224.- LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESION ORDINARIA DEL DIA 19 DE NOVIEMBRE DE DOS MIL CATORCE

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1 Folio 636 SESION ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL DIA 26 DE NOVIEMBRE DE 2014 En la Ciudad de Salamanca a las diez horas y treinta minutos del día veintiséis de noviembre de dos mil catorce, se reunió en la Sala de Protocolo de esta Casa Palacio Provincial la Junta de Gobierno, en Sesión ordinaria, bajo la Presidencia del Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Iglesias García, con asistencia de los Vicepresidentes D, Carlos García Sierra y D. Francisco Albarrán Losada y de los Diputados D. Antonio Luis Sánchez Martín, Dª Isabel Mª de la Torre Olvera, Dª Eva Mª Picado Valverde, D. Alejo Riñones Rico, D. Antonio Gómez Bueno y D. José Mª Sánchez Martín que son los nueve Diputados que de hecho y de derecho componen la misma, asistidos por el Secretario General D. Alejandro Martín Guzmán y la Interventora Acctal. Ana María González Benito LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESION ORDINARIA DEL DIA 19 DE NOVIEMBRE DE DOS MIL CATORCE Se da lectura por el Secretario del Acta de la Sesión ordinaria celebrada el día diecinueve de noviembre de dos mil catorce y la Junta de Gobierno, por unanimidad de los miembros presentes, acordó prestarle su aprobación INFORME-PROPUESTA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA MENORES DE HABITANTES PARA EL MANTENIMIENTO DE SUS CENTROS ESCOLARES DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA POR CONCENTRACIÓN DE ALUMNOS DE OTROS MUNICIPIOS. Conoce la Junta de Gobierno del siguiente informe propuesta del Jefe de Sección de Deportes del Area de Cultura: Existen en nuestra provincia municipios en los que están ubicados Centros Públicos Comarcales y Centros Rurales Agrupados, a los que acuden alumnos de diversos Municipios como consecuencia de las nuevas necesidades de acuerdo con la evolución pedagógica y social. Para paliar esta situación y contribuir al mantenimiento de los costes que se producen en las concentraciones escolares a las que acuden alumnos de diferentes municipios, se establecen una serie de ayudas a los Ayuntamientos en donde se sitúan estos Centros, con el fin de que no tengan que correr con la totalidad de los gastos que

2 Folio 637 originan su funcionamiento. Todo ello de acuerdo con las competencias que el artº 36.1 b) de la Ley 7/1985 de 2 de Abril, de Bases de Régimen Local, atribuye a la Diputación provincial en materia de asistencia y cooperación económica con los Municipios. Dado que el carácter de estas subvenciones vienen condicionadas única y exclusivamente a los Ayuntamientos de la provincia menores de habitantes cuyos Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria, reciben alumnos desplazados de otras localidades conforme a la relación remitida a esta Corporación por la Dirección Provincial de Educación de la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Castilla y León de fecha 7 de noviembre de 2014, no procede la realización de convocatoria pública, para lo cual se pretende distribuir los ,00. existentes como consignación presupuestaria para el año 2014 con destino a subvenciones a Colegios Públicos Comarcales, a razón de 123,92. por alumno, resultado de dividir dicha cantidad por el número total de alumnos (842), distribución que ofrece el siguiente detalle: LOCALIDAD CENTRO PÚBLICO COMARCAL nº ALUMNOS Por nº de alumnos 123,92 ALBA DE TORMES CEIP. SANTA TERESA ,76 ALBERCA, La CEIP. SIERRA DE FRANCIA 5 619,60 ALDEADÁVILA DE LA RIBERA CRA. LA RIBERA ,04 ALDEATEJADA CRA. LOS ARAPILES 4 495,68 BABILAFUENTE CEIP. FILIBERTO VILLALOBOS 3 371,76 BARRUECOPARDO CRA. PÉREZ VILLANUEVA ,24 BÉJAR CEIP. MARÍA DÍAZ ,84 CABRERIZOS CRA. LA FLECHA 8 991,36 CALVARRASA DE ABAJO CRA. LOS GIRASOLES ,12 CALZADA DE VALDUNCIEL CRA. RIBERA DE CAÑEDO 5 619,60 CANTALAPIEDRA CRA. CAMPOPETRE ,40 CANTARACILLO CAÑADA REAL 3 371,76 CARBAJOSA DE LA SAGRADA CEIP. PABLO PICASSO 4 495,68 CARBAJOSA DE LA SAGRADA NUEVO CARBAJOSA 4 495,68 CIUDAD RODRIGO LOS SITIOS 3 371,76 CIUDAD RODRIGO CEIP. MIRÓBRIGA ,28 CIUDAD RODRIGO CEIP. SAN FRANCISCO ,28 FUENTE DE SAN ESTEBAN, La CEIP. NTRA. SRA. DE LOS REMEDIOS ,00 FUENTES DE OÑORO CRA. CAMPO DE ARGAÑÁN 1 123,92 GALINDUSTE CRA. LAS CINCO ENCINAS 4 495,68 GUIJUELO CEIP. FILIBERTO VILLALOBOS ,48 LAGUNILLA CEIP. RUTA DE LA PLATA 2 247,84

3 Folio 638 LEDESMA CEIP. NTRA. SRA. DEL CARMEN ,76 LEDESMA MIGUEL DE UNAMUNO 1 123,92 LEDRADA CRA. LOS ROBLES ,56 LINARES DE RIOFRÍO CEO. ALTO ALAGÓN ,16 LUMBRALES CEIP. LIMINARES ,72 MACOTERA CEO. MIGUEL DELIBES 6 743,52 MATILLA DE LOS CAÑOS CRA. LOS CARRASCALES ,88 MAYA, La C.R.A. ALHANDIGA 1 123,92 MIRANDA DEL CASTAÑAR CEIP. VIRGEN DE LA CUESTA ,80 PEDROSILLO EL RALO CRA. ARMUÑA ,64 PEÑARANDA LA ENCARNACIÓN 1 123,92 PEÑARANDA CEIP. SEVERIANO MONTERO ,48 SANCTI-SPÍRITUS SANCTI-SPÍRITUS ,56 SANTA MARTA DE TORMES TORRENTE BALLESTER 1 123,92 TAMAMES CRA. LAS DEHESAS ,44 VILLAMAYOR DE ARMUÑA CEIP. CIUDAD DE LOS NIÑOS ,92 VILLAMAYOR DE ARMUÑA CEIP. PIEDRA DE ARTE ,40 VILLAR DE CIERVO CRA. RÍO ÁGUEDA 2 247,84 VILLARES DE LA REINA CEIP. VILLARES DE LA REINA ,36 VILLARINO DE LOS AIRES LOS ARRIBES 2 247,84 VILLASECO DE LOS GAMITOS CRA. EL TOMILLAR 7 867,44 VILLAVIEJA DE YELTES CRA. RÍO YELTES 2 247,84 VITIGUDINO RAMOS DEL MANZANO 1 123,92 VITIGUDINO CEIP. MANUEL MORENO BLANCO ,12 TOTAL ,64 El pago de las subvenciones se efectuará una vez se haya acreditado por los Ayuntamientos la justificación de la subvención completa que se efectuará mediante la aportación de los siguientes documentos: a) Cuadro resumen del coste total de la actividad (anexo I). b) Certificado expedido por el Sr. Secretario (anexo II). c) Emisión por parte del Sr. Secretario-Interventor o Sr. Interventor, en su caso, de un certificado acreditativo de las obligaciones reconocidas en relación con el mantenimiento del centro escolar (anexo III). d) Relación de facturas (comprendidas entre el 15 de septiembre de 2014 y el 15 de junio 2015) y demás documentos probatorios de tráfico jurídicomercantil junto con copia compulsada de los documentos anteriormente

4 Folio 639 referidos. Esta relación de facturas, junto con las copias antes citadas, se presentarán ante el órgano gestor de la Sección de Educación por el que serán revisados y conformados, siendo remitidas a la Intervención de la Diputación en el caso de que así lo soliciten. No admitiéndose justificantes de pago efectuados a COMUNIDADES DE BIENES, dado que estas entidades no pueden contratar con las Administraciones Públicas por carecer de personalidad jurídica propia e independiente de la de sus partícipes. Igualmente, no se podrán justificar los sueldos y salarios del personal del ayuntamiento. e) Acreditación de los Ayuntamientos se encuentran al corriente de sus obligaciones fiscales tanto con la Diputación, como con la Hacienda del Estado y para la Seguridad Social, o en su defecto declaración responsable del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la S. Social, de acuerdo con lo establecido en los artºs 22 y 24 del R.D. 887/2006 de 21 de julio del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. f) Certificado de que el Ayuntamiento no está incurso en ninguna de las prohibiciones recogidas en el apartado 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Declarando asimismo, que este Ayuntamiento se encuentra al corriente en el cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones (artículo 25 RLGS). En todo caso el límite máximo para tal justificación será el 15 de junio de Por ello el Jefe de la Sección, propone se adopte por la Junta de Gobierno, la siguiente resolución: Primero.- Aprobar la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos de la provincia y por las cuantías que se establecen en el presente informe. Segundo.- Autorizar y disponer el gasto por importe de CIENTO CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA EUROS CON SESENTA Y CUATRO CÉNTIMOS ( ,64.- ), con cargo a la aplicación presupuestaria B "Subvención Ayuntamientos. Colegios Públicos Comarcales. Mejora Escuela Rural", del Presupuesto General de la Corporación para el año 2014, para lo cual se ha retenido crédito, quedando contabilizado en el documento RC. nº , por importe de ,00.-. Tercero.- Facultar a la Presidencia de la Corporación para la ejecución de lo acordado.

5 Folio 640 Y la Junta de Gobierno, por unanimidad, eleva a acuerdo la propuesta anteriormente transcrita INFORME-PROPUESTA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA QUE HAN SOLICITADO TOMAR PARTE EN LA CONVOCATORIA A AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS DE REPARACIÓN, CONSERVACIÓN Y MEJORA DE CENTROS ESCOLARES DEL MEDIO RURAL DE LA PROVINCIA DE SALAMANCA PARA LOS AÑOS Conoce la Junta de Gobierno del siguiente informe propuesta del Jefe de Sección de Deportes del Area de Cultura: Se da cuenta por el Diputado Delegado de la Sección de Educación del Acta de la reunión de la Comisión de Valoración celebrada el día treinta y uno de octubre de dos mil catorce, para proceder a la concesión de subvenciones a ayuntamientos de la Provincia que han solicitado tomar parte en la realización de obras de reparación, conservación y mejora de Centros Escolares del Medio Rural de la Provincia de Salamanca para los años , y cuya convocatoria fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 116, de fecha 19 de junio de En dicho expediente consta informe jurídico nº 13/014, de fecha 22 de abril de 2014 y fiscalización efectuada por la Intervención General de Fondos de fecha 13 de junio de En su consecuencia y de conformidad con lo establecido en la base 9.1 de la Convocatoria, y visto lo acordado en la Comisión de Valoración de fecha 31 de octubre de 2014, es por lo que se propone a la Junta de Gobierno la adopción de los siguientes acuerdos: Primero- Desestimar las solicitudes suscritas por los Ayuntamientos de Cantalpino y Santiz al haber presentado las mismas fuera del plazo establecido en la convocatoria. Segundo- Vistas y examinadas las propuestas suscritas por el resto de los ayuntamientos, la Comisión de Selección procedió de conformidad con lo establecido en la base 8.1 de la convocatoria a valorar las mismas, habiéndose determinado las cantidades resultantes con estricta sujeción a los criterios de valoración y en orden a los criterios de puntuación establecidos en las bases, cuyo documento se adjunta como Anexo I.

6 Folio 641 Tercero.- A la vista de que la puntuación final para el reparto de subvenciones ha quedado fijada en aquellos Ayuntamientos que han obtenido 2 puntos, se procedió a su priorización de conformidad con lo establecido en la base 8.1 de la convocatoria, cuyas obras afectan a infraestructuras básicas y accesibilidad, correspondiendo a los ayuntamientos de Aldeadávila de la Ribera, Aldeatejada, Ciudad Rodrigo (Miróbriga), Ciudad Rodrigo (El Puente), Encinas de Arriba, Ituero de Azaba, Miranda del Castañar, Monleras, Montemayor del Río, Mozárbez, Navasfrías, Pedrosillo el Ralo, Pereña de la Ribera, San Esteban de la Sierra, San Felices de los Gallegos, San Martín del Castañar, San Pedro de Rozados, Sancti-Spíritus, Trabanca, Valdecarros, Villarino de los Aires, Villarubias, Villavieja de Yeltes y Villoruela. Cuarto- Dado que persiste el empate, se procedió a priorizar las solicitudes entre aquellos ayuntamientos que hubieran percibido menor subvención en las dos últimas convocatorias, correspondiendo a los ayuntamientos de: Encinas de Arriba, Miranda del Castañar, Monleras, Navasfrías, Pedrosillo el Ralo, Pereña de la Ribera, San Esteban de la Sierra, San Martín del Castañar, Trabanca, Valdecarros y Villavieja de Yeltes, conforme al anexo III que se adjunta. Como consecuencia de que el resto de ayuntamientos valorados con dos puntos habían recibido el mismo importe de subvención en los dos últimos años, se procedió a dilucidar el empate en relación con la superficie del centro y número de alumnos, conforme al anexo IV que se adjunta, quedando, en su consecuencia, admitidas las solicitudes de: Ciudad Rodrigo (Miróbriga), Sancti-Spíritus, Ciudad Rodrigo (El Puente), Aldeadávila de la Ribera, Villarino de los Aires y Aldeatejada (este último por un importe de proyecto de 5.627, que se corresponde con el resto final de la distribución de la subvención). Quinto- Proponer el reparto de subvenciones y por las cuantías que a continuación se indican a los siguientes Ayuntamientos, conforme al resumen individualizado y por la puntuación que se adjunta como Anexo II. Sexto.- Que el resto de los Ayuntamientos solicitantes (Alba de Tormes, Aldealengua, Ciudad Rodrigo (San Francisco), Doñinos de Salamanca, Fuenterroble de Salvatierra, Ituero de Azaba, Montemayor del Río, Mozárbez, Pedrosillo de los Aires (Castillejo Salvatierra), Puebla de Azaba, San Felices de los Gallegos, San Pedro de Rozados, Sorihuela, Villares de la Reina, Villasrubias y Villoruela) no son objeto de subvención al no haber obtenido los puntos necesarios fijados en el reparto de la subvención. Septimo- Comprometer y disponer un gasto por importe de TRESCIENTOS MIL EUROS ( ) con cargo a la aplicación presupuestaria B Subvención Ayuntamientos. Mejora Escuela Rural, documento A nº por importe de , y documentos ARCFUT nº y ARCFUT nº por un importe total de , cada uno de ellos, correspondientes a la anualidad del año 2015, según la siguiente relación:

7 Folio 642 AYUNTAMIENTO OBRAS SOLICITADAS IMPORTE SOLICITADO APORTACIÓN MUNICIPAL SUBV. JUNTA Y DIPUTACIÓN AÑO 2014 SUBV. JUNTA Y DIPUTACIÓN AÑO 2015 TOTAL PROYECTO EJECUCIÓN ALBERCA, La tarima en aulas 8.000, , , , ,00 ALDEA DEL OBISPO fachada (cotegrán) 4.000,00 800, , , ,00 ALDEADÁVILA DE LA RIBERA carpintería metálica 8.000, , , , ,00 ALDEARRUBIA pintura y rampa 3.234,00 646, , , ,00 ALDEATEJADA humedades y fontanería 5.627, , , , ,00 ARABAYONA DE MÓGICA carpintería y sanitarios 2.615,00 523, , , ,00 BABILAFUENTE ventanas 8.000, , , , ,00 BARBADILLO caldera 3.993,00 798, , , ,00 BARRUECOPARDO fontanería y persianas 8.000, , , , ,00 BÉJAR (La Antigua) pavimento y canalones 8.000, , , , ,00 BELEÑA pavimentación y patio 2.587,00 517, , , ,00 BÓVEDA DEL RÍO ALMAR pintura y cerramiento 3.800,00 760, , , ,00 CABEZA DEL CABALLO pintura pista deportiva 3.836,00 767, , , ,00 CABRERIZOS cubierta 8.000, , , , ,00 CABRILLAS cubierta 8.000, , , , ,00 CALVARRASA DE ABAJO sanitarios 3.950,00 790, , , ,00 CALZADA DE VALDUNCIEL carpintería y pintura 3.960,00 792, , , ,00 CANTAGALLO porche 3.000,00 600, , , ,00 CANTARACILLO cubierta y malla 1.912,00 382,40 764,80 764, ,00 CARBAJOSA SAG. (La Ladera) pintura 1.656,00 331,20 662,40 662, ,00 CARBAJOSA SAG. (P.Picasso) accesibilidad 7.317, , , , ,00 CASTELLANOS DE VILLIQUERA pavimentos aulas 4.000,00 800, , , ,00 CEPEDA humedades y sanitarios 4.000,00 800, , , ,00 CERRO, El (Valdelamatanza) tarima y electricidad 8.000, , , , ,00 CIUDAD RODRIGO (Miróbriga) ventanas gimnasio. electricidad 8.000, , , , ,00 CIUIDAD RODRIGO (El Puente) electricidad y goteras 8.000, , , , ,00 CRISTÓBAL humedades y fontanería 4.000,00 800, , , ,00 CUBO DE DON SANCHO cubierta 7.800, , , , ,00 ENCINAS DE ARRIBA sanitarios y canalones 3.605,00 721, , , ,00 FREGENEDA, La ventanas y persianas 3.872,00 774, , , ,00 FUENTE DE SAN ESTEBAN, La cubierta 8.000, , , , ,00 FUENTEGUINALDO pintura interior 7.972, , , , ,00 FUENTES DE OÑORO ventanas y quemador 8.000, , , , ,00 GALINDO Y PERAHUY vallado pista y puertas 7.912, , , , ,00 GALLEGOS DE ARGAÑÁN cubierta y fontanería 8.000, , , , ,00 GARCIBUEY humedades y carpintería 4.000,00 800, , , ,00 GUIJUELO (F. Villalobos) canalones y grifería 1.660,00 332,00 664,00 664, ,00 GUIJUELO (M. Cervantes) canalones y bajantes 6.492, , , , ,00 HUERTA anclaje aula prefabricada 2.800,00 560, , , ,00 LAGUNILLA ventanas y humedades 7.911, , , , ,00 LEDRADA persianas 4.000,00 800, , , ,00 LINARES DE RIOFRÍO fontanería y electricidad 8.000, , , , ,00 LUMBRALES cubierta y gimnasio 4.000,00 800, , , ,00 MACOTERA canalones y pintura 7.850, , , , ,00

8 Folio 643 MATILLA DE LOS CAÑOS cubierta y aislamiento 4.000,00 800, , , ,00 MIRANDA DEL CASTAÑAR humendades 4.000,00 800, , , ,00 MONLERAS ventanas 4.338, , , , ,00 MORILLE urbanización 3.900,00 780, , , ,00 NAVASFRÍAS fontanería 3.000,00 600, , , ,00 PEDROSILLO EL RALO fontanería 1.482,00 296,40 592,80 592, ,00 PELABRAVO (Nuevo Naharros) saneamientos y carpintería 4.274, , , , ,00 PEÑAPARDA enrejado de ventanas 4.000,00 800, , , ,00 PEÑARANDA (S. Montero) pintura 3.994,00 798, , , ,00 PEÑARANDILLA humedades y solado 6.000, , , , ,00 PEREÑA DE LA RIBERA tarima 4.000,00 800, , , ,00 RÁGAMA humedades y fontanería 3.900,00 780, , , ,00 ROBLEDA cubierta 8.000, , , , ,00 SAN ESTEBAN DE LA SIERRA ventanas 4.000,00 800, , , ,00 SAN MARTÍN DEL CASTAÑAR suelo y ventanas 3.872,00 774, , , ,00 SAN MIGUEL DE VALERO humedades y pintura 4.000,00 800, , , ,00 SANCTI-SPÍRITUS carpintería en patio 8.000, , , , ,00 SANTA MARTA (San Blas) pavimento y pintura gimnasio 3.978,00 795, , , ,00 SANTOS, Los ventanas 8.000, , , , ,00 SAUCELLE pintura 4.000,00 800, , , ,00 SIETE IGLESIAS DE TORMES pintura y mosquiteras 3.968,00 793, , , ,00 SOTOSERRANO caldera y porche 5.500, , , , ,00 TERRADILLOS (Rafael Alberti) fontanería y alicatado 4.000,00 800, , , ,00 TRABANCA ventanas y radiadores 3.808,00 761, , , ,00 VALDECARROS caldera y pintura 7.992, , , , ,00 VALDELOSA humedades y pintura 8.000, , , , ,00 VALERO cubierta 8.000, , , , ,00 VECINOS solado patio 4.000,00 800, , , ,00 VILLAMAYOR (Ciudad Niños) puerta y reja 2.408,00 481,60 963,20 963, ,00 VILLAMAYOR (Piedra de Arte) alicatado y pintura 3.467,00 693, , , ,00 VILLARINO DE LOS AIRES lucernario y carpintería 5.913, , , , ,00 VILLAVIEJA DE YELTES humedades y pintura 5.094, , , , ,00 VILLORIA pintura 4.000,00 800, , , ,00 VITIGUDINO solado y pintura 4.000,00 800, , , ,00 TOTAL , , Octavo.- Que el pago de las subvenciones se llevará a efecto una vez hayan justificado las Entidades Locales la ejecución de las mencionadas obras, en la forma y plazo (30 de junio de 2015) que se señalan en la Base 10ª de la Convocatoria. Noveno.- Facultar a la Presidencia de la Corporación para la ejecución de lo acordado. Y la Junta de Gobierno, por unanimidad, eleva a acuerdo la propuesta anteriormente transcrita.

9 Folio DACIÓN DE CUENTA DE ENAJENACIÓN DE PARCELA SOBRANTE DE VÍA PÚBLICA, PROPIEDAD PATRIMONIAL DEL AYUNTAMIENTO DE ALDEARRUBIA, MEDIANTE VENTA DIRECTA AL PROPIETARIO COLINDANTE. Conoce la Junta de Gobierno del siguiente informe de Asistencia Jurídica a municipios: ANTECEDENTES. Se ha recibido en el Servicio Jurídico de Asistencia a Municipios, número de Registro de Entrada en esta Diputación 40752, expediente instruido por el Ayuntamiento de Aldearrubia (Salamanca), para enajenación mediante venta directa al propietario colindante de una parcela sobrante de vía pública de titularidad municipal, en la Calle Avenida de los Jornaleros nº 44, según la descripción que después se hará, solicitando la dación de cuenta de dicha enajenación por esta Corporación Provincial, al no exceder el valor del municipal del 25% de los recursos ordinarios del presupuesto vigente del Ayuntamiento. CONSIDERACIONES JURÍDICAS. PRIMERA.- La legislación aplicable en general a este tipo de procedimientos viene recogida en los artículos siguientes: - 5, de la Ley 7/1985 de 2 de abril, de Bases del Régimen Local (LBRL). - Disposición adicional segunda, apartados 1 y 2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (LCAP). - Artículo 8 de la Ley 33/2003 de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (LPAP) y siguientes del Real Decreto Legislativo 781/86 de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local. (TRDRL) - 7, 8, 109, 112, 113, 115, 118 y 119 del Real Decreto 1372/86 de 13 de junio por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. (RB) - Decreto 128/1984, de 5 de diciembre, sobre protección del patrimonio de las Entidades locales (DPPCyL). - Decreto 256/1990 de 13 de diciembre de la Junta de Castilla y León, que delega el ejercicio de determinadas funciones de titularidad de la Comunidad de Autónoma de Castilla y León, en las Diputaciones Provinciales de dicha Comunidad; delegaciones aceptadas por la Diputación Provincial de Salamanca mediante acuerdo adoptado

10 Folio 645 por el Pleno Provincial el 28 de diciembre de 1990, previéndose entre las mismas de conformidad con lo establecido en el artículo citado (en relación con el 79.1 del TRDRL y del RB): Recibir la dación de cuenta de los expedientes de enajenación, permuta o gravamen de bienes inmuebles patrimoniales de las Corporaciones Locales, cuando su valor no exceda del 25% de los recursos ordinarios del presupuesto anual de la Corporación. SEGUNDA.- Examinado el expediente remitido por el Ayuntamiento de Aldearrubia, se deducen y aparecen acreditados en el mismo los siguientes extremos: Inicio del Expediente: Providencia de la Alcaldía de fecha 11 de agosto de 2004, por la que visto el contenido del escrito presentado en el Ayuntamiento con fecha 11 de Julio de 2014 por D. Pablo García Benavides mediante el que pone de manifiesto que es titular del solar de la Calle Avenida de los Jornaleros nº 44 de la Localidad, colindante con una porción de terreno municipal de unos veinte metros cuadrados que, al parecer ha quedado dentro de la alineación marcada por las Normas Subsidiarias Municipales, proponiendo su venta. Resuelve que se proceda a la emisión de informe técnico por el Arquitecto Municipal con la finalidad de conocer si el terreno en cuestión cumple con los requisitos señalados en el Art. 7 y 8 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes del las Entidades Locales. Informe Técnico, de fecha 22 de agosto de 2014, suscrito por el Arquitecto D. Ángel Chamoso Rubia, en el que, indica la parcela objeto del presente expediente, se trata de un sobrante de vía pública y que el valor del terreno de 22 m2 asciende a la cantidad total de 2.200,00 Euros. Providencia de la Alcaldía del Ayuntamiento, de fecha 22 de agosto de En la que Vista la solicitud de D. PABLO GARCIA BENAVIDES, de fecha 27 de Julio de 2014, en que se pide la enajenación, por venta directa, de una franja de terreno sobrante de la vía pública, colindante con el solar de la Avenida de los Jornaleros 44, finca de su propiedad. Visto que mediante providencia de la Alcaldía de fecha 11 de Agosto de 2014 se solicita al Arquitecto Municipal la emisión de informe técnico sobre la calificación del citado terreno, habiéndose dictaminado que se trata de un sobrante de vía pública, motivado por la alineación de la vía pública previsto en las Normas Subsidiarias Municipales. En uso de las atribuciones que me han sido conferidas por Ley, procédase a la apertura del expediente de enajenación por venta directa de la porción de parcela sobrante de titularidad municipal, de 22 metros cuadrados. Que por la Secretaria del Ayuntamiento se emitan los informes jurídico y de intervención, estos últimos sobre los datos del presupuesto general de la Corporación para conocer los trámites a seguir, previstos en la normativa aplicable.

11 Folio 646 Informe de Intervención de fecha 22 de agosto de 2014, en el que para dar cumplimiento a la Providencia del Sr. Alcalde de fecha 22 de Agosto de 2014, se emite el siguiente informe en relación con el expediente para la venta de parcela sobrante de vía pública en la Avda. de los Jornaleros, colindante con solar nº El informe del Arquitecto Municipal, de fecha 22 de agosto de 2014, acredita que el terreno de unos 22 metros cuadrados se trata de una parcela sobrante de vía pública. Es necesario aportar al expediente informe de intervención para conocer los trámites a realizar, previstos en la legislación vigente. Los recursos ordinarios del Presupuesto General de la Corporación para el ejercicio 2013, según se desprende de los datos que arroja la liquidación del Presupuesto General de la Corporación, asciende a la cantidad de Por ello el cálculo a realizar para saber si es preciso la autorización previa de la Comunidad Autónoma, así como el quórum especial para la adopción del acuerdo, es el siguiente: % sobre ,90 = 0,725 por ciento Por ello será preciso únicamente dar cuenta de la enajenación proyecta a la Comunidad Autónoma. No se exige un quórum especial, al amparo de lo dispuesto en el Art letra m) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Informe de la Secretaría del Ayuntamiento, de fecha 22 de agosto de En el que señala, en relación con el expediente que se tramita, la legislación aplicable. Solicitud de documentación y conformidad del propietario colindante.- Consta en el expediente la aceptación de la valoración técnica por parte del propietario colindante D. Pablo García Benavides, así como Copia de la Escritura Pública en la que aparece como propietario de un solar sito en la C/ Jornaleros nº 44 del Municipio de Aldearrubia. Certificación de la Secretaría del Ayuntamiento el la que consta que el Pleno Municipal, en sesión celebrada el día Treinta de Octubre de Dos Mil Catorce, adoptó entre otros el siguiente acuerdo, por unanimidad de los Cinco Concejales presentes en el acto, del total de Siete que de derecho forman la Corporación Local: PRIMERO: Estimar producida automáticamente, de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 8.4 a) del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, la alteración de la calificación jurídica de la parcela de dominio y uso público sita en la Avenida de los Jornaleros 44, considerándose como parcela sobrante y bien patrimonial procedente de la alineación marcada por el Planeamiento Urbanístico Municipal (NNSSMM). SEGUNDO: APROBAR la venta directa a Don. Pablo García Benavides, como único propietario confrontante, de la parcela sobrante antes citada por un precio de 2.200,00 euros, de conformidad con la valoración pericial efectuada por el arquitecto municipal. TERCERO: Realizar los trámites oportunos para que esta parcela sobrante se dé de alta en el Inventario Municipal de Bienes Municipal con los requisitos formales pertinentes. Asimismo se inscribirá dicha parcela sobrante en el Registro de la Propiedad y se dará de alta en el Catastro de Urbana. Depurando así la situación jurídica de la misma para

12 Folio 647 dar cumplimiento al Art. 113 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, dejando constancia, en relación con su clasificación, que tiene una naturaleza patrimonial, sobrante de vía pública, que procede de la alteración de su anterior clasificación como bien de dominio y uso público. CUARTO: Posteriormente se requerirá a Don Pablo García Benavides para comparecer ante el notario que le será designado para otorgar la escritura pública de compraventa correspondiente, siendo los gastos de escrituración por cuenta del adquirente. DESCRIPCIÓN DE LA PARCELA: Parcela de terreno, sobrante de vía pública, propiedad del Ayuntamiento de Aldearrubia situada en la Avenida de los Jornaleros 44 de la Localidad. De acuerdo con las Normas Subsidiarias Municipales la citada parcela se encuentra clasificada como Suelo Urbano, siendo sus linderos los siguientes: - NORTE: Finca de D. Antonio Velasco Rodríguez - SUR: Finca de Manuela García Gómez - ESTE: Vía Pública Avenida de los Jornaleros - OESTE: Finca de D. Pablo García Benavides Tiene una superficie de 22 metros cuadrados QUINTO: FACULTAR al Sr. Alcalde, D. Fidel Montejo Castilla, para que, en representación de este Ayuntamiento, otorgue todos los documentos públicos y privados necesarios para la ejecución de estos acuerdos. SEXTO: Comunicar al Organismo competente de la Comunidad Autónoma la venta directa de la parcela sobrante, al no exceder su valor del 25% de los recursos ordinarios del presupuesto municipal vigente. Certificación de la Secretaría del Ayuntamiento del Inventario Municipal de Bienes, de fecha 7 de noviembre de 2014 en el que consta :Según se desprende de los datos obrantes en la Secretaría a mi cargo y los demás que constan en esta Entidad Local, en el Inventario de Bienes de esta Corporación Municipal, en el epígrafe Inmuebles de carácter Urbano, figura el siguiente bien: Parcela de terreno no utilizable, sobrante de vía pública, procedente de la alineación marcada por el Planeamiento de las Normas Urbanísticas Municipales. Se encuentra libre de cargas y gravámenes y no está inscrita en el Registro de la Propiedad. Desafectada del dominio público e incorporada al grupo de bienes patrimoniales, con la calificación de bien patrimonial, de acuerdo con la legislación vigente de las Corporaciones Locales, como consecuencia de la Alteración automática prevista en el Art. 8 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986 de 13 de junio. Tiene una superficie de 22 metros cuadrados. - Linderos: NORTE: Finca de Antonio Velasco Rodríguez - SUR: Finca de Manuela García Gómez - ESTE: Vía Pública Avenida de los Jornaleros - OESTE: Finca de Pablo García Benavides

13 Folio 648 Se acompaña también al expediente, la solicitud de inscripción de esta parcela en el Registro de la Propiedad. Por lo que de conformidad con el informe de la Junta de Castilla y León remitido el día 29 de noviembre de en respuesta a la consulta formulada por la Diputación Provincial de Salamanca sobre el alcance del ejercicio de las funciones delegadas por la Junta de Castilla y León relativas a las disposiciones de bienes de las Entidades Locales, Y comprobado, para dar cumplimiento a lo legalmente dispuesto, que formalmente, sin entrar, por ello, en un análisis de su legalidad de fondo, se aportan los documentos señalados en los artículos correspondientes del RB, y DPPCyL, respectivamente SE PROPONE DARSE POR ENTERADA esta Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Salamanca, de la enajenación de la parcela sobrante de vía pública sita en la C/ Avenida de los Jornaleros nº 44 acordada por el Ayuntamiento de Aldearrubia (Salamanca), a favor del propietario colindante D. Pablo García Benavides. Y la Junta de Gobierno, se da por enterada INFORME A EFECTOS DEL ART DE LA LEY DE URBANISMO Y ART DE LA LEY DE CARRETERAS DE CASTILLA Y LEÓN SOBRE ESTUDIO DE DETALLE DEL SECTOR UNC-16 EN CARRETERA DE ALBA ESQUINA CALLE VIRGEN DE LA PALOMA DE SANTA MARTA DE TORMES. Conoce la Junta de Gobierno de los informes del Área de Fomento y de la Sección de Asistencia Técnica y Urbanismo sobre Estudio de Detalle del Sector UNC- 16 en carretera de Alba esquina calle Virgen de la Paloma de Santa Marta de Tormes: En relación con el documento Estudio de Detalle del sector UNC-16 en carretera de Alba esquina calle Virgen de la Paloma, en Santa Marta de Tormes (Salamanca), redactado por D. Ignacio Chillón Callejo, Arquitecto, en julio de 2014 (modificado en septiembre de 2014) y promovido por D. Regino González Benayas y otros, y su afección a las carreteras de titularidad de esta Diputación Provincial, en virtud del Artículo 16.6 de la Ley 10/2008, de 9 de diciembre, de Carreteras, y el Artículo 52.4 de la Ley 5/99, de 8 de abril, de Urbanismo, ambas Leyes de la Comunidad de Castilla y León, SE INFORMA:

14 Folio 649 Que el documento Estudio de Detalle del sector UNC-16 en carretera de Alba esquina calle Virgen de la Paloma, en Santa Marta de Tormes (Salamanca), no afecta a ninguna carretera de titularidad de esta Diputación Provincial. Asimismo se conoce del informe de la Sección de Asistencia Técnica y Urbanismo que a continuación se trascribe: A solicitud del ayuntamiento de Santa de Tormes, se procede a emitir informe sobre proyecto referenciado, a efectos de dar cumplimiento del artículo 52.4 de la Ley de Urbanismo de Castilla y León y artículo 153 del Reglamento que la desarrolla. Recabados los informes pertinentes establecidos por Ley y especialmente con respecto al Patrimonio de la Diputación Provincial, se hace constar: Que en el Inventario de Bienes de esta Corporación no consta bien inmueble alguno que esté afectado por el Proyecto de Normas Urbanísticas de Santa Marta de Tormes en tramitación. Por todo ello, se propone informar favorablemente a efectos de patrimonio el Proyecto de referencia, lo que se somete a consideración de la Junta de Gobierno, órgano competente por delegación de la Presidencia, en virtud del Decreto la misma 2982/11. Y la Junta de Gobierno a la vista de los informes anteriormente recogidos acuerda, por unanimidad de los miembros presentes, informar favorablemente las propuestas transcritas, teniendo en cuenta las condiciones en ellos señaladas INFORME A EFECTOS DEL ART DE LA LEY DE URBANISMO Y ART DE LA LEY DE CARRETERAS DE CASTILLA Y LEÓN SOBRE MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 5 DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS MUNICIPALES DE LINARES DE RIOFRÍO. Conoce la Junta de Gobierno de los informes del Área de Fomento y de la Sección de Asistencia Técnica y Urbanismo sobre Modificación Puntual nº 5 de las Normas Urbanísticas Municipales de Linares de Riofrío: En relación con el documento Modificación puntual nº 5 de las Normas Urbanísticas Municipales, de Linares de Riofrío (Salamanca), redactado por D. Ramón M. Peláez Pezzi, Arquitecto, en julio de 2014 y promovido por Dª. Encarnación Alonso Martín y otros, y su afección a las carreteras de titularidad de esta Diputación

15 Folio 650 Provincial, en virtud del Artículo 16.6 de la Ley 10/2008, de 9 de diciembre, de Carreteras, y el Artículo 52.4 de la Ley 5/99, de 8 de abril, de Urbanismo, ambas Leyes de la Comunidad de Castilla y León, SE INFORMA: Que el documento Modificación puntual nº 5 de las Normas Urbanísticas Municipales, de Linares de Riofrío (Salamanca), no afecta a ninguna carretera de titularidad de esta Diputación Provincial. Asimismo se conoce del informe de la Sección de Asistencia Técnica y Urbanismo que a continuación se trascribe: A solicitud del ayuntamiento de Linares de Riofrío, se procede a emitir informe sobre proyecto referenciado, a efectos de dar cumplimiento del artículo 52.4 de la Ley de Urbanismo de Castilla y León y artículo 153 del Reglamento que la desarrolla. Recabados los informes pertinentes establecidos por Ley y especialmente con respecto al Patrimonio de la Diputación Provincial, se hace constar: Que en el Inventario de Bienes de esta Corporación no consta bien inmueble alguno que esté afectado por el Proyecto de Normas Urbanísticas de Linares de Riofrio en tramitación. Por todo ello, se propone informar favorablemente a efectos de patrimonio el Proyecto de referencia, lo que se somete a consideración de la Junta de Gobierno, órgano competente por delegación de la Presidencia, en virtud del Decreto la misma 2982/11. Y la Junta de Gobierno a la vista de los informes anteriormente recogidos acuerda, por unanimidad de los miembros presentes, informar favorablemente las propuestas transcritas, teniendo en cuenta las condiciones en ellos señaladas. RUEGOS Y PREGUNTAS No se formularon. Y no habiendo más asuntos que tratar, el Sr. Presidente levantó la sesión siendo las diez horas y cuarenta minutos, extendiéndose la presente Acta, que firma conmigo el mismo y de cuyo contenido, como Secretario doy fe. EL PRESIDENTE., EL SECRETARIO,

16 Folio 651 DILIGENCIA.- Para hacer constar que este Acta correspondiente a la Sesión ordinaria del día veintiséis de noviembre de dos mil catorce, contiene dieciséis folios, numerados del al y foliados del seiscientos treinta y seis al seiscientos cincuenta y uno. EL SECRETARIO GENERAL,

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