Losar de la Vera BOP Delegación funciones de Alcaldía... Página 25
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1 Martes 20 de septiembre de 2016 Número 181 ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES Organismo Autónomo De Recaudación Y Gestión Tributaria De BOP NOTIFICACIÓN de subasta de bienes inmuebles (Expediente: )... Página 3 BOP EDICTO de cobranza... Página 7 Ayuntamiento Campo Lugar BOP Aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de las Tasa por prestación de los Servicios de Cementerio Página 23 Coria BOP Autorización de vertidos a red de alcantarillado municipal para su taller situado en el Polígono Industrial Los Rosales... Página 24 Losar de la Vera BOP Delegación funciones de Alcaldía... Página 25 Miajadas BOP Aprobación Modificación de dedicaciones y retribuciones miembros de la corporación... Página 26 Navas del Madroño BOP RESOLUCIÓN Suplencia de la Alcaldía... Página 27 Riolobos BOP Renovación de cargo de Juez de Paz Sustituto... Página 28 Rosalejo BOP Cuenta General correspondiente al ejercicio Página 29 Valencia de Alcántara BOP ACUERDO de modificación de Ordenanza Fiscal número 15, reguladora de la tasa por los servicios de las Residencias de Mayores, Centro de Día y Comidas a Domicilio... Página 30
2 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 2 BOP ACUERDO de modificación de Ordenanza Fiscal n.º 30 Reguladora de la tasa por el uso y la prestación de servicios en las instalaciones deportivas y piscinas municipales y la realización de actividades en instalaciones deportivas...página 33 Villar del Pedroso BOP Creación de ficheros de datos de carácter personal Página 37 administración del estado Ministerio de Agricultura, alimentación y medio ambiente Confederación Hidrográfica Del Guadiana BOP Resolución extinción de derecho de aguas concesión de aguas residuales... Página 51 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Juzgado de lo Social n.º 1 de BOP RESOLUCIÓN sobre ejecución de títulos judiciales 76/ Página 52
3 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 3 ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN Y GESTIÓN TRIBUTARIA DE CÁCERES BOP NOTIFICACIÓN de subasta de bienes inmuebles (Expediente: ) EL ORGANISMO AUTONOMO DE RECAUDACIÓN Y GESTIÓN TRIBUTARIA DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN DE CÁCERES, EN EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES DELEGADAS POR LAS ENTIDADES ACREEDORAS RESPECTIVAS, PROCEDE A NOTIFICAR MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO, EL ACUERDO DE SUBASTA DICTADO POR EL TESORERO EN RELACIÓN CON LOS EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS DE APREMIO QUE SE SIGUEN CONTRA LOS DEUDORES A LA HACIENDA PÚBLICA QUE SE INDICARÁN: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del RD 939/2005, Reglamento General de Recaudación, se pone en conocimiento de los deudores que se dirán y de todas las otras personas a quien interese que en los expedientes administrativos de apremio que también se relacionarán, el Tesorero ha dictado acuerdo de venta en pública subasta de los bienes embargados, observándose en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 103 y 104 del citado Reglamento. La celebración de la subasta tendrá lugar en las Oficinas Centrales del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria, Cl/ Álvaro López Núñez, s/n de, el día 26 de Octubre de 2016, a las 12,30 horas. En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente Edicto convocando licitadores, y advirtiéndose a cuantos deseen tomar parte en la subasta lo siguiente: 1.- Los bienes embargados a enajenar son los que al final se relacionarán. 2.- Los licitadores deberán tener capacidad de obrar con arreglo a derecho y no estar incursos en ningún supuesto de impedimento legal. Asimismo, deberán identificarse por medio de DNI y justificar, en su caso, la representación que tenga. 3.- Todo licitador deberá constituir ante la Mesa de subasta el preceptivo depósito de garantía, que será como mínimo del 20 por ciento del tipo de los bienes que desearen licitar, y serán devueltos a los no rematantes, reteniendo únicamente los correspondientes a los adjudicatarios,a quienes se prevendrá de que estos depósitos se ingresarán en firme en la cuenta del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria en el caso de que los adjudicatarios no satisfagan el precio del remate en el acto o dentro del reglamentario plazo previsto a estos efectos, sin perjuicio de las responsabilidades en que incurrirán
4 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 4 por los mayores perjuicios que sobre el importe del depósito origine la inefectividad de la adjudicación. 4.- La subasta se suspenderá, en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes, si se efectúa el pago de la cuantía establecida en el artículo de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre General Tributaria (importe de la deuda no ingresada, intereses, recargos y costas). 5.- El rematante deberá entregar en el acto de adjudicación de bienes o dentro de los quince días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de adjudicación. 6.- Se admitirán ofertas en sobre cerrado hasta una hora antes del inicio de la subasta. Dichas ofertas, deberán ser registradas en el Registro General de este Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria, tendrán el carácter de máximas y deberán ir acompañadas de cheque conformado extendido a favor del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria por el importe del depósito. El licitador deberá indicar nombre y apellidos o razón social o denominación completa nº NIF y domicilio. En el tipo de subasta no se incluyen los impuestos indirectos que graven la transmisión de los bienes. 7.- En el supuesto de concurrencia de varias ofertas en sobre cerrado, comenzará la admisión de posturas a partir de la segunda más alta de aquéllas, y será adjudicataria la postura más alta por el tramo superior a la segunda en el caso de no existir otras ofertas. 8.- La devolución a los licitadores no adjudicatarios, que efectuaron su oferta en sobre cerrado, se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta que el depositante indique. 9.- Los tramos a que deberán ajustarse las posturas serán las que para cada caso se indicará. Los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que, en su caso, se hayan aportado al expediente o las certificaciones supletorias que consten, no teniendo derecho a exigir otros. Dichos títulos podrán ser examinados en las Oficinas Centrales del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria, Cl/. Álvaro López Núñez, s/n,, hasta el día anterior al de celebración de la subasta, en horario de 9:00 a 13:30 horas y de lunes a viernes. En el supuesto de que no estuvieran inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título bastante mediante el cual se puede efectuar la inmatriculación en los plazos previstos en el artículo 199.b de la Ley Hipotecaria, y en todos aquellos casos en que sea necesario se habrá de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de la mencionada Ley Las cargas y gravámenes anteriores y preferentes a la anotación preventiva de embargo, quedarán subsistentes, sin aplicar a su extinción el precio de remate En el caso de que no se enajenara la totalidad o parte de los bienes en primera licitación, la Mesa podrá acordar una segunda licitación, o la iniciación del trámite de adjudicación
5 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 5 directa, que se llevará a cabo dentro del plazo de seis meses, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 RD 939/2005, Reglamento General de Recaudación En caso de existir derechos de tanteo y retracto, la adjudicación quedará en suspenso hasta que se dé cumplimiento a los requisitos legales exigidos en los respectivos derechos de adquisición preferente. ADVERTENCIAS Los posibles acreedores hipotecarios, desconocidos, y el cónyuge, si fuera el caso, se tendrán por notificados con plena virtualidad legal, con la publicación del presente anuncio, así como también los otros interesados en el expediente. La notificación personal al deudor se entenderá efectuada a todos los efectos legales, por medio de la publicación del presente edicto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo del RD 939/2005, Reglamento General de Recaudación. Quedando advertido que contra la anterior providencia podrá interponer recurso de reposición ante el Tesorero en el plazo de un mes, a contar del día de la publicación del presente edicto en el Boletín oficial de la Provincia, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. El procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso, sólo se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el artículo 73 del Reglamento General de Recaudación. En todo lo no previsto en el presente edicto se estará a lo preceptuado en las disposiciones legales que regulen el acto y confieran algún derecho a favor de terceros. Se advierte, según lo dispuesto en el artículo e) del RD 939/2005, Reglamento General de Recaudación que si los adjudicatarios no satisfacen el precio del remate, el depósito se aplicará a la cancelación de la deuda, sin perjuicio de las responsabilidades que puedan incurrir por los perjuicios que origine la falta de pago del precio del remate. Entidad Acreedora: ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN Y GESTION TRIBUTARIA Lugar de pago: Entidades financieras colaboradoras. Expediente: Deudor: Mª CARMEN SÁNCHEZ CONEJERO - DNI/NIF: G Concepto: ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS, IBI URBANA, IVTM, TASAS Y PP, IAE, SEPEI, MULTAS TRÁFICO, REINTEGRO SUBVENCIONES, IMP. SOBRE INCRE, VALOR TERR. URB. Importe total del Débito: ,18 RELACIÓN DE BIENES A ENAJENAR Tipo Finca: RÚSTICA: Situada en MALPARTIDA DE PLASENCIA. CONTIENE UNA VIVIENDA UNIFAMILIAR DE PLANTA SOTANO, DESTINADA A LOCAL Y ES- CALERA; Y PLANTA BAJA, DESTINADA A VIVIENDA. Localización: Paraje: LAS CAÑADAS, al sitio de las CAÑADAS. Superficie: Construida de doscientos siete metros, once decímetros cuadrados, con una superficie del terreno de noventa y siete áreas, cuarenta y siete centiáreas.
6 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 6 Linderos: Norte, PARCELA 72, PROPIEDAD DE LUIS TEJEDA FERNÁNDEZ. Sur, PARCELA 95, PROPIEDAD DE VICENTA LACALLE CANDELEDA.. Este, PARCELA 72, PROPIEDAD DE LUIS TEJEDA FERNÁNDEZ. Oeste, CAMINO. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Plasencia, Tomo 1574, Libro 98, Folio 86, Alta 5. Finca Registral nº: Derechos del deudor sobre los inmuebles embargados: 50% del pleno dominio. Adquirida por ADJUDICACION LIQUID. GANANCIAL. Referencia catastral: 10119A FI. Cargas subsistentes: Libre de cargas. Valoración de la totalidad del bien: ,18. Valoración de los derechos del deudor: ,09. Tipo de subasta en 1ª Licitación: ,09. Tramos: 300,00. Día de la celebración de la subasta, 26 de Octubre de 2016, a las 12,30 horas., 12 de septiembre de Andrés López Sánchez, El Tesorero.
7 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 7 Diputación Provincial de Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria BOP EDICTO de cobranza Se pone en conocimiento de los contribuyentes y público en general que los recibos correspondientes a los Municipios, Conceptos y Ejercicios que se especifican, están puestos al cobro hasta el día 21 DE NOVIEMBRE DE 2016, en período voluntario. Concepto: IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS Municipio: Abadía, Abertura, Acebo, Acehuche, Aceituna, Ahigal, Alagón del Río, Albalá, Alcántara, Alcollarín, Alcuescar, Aldea del Obispo, Aldea del Cano, Aldeacentenera, Aldeanueva de la Vera, Aldeanueva del Camino, Aldehuela del Jerte, Alia, Aliseda, Almaraz, Almoharín, Arroyo de la Luz, Arroyomolinos, Arroyomolinos de la Vera, Barrado, Baños de Montemayor, Belvis de Monroy, Benquerencia, Berrocalejo, Berzocana, Bohonal de Ibor, Botija, Brozas, Cabañas del Castillo, Cabezabellosa, Cabezuela del Valle, Cabrero,, Cachorrilla, Cadalso, Calzadilla, Caminomorisco, Campillo de Deleitosa, Campo Lugar, Carbajo, Carcaboso, Carrascalejo, Casar de, Casar de Palomero, Casares de las Hurdes, Casas de Miravete, Casas de Don Antonio, Casas de Don Gómez, Casas de Millán, Casas del Castañar, Casas del Monte, Casatejada, Casillas de Coria, Castañar de Ibor, Cañamero, Cañaveral, Ceclavín, Cedillo, Cerezo, Cilleros, Collado, Conquista de la Sierra, Coria, Cuacos de Yuste, Deleitosa, Descargamaría, El Gordo, El Torno, Eljas, Escurial, Fresnedoso de Ibor, Galisteo, Garciaz, Garganta la Olla, Gargantilla, Gargüera, Garrovillas, Garvín, Gata, Guadalupe, Guijo de Galisteo, Guijo de Granadilla, Guijo de Coria, Guijo de Santa Bárbara, Herguijuela, Hernán-Pérez, Herrera de Alcántara, Herreruela, Hervás, Higuera, Hinojal, Holguera, Hoyos, Huelaga, Ibahernando, Jaraicejo, Jaraiz de la Vera, Jarandilla de la Vera, Jarilla, Jerte, La Cumbre, La Garganta, La Granja, La Pesga, Ladrillar, Logrosán, Losar de la Vera, Madrigal de la Vera, Madrigalejo, Madroñera, Majadas, Malpartida de, Malpartida de Plasencia, Marchagaz, Mata de Alcántara, Membrio, Mesas de Ibor, Miajadas, Millanes, Mirabel, Mohedas, Monroy, Montánchez, Montehermoso, Moraleja, Morcillo, Navaconcejo, Navalmoral de la Mata, Navalvillar de Ibor, Navas del Madroño, Navezuelas, Nuñomoral, Oliva de Plasencia, Palomero, Pasarón de la Vera, Pedroso de Acim, Peraleda de la Mata, Peraleda de San Román, Perales del Puerto, Pescueza, Piedras Albas, Pinofranqueado, Piornal, Plasencia, Plasenzuela, Portaje, Portezuelo, Pozuelo de Zarzón, Puerto de Santa Cruz, Rebollar, Robledillo de Gata, Robledillo de la Vera, Robledillo de Trujillo, Robledollano, Romangordo, Rosalejo, Ruanes, Salorino, Salvatierra de Santiago, San Martin de Trevejo, Santa Ana, Santa Cruz de la Sierra, Santa Cruz de Paniagua, Santa Marta de Magasca, Santiago de Alcántara, Santiago del Campo, Santibañez el Alto, Santibañez el Bajo, Saucedilla, Segura de Toro, Serradilla, Serrejón, Sierra de Fuentes, Talaván, Talaveruela, Talayuela, Tejeda de Tietar, Tiétar, Toril, Tornavacas, Torre de Don Miguel, Torre de Santa María, Torrecilla de los Ángeles, Torrecillas
8 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 8 de la Tiesa,Torrejón el Rubio, Torrejoncillo, Torremenga, Torremocha, Torreorgaz, Torrequemada, Trujillo, Valdastillas, Valdecañas de Tajo, Valdefuentes, Valdehúncar, Valdemorales, Valdeobispo, Valencia de Alcántara, Valverde de la Vera, Valverde del Fresno, Vegaviana, Viandar de la Vera, Villa del Campo, Villa del Rey, Villamesias, Villamiel, Villanueva de la Sierra, Villanueva de la Vera, Villar de Plasencia, Villar del Pedroso, Villasbuenas de Gata, Zarza de Granadilla, Zarza de Montánchez, Zarza la Mayor, Zorita. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, CEMENTERIO, T. GANADO) Municipio: ABADÍA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (AGUA Y CANON C.A. EXTREMADURA) Ejercicio: Segundo Trimestre de Municipio: ABADÍA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, BASURA Y VADOS) Municipio: ACEITUNA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (CEMENTERIO Y BASURA) Municipio: ALBALA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA, DESAGÜE DE CANALONES Y ENTRADA DE VEHÍCULOS) Municipio: ALCÁNTARA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS ( ALCANTARILLADO Y BASURA) Municipio: ALCOLLARÍN Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA, CEMENTERIO Y VADOS) Municipio: ALCUESCAR Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS ( BASURA Y CEMENTERIO) Municipio: ALDEA DEL CANO Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ENTRADA DE VEHÍCULOS, BASURA Y VADOS) Municipio: ALDEA DEL OBISPO Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (CEMENTERIO Y O.V.P. CON MESAS Y SILLAS).
9 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 9 Municipio: ALDEANUEVA DEL CAMINO. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO Y BASURA). Municipio: ALDEHUELA DEL JERTE. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA Y VADOS). Municipio: ALIA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, BASURA, CEMENTERIO, EN- TRADA DE VEHÍCULOS) Municipio: ALMOHARÍN Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (CEMENTERIO) Municipio: ARROYOMOLINOS DE MONTANCHEZ Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA) Ejercicio: Segundo Semestre de 2016 Municipio: ARROYOMOLINOS DE MONTANCHEZ Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, ENTRADA DE VEHÍCULOS Y OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA). Municipio: BAÑOS DE MONTEMAYOR Concepto: TASAS Y PRECIOS PUBLICOS ( ALCANTARILLADO, BASURA, DESAGÜE DE CA- NALONES, ENTRADA DE VEHÍCULOS, REJAS DE PISOS, TERRAZAS, BALCONES Y VOLADI- ZOS). Municipio: BERROCALEJO Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA) Municipio: BOHONAL DE IBOR. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (AGUA, CANON C.A.EXT.) Ejercicio: Primer Semestre de Municipio: BOHONAL DE IBOR.
10 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 10 Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, DEPURACIÓN DE AGUAS RE- SIDUALES Y VADOS) Municipio: CABEZUELA DEL VALLE. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (AGUA Y CANON C.A. EXTREMADURA) Municipio: CABEZUELA DEL VALLE. Concepto: TASAS Y PRECIOS PUBLICOS (SERVICIO AYUDA DOMICILIO) Ejercicio: Mayo de 2016 Municipio: CÁCERES Concepto: TASAS Y PRECIOS PUBLICOS (MERCADO DE ABASTOS) Ejercicio: Julio de 2016 Municipio: CÁCERES Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (OCUPACIÓN DE LOCALES DE DOMINIO PÚBLI- CO). Ejercicio: Julio de Municipio: CÁCERES. Concepto: ARRENDAMIENTOS URBANOS Ejercicio: Julio de 2016 Municipio: CÁCERES Concepto: ARRENDAMIENTOS LOCALES Ejercicio: Julio de 2016 Municipio: CÁCERES Concepto: INGRESOS DE DERECHO PÚBLICO (DERECHO DE SUPERFICIE). Ejercicio: Julio de 2016 Municipio: CÁCERES Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (PRESTACIÓN DE SERVICIO PROYECTO ALDEAL- AB). Ejercicio: Julio de Municipio: CÁCERES. Concepto: TASAS Y PRECIOS PUBLICOS. (ALCANTARILLADO) Municipio: CAMINOMORISCO
11 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 11 Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS ( ALCANTARILLADO) Municipio: CAMPILLO DE DELEITOSA Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS ( ALCANTARILLADO, BASURA) Ejercicio: Segundo Cuatrimestre de 2016 Municipio: CAMPO LUGAR Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, CEMENTERIO, DESAGÜE DE CANALONES, MESAS Y SILLAS VIA PÚBL., RODAJE Y ARRASTRE VEHÍCULOS, T. PERROS, TRÁNSITO DE GANADO, VADOS Y OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA) Municipio: CARCABOSO Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ENTRADA DE VEHÍCULOS-COCHERAS) Municipio: CASAR DE CÁCERES. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ANUNCIOS LUMINOSOS Y NO LUMINOSOS Y ESCAPARATES). Municipio: CASAR DE PALOMERO. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA). Municipio: CASAS DE DON ANTONIO. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (AGUA Y CANON C.A. EXTREMADURA). Ejercicio: Segundo Semestre de 2015 Municipio: CASAS DE MIRAVETE. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA). Municipio: CASAS DE MIRAVETE. Concepto: TASAS Y PRECIOS PUBLICOS (VADO PERMANENTE) Municipio: CASATEJADA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, AGUA Y CANON C.A. EXTRE- MADURA) Ejercicio: Segundo Trimestre de 2016 Municipio: CASTAÑAR DE IBOR.
12 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 12 Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA) Municipio: CECLAVIN. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA) Municipio: CEDILLO. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ENTRADA VEHÍCULOS) Municipio: CILLEROS. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (SERVICIO AYUDA A DOMICILIO). Ejercicio: Junio de 2016 Municipio: CORIA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, BASURA Y ENTRADA DE VE- HÍCULOS) Municipio: CUACOS DE YUSTE. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO Y BASURA) Municipio: LA CUMBRE. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, AGUA Y CANON C.A. EXTRE- MADURA) Ejercicio: Tercer Cuatrimestre de Municipio: DELEITOSA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, AGUA Y CANON C.A. EXTRE- MADURA) Ejercicio: Primer Cuatrimestre de Municipio: DELEITOSA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA) Municipio: DESCARGAMARÍA Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (AGUA, DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES Y CANON C.A. EXTREMADURA) Municipio: DESCARGAMARÍA
13 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 13 Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, BASURA Y VADOS) Municipio: ESCURIAL Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, AGUA, Y CANON C.A. EXTRE- MADURA) Ejercicio: Segundo Trimestre de Municipio: FRESNEDOSO DE IBOR Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO Y BASURA) Municipio: GARCIAZ Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS ( AGUA, CANON C.A.EXT.) Ejercicio: Segundo Semestre de 2015 Municipio: LA GARGANTA Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS ( ALCANTARILLADO) Municipio: LA GARGANTA Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ENTRADA DE VEHÍCULOS Y VADOS) Ejercicio: 2015 Municipio: LA GARGANTA Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA, AGUA Y CANON C.A. EXTREMADURA) Ejercicio: Segundo Trimestre de Municipio: GARGÜERA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO) Municipio: GARGANTA LA OLLA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA) Municipio: GARROVILLAS. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA Y VADOS) Municipio: GATA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (VADOS) Municipio: EL GORDO.
14 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 14 Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA) Municipio: GUADALUPE Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA) Municipio: GUIJO DE CORIA Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (DEPURADORA) Municipio: HERNÁN PÉREZ. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA, TRÁNSITO DE GANADO, PRESTACIÓN PERSONAL, TENENCIA PERROS Y RODAJE Y ARRASTRE DE VEHÍCULOS.) Municipio: HERRERA DE ALCÁNTARA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA) Ejercicio: Segundo Semestre de Municipio: HERRERUELA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ESCAPARATES Y ANUNCIOS, ENTRADA DE VE- HÍCULOS Y ANUNCIOS LUMINOSOS) Municipio: HERVÁS Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO) Municipio: HIGUERA Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (VADOS) Municipio: HOYOS Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA) Municipio: JARAICEJO. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (DESAGÜE DE CANALONES, ESCAPARATES Y VIT- RINAS, ENTRADA DE VEHÍCULOS, VADOS, ANUNCIOS LUMINOSOS, VOLADIZOS). Municipio: JARAIZ DE LA VERA.
15 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 15 Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, BASURA Y CONSERVACIÓN DE LA RED DE ALCANTARILLADO) Municipio: JARANDILLA DE LA VERA Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO Y BASURA) Municipio: MADRIGAL DE LA VERA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES) Ejercicio: Segundo Semestre de Municipio: MADRIGAL DE LA VERA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (AGUA, CANON C.A.EXT.) Ejercicio: Segundo Semestre de Municipio: MADRIGAL DE LA VERA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, BASURA, CANALONES, ENT. VEHÍCULOS, TENENCIA DE PERROS, RODAJE Y ARRASTRE DE VEHÍCULOS, RESERVA DE APARCAMIENTO). Municipio: MADROÑERA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (CEMENTERIO, ENTRADA DE VEHÍCULOS). Municipio: MALPARTIDA DE CACERES. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (RODAJE Y ARRASTRE DE VEHÍCULOS) Municipio: MATA DE ALCANTARA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (CEMENTERIO) Municipio: MIAJADAS. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, BASURA Y PASTOS). Municipio: MILLANES DE LA MATA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA, CEMENTERIO, PUERTAS Y VENTANAS QUE ABREN AL EXTERIOR Y VADOS) Municipio: MONTÁNCHEZ.
16 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 16 Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS ( BASURA, MESAS Y SILLAS EN LA VÍA PÚBLICA, TERRAZAS, BALCONES Y VOLADIZOS, VADOS Y TOLDOS) Municipio: MONTEHERMOSO Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (DEHESA BOYAL CANON, DEHESA BOYAL COMUNI- DAD DE REGANTES, DEHESA BOYAL SEGURIDAD SOCIAL, DEHESA BOYAL CONTRIBUCION, DEHESA BOYAL ADMINISTRACIÓN) Municipio: MORALEJA Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (VADOS) Municipio: MORALEJA Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, BALCONES, AGUA, CANON C.A.EXT. Y ENT. VEHICULOS). Municipio: NAVACONCEJO Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, AGUA Y CANON C.A.EXT.). Ejercicio: Segundo Trimestre de Municipio: NAVEZUELAS Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS ( VADOS) Municipio: NUÑOMORAL Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, BASURA Y VADOS) Municipio: PASARÓN DE LA VERA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, BASURA, AGUA Y CANON C.A.EXT.). Ejercicio: Municipio: PERALES DEL PUERTO Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (AGUA, CUOTA DE SERVICIO Y CANON C.A.EXT.). Ejercicio: Segundo Trimestre de Municipio: PIEDRAS ALBAS Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, BASURA, CANALONES, TER- RAZAS, BALCONES Y VOLADIZOS)
17 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 17 Municipio: PIEDRAS ALBAS Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (AGUA Y CANON C.A. EXTREMADURA) Ejercicio: Cuarto Trimestre de 2015 Municipio: PINOFRANQUEADO Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO) Municipio: PINOFRANQUEADO Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (CANALONES, BALCONES Y VOLADIZOS, PUERTAS AL EXTERIOR, T. DE PERROS, VADOS, RÓTULOS, TOLDOS, FACHADAS Y CANALES). Municipio: PIORNAL. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO Y TELEASIST- ENCIA) Ejercicio: Agosto de Municipio: PLASENCIA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (CASETAS EN MERCADO DE ABASTOS) Ejercicio: Agosto de Municipio: PLASENCIA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ENTRADA DE VEHÍCULOS) Municipio: PLASENCIA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, BASURA, RODAJE Y ARRASTRE DE VEHÍCULOS, TENENCIA DE PERROS, PUBLICIDAD Y VADOS) Municipio: PORTAJE Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS ( ALCANTARILLADO) Ejercicio: Primer Semestre de 2016 Municipio: POZUELO DE ZARZÓN. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (AGUA Y CANON C.A. EXTREMADURA) Ejercicio: Segundo Trimestre de Municipio: POZUELO DE ZARZÓN. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, BASURA, AGUA, DES.CA- NALONES, T.GANADO, T.PERROS, DEPURADORA, CANON C.A.EXT.) Municipio: ROBLEDILLO DE GATA.
18 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 18 Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO Y BASURA,) Municipio: ROBLEDILLO DE LA VERA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (TRÁNSITO DE GANADO Y TENENCIA DE PER- ROS) Municipio: ROBLEDILLO DE TRUJILLO. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (AGUA Y CANON C.A. EXTREMADURA) Ejercicio: Primer Semestre de Municipio: ROBLEDOLLANO. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO) Municipio: ROBLEDOLLANO. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA) Municipio: SALORINO. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (TRÁNSITO DE GANADO VACUNO, OVINO, CAPRINO, CERDOS, CABALLAR, TENENCIA DE PERROS, VADOS, O.V.P. CON MESAS Y SILLAS) Municipio: SAN MARTÍN DE TREVEJO. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, AGUA, DEPURADORA Y CANON C.A.EXT.) Municipio: SAN MARTÍN DE TREVEJO. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA) Municipio: SAN MARTÍN DE TREVEJO Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (TRÁNSITO DE GANADO VACUNO, OVINO, CAPRINO, CERDOS, CABALLAR, ASNAL Y TENENCIA DE PERROS) Municipio: SANTA MARTA DE MAGASCA Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (TRÁNSITO DE GANADO, TENENCIA DE PERROS Y PASTOREO) Municipio: SANTIBÁÑEZ EL ALTO.
19 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 19 Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, BASURA, DESAGÜE DE CA- NALONES Y RODAJE Y ARRASTRE DE VEHÍCULOS). Municipio: SANTIBÁÑEZ EL ALTO. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO) Municipio: SEGURA DE TORO. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (NICHOS, MESAS Y SILLAS EN LA VÍA PÚBLICA Y VADOS) Municipio: SIERRA DE FUENTES. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS ( ALCANTARILLADO Y BASURA) Municipio: TALAVERUELA DE LA VERA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, AGUA, Y CANON C.A.EXT.). Ejercicio: Tercer Trimestre de Municipio: TORNAVACAS. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO Y BASURA) Municipio: TORRECILLA DE LOS ANGELES Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO Y BASURA) Municipio: TORRECILLAS DE LA TIESA Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS ( VADOS) Municipio: TORRE DE DON MIGUEL Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS ( ALCANTARILLADO, BASURA, AGUA Y CANON C.A.EXT.) Ejercicio: Primer semestre de 2016 Municipio: TORRE DE DON MIGUEL Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO Y BASURA) Municipio: TORRE DE SANTA MARÍA.
20 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 20 Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, BASURA, AGUA, CANON C.A.EXT.) Ejercicio: Segundo Cuatrimestre de 2016 Municipio: TORREJONCILLO. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA, CEMENTERIO, T. MESAS Y SILLAS EN VIA PUBLICA, ENTRADA DE VEHÍCULOS Y BOLARDOS, RÓTULOS, TOLDOS, OCUPACION VÍA PÚBLICA-APARCAMIENTO Y BOLARDOS) Municipio: TRUJILLO Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (AGUA Y CANON C.A. EXTREMADURA) Ejercicio: Tercer Trimestre de Municipio: VALDECAÑAS DE TAJO. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA) Municipio: VALDEFUENTES. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, BASURA, CUOTA DE SERVICIO, AGUA Y CANON C.A. EXTREMADURA) Ejercicio: Segundo Trimestre de Municipio: VALDEHÚNCAR. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA, DESAGÜE DE CANALONES, ENTRADA DE CARRUAJES, T. CASINOS, T. PARADA Y SITUADO TAXIS, AUTOBUSES) Municipio: VALENCIA DE ALCÁNTARA Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS ( ALCANTARILLADO, BASURA Y TRÁNSITO DE GANADO) Municipio: VALVERDE DE LA VERA Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, BASURA Y CEMENTERIO). Municipio: VIANDAR DE LA VERA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (CEMENTERIO) Municipio: VILLAMESÍAS. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, BASURA, MERCANCÍAS Y ESCOMBROS EN LA V.P., RODAJE Y ARRASTRE DE VEHÍCULOS)
21 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 21 Municipio: VILLANUEVA DE LA SIERRA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO Y BASURA) Municipio: VILLANUEVA DE LA VERA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (TRANSITO DE GANADO) Municipio: VILLASBUENAS DE GATA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (CEMENTERIO) Municipio: ZARZA DE MONTÁNCHEZ. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (ALCANTARILLADO, BASURA, MESAS Y SILLAS EN V.P., ESCAPARATES Y VITRINAS Y ENTRADA DE VEHÍCULOS) Municipio: ZARZA LA MAYOR. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (13ª CUOTA DE 1ª FASE Y 1ª CUOTA DE 2ª FASE DEL PNR) Entidad: COMUNIDAD DE REGANTES DEL CANAL DE ORELLANA. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (CUOTA GENERAL Y CUOTA REDUCIDA) Ejercicio: Segundo Padrón de Entidad: COMUNIDAD DE REGANTES DEL TORNO. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (DEPURADORA, BASURA) Entidad: MANCOMUNIDAD DE LAS HURDES. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (BASURA) Entidad: MANCOMUNIDAD VALLE DEL JERTE. Concepto: TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS (DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES) Ejercicio: Segundo Semestre de Entidad: MANCOMUNIDAD VALLE DEL ALAGÓN. Municipio: EL BATÁN, GUIJO DE GALISTEO, MORCILLO Y VALRÍO. LUGAR DE INGRESO: Los contribuyentes podrán efectuar el pago de la deuda:
22 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 22 A) A través de cualquier ENTIDAD FINANCIERA COLABORADORA. B) Mediante DOMICILIACIÓN BANCARIA. Si desea domiciliar el pago para periodos sucesivos, deberá solicitar los impresos correspondientes en cualquier Entidad Bancaria u oficinas del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria. RECARGO DE APREMIO: Se advierte que, transcurrido el plazo de ingreso en voluntaria, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 28 y 161 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de Diciembre, General Tributaria. 16 de septiembre de El GERENTE DEL ORGANISMO Andrés Domínguez Carrasco.
23 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 23 Ayuntamiento Campo Lugar BOP Aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de las Tasa por prestación de los Servicios de Cementerio EDICTO El Pleno del Ayuntamiento de Campo Lugar, en sesión ordinaria celebrada el día 18 de julio de 2016, acordó la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de las Tasa por prestación de los Servicios de Cementerio. Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto-legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo. Campo Lugar a 16 de Septiembre de La Alcaldesa, Doña Catalina Bernal Sánchez.
24 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 24 Ayuntamiento Coria BOP Autorización de vertidos a red de alcantarillado municipal para su taller situado en el Polígono Industrial Los Rosales ANUNCIO Presentada por D. Rafael SENDÍN GUTIERREZ, en representación de la empresa constructora SENPA S.A, solicitud de autorización de vertidos a red de alcantarillado municipal para su taller situado en el Polígono Industrial Los Rosales, calle La Vera, Parcela núm. 5, de esta localidad, de conformidad con el articulo 248 del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Publico Hidráulico, se somete a información publica por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de. Durante dicho plazo podrá ser examinado el expediente por cualquier interesado en la Oficina de Licencias de Obras Municipal, para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Coria a 7 de septiembre de El ALCALDE, José Manuel García Ballestero.
25 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 25 Ayuntamiento Losar de la Vera BOP Delegación funciones de Alcaldía ANUNCIO Por decreto de la Alcaldía de fecha 15 de septiembre de 2016, se delega en el Primer Teniente de Alcalde D. Juan Antonio Bravo Lozano la totalidad de las funciones de la Alcaldía en los términos del artículo 23.3 de la Ley de Bases de Régimen Local, por ausencia del titular desde el día 15 de septiembre del actual al día 2 de octubre de Losar de la Vera a 15 de septiembre de EL ALCALDE, German Domínguez Martín.
26 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 26 Ayuntamiento Miajada BOP Aprobación Modificacion de dedicaciones y retribuciones miembros de la corporación ANUNCIO El ayuntamiento en Pleno de Miajadas, en sesión celebrada el día 6 de septiembre de 2016, ha adoptado el siguiente acuerdo cuyo contenido se hace público a los efectos previstos en la legislación. PRIMERO: Modificar el régimen de dedicación exclusiva del Primer teniente de Alcalde y Concejal delegado de Economía, Hacienda, Desarrollo Local, Contratación, Recursos Humanos, Régimen Interior, Seguridad Ciudadana, Protección Civil y Comercio. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 75 de la ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de Bases del Régimen Local se le reconoce un régimen de dedicación parcial, con unas retribuciones netas mensuales de 692,76 por catorce pagas al año, dándole el correspondiente alta en la seguridad social y debiendo asumir esta corporación el coste de las cuotas empresariales que corresponda. El régimen de dedicación necesario para percibir estas retribuciones será del 45% de la jornada laboral. SEGUNDO: Modificar el régimen de dedicación parcial a la Concejala Delegada del área de Cultura, Juventud, Educación y Formación, universidad popular, Nuevas Tecnologías y Alfabetización Tecnológica, Da Gloria Esteban Cruz. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 75 de la ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de Bases del Régimen Local se le reconoce un régimen de dedicación parcial que corresponderá con el 50% de la jornada, con unas retribuciones netas mensuales de 771,38 por catorce pagas al año, dándole el correspondiente alta en la seguridad social y debiendo asumir esta corporación el coste de las cuotas empresariales que corresponda. El régimen de dedicación necesario para percibir estas retribuciones será del 50% de la jornada laboral. TERCERO: Modificar el régimen de dedicación parcial a la Concejala Delegada del área de Servicios e Infraestructuras Municipales y Deportes, Da María Teresa Gil Cruz. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 75 de la ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de Bases del Régimen Local se le reconoce un régimen de dedicación parcial que corresponderá con el 50% de la jornada, con unas retribuciones netas mensuales de 771,38 por catorce pagas al año, dándole el correspondiente alta en la seguridad social y debiendo asumir esta corporación el coste de las cuotas empresariales que corresponda. El régimen de dedicación necesario para percibir estas retribuciones será del 50% de la jornada laboral. CUARTO. Publicar de forma íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia el Acuerdo del Pleno, a los efectos de su general conocimiento. Miajadas a 16 de septiembre de EL ALCALDE, Antonio Díaz Alias.
27 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 27 AYUNTAMIENTO NAVAS DEL MADROñO BOP RESOLUCIÓN Suplencia de la Alcaldía EDICTO Ante la necesidad de ausentarme del municipio los días 21 y 24 de septiembre de 2016, HE RESUELTO: Ser sustituido durante dichos días y en la totalidad de mis funciones como Alcalde por la Primera Teniente de Alcalde de este Excmo. Ayuntamiento, Dª Vanesa Macías Novoa, en quien he realizado la correspondiente delegación. Todo ello en virtud de lo dispuesto en el art de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y art. 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por RD 2568/1986, de 28 de noviembre, haciéndose público para general conocimiento. Navas del Madroño, 12 de septiembre de Manuel Mirón Macías, Alcalde-Presidente.
28 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 28 Ayuntamiento Riolobos BOP Renovación de cargo de Juez de Paz Sustituto ANUNCIO Para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 100 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se pone en conocimiento de todos los vecinos/as de este municipio que, dentro del plazo allí establecido, se procederá por el Pleno de esta Corporación Municipal a proponer a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura el nombramiento de un vecino/a de este municipio para ocupar el cargo de Juez de Paz Sustituto. Los interesados/as en este nombramiento tendrán que presentar en la Secretaría de este Ayuntamiento la correspondiente solicitud por escrito, EN EL PLAZO DE 20 DÍAS NATURALES, contados a partir del día siguiente a la publicación de este Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. En dicha solicitud se hará constar: - Nombre y apellidos, D.N.I., domicilio, estudios cursados y profesión actual. Se acompañará a la misma los documentos que a continuación se reseñan: A Certificación de nacimiento o fotocopia del D.N.I. B Certificación de Antecedentes Penales, expedida por el Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia. C Certificación Médica de no padecer enfermedad que incapacite para el ejercicio del cargo de Juez de Paz. D Declaración jurada de no estar incurso/a en causa de incompatibilidad para el desempeño del cargo. Lo que se hace público para general conocimiento y efectos. Riolobos a 16 de septiembre de EL ALCALDE, José Pedro Rodríguez Martín.
29 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 29 AYUNTAMIENTO Rosalejo BOP Cuenta General correspondiente al ejercicio 2015 ANUNCIO En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas, en sesión celebrada el día 15 de septiembre de 2016, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2015, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes. Rosalejo a 16 de septiembre de La Alcaldesa-Presidenta en funciones, Mª Esther Nava Manzano.
30 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 30 Ayuntamiento Valencia de Alcántara BOP ACUERDO de modificación de Ordenanza Fiscal número 15, reguladora de la tasa por los servicios de las Residencias de Mayores, Centro de Día y Comidas a Domicilio. ANUNCIO Transcurrido el plazo de exposición al público del Acuerdo provisional sobre la modificación de la Ordenanza Fiscal número 15, reguladora de la tasa por los servicios de las Residencias de Mayores, Centro de Día y Comidas a Domicilio adoptado por el Pleno de esta Corporación en sesión celebrada el día 11 de julio de 2016, y no habiéndose presentado dentro del mismo reclamación alguna, se eleva a definitivo dicho acuerdo de conformidad con lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Lo que se hace público a los efectos previstos en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, publicándose el texto íntegro de la modificación de la mencionada Ordenanza Fiscal: MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL NÚMERO 15, REGULADORA DE LA TASA POR LOS SERVICIOS DE LAS RESIDENCIAS DE MAYORES, CENTRO DE DIA Y COMIDAS A DOMI- CILIO. Artículo 3.- Hecho Imponible. El hecho imponible de la tasa regulada por esta Ordenanza, está constituida por la prestación de un servicio o realización de una actividad administrativa consistente en el uso del Servicio de Comidas a domicilio y la utilización y estancia en las Residencias de Mayores, Centros de Día y Hogares Clubes con Pisos Tutelados de titularidad Municipal de Valencia de Alcántara. Artículo 4.- Sujeto Pasivo. Están sujetos al pago de la tasa por la utilización y estancia en las Residencias de Mayores, Centros de Día y Hogares Clubes con Pisos Tutelados de titularidad municipal de Valencia de Alcántara, los residentes que se beneficien de la prestación de dicho servicio. Igualmente estarán sujetos al pago de la citada tasa todos los usuarios del Servicio de comidas a domicilio del Ayuntamiento de Valencia de Alcántara.
31 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 31 En el caso de beneficiarios, que se encuentren bajo la patria potestad de los padres o tutores, serán estos últimos los responsables del pago de la tasa, conforme a lo establecido en los artículos 55, 154 y 206 del Código Civil. Artículo 5.- Tarifa. La cuantía de la Tasa de esta Ordenanza, se obtendrá de la aplicación de las siguientes tarifas: a) Por estancia en la Residencia de Mayores, en habitación doble con derecho a manutención (cuatro comidas al día, es decir desayuno, comida, merienda y cena), lavandería, planchado y limpieza de habitación y baños, en el caso de plaza concertadas con la Consejería de Salud y Política Social de la Junta de Extremadura, se abonará el 75% de pensiones ordinarias y el 50% de las pagas extraordinarias, con el límite de ,00. En el caso de ingreso de un cónyuge con matrimonio en régimen de gananciales y cuya pensión corresponda al otro, a efectos de cobro se aplicarán los porcentajes anteriores calculados sobre el 50% de la pensión del cónyuge no ingresado. En el caso de plazas no concertadas con la Consejería de Salud y Política Social de la Junta de Extremadura, los residentes abonarán la cuantía fija de 750,00 /mes. b) Por asistencia al Centro de Día, con derecho a comedor: - Mensualmente: Por estancia de 8:00 horas a 15:00 horas, el 25% del total de los ingresos del usuario. Por estancia de 8:00 horas a 22:00 horas, el 50% del total de los ingresos del usuario. - Por días sueltos: Por estancia de 8:00 horas a 15:00 horas: 7,00 /día. Por estancia de 8:00 horas a 22:00 horas: 14,00 /día En caso de matrimonio o relación análoga, el coste para uno de ellos, será el 25% de la media del total de ingresos que perciban ambos. En supuestos excepcionales, y previo informe de los Servicios Sociales, por utilización del servicio de comedor en Centro de Dia se abonará las mismas tarifas establecidas para el Servicio de Comidas a Domicilio. c) Por utilización del Servicio Municipal de Comidas a Domicilio se abonarán las siguientes tarifas: - Por mes, 2 comidas, el 50% de la pensión, con un máximo de 300,00 /mes.
32 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 32 - Por mes, 1 comida, el 35% de la pensión, con un máximo de 165,00 /mes. - Por día, en casos excepcionales y previo informe de los Servicios Sociales: 2 Comidas, 10,00 /día. 1 comida, 5,00 /día. d) Por estancia en Plaza Residencial en Hogar Clubes con Piso Tutelado: Por estancia en Hogar Clubes con Piso Tutelado, los residentes abonarán una cuota mensual: - El 65% de los ingresos del usuario, cuando su importe sea igual o inferior al SMI. - El 75% de los ingresos del usuario, cuando su importe sea superior al SMI. Para el cálculo de los ingresos totales de los usuarios se tendrán en cuenta las pagas extraordinarias de manera que los ingresos mensuales obtenidos por concepto de pensión se multiplicarán por 14 y se dividirán por 12. En el supuesto de usuarios unidos matrimonialmente o en análoga situación legalmente reconocida, servirá de base para el cálculo de la tasa a satisfacer por el matrimonio, la suma de los ingresos de ambos y dividida esta cantidad entre dos, siempre y cuando el régimen económico matrimonial fuera el de gananciales. En todo caso, se tendrá en cuenta las bonificaciones contempladas en la normativa vigente establecida por la Consejería de Salud y Política Social y que se aplicará previa justificación documental. Todas las tarifas contempladas en la presente Ordenanza sufrirán la subida del I.P.C. interanual, a partir del año Contra el presente Acuerdo definitivo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. En Valencia de Alcántara, a 9 de septiembre de EL ALCALDE, Alberto Piris Guapo
33 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 33 Ayuntamiento Valencia de Alcántara BOP ACUERDO de modificación de Ordenanza Fiscal nº 30 Reguladora de la tasa por el uso y la prestación de servicios en las instalaciones deportivas y piscinas municipales y la realización de actividades en instalaciones deportivas. ANUNCIO Transcurrido el plazo de exposición al público del Acuerdo provisional sobre la modificación de la Ordenanza Fiscal nº 30 Reguladora de la tasa por el uso y la prestación de servicios en las instalaciones deportivas y piscinas municipales y la realización de actividades en instalaciones deportivas adoptado por el Pleno de esta Corporación en sesión celebrada el día 11 de julio de 2016, y no habiéndose presentado dentro del mismo reclamación alguna, se eleva a definitivo dicho acuerdo de conformidad con lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Lo que se hace público a los efectos previstos en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, publicándose el texto íntegro de la modificación de la mencionada Ordenanza Fiscal: MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL Nº 30, REGULADORA DE LA TASA POR EL USO Y LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS Y PISCINAS MU- NICIPALES Y LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN INSTALACIONES DEPORTIVAS Artículo 5º. Cuota tributaria. La cuantía de la Tasa correspondiente a esta Ordenanza, será la fijada por las siguientes tarifas: Fútbol. CONCEPTO Alquiler Campo de futbol de césped artificial. 1 Hora Fútbol 11 con luz natural 25,00 Fútbol 11 con luz artificial 35,00 Fútbol 7 con luz natural 16,00 Fútbol 7 con luz artificial 21,00 Alquiler de dos balones 2,00
34 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 34 Atletismo Precio por persona una hora con luz natural 0,00 Precio por persona una hora con luz artificial 5,00 Discapacitados y jubilados Gratis Pabellón Cubierto Baloncesto, Balonmano, voleibol, Fútbol sala 1 Hora Alquiler con luz natural 6,00 Alquiler con luz artificial 10,00 Pista de tenis Alquiler de pista tenis 1 Hora Tenis con luz natural 2,00 Tenis con luz artificial 4,00 Tenis de mesa Gratuito Pista de pádel Alquiler pista de pádel 1 Hora Alquiler con luz natural 3,00 Alquiler con luz artificial 4,20 PISTA FUTBOL SALA EXTERIOR Esta instalación solo abonara la tasa por alumbrado artificial,cuyo precio es de 2 euros/ hora Piscina municipal Concepto Laborables Festivos Por la entrada diaria de la piscina Personas hasta los 5 años GRATIS GRATIS Personas entre los 6 y 15 años 1,00 2,00 Personas a partir de los 16 años 2,00 0,00 Abonos Mensual - Personas entre los 6 y 15 años -Personas a partir de los 16 años -Matrimonios
35 Número 181 Martes 20 de Septiembre de 2016 Página 35 Temporada - Personas entre los 6 y 15 años 28 - Personas a partir de los 16 años 40 - Matrimonios 50 Abono especial -Familias numerosas por cada miembro toda la temporada 16 Por uso de tumbonas 1 /día Publicidad El metro cuadrado de valla publicitaria instalaciones deportivas. 30 Artículo 6º. Exenciones y bonificaciones Estarán exentos de pago de la presente tasa en relación al uso de las instalaciones deportivas y no por el uso de las piscinas municipales: 1.- Los centros de enseñanza, públicos o concertados, que no dispongan de instalaciones deportivas adecuadas para el desarrollo, en horario lectivo, de programas de educación física y/o expresión dinámica, previa solicitud y autorización de uso de las instalaciones o formalización del correspondiente Convenio con el Patronato Municipal de Deportes. 2.- Personal técnico del Patronato Municipal de Deportes y personal en activo de la Policía Local de Valencia de Alcántara, así como el personal en activo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado destinado en Valencia de alcántara, para el desarrollo de sus programas específicos de formación física, en los términos previstos por las normas reguladoras de la prestación del servicio. 3.- Las actividades organizadas o promovidas por el Excmo. Ayuntamiento de Valencia de alcántara o sus organismos autónomos así como federados y autorizados. Estas exenciones tendrán lugar en los términos y horarios previamente fijados por el Ayuntamiento para el uso de las instalaciones por estos colectivos, reservándose este la posibilidad de modificar, cancelar o variar las actividades, instalaciones u horarios para ello se requerirá previa solicitud Se establece una bonificación del 50% de la cuota correspondiente por la utilización de los espacios o servicios de las instalaciones deportivas y piscinas de titularidad municipal reguladas por la presente Ordenanza para las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33% y así lo acrediten mediante las resoluciones y/o certificaciones oportunas.
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