CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Adjudicación

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1 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA ADJUDICAR MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO (VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN) DOS LICENCIAS DE AUTO- TAXI (nº 2 y nº 3) EN EL TERMINO MUNICIPAL DE COBEÑA PARA LA PRESTACION DEL SERVICO DE TRANSPORTE PUBLICO URBANO EN AUTOMOVILES DE TURISMO Y LA CORRESPONDIENTE AUTORIZACION QUE HABILITE PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO PUBLICO INTERURBANO. CLAÚSULA PRIMERA. Objeto del Contrato Constituye el objeto del presente pliego la adjudicación en régimen de concurrencia de dos licencias de autotaxi ( Nº 2 Y Nº 3) para la prestación del servicio de transporte público urbano en automóviles de turismo el Municipio de Cobeña previa autorización que habilite para la prestación del servicio público interurbano, de conformidad con el Decreto 74/2005, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de Transporte Público Urbano en Automóviles de Turismo, Ordenanza Reguladora del Servicio de auto-taxi en el Término Municipal de Cobeña, Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, el Real Decreto 1211/1990 de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y el Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos de Transporte en Automóviles Ligeros, y demás normativa aplicable. CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Adjudicación La forma de adjudicación de las licencias de autotaxi será el procedimiento abierto, en el que todo interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación, de acuerdo con el artículo 141 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

2 Para la valoración de las proposiciones se atenderá a varios criterios, entre otros, la previa dedicación a la profesión en régimen de trabajador o trabajadora asalariado (véase el artículo 12 del Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transporte en Automóviles Ligeros). CLÁUSULA TERCERA. Condiciones de Participación Cada participante únicamente podrá optar a la adjudicación de una sola licencia, y serán requisitos para la presentación de solicitudes: Ser persona física mayor de 18 años, no pudiendo otorgarse de forma conjunta a más de una persona ni comunidad de bienes. Ser nacional de un país de la Unión Europea o contar con las autorizaciones y permisos de trabajo que, con arreglo a lo dispuesto en la legislación sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, resulten suficientes para amparar la realización de la actividad de transporte en nombre propio. - Estar domiciliado en la Comunidad de Madrid - Acreditar el cumplimiento de las obligaciones de carácter fiscal, laboral y social establecidas en la legislación vigente. - Disponer de vehículo, al que ha de referirse la licencia, que no supere la antigüedad de dos años contados desde la primera matriculación, cualquiera que sea el país donde ésta se haya producido y, con un número de plazas no superior a cinco, incluida la del conductor. - Tener cubierta de forma ilimitada, su responsabilidad civil por los daños que puedan ocasionarse en el transcurso del servicio, en los términos establecidos por la normativa vigente. - Estar en posesión del permiso municipal de conducir o reunir todos los requisitos necesarios para obtenerlo que se establecen en el artículo 9 de la Ordenanza Reguladora del Servicio de Auto-taxi en el Término Municipal de Cobeña, publicada en el BOCM de 9 de octubre de 2010, excepción del apartado e). -Compromiso de aportación, en caso de resultar adjudicatario, del canon por otorgamiento de la licencia, cuyo importe se establece en NUEVE MIL EUROS, CLÁUSULA CUARTA. Criterios de Adjudicación

3 Los criterios objetivos de valoración se puntuarán por el siguiente orden: 1º.- Ser conductores asalariados de los titulares de licencias de autotaxi que presten el servicio con plena y exclusiva dedicación en la profesión, acreditada mediante la posesión y vigencia del permiso de Conductor expedido por el Ente local creador de las licencias y la inscripción y cotización en tal concepto a la Seguridad Social con rigurosa y continuada antigüedad acreditado dentro de este Término Municipal: 0,5 puntos por cada seis meses, hasta un máximo de 3 puntos. 2º.- No ser titular de otra licencia de autotaxi, acreditado mediante declaración jurada del solicitante: 2 puntos 3º.- Por ser vecino del Municipio de Cobeña, por cada año de residencia superior a tres años: 0,25 puntos hasta un máximo 2 puntos. 4º.- Tener experiencia en el transporte de viajeros y/o mercancías, como asalariado o autónomo, acreditado documentalmente (contrato de trabajo, certificado de empresa, altas fiscal.) 0,25 puntos por año, hasta un máximo de 1,5 puntos. 5º.- Encontrarse en situación de desempleo debidamente inscrito en el INEM, acreditado mediante presentación tarjeta de demandante de empleo SEPECAM actualizada: 0,25 puntos por mes hasta un máximo de 1,5 puntos CLÁUSULA QUINTA. Pago de la Tasa La tasa por concesión y expedición de licencia deberá ingresarse en Tesorería Municipal en el plazo de quince días contados desde la notificación de dicha adjudicación. Dicha tasa viene establecida en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Licencias de auto-taxi y demás vehículos de alquiler del Ayuntamiento de Cobeña (Art. 5.1), publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 9 de Octubre de CLÁUSULA SEXTA. Garantías Los adjudicatarios deberán constituir una fianza definitiva de 600 euros, en el plazo establecido en la cláusula duodécima, apartado cuarto del presente pliego.

4 Dicha fianza se devolverá a los titulares de la licencia una vez transcurrido el plazo de un mes desde la puesta en funcionamiento del servicio. CLÁUSULA SÉPTIMA. Gastos Los adjudicatarios quedan obligados al pago de los anuncios e Impuestos que procedan, hasta un máximo de euros. CLÁUSULA OCTAVA. Presentación de Proposiciones Las proposiciones para tomar parte en el procedimiento se presentarán en dos sobres cerrados, haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido. La denominación de los sobres es la siguiente: -Sobre «A»: Documentación administrativa. -Sobre «B»: Propuesta/Solicitud y documentación justificativa del cumplimiento de los criterios de adjudicación. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan deberán introducirse los siguientes: SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA a) Fotocopia del DNI, u documento legal que acredite la personalidad del licitador y su domicilio en la Comunidad de Madrid. b) Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por la persona a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. c) Declaración responsable de aportar en el caso de resultar adjudicatario, el canon para el otorgamiento de la licencia cuyo importe se establece en NUEVE MIL

5 EUROS (9.000 euros). d) Declaración responsable de aportar un vehículo, con antigüedad inferior a dos años, contados desde la matriculación cualquiera que sea el país donde se haya producido y con un número de plazas no superior a cinco incluida la del conductor e) Fotocopia del permiso municipal de conducir, o declaración responsable que acredite el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en el art. 9 de la Ordenanza Reguladora del servicio de Auto-taxi en el término Municipal de Cobeña a excepción del apartado e). La documentación aportada deberá ser original o fotocopia debidamente compulsada. SOBRE «B» PROPOSICIÓN a) Proposición/Solicitud Se presentará conforme al siguiente modelo: «D., con domicilio en, Municipio, C. P., y DNI n.º, expedido en con fecha, en nombre propio [o en representación de como acredito por ], enterado de la convocatoria para la adjudicación de [nº] de licencia de autotaxi para el municipio de, anunciada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de solicito simultáneamente licencia municipal de auto- taxi y autorización del transporte discrecional interurbano en automóvil turismo, con arreglo al Pliego de Cláusulas Administrativas que acepto incondicionada e íntegramente, sin salvedad alguna». adjudicación. b) Documentación justificativa del cumplimiento de los criterios de CLÁUSULA NOVENA. Plazo de presentación de Proposiciones Las solicitudes se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cobeña y se presentarán en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento en el plazo de quince días naturales contados a partir del día siguiente al de la

6 publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. CLÁUSULA DÉCIMA. Publicidad Terminado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la lista en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, al objeto de que los interesados y las Asociaciones profesionales de empresarios y trabajadores puedan alegar lo que estimen oportuno en defensa de sus derechos en el plazo de quince días (artículo 10 del Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo). CLÁUSULA UNDÉCIMA. Mesa de Contratación La Mesa de Contratación, se formará de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Conforman la Mesa de contratación: D. Eugenio González Moya, que actuará como Presidente de la Mesa. Dª Mª Milagros Lara Ramos, Vocal (Secretario de la Corporación). D Antonio Juan Lázaro Pérez (Interventor de la Corporación). D. Carlos L. Herrero Cano, Vocal. (Concejal de Transportes) Dª Azucena Frutos Tijero. (Funcionario Administrativo) que actuará como Secretario de la Mesa. Provisional CLÁUSULA DUODÉCIMA. Apertura de Proposiciones y Adjudicación La Mesa de Contratación se constituirá el primer jueves hábil a las 17,30 horas, tras la finalización del plazo de publicación establecido en la Cláusula décima del presente Pliego y calificará la documentación administrativa contenida en los sobres «A». La Mesa podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada. Posteriormente, procederá a la apertura y examen del sobre «B», pudiendo, en ese momento si lo considera necesario, solicitar los informes técnicos que

7 considere precisos, se procederá a realizar la correspondiente propuesta de adjudicación. El órgano de contratación requerirá a los licitadores que hayan obtenido la máxima puntuación según los criterios de valoración establecidos en la cláusula cuarta del presente pliego, para que el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente en que hubiera recibido el requerimiento, presente documentación justificativa siguiente: 1º.- Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social. 2º.- Documentación acreditativa del vehículo que se va adscribir al servicio y que cumple con los requisitos exigidos. 3º.- Seguro de responsabilidad civil, de forma ilimitada, por los daños puedan ocasionarse en el transcurso del servicio, en los términos establecidos por la normativa vigente. Una vez recibida dicha documentación el órgano de contratación solicitará al órgano competente de la Comunidad de Madrid, informe a favor del licitador propuesto, para la autorización de transporte público discrecional interurbano en automóvil turismo. Cuando el informe del órgano competente de la Comunidad de Madrid para la autorización de transporte interurbano fuera desfavorable al otorgamiento de ésta, el Ayuntamiento no adjudicará la licencia de auto-taxi y se entenderán denegadas. La adjudicación del contrato deberá efectuarse en el plazo de los diez días hábiles siguientes a la recepción del informe favorable de la Comunidad de Madrid, debiendo notificarse la misma a los licitadores y publicarse en el perfil del contratante, donde se indicará el plazo para su formalización conforme el art de la referida Ley de Contratos del Sector Público.

8 la Licencia CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Derechos y Obligaciones del Titular de En el plazo máximo de 60 días hábiles contados desde a notificación de la adjudicación el titular de la licencia vendrá obligado a prestar el servicio de forma inmediata con el vehículo adscrito al mismo, si bien con carácter previo deberá acreditar la realización del ingreso del canon por importe de y solicitar el correspondiente permiso municipal de conducir, adjuntando la totalidad de los documentos que se relacionan en el art. 9 de la Ordenanza Reguladora del Servicio de Auto-taxi en el término Municipal de Cobeña, publicada en el BOCM nº 242 de fecha 9 de octubre de Los derechos y obligaciones del titular de la licencia son los que nacen de este Pliego, que tendrá carácter contractual, y de la licencia otorgada por el Municipio, así como los derivados de la Legislación aplicable. CLÁUSULA DECIMOCUARTA Recursos Administrativos y Jurisdiccionales Los Acuerdos correspondientes del órgano de contratación pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. Contra los mismos puede interponerse recurso potestativo de reposición, de conformidad con la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó, o recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley Reguladora de dicha Jurisdicción, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir de la notificación del Acuerdo (artículos 109 y 118 de la LAP y artículo 46 de la LJ). En Cobeña, a 14 de enero de El Concejal de Transportes, Fdo.: Carlos L. Herrero Cano

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