Boletín Oficial. Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. "2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia"

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1 Nº /03/2013 Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia" Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza N Ley N 2739 Reglamentado por Decreto N 964/08 - Director responsable: Dr. Pablo Clusellas - Registro de la Propiedad Intelectual N Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Teléfonos: , boletin_oficial@buenosaires.gob.ar - licitaciones_bo@buenosaires.gob.ar - Consultas y Publicación de Edictos Particulares de 9:30 a 13:30 hs. Rivadavia 524 (1084), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Web:

2 Sumario Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto Nº 75 Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N 6-UCAS/12... Pág. 10 Decreto Nº 77 Se acepta la renuncia al cargo de Directora General de Proyectos de Ciudad Inteligente y se designa su reemplazante... Pág. 12 Decreto Nº 78 Se aprueba la reglamentación de la Ley N Pág. 13 Decreto Nº 79 Se declara adquirido el dominio del inmueble sito en Coronel Martiniano Chilavert 3302/06... Pág. 14 Decreto Nº 80 Se designa representante de la Confederación General Económica de la Argentina como integrante del Consejo Económico y Social de la Ciudad... Pág. 15 Decreto Nº 81 Se aprueba la Circular N 3 Con Consulta del Concurso Público Nacional e Internacional para la realización del Proyecto de Tratamiento Integral y de Recuperación de Residuos Sólidos Urbanos... Pág. 17 Resolución Jefatura de Gabinete de Ministros Resolución Nº 92-SSTRANS/13 Se autorizan cortes de tránsito solicitados por la Dirección General de Industrias Creativas... Pág. 19 Resolución Nº 95-SSTRANS/13 Se modifica el estacionamiento general de vehículos en Monteagudo entre Uspallata y Av Caseros... Pág. 20 Ministerio de Salud Resolución Nº 222-MSGC/13 Se aprueba la propuesta de actualización del Nomenclador de Prestaciones de Salud... Pág. 22 Resolución Nº 522-SSASS/12 Se efectúa compensación presupuestaria... Pág. 23 Ministerio de Educación Resolución Nº 1125-MEGC/13 Se aprueba pliego y se llama a Licitación Pública N 207-SIGAF/13... Pág. 24

3 Ministerio de Cultura Resolución Nº 87-EATC/13 Se designa personal de Planta Permanente... Pág. 26 Ministerio de Desarrollo Económico Resolución Nº 134-MDEGC/13 Se aprueba solicitud de redeterminación provisoria de precios... Pág. 29 Resolución Nº 53-SSDEP/13 Se aprueba la rendición de cuentas del subsidio otorgado realizada por el Club Deportivo y Social Colegiales... Pág. 30 Resolución Nº 54-SSDEP/13 Se aprueba la rendición de cuentas del subsidio otorgado realizada por la Asociación Civil Parque Telmo... Pág. 31 Resolución Nº 55-SSDEP/13 Se aprueba la rendición de cuentas del subsidio otorgado realizada por la Asociación Patriótica Giovanni Gentile... Pág. 32 Resolución Nº 56-SSDEP/13 Se aprueba redireccionamiento de destino de fondos del subsidio otorgado a Deportivo Riestra Asociación de Fomento Barrio Colón... Pág. 33 Resolución Nº 57-SSDEP/13 Se aprueba el redireccionamiento de destino de fondos del subsidio otorgado a la Asociación Civil de Vecinos Florentino Ameghino... Pág. 34 Resolución Nº 60-SSDEP/13 Se aprueba la rendición de cuentas del subsidio otorgado realizada por la Asociación de Fomento Santiago de Liniers y Biblioteca Popular Democracia y Progreso... Pág. 35 Resolución Nº 28-SSDE/13 Se aprueba solicitud de modificación de proyecto presentada por Coworking SRL... Pág. 36 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Resolución Nº 156-MAYEPGC/13 Se aprueba Acta Acuerdo de Redeterminación Definitiva de Precios de la Licitación Pública N 1444/07... Pág. 39 Resolución Nº 157-MAYEPGC/13 Se aprueba Acta Acuerdo de Redeterminación Definitiva de Precios de la Licitación Pública N 1444/07... Pág. 40 Resolución Nº 159-MAYEPGC/13 Se aprueba Acta Acuerdo de Redeterminación Definitiva de Precios de la Licitación Pública N 1444/07... Pág. 41 Ministerio de Modernización Resolución Nº 118-MMGC/13 Se da vigencia al incentivo creado por el Decreto N 139/12... Pág. 43 Resolución Nº 19-SSGRH/13 Se transfiere a agente... Pág. 44 Resolución Nº 20-SSGRH/13 Se transfiere a agente... Pág. 45 Resolución Nº 21-SSGRH/13 Se transfiere a agente... Pág. 46

4 Resolución Nº 22-SSGRH/13 Se transfiere a agente... Pág. 46 Resolución Nº 23-SSGRH/13 Se transfiere a agente... Pág. 47 Resolución Nº 24-SSGRH/13 Se transfiere a agente... Pág. 48 Resolución Nº 26-SSGRH/13 Se transfiere a agente... Pág. 49 Resolución Nº 27-SSGRH/13 Se adecúa la situación de revista de agente... Pág. 50 Resolución Nº 28-SSGRH/13 Se declara cesante a agente... Pág. 51 Resolución Nº 29-SSGRH/13 Se acepta la renuncia de agente... Pág. 52 Resolución Nº 30-SSGRH/13 Se acepta la renuncia presentada por personal de Planta de Gabinete... Pág. 53 Resolución Nº 31-SSGRH/13 Se acepta la renuncia presentada por personal de Planta de Gabinete... Pág. 54 Resolución Nº 32-SSGRH/13 Se transfiere a agente... Pág. 54 Resolución Nº 33-SSGRH/13 Se transfiere a agente... Pág. 55 Resolución Nº 34-SSGRH/13 Se transfiere a agente... Pág. 56 Resolución Nº 35-SSGRH/13 Se transfiere a agente... Pág. 57 Resolución Nº 37-SSGRH/13 Se transfiere a agente... Pág. 58 Resolución Nº 38-SSGRH/13 Se transfiere a agente... Pág. 59 Resolución Nº 40-SSGRH/13 Se cesa a agente... Pág. 60 Resolución Nº 41-SSGRH/13 Se transfiere a agente... Pág. 61 Resolución Nº 42-SSGRH/13 Se transfiere a agente... Pág. 61 Resolución Nº 43-SSGRH/13 Se acepta la renuncia condicionada de agente... Pág. 62 Resolución Nº 45-SSGRH/13 Se transfiere a agente... Pág. 63 Resolución Nº 47-SSGRH/13 Se transfiere a agente... Pág. 64 Resolución Nº 48-SSGRH/13 Se transfiere a agente... Pág. 65 Resolución Nº 49-SSGRH/13 Se declara cesante a agente... Pág. 66 Resolución Nº 50-SSGRH/13 Se otorga incentivo a agente... Pág. 67 Resolución Nº 51-SSGRH/13 Se declara cesante a agente... Pág. 68 Resolución Nº 52-SSGRH/13 Se transfiere a agentes... Pág. 69

5 Ministerio de Gobierno Resolución Nº 26-MGOBGC/13 Se aprueba compensación de créditos... Pág. 71 Secretaría Legal y Técnica Resolución Nº 58-SECLYT/13 Se aprueba modificación de partida... Pág. 73 Agencia Gubernamental de Control Resolución Nº 67-AGC/13 Se aprueba y adjudica la Licitación Privada N 359/12... Pág. 74 Disposición Ministerio de Hacienda Disposición Nº 106-DGCYC/13 Se llama a Licitación Pública de Etapa Única N 261-SIGAF/13... Pág. 77 Ministerio de Salud Disposición Nº 30-HGAP/13 Se aprueba y adjudica la Contratación Directa Menor N 435/13... Pág. 79 Disposición Nº 34-HGAP/13 Se aprueba y adjudica la Contratación Directa N 1076/13... Pág. 80 Ministerio de Desarrollo Económico Disposición Nº 262-DGINC/13 Se aprueba la línea de subsidios denominada Empresas de la Ciudad de Buenos Aires presentes en Cannes... Pág. 82 Ente de Turismo Disposición Nº 98-DGTALET/12 Se aprueba la Circular Aclaratoria N 1 de la Licitación Pública N 2407-SIGAF/12... Pág. 84 Disposición Nº 100-DGTALET/12 Se aprueba y adjudica la Licitación Pública Nº 2407-SIGAF/12... Pág. 85

6 Organos de Control Resolución Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Resolución Nº 14-PG/13 Se rectifica el Anexo I de la Resolución N 77-PG/12... Pág. 87 Disposición Ente Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Disposición Nº 17-ERSP/13 Se aprueba y adjudica la Licitación Privada N 15/12... Pág. 89 Comunicados y Avisos Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires Comunicados Nº 44-DGGYPC/13... Pág. 92 Comunicados Nº 57-DGGYPC/13... Pág. 93 Comunicados Nº 74-DGGYPC/13... Pág. 101 Ministerio de Educación Comunicados Nº 60-DOCYDD/13... Pág. 105 Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Comunicados Nº 72-DGPD/13... Pág. 107 Ministerio de Modernización Comunicados Nº 1-SSGPM/13... Pág. 108

7 Licitaciones Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires Licitación Nº 38-DGCYC/12... Pág. 109 Ministerio de Justicia y Seguridad Licitación Nº 309-DGALPM/13... Pág. 110 Ministerio de Salud Licitación Nº 11-HGACD/13... Pág. 111 Licitación Nº 34-HGAZ/13... Pág. 111 Licitación Nº 290-HBR/13... Pág. 112 Licitación Nº 292-HBR/13... Pág. 112 Licitación Nº 304-HGAP/13... Pág. 112 Licitación Nº 305-HGNPE/13... Pág. 113 Licitación Nº 1886-DGADC/12... Pág. 113 Licitación Nº 119-HGAJAF/13... Pág. 114 Licitación Nº 965-HNBM/13... Pág. 115 Licitación Nº 2491-HGADS/12... Pág. 115 Licitación Nº 810-DGADC/13... Pág. 117 Ministerio de Educación Licitación Nº DGAR/12... Pág. 118 Expediente Nº DGAR/12... Pág. 119 Expediente Nº DGAR/12... Pág. 119 Expediente Nº DGAR/12... Pág. 120 Expediente Nº DGAR/12... Pág. 121 Expediente Nº DGAR/12... Pág. 122 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Licitación Nº 178-DGTALMAEP/13... Pág. 124 Licitación Nº 202-DGTALMAEP/13... Pág. 124 Licitación Nº 204-DGTALMAEP/13... Pág. 125 Licitación Nº 214-DGTALMAEP/13... Pág. 125 Licitación Nº 216-DGTALMAEP/13... Pág. 126 Licitación Nº 218-DGTALMAEP/13... Pág. 126 Licitación Nº 264-DGTALMAEP/13... Pág. 127 Expediente Nº DGTALMAYEP/12... Pág. 128 Actuación Nº 51-DGTALMAEP/13... Pág. 130 Actuación Nº 52-DGTALMAEP/13... Pág. 131 Actuación Nº 54-DGTALMAEP/13... Pág. 132

8 Auditoría General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Licitación Nº 6-DCYC/13... Pág. 135 Corporación Buenos Aires Sur Licitación Nº CBAS/13... Pág. 136 Banco Ciudad De Buenos Aires Licitación Nº BCOCIUDAD/13... Pág. 137 Defensor General - Ministerio Público CABA Expediente Nº 400-DG/12... Pág. 138 Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana Licitación Nº 46-SECGCYAC/13... Pág. 139 Licitación Nº 321-SECGCYAC/13... Pág. 139 Licitación Nº 322-SECGCYAC/13... Pág. 140 Licitación Nº 323-SECGCYAC/13... Pág. 141 Licitación Nº 325-SECGCYAC/13... Pág. 142 Licitación Nº 324-SECGCYAC/13... Pág. 142 Edictos Particulares Transferencias Nº 58-SECLYT/13... Pág. 144 Transferencias Nº 59-SECLYT/13... Pág. 144 Transferencias Nº 60-SECLYT/13... Pág. 144 Transferencias Nº 61-SECLYT/13... Pág. 145 Transferencias Nº 62-SECLYT/13... Pág. 145 Transferencias Nº 63-SECLYT/13... Pág. 145 Transferencias Nº 64-SECLYT/13... Pág. 146 Transferencias Nº 65-SECLYT/13... Pág. 146 Transferencias Nº 66-SECLYT/13... Pág. 146 Transferencias Nº 67-SECLYT/13... Pág. 147 Edictos Oficiales Ministerio de Ambiente y Espacio Público Intimaciones Nº DGCEM/13... Pág. 148

9 Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires Notificación Nº 92-IVC/13... Pág. 149 Juzgado Provincial Citación Nº JP/13... Pág. 152 Citación Nº JP/13... Pág. 152 PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BS.AS. Citación Nº JPCF/13... Pág. 154 Citación Nº JPCF/13... Pág. 154 Citación Nº JPCF/13... Pág. 155

10 Página Nº 10 Poder Ejecutivo Decreto DECRETO N. 75/13 Buenos Aires, 26 de febrero de 2013 VISTO: La Ley Nº reglamentada por el Decreto Nº 754/08 y su modificatorio Nº 109/12, el Decreto Nº 1.353/08, su modificatorio Nº 481/10, Nº 593/11 y Nº 260/12, la Resolución Nº 232-UOAC/09 y sus modificatorios, la Disposición Nº 171-DGCYC/08 y el Expediente Nº /12, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la contratación del Servicio de Provisión y Distribución de lnsumos Médicos, con destino a los Hospitales y Centros de Salud, dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un periodo de veinticuatro (24) meses; Que por Disposición Nº 171-DGCyC/08 la Dirección General de Compras y Contrataciones, de acuerdo con las facultades otorgadas por el Artículo 85 de la Ley Nº y concordantes, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que por Resolución Nº 1323-MSGC/12 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, a regir en la licitación en cuestión y se autorizó al Directorio o al Titular del Organismo Fuera de Nivel Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS) a realizar el pertinente llamado a Licitación Pública al amparo de lo establecido en los arts. 32 y 40 de la Ley Nº 2.095, su Decreto Reglamentario Nº 754/08 y sus modificatorios; Que por el Decreto Nº 1.353/08 y su modificatorio Nº 481/10, se creó la Unidad Operativa de Proyectos Especiales (UPE) con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC), en el ámbito de los Ministerios de Salud y Hacienda, la que tiene a su cargo la coordinación, agrupamiento, dirección y. gestión de los procesos de contratación centralizados de bienes y servicios que requieran los efectores del sistema de salud y la realización del proceso de distribución de bienes adquiridos por si o por terceros; Que la Resolución Nº 232/UPE-UOAC/09, establece la utilización de la modalidad de orden de compra abierta para la adquisición centralizada de medicamentos por la entonces UPE-UOAC; Que el Decreto Nº 593/11 modificó el ámbito de actuación de la (UPE) Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC), establecido por el Decreto Nº 1.353/08, estableciendo que la misma funcionara exclusivamente en el Ministerio de Salud, con rango de Organismo Fuera de Nivel manteniendo su patrimonio personal y presupuesto y modificándose su denominación por Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), quien prosigue su funcionamiento como continuadora de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC); Que asimismo por el Decreto Nº 260/12 se modificó parcialmente la estructura organizativa del Ministerio de Salud contemplándose en su órbita, al Organismo Fuera de Nivel Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS); Que por Resolución Nº 252-UCAS/12 se llamó a Licitación Pública Nº 6/UCAS/2012 estableciéndose el correspondiente Acto de Apertura para el día 19 de octubre de 2012 a las horas, al amparo de lo establecido en los arts. 32 y 40 de la Ley Nº 2.095, su Decreto Reglamentario Nº 754/08 y sus modificatorios;

11 Página Nº 11 Que se cursaron invitaciones de acuerdo a lo establecido en los artículos 93, 97 y 98 de la Ley Nº 2.095, su Decreto Reglamentario Nº 754/08 y sus modificatorios y se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, la Página Web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones; Que tal como luce en el Acta de Apertura Nº 06/UCAS/2012 se recibieron dos (2) ofertas, correspondientes a las firmas PROPATO HNOS S.A.I.C. y DROGUERÍA COMARSA SA; Que la Comisión Evaluadora de Ofertas, creada por Resolución Nº 414-UCAS/12, mediante Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 06/UCAS/2012 aconseja la adjudicación a favor de las firmas: DROGUERÍA COMARSA SA -Zona 1 por ser la Oferta más conveniente según los Artículos 108 y 109 de la Ley Nº 2095, y a PROPATO HNOS S.A.I.C. -Zona 2 por ser la Oferta más Conveniente según los artículos 108 y 109 de la Ley Nº 2095; Que asimismo la Comisión Evaluadora de Ofertas aconseja dejar sin efecto los Renglones Nº 538, 582 y 583 para ambas Zonas, y los Renglones Nº 462, 463 y 464 para la Zona 2, por no ajustarse técnicamente a lo solicitado en los citados Pliegos; Que el Acta emitida en consecuencia fue notificada a las empresas oferentes y exhibida en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones el día 15 de enero 2013 y se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires el día 15 de enero de 2013 y en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, no recibiéndose al vencimiento del plazo para formular impugnaciones ninguna presentación al respecto; Que se dispone de los créditos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 109/12 modificatorio del artículo 40 del Anexo I del Decreto Nº 754/08; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº Por ello, y en uso de las facultades legales asignadas por 105 artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1.- Apruébase la Licitación Pública Nº 6/UCAS/2012, realizada al amparo de lo establecido en los arts. 32 y 40 de la Ley Nº 2.095, su Decreto Reglamentario Nº 754/08 y sus modificatorios, para la Provisión y Distribución de Insumos Médicos, con destino a los Hospitales y Centros de Salud dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por un periodo de veinticuatro (24) meses. Artículo 2.- Adjudícase la contratación mencionada en el articulo 1º del presente Decreto a la firma DROGUERIA COMARSA S.A. Zona 1 por la suma de PESOS SETENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS ONCE CON 58/100 ($ ,58), y a la firma PROPATO HNOS S.A.I.C. Zona 2 por la suma de PESOS OCHENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS VEINTE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES CON 25/100 ($ ,25), ascendiendo el monto del presente actuado a la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 83/100 ($ ). Artículo 3.- La afectación preventiva del crédito y el compromiso definitivo se efectuarán en forma conjunta en el momento de la emisión de cada Solicitud de Provisión y solamente por el monto de la misma en las correspondientes partidas del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos del Ejercicio en vigor y Ejercicios futuros. Artículo 4.- Déjense sin efecto los Renglones Nº 538, 582 y 583 para ambas Zonas, y los Renglones Nº 462, 463 y 464 para la Zona 2, por no ajustarse técnicamente a lo solicitado en los citados Pliegos.

12 Página Nº 12 Artículo 5.- Déjase constancia que dicho gasto se imputará a la Partida Presupuestaria correspondiente al Ejercicio 2013 y subsiguientes. Artículo 6.- Exhíbase copia del presente en la cartelera oficial de la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS) por el término de un (1) día. Artículo 7.- Autorízase al Titular del Organismo Fuera de Nivel de la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS) o a la Gerente Operativa Soporte de Compras a suscribir las respectivas Órdenes de Compra ajustadas a los proyectos obrantes en el pertinente actuado. Artículo 8.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Salud, el señor Ministro de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 9.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de un (1) día y en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, en prosecución de su trámite, remítase al Organismo Fuera de Nivel Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), dependencia que deberá proceder a efectuar las notificaciones fehacientes del presente Decreto a las empresas oferentes, de acuerdo los términos establecidos en los artículos 60 y 61 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. MACRI - Stanley - Grindetti - Rodríguez Larreta DECRETO N. 77/13 VISTO: El Expediente Nº /2013, y CONSIDERANDO: Buenos Aires, 27 de febrero de 2013 Que por la Ley Nº 4013, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto Nº 660/2011, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que según surge de los presentes actuados la señora María Guadalupe Rossi, D.N.I , CUIL , presentó su renuncia, a partir del 31 de enero de 2013, al cargo de Directora General, de la Dirección General de Proyectos de Ciudad Inteligente, de la Subsecretaría de Gestión de Proyectos de Modernización, del Ministerio de Modernización; Que asimismo en virtud que dicho cargo se encuentra vacante, el Ministerio que nos ocupa, propone cubrir el mismo; Que a tal efecto propicia la designación, del señor Santiago Montanaro, D.N.I , CUIL , a partir del 1 de febrero de 2013, toda vez que posee la idoneidad necesaria para el desempeño del cargo para el cual fue propuesto; Que conforme lo expresado precedentemente procede dictar la norma legal pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1.- Acéptase a partir del 31 de enero de 2013, la renuncia presentada por la señora María Guadalupe Rossi, D.N.I , CUIL , al cargo de

13 Página Nº 13 Directora General, de la Dirección General de Proyectos de Ciudad Inteligente, de la Subsecretaría de Gestión de Proyectos de Modernización, del Ministerio de Modernización, deja partida M.06. Artículo 2.- Desígnase a partir del 1 de febrero de 2013, al señor Santiago Montanaro, D.N.I , CUIL , como Director General, de la Dirección General de Proyectos de Ciudad Inteligente, de la Subsecretaria de Gestión de Proyectos de Modernización, del Ministerio de Modernización, partida M.06. Artículo 3.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Modernización, y el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4.- Dése el Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Modernización, a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, del Ministerio de Hacienda, y la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. MACRI - Ibarra - Rodríguez Larreta DECRETO N. 78/13 VISTO: La ley y el Expediente Nº /2012, y CONSIDERANDO: Buenos Aires, 27 de febrero de 2013 Que la ley crea un mecanismo para la gestión del material bibliográfico y documental en desuso de las bibliotecas dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando exceptuado el material bibliográfico tesoro y de valor histórico-patrimonial; Que el artículo 3º de la citada ley crea la Comisión Clasificadora de Material Bibliográfico y Documental en desuso que tiene por función clasificar y gestionar el señalado material; Que el artículo 4º de la ley 3911 establece la composición mínima de la Comisión Clasificadora de Material Bibliográfico y Documental en desuso; Que el artículo 10 de la citada ley autoriza al Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a donar el material bibliográfico y documental del que se posea una cantidad de copias superior a las necesarias para el funcionamiento de las bibliotecas y consulta de los usuarios, a través de los organismos que disponga en la Reglamentación; Que el artículo 11 de la ley 3911 establece que la norma reglamentaria determinará la conformación definitiva de la Comisión Clasificadora de Material Bibliográfico y Documental en desuso, pudiendo delegar en ésta la redacción de un reglamento interno; Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1º.- Apruébase la reglamentación de la ley 3911, la que, como Anexo, integra el presente.

14 Página Nº 14 Artículo 2º.- Facúltase al Sr. Ministro de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a dictar las normas complementarias y aclaratorias de la reglamentación que se aprueba por el presente. Artículo 3º.- El presente Decreto es refrendado por los Sres. Ministros de Cultura, de Educación y Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4º.- Dese al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a los Ministerios de Cultura y de Educación. Cumplido, archívese. MACRI - Lombardi - Bullrich - Rodríguez Larreta ANEXO DECRETO N. 79/13 VISTO: La Ley Nº 351, el Expediente Nº /08, y CONSIDERANDO: Buenos Aires, 27 de febrero de 2013 Que por el Expediente mencionado en el Visto se informa sobre la necesidad de regularizar la situación dominial del inmueble sito en la calle Coronel Martiniano Chilavert Nº 3.302/06, esquina Pergamino Sin Numero, identificado catastralmente como Circunscripción 1, Sección 52, Manzana 10, Parcela 1a; Que dicho inmueble fue adquirido por la entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires mediante sentencia de expropiación dictada en los autos caratulados "Fernández de Andújar, Carmen Háydée c/municipalidad de Buenos Aires s/expropiación", que tramitaran por el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 5, Secretaría Nº 9 de la Capital Federal; Que el inmueble en cuestión se encuentra en posesión de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como continuadora de la ex -Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, desde el 27 de junio de 1970, no obstante lo cual el informe de dominio solicitado ante el Registro de la Propiedad Inmueble indica que aquél continúa inscripto a nombre de la expropiada; Que son aplicables a la situación en tratamiento las disposiciones de la Ley Nº 351, de acuerdo a lo dictaminado por la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 4 de dicha Ley establece que "[a]creditada la posesión por el transcurso del término previsto en el artículo 4015 del Código Civil, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires, por intermedio de su Escribanía General, debe formalizar el correspondiente antecedente del título declarativo de la adquisición del dominio. En dicho documento debe relacionarse, en forma circunstanciada, el inicio de la posesión, los actos posesorios que han exteriorizado el ánimo de dominio, y la descripción del inmueble de acuerdo al plano de mensura"; Que en el artículo 5 de la misma Ley se indica que "[I]a escritura pública a que se refiere el artículo precedente y el acto administrativo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que declare acreditada la posesión veinteñal y adquirido el dominio del inmueble para la Ciudad de Buenos Aires, constituyen título suficiente, y es documento hábil para la inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble del dominio adquirido por posesión veinteañal por la Ciudad de Buenos Aires";

15 Página Nº 15 Que, encontrándose cumplidos los recaudos exigidos por la Ley Nº 351, corresponde instruir a la Dirección General Escribanía General, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, a realizar las acciones tendientes a regularizar la situación dominial del aludido inmueble; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete, en virtud de la Ley Nº Por ello, y en uso de las facultades atribuidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1.- Declárase adquirido por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el dominio del inmueble sito en la calle Coronel Martiniano Chilavert Nº 3.302/06, esquina Pergamino Sin Número, identificado catastralmente como Circunscripción 1, Sección 52, Manzana 10, Parcela 1a, de conformidad con lo prescripto por la Ley Nº 351. Artículo 2.- Instrúyase a la Dirección General Escribanía General a instrumentar la declaratoria de dominio mediante escritura pública y/o documento administrativo (Ley Nº , art. 3 inc. a), e inscribir el inmueble mencionado en el Registro de la Propiedad Inmueble a nombre de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 3.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Económico y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Desarrollo Económico y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Escribanía General. Cumplido, archívese. MACRI - Cabrera - Rodríguez Larreta DECRETO N. 80/13 Buenos Aires, 27 de febrero de 2013 VISTO: La Ley Nº 3.317, los Decretos Nros. 94/12, 374/12 y 505/12, las Resoluciones Nros. 23-CEyS/12 y 38/CEyS/12, el Expediente Nº /12 e Incorp., y CONSIDERANDO: Que el artículo 45 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece que: "El Consejo Económico y Social, integrado por asociaciones sindicales de trabajadores, organizaciones empresariales, colegios profesionales y otras instituciones representativas de la vida económica y social, presidido por un representante del Poder Ejecutivo, debe ser reglamentado por Ley. Tiene iniciativa parlamentaria"; Que la Ley Nº 3.317, reglamentó el citado artículo de la Constitución porteña, disponiendo que el Consejo Económico y Social de la Ciudad de Buenos Aires es: "... una persona de derecho público no estatal, con personalidad jurídica propia y que goza de autonomía orgánica y funcional para el cumplimiento de sus fines respecto de los órganos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires..."; Que mediante Decreto Nº 505/12 se estableció que el referido Consejo funciona en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Económico;

16 Página Nº 16 Que son objetivos del Consejo Económico y Social constituirse en cauce de participación de los agentes sociales y económicos en la planificación y formulación de la política socioeconómica y laboral de la Ciudad; ser ámbito de participación y foro permanente de diálogo, deliberación y articulación entre los agentes económicos y sociales con actividad en jurisdicción de la Ciudad, actuar como órgano de comunicación entre los distintos intereses económicos y sociales de la comunidad, de asesoramiento al Poder Legislativo y Ejecutivo y fomentar el desarrollo socioeconómico de la comunidad; Que el artículo 7º de la citada Ley Nº 3.317, prescribe que el Consejo Económico y Social se integra con el Presidente y los Consejero/as, los cuales representan diferentes asociaciones, organizaciones, colegios, consejos, entidades representativas de profesionales y otras instituciones, los cuales serán formalizados en su nombramiento mediante Decreto del señor Jefe de Gobierno; Que mediante el Decreto Nº 94/12 se designó al Presidente del Consejo Económico y Social de la Ciudad de Buenos Aires; Que por Resolución Nº 23-CEyS/12, se elevó al Poder Ejecutivo el listado completo de Consejeros/as elegidos, a efectos de la formalización de nombramientos mediante el dictado del Decreto correspondiente; Que por Decreto Nº 374/12 se integró dicho Consejo, de conformidad con el artículo 7º de la Ley Nº 3.317; Que el artículo 9 de la Ley establece que los representantes oportunamente designados, pueden ser sustituidos por sus mandantes antes del fin del período, durando en el cargo quienes los reemplacen hasta el fin del plazo previsto para su antecesor; Que por nota del 10 de julio de 2012 la Confederación General Económica de la República Argentina, comunica al Consejo Económico y Social de la Ciudad de Buenos Aires, la designación del Sr. Dante Alvarez, en reemplazo del Sr. Guillermo Eduardo Gómez Galizia; Que a través de la Secretaría Ejecutiva del citado Consejo se ha verificado el cumplimiento de la totalidad de los requisitos de idoneidad de la persona propuesta, así como también ha presentado la correspondiente declaración jurada de compatibilidad para ejercer el cargo mencionado, todo ello en los términos de los artículos 8º y 19 de la Ley Nº 3.317; Que en consecuencia, y mediante Resolución 38-CEyS/12 el Presidente del Consejo Económico y Social de la Ciudad de Buenos Aires, elevó al Poder Ejecutivo la propuesta de designación como integrante del citado Consejo y en representación de la Confederación General Económica de la República Argentina al Sr. Dante Alvarez, en reemplazo del Sr. Guillermo Eduardo Gómez Galizia. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1.- Desígnase en representación de la Confederación General Económica de la República Argentina al Sr. Dante Alvarez, DNI Nº , en reemplazo del Sr. Guillermo Eduardo Gómez Galizia DNI Nº , como integrante del Consejo Económico y Social de la Ciudad de Buenos Aires. Artículo 2º.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Económico, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3º.- Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Desarrollo Económico, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Consejo Económico y Social de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. MACRI - Cabrera - Rodríguez Larreta

17 Página Nº 17 DECRETO N. 81/13 Buenos Aires, 1 de marzo de 2013 VISTO: La Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N 2.095; su Decreto Reglamentario N 754/GCBA/08 y modificatorios, el Decreto N 456/GCBA/12, las Resoluciones N 1048/MAYEPGC/12. N 1259/MAYEPGC/12, N 02/MAYEPGC/13, N 46/MAYEPGC/13, N 247/MAYEPGC/2013, el Expediente N /12 y, CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, tramita el Concurso Público Nacional e Internacional para la realización del Proyecto de Tratamiento Integral y de Recuperación de Residuos Sólidos Urbanos; Que mediante Decreto 456/GCABA/12 se aprobaron los pliegos de bases y condiciones como así mismo se autorizó al Ministro de Ambiente y Espacio Público a realizar el presente llamado a Concurso; Que por Resolución N 1048/MAYEPGC/12 se llamó a Concurso Público Nacional e Internacional N 4/12 para el día 10 de diciembre de 2012 a las 12:00 horas, dentro de los lineamientos previstos en la Ley 2.095, posteriormente prorrogado por Resoluciones N 1259/MAYEPGC/12, N 2/MAYEPGC/13 y N 46/MAYEPGC/13; Que atento el estado de las actuaciones y los pedidos de prórroga presentados, se consideró conveniente postergar nuevamente la fecha de apertura de ofertas y el Ministerio de Ambiente y Espacio Público dictó la Resolución N 247/MAYEPGC/13 a través de la cual se posterga el Concurso Publico Nacional e Internacional N 04/2012 oportunamente establecida para el 22 de febrero de 2013 a las 12:00 horas fijándose el acto de apertura de ofertas para el día 19 de marzo de 2013 a las 12:00 horas; Que como consecuencia de las distintas Consultas recibidas resulta oportuno aprobar la Circular N 3 Con Consulta, que introduce modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, aprobado por Decreto N 456/GCBA/12, que como Anexo forma parte del presente; Que la Procuración General ha tomado la intervención que le compete conforme las atribuciones conferidas por la Ley N 1.218; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1.- Apruébase la Circular N 3 Con Consulta, que introduce modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, aprobado por Decreto N 456/GCBA/12, que rige el Concurso Público Nacional e Internacional para la realización del Proyecto de Tratamiento Integral y de Recuperación de Residuos Sólidos Urbanos, que como Anexo forma parte del presente. Artículo 2.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Ambiente y Espacio Público y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3.- Emítanse las respectivas invitaciones y comunicaciones previstas en el artículo 93 de la Ley 2.095, su Decreto Reglamentario N 754/08 y modificatorios.

18 Página Nº 18 Artículo 4.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en la Ley N 2.095, su Decreto Reglamentario N 754/GCBA/08 y modificatorios, en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y emítanse las respectivas notificaciones a los adquirentes del Pliego de bases y Condiciones. Comuníquese a la Dirección General de Limpieza dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda, notifíquese a la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público para la prosecución del trámite. Cumplido, archívese. MACRI - Santilli - Rodríguez Larreta ANEXO

19 Página Nº 19 Resolución Jefatura de Gabinete de Ministros RESOLUCIÓN N.º 92/SSTRANS/13 Buenos Aires, 28 de febrero de 2013 VISTO: EL DECRETO Nº 660-GCABA-2011 Y EL EXPEDIENTE Nº /2013, Y CONSIDERANDO: Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma; Que, por el Expediente mencionado, la Dirección General de Industrias Creativas, solicita permiso para la afectación de las calzadas Armenia entre Costa Rica y Honduras, y El Salvador entre Gurruchaga y Malabia, el día Sábado 09 de Marzo de 2013, de manera parcial en el horario de a horas, y total en el horario de a horas del día siguiente, con motivo de realizar el evento denominado "La Ciudad de la Moda"; Que, la Dirección General de Tránsito ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto a los cortes solicitados; Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera viable realizar los cortes de tránsito solicitados, dejando a consideración de la Subsecretaria de Transporte para el dictado del acto administrativo respectivo; Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicitan los cortes de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº Por ello, y en uso de las facultades conferidas, EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE Artículo 1º.- Autorizar los cortes de transito solicitados por la Dirección General de Industrias Creativas, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, de las calzadas Armenia entre Costa Rica y Honduras, y El Salvador entre Gurruchaga y Malabia, el día Sábado 09 de Marzo de 2013, de manera parcial en el horario de a horas, y total en el horario de a horas del día siguiente, con motivo de realizar el evento denominado "La Ciudad de la Moda". Incluyen la presente Resolución: Anexo I IF SSTRANS-2013 y Anexo II IF SSTRANS Artículo 2º.- El transito que pretenda circular por las arterias afectadas deberá desviarse por la transversal inmediata anterior al corte y retomar por la calle paralela más próxima de igual sentido de circulación.

20 Página Nº 20 Artículo 3º.- Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo de la Ley Nº Artículo 4º.- Los solicitantes deberán arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº /96. Artículo 5º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3º y 4º de la presente, la misma carecerá de válidez. Asimismo, no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerda separada en las Áreas correspondientes. Artículo 6º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento pase a la Subsecretaría de Transporte. Luego, gírese a la Dirección General de Tránsito quien comunicará a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Seguridad Vial, del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y del Transporte, de Tránsito, y de Ordenamiento del Espacio Público. Dietrich ANEXO RESOLUCIÓN N.º 95/SSTRANS/13 VISTO: el Expediente Nº /2012, y CONSIDERANDO: Buenos Aires, 28 de febrero de 2013 Que en el marco del proyecto de Centros Comerciales a Cielo Abierto, promovido por la Subsecretaría de Inversiones (MDEGC), se solicita que se autorice el estacionamiento a 45º, junto al cordón de la acera izquierda del sentido de circulación en la calle Monteagudo entre la calle Uspallata y la Av. Caseros; Que tal temperamento es factible, dejando un sector de 30 metros sin estacionamiento antes de su cruce con la Av. Caseros y otro de 20 metros sin estacionamiento luego de su cruce con la calle Uspallata, para facilar la maniobrabilidad del tránsito que por allí accede; Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta Subsecretaría por el Decreto Nº 498-GCBA-2008 (B.O.C.B.A. Nº 2926); EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE Artículo 1º - Modifícase, el estacionamiento general de vehículos junto al cordón de la acera izquierda en la calle Monteagudo entre la calle Uspallata y Av. Caseros, pasando a efectuarse en la misma a 45º del mencionado cordón.

21 Página Nº 21 Artículo 2º - Prohíbese el estacionamiento general de vehículos en la calle Monteagudo, en un tramo de 20 metros luego de su cruce con la calle Uspallata y en otro tramo de 30 metros antes de su intersección con la Av. Caseros. Artículo 3º - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el pertinente señalamiento vertical, y el correspondiente pintado de cordón en amarillo en los tramos excluídos, que proyectará y ejecutará la Gerencia Operativa de Señalamiento Vertical, dependiente de la Dirección General de Tránsito. Artículo 4º - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del artículo del CTTCABA, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte, Subsecretaría de Inversiones, y remítase a la Dirección General de Tránsito para su conocimiento y comunicación a la Policía Federal Argentina, Policía Metropolitana y a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Control del Transito y el Transporte, de Transporte y de Seguridad Vial. Cumplido continúese con el trámite aludido en el artículo anterior. Dietrich

22 Página Nº 22 Ministerio de Salud RESOLUCIÓN N.º 222/MSGC/13 Buenos Aires, 1 de marzo de 2013 VISTO: El Decreto N 468/94, los artículos 43 y 45 del Decreto N 208/01, la Resolución N 498-MSGC/08, la Resolución Nº 3843/MSGC/09, la Resolución Nº 632/MSGC/11, la Resolución Nº 619/MSGC/11, la Resolución N 1484/MSGC/11, la Resolución N 2259/MSGC/2011, la Resolución N 1868/MSGC/2012, el Expediente N /MGEYA/13, y CONSIDERANDO: Que por el Artículo 5º del Decreto Nº 468/94 se facultó a la entonces Secretaría de Salud para que proceda a incorporar y/o a sustituir los módulos del Nomenclador de Prestaciones de Salud, creando la Comisión Permanente de Actualización del Nomenclador; Que los artículos 43 y 45 del Decreto Nº 208/01 encomendaron a la entonces Secretaría de Salud la fijación de los valores que deberán abonar las entidades obligadas por las prestaciones brindadas por sus efectores; Que esas atribuciones hoy corresponden al Ministerio de Salud; Que la Resolución Nº 632-MSGC/11 designó la conformación de la nueva Comisión Permanente de Actualización del Nomenclador; Que la mencionada Comisión presentó la propuesta de actualización de los aranceles según costos vigentes para las prácticas del Nomenclador de Prestaciones de Salud vigente; Que la Dirección General Legal y Técnica ha tomado la competencia que le corresponde. Por ello, de conformidad con las facultades delegadas por el Decreto Nº 468/94, LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE Artículo 1.- Apruébase la propuesta de actualización del Nomenclador de Prestaciones de Salud que como Anexo forma parte integral de la presente. Artículo 2.- Déjase establecido que el nuevo Nomenclador de Prestaciones de Salud comenzará a regir para las prestaciones efectuadas a partir de las 0 horas del 01 de marzo de Artículo 3.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Atención Integrada de Salud, a la Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud, a la Dirección General Sistemas Informáticos, a la Dirección General Legal y Técnica, a la Gerencia Operativa Relaciones con Entes Financiadores y a la Agrupación Salud Integral. Cumplido archívese. Reybaud ANEXO

23 Página Nº 23 RESOLUCIÓN N.º 522/SSASS/12 Buenos Aires, 7 de diciembre de 2012 VISTO: El Expediente Nº /2012, y; CONSIDERANDO: Que por dicho Expediente se tramita una compensación presupuestaria a fin de adecuar los créditos correspondientes a diferentes unidades dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que en función de lo expuesto, este nivel considera que corresponde adoptar las acciones tendientes a dar curso a lo solicitado; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N 28/GCBA/12, Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2012, EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACION DEL SISTEMA DE SALUD RESUELVE: Artículo 1º.- Efectuar una compensación presupuestaria, consistente en la disminución e incremento de los créditos correspondientes al Inciso, 3.- Servicios No Personales y 4.- Bienes de Uso, de diferentes Hospitales dependientes del Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo al Comprobante de Modificaciones y Compensaciones Presupuestarias. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y pase a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda. Guevara ANEXO

24 Página Nº 24 Ministerio de Educación RESOLUCIÓN N.º 1125/MEGC/13 Buenos Aires, 26 de febrero de 2013 VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N , los Decretos 1254/GCBA/08, Nº 481/GCBA/11 y Nº 714/GCBA/11, el Expediente Nº /12, y CONSIDERANDO: Que la Dirección General de Infraestructura Escolar ha elaborado, dentro del ámbito de su competencia, el informe técnico obrante a fs. 3/6 y en el que se señala la necesidad de realizar los trabajos de obra nueva en el edificio de la Escuela de Bellas Artes Nº 14 del Distrito Escolar Nº 13, sita en Av. Juan Bautista Alberdi 4139/43/45/47 y Cajaravilla 4158/64/68/74/78/80, Ciudad de Buenos Aires; Que en virtud de las conclusiones técnico presupuestarias citadas, el presupuesto oficial para la realización de la obra descripta en el Considerando precedente, asciende a la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES CON QUINCE CENTAVOS ($ ,15); Que, por lo expuesto surge que no es posible utilizar los plazos de publicación ordinarios establecidos en el ordenamiento normativo, por lo cual, con el fin de solucionar con mayor celeridad las falencias del edificio escolar es preciso reducir los plazos de publicación conforme lo contemplado en el articulo 10 de la Ley N ; Que de acuerdo a lo mencionado ut supra y teniendo en cuenta el monto de la presente, corresponde regir el presente llamado por el procedimiento de Licitación Pública en los términos previstos por la Ley Nacional Nº aplicable al ámbito de la Ciudad, el Decreto Nº 481/GCBA/11, comunicando a las cámaras empresariales pertinentes, publicando en la cartelera de esta Dirección General, en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de cinco (5) días con quince (15) de anticipación a la fecha prevista para la apertura de ofertas, un (1) día en un diario de distribución masiva y en el sitio de Internet Que, se ha entendido conveniente incluir en los Pliegos de la licitación, un mecanismo de adelanto financiero a los fines de permitir a quien resulte contratista de la obra, el acopio de materiales suficientes que aseguren el inicio y ritmo de avance de los trabajos, dadas las especiales condiciones de la plaza financiera y de precios en virtud de la dispersión que sufren los mismos en la actualidad; Que el mencionado anticipo financiero será otorgado contra entrega de la correspondiente garantía por un monto similar y que dicho anticipo congelará el precio del contrato en una misma proporción al adelanto sobre el cual no corresponderá aplicar el régimen de redeterminación de precios; Que se han procedido a confeccionar los correspondientes Pliegos de Bases y Condiciones, conforme el Decreto Nº 1254/GCBA/08, con la finalidad de regir el procedimiento de selección del contratista y la ejecución de la obra a contratarse, todo de conformidad con la Ley Nacional de Obras Públicas; Que por lo expuesto, corresponde el dictado del acto administrativo que apruebe los Pliegos de Bases y Condiciones proyectados y llame a Licitación Pública N 207- SIGAF-12 (13-12) con el objeto de contratar, por ajuste alzado, los trabajos de obra nueva en el edificio de la Escuela de Bellas Artes Nº 14 Rogelio Yrurtia del Distrito Escolar Nº 13, sita en Av. Juan Bautista Alberdi 4139/43/45/47 y Cajaravilla 4158/64/68/74/78/80, Ciudad de Buenos Aires Ciudad de Buenos Aires; Que la adjudicación queda sometida a la condición suspensiva de existencia, en el nuevo presupuesto, de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato;

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