y 12 DE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA
Más detallesDIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DE LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA P R E S E N T E.
DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DE LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA P R E S E N T E. Los Diputados integrantes del Grupo Legislativo del Partido Nueva
Más detallesREFORMA POLÍTCA 2014 INICIATIVAS PRESENTADAS POR LOS PARTIDOS POLÍTICOS LEGISLACIÓN SECUNDARIA
REFORMA POLÍTCA 2014 INICIATIVAS PRESENTADAS POR LOS PARTIDOS POLÍTICOS LEGISLACIÓN SECUNDARIA Elaborado por: Blanca Olivia Peña Molina Red Mujeres en Plural PROPUESTA DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
Más detallesDIPUTADAS Y DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISION PERMANENTE DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO PRESENTES.
DIPUTADAS Y DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISION PERMANENTE DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO PRESENTES. Las Diputadas y los Diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional,
Más detallesCopia de Internet. Consejo Local Electoral IEEN-CLE-026/2017
IEEN-CLE-026/2017 ACUERDO DEL CONSEJO LOCAL ELECTORAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE NAYARIT, MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA EL PROGRAMA ANUAL DE TRABAJO DE LA COMISIÓN DE VINCULACIÓN CON LA UNIDAD TÉCNICA
Más detallesANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR
ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR No. Expediente: 3832-1PO3-17 1. Nombre de la Iniciativa. 2. Tema de la Iniciativa. Derecho Electoral 3. Nombre de quien presenta la Iniciativa. 4. Grupo Parlamentario del Partido
Más detallesComisión de Puntos Constitucionales
LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 71, FRACCIÓN III, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LO ESTADOS UNIDOS MEXICANOS;
Más detallesDECRETO por el que se adiciona una fracción X al artículo 10 del Reglamento del Senado de la República.
DECRETO por el que se adiciona una fracción X al artículo 10 del Reglamento del Senado de la República. (DOF 18-12-2014) CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de
Más detallesREGLAMENTO DEL MOVIMIENTO DE MUJERES. CAPíTULO PRIMERO Disposiciones Generales
REGLAMENTO DEL MOVIMIENTO DE MUJERES CAPíTULO PRIMERO Disposiciones Generales Artículo 1 Del Movimiento de Mujeres El Movimiento de Mujeres, es la organización del Movimiento Ciudadano que de conformidad
Más detallesH. CONGRESO DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES
DICTAMEN DE LA MINUTA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN III, DEL APARTADO A, DEL ARTÍCULO 2º DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. HONORABLE ASAMBLEA A la
Más detallesAl efecto, el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en vigor, establece:
QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE LA POLICÍA FEDERAL, A CARGO DEL DIPUTADO JOSÉ ALBERTO RODRÍGUEZ CALDERÓN, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI El suscrito, José Alberto Rodríguez
Más detallesDistribución / asignación de tiempos en radio y TV para partidos políticos
Distribución / asignación de tiempos en radio y TV para partidos políticos Artículo 47.- 1. Los partidos políticos, durante las campañas electorales, a fin de difundir sus candidaturas, independientemente
Más detallesQUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 14 Y 55 DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, A CARGO DE LA DIPUTADA ADRIANA DEL PILAR ORTIZ LANZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI
QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 14 Y 55 DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, A CARGO DE LA DIPUTADA ADRIANA DEL PILAR ORTIZ LANZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI La suscrita, Adriana del Pilar Ortiz Lanz, diputada
Más detallesEl 2 de junio de 2005 la Comisión de Fiscalización de los Recursos de los
Regulación de los procesos internos de selección de candidatos presidenciales Por primera vez, los partidos políticos entregaron al IFE informes detallados sobre los recursos ejercidos durante los procesos
Más detallesConsiderando: 1 Caso Yatama Vs. Nicaragua (Corte Interamericana de Derechos Humanos 23 de junio de 2005).
Decreto 589/2018 por el que se expide la Convocatoria para la elección ordinaria de gobernador del estado de Yucatán, de diputados para integrar la LXII Legislatura del Congreso del Estado de Yucatán y
Más detallesTítulo I Disposiciones Preliminares CAPÍTULO ÚNICO. Disposiciones Generales
Reglas del Instituto Estatal Electoral para la Promoción del Voto por parte de Organizaciones Ciudadanas Aprobado en la Sesión del Consejo General de fecha 26 de Febrero de 2015 Título I Disposiciones
Más detallesMensaje de bienvenida
Mensaje de bienvenida Este 3 de octubre comenzó el proceso electoral federal. Dentro de unos meses la ciudadanía asistirá a emitir su voto para renovar la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
Más detallesExposición de Motivos. I. Introducción
QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 35, 41, 73 Y 116 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, SUSCRITA POR LEGISLADORES DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN Las y los senadores y diputados federales,
Más detallesCONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA
Iniciativa con proyecto de decreto por el que se modifican los párrafos primero y tercero del artículo 3, el artículo 4, las fracciones III, VII, y XI del artículo 9, la fracción VI del artículo 26, los
Más detallesINE/JGE96/2016 ANTECEDENTES
INE/JGE96/2016 ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN O ACTUALIZACIÓN DE MANUALES DE ORGANIZACIÓN DEL INE. ANTECEDENTES
Más detallesHonorable Asamblea: Antecedentes
Honorable Asamblea: A la Comisión de Juventud y Deporte fue turnado para su estudio y dictamen el proyecto de punto de acuerdo, suscrito por el Diputado Jorge Triana Tena integrante del Grupo Parlamentario
Más detallesHONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA LEY QUE ESTABLECE LAS BASES DE ORGANIZACIÓN DEL GOBIERNO DE COALICIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA 30 DE DICIEMBRE DE 2016 EL HONORABLE QUINCUAGÉSIMO NOVENO
Más detallesSen. Javier Corral Jurado Comentarios al dictamen de la Minuta que expide la Ley Federal de Consulta Popular
COMENTARIOS AL DICTAMEN DE LA MINUTA POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY FEDERAL DE CONSULTA POPULAR 1. El documento se refiere al Instituto Federal Electoral, debería ser el Instituto Nacional de Elecciones,
Más detallesExposición de Motivos
INICIATIVA QUE REFORMA EL ARTÍCULO 5. DE LA LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL, A CARGO DEL DIPUTADO JUAN FRANCISCO ESPINOZA EGUÍA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI El que suscribe, Juan Francisco
Más detallesCOMISIÓN DE ASUNTOS ELECTORALES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
DIP. RAYMUNDO ARREOLA ORTEGA PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO LXXIII LEGISLATURA PRESENTE Los que suscriben ALMA MIREYA GONZÁLEZ SÁNCHEZ, SERGIO
Más detallesA N T E C E D E N T E S
INE/JGE03/2015 ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL CUAL SE APRUEBA EL CATÁLOGO NACIONAL DE MEDIOS IMPRESOS E INTERNET 2015 A N T E C E D E N T E S I. El 16 de
Más detallesINE/JGE97/2016 ANTECEDENTES
INE/JGE97/2016 ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN O ACTUALIZACIÓN DE MANUALES DE PROCEDIMIENTOS DEL INSTITUTO
Más detallesCONSIDERANDO. Página 1 de 6 SISTEMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
ACUERDO POR EL CUAL SE DETERMINA EMITIR UNA NUEVA CONVOCATORIA PARA LLEVAR A CABO LA ELECCIÓN DEL CARGO DE COORDINADOR PARA LA REGIÓN CENTRO-OCCIDENTE DEL SISTEMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA, EN VIRTUD DE
Más detalleso Diputado Presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado de Tlaxcala. o Compañeras y compañeros diputados.
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO, QUE PRESENTA EL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA DE LA LXII LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE TLAXCALA, A TRAVÉS DE SU COORDINADOR,
Más detallesCuadro comparativo Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales 1 y Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales 2
Cuadro comparativo Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales 1 y Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales 2 LIBRO PRIMERO TÍTULO ÚNICO Disposiciones Generales Concepto
Más detallesCONVOCATORIA A ELECCIONES DE INTEGRANTES DEL CONGRESO Y AYUNTAMIENTOS DEL ESTADO DE MORELOS 2015
CONVOCATORIA A ELECCIONES DE INTEGRANTES DEL CONGRESO Y AYUNTAMIENTOS DEL ESTADO DE MORELOS 2015 OBSERVACIONES GENERALES.- LA QUINCUAGÉSIMA SEGUNDA LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO
Más detallesHONORABLE ASAMBLEA: METODOLOGÍA
DICTAMEN DE LAS COMISIONES UNIDAS DE POBLACIÓN Y DESARROLLO; Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS, PRIMERA, DEL SENADO DE LA REPÚBLICA POR EL QUE SE APRUEBAN LAS MODIFICACIONES Y ADICIONES HECHAS POR LA HONORABLE
Más detallesPlanteamiento del problema
QUE REFORMA EL ARTÍCULO 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DE LA DIPUTADA SONIA RINCÓN CHANONA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE NUEVA ALIANZA Quien suscribe, Sonia Rincón
Más detallesH. CONGRESO DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO SEPTUAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA DIP. HÉCTOR GÓMEZ TRUJILLO
DIPUTADO PASCUAL SIGALA PAÉZ. PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO. P R E S E N T E: El que suscribe HÉCTOR GÓMEZ TRUJILLO, Diputado integrante del Grupo Parlamentario
Más detallesCONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA
Iniciativa con Proyecto de Decreto para modificar el contenido del numeral 1 del artículo 27; y la fracción III del artículo 158-K de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza. En relación
Más detallesReformado en su integridad por decreto publicado en el diario oficial de la federación el 13 de noviembre de 2007.)
CONCLUSIONES A través de los últimos años que se han vivido en el país, es muy difícil no reconocer los grandes avances que se han gestado dentro de las instituciones que se encargan de cuidar y dar legalidad
Más detallesACUERDO DE CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL H. AYUNTAMIENTO DE EL ARENAL, JALISCO
ACUERDO DE CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL H. AYUNTAMIENTO DE EL ARENAL, JALISCO En el Municipio de El Arenal, Jalisco, siendo las 12 horas, con 20 minutos, del día 8 del mes de abril del
Más detallesLINEAMIENTOS PARA LA POSTULACIÓN DE CANDIDATURAS COMUNES DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE OAXACA
LINEAMIENTOS PARA LA POSTULACIÓN DE CANDIDATURAS COMUNES DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE OAXACA Artículo 1 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Los presentes lineamientos
Más detallesPlanteamiento del problema
QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 61 Y 71 DE LA LEY REGLAMENTARIA DE LAS FRACCIONES I Y II DEL ARTÍCULO 105 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DEL DIPUTADO JAVIER OROZCO GÓMEZ,
Más detallesLINEAMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y REALIZACIÓN DE DEBATES PÚBLICOS, PARA CAMPAÑAS ELECTORALES
LINEAMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN Y REALIZACIÓN DE DEBATES PÚBLICOS, PARA CAMPAÑAS ELECTORALES 1. Observancia general De conformidad con el artículo 152, último párrafo, del Código Electoral del Estado
Más detallesCOMISIÓN DE PRESUPUESTO Y CUENTA PÚBLICA
COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y CUENTA PÚBLICA ACUERDO DE LA COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y CUENTA PÚBLICA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA LXIII LEGISLATURA DEL CONGRESO DE LA UNIÓN, POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO
Más detallesC O N S I D E R A N DO
A LOS CC. SECRETARIOS DE LA LVI LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA P R E S E N T E S. JOSÉ JUAN ESPINOSA TORRES, Diputado Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Político Convergencia
Más detallesGobierno del Estado de Puebla
Gobierno del Estado de Puebla Secretaría General de Gobierno Orden Jurídico Poblano Acuerdo del IEE que aprueba los Lineamientos para Postular Candidaturas Comunes de los Partidos Políticos, Proceso Electoral
Más detallesPODER LEGISLATIVO H. Congreso del Estado de Baja California Sur
2017, AÑO DEL CENTENARIO DE LA PROMULGACION DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS DIPUTADO EDSON JONATHAN GALLO ZAVALA PRESIDENTE DEL SEGUNDO PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES DEL SEGUNDO
Más detallesPODER LEGISLATIVO H. Congreso del Estado de Baja California Sur
DIP. JOEL VARGAS AGUIAR. PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL SEGUNDO PERIODO ORDINARIO DE SESIONES DEL PRIMER AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL DE LA AL CONGRESO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR. P R E
Más detallesII. Decreto por el que se reforman diversos artículos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, publicado en el Diario
II. Decreto por el que se reforman diversos artículos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 1993 (Libro
Más detallesII. Contenido de la iniciativa
CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS, CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY PARA LA PROTECCIÓN DE PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS Y PERIODISTAS. HONORABLE
Más detallesCOMISIÓN DE ECONOMÍA
DICTAMEN A LA INICIATIVA QUE REFORMA EL ARTÍCULO 7 DE LA LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA. HONORABLE ASAMBLEA: A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, correspondiente
Más detallesR E S U L T A N D O S
HONORABLE ASAMBLEA La Junta de Coordinación y Concertación Política, del Congreso del Estado de Tlaxcala, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 46 fracción I y 54 fracción I y LIV de la Constitución
Más detallesPODER LEGISLATIVO H. Congreso del Estado de Baja California Sur
2017, CENTENARIO DE LA PROMULGACION DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. DIPUTADA NORMA ALICIA PEÑA RODRIGUEZ. PRESIDENTA DE LA MESA DIRECTIVA DE LA DIPUTACION PERMANENTE CORRESPONDIENTE
Más detallesResultados del proceso electoral federal 2012 y el efecto de la obligatoriedad en la cuota de género
Resultados del proceso electoral federal 2012 y el efecto de la obligatoriedad en la cuota de género Número de mujeres que han obtenido un cargo por el principio de Mayoría relativa 91 para diputadas 26
Más detallesOBSERVACIONES GENERALES.-
CONVOCATORIA A TODOS LOS CIUDADANOS Y PARTIDOS POLÍTICOS DEL ESTADO DE MORELOS, A PARTICIPAR EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO QUE TENDRÁ LUGAR EL DÍA PRIMERO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, PARA LA
Más detallesExposición de Motivos
INICIATIVA QUE REFORMA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LAS LEYES PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, Y PARA IMPULSAR EL INCREMENTO SOSTENIDO DE LA PRODUCTIVIDAD Y
Más detallesA N T E C E D E N T E S
ACUERDO DE LA COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE EMITE EL MANUAL DEL USUARIO PARA LA OPERACIÓN DEL SISTEMA INTEGRAL DE FISCALIZACIÓN VERSIÓN 3.0, QUE DEBERÁN OBSERVAR
Más detallesEtapas del Proceso Electoral
Etapas del Proceso Electoral 2017-2018 Preparación de la Elección. Jornada Electoral. Resultados y declaración de validez Preparación de la Elección. Actividad Periodo Fecha Fundamento 1. Inicio del proceso
Más detallesLINEAMIENTOS EN MATERIA DE REELECCIÓN A CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR, DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACIO N CIUDADANA DE OAXACA.
LINEAMIENTOS EN MATERIA DE REELECCIÓN A CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR, DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACIO N CIUDADANA DE OAXACA. CAPI TULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 1. Los presentes
Más detallesC o n s i d e r a n d o s
INE/JGE04/2015 ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS PARA REGULAR EL PROCESO DE PRODUCCIÓN EDITORIAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Más detallesCALENDARIO PARA EL PROCESO ELECTORAL OCTUBRE 2014
CALENDARIO PARA EL PROCESO ELECTORAL OCTUBRE 2014 CALENDARIO ACTIVIDADES 2014 Inicio de periodo ordinario de actividad electoral de la Comisión Estatal Electoral. (Art.- 92 ) Ley Electoral del Estado.
Más detallesANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR
ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR No. Expediente: 1413-2CP1-16 I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA 1. Nombre de la Iniciativa. Que reforma diversos artículos de la Ley del Instituto Nacional de las
Más detallesCALENDARIO PARA EL PROCESO ELECTORAL OCTUBRE 2014
CALENDARIO PARA EL PROCESO ELECTORAL OCTUBRE 2014 CALENDARIO ACTIVIDADES 2014 Inicio de periodo ordinario de actividad electoral de la Comisión Estatal Electoral. (Art.- 92 ) Ley Electoral del Estado.
Más detallesEtapas del Proceso Electoral
Etapas del Proceso Electoral 2017-2018 Preparación de la Elección Jornada Electoral Resultados y declaración de validez 1. Inicio del proceso electoral Preparación de la Elección Actividad Periodo Fecha
Más detallesCATASTRALES DEL ESTADO DE MORELOS OBSERVACIONES GENERALES.-
Descentralizado denominado Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado. ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y SE INTEGRA EL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO
Más detallesMETODOLOGÍA I. ANTECEDENTES
HONORABLE ASAMBLEA: A la Segunda Comisión de Relaciones Exteriores, Defensa Nacional y Educación Pública fue turnado el Punto de Acuerdo que exhorta a los congresos de las entidades federativas a expedir
Más detallesANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR
ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR No. Expediente: 008-1PO1-15 I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA 1. Nombre de la Iniciativa. Que reforma los artículos 41 y 116 de la Constitución Política de los Estados
Más detallesPODER LEGISLATIVO H. Congreso del Estado de Baja California Sur
DIP. EDA MARÍA PALACIOS MÁRQUEZ. PRESIDENTA DE LA MESA DIRECTIVA DEL PRIMER PERIODO ORDINARIO DE SESIONES DEL PRIMER AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL DE LA AL CONGRESO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR.
Más detallesExposición de Motivos
INICIATIVA QUE REFORMA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS; DEL REGLAMENTO DE LA MEDALLA AL MÉRITO CÍVICO EDUARDO NERI, LEGISLADORES DE 1913; Y DEL DECRETO POR EL QUE SE CREA
Más detalleslegalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, que deben observarse en el manejo de los recursos públicos.
LA QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN XIX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE
Más detallesExposición de Motivos
DEL DIP. JOSÉ HERNÁN CORTÉS BERUMEN, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY DE HIDROCARBUROS, DE LA LEY DE LA AGENCIA
Más detallesExposición de Motivos
QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 108, 110 Y 111 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DEL DIPUTADO OMAR FAYAD MENESES, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI El suscrito, integrante del
Más detallesA N T E C E D E N T E S
INE/JGE87/2018 ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL CUAL SE APRUEBA LA PRIMERA ACTUALIZACIÓN DEL CATÁLOGO NACIONAL DE MEDIOS IMPRESOS E INTERNET 2018 A N T E C
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
HONORABLE ASAMBLEA.- El suscrito, diputado integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de esta LX Legislatura del Congreso del Estado de Sonora, en ejercicio de mi derecho
Más detallesDEL DIPUTADO RICARDO MEJÍA BERDEJA, A LA BASE OCTAVA DE LA CONVOCATORIA PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE SELECCIÓN DE CANDIDATO O CANDIDATA PARA OCUPAR LA VACANTE DE CONSEJERO ELECTORAL DEL CONSEJO GENERAL
Más detallesDIP. ABRIL YANNETTE TRUJILLO VÁZQUEZ
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL DISTRITO FEDERAL, EN MATERIA DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO. La que suscribe Diputada
Más detalles-SUMARIO- GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO DECRETO NÚMERO 466 DECRETO NÚMERO 467 OFICIALÍA MAYOR
PÁGINA 2 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., LUNES 19 DE DICIEMBRE DE 2011. -SUMARIO- GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO DECRETO NÚMERO 466 EL H. CONGRESO DEL ESTADO DE YUCATÁN APRUEBA EN SUS TÉRMINOS LA REFORMA
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 4, FRACCIÓN XXI, Y 29, PÁRRAFO PRIMERO, DE LA LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES, RELACIONADOS CON LA NATURALEZA JURÍDICA
Más detallesExposición de Motivos
INCIATIVA QUE REFORMA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, A CARGO DEL DIPUTADO PABLO GÓMEZ ÁLVAREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE MORENA El suscrito, diputado
Más detallesviernes 16 de marzo de 2018
viernes 16 de marzo de 2018 PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DECRETO 296.- POR EL QUE SE REFORMA EL PÁRRAFO QUINTO AL ARTÍCULO 17 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO. EXPOSICIÓN
Más detallesLA TRANSPARENCIA Y LOS PARTIDOS POLÍTICOS
LA TRANSPARENCIA Y LOS PARTIDOS POLÍTICOS LA TRANSPARENCIA La transparencia responde a una demanda de la sociedad por conocer cómo toman decisiones quienes tienen encomendadas las tareas públicas y, en
Más detallesGrupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI): 207 integrantes.
DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA, POR EL QUE SE INTEGRAN COMISIONES ESPECIALES QUE FUNCIONARÁN DURANTE LA LXII LEGISLATURA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN La Junta de Coordinación
Más detallesEXPOSICION DE MOTIVOS
HONORABLE ASAMBLEA: El Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de esta Sexagésima Primera Legislatura, por conducto del Diputado Carlos Manuel Fu Salcido, en ejercicio de las atribuciones previstas
Más detallesOBSERVACIONES GENERALES.-
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y SE INTEGRA EL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD DE MORELOS
Más detallesA n t e c e d e n t e s
CG40/2009 ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE EMITEN NORMAS REGLAMENTARIAS SOBRE PROPAGANDA GUBERNAMENTAL, A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 2, PÁRRAFO 2 DEL CÓDIGO FEDERAL
Más detallesDip. José Guillermo Aréchiga Santamaría
INICIATIVA DE DECRETO POR LA QUE SE CREA LA LEY DEL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE PUEBLA Y SE REFORMAN LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE PUEBLA Y EL REGLAMENTO INTERIOR DE LA
Más detallesLINEAMIENTOS PARA LA REALIZACIÓN DE CAMPAÑAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MORELOS
Consejería Jurídica del. LINEAMIENTOS PARA LA REALIZACIÓN DE CAMPAÑAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MORELOS OBSERVACIONES GENERALES.- Consejería Jurídica del.
Más detallesHONORABLE ASAMBLEA ANTECEDENTES
. -- - -- - -. -- -- - - - - -.. - --- Dictamen a la Proposición con Punto de Acuerdo DICTAMEN A LA PROPOSICiÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA AL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Y AL GOBIERNO
Más detallesC.C. Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores Presentes. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
C.C. Secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores Presentes. Luis Alberto Villarreal García, Senador de la República de la LXI Legislatura al Congreso de la Unión, e integrante del Grupo
Más detallesÍNDICE DEL PROCESO LEGISLATIVO CORRESPONDIENTE A LA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 14 DE DICIEMBRE DE 1940
ÍNDICE DEL PROCESO LEGISLATIVO CORRESPONDIENTE A LA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 14 DE DICIEMBRE DE 1940 REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 14 DE DICIEMBRE
Más detallesIFE: Naturaleza y atribuciones
IFE: Naturaleza y atribuciones Contenido I. Referentes básicos II. Fines fundamentales III. Principales atribuciones IV. Estructura orgánica Órganos directivos a) Consejo General b) Consejos locales y
Más detallesPROGRAMA DE TRABAJO DE LA COMISION DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN GUBERNAMENTAL. CONSIDERANDOS
CC. Secretarios de la Mesa Directiva del H. Congreso del Estado de Colima Presente.- La Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación Gubernamental de la Honorable Quincuagésima Séptima Legislatura Constitucional
Más detalles