PLAN DE RECEPCIÓN Y MANIPULACIÓN DE DESECHOS AUTORIDAD PORTUARIA DE VIGO

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1 PLAN DE RECEPCIÓN Y MANIPULACIÓN DE DESECHOS AUTORIDAD PORTUARIA DE VIGO

2 ÍNDICE 1. Objeto y justificación del plan Pág Organización operativa del puerto. Pág Responsabilidades en la aplicación del plan. Pág Información del tráfico portuario Pág Instalaciones portuarias receptoras Pág Tipos y cantidades de desechos generados Pág Capacidad de las instalaciones portuarias receptoras Pág Descripción de las instalaciones existentes Pág Destino final de los desechos generados Pág Descripción del procedimiento de notificación y disponibilidad del servicio Pág Descripción del procedimiento para la recepción y recogida de los desechos Pág Descripción del procedimiento de actuación frente a incidencias Pág Descripción del régimen de tarifas Pág Procedimiento de consulta permanente para usuarios del puerto Pág Procedimiento para el control de la documentación y registros Pág Evaluación y revisión periódica del Plan Pág.46 ANEXOS I. Formularios II. Convenios con cofradías de pescadores y puertos deportivos III. Planos de localización de instalaciones y contenedores IV. Directorio de teléfonos V. Exenciones y bonificaciones VI. Legislación Aplicable 2

3 1. OBJETO Y JUSTIFICACIÓN DEL PLAN El Convenio MARPOL 73/78 dispone que los Estados Partes velen por que se provean instalaciones receptoras adecuadas en los puertos. Para ello, la Directiva 2000/59/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, sobre instalaciones portuarias receptoras de desechos generados por buques y residuos de carga, establece que los Estados miembros de la Unión Europea, habiendo ratificado el Convenio, "velarán por que se disponga de instalaciones portuarias receptoras adecuadas que satisfagan las necesidades de los buques que utilicen normalmente el puerto y no causen a éstos demoras innecesarias". La Directiva fue traspuesta al ordenamiento jurídico Español mediante el Real Decreto 1381/2002, de 20 de diciembre, sobre instalaciones portuarias de recepción de desechos generados por los buques y residuos de carga, modificado por la Orden FOM/1392/2004, de 13 de mayo, y el Real Decreto 1084/2009, de 3 de julio. Desde la Autoridad Portuaria de Vigo (APV), hemos desarrollado la quinta edición del Plan de Recepción y Manipulación de desechos en el Puerto de Vigo, cumpliendo con el apartado 1 del artículo 5 del Real Decreto 1381/2002 (modificado por el RD 1084/2009), por el que la entidad gestora del puerto aprobará y aplicará un plan de recepción y manipulación de desechos, cuyo contenido garantizará la correcta gestión ambiental de los residuos. Este plan se deberá renovar cada tres años y, en todo caso, cuando se introduzcan cambios significativos que afecten al funcionamiento del servicio. Para ello, hemos determinado las características y condiciones de las operaciones e instalaciones de recepción de desechos y residuos cumpliendo las normas básicas, técnicas y de servicio establecidas por la Administración competente. El Plan abarca todos los desechos generados por los buques y los residuos de carga procedentes de los buques que hagan escala en el puerto habitualmente. Los desechos generados por los buques, son todos aquellos, incluidas las aguas residuales y los residuos distintos de los del cargamento, producidos durante el servicio del buque y que estén regulados por los anexos I, II, IV, V y VI del Convenio Marpol 73/78, así como, los desechos relacionados con el cargamento, como restos de maderas de estiba y embalaje, cables de trincado, cuñas, flejes, cabos, etc. Los residuos de carga, son aquellos restos de cualquier material de la carga que se encuentran a bordo en bodegas de carga o tanques y que permanecen una vez completados los procedimientos de recogida y las operaciones de limpieza, incluidos 3

4 los residuos resultantes de las operaciones de carga y descarga y recogida de derrames. El presente plan implica a todos los buques, incluidos los buques de pesca y las embarcaciones de recreo, cualquiera que sea el pabellón que enarbolen, que hagan escala o presten servicio en alguno de estos puertos, excepto, los buques de guerra, las unidades navales auxiliares y los buques que, siendo propiedad de un Estado o estando a su servicio, sólo presten servicios gubernamentales de carácter no comercial. No obstante, el Ministerio de Defensa y los titulares u operadores de los buques exentos del ámbito de aplicación del Plan deberán adoptar medidas que garanticen que los buques descarguen sus desechos y residuos de carga de forma que resulte compatible con lo que el Plan establece. Este Plan no aplica a explosivos, cartuchería y artificios pirotécnicos desclasificados, así como residuos de materias primas peligrosas o de productos explosivos utilizados en la fabricación de los anteriores, que son regulados por el Reglamento de Explosivos, aprobado mediante Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero. 4

5 2. ORGANIZACIÓN OPERATIVA DEL PUERTO La Autoridad Portuaria de Vigo es una entidad pública, con personalidad jurídica y patrimonio propio, a cuyo cargo se encuentra la administración, explotación y gestión del Puerto de Vigo, así como sus embarcaderos, terminales marítimas e instalaciones mar adentro de titularidad estatal. Ejerce también el control sobre los servicios portuarios. La Autoridad Portuaria de Vigo depende, junto con los otros puertos españoles de interés general, del Ente Puertos del Estado, máximo organismo responsable de aplicar la política portuaria del Gobierno. Los órganos de la APV relacionados en el artículo 29 del Real Decreto Legislativo 2/2011, son los de Gobierno, Gestión y Asistencia. El órgano de Gobierno está compuesto por el Consejo de Administración y el Presidente de la Autoridad Portuaria. El Consejo está integrado por el Presidente de la Entidad, que lo será del Consejo; un miembro nato, que será el Capitán Marítimo; y un número de vocales comprendido entre 10 y 13, a establecer por las Comunidades Autónomas, garantizando como mínimo representantes de la Administración General del Estado, Ayuntamiento, Cámaras de Comercio, Industria y Navegación y Comunidad Autónoma. El Consejo designará, a propuesta del Presidente, un Secretario que, si no fuera miembro de aquél, asistirá sus reuniones con voz pero sin voto. También formará parte del Consejo, con voz pero sin voto, el Director. El Presidente de la Autoridad Portuaria será designado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma. El Consejo de Administración, a propuesta de su Presidente, nombrará, de entre sus miembros, un Vicepresidente, no pudiendo recaer este cargo ni en el Director ni en el Secretario. El órgano de Gestión está compuesto por el Director, nombrado por Puertos del Estado a propuesta del Presidente de la Autoridad Portuaria. Sus funciones son la dirección técnica del 5

6 Puerto y la gestión ordinaria de la Entidad con arreglo a las directrices generales que reciba el Consejo de Administración. Como órgano de Asistencia e información de la Capitanía Marítima y del Presidente de cada Autoridad Portuaria, se creará, en cada uno de los puertos de titularidad estatal, un Consejo de Navegación y Puerto, en el que podrán estar representadas aquellas personas físicas o jurídicas que lo soliciten en las que se aprecie un interés directo y relevante en el buen funcionamiento del puerto, del comercio marítimo o que puedan contribuir al mismo de forma eficaz. Entre otros pueden estar representadas las Entidades públicas que ejerzan competencias y realicen actividades relacionadas con el puerto, las Corporaciones de Derecho Público y Entidades u organizaciones privadas cuya actividad esté relacionada con las actividades portuarias o marítimas y los Sindicatos más representativos en los sectores marítimos y portuarios en el ámbito territorial de la Autoridad Portuaria. Las competencias que posee la APV quedan definidas en el artículo 25 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. La prestación de servicios en los puertos de interés general se realizará por la Autoridad Portuaria en los casos en los que proceda y con los particulares que tengan la correspondiente licencia o autorización, según corresponda. Son servicios generales del puerto aquellos de los que se benefician los usuarios del Puerto sin necesidad de solicitud, así como aquellos necesarios para el cumplimiento de las funciones portuarias. Son servicios portuarios las actividades de prestación que sean necesarias para la explotación de los puertos dirigidos a hacer posible la realización de las operaciones asociadas con el tráfico marítimo, en condiciones de seguridad, eficiencia, regularidad, continuidad y no discriminación, y que sean desarrolladas en el ámbito territorial de las autoridades portuarias. El servicio de recepción de desechos generados por los buques es un servicio portuario. Por tanto, la Autoridad Portuaria deberá adoptar las medidas precisas para garantizar una adecuada cobertura de las necesidades de este servicio en el Puerto. 6

7 3. RESPONSABILIDADES EN LA APLICACIÓN DEL PLAN La Autoridad Portuaria de Vigo es el órgano responsable de aplicar el Plan de recepción y manipulación de desechos, siempre, previa consulta con las partes interesadas y los usuarios del puerto de manera que se garantice la correcta gestión ambiental de los residuos. Concretamente, las responsabilidades de la Autoridad Portuaria de Vigo, en relación a la aplicación del Plan, la prestación del servicio y en materia de gestión de los desechos de los buques son las siguientes: La entidad gestora del puerto garantizará la disponibilidad de servicio en el puerto para la recogida de los desechos, bien a través de la gestión directa o indirecta. La Autoridad Portuaria de Vigo podrá consultar la información en ellos contenida, que estará disponible para dichas consultas durante un periodo de cinco años Las reclamaciones relacionadas con posibles deficiencias en la prestación del servicio de recepción de desechos generados por los buques y residuos de carga se dirigirán a la Autoridad Portuaria de Vigo y se tramitarán de acuerdo con las normas y procedimientos administrativos aplicables a su naturaleza. La Autoridad Portuaria de Vigo sancionará los incumplimientos de las obligaciones establecidas en la normativa aplicable a esta materia de conformidad con lo establecido en el RD legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. Asimismo, llevará un registro de las notificaciones de deficiencias en la recepción de residuos y desechos. Recabación, una vez recibida la notificación de deficiencias, de la información necesaria de la empresa gestora autorizada Marpol y de la Capitanía Marítima, a la cual comunicará el incidente a los efectos oportunos. Examen de la información recibida y adopción de las siguientes medidas, en caso de que se considere oportuno y que se pondrán en conocimiento de los interesados: Incoación del expediente sancionador en caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en el RD 1381/2002, de 20 de diciembre, sobre instalaciones portuarias de recepción de desechos generados por los buques y residuos de carga y en el RD legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. 7

8 Requerimiento a la empresa gestora Marpol para que adopte las medidas oportunas para el normal funcionamiento del servicio. Puesta a disposición de los usuarios del puerto del formulario de notificación de deficiencias en la recepción de residuos y desechos. Aprobación de las tarifas de los diferentes servicios que presten tanto directa como indirectamente. Mantenimiento de un servicio de atención al cliente. Recepción de las consultas, sugerencias y/o reclamaciones. Las responsabilidades de la Autoridad Portuaria de Vigo, han sido descritas en una serie de procedimientos que complementan el Plan de recepción y manipulación de desechos. Estos son: CODIFICACIÓN PROCEDIMIENTO PE_01 Notificación y disponibilidad del servicio PE_02 Recepción y recogida de residuos por instalaciones Marpol Anexo I y Anexo IV PE_03 Recepción y recogida de residuos por instalaciones Marpol Anexo V PE_04 Actuación frente a incidencias en los procesos de recepción y recogida de residuos PE_05 Consulta permanente para usuarios PE_06 Control de la documentación y registros PE_07 Revisión y evaluación periódica del Plan Dentro de los procedimientos mencionados se especifican las responsabilidades que afectan a otros organismos implicados. 8

9 4. INFORMACIÓN DEL TRÁFICO PORTUARIO TIPO DE BUQUE NÚMERO GT Graneleros líquidos (tanques) Graneleros sólidos Carga general Buques frigoríficos Ro Ro mercancías Ro Ro mixtos Pasaje crucero Portacontenedores Pesqueros de altura congelada Embarcaciones pesca con base en el Puerto Remolcadores Otros buques TOTAL Buques de guerra Buques entrados para desguace Embarcaciones de recreo 135 (Fuente: Memoria Anual del Puerto de Vigo 2014) 9

10 5. INSTALACIONES PORTUARIAS RECEPTORAS Para poder evaluar las necesidades de instalaciones receptoras y manipuladoras de desechos generados por los buques y residuos de carga en puerto, se ha procedido a realizar un análisis de los tipos y cantidades de desechos generados por los buques, así como, una descripción de las instalaciones de recepción, pretratamiento y destino final existentes en el Puerto de Vigo TIPOS Y CANTIDADES DE DESECHOS GENERADOS POR BUQUES Y RESIDUOS DE CARGA. El objeto de conocer los tipos y cantidades de desechos generados por los buques es poder realizar un análisis y tratamiento de los datos para estimar las necesidades de equipos e instalaciones portuarias receptoras. Para la evaluación de las cantidades y tipos de residuos descargados de los buques se ha realizado una recopilación de datos de las distintas fuentes de información en el puerto. El objeto es poder identificar las variaciones anuales que se producen en la generación de residuos, los tipos de residuos que llegan a los puertos, las cantidades descargadas de los buques, etc. La información ha sido recopilada a partir de las siguientes fuentes: Autoridad Portuaria de Vigo. Información obtenida a partir de los registros de los que dispone y que los gestores han de enviarle mensual y anualmente. Gestores Autorizados MARPOL. Información obtenida de los recibos de residuos del año Instalaciones para embarcaciones deportivas y de recreo. En el Puerto de Vigo, los buques pueden descargar los desechos que se detallan a continuación: residuos oleosos (anexo I), sustancias nocivas líquidas (anexo II), aguas sucias (anexo IV), basuras sólidas (anexo V) y sustancias que agotan la capa de ozono (anexo VI). En el año 2014 se registraron los servicios MARPOL de anexo I, IV y V, que se detallan a continuación. 10

11 ANEXO I ANEXO V ANEXO IV AÑO 2014 SERVICIOS M3 SERVICIOS M3 SERVICIOS M3 ENERO , ,84 3 3,00 FEBRERO , , ,60 MARZO , , ,00 ABRIL , ,30 1 0,10 MAYO , , ,50 JUNIO , , ,00 JULIO , ,50 AGOSTO , , ,70 SEPTIEMBRE , , ,00 OCTUBRE , , ,50 NOVIEMBRE , , ,50 DICIEMBRE , , ,50 TOTAL , , ,90 Tanto en el caso de los residuos oleosos como en el de basuras sólidas, se produce una recogida continúa a lo largo de todo el año, mientras que la del anexo IV es más variable. Durante el año 2014 se registró una mayor recogida de anexo I en los meses de enero, julio, septiembre y octubre, mientras que para el anexo V fue en los meses de septiembre y octubre. El mes de mayo fue en el que se registró mayor recogida de residuos de anexo IV. A continuación se muestra un gráfico donde se recoge la evolución del servicio MARPOL desde el año Se compara el número de servicios realizados durante el año, comprobando que en los últimos tres años el anexo V se ha estabilizado y el anexo I ha sufrido un ligero aumento. El número de servicios de anexo IV, sigue la misma línea que en años anteriores, siendo muy inferior al número de servicios de otros anexos. Hay que destacar, que desde que comenzó a efectuarse el servicio MARPOL en el Puerto de Vigo, el número de servicios efectuados para el anexo V es superior al de anexo I. 11

12 En este otro gráfico se exponen los volúmenes recogidos durante los servicios MARPOL. Como se puede observar este último año, el volumen de anexo I y anexo V han aumentado con respecto al año anterior. 12

13 5.2. CAPACIDAD DE LAS INSTALACIONES PORTUARIAS RECEPTORAS. La capacidad mínima de almacenamiento de las instalaciones portuarias receptoras será la adecuada para que los buques no tengan que sufrir demoras innecesarias. Analizando el tráfico marítimo de buques mercantes durante los últimos años en el Puerto de Vigo, la estructura y funcionamiento de la flota pesquera y embarcaciones de recreo, el tipo y cantidades de desechos generados por los buques en los últimos años, y en base a la información facilitada por Capitanía Marítima en su informe de Capacidad de recepción de las entidades gestoras de residuos generados por buques que recalan en el Puerto de Vigo, la Autoridad Portuaria de Vigo ha determinado que la instalación receptora debe disponer de las siguientes capacidades: CAPACIDAD DE RECOGIDA DIARIA CAPACIDAD DE ALMACENAMIENTO ANEXO I 250 m m 3 ANEXO V 100 m m 3 Disposición de Gestión de Descarga con ANEXO IV 100 m 3 las Autoridades municipales Los datos obtenidos en el año 2014 de los servicios Marpol realizados, son: SERVICIOS VOLUMEN RECOGIDO VOLUMEN RE ANEXO I ,94 ANEXO V ,13 ANEXO IV ,90 13

14 5.3. DESCRIPCIÓN DE LAS INSTALACIONES EXISTENTES Los servicios portuarios son las actividades de prestaciones necesarias para la explotación de los puertos y dirigidas a hacer posible la realización de las operaciones asociadas con el tráfico marítimo. El servicio de recepción de desechos sólidos y líquidos generados por buques se considera un servicio portuario y la Autoridad Portuaria de Vigo debe garantizar la prestación de este servicio. El pliego actual para la realización del servicio Marpol en el Puerto de Vigo consiste en un sistema de licencias por el que cualquier empresa que presente la documentación requerida y cumpla con las directrices fijadas en el pliego será apta para realizar el servicio MARPOL. Actualmente hay tres empresas autorizadas en el Puerto de Vigo para realizar este servicio: UTE BOTAMAVI, TRADEBE, URBASER (MARPOLGAL), REINTEGRA y GESTIÓN MARPOL GALICIA S.L. (GEMARGA). En el procedimiento global de gestión, que realizan las empresas gestoras de residuos Marpol, se distinguen cuatro fases: recogida transporte almacenamiento entrega a gestor final. Atendiendo al tipo de desechos generados por los buques que llegan al puerto de Vigo, las instalaciones receptoras de residuos que existen son las siguientes: INSTALACIONES MARPOL ANEXO I Son instalaciones de recepción de residuos de hidrocarburos y mezclas oleosas procedentes de los buques. Las instalaciones Marpol anexo I que existen en el Puerto de Vigo son las de tipo C, que son aquellas que están adecuadas para la recepción y tratamiento de residuos y mezclas oleosas procedentes de las sentinas de las cámaras de máquinas o de los equipos de depuración de combustibles y aceites de los motores de los buques. Para la recogida de estos residuos oleosos, tanto el buque como los dispositivos de recogida están provistos de una conexión universal cuyas dimensiones se ajustan a las indicadas en el Convenio Marpol. En el Puerto de Vigo existen depósitos dispuestos en la zona de servicio (o pueden ser solicitados a las empresas gestoras) para que los buques mercantes depositen sus residuos 14

15 oleosos, los cuales son recogidos y transportados por las empresas gestoras mediante un servicio regular de recogida de residuos. Los puertos deportivos deben disponer de contenedores específicos para la recogida de aceites usados de motores, recipientes y filtros de embarcaciones deportivas y de recreo. La empresa prestataria del servicio, colocará un contenedor al puerto deportivo que lo solicite, y realizará el servicio de recogida de este tipo de residuos. Además visitará periódicamente las instalaciones para comprobar el estado de los depósitos y vigilar el buen uso de los mismos por parte de los usuarios. Será obligación de los diversos clubes, empresas y entidades que gestionen los puertos deportivos, el traslado de los residuos desde la embarcación hasta el contenedor o depósito haciendo uso de los medios estimados en cada caso. En la dársena 4 del Puerto Pesquero, la Autoridad Portuaria de Vigo dispone de un servicio denominado Punto Verde para la recogida de residuos oleosos procedentes de buques de pesca. Además, en la dársena 1 del Puerto Pesquero se localiza un depósito de 1m 3, provisto de espacio interior para el depósito de recipientes usados. En lo que se refiere a la generalidad del Puerto de Vigo, para realizar la recogida de residuos oleosos, se dispone de medios debidamente acondicionados, pertenecientes a las empresas gestoras. Éstos son: MARPOLGAL Embarcación PASAXE con su propio sistema de aspiración y bombeo, con una capacidad de almacenamiento de 250 m 3. REINTEGRA Embarcación Moscatel 2, de doble casco y con capacidad de almacenamiento de 225 m 3. Camión cisterna homologado ADR con una capacidad de 30 m 3, dividido en tres secciones para poder realizar la recogida de anexo I y IV. Camión para el servicio de recogida y entrega de contenedores. 4 cisternas fijas para el almacenamiento de residuos con capacidad de 35 m 3 cada una. Camión cisterna de aspiración impulsión de 10m 3 de capacidad (subcontratado a Codisoil) para anexo I o IV. Camión para el traslado de las cisternas de almacenamiento. 12 Cisternas homologadas ADR con capacidad de 10 m 3 cada una. 40 depósitos homologados para la recogida de residuos con capacidad de 3 m 3 cada una. 15

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17 INSTALACIONES MARPOL ANEXO II Son instalaciones para la recepción de sustancias nocivas líquidas. En el histórico de la Autoridad Portuaria de Vigo, no figura ninguna petición de servicio para este tipo de residuos. Las empresas prestatarias están preparadas para dar este tipo de servicio. Los medios de los que disponen son: Cisternas homologadas ADR de hasta litros. Contenedores estancos GRG para el transporte de residuos peligrosos. Bombas de trasiego para productos químicos. Camiones para el transporte de contenedores. INSTALACIONES MARPOL ANEXO IV Son instalaciones para la recogida de aguas sucias de los buques. Por aguas sucias se entiende: Desagües y otros residuos procedentes de cualquier tipo de inodoros, urinarios y tazas de WC. Desagües procedentes de lavabos, lavaderos y conductos de salida situados en cámara de servicios médicos (dispensario, hospital, etc). Desagües procedentes de espacios en que se transporten animales vivos. Otras aguas residuales cuando están mezcladas con las de desagües anteriormente definidos. Los medios de los que se dispone para la realización de este servicio son prácticamente los mismos que para el anexo I, antes mencionados. 17

18 INSTALACIONES MARPOL ANEXO V Son instalaciones de recogida de basuras sólidas de buques. Por basuras sólidas se entiende: Restos de víveres (excepto pescado fresco y porciones del mismo) Residuos resultantes de faenas domésticas y trabajo rutinario del buque en condiciones normales de servicio Plásticos, papel, trapos Desechos relacionados con el cargamento como restos de maderas de estiba y embalaje, cables de trincado, cuñas, flejes, cabos, etc. En el Puerto de Vigo, hay dispuestos varios contenedores para la realización del servicio Marpol anexo V. También se puede solicitar a la empresa prestataria la colocación de un contenedor a pie de buque. Los medios de los que disponen se describen a continuación: GEMARGA Camión portacontenedores de cadenas para desplazar los contenedores de la nave al muelle y viceversa. Contenedores de basura tipo cadenas de 5m 3 de capacidad para camión portacadenas. Contenedores de basura tipo ciudad, de 1 m 3 de capacidad. Camión dotado de sistema automático de vaciado de contenedores y compresor interior de basura, con capacidad para 16 m 3 de residuos compactados, equivalentes a un mínimo de 50 m 3 sin compactar REINTEGRA Camión portacontenedores de cadenas para desplazar los contenedores de la nave al muelle y viceversa. Contenedores de basura tipo cadenas, de 5 m3 de capacidad, para camión portacadenas Contenedores de basura tipo ciudad, de 1 m 3 de capacidad. Camión dotado de sistema automático de vaciado de contenedores y compresor interior de basura, con capacidad para 16 m3 de residuos compactados, equivalentes a un mínimo de 50 m3 sin compactar 18

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20 INSTALACIONES MARPOL ANEXO VI Son instalaciones para las sustancias que agotan la capa de ozono y residuos de limpieza de los gases de escape de los buques. En el Puerto de Vigo, son los astilleros y empresas de reparación naval quienes deben dar el servicio de recepción de residuos que agotan la capa de Ozono, pero en el histórico de esta Autoridad Portuaria no existe ninguna petición para realizar este tipo de servicios. Asimismo, con objeto de poder ofrecer a los usuarios un servicio de calidad y con garantías de seguridad, las empresas gestoras del servicio MARPOL deberán disponer de: 1. Sistemas mecánicos de recogida (Skimers) de fácil manejo. La disponibilidad de los mismos podrá ser bien de forma directa (propiedad de la propia empresa concesionaria del servicio) o indirecta (precontratando la prestación de servicio a otra empresa que lo posea). Asimismo la capacidad de recogida de dichos equipos, se determinará en virtud de la cantidad de residuos manejada habitualmente (debiendo ser al menos de 10 m3/hora). 2. Barreras anticontaminación, dispuestas a pie de muelle o en un remolque que permita su rápido desplazamiento en caso de producirse algún incidente. 3. Dotación mínima de personal e infraestructura logística que garanticen en tiempo real la captación de las necesidades de los usuarios y puedan movilizar los recursos humanos y materiales necesarios para satisfacer sus demandas. 4. Al frente de las operaciones de recepción de residuos y/o desechos del buque, se encuentre una persona con el suficiente nivel de conocimientos para resolver cualquier problema técnico que se presente durante la prestación del servicio. 5. La Instalación de recepción para anexo I y IV dispondrá de un plan interior marítimo aprobado por Capitanía Marítima, donde se describan los procedimientos de actuación para hacer frente a cualquier situación de riesgo, incluida la contaminación marina por derrame de cualquier sustancia o material objeto de la prestación de servicio a los buques. 6. La empresa prestadora del servicio deberá certificarse según la norma ISO 14001, con el objeto de garantizar la protección medioambiental y calidad del servicio ofrecido. 20

21 PUNTO VERDE El ya mencionado Punto Verde se encuentra situado en el Puerto Pesquero de Vigo Berbés. Estas instalaciones están diseñadas para facilitar la descarga de diversos residuos procedentes de buques de pesca y están dotadas de una serie de sistemas de seguridad (cubeto de retención para posibles derrames ocurridos durante la descarga de residuos oleosos), protección medioambiental (barreras absorbentes, paños absorbentes, etc ), así como medios contra incendios (EPI s, extintores, lanzas, etc ), todos ellos pensados para poder actuar rápidamente frente a cualquier eventualidad. La gestión de este Punto Verde es llevada a cabo por parte de las empresas prestadoras del servicio MARPOL del Puerto de Vigo, que realizan una comprobación semanal del estado de las instalaciones, así como de los volúmenes recepcionados en las mismas. Las capacidades de recepción de residuos de estas instalaciones son las siguientes: 2 depósitos de 8 m 3, con sistema de enganche de cadenas, para la recepción de residuos oleosos. 2 depósitos de 1m 3, provistas de espacio interior para depósito de recipientes usados. 1 Contenedor para la recogida de pilas. 1 Contenedor para la recepción de filtros de aceite usados. 1 Contenedor para la recepción de luces químicas. 1 m 3 1 m 3 21

22 5.4. DESTINO FINAL DE DESECHOS GENERADOS POR BUQUES Y RESIDUOS DE CARGA En la zona de servicio de la Autoridad Portuaria de Vigo no existen instalaciones de tratamiento de residuos, por lo que todos los desechos son trasladados a plantas de tratamiento final, contando las empresas gestoras con las certificaciones precisas para el traslado. Los residuos son sometidos a procesos de valorización y reciclaje, o vertedero autorizado. Concretamente, para cada tipo de residuo, el destino final es el siguiente: RESIDUO DESTINO FINAL Anexo I Aguas de sentina y residuos oleosos Anexo IV Aguas sucias Anexo V Basuras sólidas El residuo recogido, ya sea por camión succionador, gabarra o contenedores, se transporta a la nave y se descarga en los depósitos. Una vez llenos, se transporta el residuo a la planta de tratamiento final. En el Puerto de Vigo, hay pocos servicios de anexo IV. El residuo recogido, ya sea por camión succionador, gabarra o contenedores, se transporta a la nave y se descarga en los depósitos. Una vez llenos, se transporta el residuo a la planta de tratamiento final. El residuo se deposita en contenedores tipo ciudad o de cadenas en bolsas de basura. Los contenedores son recogidos por camión compactador o portacadenas y es trasladado al vertedero o planta de tratamiento. Los métodos para realizar el control y trazabilidad de la gestión de los residuos peligrosos se basan en: INSPECCIÓN: Todas las actividades e instalaciones relativas a la producción y gestión de residuos peligrosos estarán sometidas al control y vigilancia del Órgano competente en materia de Medio Ambiente, la Consellería de Medio Ambiente. Los productores y los gestores de los citados residuos estarán obligados a prestar toda la colaboración a las inspecciones de las autoridades, a fin de permitirles realizar exámenes, controles, encuestas, tomas de muestras y recogida de información necesaria para el cumplimiento de su misión. Los inspectores ostentarán el carácter de agentes de la autoridad y estarán facultados por la Administración competente para: Acceder, previa identificación y sin previo aviso, a las instalaciones donde se realizan actividades de producción y gestión de residuos peligrosos. 22

23 Requerir información y proceder a los exámenes y controles necesarios que aseguren el cumplimiento de las disposiciones vigentes y de las condiciones de las autorizaciones. Comprobar la existencia y puesta al día de los registros y cuanta documentación es exigida obligatoriamente. Comprobar en los centros de producción y de gestión de residuos las operaciones de agrupamiento y pretratamiento de los mismos, la organización del almacenamiento temporal y su tiempo de permanencia. Requerir, en el ejercicio de sus funciones, la asistencia de las policías locales, autonómica, si la hubiera, y nacional. Girada visita de inspección al productor o gestor de residuos peligrosos, el inspector actuante levantará la correspondiente acta comprensiva de los extremos objeto de la visita y resultado de la misma, copia de cuya acta se entregará al productor o gestor visitado. Si del contenido del acta se desprende la existencia de indicios de posible infracción de los preceptos del Reglamento que desarrolla la Ley Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos, se incoará por la Administración competente el oportuno expediente sancionador, que se instruirá con arreglo a lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo. En caso de visita de comprobación previa a la entrada en vigor de autorización o prórroga de la misma, se emitirá informe detallado sobre la procedencia o no del funcionamiento de la actividad, y en su caso, se propondrán las medidas correctoras a adoptar. TOMA DE MUESTRAS Y ANÁLISIS: Las instalaciones de productores y gestores deberán contar, necesariamente, con los dispositivos, registros, arquetas y demás utensilios pertinentes que hagan posible la realización de mediciones y tomas de muestras representativas. Las muestras se tomarán de modo que se asegure su representatividad, y en cantidad suficiente para poder separar tres porciones iguales para las operaciones que deban realizarse en laboratorio. Se introducirán en recipientes convenientemente sellados para impedir su manipulación y etiquetados. En las etiquetas figurará: Un número de orden. Descripción de la materia contenida. Lugar preciso de la toma. Fecha y hora de la toma. 23

24 Nombres y firmas del Inspector y de la persona responsable de la instalación objeto de la inspección. De las tres porciones, una quedará en poder del productor o gestor, otra será entregada por el Inspector a un laboratorio acreditado para su análisis y la tercera quedará en poder de la Administración que hubiera realizado la inspección. Una vez realizado el análisis, el laboratorio acreditado hará tres copias, enviando una al órgano de la Administración que hizo entrega de la muestra, para su archivo, una segunda copia al productor o gestor y la tercera copia junto a la porción de la muestra que quedó en poder de la Administración permanecerán en el laboratorio para ponerla, en caso necesario, a disposición de la autoridad judicial. Si el titular de los residuos analizados manifiesta disconformidad con el resultado de los análisis, se procederá a realizar un nuevo análisis por otro laboratorio acreditado, cuyo resultado será definitivo, siendo los gastos de su realización a cargo del titular de los residuos. La manifestación de disconformidad deberá ser realizada por el titular de los residuos analizados, ante el órgano competente que haya ordenado el análisis, en el plazo de un mes a partir del día del recibo de la comunicación del resultado del mismo. EMPRESAS GESTORAS CERTIFICADAS: Certificar una organización bajo normas internacionalmente reconocidas como las de las series ISO, es un elemento diferenciador que proporciona un esquema de probada solidez para cumplir y superar esos requisitos mediante el establecimiento de un enfoque sistemático para gestionar sus procesos, a la vez que contribuye a mejorar la imagen de una empresa. Es por este motivo que la Autoridad Portuaria, solicitará a las empresas que presten el servicio de recepción de desechos generados por buques estos certificados. PLANES DE CONTINGENCIAS: Con objeto de dar cumplimiento al Real Decreto 1695/2012, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Sistema Nacional de Respuesta ante la contaminación marina, las instalaciones situadas en el ámbito portuario de titularidad estatal, elaborarán un plan interior marítimo, que será aprobado por la capitanía marítima, previo informe vinculante de la comunidad en lo que afecte a la parte costera, y de la Autoridad Portuaria. 24

25 6. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE NOTIFICACIÓN Y DISPONIBILIDAD DEL SERVICIO (PE_01) En este procedimiento se define la sistemática para realizar la notificación por parte de los buques que se dirijan a puerto, donde indicarán la necesidad de descarga de residuos en una instalación portuaria receptora. PROCEDIMIENTO El capitán de un buque que se dirija a un puerto español debe cumplimentar con veracidad y exactitud un formulario (adjunto como F 01_01) y notificar dicha información a la Capitanía Marítima correspondiente y a la entidad gestora del puerto, como mínimo veinticuatro horas antes de la llegada prevista del buque, en cuanto se conozca el puerto de escala o al salir del puerto de salida, si la duración del viaje es inferior a veinticuatro horas. Una copia de la notificación se conservará a bordo hasta el siguiente puerto de escala y estará a disposición de la Capitanía Marítima o autoridades competentes correspondientes. En caso de solicitar el servicio, los representantes del buque remitirán la petición al servicio gestor mediante fax o transmisión electrónica, donde se incluirá la siguiente información: nombre del buque, consignatario y persona de contacto, lugar, fecha y hora de atraque, residuos a descargar y equipo de bombeo. Ambos acordarán la hora y los medios utilizados para la recogida. Pesca fresca y embarcaciones de recreo. Los buques de pesca fresca y embarcaciones deportivas o de recreo autorizadas para un máximo de doce pasajeros realizarán la notificación reducida (adjunto como F 01_02). Si tienen base en un puerto español, justificarán anualmente ante la Capitanía Marítima de su puerto base la entrega de los desechos a una instalación portuaria receptora autorizada. Cuando se trate de buques procedentes de puertos extranjeros o caladeros internacionales, deberán justificarlo a la llegada al primer puerto español. En estos casos, el gestor autorizado se hace cargo de la gestión de los residuos Marpol. Éstos pueden ser depositados en los contenedores dispuestos en el Punto Verde o en los puertos deportivos. Exenciones. El capitán de un buque que opere en tráfico regular con escalas frecuentes y regulares en determinados puertos podrá solicitar a la Capitanía Marítima de cualquiera de los puertos de escala una exención total o parcial de las obligaciones. La Capitanía Marítima concederá la exención mediante una certificación de exención, si el capitán del buque demuestra que tienen suscrito un contrato con una instalación portuaria de recepción que 25

26 opere en uno de los puertos de su ruta y que garantice la recogida de todos los desechos del buque cuando éste haga escala en dicho puerto de forma que en ninguno de sus viajes se supere la capacidad de almacenamiento disponible a bordo para cada tipo de desecho. Cuando el citado contrato no sea aplicable a todos los tipos de desechos generados por el buque, la exención de entrega será parcial. Estos certificados tendrán una vigencia anual y para su renovación deberán acompañarse de un recibo de entrega de residuos en ese periodo. RESPONSABILIDADES CAPITÁN DEL BUQUE Cumplimentar la notificación y remitirla a la Capitanía Marítima. Descarga de los residuos en instalación portuaria receptora autorizada. Conservar copia de notificación hasta siguiente puerto de escala. CAPITANÍA MARÍTIMA Controlar la veracidad de la notificación. Realizar inspecciones a buques si es necesario. Concesión de exenciones. AUTORIDAD PORTUARIA Garantizar la disponibilidad del servicio de recogida de desechos. EMPRESA GESTORA DEL SERVICIO Poseer autorizaciones correspondientes para la realización del servicio. Cumplir las normas básicas establecidas. Informar a los usuarios sobre las operaciones. Gestionar los residuos. 26

27 27

28 MARPOL ANEXO I y IV (PE_02) 7. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y RECOGIDA DE LOS DESECHOS En este procedimiento se define la sistemática para la recepción y recogida de los desechos generados por los buques en las instalaciones portuarias Marpol anexo I y IV. Los desechos anexo I, en el Puerto de Vigo, son los clasificados como tipo C: desechos procedentes de las sentinas de la cámara de máquinas o de los equipos de depuración de combustibles y aceites de los motores de los buques. Los desechos anexo IV son las aguas sucias que proceden de desagües y otros residuos procedentes de cualquier tipo de inodoros, urinarios, tazas de WC, lavabos, lavaderos, etc. PROCEDIMIENTO Representantes del buque solicitan el servicio a la empresa gestora por fax o correo electrónico y planifican con ésta los medios necesarios para su realización (gabarra, camión cisterna succionador, contenedores, bombas, etc). La empresa gestora informa de las tarifas existentes y confirman lugar y hora del servicio. La empresa gestora notifica por fax o correo electrónico el servicio a la Autoridad Portuaria con una antelación mínima de veinticuatro horas. El personal de la empresa gestora se personará en el buque el día y hora acordados para la realización del servicio. El buque debe estar provisto de conexión universal de descarga. Si careciera de medios adecuados de bombeo la empresa gestora debe disponer de ellos para realizar la descarga de residuos. El personal de abordo y de la empresa gestora controlarán el correcto funcionamiento del proceso, teniendo informado al capitán del buque de los ritmos de descarga y de las presiones máximas admisibles para evitar en todo momento cualquier tipo de fuga o derrame del residuo. En caso de producirse alguna incidencia, se debe parar la descarga y activar el Plan Interior marítimo, notificando este hecho a la Autoridad Portuaria y Capitanía Marítima. Una vez finalizado, la empresa gestora entrega una copia del albarán de servicios al cliente y otra copia al transportista, que traslada los residuos a la nave, y después a la planta de tratamiento final. 28

29 Posteriormente se remite a la empresa un recibo de residuos Marpol (adjunto como F 02_01). Para tener validez, este documento deberá contar con el refrendo de la Capitanía Marítima del puerto donde se realizó la entrega. La empresa gestora remite mensualmente a la Autoridad Portuaria un resumen de los servicios realizados, en el que figurará: fecha y hora del comienzo y fin del servicio, nombre y bandera del buque, cantidad y tipo de residuo e incidencias en el servicio. Pesca fresca y embarcaciones de recreo. Los buques de pesca fresca y embarcaciones de recreo autorizadas para un máximo de doce pasajeros entregarán los residuos Marpol en las instalaciones dispuestas para ello en el Punto Verde y en los puertos deportivos. La empresa gestora del servicio, será la encargada de la recogida y tratamiento de los residuos y expedirá un único recibo anual que declare la entrega regular en la instalación de los desechos de la embarcación. Dicho recibo debe presentarse en la Capitanía Marítima para su refrendo. RESPONSABILIDADES CAPITÁN DEL BUQUE Descarga de los residuos generados en instalación portuaria receptora, pago de tarifas. Cumplimentar el Libro de Registro de Hidrocarburos en caso de petroleros de arqueo bruto igual o superior a 150 toneladas o cualquier otro buque de arqueo bruto igual o superior a 400 toneladas que no sea un petrolero (para anexo I) Notificación a la Autoridad Portuaria si existe alguna incidencia. CAPITANÍA MARÍTIMA Refrendar los recibos de residuos Marpol. Aplicar régimen sancionador en caso de incumplimiento de la normativa. AUTORIDAD PORTUARIA Control de los registros de los gestores. Tramitación de las reclamaciones relacionadas con deficiencias en el servicio. Aplicar régimen sancionador en caso de incumplimiento de la normativa. EMPRESA GESTORA DEL SERVICIO Prestar el servicio de recogida de desechos, estar en posesión de las autorizaciones correspondientes. Llevar un registro de los servicios y notificarlos a la Autoridad Portuaria. 29

30 Expedición de recibos de residuos Marpol y remisión a Capitanía para su refrendo. Notificación de incidencias a la Autoridad Portuaria y Capitanía Marítima. 30

31 MARPOL ANEXO V (PE_03) En este procedimiento se define la sistemática para la recepción y recogida de las basuras sólidas generadas por los buques, en instalaciones portuarias Marpol anexo V. Se entiende por basuras sólidas los restos de víveres (excepto pescado fresco y porciones del mismo), residuos resultantes de faenas domésticas y trabajo rutinario del buque, etc. PROCEDIMIENTO Representantes del buque solicitan el servicio a la empresa gestora por fax o correo electrónico y planifican con ésta los medios necesarios para su realización (gabarra o depósito de contenedores). La empresa gestora informa de las tarifas existentes. Confirman lugar y hora del servicio. La empresa gestora notifica por fax o correo electrónico el servicio a la Autoridad Portuaria con una antelación mínima de veinticuatro horas. El personal de la empresa gestora se personará en el buque el día y hora acordados para la realización del servicio. Se deposita, según lo solicitado por el buque, el contenedor tipo ciudad (1m 3 ) o tipo cadenas (5m 3 ) debidamente homologados. Estos contenedores deberán mantenerse en buenas condiciones de mantenimiento e higiene. Los contenedores deben disponer de algún elemento de cierre (tapa o lona) que impida que la basura se disperse por acción del viento o de las gaviotas. El anexo V del MARPOL, exige, en la regla 9, que los buques de arqueo bruto igual o superior a 400 toneladas y los buques autorizados a transportar 15 o más personas, tienen que tener un plan de gestión de basuras en el que se mantenga la segregación de los residuos en su origen, estableciéndose, de acuerdo a las recomendaciones de OMI, el siguiente código de colores: 31

32 El buque depositará las bolsas en el contenedor dispuesto en el muelle. El contenedor será recogido por camión compactador o tipo cadenas (según el caso) para su posterior traslado a vertedero o planta de tratamiento transferencia. Si el servicio es por mar, la gabarra se aproxima al buque y se depositan las bolsas entregadas en un contenedor dispuesto en la misma. Estas bolsas se depositan en contenedores dispuestos en el muelle, que son recogidos por el camión para su traslado. En la planta de tratamiento se hará la segregación de los residuos dispuestos en el contenedor, para mantener la separación inicial del buque. La empresa gestora entrega una copia del albarán de servicios al cliente y otra copia al transportista, que traslada los residuos a la planta de tratamiento o vertedero. Posteriormente se remite a la empresa un recibo de residuos Marpol (adjunto como F 02_01). Para tener validez, este documento deberá contar con el refrendo de la Capitanía Marítima del puerto donde se realizó la entrega. La empresa gestora entregará mensualmente a la Autoridad Portuaria un resumen de los servicios realizados, en el que figurará: fecha y hora del comienzo y fin del servicio, nombre y bandera del buque, cantidad y tipo de residuo, incidencias en el servicio. Pesca fresca y embarcaciones de recreo. Para los buques de pesca fresca y embarcaciones de recreo autorizadas para un máximo de doce pasajeros, la instalación portuaria receptora expedirá un único recibo anual que declare la entrega regular en la instalación de los desechos de la embarcación. Dicho recibo debe presentarse en la Capitanía Marítima para su refrendo. RESPONSABILIDADES CAPITÁN DEL BUQUE Descarga de los residuos generados en instalación portuaria receptora, pago de tarifas Disponer de un plan de gestión de basuras en buques de arqueo bruto igual o mayor de 400 toneladas o que estén autorizados a transportar 15 personas. Anotar las operaciones en el libro de registro de basuras. Notificación a la Autoridad Portuaria si existe alguna incidencia. CAPITANÍA MARÍTIMA Refrendar los recibos de residuos Marpol. Aplicar régimen sancionador en caso de incumplimiento de la normativa. AUTORIDAD PORTUARIA 32

33 Control de los registros de los gestores. Tramitación de las reclamaciones relacionadas con deficiencias en el servicio. Aplicar régimen sancionador en caso de incumplimiento de la normativa. EMPRESA GESTORA DEL SERVICIO Prestar el servicio de recogida de desechos, estar en posesión de las autorizaciones correspondientes. Llevar un registro de los servicios y notificarlos a la Autoridad Portuaria. Expedición de recibos de residuos Marpol y remisión a Capitanía para su refrendo. Notificación de incidencias a la Autoridad Portuaria y Capitanía Marítima. 33

34 PILAS Y BATERÍAS Debido a la generación de grandes cantidades de pilas usadas por los buques de la flota pesquera que llegan al Puerto de Vigo, desde la Autoridad Portuaria se ha diseñado un plan de gestión para este residuo. Se ha dispuesto un contenedor para la recepción de pilas que se encuentra situado en el Punto Verde (ubicado en la dársena 4 del Puerto Pesquero). Cuando el contenedor está lleno, las pilas son recogidas por un gestor autorizado, que desarrolla todas las acciones necesarias para la entrega del residuo. La recogida selectiva de las pilas es imprescindible, ya que su depósito en los vertederos puede contaminar el suelo y los acuíferos cercanos. Las pilas contienen algunos metales pesados como el mercurio, el cadmio o el plomo, que son potencialmente peligrosos para la salud y el medio ambiente. Por eso, las pilas se consideran residuos especiales y están sujetas a una recogida y tratamiento específicos. 34

35 8. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN FRENTE A INCIDENCIAS (PE_04) Este procedimiento define las directrices a seguir para identificar y actuar ante incidencias detectadas en los procesos de recepción y recogida de residuos. Se define incidencia como una desviación de las directrices para la protección del medio ambiente del servicio de recepción de residuos de los buques. Pueden ser debidas a: Deficiencias en los medios u operativa del buque que incumplan la normativa medioambiental aplicable. En caso de producirse alguna eventualidad que pudiera comprometer al medio ambiente, ya sea por un vertido a mar o tierra (anexo I y IV) o malas prácticas en el servicio (anexo I, IV y V); el personal del buque y/o la empresa gestora deben comunicarlo a las Autoridades Competentes (Capitanía Marítima y Autoridad Portuaria). Además en caso de vertido, las empresas gestoras del servicio MARPOL deben activar su Plan Interior Marítimo, utilizando medios de lucha contra la contaminación si fuera necesario. Diferencias entre el servicio solicitado por el Capitán del buque o su representante, y el realmente efectuado (retraso indebido, incomparecencia de la empresa prestadora, carencia de medios necesarios, deficiencias en la operación, etc). En caso de producirse quejas y reclamaciones por este tipo de deficiencias, se debe comunicar a las Autoridades Competentes, que procederán a tomar las medidas oportunas, pudiendo sancionar en caso de incumplimientos con la normativa aplicable. En ambos casos, la empresa gestora del servicio debe cumplimentar el formulario (adjunto como F 04_01) de notificación de deficiencias en la recepción de residuos y desechos, en los casos que lo requieran, y remitirlo a Capitanía Marítima y a la Autoridad Portuaria. RESPONSABILIDADES EMPRESA GESTORA DEL SERVICIO Cumplimentar el formulario de notificación de deficiencias en el servicio y remitirla a las Autoridades Competentes. Adoptar las medidas oportunas para el normal funcionamiento del servicio. AUTORIDAD PORTUARIA Registrar las notificaciones de deficiencias recibidas por parte de la empresa gestora. 35

36 Aplicar régimen sancionador en caso de incumplimiento de la normativa. CAPITANÍA MARÍTIMA Registrar las notificaciones de deficiencias recibidas por parte de la empresa gestora. Ejecutar las medidas de control e inspección que considere oportunas. Aplicar régimen sancionador en caso de incumplimiento de la normativa. 36

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