Adf. Política de mejor ejecución

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1 Política de mejor ejecución Caja de Ingenieros dispone de un manual que recoge la política de mejor ejecución en beneficio de los socios. Esta política obliga a Caja de Ingenieros a prestar un servicio de calidad a los socios en la ejecución de sus órdenes por medio de Caja de Ingenieros o de cualquier otro intermediario. En este documento se expone el resumen de los aspectos más significativos de la política de mejor ejecución de Caja de Ingenieros en la ejecución de sus órdenes. Ámbito de aplicación La política de mejor ejecución se aplicará en aquellos casos en los que Caja de Ingenieros presta servicios de inversión de ejecución de órdenes, o compra o vende por cuenta de un socio, bien en el mercado donde se ejecutan las órdenes, o bien a través de un intermediario. Caja de Ingenieros sólo presta el servicio de ejecución y/o recepción y transmisión de órdenes por cuenta de sus socios y, por tanto, aplica esta política de mejor ejecución a los siguientes tipos de instrumentos financieros negociados o admitidos a cotización en un mercado regulado: Acciones cotizadas. Renta fija corporativa cotizada (SIBE). Derivados negociados en un mercado organizado. Warrants admitidos a cotización. Participaciones en fondos de inversión cotizados (ETF). Caja de Ingenieros no presta el servicio de ejecución ni de recepción y/o transmisión de órdenes de socios para otros instrumentos distintos a los indicados con anterioridad. Selección de centros de ejecución Con el objeto de obtener el mejor resultado posible para los socios, en el proceso de selección de los centros de ejecución se tendrán en cuenta los factores siguientes: Precio. Liquidez del mercado. Posición abierta. Profundidad del mercado.

2 Eficiencia en la formación de precios. Libertad de acceso. Integridad del mercado. Protección a los inversores. Costes transaccionales. Centros de liquidación de operaciones. Comunicación a socios de aspectos relativos a la política Los cambios en la política de mejor ejecución únicamente se notificarán cuando sean considerados sustanciales. Éstos se refieren a lo siguiente: El acceso a una nueva plataforma de negociación que permita la contratación de valores en más de un centro de ejecución. La utilización de nuevos intermediarios. Tratamiento de órdenes globales y órdenes recibidas simultáneamente En caso de que Caja de Ingenieros reciba varias órdenes a la vez, se tratarán con el siguiente criterio de reparto: Si se reciben varias órdenes a la vez para una misma referencia, se aplicará el mismo precio a cada operación siempre que ello sea posible. Si las órdenes recibidas a la vez se hubieran cumplimentado a partir de haber realizado varias operaciones en el mercado, se calculará un único precio medio que se deberá aplicar a todas las operaciones. Si las órdenes recibidas a la vez no pudieran cumplimentarse en su totalidad, se asignará el nominal disponible de forma proporcional al nominal de las órdenes. Cuando las órdenes fueran por efectivo, la asignación proporcional será por efectivo. Selección de intermediarios Para el alta de nuevos intermediarios se seguirán los siguientes criterios: Profesionalidad. Coste transaccional. Reputación y solvencia. Homogeneidad en la política de ejecución óptima. Acuerdos de reciprocidad.

3 Instrucciones concretas de ejecución La existencia de cualquier instrucción específica de un socio en relación con la ejecución de una orden puede impedir a Caja de Ingenieros aplicar la política de mejor ejecución. Caja de Ingenieros se reserva el derecho de admitir las órdenes con instrucciones específicas. Demostración del cumplimiento de la política Caja de Ingenieros se compromete a llevar a cabo los procesos definidos en esta política que permiten lograr mayor beneficio para los socios. Caja de Ingenieros tiene la obligación de demostrar a sus socios que las órdenes se llevaron a cabo conforme a lo establecido en su política de mejor ejecución. Los socios podrán solicitar la demostración de las condiciones de ejecución de la orden, cumplimentando un formulario a su disposición en la red de sucursales. Aceptación de la política Todos los socios que contraten servicios relacionados con los instrumentos sujetos a esta política de mejor ejecución tendrán a su disposición una copia del resumen de la política. Toda orden instruida a Caja de Ingenieros por cualquiera de los socios con posterioridad al 1 de noviembre de 2007 supone la aceptación de la presente política de mejor ejecución. Revisión de la política Caja de Ingenieros revisará anualmente el estado de su política de mejor ejecución y, adicionalmente, la actualizará, siempre y cuando se den cambios relevantes en el mercado que puedan afectar a la calidad del servicio de ejecución de órdenes. Caja de Ingenieros notificará a sus socios todo cambio sustancial en la política de mejor ejecución. Otros cambios considerados menos relevantes, como la introducción o la exclusión de algún centro de ejecución o tipo de instrumento financiero, no serán comunicados expresamente a los socios. Contratación de instrumentos financieros no sujetos al ámbito de aplicación Caja de Ingenieros no presta el servicio de ejecución ni de recepción y/o transmisión de órdenes de socios para otros instrumentos distintos a los indicados en el apartado «Ámbito de aplicación» de la presente política.

4 En concreto, quedan excluidos de la política de mejor ejecución los siguientes instrumentos financieros: Renta fija no cotizada en SIBE. Derivados no negociados en mercados organizados (OTC). Operativa de divisas: contado o forwards (seguros de cambio). Otros instrumentos no incluidos expresamente en esta política. En cualquier caso, ante la solicitud del socio de contratar cualquiera de estos instrumentos, Caja de Ingenieros podrá discrecionalmente ofrecer precios firmes de contratación al socio solicitante. El socio podrá aceptar el precio ofrecido, en cuyo caso se formalizará la operación, o bien rechazarlo, con lo que se entenderá que renuncia a la posibilidad de contratar el instrumento correspondiente. En ninguno de estos supuestos se entenderá que Caja de Ingenieros está actuando por cuenta del socio o el socio entenderá que ha transmitido una orden de ejecución a Caja de Ingenieros.

5 Condiciones generales El ordenante hace constar que conoce el significado y la trascendencia de la orden y que conoce y acepta las condiciones generales predispuestas que figuran a continuación, así como las tarifas de comisiones y gastos repercutibles en la operación; igualmente autoriza a la entidad a asentar los importes en otra cuenta que posea si, en caso de débito, no tuviera saldo disponible en la que se haya indicado para atender a su liquidación y, en último caso, a la venta de valores en un mercado organizado, si existiera, en la cantidad necesaria para resarcirse de la cantidad que acredite, así como a reclamar la cantidad correspondiente, o la parte de la misma que quede pendiente después de realizar la venta, y sus intereses al tipo publicado por la entidad en cada momento para los descubiertos en cuenta: 1) Caja de Ingenieros se encargará de tramitar las órdenes en función del tipo de orden conferida, de la clase de valor objeto de la orden y de las circunstancias del mercado que correspondan. Caja de Ingenieros tomará las oportunas medidas para asegurar la máxima celeridad en la tramitación, no obstante, no asume ninguna responsabilidad en caso de retraso o no ejecución de la orden a causa de las anomalías técnicas o procedimientos de los mercados correspondientes, por causas de fuerza mayor y, en general, por cualquier otra circunstancia no imputable a Caja de Ingenieros. 2) El ordenante declara conocer y aceptar los riesgos inherentes o que puedan derivarse de esta operación. Además manifiesta que actúa por su cuenta y que ha realizado sus propias estimaciones, decisiones y cálculos de riesgo, según su opinión y la de sus asesores, cuando haya considerado oportuna su intervención, sin que su decisión se haya basado en comunicación verbal o escrita por parte de Caja de Ingenieros, ni que la información sobre los términos y condiciones de la orden, constituya recomendación o asesoramiento financiero por parte de la entidad. 3) El ordenante reconoce que ha estado informado y que comprende el significado de cada una de las declaraciones y de los términos contenidos en los diferentes apartados que configuran esta orden, y que ha revisado cuidadosamente su formalización. Asimismo, manifiesta que ha sido informado de la necesidad de comprobar que la liquidación correspondiente por parte de Caja de Ingenieros se corresponda con las instrucciones transmitidas y de realizar un seguimiento periódico de los valores contratados.

6 4) Esta orden únicamente será revocable previa solicitud escrita del ordenante. En ningún caso, Caja de Ingenieros garantiza las posibilidades de anulación de una orden ya transmitida. En cualquier caso, la anulación quedará condicionada a la falta de ejecución de la orden en el mercado respectivo y a los usos, normas y condiciones que le sean aplicables. 5) De acuerdo con lo que establece la directiva MIFID, le comunicamos que los riesgos inherentes a los valores y los instrumentos financieros sujetos a esta directiva son los siguientes: Riesgo de mercado: o Riesgo de volatilidad entendido como riesgo de pérdida total o parcial de la inversión como consecuencia de la fluctuación de los factores de riesgo de los cuales depende el valor de esta inversión. o Riesgo de tipo de interés, aquel riesgo derivado de las variaciones en los tipos de interés de mercado que afectan al rendimiento de las inversiones. o Riesgo de tipo de cambio, el que se origina por la variación de tipos de cambio de las divisas cuando la inversión ha sido realizada en una moneda diferente a la de la cuenta de origen. Riesgo de crédito de contraparte, es aquel riesgo que la contraparte en una operación pueda impagar los flujos de caja de esta operación antes de la liquidación definitiva de la misma. Riesgo de falta de liquidez, como aquel riesgo de una posible penalización en el precio obtenido al deshacer la inversión, en el caso de que fuera necesario realizar la venta con rapidez. En casos extremos, podría suponer la imposibilidad de recuperar el dinero en el momento deseado. Riesgo de apalancamiento es aquel riesgo de generar una posición de la cual se derive la posibilidad de una pérdida real mucho mayor que la cantidad desembolsada. Solo afectará a la contratación de productos derivados o hedge funds. 6) El ordenante declara que ha leído, entendido y aceptado la Política de Ejecución y Gestión de Órdenes de Caja de Ingenieros, incluida la posibilidad de ejecutar órdenes al margen de los mercados regulados y sistemas multilaterales de negociación.

7 7) El ordenante declara que ha recibido con carácter previo a la realización de esta orden, información sobre las características y riesgos del producto así como la clasificación sobre su nivel de riesgo de acuerdo con la Orden ECC/2316/2015, de 4 de noviembre, relativa a las obligaciones de información y clasificación de productos financieros. 8) Liquidación de operaciones: Caja de Ingenieros anticipará la liquidación al cliente de todas las operaciones realizadas en mercado nacional al día siguiente hábil a la ejecución, no obstante la operación se anotará y se liquidará de manera definitiva cuando se haya anotado y liquidado por parte del mercado y Caja de ingenieros haya recibido los Títulos o el efectivo correspondiente. En caso que finalmente la operación no pueda anotarse y liquidarse en mercado, Caja de Ingenieros procederá a retroceder la operación y a realizar la compensación en efectivo que corresponda de acuerdo con la legislación vigente. Le informamos que Caja de Ingenieros no está obligada a evaluar la conveniencia de esta operación, dado que el instrumento sobre el que va a operar tiene la categoría normativa de no complejo, y que la operación se realiza a iniciativa del cliente y no de nuestra entidad. Al no realizar dicha evaluación, Caja de Ingenieros no puede evaluar si esta operación es o no conveniente para el cliente y por tanto, en caso de no serlo, no podría advertírselo. A pesar de ello el cliente, a iniciativa propia, decide formalizar esta operación.

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