DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN PARA SERVICIOS DE CONSULTORÍA MODALIDAD DE APOYO NACIONAL A LA PRODUCCIÓN Y EMPLEO

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1 DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN PARA SERVICIOS DE CONSULTORÍA MODALIDAD DE APOYO NACIONAL A LA PRODUCCIÓN Y EMPLEO SOLICITUD DE COTIZACIONES Código Único de Contratación Estatal Código BCB: ANPE C N 130/2010-2C SEGUNDA CONVOCATORIA CONTRATACIÓN DE UN CONSULTOR PARA EL DESARROLLO DE INTERFASES DEL SOFTWARE PARA LA GESTIÓN DE LAS RESERVAS INTERNACIONALES La Paz, Octubre 2010

2 ÍNDICE Descripción Página PARTE I: CONDICIONES GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN Pág Normativa Aplicable al Proceso de Contratación Pág Proponentes Elegibles Pág Actividades administrativas previas a la presentación de Cotizaciones Pág Garantías Pág Rechazo y descalificación de Cotizaciones Pág Declaratoria desierta Pág Documentos que debe presentar el proponente Pág Recepción de Cotizaciones Pág Apertura de Cotizaciones Pág Evaluación Preliminar Pág Aplicación de los métodos de selección y adjudicación Pág Contenido del informe de evaluación y recomendación Pág Adjudicación o declaratoria desierta Pág Suscripción de contrato y pago Pág Modificaciones al contrato Pág. 6 PARTE II: INFORMACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN Pág Convocatoria y Datos Generales del Proceso de Contratación Pág Condiciones y Términos de Referencia requeridos para el Servicio de Consultoría Pág. 9 PARTE III Pág. 13 ANEXO 1: FORMULARIO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Pág. 13 ANEXO 2: FORMULARIO DE EVALUACIÓN DE LA CALIDAD Y PROPUESTA TÉCNICA Pág. 16 ANEXO 3: MODELO DE CONTRATO Pág. 18 ANEXO 4: MODELOS DE CURRÍCULUM VITAE Pág. 24

3 PARTE I CONDICIONES GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACION 1. NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN El proceso de contratación de servicios de consultoría se rige por el Decreto Supremo N 0181 de 28 de junio de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS) y el presente Documento Base de Contratación (DBC). 2. PROPONENTES ELEGIBLES En esta convocatoria podrán participar únicamente las personas jurídicas legalmente constituidas, en forma independiente o como asociaciones accidentales. 3. ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS No corresponde 4. GARANTÍAS De acuerdo con lo establecido en el Artículo 20 de las NB-SABS, el proponente decidirá el tipo de garantía a presentar entre: Boleta de Garantía, Boleta de Garantía a Primer Requerimiento o Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento. (Estas garantías deberán expresar su carácter renovable, irrevocable y de ejecución inmediata). 4.1 La garantía requerida es: Garantía de Cumplimiento de Contrato. La entidad convocante solicitara la Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato. Sin Cuando se tengan programados pagos parciales, en sustitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, se podrá prever una retención del siete por ciento (7%) de cada pago. 4.2 El tratamiento de ejecución y devolución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato se establecerá en el Contrato. 5. RECHAZO Y DESCALIFICACIÓN DE COTIZACIONES 5.1 Procederá el rechazo de la cotización cuando ésta fuese presentada fuera del plazo (fecha y hora) y/o en lugar diferente al establecido en el presente DBC. 5.2 Las causales de descalificación son: a) Incumplimiento u omisión en la presentación de cualquier documento requerido en el presente DBC. La omisión no se limita a la falta de presentación de documentos, refiriéndose también a que cualquier documento presentado no cumpla con las condiciones de validez requeridas. b) Cuando la cotización no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC. 1

4 c) Cuando la propuesta económica exceda el Precio Referencial. d) Si se determinase que el proponente se encuentra dentro los impedimentos que prevé el Artículo 43 de las NB-SABS. e) Si para la suscripción del contrato, la documentación en fotocopia simple de los documentos señalados en el presente DBC, no fuera presentada dentro del plazo establecido para su verificación; salvo que el proponente hubiese justificado oportunamente el retraso. f) Cuando el período de validez de la cotización no se ajuste al plazo mínimo requerido; g) Cuando el proponente presente dos o más alternativas; h) Cuando el proponente presente dos o más cotizaciones; i) La falta de firma del Proponente en uno (1) o varios de los Formularios y Documentos solicitados en el presente DBC. 6. DECLARATORIA DESIERTA El RPA declarará desierta una convocatoria pública, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 27 de las NB-SABS. 7. DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTAR EL PROPONENTE Los documentos que deben presentar las personas jurídicas son: a) Formulario de Presentación de la Propuesta (Formulario Nº 1 Datos Del Proponente, Declaración Jurada para personas naturales) b) Propuesta Técnica en base a los Términos de Referencia señalados en el presente DBC (Formulario de Términos de Referencia, adjuntando la documentación requerida). c) Currículum Vitae con la documentación de respaldo, tomando en cuenta el Anexo 4 u otro similar que contenga la información requerida. 8. RECEPCIÓN DE COTIZACIONES 8.1 La recepción de cotizaciones se efectuará, en el lugar señalado en el presente DBC hasta la fecha y hora límite fijados en el mismo. (Ventanilla Única de Correspondencia, ubicada en la Planta Baja del Edificio Principal del BCB sobre la calle Ayacucho) 8.2 Los proponentes podrán presentar sus cotizaciones según su criterio: de manera abierta o en sobre cerrado, situación que deberá consignarse en el registro o libro de actas. 8.3 Cuando el proponente decida presentar su cotización en sobre cerrado, éste no deberá ser abierto hasta antes de la fecha y hora límite de plazo establecida para su presentación, en cuyo caso deberá estar rotulado de la siguiente manera: 2

5 Código Único de Contratación Estatal BANCO CENTRAL DE BOLIVIA GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN SUBGERENCIA DE SERVICIOS GENERALES DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES NOMBRE DEL PROPONENTE: SOLICITUD DE COTIZACIONES Código BCB: ANPE-C N 130/2010 2C SEGUNDA CONVOCATORIA No abrir antes de horas 15:00 del día viernes 15 de octubre de APERTURA DE COTIZACIONES La apertura pública de cotizaciones se realizará en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DBC, donde se revisará la presentación de los documentos solicitados en el presente DBC. El acto se efectuara así se hubiese recibido una sola propuesta. En caso de no existir propuestas, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación suspenderá el acto y recomendará al RPA, que la convocatoria sea declarada desierta. 10. EVALUACIÓN PRELIMINAR El Responsable de Evaluación en sesión reservada y según la verificación de presentación de documentos del Acto de Apertura, determinará si las propuestas continúan o se descalifican aplicando la metodología de CUMPLE / NO CUMPLE en la presentación de documentos y los Términos de Referencia. 11. APLICACIÓN DE LOS METODOS DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN Evaluación con el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo El procedimiento de evaluación será el siguiente: La entidad establecerá un presupuesto fijo, que cancelará por la prestación del servicio de consultoria. Para aquellas propuestas admitidas, luego de la evaluación preliminar, la entidad convocante verificará el cumplimiento del Perfil del Consultor y Experiencia (Inciso E de los Términos de Referencia) para aplicar los criterios de evaluación y asignar los puntajes, conforme lo establecido en el Formulario de Evaluación de la Calidad y Propuesta Técnica para personas Naturales. Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de setenta (70) puntos, serán descalificadas. 3

6 De las propuestas que hubieran obtenido el puntaje mínimo requerido, se adjudicará a aquella que presente la mejor calificación técnica. 12. CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN El Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, deberá contener mínimamente lo siguiente: a) Nómina de los proponentes. b) Cuadros Comparativos. c) Cuadros de evaluación. d) Causales para la descalificación de propuestas, cuando corresponda. e) Otros aspectos que el Responsable de Evaluación considere pertinentes. f) Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta. 13. ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA El RPA, recibido el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta y dentro del plazo fijado en el cronograma de plazos, emitirá la Adjudicación o Declaratoria Desierta En caso de que el RPA solicite al Responsable de Evaluación la complementación o sustentación del informe, podrá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha establecida para la emisión de la Adjudicación o Declaratoria Desierta. Si el RPA, recibida la complementación o sustentación del Informe de Evaluación y Recomendación, decidiera bajo su exclusiva responsabilidad, apartarse de la recomendación, deberá elaborar un informe fundamentado dirigido a la MAE y a la Contraloría General del Estado. 14. SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO Y PAGO 14.1 Para la suscripción de contrato el proponente adjudicado deberá presentar la siguiente documentación en fotocopia simple, siendo causal de descalificación de la propuesta el incumplimiento en su presentación: a) Cedula de Identidad b) Número de Identificación Tributaria (NIT), salvo lo previsto en el numeral c) La Garantía de Cumplimiento de Contrato La entidad convocante deberá otorgar al proponente adjudicado un plazo no inferior a dos (2) días para la presentación de los documentos requeridos en el presente DBC; si el proponente adjudicado presenta los documentos antes del tiempo otorgado, el proceso podrá continuar. Si el proponente adjudicado no cumple con la presentación de los documentos requeridos para la suscripción del contrato será descalificado; y se procederá a la evaluación y, cuando corresponda, a la adjudicación de la siguiente cotización mejor evaluada, siempre que la misma no exceda el precio referencial, y así sucesivamente. 4

7 14.3 Los pagos por el servicio se realizarán previa la conformidad de la entidad convocante y entrega de factura por el proponente En las contrataciones de personas naturales, en ausencia de la nota fiscal (factura), la entidad convocante deberá retener los montos de obligaciones tributarias, para su posterior pago al Servicio de Impuestos Nacionales. En los contratos suscritos para servicios de consultoría individual de línea, al encontrarse las personas naturales sujetas al Régimen Complementario de Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), la entidad convocante solicitará a los consultores contratados el Número de Identificación Tributaria (NIT) de registro en el Servicio de Impuestos Nacionales como contribuyentes directos del RC-IVA, siendo responsabilidad del consultor presentar la declaración jurada trimestral al Servicio de Impuestos Nacionales. 15. MODIFICACIONES AL CONTRATO Las modificaciones al contrato podrán efectuarse mediante: Contrato Modificatorio: Cuando la modificación a ser introducida afecte el alcance, monto y/o plazo del contrato. Se podrán realizar uno o varios contratos modificatorios, que sumados no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal. 5

8 PARTE II INFORMACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN 16. CONVOCATORIA Y DATOS GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN A. CONVOCATORIA Se convoca a la presentación de propuestas para el siguiente proceso: Entidad convocante : Modalidad de Contratación : Código interno que la entidad utiliza para Identificar al proceso : Objeto de la contratación : Banco Central de Bolivia Apoyo Nacional a la Producción y Empleo CUCE : ANPE C Nº130/2010-2C CONTRATACIÓN DE UN CONSULTOR PARA EL DESARROLLO DE INTERFASES DEL SOFTWARE Método de Selección y a) Calidad, Propuesta Técnica y Costo b) Menor Costo Adjudicación : X c) Presupuesto Fijo d) Calidad Forma de Adjudicación : Precio Referencial : La contratación se formalizará mediante : Garantía de Cumplimiento de Contrato : Organismo Financiador : Total Bs60.000,00 Contrato El proponente adjudicado deberá constituir la garantía de cumplimiento de contrato (Boleta de Garantía, Boleta de Garantía a Primer Requerimiento o Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento); estas garantías deberán expresar su carácter de Renovable, Irrevocable y de Ejecución Inmediata) por el 7% del monto total del contrato; o solicitar la retención del 7% en caso de pagos parciales. Nombre del Organismo Financiador % de Financiamiento (de acuerdo al clasificador vigente) Recursos propios del BCB 100 B. INFORMACION DEL DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION (DBC) Los interesados podrán recabar el Documento Base de Contratación (DBC) en el sitio Web del SICOES y obtener información de la entidad de acuerdo con los siguientes datos: Horario de atención de la entidad : De horas 08:30 a horas 16:30 Nombre Completo Cargo Dependencia Encargado de atender consultas Administrativas : Técnicas : Domicilio fijado para el proceso de contratación por la entidad : convocante Teléfono : Correo electrónico para consultas : Olga Flores Villca José Luis Bernal Catacora Técnico en Compras y Contrataciones Jefe del Dpto. de Operaciones de Inversión Dpto. de Compras y Contrataciones Gerencia de Operaciones Internacionales Piso 7 del Edificio Principal del BCB, ubicado Calle Ayacucho esquina Mercado. La Paz Bolivia Consultas Administrativas: Interno Consultas Técnicas: Interno 1707 Fax : oflores@bcb.gob.bo o gzavala@bcb.gob.bo 6

9 C. CRONOGRAMA DE PLAZOS El cronograma de plazos previsto para el proceso de contratación, es el siguiente: # ACTIVIDAD 1 2 Publicación del DBC en el SICOES y en la Mesa de Partes* Fecha límite de presentación y Apertura de Propuestas* FECHA HORA Día/Mes/Año Hora:Min : 05/10/2010 : 15/10/ :00 LUGAR Y DIRECCIÓN Presentación de Cotizaciones: Ventanilla Única de Correspondencia Planta Baja del Edificio Principal del BCB Apertura de Sobres: Piso 7 del Edificio Principal del BCB ubicado en el Calle Ayacucho esquina Mercado 3 Adjudicación o Declaratoria Desierta : 05/11/ Notificación 12/11/ Presentación de documentos para suscripción de contrato : 19/11/ Suscripción de contrato : 26/11/2010 (*) Estas fechas son fijas en el proceso de contratación 7

10 17. CONDICIONES Y TÉRMINOS DE REFERENCIA REQUERIDOS PARA EL SERVICIO DE CONSULTORÍA # El proponente, a objeto de cumplir con la presentación de su propuesta [inciso b), numeral 7, Parte I del presente DBC], debe presentar el siguiente formulario, debidamente llenado según la instrucción específica. A. ALCANCE. FORMULARIO DE TÉRMINOS DE REFERENCIA Característica Solicitada (llenado por el Área Solicitante del BCB) Desarrollo de la interfaz ABACUS-COIN para la generación de los comprobantes contables en forma automática de las operaciones que se realizan en el Departamento de Operaciones de Inversión de la Gerencia de Operaciones Internacionales, que permita almacenar e introducir información para la generación de reportes y la actualización de datos, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones: Base de datos con información histórica e información complementaria. Creación de diferentes perfiles de usuario. Reportes estadísticos. Sistema de alertas. Característica Ofertada (llenado por el Proponente manifestar aceptación y presentar la documentación Para la calificación del BCB Cumple requerida) SI NO 1 Desarrollo de la interfaz ABACUS-SWIFT para la generación en forma automática de mensajes SWIFT de transferencias, confirmaciones y órdenes de entrega y recibo de títulos que se realizan en el Departamento de Operaciones de Inversión de la Gerencia de Operaciones Internacionales, que contenga una base de datos y permita la generación de reportes, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones: Base de datos con información histórica e información complementaria. Creación de diferentes perfiles de usuario. Creación de esquemas o plantillas predefinidas. Reportes estadísticos. B. CONTRAPARTE TÉCNICA La Contraparte Técnica del BCB está conformada por el Jefe de Departamento de Operaciones de Inversión de la Gerencia de Operaciones Internacionales y el Administrador del Software de reservas del BCB que se encargarán de realizar el seguimiento al servicio de consultoría contratado en la parte funcional, pruebas del software y el correcto funcionamiento del sistema y por el Jefe del Departamento de Desarrollo de la Gerencia de Sistemas encargado de supervisar la aplicación y el cumplimiento de la metodología y estándares establecidos en el BCB para el desarrollo de aplicaciones. Al final de la ejecución de la consultoría, previa presentación y aprobación del Informe Final del consultor, la Contraparte Técnica emitirá un Informe Final y el Certificado de Conformidad de la prestación del servicio de consultoría. 8

11 # Característica Solicitada (llenado por el Área Solicitante del BCB) C. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES Característica Ofertada (llenado por el Proponente manifestar aceptación y presentar la documentación Para la calificación del BCB Cumple requerida) SI NO El servicio deberá ser desarrollado en las siguientes etapas: C.1 Primera etapa: Procesos de Inicio y planificación del Proyecto. El consultor en el plazo de 10 días hábiles de la firma del contrato, presentará una propuesta del proyecto (PP) en base a una evaluación de la información existente en el área solicitante. El documento de PP debe tener el cronograma de ejecución de las fases del proyecto en el que se incluya como recurso al menos un funcionario de la Subgerencia de Sistemas de Información con actividades asignadas para lo cual el consultor debe coordinar y consensuar con la contraparte técnica los detalles correspondientes. Asimismo, el documento de PP debe tener un documento de análisis de riesgos según normas del BCB. La Contraparte Técnica aprobará el documento de propuesta del proyecto hasta 5 días hábiles después de recibido dicho documento. 1 C.2 Segunda etapa: Procesos de ejecución La Contraparte Técnica en coordinación con los Jefes de los Departamentos de Desarrollo y Base de datos de la Gerencia de Sistemas deberán definir la estrategia de desarrollo del software (SW) basándose en el documento de Ciclos de Vida de SW. El consultor debe elaborar y presentar el documento de Especificaciones de Software (ERS) y debe estar aprobado por la Contraparte Técnica. El consultor debe realizar el diseño arquitectónico del sistema, el cual debe estar aprobado por el Jefe del Departamento de Desarrollo de la Gerencia de Sistemas. El modelo de la base de datos debe ser aprobado por el Jefe del Departamento de Base de Datos de la Gerencia de Sistemas. El consultor debe aplicar herramientas de desarrollo estándares en el BCB para la codificación del software y contar con la aprobación de la Contraparte Técnica del Área de Sistemas. El código de los programas debe presentarse según cronograma de ejecución y estándar. El consultor debe obtener la aceptación del producto de software mediante formulario y procedimiento establecido para las pruebas unitarias e integrales por parte del área solicitante. El Departamento de Desarrollo de la Gerencia de Sistemas efectuará las revisiones técnicas formales del producto mediante procedimiento establecido por la Gerencia de Sistemas. Las observaciones deben ser corregidas por el consultor en el plazo acordado con la Contraparte Técnica. C.3 Tercera etapa: Procesos de cierre A la finalización de cada etapa la Contraparte Técnica emitirá el Certificado de Conformidad para el pago de los servicios prestados por el consultor. El consultor a través de la Contraparte Técnica entregará los productos de software y carpeta del proyecto al Departamento de Seguridad Informática de la Gerencia de Sistemas para la respectiva revisión de aspectos de seguridad informática. El consultor debe corregir o reparar las observaciones, si es que hubiera, del Departamento de Seguridad Informática de la Gerencia de Sistemas. Una vez verificadas las mismas, el Departamento de Seguridad Informática de la Gerencia de Sistemas emitirá un Informe aceptando el producto. 9

12 # 2 BANCO CENTRAL DE BOLIVIA Característica Solicitada (llenado por el Área Solicitante del BCB) El consultor adjudicado con el presente trabajo, se compromete a brindar atención a requerimiento del BCB, durante el tiempo de tres (3) meses posteriores a la puesta en producción del producto, para la corrección de errores y/o soporte técnico de los productos generados en la consultoría. D. RESULTADOS Y PRODUCTOS ESPERADOS. Se espera los siguientes resultados y productos finales: Una interfase que genere automáticamente los comprobantes contables generados por el Departamento de Operaciones de Inversión de la Gerencia de Operaciones Internacionales que permita almacenar e introducir información para la generación de reportes y la actualización de datos. Una interfase que genere automáticamente mensajes SWIFT de transferencia, confirmación y órdenes de entrega y recibo, con una base de datos histórica y complementaria que permita la generación de reportes. Informes presentados a la Contraparte Técnica de acuerdo al cronograma aprobado, detallando las tareas asignadas y ejecutadas. Componentes de software, definidos en el alcance, implementados en base a 1 los estándares definidos en la Subgerencia de Sistemas de Información. Formulario(s) Pruebas y Revisión de Sistemas Informáticos firmado(s) por el área usuario, en la cual expresa su conformidad con la funcionalidad de los componentes de software. Formulario(s) Revisión Técnica Formal atendido(s) Documentación del sistema, en base a los estándares definidos en la Subgerencia de Sistemas de Información. Manual de Usuario Informe final del trabajo de la consultoría, presentado a la finalización de sus servicios. Característica Ofertada (llenado por el Proponente manifestar aceptación y presentar la documentación E. FORMACIÓN PROFESIONAL, EXPERIENCIA GENERAL Y ESPECIFICA DEL CONSULTOR Los siguientes requisitos son los mínimos requeridos para el consultor que debe realizar el trabajo descrito en los presentes Términos de Referencia: Formación Profesional (Habilitante) Licenciado en informática o Ingeniería de sistemas con título en provisión nacional. Diplomado o especialización, acreditado con título académico (Deseable) Maestría (Deseable). Experiencia General (Calificable) Experiencia de por lo menos un (1) año en el análisis, diseño, desarrollo y/o mantenimiento de sistemas informáticos. Experiencia Específica (Calificable) 1. Experiencia especifica de por lo menos un (1) año en el análisis, diseño, desarrollo y/o mantenimiento de sistemas informáticos con base de datos INFORMIX y/o SQL SERVER. Experiencia especifica de por lo menos un (1) año en el análisis, diseño, desarrollo y/o mantenimiento de sistemas informáticos con la herramienta Power Builder. Otros Disponibilidad inmediata Nota. El consultor deberá presentar su Currículum Vitae, tomando en cuenta el formato establecido en el anexo 4, adjuntando fotocopias simples de todos los certificados y/o contratos que acrediten su experiencia general, específica, formación profesional y referencias personales de los trabajos realizados. (manifestar aceptación y adjuntar la documentación requerida) Para la calificación del BCB Cumple requerida) SI NO 10

13 # Característica Solicitada (llenado por el Área Solicitante del BCB) F. DURACIÓN DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO El plazo máximo para el desarrollo de los productos es de diez (10) meses a partir de la fecha de notificación por parte de la Gerencia de Operaciones Internacionales de la aprobación del cronograma planteado por el consultor. 1. El monto asignado al contrato es de bolivianos sesenta mil (Bs ) que serán cancelados de la siguiente manera: el 20% a la entrega del 30% del producto de la consultoría, el 25% a la entrega del 60% del producto de la consultoría, el 25% a la entrega del Informe Final de acuerdo al cronograma aprobado y 30% después de la puesta en producción. G. CONFIDENCIALIDAD 1. El consultor contratado se comprometerá de forma escrita a guardar absoluta confidencialidad sobre la información a la que tenga acceso o a la información que se genere durante el proceso de ejecución de la consultoría. Toda la documentación, información y productos que se generen en este servicio de consultoría son de exclusiva propiedad del BCB. H. PENALIDADES La demora en la entrega del trabajo será penalizada con el descuento del cero coma cinco por ciento (0.5%) del monto total adjudicado, por cada día de 1. retraso en la entrega del producto. En el caso de presentar un servicio incompleto o con deficiencias, éstas deberán ser subsanadas hasta lograr la conformidad del BCB, mientras tanto 2. corre la penalización descrita en el numeral anterior. Cuando la acumulación de multas alcance un monto equivalente al diez por ciento (10%) de la suma total del contrato, el mismo quedará resuelto de pleno 3. derecho, sin necesidad de realizar ningún trámite posterior. I. RESERVA DE DERECHOS DEL BCB 1. El BCB se reserva los siguientes derechos: Verificar los originales de la documentación presentada como respaldo, de acuerdo con lo requerido. Dejar sin efecto el presente proceso cuando surja un hecho de fuerza mayor o caso fortuito debidamente justificado. Declarar desierta la convocatoria de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente de contrataciones estatales (D.S. 181) J. GARANTÍAS Característica Ofertada (llenado por el Proponente manifestar aceptación y presentar la documentación Para la calificación del BCB Cumple requerida) SI NO 1. El consultor adjudicado podrá escoger los siguientes tipos de garantía: boleta de garantía, boleta de garantía a primer requerimiento, Póliza de Seguro de Caución a primer requerimiento o una retención de los pagos parciales, todos por el siete por ciento (7%) sobre el monto total del contrato. La garantía escogida cubrirá tanto la entrega de los productos esperados como los tres (3) meses posteriores a la puesta en producción del producto, para la corrección de errores y/o soporte técnico de los productos generados en la consultoría, la misma que será devuelta junto con el Certificado de Cumplimiento emitido por la Gerencia de Administración. 11

14 # K. SERVICIOS OTORGADOS Característica Solicitada (llenado por el Área Solicitante del BCB) Característica Ofertada (llenado por el Proponente manifestar aceptación y presentar la documentación Para la calificación del BCB Cumple requerida) SI NO 1. La consultoría se realizará en el Departamento de Operaciones de Inversión de la Gerencia de Operaciones Internacionales, piso 17 del Banco Central de Bolivia El Banco Central de Bolivia suministrará el refrigerio y el transporte durante la duración de la consultoría. L. MÉTODO DE SELECCIÓN (PRESUPUESTO FIJO) Los criterios de calificación y los puntajes establecidos para el presente proceso de contratación, se encuentran detallados en el anexo 2 del presente DBC. Los mismos que se describen a continuación en forma resumida: Experiencia general del consultor 20 Experiencia específica del consultor 60 Propuesta Técnica 20 TOTAL 100 El puntaje mínimo es de 70 puntos. 12

15 PARTE III ANEXO 1 FORMULARIO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS FORMULARIO 1 DATOS DEL PROPONENTE Y DECLARACIÓN JURADA PARA PERSONAS NATURALES 1. DATOS DEL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN Señalar el número de CUCE que aparece en la convocatoria : Señalar el objeto de la Contratación que aparece en la convocatoria : Contratación de un Consultor para el Desarrollo de Interfases del Software para la Gestión de las Reservas Internacionales" Señalar el tiempo de validez de la propuesta (mínimo 60 días calendario)(**): 2. DATOS GENERALES DEL PROPONENTE Nombre del proponente : Domicilio del proponente fijado para la contratación : Teléfonos : Fax (sólo si tiene) : Casilla (sólo si tiene) : Correo electrónico (sólo si tiene) : Fecha de Expedición CI/NIT (Día Mes Año) Cédula de Identidad : Número de Identificación Tributaria : (**) En caso de que el proponente no especifique el plazo de validez de la propuesta, con la firma del presente formulario se entenderá que acepta el plazo de validez mínimo requerido (60 días calendario). En caso de que el proponente oferte un plazo de validez inferior al requerido, su propuesta será descalificada. (Firma del Proponente) (Nombre completo) 13

16 ANEXO 2 FORMULARIO DE EVALUACIÓN DE LA CALIDAD Y PROPUESTA TÉCNICA METODO DE SELECCIÓN Adjudicación se realizará por presupuesto fijo, a la propuesta que alcance la mayor calificación de los requisitos exigidos en el DBC, el puntaje mínimo es de 70 (setenta) puntos, de acuerdo con los siguientes criterios: CRITERIOS EVALUADOS PUNTOS 1. Experiencia general del consultor 20 Experiencia en el análisis, diseño, desarrollo y/o mantenimiento de sistemas informáticos 20 De uno (1) a tres (3) años Mayor a tres (3) años hasta cinco (5) años Mayor a cinco (5) años quince (15) puntos diecisiete (17) puntos veinte (20) puntos 2. Experiencia específica del consultor 60 Experiencia de por lo menos un (1) año en el análisis, diseño, desarrollo y/o mantenimiento de los siguientes sistemas de información y herramientas: 60 - Sistemas de Información (Se calificará en forma proporcional) (1) : 30 Sistemas de información. treinta (30) puntos - Herramientas: 30 SQLSERVER INFORMIX Power Builder diez (10) puntos diez (10) puntos diez (10) puntos 3. Propuesta Técnica 20 Se verificará el cumplimiento de los Términos de Referencia de acuerdo con la siguiente puntuación: 20 CUMPLE con todos los Términos de Referencia. NO CUMPLE con los Términos de Referencia y queda descalificado veinte (20) puntos cero (0) puntos (1) Se calificará en forma proporcional en función al número de sistemas presentados como experiencia específica, es decir al proponente que presente mayor cantidad de sistemas se le asignará el máximo puntaje y al resto en forma proporcional. Esta calificación se realizará tomando en cuenta la Información proporcionada en el Anexo 4, con la documentación de respaldo. No se considerará la experiencia señalada en dicho Anexo que no cuente con la documentación de respaldo requerida o que dicha documentación no contenga la información señalada en el Anexo 4. 14

17 ANEXO 3 Modelo de contrato N 213 SANO N 000/2010 CONTRATO ADMINISTRATIVO DE CONSULTORÍA INDIVIDUAL PARA EL DESARROLLO DE LAS INTERFASES ABACUS-COIN Y ABACUS-SWIFT Conste por el presente documento privado, un Contrato Administrativo de Consultoría Individual para el Desarrollo de las Interfases ABACUS-COIN y ABACUS-SWIFT, que con el solo reconocimiento de firmas y rúbricas ante autoridad competente a requerimiento de cualquiera de las partes contratantes, hará la misma fe que un documento público, sujeto al tenor de las siguientes cláusulas: CLÁUSULA PRIMERA.- (DE LAS PARTES) Las partes CONTRATANTES son: 1.1. El BANCO CENTRAL DE BOLIVIA, con NIT Nº , con domicilio en la calle Ayacucho esquina Mercado s/n de la zona central, en la ciudad de La Paz Bolivia, representado legalmente por el Lic. Ricardo Pinell Valcarcel, en calidad de Subgerente de Servicios Generales, con Cedula de Identidad Nº , emitida en la ciudad de La Paz, en mérito a la Resolución PRES - GAL N 001/2010 de 28 de enero de 2010, que en adelante se denominará la ENTIDAD. 1.2., mayor de edad, hábil por derecho, titular de la Cédula de Identidad N, expedida en la ciudad de, con Número de Identificación Tributaria (NIT), domiciliado en de la zona, de la ciudad de - Bolivia, en adelante denominado el CONSULTOR. La ENTIDAD y el CONSULTOR en su conjunto serán denominados las PARTES. CLÁUSULA SEGUNDA.- (ANTECEDENTES) La ENTIDAD, mediante, proceso realizado bajo las normas y regulaciones de contratación establecidas en el Decreto Supremo N 0181, de 28 de junio de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS) y el Documento Base de Contratación (DBC), para la Contratación de Servicios de Consultoría, en la Modalidad de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (ANPE), convocó en fecha de de 2010, a personas naturales con capacidad de celebrar actos jurídicos, a presentar propuestas para el desarrollo de las interfases ABACUS-COIN y ABACUS- SWIFT para la ENTIDAD, con Código Único de Contratación Estatal (CUCE):, en base a lo solicitado en el DBC. Concluido el proceso de evaluación de propuestas, el Responsable del Proceso de Contratación de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (RPA), en base al Informe, resolvió adjudicar la prestación del Servicio de Consultoría al CONSULTOR, al cumplir su propuesta con todos los requisitos establecidos en el DBC. CLÁUSULA TERCERA.- (LEGISLACIÓN APLICABLE) El presente Contrato se celebra exclusivamente al amparo de las siguientes disposiciones: Constitución Política del Estado. Ley Nº 1178, de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales. Decreto Supremo Nº 0181, de 28 de junio de 2009, NB-SABS. Ley del presupuesto General aprobado para la gestión. Ley N 2341, de Procedimiento Administrativo. Decreto Supremo Nº 27113, de 23 de julio de 2003, Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo. Las demás disposiciones relacionadas directamente con las normas anteriormente mencionadas. CLÁUSULA CUARTA.- (OBJETO) El objeto del presente contrato es la prestación del servicio de realización del desarrollo de las interfases ABACUS-COIN y ABACUS-SWIFT para la ENTIDAD, que en adelante se denominará la CONSULTORÍA, provista por el CONSULTOR de conformidad con el DBC, la Propuesta Adjudicada, con estricta y absoluta sujeción a este Contrato y de acuerdo a las siguientes características: 15

18 4.1. Alcance. Desarrollo de la interfaz ABACUS-COIN para la generación de traspasos contables automáticos de las operaciones que se realizan en el Departamento de Operaciones de Inversión, que permita almacenar e introducir información para la generación de reportes y la actualización de datos, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones: Base de datos con información histórica e información complementaria. Creación de diferentes perfiles de usuario. Módulo de reportes estadísticos. Módulo de alertas. Desarrollo de la interfase ABACUS-SWIFT para la generación de mensajes SWIFT automáticos de transferencias, confirmaciones y ordenes de entrega y recibo de títulos que se realizan en el Departamento de Operaciones de Inversión, que contenga una base de datos y permita la generación de reportes, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones: Base de datos con información histórica e información complementaria. Creación de diferentes perfiles de usuario. Creación de esquemas o plantillas predefinidas. Módulo de reportes estadísticos Cronograma de actividades: La CONSULTORÍA deberá ser desarrollada de acuerdo a las siguientes etapas Primera etapa: Procesos de Inicio y planificación del Proyecto. El CONSULTOR en el plazo de diez (10) días hábiles de la firma del contrato, presentará una propuesta del proyecto (PP) en base a una evaluación de la información existente en el área solicitante. El documento de PP debe tener el cronograma de ejecución de las fases del proyecto y un análisis de riesgos según normas de la ENTIDAD. La CONTRAPARTE aprobará el documento de propuesta del proyecto hasta cinco (5) días hábiles después de recibido dicho documento Segunda etapa: Procesos de ejecución. La CONTRAPARTE en coordinación con los Jefes de los Departamentos de Desarrollo y Base de datos de la Gerencia de Sistemas de la ENTIDAD deberán definir la estrategia de desarrollo del software (SW) basándose en el documento de Ciclos de Vida de SW. El CONSULTOR debe elaborar y presentar el documento de Especificaciones de Software (ERS) y debe estar aprobado por la CONTRAPARTE. El CONSULTOR debe realizar el diseño arquitectónico del sistema, el cual debe estar aprobado por el Jefe del Departamento de Desarrollo de la Gerencia de Sistemas de la ENTIDAD. El modelo de la base de datos debe ser aprobado por el Jefe del Departamento de Base de Datos de la Gerencia de Sistemas de la ENTIDAD. El CONSULTOR debe aplicar herramientas de desarrollo estándares en la ENTIDAD para la codificación del software y contar con la aprobación de la CONTRAPARTE. El código de los programas debe presentarse según cronograma de ejecución y estándar. El CONSULTOR debe obtener la aceptación del producto de software mediante formulario y procedimiento establecido para las pruebas unitarias e integrales por parte del área solicitante. El Departamento de Desarrollo de la Gerencia de Sistemas de la ENTIDAD efectuará las revisiones técnicas formales del producto mediante procedimiento establecido por la Gerencia de Sistemas de la ENTIDAD. Las observaciones deben ser corregidas por el CONSULTOR en el plazo acordado con la CONTRAPARTE Tercera etapa: Procesos de cierre 16

19 A la finalización de cada etapa la CONTRAPARTE emitirá el Certificado de Conformidad para el pago de los servicios prestados por el CONSULTOR. El CONSULTOR a través de la CONTRAPARTE entregará los productos de software y carpeta del proyecto al Departamento de Seguridad Informática de la Gerencia de Sistemas de la ENTIDAD para la respectiva revisión de aspectos de seguridad informática. El CONSULTOR debe corregir las observaciones, si es que hubiera, del Departamento de Seguridad Informática de la Gerencia de Sistemas de la ENTIDAD. Una vez verificadas las mismas, dicho Departamento emitirá un Informe aceptando el producto Resultados y productos esperados: Una interfase que genere automáticamente los traspasos contables generados por el Departamento de Operaciones de Inversión que permita almacenar e introducir información para la generación de reportes y la actualización de datos. Una interfase que genere automáticamente mensajes SWIFT de transferencia, confirmación y órdenes de entrega y recibo, con una base de datos histórica y complementaria que permita la generación de reportes. Informes presentados a la CONTRAPARTE de acuerdo al cronograma aprobado, detallando las tareas asignadas y ejecutadas. Componentes de software, definidos en el alcance, implementados en base a los estándares definidos en la Subgerencia de Sistemas de Información de la Gerencia de Sistemas de la ENTIDAD. Formulario(s) Pruebas y Revisión de Sistemas Informáticos firmado(s) por el área usuario, en la cual expresa su conformidad con la funcionalidad de los componentes de software. Formulario(s) Revisión Técnica Formal atendido(s) Documentación del sistema, en base a los estándares definidos en la Subgerencia de Sistemas de Información de la Gerencia de Sistemas de la ENTIDAD. Manual de Usuario. Informe final del trabajo de la consultoría, presentado a la finalización de sus servicios Refrigerio y transporte. El CONTRATANTE suministrará el refrigerio y el transporte respectivo de la misma manera que a sus funcionarios durante la duración de la CONSULTORÍA CLÁUSULA QUINTA.- (OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR) El PROVEEDOR se compromete y obliga a efectuar la prestación del SERVICIO, objeto del presente contrato de acuerdo a las especificaciones técnicas, características, cantidades, plazo y lugar señalado en base al DBC, condiciones generales de su propuesta que forma parte del presente documento, así como a los términos y condiciones de este contrato, obligándose entre otros a: 5.1. Realizar la CONSULTORÍA, objeto del presente CONTRATO, en forma eficiente, oportuna y en el lugar de destino convenido de acuerdo con los términos de referencia Mantener vigente la garantía presentada Cumplir cada una de las cláusulas del presente contrato Obligación de corrección de errores y/o soporte técnico: El CONSULTOR se obliga a brindar atención a requerimiento de la ENTIDAD, durante tres (3) meses posteriores a la puesta en producción del producto, para la corrección de errores y/o soporte técnico de los productos generados en la CONSULTORÍA Responsabilidad Técnica: El CONSULTOR asume la responsabilidad técnica absoluta, de los servicios profesionales prestados bajo el presente contrato, conforme lo establecido en los Términos de Referencia y propuesta técnico-económica, por lo que deberá desarrollar su trabajo conforme a las más altas normas técnicas de competencia profesional, conforme a las leyes, normas de conducta y costumbres locales. En consecuencia el CONSULTOR garantiza y responde del servicio prestado bajo este Contrato, por lo que en caso de ser requerida su presencia por escrito, para cualquier aclaración, de forma posterior a la liquidación del contrato, se compromete a no negar su participación. 17

20 En caso de no responder favorablemente a dicho requerimiento, la ENTIDAD hará conocer a la Contraloría General del Estado, para los efectos legales pertinentes, en razón de que el servicio ha sido prestado bajo un contrato administrativo, por lo cual el CONSULTOR es responsable ante el Estado. El CONSULTOR, en ningún caso efectuará pagos a terceros, ni aceptará pagos indirectos de terceros, en relación con el servicio objeto de este Contrato, o con los pagos que de estos deriven. No deberá tener vinculación alguna con empresas, organizaciones, funcionarios públicos o personas que puedan potencialmente o de hecho, derivar beneficio comercial del servicio encomendado al CONSULTOR, o de los resultados o recomendaciones de éste. Bajo esta responsabilidad se establece que el CONSULTOR, se hará pasible a las sanciones legales pertinentes, cuando se haya establecido su culpabilidad, por la vía legal correspondiente Responsabilidad Civil: El CONSULTOR será el único responsable por reclamos judiciales y/o extrajudiciales efectuados por terceras personas que resulten de actos u omisiones relacionadas exclusivamente con la prestación del servicio bajo este Contrato CLÁUSULA SEXTA.- (DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO) Para cumplimiento del presente Contrato, forman parte del mismo los siguientes documentos: - Documento Base de Contratación. - Propuesta Adjudicada. - Poder del Representante Legal, cuando corresponda. - Garantía. CLÁUSULA SÉPTIMA.- (VIGENCIA) La vigencia del presente contrato, se extenderá desde su suscripción, hasta que la CONTRAPARTE de la conformidad con la CONSULTORÍA. CLÁUSULA OCTAVA.- (GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO) A la suscripción del contrato, el CONSULTOR, garantiza el fiel cumplimiento del presente Contrato en todas sus partes con a la orden de la ENTIDAD, por el siete por ciento (7%) del monto del contrato que corresponde a 00/100 Bolivianos (Bs, ), con vigencia a partir de la firma de contrato, hasta la conclusión del mismo. (O retención, dependiendo de la garantía ofrecida por el CONSULTOR). La garantía cubrirá tanto la entrega de los productos esperados como los tres (3) meses posteriores a la puesta en producción del producto, para la corrección de errores y/o soporte técnico de los productos generados en la CONSULTORÍA. En caso de que el CONSULTOR, incurriere en algún tipo de incumplimiento contractual, el importe de dicha garantía, será pagado en favor de la ENTIDAD, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial, a su solo requerimiento. CLÁUSULA NOVENA.- (PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO) EL CONSULTOR desarrollará la CONSULTORÍA, en estricto acuerdo con el alcance de trabajo, la propuesta adjudicada, los Términos de Referencia y el cronograma de servicios en el plazo de diez (10) meses, que será computado a partir de la fecha de notificación por parte de la Gerencia de Operaciones Internacionales de la ENTIDAD de la aprobación del cronograma planteado por el CONSULTOR. CLÁUSULA DECIMA.- (LUGAR DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS) El CONSULTOR realizara la CONSULTORÍA, objeto del presente contrato en el Departamento de Operaciones de Inversión de la Gerencia de Operaciones Internacionales, piso 17 de la ENTIDAD. CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA.- (DEL MONTO Y FORMA DE PAGO) El monto total propuesto y aceptado por las PARTES para la ejecución del objeto del presente Contrato es de Sesenta Mil 00/100 Bolivianos (Bs60.000,00), que será cancelado de la siguiente manera: 18

21 El veinte por ciento (20%) a la entrega del treinta por ciento (30%) del producto de la CONSULTORÍA. El veinticinco por ciento (25%) a la entrega del sesenta por ciento (60%) del producto de la CONSULTORÍA El veinticinco por ciento (25%) a la entrega del Informe Final de acuerdo al cronograma aprobado. El treinta por ciento (30%) después de la puesta en producción. Queda establecido que los precios consignados en la propuesta adjudicada incluyen todos los elementos sin excepción alguna, que sean necesarios para la realización y cumplimiento del servicio de CONSULTORÍA. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA.- (ESTIPULACIÓN SOBRE IMPUESTOS) Correrá por cuenta del CONSULTOR el pago de todos los impuestos vigentes en el país a la fecha de presentación de la propuesta. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA.- (FACTURACIÓN) Para que se efectúe el pago, el CONSULTOR deberá emitir la respectiva factura oficial por el monto del pago a favor de la ENTIDAD, caso contrario la ENTIDAD deberá retener los montos de obligaciones tributarias pendientes, para su posterior pago al Servicio de Impuestos Nacionales. (De acuerdo al régimen impositivo del Consultor) CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA.- (PREVISIÓN) El Contrato sólo podrá modificarse mediante un Contrato Modificatorio, establecido en el artículo 89 del Decreto Supremo N 0181, de 28 de junio de 2009, de l as NB- SABS. Las causas modificatorias deberán ser sustentadas por informes técnicos y legales que establezcan la viabilidad técnica y de financiamiento. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA.- (CESIÓN) El CONSULTOR no podrá transferir parcial, ni totalmente las obligaciones contraídas en el presente Contrato, siendo de su entera responsabilidad la ejecución y cumplimiento de las obligaciones establecidas en el mismo. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA.- (MULTAS) El CONSULTOR se obliga a cumplir con el cronograma y el plazo de entrega establecido en el presente Contrato, caso contrario será multado con el cero coma cinco por ciento (0,5%) del monto total del contrato por día de retraso en la entrega del producto. La suma de las multas no podrá exceder en ningún caso el diez por ciento (10%) del monto total del contrato sin perjuicio de resolver el mismo. En caso de presentar un servicio incompleto o con deficiencias, éstas deberán ser subsanadas hasta lograr la conformidad de la ENTIDAD, mientras corre la multa descrita anteriormente. Dichas multas serán cobradas excepto en los casos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados. CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA.- (CONFIDENCIALIDAD) Los materiales producidos por el CONSULTOR así como la información a la que este tuviere acceso, durante o después de la ejecución del presente contrato tendrá carácter confidencial, quedando expresamente prohibida su divulgación a terceros, a menos que cuente con un pronunciamiento escrito por parte de la ENTIDAD en sentido contrario. Asimismo, el CONSULTOR reconoce que la ENTIDAD es la única propietaria de los productos y documentos producidos por el CONSULTOR, producto del presente Contrato. CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA.- (EXONERACIÓN A LA ENTIDAD DE RESPONSABILIDADES POR DAÑO A TERCEROS) El CONSULTOR se obliga a tomar todas las previsiones que pudiesen surgir por daño a terceros, se exonera de estas obligaciones a la ENTIDAD. CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA.- (EXTINCIÓN DEL CONTRATO) Se dará por terminado el vínculo contractual por una de las siguientes modalidades: Por Cumplimiento de Contrato: 19

22 Tanto la ENTIDAD como el CONSULTOR darán por terminado el presente Contrato, una vez que ambas partes hayan dado cumplimiento a todas y cada una de las cláusulas contenidas en el mismo, lo cual se hará constar por escrito Por Resolución del contrato: A requerimiento de la ENTIDAD, por causales atribuibles al CONSULTOR: Cuando el monto de las multas establecidas en la cláusula Décima Sexta, alcance el diez por ciento (10%) del monto del contrato A requerimiento del CONSULTOR, por causales atribuibles a la ENTIDAD: a) Si apartándose de los términos del Contrato, la ENTIDAD pretende efectuar modificaciones a las especificaciones técnicas. b) Por incumplimiento injustificado en los pagos contra entregas parciales, por más de noventa (90) días calendario computados a partir de la fecha de entrega de los productos establecidos en los Términos de Referencia. c) Por instrucciones injustificadas emanadas por la ENTIDAD para la suspensión de la adquisición por más de treinta (30) días calendario Reglas aplicables a la Resolución: Para procesar la Resolución del Contrato por cualquiera de las causales señaladas, la garantía debe estar plenamente vigente y la ENTIDAD o el CONSULTOR darán aviso escrito mediante carta notariada, a la otra parte, con la resolución del Contrato, estableciendo claramente la causal que se aduce. Esta carta dará lugar a que cuando la resolución sea por causales imputables al CONSULTOR, se consolide en favor de la ENTIDAD la Garantía de Cumplimiento de Contrato. Sólo en caso que la resolución no sea originada por negligencia del CONSULTOR, éste tendrá derecho a una evaluación de los gastos proporcionales que demande los compromisos adquiridos por el CONSULTOR para la prestación del servicio, contra la presentación de documentos probatorios y certificados Por causas de fuerza mayor o caso fortuito que afecten a la ENTIDAD o al CONSULTOR: Si se presentaran situaciones de fuerza mayor o caso fortuito que imposibiliten la prestación del servicio o vayan contra los intereses del Estado, se resolverá el Contrato total o parcialmente. Cuando se efectúe la resolución del contrato se procederá a una liquidación de saldos deudores y acreedores de ambas partes, efectuándose los pagos a que hubiere lugar, conforme la evaluación del grado de cumplimiento de los términos de referencia. CLÁUSULA VIGÉSIMA.- (SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS) En caso de surgir dudas sobre los derechos y obligaciones de las PARTES durante la ejecución del presente contrato, las PARTES acudirán a los términos y condiciones del contrato, DBC y la propuesta adjudicada, sometidas a la Jurisdicción Coactiva Fiscal. CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA.- (SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES) La ENTIDAD está facultada para suspender temporalmente los servicios que presta el CONSULTOR, en cualquier momento, por motivos de fuerza mayor, caso fortuito y/o razones convenientes a los intereses del Estado; para lo cual notificará al CONSULTOR por escrito por intermedio de la CONTRAPARTE, con una anticipación de cinco (5) días calendario, excepto en los casos de urgencia por alguna emergencia imponderable. Esta suspensión puede ser total o parcial. Asimismo, el CONSULTOR podrá comunicar a la ENTIDAD la suspensión temporal de sus servicios en la CONSULTORÍA, cuando se presentan situaciones de fuerza mayor, caso fortuito o por causas atribuibles a la ENTIDAD que afecten al CONSULTOR en la prestación de sus servicios, esta suspensión puede ser parcial o total. 20

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