REGLAMENTO INTERNO DE CONTROL ESCOLAR
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- Víctor Bustos Lagos
- hace 7 años
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1 Página1 REGLAMENTO INTERNO DE CONTROL ESCOLAR APLICADO A LOS PLANES DE ESTUDIOS VIGENTES EN EL PERIODO 2014 Y POSTERIORES DEL CENTRO DE BACHILLERATO TECNOLOGICO INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS No. 164 EMILIO PORTES GIL El cumplimiento de las normas aquí señaladas, las cuales entran en vigor a partir del ciclo escolar , es de carácter obligatorio el cual permite el desarrollo y seguimiento académico del alumno. DE LA ACREDITACIÓN Artículo 1. Es obligación del personal docente evaluar el aprendizaje del alumno, de conformidad con el modelo educativo vigente. Artículo 2. Es responsabilidad del docente capturar las evaluaciones en el Sistema de Servicios Escolares de la Educación Media Superior (SISEEMS) en los periodos establecidos por el Departamento de Servicios Escolares. Artículo 3. En cuanto a los periodos de exámenes extraordinarios y/o Recursamiento no habrá modificación en el caso de haber un error en la captura por parte del docente. Artículo 4. Deberás cubrir el 80% de asistencias en cada una de tus asignaturas, de lo contrario tu materia se reflejará como no aprobada, y deberás cursarla en periodo de Recursamiento Semestral o Inter Semestral. Por el contrario, de cubrir el 80% de asistencias en tu asignatura y la reprobaste, podrás presentarla con un examen extraordinario, si éste lo repruebas, deberás cursarla en periodo de Recursamiento Semestral o Intersemestral. Las materias que pertenecen al rubro de especialidad, al no ser aprobadas durante el periodo semestral, deberán ser aprobadas en el Periodo Semestral o Intersemestral. Oficina de Control Escolar / CBTis No. 164 Emilio Portes Gil Reglamento Interno de Control Escolar. Agosto 2016 Febrero 2017
2 Página2 Es importante que tengas conocimiento de que, si no aprobaste el Módulo, lo puedes recursar de forma Semestral, si es sólo un submódulo el que no aprobaste por calificación, podrás recursarlo de forma Intersemestral, en cambio si lo reprobaste por faltas, tendrás que cursar semestralmente todo el módulo. DEL CAMBIO DE ESPECIALIDAD Artículo 5. Si te autorizan el cambio de especialidad, es importante que tengas en cuenta que deberás recursar de manera semestral los módulos que te queden pendientes de acreditar, por haber realizado dicho cambio. Artículo 6. El tiempo límite para realizar dicho cambio, es al iniciar 4 semestre, solicitando en las fechas establecidas al inicio del periodo en curso. DE LA FORMA INTEGRAL DE LA CALIFICACIÓN Artículo 7. Eres evaluado por tu docente asignado en tres evaluaciones parciales, y el promedio de dichas calificaciones, será la calificación final. Artículo 8. En cuanto a las materias de especialidad, el módulo se puede dividir en 2 o 3 submódulos según sea el caso, para obtener una calificación aprobatoria, deberás aprobar cada uno de los submódulos que integran dicho módulo, de lo contrario, el módulo estará reprobado. DE LAS INSCRIPCIONES A NUEVO INGRESO Artículo 9. Inscripción Definitiva. Tendrás que entregar la documentación que se te solicite, en las fechas establecidas, en el calendario escolar oficial. Artículo 10. Inscripción Condicionada. En caso de no contar con algún (os) documento (s) solicitado, tendrás un periodo de tolerancia de seis meses, de no entregarlo antes de este tiempo, se procederá a dar de baja al alumno. Oficina de Control Escolar / CBTis No. 164 Emilio Portes Gil Reglamento Interno de Control Escolar. Agosto 2016 Febrero 2017
3 Página3 DE LAS REINSCRIPCIONES (2 a 6 SEMESTRE) Artículo 11. Reinscripción Definitiva. A continuación se describen las condiciones para que puedas proceder a tramitar tu reinscripción al siguiente semestre: No. de Materias No Derecho a Aprobadas reinscripción Asignatura Módulo SI 0 0 SI 1 0 SI 2 0 SI 1 1 SI 0 1 NO 0 2 NO MÁS DE 2 MATERIAS Artículo 12. Reinscripción Condicionada. Si eres un alumno irregular, es decir, que reprobaste más del 50% de tus materias en tu semestre, deberás de repetir tu semestre, solicitando tu reingreso con la copia de la Baja Temporal en las fechas establecidas en el calendario escolar oficial y tendrás que aprobar en su totalidad todas las materias, de lo contrario se procederá a darte de Baja Definitiva. DE LAS RENUNCIAS DE CALIFICACIONES Artículo 13. Podrás renunciar hasta 6 asignaturas y/o 2 Módulos durante todo tu bachillerato, siempre y cuando lo hagas al final del semestre o antes de la certificación. Artículo 14. Las asignaturas y módulos deberán ser recursados de forma semestral y los submódulos intersemestralmente. Artículo 15. La calificación que obtengas será la calificación definitiva aún si esta es inferior a la calificación que obtuviste por primera vez. Oficina de Control Escolar / CBTis No. 164 Emilio Portes Gil Reglamento Interno de Control Escolar. Agosto 2016 Febrero 2017
4 Página4 DE LAS BAJAS Artículo 16. Baja Temporal. Si al finalizar el semestre, no tienes derecho a reinscripción, tendrás que acudir con tu papá o tutor para tramitar la baja temporal. Artículo 17. Baja Definitiva. Éste tipo de baja implica que dejarás de estudiar en el plantel de manera definitiva, tendrá que ser solicitada el Padre o Tutor, con copia de su Credencial de Elector, en los casos que aplique, por las situaciones establecidas en el Reglamento General de Alumnos de nuestro plantel. DE LAS PORTABILIDADES Artículo. 18. Si quieres cambiarte de plantel, deberás acudir a tramitar tu Baja Definitiva, en los días calendarizados al final de cada semestre, además anexar la Hoja de Portabilidad del Plantel de destino con los datos al semestre que ingresarás, en un plazo no mayor a 10 días hábiles posteriores al inicio del periodo escolar. Artículo. 19. En cambio si lo que quieres es ingresar a nuestro plantel, deberás acudir en las fechas programadas para solicitar tu ingreso según los semestres ofertados en un plazo no mayor a 10 días hábiles posteriores al inicio del periodo escolar, con la siguiente documentación: Carta de Buena Conducta Carta de Portabilidad Historial Académico Oficio de Baja Definitiva proporcionada por el Plantel Original y Copia de Acta de Nacimiento Original y Copia de Certificado de Secundaria Copia de Carta de Buena Conducta de Secundaria Copia del CURP al 200% Artículo 20. Solo tienes 5 años (10 semestres) para terminar tu Bachillerato, contando a partir de tu año de ingreso. Oficina de Control Escolar / CBTis No. 164 Emilio Portes Gil Reglamento Interno de Control Escolar. Agosto 2016 Febrero 2017
5 Página5 Artículo 21. En relación al trámite de cualquier documento oficial (constancia de estudios, historial académico o duplicado de boleta, etc.) Se deberán solicitar con 24 horas hábiles de anticipación, es decir, el documento le será entregado, al día siguiente de haberlo tramitado. Artículo 22. Al inicio de cada semestre recibirás un calendario de actividades, en donde estarán especificadas las fechas para trámites, incluidos los de esta oficina. Es muy importante que tengas presente que fuera de dichas fechas establecidas NO procederá ninguna solicitud que presentes. Artículo 23. Cada trámite que realices es importante que lo hagas tú personalmente, contando siempre con tu número de control. NO se llevará a cabo NINGÚN TRÁMITE, si no es el alumno quien lo está gestionando. Artículo 24. El presente reglamento entra en vigor a partir del ciclo escolar Agosto 2016 Enero 2017 y deroga todos los anteriores. Artículo 25. Los casos no previstos en el presente Reglamento serán resueltos por la Dirección del Plantel. Artículo 26. El presente reglamento está sujeto a cambios, previo acuerdo de las autoridades correspondientes. Revisado y Autorizado: DIRECCIÓN Y DEPARTAMENTO DE SERVICIOS ESCOLARES DEL CBTIS 164 Ciudad Madero, Tamaulipas. Julio de 2016 Oficina de Control Escolar / CBTis No. 164 Emilio Portes Gil Reglamento Interno de Control Escolar. Agosto 2016 Febrero 2017
6 Página6 LEÍMOS, CONOCEMOS Y ACEPTAMOS DE CONFORMIDAD EL PRESENTE REGLAMENTO INTERNO DE CONTROL ESCOLAR CBTIS No El que suscribe alumno(a):, del grupo: Carrera: Turno: de esta Institución Educativa, declara estar consciente que al ser aceptado como alumno de esta institución, debe acatar los lineamientos del Reglamento Interno de Control Escolar del Centro de Bachillerato Tecnológico Industrial y de Servicios No. 164 Emilio Portes Gil, dependiente de la Dirección General de Educación Tecnológica Industrial; perteneciente a la Subsecretaría de Educación Media Superior. El Reglamento Interno de Control Escolar del que tengo conocimiento corresponde al periodo Agosto 2016 Enero NOMBRE Y FIRMA ALUMNO(A) NOMBRE Y FIRMA PADRE O TUTOR Ciudad Madero, Tamaulipas a: Fecha de entrega NOTA: Deberá anexar a esta última hoja debidamente llenada, la copia por ambos lados de la credencial de elector de quien firme de enterado como padre o tutor Oficina de Control Escolar / CBTis No. 164 Emilio Portes Gil Reglamento Interno de Control Escolar. Agosto 2016 Febrero 2017
7 Página1 Reglamento General de Alumnos del CBTis No. 164 Emilio Portes Gil Generalidades Artículo 1. Es responsabilidad de toda institución educativa contribuir a la formación integral de los alumnos. El presente reglamento tiene como objetivo fundamental mantener la convivencia de la comunidad estudiantil en un ambiente de cordialidad y armonía; situación que permite lograr una formación técnica profesional basada en disciplina y responsabilidad. La responsabilidad del cumplimiento del presente reglamento, está a cargo del personal directivo, administrativo, docente, técnico, de apoyo y de servicios generales adscrito al Centro de Bachillerato Tecnológico industrial y de servicios N 164 Emilio Portes Gil, así mismo, del personal encargado de la vigilancia del plantel. Artículo 2. Este reglamento es de observancia obligatoria para todos los alumnos del Centro de Bachillerato Tecnológico industrial y de servicios N 164 Emilio Portes Gil, así como para toda persona que se encuentre dentro del plantel. Artículo 3. Toda violación a las disposiciones de este reglamento será motivo de una sanción establecida en el Artículo 38 correspondiente al Título I. Los Derechos y Obligaciones. Artículo 4. El presente reglamento se ejercerá por el Departamento de Orientación Educativa y la Dirección del plantel. El Consejo Técnico Consultivo tomará decisiones especiales en asuntos relacionados a la disciplina escolar. Artículo 5. Para los efectos del presente reglamento se utilizan los siguientes conceptos preliminares:
8 Página2 D.G.E.T.I.: Dirección General de Educación Tecnológica Industrial. Institución o Plantel: Centro de Bachillerato Tecnológico industrial y de servicios N 164 Emilio Portes Gil. Disciplina: Cumplimiento por parte de alumnos y personal de la institución de un código de conducta previamente establecido denominado reglamento. Indisciplina: La pérdida de respeto al Reglamento General de Alumnos y demás normas aplicadas por la D.G.E.T.I. Sanción: Es el proceder por la autoridad educativa a los alumnos, por una infracción al Reglamento General de Alumnos. Baja Temporal: Suspensión por un periodo de hasta seis meses posteriores a la infracción cometida por el alumno. Actividad comunitaria escolar: Sanción establecida a los alumnos que incumplan el reglamento, la cual consiste en apoyo a diversas áreas de la institución con el propósito de motivar al alumno a guardar el orden y respeto escolar. Dentro del Plantel: Espacio físico delimitado por el área perimetral de la institución, incluyendo aulas de clase, laboratorios, talleres, baños, áreas verdes, canchas, estacionamientos, oficinas, biblioteca, pasillos, salas de computo, etc.
9 Página3 Título I. Los Derechos y Obligaciones Son derechos de los alumnos los siguientes: Artículo 6. Tener igualdad de oportunidades para realizar su educación dentro de los lineamientos de este reglamento y de acuerdo con los planes de estudio, programas y disposiciones que dicta la Secretaría de Educación Pública. Artículo 7. Recibir de la Institución la formación académica correspondiente a cada programa. Artículo 8. Es obligación del docente, informar a los alumnos de las unidades de aprendizaje curricular y módulos profesionales, de los contenidos que las conforman, los criterios de evaluación y calificaciones. Artículo 9. Ser informados sobre las actividades académicas complementarias de conformidad con el plan que cursen. Artículo 10. Ser reconocidos por su desempeño académico, deportivo y/o cultural mediante el otorgamiento de diplomas o reconocimientos. Artículo 11. Hacer uso de manera respetuosa del derecho de petición ante los profesores y/o autoridades del plantel, ya sea de forma oral o escrita. Artículo 12. Ser respetado en su integridad física, moral y psicológica por todos los miembros de la comunidad escolar, así como recibir trato amable, digno y respetuoso del personal adscrito a la Institución. Artículo 13. Recibir su credencial (por primera vez, cada inicio de periodo escolar) que lo acredite como alumno de la Institución de acuerdo a los requerimientos establecidos. Artículo 14. Recibir asesoría del personal docente en aspectos académicos.
10 Página4 Artículo 15. Recibir orientación de personal administrativo en los trámites correspondientes. Artículo 16. Recibir tutoría por el personal que le sea asignado por la Dirección de la Institución. Artículo 17. Utilizar los servicios, instalaciones y equipamiento escolar de conformidad a las normas que determinen las autoridades y de acuerdo a la demanda del servicio. Artículo 18. Los demás que establecen la normatividad de la D.G.E.T.I. Artículo 19. Justificar sus faltas de asistencia por motivos de salud o personales presentando la documentación correspondiente y en compañía de su padre o tutor dentro de un plazo máximo de 3 días hábiles en la Oficina de Orientación Educativa. Los justificantes deberán presentarse a los docentes del grupo, en los tres días hábiles posteriores a la fecha de emisión del documento. Son obligaciones de los alumnos las siguientes: Artículo 20. Cumplir con las disposiciones de la normatividad de la D.G.E.T.I. así como del presente reglamento, comprometiéndose a su cabal observancia sin excepción, mediante su aceptación al inscribirse. Artículo 21. Informar oportunamente sus problemas de salud, conductuales o emocionales que requieren control o tratamiento especializado ya sea médico, psicológico o psiquiátrico. El padre o tutor es responsable de entregar el reporte con diagnóstico, tratamiento y seguimiento de dicho padecimiento en la oficina de Orientación Educativa. Serán justificables solamente los días que hayan sido prescritos por reposo, por un médico certificado, y deberán estar indicados en un reporte o receta médica.
11 Página5 Artículo 22. Comprometerse en el cumplimiento de las actividades establecidas en el calendario escolar correspondiente. Artículo 23. Asistir puntualmente y colaborar en todos los eventos (internos y externos) que organice la Institución. Artículo 24. Todos los alumnos tienen la obligación de guardar orden y respeto dentro y fuera del plantel. Artículo 25. Asistir de forma puntual a las clases en los horarios establecidos. Además deberá asistir al 80% mínimo de hora-clase por cada periodo parcial para tener derecho a ser evaluado. Artículo 26. Ingresar y salir de la institución únicamente por la puerta principal, salvo emergencia. Artículo 27. Conducirse con respeto, decoro y justicia ante las autoridades, personal docente, administrativo, de apoyo y sus compañeros. Artículo 28. Cubrir los requerimientos financieros y administrativos en forma puntual, y dentro de las fechas establecidas por la Dirección del Plantel. Artículo 29. Informar de los cambios de domicilio, correo electrónico y/o teléfono que realice. Artículo 30. Portar en lugar visible y en todo momento su credencial de estudiante durante su estancia en la Institución y solicitar el refrendo (el cual ya tendrá costo, solo la primera emisión al inicio del periodo es gratuita) correspondiente cuando ésta se encuentre extraviada, dañada, deteriorada o con enmendaduras, ya que puede ser solicitada por el personal docente o administrativo. De igual manera se utilizará para permitir su entrada y salida al Plantel por parte del personal de seguridad.
12 Página6 Artículo 31. Respetar en todo momento y lugar los símbolos patrios, Bandera Nacional, Escudo Nacional e Himno Nacional. Asistir y guardar orden durante los actos cívicos. Artículo 32. Hacer buen uso de las instalaciones, mobiliario, equipo y demás bienes del plantel, además de mantener limpias las instalaciones del Plantel. Artículo 33. Siempre se deberá portar el uniforme completo: Mujeres Hombres Playera: Oficial, blanca (logo azul). Pantalón: Color gris (No mezclilla, roto, bombacho o entubado y sin deslavar). Cabello: No teñido con colores llamativos, peinado de manera discreta. Maquillaje natural, sin excesos. Playera: Oficial, blanca (logo azul). Pantalón: Color gris (No mezclilla, roto, bombacho o entubado y sin deslavar). Cabello: Corto tipo escolar oscuro. Sugerencia: Máquina en número 2 para laterales y 3 en el copete. (No copetes largos ni elevados, no grecas, ni ningún tipo de marca en el corte, las patillas deberán ser cortas, nunca largas. Cabello no planchado). Rasurados. No barba ni bigote. Calceta: Tipo escolar color blanco. Calzado: Zapato escolar color negro. Fajadas portando cinturón negro Calceta: Tipo escolar color blanco. Calzado: Zapato escolar color negro. Fajados portando cinturón negro
13 Página7 No se permite el ingreso a la institución con tenis, ningún tipo de sandalias, huaraches o zapatillas. Aun cuando las clases hayan concluido, los alumnos para ingresar al plantel deberán presentar el uniforme de la forma anteriormente mencionada, independientemente del trámite o motivo por el cual ingresen. Además de identificarse con su credencial que lo acredita como alumno. Artículo 34. Permanecer dentro del aula durante el desarrollo de sus clases y horas de tutorías. Respetando los horarios para uso de las aulas, biblioteca, laboratorios y talleres. Artículo 35. Informar a padres de familia o tutor, sobre las reuniones a las que son convocados. Artículo 36. Solicitar Pase de Salida al Jefe de Orientación Educativa, cuando por causa justificable, exista la necesidad de salir del plantel durante su horario de clases. El Jefe de Orientación Educativa informará a los padres de familia cuando existan solicitudes recurrentes para salir. Artículo 37. Reportar a la prefectura o al departamento de servicios escolares las irregularidades que se presenten en el interior de la institución. Artículo 38. Queda Estrictamente Prohibido: 1. Usar aretes en hombres, gorra, piercing, mechones largos, pelo pintado de colores, en mujeres piercing, mechones, pelo pintado de colores llamativos o utilizar el pelo cubriendo el rostro. En ambos, uso de accesorios adicionales que afecten la portación normal del uniforme. Los objetos retirados por el personal del plantel, serán devueltos al padre de familia o tutor al final del semestre. Sanción: Asistir a 4 horas de actividad comunitaria escolar, en caso de reincidencia se citará a padres de familia para establecer compromiso sobre la disciplina de portación del uniforme y se duplicarán las horas de sanción.
14 Página8 2. Presentarse a la Institución con aliento alcohólico, introducir o consumir narcóticos, bebidas embriagantes o estupefacientes dentro del plantel, sus anexos y alrededores, portar cualquier tipo de armas o utilizar algún objeto con la intención de dañar a otro. Sanción: Baja temporal, posterior a cita con padres de familia. El reingreso será condicionado por parte de la Dirección del Plantel. En la Oficina de Orientación Educativa, deberá entregar constancia de atención y seguimiento durante un periodo mínimo de 6 meses por parte de Centros de Integración Juvenil para tratamiento contra las adicciones. 3. Usar dentro del aula de clases: teléfono celular, IPOD, juegos de video portátil o cualquier otro tipo de instrumento de comunicación. De usarlo será incautado por el docente y llevado a la oficina de orientación educativa, se devolverá únicamente al padre o tutor por primera vez. Si el alumno reincide se le entrega hasta el final del semestre. En caso de pérdida o extravío, el plantel no se hace responsable. Sanción: 4 horas de actividad comunitaria escolar. 4. Hacer uso indebido de balones, pelotas, cachuchas, revistas, practicar juegos de azar o utilizar cualquier objeto que altere el orden y la práctica docente dentro de la Institución, será incautado y llevado a orientación educativa. Sanción: 4 horas de actividad comunitaria escolar. 5. Realizar actos inmorales dentro de la escuela, adoptar conductas de demostración de afecto que puedan considerarse como no adecuadas a las buenas costumbres en una Institución Educativa. Tales como: besarse de boca a boca, recostarse, tocamientos, abrazos prolongados y relaciones sexuales. Sanción: De acuerdo a la infracción, se otorgarán desde 4 horas de actividad comunitaria escolar, cita a padres de familia o se turnará a Consejo Técnico Consultivo.
15 Página9 6. Golpear a uno o varios compañeros, así como pelear entre grupos (aún fuera de la escuela). Sanción: Baja Temporal. Para su reingreso, se usarán criterios condicionantes por parte de la Dirección del plantel y del Consejo Técnico Consultivo. 7. Tirar basura dentro de las instalaciones (aulas, pasillos, talleres, laboratorios, cafetería, estacionamiento, etc.) será causa de: Sanción: 4 horas de actividad de apoyo comunitario escolar. 8. Cualquier muestra de falta de respeto y/o de violencia comprobada, ya sea física, psicológica o verbal dentro o fuera del plantel, y/o en medios electrónicos, (Facebook, Twitter, YouTube, y otras redes sociales) hacia compañeros o personal adscrito al Plantel. Sanción: De acuerdo con la gravedad de la acción se le aplicarán desde 12 horas de actividad comunitaria escolar y se turnará al Consejo Técnico Consultivo. 9. Alterar el orden y faltar al respeto (acosar, calumniar, tocar, fotografiar o grabar con fines de burla) a los maestros, personal administrativo, así como a compañeros. Se reportará a la oficina de orientación educativa para hacer el reporte correspondiente y anexarlo a su expediente. Sanción: De inmediato se aplicarán 16 horas de actividad comunitaria escolar y dependiendo de la falta se turnará al Consejo Técnico Consultivo quienes analizarán el caso llegando a autorizar la Baja Temporal. El reingreso del alumno se realizará bajo criterios condicionados por parte de la Dirección del plantel.
16 Página De acuerdo a La Ley Antitabaco, a nivel nacional queda prohibido FUMAR dentro de las instalaciones del Plantel y en sus inmediaciones (Estacionamiento, canchas, etc.). Sanción: 12 horas de actividad de apoyo escolar comunitario. En caso de reincidencia se turnará al Centro de Integración Juvenil para su orientación y se citará a padres para informar el comportamiento. 11. Cualquier acto de deshonestidad comprobada (robo, mentira, extorsión, plagio, encubrimiento, etc.) por parte del alumno hacia sus compañeros, maestros, personal administrativo o manual de la institución. Sanción: De acuerdo a la gravedad de la situación, se turnará a Consejo Técnico Consultivo quien determinará la sanción correspondiente. De inmediato se aplicarán 16 horas de actividad comunitaria escolar. 12. La publicación en cualquier medio de artículos, presentaciones, videos, etc., que dañen la imagen del Plantel, del Personal y Alumnado. Sanción: De inmediato se aplicarán 16 horas de actividad comunitaria escolar, además de turnarse a Consejo Técnico Consultivo del Plantel, quien determinará la sanción correspondiente. 13. Realizar todo tipo de festejos dentro de la institución sin autorización previa del departamento de Subdirección y/o Servicios Escolares. Sanción: 12 horas de actividad comunitaria escolar. 14. Uso de lenguaje ofensivo u obsceno por parte de los alumnos dentro de la institución o durante la portación del uniforme. Sanción: 4 horas de actividad comunitaria escolar, citatorio a padres en caso de reincidir en el comportamiento para duplicar sanción. 15. Abandonar el plantel durante el horario de clases sin autorización de Orientación Educativa.
17 Página11 Sanción: 4 horas de actividad comunitaria escolar. Si el alumno es reincidente se citará a padres de familia para informar la situación. 16. Promover faltas colectivas (Ponerse de acuerdo para faltar injustificadamente 2 o más alumnos de un mismo grupo). Sanción: 12 horas de actividad comunitaria escolar, además de citatorio a padres de familia para informar la situación actual del alumno. 17. Falsificar documentos y firmas de identificación personal, académicos o docentes. Alterar documentos oficiales como: listas de asistencia, constancias, boletas de calificación, certificados, credenciales y demás. Sanción: De acuerdo a la falta, se aplicarán de inmediato 8 horas de actividad comunitaria escolar y se turnará a Consejo Técnico Consultivo. 18. Participar de forma comprobada por alguna autoridad legal en actividades delictivas o criminales dentro o fuera del plantel. Sanción: Baja Temporal. Su reingreso se realizará bajo criterios condicionados por parte de Dirección. 19. Hacer uso inadecuado o transferir su credencial escolar. Sanción: 4 horas de actividad comunitaria escolar. Título II. La Disciplina Escolar y Sanciones Artículo 39. Los Maestros y Prefectos estarán facultados de autoridad para llamar la atención a los alumnos cuando lo juzguen conveniente en caso de desobedecer este reglamento, además de promover y sugerir ante la oficina de orientación educativa, que el alumno cumpla actividades comunitarias escolares.
18 Página12 Artículo 40. El Prefecto es representante directo de la autoridad escolar del plantel en la conducción ordenada y la disciplina. Artículo 41. El docente se encuentra facultado para establecer las normas disciplinarias a seguir durante sus horas de clase, así como aplicar las sanciones correspondientes por dicho incumplimiento. Artículo 42. El alumno que abandone sus deberes escolares o que desobedezca este reglamento, será reportado al Tutor académico y a la oficina de Orientación Educativa para determinar la sanción correspondiente y notificar al Padre de familia o tutor. Artículo 43. El alumno reincidente en indisciplina perderá el derecho a recibir Carta de Buena Conducta, expedida por la oficina de Control Escolar. Artículo 44. Los actos de indisciplina del alumnado, serán registrados en la bitácora de Orientación Educativa, anexando evidencia y firmas del padre o tutor según corresponda, con copia de identificación oficial. Artículo 45. El alumno con reportes de indisciplina registrados en la bitácora de Orientación Educativa, perderá sus derechos a cambios de turno y/o especialidad, reconocimientos, participación en viajes de intercambio cultural o derecho de permanencia en algún equipo deportivo representativo de la institución. Artículo 46. Los alumnos que destruyan, dañen la infraestructura o sustraigan material de la Institución serán sancionados con su BAJA TEMPORAL, además de estar obligados a reponerlo. Título III. Artículos Transitorios
19 Página13 Artículo 47. El presente reglamento entra en vigor a partir del ciclo escolar Agosto 2016 Enero 2017 y deroga todos los anteriores. Artículo 48. Los casos no previstos en el presente Reglamento serán resueltos por el Consejo Técnico Consultivo. Artículo 49. El presente reglamento está sujeto a cambios, previo acuerdo de las autoridades correspondientes. Revisado y Autorizado: CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO DEL CBTIS 164 Ciudad Madero, Tamaulipas. Julio de 2016
20 Página14 LEÍMOS, CONOCEMOS Y ACEPTAMOS DE CONFORMIDAD EL PRESENTE REGLAMENTO: El que suscribe alumno(a):, del grupo: Carrera: Turno: de esta Institución Educativa, declara estar consciente que al ser aceptado como alumno de esta institución, debe acatar los lineamientos del Reglamento General para Alumnos del Centro de Bachillerato Tecnológico Industrial y de Servicios No. 164 Emilio Portes Gil, dependiente de la Dirección General de Educación Tecnológica Industrial; perteneciente a la Subsecretaría de Educación Media Superior. El Reglamento General de Alumnos del que tengo conocimiento corresponde al periodo Agosto 2016 Enero NOMBRE Y FIRMA ALUMNO(A) NOMBRE Y FIRMA PADRE O TUTOR Ciudad Madero, Tamaulipas a: Fecha de entrega NOTA: Deberá anexar a esta última hoja debidamente llenada, la copia por ambos lados de la credencial de elector de quien firme de enterado como padre o tutor
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