ANTECEDENTES DE HECHO

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "ANTECEDENTES DE HECHO"

Transcripción

1 Roj: STS 5988/ ECLI:ES:TS:2008:5988 Id Cendoj: Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 677/2003 Nº de Resolución: 1111/2008 Procedimiento: Casación Ponente: ANTONIO SALAS CARCELLER Tipo de Resolución: Sentencia SENTENCIA En la Villa de Madrid, a veinte de Noviembre de dos mil ocho. Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el recurso de Casación contra la sentencia dictada en grado de Apelación por la Sección Decimocuarta de la Audiencia Provincial de Barcelona, como consecuencia de autos de juicio de menor cuantía nº 658/98, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Barcelona; cuyo recurso fue interpuesto ante la mencionada Audiencia por la representación procesal de doña Sonia, representada ante esta Sala por la Procuradora de los Tribunales doña María Jesús González Díez y defendida por la Letrado doña Margarita Pérez Baudin; siendo parte recurrida doña Araceli, representada por el Procurador de los Tribunales don Francisco José Abajo Abril y defendida por el Letrado don Juan María Xiol Quingles. Autos en los que también ha sido parte la mercantil Unión de Créditos Inmobiliarios, S.A. Entidad de Financiación que no se ha personado ante este Tribunal Supremo. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Ante el Juzgado de Primera Instancia fueron vistos los autos, juicio de menor cuantía, promovidos a instancia de doña Sonia contra la entidad mercantil Unión de Créditos Inmobiliarios, S.A. Entidad de Financiación y doña Araceli. 1.- Por la parte actora se formuló demanda arreglada a las prescripciones legales, en la cual solicitaba, previa alegación de los hechos y fundamentos de derecho, que "1º.-... dicte Sentencia declarando la nulidad del título de constitución de la hipoteca; como consecuencia de dicha nulidad acuerde declarar la nulidad del procedimiento judicial sumario hipotecario del art. 131 de la L.H., que se siguió ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Sant Feliu de Guixols, bajo el nº 116/97 de autos, y la nulidad del auto de adjudicación y remate; y, disponga igualmente, como consecuencia de las anteriores, la cancelación de la inscripción registral correspondiente a la hipoteca -la nº 5, de la finca nº NUM000 del Registro de la Propiedad de Palamós-, así como las de todas aquellas que hayan sido provocadas por dicha hipoteca o por su ejecución, y decretar la cancelación de las inscripciones y anotaciones en el registro de la propiedad mencionado a las que haya podido dar el lugar el juicio sumario hipotecario, por las causas mencionadas en el cuerpo de este escrito.- 2º.- Con carácter subsidiario, y en el improbable caso que no fuera admitida la nulidad del título de constitutivo de la hipoteca, se interpone asimismo demanda de nulidad del procedimiento judicial sumario hipotecario del art. 131 de la L.H., seguido ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de los de Sant Feliu de Guixols, bajo el nº 116/97 de autos contra Unión de Créditos Inmobiliarios S.A., la adjudicataria Dª Araceli, y en su día, tras los trámites legales oportunos declare la nulidad sustancial de todo el procedimiento, al apreciar la causa de nulidad de falta de exigibilidad del crédito contenida en este escrito; -Y subsidiariamente también, en caso de que no se apreciara la nulidad total del procedimiento, la nulidad de actuaciones de dicho procedimiento judicial sumario, desde la providencia en que se acuerda el señalamiento de las subastas, comprendiendo todo lo actuado con posterioridad a ella en este caso; solicitando en todo caso la nulidad de la adjudicación e inscripciones registrales que pudieran resultar del procedimiento judicial sumario, con expresa inclusión de la subasta, el remate, y del Auto de aprobación del remate, así como de la escritura pública de compraventa si se otorgare; ordenándose en consecuencia al Registrador, la cancelación de las inscripciones que en virtud del procedimiento viciado de nulidad se hayan practicado en el Registro de la Propiedad de Palamós, sobre 1

2 la finca registral nº NUM000. -II.- Que se impongan a los demandados la totalidad de las costas por la tramitación de este litigio..." 2.- Admitida a trámite la demanda, la representación procesal de Unión de Créditos Inmobiliarios, S.A. Entidad de Financiación, contestó a la misma, oponiendo a las pretensiones deducidas de adverso los hechos y fundamentos de derecho que tuvo por conveniente para concluir solicitando que, "... dicte Sentencia desestimando íntegramente la demanda, debiendo serle impuestas las costas a la parte actora por preceptivas." La representación procesal de doña Araceli contestó asimismo la demanda y tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado dicte "... sentencia desestimando en su integridad la demanda y por tanto absolviendo a mi principal Doña Araceli de la misma, imponiendo en la sentencia las costas del proceso al actor..." 3.- Se presentó por la actora escrito de ampliación de demanda contra los demandados mencionados anteriormente y tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó convenientes terminó suplicando "... tenga por solicitada la acumulación a la demanda, de la acción de nulidad de las cláusulas indicadas con los números del 1 al 12 (...) y en su virtud se declare: 1º.- La nulidad de pleno derecho de cualquiera de las claúsulas 1 al 12, y en especial interesa que: a) En el supuesto de que se apreciara por este Juzgado la nulidad de la claúsula señalada como número 1, se condene a Unión de Créditos Inmobiliarios, Entidad de financiación, S.A., a devolver las cantidades entregadas por la demandante en concepto de cuotas de prima de seguro, más los intereses legales que correspondan desde la fecha de cada pago.- b) En caso de que se apreciara por este Juzgado la nulidad de pleno derecho de las claúsulas señaladas con el número 2 se condene a Unión de Créditos Inmobiliarios Entidad de Financiación, S.A., a devolver a mi representada, las cantidades entregadas en concepto de cuotas pagadas en el periodo tipo variable, junto con los intereses legales que correspondan desde la fecha en que mi mandante efectuo cada pago.- 2º.- En su caso, y como consecuencia de la declaración anterior, se declare la nulidad de pleno derecho del contrato de préstamo con hipoteca concertado por el demandante con Unión de Créditos Inmobiliarios, Entidad de Financiación (UCI) de fecha , a tenor del art. 10 bis 2. de la LGDCU; y se acuerde, en este supuesto: a) Condenar a UNIÓN DE CRÉDITOS INMOBILIARIOS, ENTIDAD DE FINANCIACIÓN, S.A. a devolver al demandante todas las cantidades abonadas desde que se concedió el préstamo, tanto por cuotas mensuales, como por las primas de seguro y los distintos gastos habidos, entre los que se encuentran los honorarios del Notario otorgante de la escritura de préstamo, honorarios del Registro de la Propiedad por la inscripción del préstamo, junto con los intereses legales desde la fecha en que mi mandante efectuó de cada pago, según lo que se acredite en esta litis; b) y en consecuencia, se ordene la cancelación, en el Registro de la Propiedad de San Feliu de Guixols, de la inscripción relativa a la constitución del préstamo con hipotecarias, y de las posteriores, y se condene a UNION DE CREDITOS INMOBILIARIOS, ENTIDAD DE FINANCIACION, S.A. (UCI), a pagar cuantos gastos se devenguen con motivo de dicha cancelación; c) Se declare por este Juzgado que el demandante no tiene obligación de cumplir con lo ofrecido.- 3º.- todo ello sin perjuicio de todos los pedimentos solicitados en nuestro suplico de la demanda, que aquí se da por reproducido en aras a la brevedad; y 4º.- Se condene a los demandados a pagar las costas de este procedimiento." Admitida a trámite la ampliación de la demanda, la representación procesal de doña Araceli contestó la misma oponiendo a las pretensiones deducidas de adverso los hechos y fundamentos de derecho que tuvo por conveniente para concluir solicitando que se dicte "... sentencia desestimando en su integridad las pretensiones introducidas por la representación procesal de la actora en su demanda y escrito de ampliación de la misma, y por tanto absolviendo a mi principal de la misma, imponiendo en la sentencia las costas del proceso al actor (...)- Y para el improbable caso de que se estime la demanda de la parte actora, y no se acoja la aducida por esta parte condición de tercero hipotecario de la Sra. Araceli, solicito que, al declarar la nulidad de actuaciones, se haga constar expresamente que la retroacción de las actuaciones al momento de la indefensión que dé lugar a la nulidad impetrada de contrario, se ordene asimismo la devolución de las cantidades entregadas como precio por la Sra. Araceli ; esto es, la devolución a mi principal representada de la cantidad de pesetas -UCI, en la total cantidad de ptas, y Doña Sonia en ptas, consecuencia ésta que es lógica y derivada de forma ineludible de la nulidad solicitada, pero que no ha sido expresamente peticionada por la parte actora." La representación procesal de la entidad Unión de Créditos Inmobiliarios, S.A. Entidad de Financiación contestó asimismo a la ampliación de la demanda alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó convenientes y terminó suplicando al Juzgado "... dicte Sentencia desestimando íntegramente tanto la demanda origen de las presentes actuaciones como la posterior ampliación, absolviendo a mi mandante 2

3 de todos los pedimentos formulados por la demandante, debiendo serle impuestas las costas a dicha parte actora por preceptivas." 4.- Recibido el pleito a prueba, se practicó la que, propuesta por las partes, fué declarada pertinente y con el resultado que obra en autos. 5.- El Juzgado de Primera Instancia dictó Sentencia con fecha 31 de julio de 2001, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que debo desestimar y desestimo la ampliación a la demanda formulada por Dª Sonia, representada por la Procuradora Dª Marta Pradera Rivero, contra "Unión de Créditos Inmobiliarios, S.A. Entidad de Financiación" y contra Dª Araceli, absolviendo a las demandadas de las pretensiones deducidas en su contra en la referida ampliación, lo que implica, pues ya se desestimó la demanda por sentencia de este Juzgado de fecha 27 de enero de 2000, la desestimación total de la demanda y de su ampliación. Se imponen todas las costas causadas en este procedimiento a la parte demandante." SEGUNDO.- Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación doña Sonia, y sustanciada la alzada, la Sección Decimocuarta de la Audiencia Provincial de Barcelona, dictó sentencia con fecha 13 de enero de 2003, cuyo Fallo es como sigue: "Que. DESESTIMANDO el recurso de apelación interpuesto por Dª Sonia contra la Sentencia dictada en fecha 31 de julio de 2001 por el Juzgado de primera instancia núm. 13 de Barcelona, en los autos de los que el presente rollo dimana, debemos CONFIRMAR Y CONFIRMAMOS íntegramente la misma, sin hacer expresa imposición de las costas." TERCERO.- La Procuradora doña Marta Pradera Rivero, en nombre y representación de doña Sonia, interpuso recurso de casación ante la Audiencia Provincial de Barcelona, al amparo de lo dispuesto en el artículo y 2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, fundando en los siguientes motivos: 1) Por infracción de los artículos 9.2 y 12 de la Ley Hipotecaria y 51.6 y 210 de su Reglamento, así como del artículo 30 de la Ley Hipotecaria; 2) Por infracción del artículo 114 de la Ley Hipotecaria y 220 de su Reglamento, en relación con los artículos 9 y 12 de la misma Ley; 3) Por infracción de las reglas 2 I y 3ª 2 del artículo 131 de la Ley Hipotecaria, en relación con el artículo 1435 de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881 y con el artículo 104 de la Ley Hipotecaria y 1876 del Código Civil; 4) Por infracción de los artículos 1283, 1285 y 1282 del Código Civil; 5) Por vulneración de los artículos 59 del Código de Comercio y 6.2 y 1288 del Código Civil; 6) Por infracción de los artículos 1129 del Código Civil y los artículos 127 y 135 de la Ley Hipotecaria; 7) Por vulneración de la regla 7ª del artículo 131 de la Ley Hipotecaria y del artículo y 2 de la Constitución Española; 8) Por infracción del artículo y 2 de la Constitución Española y el artículo 1253 del Código Civil, así como el de la Ley Orgánica del Poder Judicial; 9) Por infracción del artículo 10.2 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios de 24 de julio de 1984, así como los artículos 10 y 10 bis de la misma ley, modificada por la Ley 7/1998, de 13 de abril, en relación con el artículo 3 de la Directiva CEE 93/13; y 10) Por infracción de los artículos 10.4 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios de 24 de julio de 1984, en la redacción dada por la Ley 7/98, así como los artículos 10 bis.2, en relación con el artículo 51.1 de la Constitución Española. CUARTO.- Por esta Sala se dictó auto de fecha 31 de julio de 2007 por el que se acordó la admisión del referido recurso y dar traslado del mismo a la parte recurrida personada para que pudiera oponerse, lo que efectivamente hizo la demandada doña Araceli, bajo la representación del Procurador don Francisco José Abajo Abril. QUINTO.- No habiéndose solicitado por todas las partes la celebración de vista pública ni estimándola necesaria este Tribunal, se señaló para votación y fallo del recurso el día 11 de noviembre de 2008, en que ha tenido lugar. Ha sido Ponente el Magistrado Excmo. Sr. D. ANTONIO SALAS CARCELLER FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO.- La actora doña Sonia interpuso demanda contra la entidad Unión de Créditos Inmobiliarios S.A. y doña Araceli sobre nulidad del título de constitución de hipoteca y, subsidiariamente, nulidad del procedimiento judicial sumario hipotecario seguido ante el Juzgado de 1 Instancia n 1 de San Feliu de Guixols (autos n 116/97). Interesaba la declaración de nulidad de la constitución de la garantía hipotecaria de los intereses ya que en la escritura de préstamo con hipoteca se pactaron intereses variables a partir del sexto año sin fijar en la escritura el tipo máximo que podían alcanzar dichos intereses. Se solicitaba también la declaración de nulidad del procedimiento judicial sumario hipotecario interpuesto por Unión de Créditos Inmobiliarios S.A. contra la demandante al no resultar exigible el crédito por no estar vencido, sin que en la escritura existiera pacto alguno de vencimiento anticipado en caso de impago y que, en todo caso, de existir 3

4 dicho pacto sería nulo. Subsidiariamente se interesaba la declaración de nulidad parcial del procedimiento sumarial desde el momento anterior a la providencia de señalamiento de las subastas al no haber sido notificada válidamente su celebración a la deudora, causándole indefensión. La demanda inicial se amplió por escrito de fecha 10 de noviembre de 1998 solicitando que se declarara la nulidad de varias cláusulas del título relativas al contrato de préstamo o, en su caso, la nulidad de todo el contrato de préstamo con hipoteca como consecuencia de la declaración de nulidad de varias de sus cláusulas, así como la devolución de ciertas cantidades por la entidad acreedora hipotecaria cuya cuantía no se especificaba. Los demandados se opusieron a tales pretensiones y, seguido el proceso por sus trámites, el Juzgado de Primera Instancia n 13 de Barcelona dictó sentencia de fecha 27 de enero de 2000 por la que desestimó las pretensiones contenidas en el suplico de la demanda sin entrar a conocer de los solicitado en el escrito de ampliación. Dicha sentencia fue recurrida en apelación y la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 4 ) en sentencia de fecha 4 de abril de 2001 anuló la sentencia recurrida, por incongruencia omisiva, con devolución de los autos al Juzgado para que dictara nueva resolución. Así el Juzgado dictó nueva sentencia de fecha 31 de julio de 2001, por la que desestimó la demanda así como la ampliación. Recurrida ésta nuevamente en apelación, la Audiencia de Barcelona (Sección 17 ) desestimó el recurso en su sentencia de fecha 13 de enero de 2003, que es la ahora impugnada. SEGUNDO.- La parte recurrida, al oponerse al recurso, interesó en primer lugar, al amparo del artículo 485, párrafo segundo, de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que se declarara su inadmisión ya que, pese a venir fundado en el ordinal 2 del artículo de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la cuantía del asunto resultaba insuficiente para el acceso a la casación pues la propia actora la dejó fijada en la demanda en la suma de pesetas, sin exceder por tanto del mínimo de euros exigido por la citada norma. Se trata de una cuestión no planteada hasta ahora por las partes ante este Tribunal y, por tanto, tal causa de inadmisibilidad no ha sido rechazada con anterioridad como exige el párrafo segundo de dicha norma para su planteamiento, procediendo resolver sobre ella. TERCERO.- En el presente caso la propia parte actora fijó en la demanda la cuantía del proceso en la cantidad de pesetas sin que tal cuantía fuera discutida, por lo que se mantuvo como tal durante toda la sustanciación del mismo. En la ampliación de la demanda instó la nulidad de la hipoteca constituida alegando nuevos motivos y solicitando, según los casos, la devolución por la entidad acreedora hipotecaria de cantidades que quedaron indeterminadas. Tanto bajo la vigencia de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881 como en la actual de 7 enero 2000, la cuantía ha de fijarse, como norma, al inicio del proceso, mediante la aplicación de las disposiciones vigentes en ese momento y sometida al principio de contradicción, por cuanto no es atendible el argumento según el cual en el momento de interposición de la demanda no era previsible la actual regulación del acceso al recurso de casación, debiéndose recordar en este punto que es doctrina del Tribunal Constitucional que no existe precepto constitucional que fundamente el derecho de los justiciables a la inmodificabilidad del sistema de ordenación de los recursos legalmente establecidos (ATC 279/85), lo que no impide que posteriores incidencias - allanamientos parciales o reducción del objeto litigioso al acceder el pleito a la segunda instanciaproduzcan una variación en la cuantía inicialmente establecida, como igualmente, una cuantía inicialmente indeterminada puede llegar a concretarse cuando las partes litigantes despliegan una actividad eficaz a tal efecto, sin que ninguno de los dos supuestos se haya dado en este litigio ni pueda atenderse al intento de cuantificación extemporánea del litigio hecho por la parte ahora recurrente. La fijación de la cuantía siempre debe hacerse con sujeción a las normas vigentes al momento de presentarse la demanda (AATS de 22 de enero, en recurso 2337/2001, de 14 de mayo de 2002, en recurso 209/2002 y de 28 de mayo de 2002, en recursos 422/2002 y 352/2002), y, consecuentemente, a través de los actos procesales procedentes y sometida al debido principio de contradicción, especialmente cuando el legislador de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000 ni siquiera ha previsto un trámite equivalente al que contemplaba el artículo 1694 de la Ley de 1881; siendo a este respecto doctrina del Tribunal Constitucional y de esta Sala, específica para el acceso a casación en función de la cuantía litigiosa, que si ésta ha quedado fijada por las partes en la fase inicial del pleito por debajo del límite marcado por la ley para que proceda tal recurso extraordinario, ninguno de los litigantes podrá luego revisarla al alza con objeto de recurrir en casación la sentencia de segunda instancia que le haya sido desfavorable (STC 93/93, SSTS , , , y e innumerables Autos desestimatorios de recursos de queja tramitados bajo la vigencia de la LEC de 1881), y que ya ha sido aplicada por esta Sala en Autos desestimatorios de recursos de queja con la vigencia de la LEC 2000 (Cfr. AATS de 17 de septiembre de 2002, en recurso 654/2002, de 24 de septiembre de 2002, en recurso 656/2002, 4

5 y de 1 de octubre de 2002, en recurso 794/2002, entre otros), como ocurre en el presente litigio en el que, como se ha dicho, la cuantía quedó fijada por voluntad de los litigantes por debajo de los límites que ahora autorizan el acceso a la casación. El derecho a los recursos, de neta caracterización y contenido legal (SSTC 3/83 y 216/98, entre otras), está condicionado al cumplimiento de los requisitos de admisibilidad establecidos por el legislador y delimitados por vía interpretativa por esta Sala, a la que corresponde la última palabra sobre la materia, con el único límite consistente en la proscripción de la arbitrariedad y la evitación de los errores materiales (SSTC 37/95, 186/95, 23/99 y 60/99), sin que la interpretación de las normas rectoras del acceso a la casación tenga que ser necesariamente la más favorable al recurrente (SSTC 230/93, 37/95, 138/95, 211/96, 132/97, 63/2000, 258/2000 y 6/2001); siendo así que el principio "pro actione", en relación con el derecho a la tutela judicial efectiva, no opera con igual intensidad en las fases iniciales del pleito que en las posteriores (SSTC 3/83, 294/94 y 23/99), habiéndose añadido, por último, que el referido derecho constitucional se satisface incluso con un pronunciamiento sobre la inadmisibilidad del recurso, y no necesariamente sobre el fondo, cuando obedezca a razones establecidas por el legislador y proporcionadas en relación con los fines constitucionalmente protegibles a que los requisitos procesales tienden (SSTC 43/85, 213 /98 y 216/98). CUARTO.- Por todo lo anteriormente razonado procede la inadmisión del recurso que, en este momento procesal, comporta la necesaria desestimación del mismo. En cuanto a las costas causadas, dada su inicial admisión sin que por esta Sala se adoptara la decisión prevista en el artículo º de la Ley de Enjuiciamiento Civil, procede no hacer especial pronunciamiento de conformidad con lo establecido en el artículo en relación con el artículo de la citada Ley. Por lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad conferida por el pueblo español FALLAMOS Que DEBEMOS DECLARAR Y DECLARAMOS no haber lugar al recurso de casación interpuesto por la representación procesal de doña Sonia contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 14ª) con fecha 13 de enero de 2003 en el Rollo de Apelación nº 196/02, dimanante de autos de juicio de menor cuantía nº 658/98 seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 13 de dicha ciudad a instancia de la hoy recurrente contra la entidad Unión de Créditos Inmobiliarios S.A. y doña Araceli, la que confirmamos sin especial declaración sobre costas del presente recurso. Así por esta nuestra sentencia, que se insertará en la COLECCIÓN LEGISLATIVA pasándose al efecto las copias necesarias, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.- Xavier O'Callaghan Muñoz.- Antonio Salas Carceller.- Antonio Gullón Ballesteros. PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por el EXCMO. SR. D. Antonio Salas Carceller, Ponente que ha sido en el trámite de los presentes autos, estando celebrando Audiencia Pública la Sala Primera del Tribunal Supremo, en el día de hoy; de lo que como Secretario de la misma, certifico. 5

RECURSOS. No se hace expresa imposición de costas a ninguna de las partes litigantes.

RECURSOS. No se hace expresa imposición de costas a ninguna de las partes litigantes. RECURSOS Resolución de 2 de febrero de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Hipotecaria, la sentencia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia, de 25 de febrero de 2013, que ha devenido

Más detalles

Secretaría de Sala : Ilma. Sra. Dña. Sonsoles de la Cuesta y de Quero

Secretaría de Sala : Ilma. Sra. Dña. Sonsoles de la Cuesta y de Quero Id. Cendoj: 28079120012015100214 Organo: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal Sede: Madrid Sección: 1 Tipo de Resolución: Sentencia Fecha de resolución: 06/05/2015 Nº Recurso: 101/2015 Ponente: LUCIANO VARELA

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Presidente Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán A U T O Auto: CASACIÓN Fecha Auto: 12/04/2016 Recurso Num.: 2367/2014 Fallo/Acuerdo: Auto Suspensión Ponente

Más detalles

Centro de Documentación Judicial

Centro de Documentación Judicial Id Cendoj: 28079110012010100230 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 680/2006 Nº de Resolución: 246/2010 Procedimiento: CIVIL Ponente: ANTONIO SALAS CARCELLER

Más detalles

TRIBUNAL SUPREMO Sentencia 414/2015, de 14 de julio de 2015 Sala de lo Civil Rec. n.º 885/2013 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE: Arrendamiento de vivienda. Acción de desahucio por falta de pago de rentas. Falta

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección: QUINTA S E N T E N C I A

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección: QUINTA S E N T E N C I A T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección: QUINTA S E N T E N C I A Sentencia de la Sala Tercera, Sección Quinta del Tribunal Supremo de 13 de Junio de 2000 Recurso de

Más detalles

Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia de 27 Julio 2009, rec. 543/2005

Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia de 27 Julio 2009, rec. 543/2005 Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia de 27 Julio 2009, rec. 543/2005 Ponente: Corbal Fernández, Jesús. Nº de Sentencia: 576/2009 Nº de Recurso: 543/2005 Jurisdicción: CIVIL Derecho de

Más detalles

M6. Providencia de admisión a trámite del recurso de reposición presentado por el demandado

M6. Providencia de admisión a trámite del recurso de reposición presentado por el demandado El Peritaje en el Proceso Civil M6. Providencia de admisión a trámite del recurso de reposición presentado por el demandado Juzgado de Primera Instancia núm... de (lugar). (dirección completa) PROVIDENCIA

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Presidente Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán A U T O Autos: CASACIÓN Fecha Auto: 24/09/2013 Recurso Num.: 2887/2012 Fallo/Acuerdo: INADMISIÓN Ponente Excmo.

Más detalles

Tribunal Supremo (Sala de lo Civil, Sección 1ª).Sentencia núm. 109/2011 de 2 marzo RJ\2011\2616

Tribunal Supremo (Sala de lo Civil, Sección 1ª).Sentencia núm. 109/2011 de 2 marzo RJ\2011\2616 Tribunal Supremo (Sala de lo Civil, Sección 1ª)Sentencia núm 109/2011 de 2 marzo RJ\2011\2616 NULIDAD DE ACTUACIONES: PROCEDENCIA: inadmisión en el acto de la audiencia previa, de los documentos acompañados

Más detalles

www.civil-mercantil.com

www.civil-mercantil.com TRIBUNAL SUPREMO Sentencia 274/2015, de 28 de mayo de 2015 Sala de lo Civil Rec. n.º 1703/2013 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE: Contrato de mediación y asesoramiento en la compra de un paquete de inmuebles.

Más detalles

Tribunal Supremo. TS (Sala de lo Civil) Sentencia de 11 septiembre 2014

Tribunal Supremo. TS (Sala de lo Civil) Sentencia de 11 septiembre 2014 Tribunal Supremo TS (Sala de lo Civil) Sentencia de 11 septiembre 2014 Jurisdicción: Civil Recurso de Casación 1438/2013 Ponente: Excmo Sr. Ignacio Sancho Gargallo El TS estima el recurso extraordinario

Más detalles

Centro de Documentación Judicial

Centro de Documentación Judicial Id Cendoj: 28079110012008100618 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 52/2002 Nº de Resolución: 713/2008 Procedimiento: Casación Ponente: JOSE RAMON FERRANDIZ

Más detalles

Roj: STS 2954/ ECLI: ES:TS:2015:2954

Roj: STS 2954/ ECLI: ES:TS:2015:2954 Roj: STS 2954/2015 - ECLI: ES:TS:2015:2954 Id Cendoj: 28079110012015100350 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Fecha: 23/06/2015 Nº de Recurso: 1099/2014 Nº de Resolución:

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO S E N T E N C I A Nº 16/2009 Presidente D. JOSE FRANCISCO COBO SAENZ Magistrados D. FRANCISCO JOSÉ GOYENA SALGADO Dª BLANCA GESTO ALONSO En Pamplona/Iruña, a 29 de enero de 2009. La Sección Segunda de

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Roj: STS 2454/2015 - ECLI:ES:TS:2015:2454 Id Cendoj: 28079110012015100307 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 1891/2013 Nº de Resolución: 308/2015 Procedimiento:

Más detalles

Sentencia T.S. 355/2013, 17-V: Antecedentes de Hecho Fundamentos de Derecho Fallamos INDICE. Página 1

Sentencia T.S. 355/2013, 17-V: Antecedentes de Hecho Fundamentos de Derecho Fallamos INDICE. Página 1 Sentencia T.S. 355/2013, 17-V: Antecedentes de Hecho Fundamentos de Derecho Fallamos INDICE Página 1 RESUMEN: Sentencia T.S. 355/2013 (Sala 1) de 17 de mayo Pensión compensatoria: Criterios para su concesión.

Más detalles

En la Villa de Madrid, a doce de septiembre de dos mil trece.

En la Villa de Madrid, a doce de septiembre de dos mil trece. En la Villa de Madrid, a doce de septiembre de dos mil trece. Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, reunida en Pleno e integrada por los Magistrados al margen indicados, el recurso de casación

Más detalles

Centro de Documentación Judicial

Centro de Documentación Judicial Roj: STS 7017/2011 Id Cendoj: 28079110012011100711 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 1417/2008 Nº de Resolución: 755/2011 Procedimiento: CIVIL Ponente: JESUS

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Roj: STS 3060/2012 - ECLI:ES:TS:2012:3060 Id Cendoj: 28079110012012100295 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 1482/2009 Nº de Resolución: 307/2012 Procedimiento:

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil PLENO

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil PLENO T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil PLENO Presidente Excmo. Sr. D. Juan Antonio Xiol Ríos SENTENCIA Sentencia Nº: 222/2010 Fecha Sentencia: 19/04/2010 CASACIÓN Recurso Nº: 2079/2005 Fallo/Acuerdo:

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Reclamaciones nº 586 y 587/2014 Resolución nº 599/2014 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 30 de julio de 2014. VISTAS las reclamaciones interpuesta por D. A.F.S.C.,

Más detalles

TS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia num. 662/2014 de 12 noviembre

TS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia num. 662/2014 de 12 noviembre TS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia num. 662/2014 de 12 noviembre ARRENDAMIENTO FINANCIERO O «LEASING»: RESOLUCION: impago parcial de una cuota anual del local cedido, abonándose totalmente tras

Más detalles

PRÁCTICA 5. EMPRESARIO INDIVIDUAL

PRÁCTICA 5. EMPRESARIO INDIVIDUAL DERECHO MERCANTIL Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos PRÁCTICA 5. EMPRESARIO INDIVIDUAL Autora: Mercedes Sánchez Ruiz I. PLANTEAMIENTO El 22 noviembre 1989 D. Juan Ignacio concertó una póliza

Más detalles

ÍNDICE ANTECEDENTES DE HECHO... 2 FUNDAMENTOS DE DERECHO... 3 FALLO... 5

ÍNDICE ANTECEDENTES DE HECHO... 2 FUNDAMENTOS DE DERECHO... 3 FALLO... 5 EDJ 2006/31747 Tribunal Supremo Sala 1ª, S 27-3-2006, nº 289/2006, rec. 3282/1999 Pte: Ferrándiz Gabriel, José Ramón Resumen El TS declara haber lugar parcialmente al recurso de casación interpuesto, en

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Roj: STS 783/2016 - ECLI:ES:TS:2016:783 Id Cendoj: 28079110012016100096 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 45/2014 Nº de Resolución: 85/2016 Procedimiento:

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Roj: STS 3066/2012 - ECLI:ES:TS:2012:3066 Id Cendoj: 28079110012012100301 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 1437/2009 Nº de Resolución: 279/2012 Procedimiento:

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Roj: STS 5145/2015 - ECLI:ES:TS:2015:5145 Id Cendoj: 28079110012015100660 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 1750/2013 Nº de Resolución: 574/2015 Procedimiento:

Más detalles

A U T O Nº 57/2005 ANTECEDENTES DE HECHO

A U T O Nº 57/2005 ANTECEDENTES DE HECHO A U T O Nº 57/2005 Presidente D. JUAN JOSE GARCIA PEREZ Magistrados D. AURELIO HERMINIO VILA DUPLA D. JESUS SANTIAGO DELGADO CRUCES En Pamplona/Iruña, a 29 de marzo de 2005. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.-

Más detalles

Señor Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia.

Señor Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia. Vista Núm. 727 12 de octubre de 2006 Proceso ejecutivo por cobro coactivo Concepto de la Procuraduría de la Administración Recurso de Apelación, interpuesto por la licenciada Alma Cortés, en representación

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Presidente Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán A U T O Autos: CASACIÓN Fecha Auto: 11/10/2016 Recurso Num.: 3083/2015 Fallo/Acuerdo: INADMISIÓN Ponente Excmo.

Más detalles

SENTENCIA número 349/15

SENTENCIA número 349/15 S.LLOPIS PROCURADOR D/Dña. JUAN ANDRES BARTOLOME HERNANDEZ Su Ref: ; Mi ref; 338 Aviso: Notificación LexNet. No se remitirá impresa en papel. NOTIFICADO: 26/0/5 ROLLO núm. 575/5 - K - SENTENCIA número

Más detalles

T.S.J.ASTURIAS CON/AD (SEC.UNICA) OVIEDO

T.S.J.ASTURIAS CON/AD (SEC.UNICA) OVIEDO LOPD ADMINISTRACJON T.S.J. CON/AD (SEC.UNICA) OVIEDO SENTENCIA: 00852/2015 TRIBUNAL SUPERIOR DE Sala de lo Contencioso-Administrativo APELACION N 199/15 APELANTE: LOPD PROCURADOR: LOPD APELADOS: ZURICH

Más detalles

ASUNTO: IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS Anulación de Decreto de la Alcaldía por impugnación del proceso de negociación de la oferta de empleo público.

ASUNTO: IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS Anulación de Decreto de la Alcaldía por impugnación del proceso de negociación de la oferta de empleo público. ASUNTO: IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS Anulación de Decreto de la Alcaldía por impugnación del proceso de negociación de la oferta de empleo público. 174/2010 de 13 enero Tribunal Superior de Justicia de C. Valenciana

Más detalles

Id. Cendoj: Organo: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Tipo de Resolución: Sentencia

Id. Cendoj: Organo: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Tipo de Resolución: Sentencia Id. Cendoj: 28079110012014100268 Organo: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Tipo de Resolución: Sentencia Fecha de resolución: 07/05/2014 Nº Recurso: 828/2012 Ponente: FRANCISCO

Más detalles

Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Primera. Sentencia número 1276/2.

Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Primera. Sentencia número 1276/2. Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Sala de lo Contencioso-Administrativo Sentencia número 1276/2.011 Ilmos. Sres. Presidente Don Mariano Ferrando Marzal Magistrados Don José Bellmont

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Roj: STS 4233/2014 - ECLI:ES:TS:2014:4233 Id Cendoj: 28079110012014100524 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 1229/2013 Nº de Resolución: 413/2014 Procedimiento:

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil PLENO

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil PLENO T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil PLENO Presidente Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán SENTENCIA Sentencia Nº: 535/2013 Fecha Sentencia: 12/09/2013 CASACIÓN Recurso Nº: 1347/2010 Fallo/Acuerdo:

Más detalles

Procedencia: Audiencia Provincial de Navarra (2ª) : Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls

Procedencia: Audiencia Provincial de Navarra (2ª) : Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls Roj: STS 4446/2015 - ECLI:ES:TS:2015:4446 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 113/2014 Nº de Resolución: 597/2015 Fecha de Resolución: 04/11/2015 Procedimiento:

Más detalles

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ACUERDA LA DEVOLUCIÓN A LA ENTIDAD TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. DE LA SANCIÓN ECONÓMICA IMPUESTA A DICHA ENTIDAD POR

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ACUERDA LA DEVOLUCIÓN A LA ENTIDAD TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. DE LA SANCIÓN ECONÓMICA IMPUESTA A DICHA ENTIDAD POR RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ACUERDA LA DEVOLUCIÓN A LA ENTIDAD TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. DE LA SANCIÓN ECONÓMICA IMPUESTA A DICHA ENTIDAD POR LA COMISIÓN DEL MERCADO DE LAS TELECOMUNICACIONES MEDIANTE

Más detalles

SENTENCIA NÚM. 4. ILTMO. SR. PRESIDENTE: D.

SENTENCIA NÚM. 4. ILTMO. SR. PRESIDENTE: D. Roj: STSJ M 2909/2015 - ECLI:ES:TSJM:2015:2909 Id Cendoj: 28079330032015100148 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso Sede: Madrid Sección: 3 Nº de Recurso: 394/2013 Nº de Resolución:

Más detalles

Roj: STS 5418/ ECLI: ES:TS:2009:5418

Roj: STS 5418/ ECLI: ES:TS:2009:5418 Roj: STS 5418/2009 - ECLI: ES:TS:2009:5418 Id Cendoj: 28079110012009100567 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Fecha: 02/09/2009 Nº de Recurso: 426/2006 Nº de Resolución:

Más detalles

3.1.- SENTENCIA DICTADA POR EL JUZGADO DE LO PENAL Nº 3 DE ALGECIRAS, EN P.A. AYUNTAMIENTO CONTRA DON CALIN FLORIN.

3.1.- SENTENCIA DICTADA POR EL JUZGADO DE LO PENAL Nº 3 DE ALGECIRAS, EN P.A. AYUNTAMIENTO CONTRA DON CALIN FLORIN. 3.1.- SENTENCIA DICTADA POR EL JUZGADO DE LO PENAL Nº 3 DE ALGECIRAS, EN P.A. 63/15 DIMANANTE DE DILIGENCIA PREVIAS 1868/13 INTERPUESTO POR ESTE EXCMO. AYUNTAMIENTO CONTRA DON CALIN FLORIN. Abreviado 63/2015

Más detalles

jurídica, dando satisfacción al tiempo al derecho de los ciudadanos a la igualdad en la aplicación de la ley.

jurídica, dando satisfacción al tiempo al derecho de los ciudadanos a la igualdad en la aplicación de la ley. Preámbulo El articulo 149, 1,6º de la Constitución Española, después de establecer que la legislación procesal es competencia exclusiva del Estado, añade: sin perjuicio de las necesarias especialidades

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE ECONOMIA E DE Y HACIENDA Recurso nº 245/2011 Resolución nº 278/2011 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 16 de noviembre de 2011. VISTA la cuestión de nulidad interpuesta por Don L.M.V.G., en representación

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Roj: STS 4001/2015 - ECLI:ES:TS:2015:4001 Id Cendoj: 28079110012015100515 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 1871/2013 Nº de Resolución: 525/2015 Procedimiento:

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Roj: STS 3795/2015 - ECLI:ES:TS:2015:3795 Id Cendoj: 28079110012015100470 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 2244/2013 Nº de Resolución: 495/2015 Procedimiento:

Más detalles

Tribunal Supremo. TS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia num. 409/2016 de 15 junio

Tribunal Supremo. TS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia num. 409/2016 de 15 junio Tribunal Supremo TS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia num. 409/2016 de 15 junio JUR\2016\138736 COMPRAVENTA. IBI. Posibilidad de repercutirlo al comprador, por el tiempo que este sea el nuevo propietario

Más detalles

A U D I E N C I A N A C I O N A L. Sala de lo Contencioso-Administrativo SECCIÓN QUINTA

A U D I E N C I A N A C I O N A L. Sala de lo Contencioso-Administrativo SECCIÓN QUINTA A U D I E N C I A N A C I O N A L Sala de lo Contencioso-Administrativo SECCIÓN QUINTA Núm. de Recurso: 0000131/2013 Tipo de Recurso: APELACION Núm. Registro General : 00394/2013 Apelante: MINISTERIO DEL

Más detalles

Gabinete Jurídico LEX IURIS

Gabinete Jurídico LEX IURIS providencia de mero impulso procedimental. Infracción del art. 217 LECRIM. El derecho al recurso es parte integrante del derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE), que se configura como un derecho

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Roj: STS 1449/2015 - ECLI:ES:TS:2015:1449 Id Cendoj: 28079140012015100148 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 729/2014 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL

Más detalles

Alcance de la prohibición de transmitir acciones antes de estar inscrita la escritura de constitución de las sociedades anónimas: art. 62 CSA.

Alcance de la prohibición de transmitir acciones antes de estar inscrita la escritura de constitución de las sociedades anónimas: art. 62 CSA. Cendoj: 28079110012009100680 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Resolución: 717/2009 Fecha de Resolución: 03/11/2009 Nº de Recurso: 1754/2005 Jurisdicción: Civil Ponente:

Más detalles

5(62/8&,Ï1 $'237$'$ 325 (/ &20,7e $1'$/8= '( ',6&,3/,1$

5(62/8&,Ï1 $'237$'$ 325 (/ &20,7e $1'$/8= '( ',6&,3/,1$ 5(62/8&,Ï1 $'237$'$ 325 (/ &20,7e $1'$/8= '( ',6&,3/,1$ '(3257,9$(1(/(;3(',(17(1Ò0(52 En la ciudad de Sevilla, a 25 de mayo de 2007. Reunido el &20,7e $1'$/8= '( ',6&,3/,1$ '(3257,9$, bajo la presidencia

Más detalles

JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 1 GIJON

JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 1 GIJON LOPD JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 1 GIJON SENTENCIA: 00123/2013 - N11600 PLAZA DECANO EDUARDO IBASETA Nº 1 ( NUEVO PALACIO DE JUSTICIA) 3ª PLANTA.- GIJÓN N.I.G: 33024 45 3 2013 0000003 Procedimiento: PROCEDIMIENTO

Más detalles

C.1. Demanda de impugnación de acuerdos de junta general de sociedad anónima

C.1. Demanda de impugnación de acuerdos de junta general de sociedad anónima Worker inteligente. Derecho Procesal Mercantil C.1. Demanda de impugnación de acuerdos de junta general de sociedad anónima Artículos: 6, 7, 23, 36, 249.1.3º y 253 LEC; 21.1 y 86 ter 2.1 LOPJ; 6.3 C. Civ.;

Más detalles

M11. Respuesta judicial al anuncio de presentación diferida de un dictamen pericial

M11. Respuesta judicial al anuncio de presentación diferida de un dictamen pericial El Peritaje en el Proceso Civil M11. Respuesta judicial al anuncio de presentación diferida de un dictamen pericial Dentro de la resolución que admite a trámite la demanda, o en su caso la que une a los

Más detalles

Tribunal Supremo SENTENCIA

Tribunal Supremo SENTENCIA Tribunal Supremo TS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia núm. 640/2014 de 4 noviembre RJ\2014\6157 Jurisdicción: Civil Recurso de Casación 1606/2012 Ponente: Excmo. Sr. José Luis Calvo Cabello SENTENCIA

Más detalles

FORMULARIO 7. Escrito de contestación a la demanda arbitral, formulando reconvención.

FORMULARIO 7. Escrito de contestación a la demanda arbitral, formulando reconvención. Ignacio Cubillo López FORMULARIO 7. Escrito de contestación a la demanda arbitral, formulando reconvención. AL ARBITRO D. D., Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de, con núm. de colegiación, y domicilio

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Sentencia del Tribunal Supremo de 12 de julio de 2013. Recurso 364/2011. Ponente: Antonio Salas Carceller SENTENCIA En la Villa de Madrid, a 12 de Julio de dos mil trece. Visto por la Sala Primera del

Más detalles

Resumen: SENTENCIA. En la Villa de Madrid, a dieciocho de Enero de dos mil seis.

Resumen: SENTENCIA. En la Villa de Madrid, a dieciocho de Enero de dos mil seis. Id. Cendoj: 28079140012006100006 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 4719/2004 Nº de Resolución: Fecha de Resolución: 18/01/2006 Procedimiento: SOCIAL Ponente:

Más detalles

Los recursos en el proceso de propiedad industrial. Vicente Pérez Daudí.

Los recursos en el proceso de propiedad industrial. Vicente Pérez Daudí. Los recursos en el proceso de propiedad industrial. Vicente Pérez Daudí. perezdaudi@ub.edu Esquema. 1- Teoría general. 2- Recursos contra las resoluciones. 3- El recurso de reposición. 4- El recurso de

Más detalles

Roj: STS 2906/ ECLI: ES:TS:2012:2906

Roj: STS 2906/ ECLI: ES:TS:2012:2906 Roj: STS 2906/2012 - ECLI: ES:TS:2012:2906 Id Cendoj: 28079110012012100276 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Fecha: 20/04/2012 Nº de Recurso: 2099/2010 Nº de Resolución:

Más detalles

Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 7ª, Sentencia de 23 Oct. 2006, rec. 4032/2001. Texto

Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 7ª, Sentencia de 23 Oct. 2006, rec. 4032/2001. Texto Página 1 de 5 Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 7ª, Sentencia de 23 Oct. 2006, rec. 4032/2001 Ponente: Calvo Rojas, Eduardo. Nº de recurso: 4032/2001 Jurisdicción:

Más detalles

TS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia núm. 361/2014 de 8 julio Jurisdicción: Civil Ponente: Excmo Sr. Ignacio Sancho Gargallo

TS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia núm. 361/2014 de 8 julio Jurisdicción: Civil Ponente: Excmo Sr. Ignacio Sancho Gargallo Tribunal Supremo TS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia núm. 361/2014 de 8 julio Jurisdicción: Civil Ponente: Excmo Sr. Ignacio Sancho Gargallo SENTENCIA En la Villa de Madrid, a ocho de Julio de

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Roj: STS 3222/2015 - ECLI:ES:TS:2015:3222 Id Cendoj: 28079110012015100430 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 2312/2013 Nº de Resolución: 403/2015 Procedimiento:

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Roj: STS 624/2012 Id Cendoj: 28079110012012100054 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 1381/2010 Nº de Resolución: 42/2012 Procedimiento: Casación Ponente:

Más detalles

TS CASO Página web El titular de un foro no es responsable de las opiniones vertidas por terceros

TS CASO Página web  El titular de un foro no es responsable de las opiniones vertidas por terceros TS 18-5-2010. CASO Página web www.quejasonline.com. El titular de un foro no es responsable de las opiniones vertidas por terceros --------------------------------------------------------------------------------

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Roj: STS 2982/2015 - ECLI:ES:TS:2015:2982 Id Cendoj: 28079110012015100374 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 1478/2013 Nº de Resolución: 357/2015 Procedimiento:

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Roj: STS 3937/2014 - ECLI:ES:TS:2014:3937 Id Cendoj: 28079110012014100500 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 1230/2013 Nº de Resolución: 547/2014 Procedimiento:

Más detalles

SENTENCIA 618/2005 DEL TRIBUNAL SUPREMO, SALA DE LO CIVIL. DELITO DE FALSIFICACIÓN DE UNA LETRA DE CAMBIO (PODER JUDICIAL DE 19 DE JULIO DE 2005)

SENTENCIA 618/2005 DEL TRIBUNAL SUPREMO, SALA DE LO CIVIL. DELITO DE FALSIFICACIÓN DE UNA LETRA DE CAMBIO (PODER JUDICIAL DE 19 DE JULIO DE 2005) SENTENCIA 618/2005 DEL TRIBUNAL SUPREMO, SALA DE LO CIVIL. DELITO DE FALSIFICACIÓN DE UNA LETRA DE CAMBIO (PODER JUDICIAL DE 19 DE JULIO DE 2005) Id. Cendoj: 28079110012005100623 Organo: Tribunal Supremo.

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Civil Presidente Excmo. Sr. D. Juan Antonio Xiol Ríos A U T O Autos: CASACIÓN Fecha Auto: 16/04/2013 Recurso Num.: 2142/2012 Fallo/Acuerdo: INADMISIÓN Ponente Excmo.

Más detalles

CONCEPTO Y CLASES DE COMPETENCIA

CONCEPTO Y CLASES DE COMPETENCIA Lección 2 Concepto y clases de competencia.- Competencia objetiva y determinación del procedimiento.- La competencia objetiva: por razón de la materia y por razón de la cuantía; determinación del valor.-

Más detalles

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN PRIMERA. Compuesta por los Iltmos. Sres.

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN PRIMERA. Compuesta por los Iltmos. Sres. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA REGIÓN DE MURCIA Sala de lo Contencioso-administrativo Ponente: José María Pérez-Crespo Payá Sentencia de 17 de enero de 2014 Recurso 130/2013 Sentencia 20/2014 LA SALA

Más detalles

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL Bogotá D.C., marzo seis (06) de dos mil ocho (2008) MAGISTRADO PONENTE : RICARDO ZOPÓ MÉNDEZ RADICADO : CLASE DE PROCESO : ORDINARIO DEMANDANTE : JORGE

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Roj: STS 5183/2013 - ECLI:ES:TS:2013:5183 Id Cendoj: 28079110012013100595 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 1728/2011 Nº de Resolución: 666/2013 Procedimiento:

Más detalles

Ponente Excmo. Sr. D. : Francisco Javier Orduña Moreno

Ponente Excmo. Sr. D. : Francisco Javier Orduña Moreno Id. Cendoj: 28079110012013100728 Organo: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Tipo de Resolución: Sentencia Fecha de resolución: 04/12/2013 Nº Recurso: 2750/2012 Ponente: FRANCISCO

Más detalles

Roj: STS 5922/ ECLI: ES:TS:2013:5922

Roj: STS 5922/ ECLI: ES:TS:2013:5922 Roj: STS 5922/2013 - ECLI: ES:TS:2013:5922 Id Cendoj: 28079110012013100733 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Fecha: 18/12/2013 Nº de Recurso: 8/2011 Nº de Resolución: 824/2013

Más detalles

Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Jurisprudencia

Ediciones Jurisprudencia del Trabajo, C.A. Jurisprudencia ACCIDENTES DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA ENTRE CONTRATANTE Y CONTRATISTA 1. La solidaridad entre contratista y beneficiaria por accidentes sufridos por los trabajadores

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Núm. 306 Viernes 17 de diciembre de 2010 Sec. TC. Pág. 254 Suplemento TRIBUNAL CONSTITUCIONAL 19452 Sala Primera. Auto 154/2010, de 15 de noviembre de 2010. Desestima el recurso de súplica del Fiscal sobre

Más detalles

Es Ponente la Excma. Sra. Dª. Rosa Maria Viroles Piñol, Magistrada de Sala.

Es Ponente la Excma. Sra. Dª. Rosa Maria Viroles Piñol, Magistrada de Sala. Jurisprudencia Fecha: 19/05/2009 Marginal: 28079140012009100392 Jurisdicción: Social Ponente: ROSA MARIA VIROLES PIÑOL Origen: Tribunal Supremo Tipo Resolución: Sentencia Sala: Cuarta Cabecera: RECURSO

Más detalles

Sentencia T.S. (Sala 4) de 6 de mayo de 2010

Sentencia T.S. (Sala 4) de 6 de mayo de 2010 INDICE Sentencia T.S. 6-V-10: ACCIDENTE DE TRABAJO. DESESTIMACIÓN. ROTURA DE UNA PRÓTESIS EN EL TRABAJO Antecedentes de Hecho Fundamentos de Derecho Fallamos Página 1 RESUMEN: Sentencia T.S. (Sala 4) de

Más detalles

www.civil-mercantil.com

www.civil-mercantil.com TRIBUNAL SUPREMO Sentencia 424/2015, de 22 de julio de 2015 Sala de lo Civil Rec. n.º 2003/2013 SUMARIO: PRECEPTOS: PONENTE: Concurso. Oposición a la rendición de cuentas de la administración concursal

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Social

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Social T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Social SENTENCIA: Presidente Excmo. Sr. D.: Joaquín Samper Juan Fecha Sentencia: 18/11/2005 Recurso Num.: UNIFICACIÓN DOCTRINA 728/2004 Fallo/Acuerdo: EST Votación:

Más detalles

R E S U L T A N D O :

R E S U L T A N D O : SENTENCIA DEFINITIVA No. 249/2015 quince.- Saltillo, Coahuila; a ocho de octubre de dos mil V I S T O S los autos del juicio ORAL MERCANTIL, expediente número 1369/2014, promovido por el Licenciado Apolinar

Más detalles

3ª) Anuncio e interposición de la apelación, oposición al recurso e impugnación del laudo.

3ª) Anuncio e interposición de la apelación, oposición al recurso e impugnación del laudo. ARTICULO 39.-Segunda instancia arbitral. En relación con el convenio arbitral suscrito a favor de la Corte Española de Arbitraje y en el seno del arbitraje administrado por dicha Corte, según su Reglamento

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Roj: STS 1290/2016 - ECLI:ES:TS:2016:1290 Id Cendoj: 28079110012016100181 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 3/2014 Nº de Resolución: 165/2016 Procedimiento:

Más detalles

3.- Librar certificación de esta resolución, que quedará unida a las actuaciones, llevándose su original al libro de resoluciones definitivas.

3.- Librar certificación de esta resolución, que quedará unida a las actuaciones, llevándose su original al libro de resoluciones definitivas. En la ciudad de Valencia, a 4 de febrero de 2013. Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª María Antonia Gaitón Redondo, el

Más detalles

CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL

CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL Roj: STS 2390/2014 - ECLI:ES:TS:2014:2390 Id Cendoj: 28079110012014100267 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 489/2012 Nº de Resolución: 202/2014 Procedimiento:

Más detalles

STS Sala Primera, de 11 de febrero de 2013 Nº Recurso: 1994/2010

STS Sala Primera, de 11 de febrero de 2013 Nº Recurso: 1994/2010 BOLETÍN DIGITAL DERECHO MERCANTIL Nº 1 ABRIL 2016 O 2016 EDICIÓN: AJFV MAQUETADO Y DISTRIBUCIÓN: Secretaría AJFV DIRECCIÓN: COMITÉ NACIONAL COORDINACIÓN: Natalia Velilla Antolín ÍNDICE 1.- Honorarios del

Más detalles

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Penal

T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Penal T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Penal AUTO CAUSA ESPECIAL Causa Especial Nº: 20048/2009 Fallo/Acuerdo: Auto Texto Libre Procedencia: Querella Fecha Auto: 01/03/2010 Magistrado Instructor Excmo.

Más detalles

ÍNDICE ANTECEDENTES DE HECHO... 2 FUNDAMENTOS DE DERECHO... 3 FALLO... 5

ÍNDICE ANTECEDENTES DE HECHO... 2 FUNDAMENTOS DE DERECHO... 3 FALLO... 5 EDJ 2012/164418 Audiencia Provincial de Madrid, sec. 8ª, S 18-6-2012, nº 367/2012, rec. 655/2010 Pte: Gavilán López, Jesús Resumen Frente a la resolución de instancia que desestimó la demanda, la AP estima

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Roj: STS 5469/2013 - ECLI:ES:TS:2013:5469 Id Cendoj: 28079110012013100645 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil Sede: Madrid Sección: 1 Nº de Recurso: 731/2012 Nº de Resolución: 723/2013 Procedimiento:

Más detalles

Procedimientos de la nueva ley de Enjuiciamiento Civil En vigor desde el

Procedimientos de la nueva ley de Enjuiciamiento Civil En vigor desde el Procedimientos de la nueva ley de Enjuiciamiento Civil En vigor desde el 8.01.2001 9 abc de la justicia JUSTIZIA, LAN ETA GIZARTE SEGURANTZA SAILA Justizia Administrazioarekiko Harremanetarako Zuzendaritza

Más detalles

El Consejo de Administración de Telefónica, S.A., en su reunión celebrada el día 23 de febrero de 2000, aprobó el establecimiento de un

El Consejo de Administración de Telefónica, S.A., en su reunión celebrada el día 23 de febrero de 2000, aprobó el establecimiento de un INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION DE TELEFONICA, S.A., EN RELACION CON LA PROPUESTA DE REDUCCIÓN DEL CAPITAL SOCIAL MEDIANTE LA AMORTIZACIÓN DE ACCIONES PROPIAS, CON EXCLUSIÓN DEL DERECHO DE OPOSICIÓN

Más detalles

AUTOEVALUACIÓN BLOQUE II

AUTOEVALUACIÓN BLOQUE II AUTOEVALUACIÓN BLOQUE II 1. En juicio ordinario, dirigida la demanda frente a varios litisconsortes necesarios, el momento procesal oportuno para alegar a instancia de parte falta de legitimación pasiva

Más detalles

Tribunal Supremo (Sala de lo Social, Sección1ª) Sentencia de 10 febrero 2015

Tribunal Supremo (Sala de lo Social, Sección1ª) Sentencia de 10 febrero 2015 Tribunal Supremo (Sala de lo Social, Sección1ª) Sentencia de 10 febrero 2015 PENSIÓN DE VIUDEDAD DE PAREJA DE HECHO: denegación por no acreditarse la existencia de la misma, ni mediante su inscripción

Más detalles

PROCEDIMIENTOS PREFERENTES Y SUMARIOS PARA LA TUTELA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES

PROCEDIMIENTOS PREFERENTES Y SUMARIOS PARA LA TUTELA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES PROCEDIMIENTOS PREFERENTES Y SUMARIOS PARA LA TUTELA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Pr.. Dr. Juan José Bonilla SánchezS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES DEL ART. 53.2 CE 1.- El procedimiento contencioso-administrativo

Más detalles

Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª), de 28 de mayo de 2007. Recurso 1691/2000. Ponente Don José Almagro Nosete.

Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª), de 28 de mayo de 2007. Recurso 1691/2000. Ponente Don José Almagro Nosete. Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª), de 28 de mayo de 2007. Recurso 1691/2000. Ponente Don José Almagro Nosete. En la Villa de Madrid, a veintiocho de Mayo de dos mil siete SENTENCIA Visto por la

Más detalles

Contrato de trabajo. Transporte aéreo. Invalidez permanente y sus prestaciones. SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)

Contrato de trabajo. Transporte aéreo. Invalidez permanente y sus prestaciones. SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27) Jurisdicción: Social Recurso de Suplicación núm. 2333/2006. Ponente: Ilma. Sra. Dª. Virginia García Alarcón Contrato de trabajo. Transporte aéreo. Invalidez permanente y sus prestaciones. RSU 0002333/2006

Más detalles