Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)"

Transcripción

1 Res.SC 405/16 Ref. Dumping - Placas, láminas, hojas y tiras de polipropileno monoaxialmente orientado (NCM ), de PERU - Continúa investigación. 05/12/2016 (BO 07/12/2016) VISTO el Expediente Nº S01: /2015 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y CONSIDERANDO: Que mediante el expediente citado en el Visto la firma CHEMTON S.A. solicitó el inicio de una investigación por presunto dumping en operaciones de exportación hacia la REPÚBLICA ARGENTINA de placas, láminas, hojas y tiras de polipropileno monoaxialmente orientado, de espesor superior o igual a DIECISIETE (17) micrones, pero inferior o igual a CIENTO DIEZ (110) micrones, con tratamiento superficial en una de sus caras y una tensión de humectación superior a TREINTA Y SEIS (36) dinas/cm (Norma ASTM D ), originarias de la REPÚBLICA DEL PERÚ, mercadería que clasifica en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) Que mediante la Res.SC 60/16 del 7 de abril de 2016, la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, declaró procedente la apertura de la investigación para las operaciones de exportación hacia la REPÚBLICA ARGENTINA del producto mencionado en el considerando precedente originarias de la REPÚBLICA DEL PERÚ. Que la Dirección de Competencia Desleal, dependiente de la Dirección Nacional de Facilitación del Comercio Exterior de la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, elevó con fecha 18 de julio de 2016, el correspondiente Informe de Determinación Preliminar del Margen de Dumping, determinando preliminarmente que a partir del procesamiento y análisis efectuado de toda la documentación obrante en el expediente en esta instancia de la investigación, se han reunido elementos que permitirían determinar preliminarmente la existencia de margen de dumping en la exportación hacia la REPÚ- BLICA ARGENTINA de placas, láminas, hojas y tiras de polipropileno monoaxialmente orientado, de espesor superior o igual a DIECISIETE (17) micrones, pero inferior o igual a CIENTO DIEZ (110) micrones, con tratamiento superficial en una de sus caras y una tensión de humectación superior a TREINTA Y SEIS (36) dinas/cm (Norma ASTM D ), originarias de la REPÚBLICA DEL PERÚ. Que del Informe mencionado en el considerando inmediato anterior se desprende que el margen de dumping determinado para esta etapa de la investigación es de CINCUENTA Y TRES COMA CINCUENTA Y TRES POR CIENTO (53,53%) para las operaciones de exportación originarias de la REPÚBLICA DEL PERÚ. Que en el marco del Artículo 21 del Dec.1393/08 del 2 de septiembre de 2008, la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR remitió copia del Informe mencionado anteriormente a la COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR. Que por su parte la COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, organismo desconcentrado en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR de la

2 SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se expidió respecto al daño y la causalidad a través del Acta de Directorio Nº 1953 de fecha 10 de noviembre de 2016, determinando preliminarmente que la rama de producción nacional de placas, láminas, hojas y tiras de polipropileno monoaxialmente orientado, de espesor superior o igual a DIECISIETE (17) micrones, pero inferior o igual a CIENTO DIEZ (110) micrones, con tratamiento superficial en una de sus caras y una tensión de humectación superior a TREINTA Y SEIS (36) dinas/cm (norma ASTM D ) sufre daño importante y que ese daño es causado por las importaciones con presunto dumping originarias de la REPÚBLICA DEL PERÚ, estableciéndose así los extremos de la relación causal requeridos para continuar con la investigación. Que a través de la mencionada Acta de Directorio, la COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR indicó que corresponde continuar con la investigación sin aplicación de medidas provisionales. Que mediante la Nota SG Nº 107 de fecha 10 de noviembre de 2016, la COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR expresó que con relación al daño importante, las importaciones de films de polipropileno originarias de la REPÚBLICA DEL PERÚ mantuvieron una presencia superior al OCHENTA Y CUATRO POR CIENTO (84%) en el total importado durante todo el período investigado, sin perjuicio de lo cual disminuyeron en términos absolutos en el año 2015 y enero-marzo del año Asimismo, tales importaciones de la REPÚBLICA DEL PERÚ tuvieron una participación en el consumo aparente que osciló entre un VEINTIÚN POR CIENTO (21%) (2015) y un TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) (2014), máximo que se produce en un contexto en el que el mercado se retrajo un OCHO POR CIENTO (8%) y las ventas de producción nacional perdieron TRECE (13) puntos porcentuales de participación en el mismo a manos de las importaciones investigadas (que lograron incrementarse en ONCE (11) puntos). Al considerar los meses enero-marzo del año 2016, las importaciones del origen objeto de investigación representaron el VEINTIOCHO POR CIENTO (28%) del mercado ubicándose CUATRO (4) puntos porcentuales por encima del inicio del período, mientras que las ventas de producción nacional perdieron UN (1) punto porcentual y las importaciones no investigadas fueron nulas en ese mismo lapso de tiempo. Finalmente, la relación entre las importaciones objeto de investigación y la producción nacional sufrió incrementos entre puntas del período analizado, pasando de TREINTA Y UNO POR CIENTO (31%) en el año 2013 a TREINTA Y SIETE POR CIENTO (37%) en los meses de enero-marzo del año Que, asimismo, la COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR sostuvo que por su parte, las importaciones del origen investigado presentaron precios inferiores a los precios de venta del producto similar nacional, cualquiera sea el nivel de comercialización que se considere, con subvaloraciones que se ubican entre un mínimo de ONCE POR CIENTO (11%) y un máximo de DIECIOCHO (18%). Asimismo, del análisis de la estructura de costos, surge que la rama de producción nacional presentó niveles de rentabilidad (medida como la relación precio/costo) negativos en casi todo el período analizado, a excepción del año 2015 en donde dicha relación se ubicó por encima de la unidad pero muy por debajo del nivel medio considerado como razonable por la COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR.

3 Que seguidamente, dicha Comisión observó que la industria nacional ha experimentado disminuciones en su producción y ventas en el año 2014 e incrementos en el año 2015, aunque sin recuperar los niveles del año Asimismo, advirtió una caída en el nivel de empleo y una caída casi constante del grado de utilización de la capacidad de producción en todo el período analizado, donde el grado de ociosidad de la producción nacional fue, en promedio, superior al SESENTA Y SIETE POR CIENTO (67%) en todo el período objeto de investigación, en un contexto donde la industria nacional estuvo en condiciones de abastecer la totalidad del mercado nacional. Que finalmente la COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR sostuvo que de lo expuesto surge que las cantidades de films de polipropileno importadas de la REPÚBLICA DEL PERÚ, que incrementaron su participación entre puntas del período analizado en CUATRO (4) puntos porcentuales, como así también las condiciones de precios a las que ingresaron y se comercializaron, generaron condiciones de competencia desfavorables del producto nacional frente al importado de la REPÚBLICA DEL PERÚ que provocaron un alto grado de ociosidad de la industria nacional, una disminución en el nivel de empleo y un desmejoramiento en ciertos indicadores de volumen, como así también fueron una fuente de contención de los precios nacionales, por lo que la industria nacional, a fin de mantener su nivel de ventas y cierta cuota de mercado, no pudo trasladar a los precios los aumentos de los costos, viendo afectada, de esta manera, su rentabilidad, la que, en la mayoría de los casos, fue negativa, causando un daño importante a la rama de producción nacional de films de polipropileno. Que seguidamente la citada Comisión al analizar la relación causal entre el dumping y el daño importante, manifestó que las importaciones no investigadas, cuyo único origen fue la REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, cayeron a partir del año 2015 y representaron, cómo máximo el CINCO POR CIENTO (5%) del consumo aparente (2014), habiendo sido nulas en el período analizado de 2016, a la vez que sus precios FOB fueron, en todo el período considerado, superiores a los precios FOB de las importaciones de la REPÚBLICA DEL PERÚ. En segundo lugar, teniendo en cuenta que, si bien las exportaciones de la peticionante disminuyeron fuertemente durante todo el período analizado (DIECINUEVE POR CIENTO (19%) en 2014 y CINCUENTA Y NUEVE POR CIENTO (59%) en 2015), el volumen de las mismas en relación a la producción de CHEMTON S.A. osciló entre el CERO COMA SIETE POR CIENTO (0,7%) y el DOS COMA UNO POR CIENTO (2,1%). Que finalmente, respecto de las observaciones efectuadas por la firma OPP FILM S.A. respecto de ciertos problemas de competitividad de la rama de producción nacional, la COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR sostuvo que cabe recordar que el análisis toma lugar luego de que se haya determinado preliminarmente la existencia de dumping por parte de los exportadores peruanos, entre los cuales se encuentra la firma OPP FILM S.A., por lo que, si sólo estuviésemos frente a problemas de competitividad de la rama de producción nacional, los exportadores peruanos no habrían tenido la necesidad de practicar la discriminación de precios para ingresar al mercado argentino. Asimismo, la aplicación de una eventual medida, como máximo podrá compensar el margen de dumping determinado, pero en modo alguno alcanzaría a cubrir los

4 problemas de competitividad aludidos, por lo cual, aún si ese fuera el caso, la firma exportadora podría continuar ingresando al mercado cesando la práctica discriminatoria. Que conforme lo señalado precedentemente, la citada Comisión manifestó que los dichos referidos a la baja competitividad de la firma por su falta de inversiones en renovación de maquinaria, no deben constituir el centro del análisis, destacándose, asimismo, que se trata de meras alegaciones respecto de las cuales no se ha aportado documentación alguna. En el mismo sentido, los mayores salarios de la REPÚBLICA ARGENTINA constituyen condiciones estructurales en las que se desenvuelve el sector y, en ningún caso, las diferencias en este tipo de indicadores pueden ser entendidas como otras causas de daño. Que, asimismo, la COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR sostuvo que entre las condiciones estructurales en las que opera el mercado, tanto el productor nacional como el exportador han señalado las diferencias de aranceles aplicados a la materia prima. Al respecto destacó que si bien tales diferencias de aranceles son regulaciones compatibles con la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC) y que, incluso, las mismas se encuentran por debajo del nivel consolidado, no corresponde que se las considere como una limitación al momento de corregir una práctica de dumping. Sin perjuicio de ello, el impacto es poco relevante, ya que si se realiza el ejercicio hipotético de considerar que la REPÚBLICA ARGENTINA aplique un arancel del CERO POR CIENTO (0%) a la materia prima del Film de Polipropileno (al igual que la REPÚBLICA DEL PERÚ), y suponiendo que esta reducción de costos se trasladase a los precios del producto nacional, las subvaloraciones a nivel de depósito del importador se mantendrían durante todo el período investigado en el orden del DIEZ POR CIENTO (10%) y ONCE POR CIENTO (11%). Por lo tanto, aún si pusiésemos en pie de igualdad al productor nacional, equiparando las condiciones de acceso al mercado internacional de materia prima, de todas maneras la práctica de dumping continua siendo una causa del daño. Que por último, la COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR señaló que las importaciones investigadas no deben ser la única causa de daño, y su efecto perjudicial puede conjugarse con otros factores. En este sentido, lo que se busca determinar es si las importaciones han tenido la entidad suficiente para ser un factor relevante en el daño determinado, y no una contribución marginal. Así, la presencia de importaciones con dumping de la REPÚBLICA DEL PERÚ, que explican aproximadamente el VIENTICINCO POR CIENTO (25%) del consumo nacional y con precios menores a los del productor nacional, genera un efecto adverso que lejos de poder considerarse marginal, constituye la principal causa del daño determinado a la rama de producción nacional. Que, en suma, esa Comisión consideró que ni las importaciones provenientes de orígenes no investigados, ni la evolución de las exportaciones de la producción nacional ni las cuestiones de competitividad desarrolladas precedentemente rompen el nexo causal entre las importaciones objeto de investigación y el daño determinado sobre la rama de producción nacional. Que en base a lo señalado, la citada Comisión consideró que se encontraban reunidos los requisitos exigidos por la legislación vigente para disponerse la continuación de la presente investigación sin la aplicación de medidas provisionales.

5 Que la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR, sobre la base de lo señalado por la COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, recomendó la continuación de la investigación hasta su etapa final sin la aplicación de medidas antidumping provisionales en las operaciones de exportación del producto objeto de investigación a la SECRETARÍA DE COMERCIO. Que la Res.MEOSP 763/96 del 7 de junio de 1996 y Res.MEOSP 381/96 del 1 de noviembre de 1996, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, instituyen el contenido y los procedimientos referidos a la presentación de un certificado en los términos del denominado control de origen no preferencial, para el trámite de las importaciones sujetas a tal requerimiento, de acuerdo a lo previsto en el Acuerdo sobre Normas de Origen que integra el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, aprobado por la Ley Que de acuerdo a lo dispuesto por las resoluciones citadas en el considerando precedente, la SECRETARÍA DE COMERCIO es la Autoridad de Aplicación del referido régimen y en tal carácter dispone los casos y modalidades en que corresponda cumplimentar tal control. Que a tal efecto puede decidir la exigencia de certificados de origen cuando la mercadería esté sujeta a la aplicación de derechos antidumping o compensatorios o específicos o medidas de salvaguardia de acuerdo a lo dispuesto por el inciso c) del Artículo 2 de la Res.MEOSP 763/96 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS. Que en razón de lo expuesto en los considerandos anteriores, resulta necesario comunicar a la Dirección General de Aduanas, dependiente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚ- BLICAS, a fin de que mantenga la exigencia de los certificados de origen. Que a tenor de lo manifestado en los considerandos anteriores, se encuentran reunidos los extremos exigidos por el Acuerdo Relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, incorporado a nuestro ordenamiento jurídico mediante la Ley , para proseguir la investigación sin la aplicación de medidas antidumping provisionales, a las operaciones de exportación hacia la REPÚBLICA ARGENTINA del producto descripto en el considerando primero de la presente resolución originarias de la REPÚBLICA DE PERÚ. Que han tomado intervención las áreas técnicas competentes. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete. Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Dec.438/92) y sus modificaciones, y el Dec.1393/08. Por ello, EL SECRETARIO DE COMERCIO RESUELVE:

6 ARTÍCULO 1 - Continúese la investigación por presunto dumping en las operaciones de exportación hacia la REPÚBLICA ARGENTINA de placas, láminas, hojas y tiras de polipropileno monoaxialmente orientado, de espesor superior o igual a DIECISIETE (17) micrones, pero inferior o igual a CIENTO DIEZ (110) micrones, con tratamiento superficial en una de sus caras y una tensión de humectación superior a TREINTA Y SEIS (36) dinas/cm (Norma ASTM D ), originarias de la REPÚBLICA DEL PERÚ, mercadería que clasifica en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) , sin la aplicación de derechos antidumping provisionales. ARTÍCULO 2 - Comuníquese a la Dirección General de Aduanas, dependiente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, que las operaciones de importación que se despachen a plaza del producto descripto en el Artículo 1 de la presente resolución, se encuentran sujetas al régimen de control de origen no preferencial en los términos de lo dispuesto por el inciso c) del Artículo 2 de la Res.MEOSP 763/96 del 7 de junio de 1996 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS. ARTÍCULO 3 - El requerimiento a que se hace referencia en el Artículo precedente de la presente medida se ajustará a las condiciones y modalidades dispuestas por las Res.MEOSP 763/96 y Res.MEOSP 381/96 del 1 de noviembre de 1996, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, sus normas complementarias y disposiciones aduaneras que las reglamentan. ARTÍCULO 4 - Cúmplase con las notificaciones pertinentes en el marco del Acuerdo Relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, incorporado a nuestro ordenamiento jurídico mediante la Ley , reglamentada por el Dec.1393/08 del 2 de septiembre de ARTÍCULO 5 - La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. ARTÍCULO 6 - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MIGUEL BRAUN, Secretario, Secretaría de Comercio, Ministerio de Producción.

Ref. Dumping - Máquinas de lavar vajilla de tipo doméstico (NCM ), de TURQUÍA y CHINA - Investigación. 05/12/2016 (BO 07/12/2016)

Ref. Dumping - Máquinas de lavar vajilla de tipo doméstico (NCM ), de TURQUÍA y CHINA - Investigación. 05/12/2016 (BO 07/12/2016) Res.SC 406/16 Ref. Dumping - Máquinas de lavar vajilla de tipo doméstico (NCM 8422.11.00), de TURQUÍA y CHINA - Investigación. 05/12/2016 (BO 07/12/2016) VISTO el Expediente Nº S01:0385768/2016 del Registro

Más detalles

VISTO el Expediente N S01: /2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

VISTO el Expediente N S01: /2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y 07-09-2016 MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Resolución 429 - E/2016 Buenos Aires, 02/09/2016 VISTO el Expediente N S01:0236216/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución

Más detalles

Que del informe referido en el considerando anterior se desprende que el presunto margen de dumping determinado para el inicio de la presente

Que del informe referido en el considerando anterior se desprende que el presunto margen de dumping determinado para el inicio de la presente Res.SC 316/16 Ref. Dumping - Cuchillos de mesa de hoja fija, tenedores y cucharas, de acero inoxidable (NCM 8211.10.00, 8211.91.00, 8215.20.00 y 8215.99.10), de CHINA y BRASIL - Apertura de investigación.

Más detalles

Ref. Dumping - Transformadores trifásicos de dieléctrico líquido (NCM ), de INDIA - Investigación. 12/08/2016 (BO 18/08/2016)

Ref. Dumping - Transformadores trifásicos de dieléctrico líquido (NCM ), de INDIA - Investigación. 12/08/2016 (BO 18/08/2016) Res. SC 221/16 Ref. Dumping - Transformadores trifásicos de dieléctrico líquido (NCM 8504.23.00), de INDIA - Investigación. 12/08/2016 (BO 18/08/2016) VISTO el Expediente Nº S01:0021620/2016 del Registro

Más detalles

Ref. Dumping - Aisladores de porcelana (NCM ), de Brasil, China y Colombia - Derecho antidumping provisional. 30/12/2014 (BO 23/01/2015)

Ref. Dumping - Aisladores de porcelana (NCM ), de Brasil, China y Colombia - Derecho antidumping provisional. 30/12/2014 (BO 23/01/2015) Res. MEFP 1105/14 Ref. Dumping - Aisladores de porcelana (NCM 8546.20.00), de Brasil, China y Colombia - Derecho antidumping provisional. 30/12/2014 (BO 23/01/2015) VISTO el Expediente N S01:0097137/2013

Más detalles

VISTO el Expediente N S01: /2015 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y CONSIDERANDO:

VISTO el Expediente N S01: /2015 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y CONSIDERANDO: Res. MP 8/16 Ref. Dumping - Hojas de sierra manuales rectas de acero rápido y hojas de sierra manuales (NCM 8202.91.00 y 8202.99.90), de Suecia - Apertura de examen por expiración de plazo - Mantiene derechos

Más detalles

VISTO el Expediente N S01: /2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y CONSIDERANDO:

VISTO el Expediente N S01: /2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y CONSIDERANDO: Res. MP 231/16 Ref. Dumping - Ventiladores de mesa, de pared y turbo y ventilador de pie (NCM 8414.51.10, 8414.51.90 y 8414.59.90), de CHINA - Examen por expiración del plazo y cambio de circunstancias

Más detalles

VISTO el Expediente N S01: /2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y CONSIDERANDO:

VISTO el Expediente N S01: /2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y CONSIDERANDO: Res. MEFP 1556/15 Ref. Dumping - Accesorios de tuberías de fundición de hierro maleable (NCM 7307.19,10 y 7307.19,90) de Brasil y China - Apertura de examen por expiración de plazo - Mantiene derechos

Más detalles

VISTO el Expediente N S01: /2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y CONSIDERANDO:

VISTO el Expediente N S01: /2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y CONSIDERANDO: Res. MEFP 1856/15 Ref. Dumping - Mecanismo motor para ascensores y montacargas (NCM 8425.31.10), de China - Apertura de examen por expiración de plazo - Mantiene derecho antidumping. 02/12/2015 (BO 04/12/2015)

Más detalles

EE.UU. 231/ , , ), - 7/11/2014 (BO

EE.UU. 231/ , , ), - 7/11/2014 (BO Res. SC 231/14 Ref. Dumping - Vacunas para la medicina veterinaria (NCM 3002.30.10, 3002.30.90, 3002.30.40 y 3002.30.50), de Francia y EE.UU. - Apertura de investigación. 7/11/2014 (BO 11/11/2014) VISTO

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res.SC 429/16 Ref. Dumping - Tubos de acero de los tipos utilizados en oleoductos o gasoductos (NCM 7304.19.00 y 7306.19.00), de CHINA - Investigación. 06/12/2016 (BO 07/12/2016) VISTO el Expediente Nº

Más detalles

VISTO el Expediente Nº S01: /2015 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

VISTO el Expediente Nº S01: /2015 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y Res. MP 776/16 Ref. Dumping - Equipos acondicionadores de aire de capacidad menor o igual a 6.500 frigorías/hora (NCM 8415.10.11, 8415.10.19, 8415.90.10 y 8415.90.20), de CHINA - Cierre del examen - Mantiene

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res.SC 428/16 Ref. Dumping - Papel y cartón estucados de los tipos utilizados para escribir, imprimir y otros fines gráficos (NCM 4810.29.10 y 4810.29.90), de CHINA y FINLANDIA - Investigación por elusión.

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res.MP 779/16 Ref. Dumping - Radiadores para automóviles y tractores (NCM 8708.91.00), de CHINA - Derecho antidumping Ad Valorem definitivo. 06/12/2016 (BO 07/12/2016) VISTO el Expediente Nº S01:0235702/2014

Más detalles

Ref. Dumping - Celdas de carga (NCM ), de CHINA - Cierre de investigación. 17/10/2016 (BO 18/10/2016)

Ref. Dumping - Celdas de carga (NCM ), de CHINA - Cierre de investigación. 17/10/2016 (BO 18/10/2016) Res. MP 551/16 Ref. Dumping - Celdas de carga (NCM 9031.80.60), de CHINA - Cierre de investigación. 17/10/2016 (BO 18/10/2016) VISTO el Expediente Nº S01:0173495/2014 del Registro del ex MINISTERIO DE

Más detalles

23/ ), /1/2015 (BO

23/ ), /1/2015 (BO Res. MEFP 23/15 Ref. Dumping - Bombas para líquido refrigerante o agua (NCM 8413.30.90), de China - Apertura de examen por expiración de plazo - Mantiene derechos antidumping. 28/1/2015 (BO 29/01/2015)

Más detalles

237/13 - ( ), - 24/5/2013 (BO

237/13 - ( ), - 24/5/2013 (BO Res. MEFP 237/13 Ref. Dumping - Termos y demás recipientes isotérmicos con ampolla de acero inoxidable (9617.00.10), de China - Valor FOB mínimo definitivo. 24/5/2013 (BO 30/05/2013) VISTO el Expediente

Más detalles

Resolución 32/2016. MP. Comercio Exterior. Importadores. Licencias Automáticas y/o no Automáticas

Resolución 32/2016. MP. Comercio Exterior. Importadores. Licencias Automáticas y/o no Automáticas Resolución 32/2016. MP. Comercio Exterior. Importadores. Licencias Automáticas y/o no Automáticas Se incorporan ciertas mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común

Más detalles

LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI

LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI 007-95-INDECOPI/CDS 15 de noviembre de 1995 LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI Vistos, los Decretos Supremos Nos. 133-91-EF, 051-92- EF, 01-94-ITINCI, del 12 de junio de 1991,

Más detalles

Ref. Mercado de Cambios - Exportación - Plazo para el ingreso de divisas - Modificaciones. 09/03/2016 (BO 11/03/2016)

Ref. Mercado de Cambios - Exportación - Plazo para el ingreso de divisas - Modificaciones. 09/03/2016 (BO 11/03/2016) Res. SC 30/16 Ref. Mercado de Cambios - Exportación - Plazo para el ingreso de divisas - Modificaciones. 09/03/2016 (BO 11/03/2016) VISTO el Expediente N S01:0040535/2016 del Registro del MINISTERIO DE

Más detalles

LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI

LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI 015-2006/CDS-INDECOPI 19 de enero de 2006 LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI Visto, el Expediente N 042-2004-CDS y; CONSIDERANDO Que, el día 10 de diciembre de 2004, Perú

Más detalles

Bs. As., 07/01/2016 VISTO el Expediente N S01: /2015 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

Bs. As., 07/01/2016 VISTO el Expediente N S01: /2015 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y 08-01-2016 Secretaría de Comercio importaciones Resolución 2/2016 Resolución N 5/2015. Modificación. Bs. As., 07/01/2016 VISTO el Expediente N S01:0363922/2015 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN,

Más detalles

VISTO el Expediente N S01: /2012 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

VISTO el Expediente N S01: /2012 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y COMERCIO EXTERIOR Resolución 142/2012 Modifícase la Resolución N 269/01, en la cual se establecieron los plazos para el ingreso de divisas al sistema financiero provenientes de operaciones de exportación.

Más detalles

986/15-6911.10.10, 6911.10.90, 6911.90.00 6912.00.00), - - 24/09/2015 (BO

986/15-6911.10.10, 6911.10.90, 6911.90.00 6912.00.00), - - 24/09/2015 (BO Res. MEFP 986/15 Ref. Dumping - Vajilla de porcelana y cerámica (NCM 6911.10.10, 6911.10.90, 6911.90.00 y 6912.00.00), de China - Cierre de examen - Derecho Específico definitivo. 24/09/2015 (BO 25/09/2015)

Más detalles

EEUU 765/14-3808.92.91), - 17/10/2014 (BO

EEUU 765/14-3808.92.91), - 17/10/2014 (BO Res. MEFP 765/14 Ref. Dumping - Fungicidas a base hidróxido de cobre, oxicloruro de cobre u óxido cuproso (NCM 3808.92.91), de Chile y EEUU - Derecho antidumping definitivo. 17/10/2014 (BO 24/10/2014)

Más detalles

Que los sistemas de licencias de importación deben aplicarse de forma transparente y previsible.

Que los sistemas de licencias de importación deben aplicarse de forma transparente y previsible. Resolución 5/2015 Tramitación de Licencias de Importación Automáticas y/o no Automáticas. Bs. As., 22/12/2015 VISTO el Expediente N S01:0360407/2015 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y CONSIDERANDO:

Más detalles

RESOLUCION 1/2013. VISTO el Expediente Nº S01: /2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

RESOLUCION 1/2013. VISTO el Expediente Nº S01: /2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y RESOLUCION 1/2013 Ministerio de Economía y Finanzas Públicas Fecha: Bs. As., 03/1/2013. Fecha de publicación: B.O. 07/01/2013. VISTO el Expediente Nº S01:0003118/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA

Más detalles

VISTO el Expediente Nº S01:0446557/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION,

VISTO el Expediente Nº S01:0446557/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, 2612443I# Ministerio de Economía y Producción COMERCIO EXTERIOR Resolución 351/2007 Declárase el cierre de la investigación por salvaguardia para las operaciones con discos compactos grabables por única

Más detalles

Ministerio de Producción IMPORTACIONES

Ministerio de Producción IMPORTACIONES Ministerio de Producción IMPORTACIONES Resolución 5/2015 Tramitación de Licencias de Importación Automáticas y/o no Automáticas. Bs. As., 22/12/2015 VISTO el Expediente N S01:0360407/2015 del Registro

Más detalles

LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI

LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI 035-2006/CDS-INDECOPI 16 de marzo de 2006 LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI Visto, el Expediente N 042-2004-CDS, el recurso de reconsideración presentado por Perú Cups S.A.

Más detalles

CUAL ES LA LEGISLACIÓN QUE APLICA EN MATERIA DE DEFENSA COMERCIAL EN EL PAÍS?

CUAL ES LA LEGISLACIÓN QUE APLICA EN MATERIA DE DEFENSA COMERCIAL EN EL PAÍS? DEFENSA COMERCIAL La defensa comercial es una disciplina normativa, que busca crear mecanismos para que los países puedan tener medios para proteger sus economías y buscar medidas comerciales correctivas

Más detalles

VISTO el Expediente Nº S01: /2004 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

VISTO el Expediente Nº S01: /2004 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa DEFENSA DEL CONSUMIDOR Resolución 153/2005 Institúyese un régimen de Certificación Obligatoria de Requisitos Esenciales de Seguridad

Más detalles

Boletín oficial 06/12/ Res.MEFP 754/12

Boletín oficial 06/12/ Res.MEFP 754/12 Boletín oficial 06/12/2012 - Res.MEFP 754/12 Ref. Dumping - Rodamientos de bolas radiales, excluidos los tipificados como RST (8482.10.10), de China - Valor FOB mínimo definitivo. 30/11/2012 (BO 06/12/2012)

Más detalles

INDECOPI/CDS. 15 de marzo de 1996 LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI

INDECOPI/CDS. 15 de marzo de 1996 LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI 002-96-INDECOPI/CDS 15 de marzo de 1996 LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI Vistos, los Decretos Supremos Nos. 133-91-EF, 051-92- EF, 01-94-ITINCI, del 12 de junio de 1991,

Más detalles

que este Organismo establecerá los valores criterio de importación de carácter preventivo para cualquiera de las mercaderías comprendidas en la

que este Organismo establecerá los valores criterio de importación de carácter preventivo para cualquiera de las mercaderías comprendidas en la Asunto: IMPORTACIÓN. Valores criterio de carácter preventivo. Resolución General N 2.730 y su modificatoria. Norma complementaria. BUENOS AIRES, 13 de julio de 2012 VISTO la Actuación SIGEA N 13707-48-2012

Más detalles

Ref. Valores referenciales - Yerba Mate (NCM y ) - Modificaciones. 23/05/2016 (BO 27/05/2016)

Ref. Valores referenciales - Yerba Mate (NCM y ) - Modificaciones. 23/05/2016 (BO 27/05/2016) Res. Gral. AFIP 3892/16 Ref. Valores referenciales - Yerba Mate (NCM y ) - Modificaciones. 23/05/2016 (BO 27/05/2016) VISTO la Res. Gral. AFIP 2716/09, y CONSIDERANDO: Que la Resolución General mencionada

Más detalles

Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS Resolución 39/2016 Modificación. Resolución N 24/2001. Bs. As., 01/06/2016 VISTO el Expediente N S01:0052928/2016

Más detalles

Ref. Juguetes - Arancel Externo Común - NCM - Modificaciones. 26/8/2013 (BO 03/09/2013)

Ref. Juguetes - Arancel Externo Común - NCM - Modificaciones. 26/8/2013 (BO 03/09/2013) Dec.1229/13 Ref. Juguetes - Arancel Externo Común - NCM - Modificaciones. 26/8/2013 (BO 03/09/2013) VISTO el Expediente Nº S01:0480385/2012 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS,

Más detalles

MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA

MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA Decreto 133/2015 Derecho de exportación. Alícuota. Bs. As., 16/12/2015 VISTO el Expediente N S05:0077287/2015 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, y CONSIDERANDO: Que

Más detalles

CAPÍTULO 5 DEFENSA COMERCIAL. Medidas de Salvaguardia Bilateral

CAPÍTULO 5 DEFENSA COMERCIAL. Medidas de Salvaguardia Bilateral CAPÍTULO 5 DEFENSA COMERCIAL Sección A: Medidas de Salvaguardia Global Artículo 69: Medidas de Salvaguardia Global 1. Cada Parte mantiene sus derechos y obligaciones bajo el Artículo XIX del GATT del 1994

Más detalles

FOB 608/ ), - - 5/9/2014 (BO

FOB 608/ ), - - 5/9/2014 (BO Res. MEFP 608/14 Ref. Dumping - Vasos, copas y jarros de vidrio (NCM 7013.28.00 y 7013.37.00), de China - Valores mínimos FOB definitivos - Compromiso de precios. 5/9/2014 (BO 06/10/2014) VISTO el Expediente

Más detalles

Ministerio de Industria COMERCIO EXTERIOR. Resolución 77/2011. Nomenclatura Común del Mercosur. Modificación. Bs. As., 4/3/2011

Ministerio de Industria COMERCIO EXTERIOR. Resolución 77/2011. Nomenclatura Común del Mercosur. Modificación. Bs. As., 4/3/2011 Ministerio de Industria COMERCIO EXTERIOR Resolución 77/2011 Nomenclatura Común del Mercosur. Modificación. Bs. As., 4/3/2011 VISTO el Expediente Nº S01:0070630/2011 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA,

Más detalles

Por ello, EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE:

Por ello, EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE: Res. Gral. AFIP 3930/16 Ref. Valores criterio - Discos para una vez (NCM 8523.41.10). 12/08/2016 (BO 18/08/2016) VISTO la Res. Gral. AFIP 2730/09 y su modificatoria, y CONSIDERANDO: Que la resolución general

Más detalles

REPÚBLICA DOMINICANA - MEDIDAS DE SALVAGUARDIA SOBRE LAS IMPORTACIONES DE SACOS DE POLIPROPILENO Y TEJIDO TUBULAR

REPÚBLICA DOMINICANA - MEDIDAS DE SALVAGUARDIA SOBRE LAS IMPORTACIONES DE SACOS DE POLIPROPILENO Y TEJIDO TUBULAR ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO WT/DS417/1 21 de octubre de 2010 (10-5451) Original: español REPÚBLICA DOMINICANA - MEDIDAS DE SALVAGUARDIA SOBRE LAS IMPORTACIONES DE SACOS DE POLIPROPILENO Y TEJIDO

Más detalles

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. Resolución 414/2013

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. Resolución 414/2013 Esta norma fue consultada a través de InfoLEG, base de datos del Centro de Documentación e Información, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Resolución

Más detalles

Dec. 760/15. Ref. Prorroga regímenes especiales de importación. 6/5/2015 (BO 13/05/2015)

Dec. 760/15. Ref. Prorroga regímenes especiales de importación. 6/5/2015 (BO 13/05/2015) Dec. 760/15 Ref. Prorroga regímenes especiales de importación. 6/5/2015 (BO 13/05/2015) VISTO el Expediente N S01:0018948/2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y CONSIDERANDO:

Más detalles

Disposición 64. E/2017. MTESS. Crédito Fiscal. PyME. Proyectos. Propuestas. Aprobación

Disposición 64. E/2017. MTESS. Crédito Fiscal. PyME. Proyectos. Propuestas. Aprobación Disposición 64. E/2017. MTESS. Crédito Fiscal. PyME. Proyectos. Propuestas. Aprobación Se aprueban diversas propuestas de proyectos bajo el "Régimen de Crédito Fiscal" para la Micro, Pequeña y Mediana

Más detalles

LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS

LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS Marcador no definido. 006-94-INDECOPI/CDS Error! 13 de junio de 1994 LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS Vistos, los Decretos Supremos Nos. 133-91-EF, 051-92- EF, 01-94-ITINCI, del 12 de

Más detalles

Capítulo VIII: Prácticas Desleales de Comercio Internacional

Capítulo VIII: Prácticas Desleales de Comercio Internacional Artículo 8-01: Definiciones. Capítulo VIII: Prácticas Desleales de Comercio Internacional Para efectos de este capítulo, se entenderá por: investigación: un procedimiento de investigación sobre prácticas

Más detalles

Apruébanse formularios que serán utilizados para la presentación de solicitudes de inicio de investigación de dumping.

Apruébanse formularios que serán utilizados para la presentación de solicitudes de inicio de investigación de dumping. Secretaría de Industria, Comercio y Minería COMERCIO EXTERIOR Resolución 224/99 Apruébanse formularios que serán utilizados para la presentación de solicitudes de inicio de investigación de dumping. Bs.

Más detalles

República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional Año de las Energías Renovables. Resolución

República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional Año de las Energías Renovables. Resolución República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2017 - Año de las Energías Renovables Resolución Número: Referencia: EXPENACOM 15156/16, MODELO DE BOLETA DE DEUDA - EJECUCIONES JUDICIALES - MULTAS SERVICIOS

Más detalles

VISTO el expediente Nº S01: /2010 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

VISTO el expediente Nº S01: /2010 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y Secretaría de Comercio Interior LEALTAD COMERCIAL Resolución 453/2010 Establécense los mecanismos de control tendientes a eliminar los peligros derivados del uso de tintas con altos contenidos de plomo,

Más detalles

Resolución General 2538/2009 AFIP REGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES

Resolución General 2538/2009 AFIP REGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES Resolución General 2538/2009 AFIP Publicado en BO 30-1-2009 REGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES Monotributo. Servicio Doméstico. Cotizaciones con destino al Sistema Nacional del Seguro de

Más detalles

Ref. Hornos a microondas para uso doméstico - Eficiencia energética - Certificación. 01/11/2016 (BO 11/11/2016)

Ref. Hornos a microondas para uso doméstico - Eficiencia energética - Certificación. 01/11/2016 (BO 11/11/2016) Disp.DNCI 170/16 Ref. Hornos a microondas para uso doméstico - Eficiencia energética - Certificación. 01/11/2016 (BO 11/11/2016) VISTO el Expediente N S01:0240853/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN,

Más detalles

LICENCIAS NO AUTOMATICAS: SISTEMA INTEGRADO DE COMERCIO EXTERIOR SISCO.

LICENCIAS NO AUTOMATICAS: SISTEMA INTEGRADO DE COMERCIO EXTERIOR SISCO. 1ra. Quincena Octubre 2011 Hoja 1 LICENCIAS NO AUTOMATICAS: SISTEMA INTEGRADO DE COMERCIO EXTERIOR SISCO. Informamos a nuestros asociados que a través de la Resolución Nº 52/2011 publicada en el Boletín

Más detalles

Cómo definir las bases de cálculo para determinar los aportes y contribuciones del personal

Cómo definir las bases de cálculo para determinar los aportes y contribuciones del personal Pág. 1 de 6 ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Resolución 44/2015 Bs. As., 10/2/2015 VISTO el Expediente N 024-99-81619573-6-790 del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD

Más detalles

VISTO el expediente del Registro de este MINISTERIO DE JUSTICIA Y. REPÚBLICA ARGENTINA se consulta a esta OFICINA ANTICORRUPCIÓN

VISTO el expediente del Registro de este MINISTERIO DE JUSTICIA Y. REPÚBLICA ARGENTINA se consulta a esta OFICINA ANTICORRUPCIÓN RESOLUCIÓN OA/DPPT Nº 57 BUENOS AIRES, 18 de diciembre de 2000. VISTO el expediente del Registro de este MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Nº 128.352/00, y CONSIDERANDO: Que por Nota 382c/1148

Más detalles

Resolución General 3724/2015. AFIP. Remates y subastas. Régimen de información

Resolución General 3724/2015. AFIP. Remates y subastas. Régimen de información Resolución General 3724/2015. AFIP. Remates y subastas. Régimen de información Se establece un régimen de información respecto de los remates o subastas de determinados bienes, cualquiera sea la forma

Más detalles

1ª LEGISLACION Nº DE LA REPUBLICA ARGENTINA SUMARIO Y AVISOS OFICIALES RESOLUCIONES

1ª LEGISLACION Nº DE LA REPUBLICA ARGENTINA SUMARIO Y AVISOS OFICIALES RESOLUCIONES BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA BUENOS, JUEVES 26 DE DICIEMBRE DE 2002 AÑO CX $ 0,70 Nº 30.055 1ª LEGISLACION Y AVISOS OFICIALES Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA

Más detalles

Servicio de Información

Servicio de Información BOLETIN OFICIAL Nº 33365 25 de abril de 2016 ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 3870 Procedimiento. Ley N 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones. Régimen de facilidades

Más detalles

VISTO el Expediente Nº S01: /2003 del Registro del ex MINISTERIO DE PRODUCCION, y

VISTO el Expediente Nº S01: /2003 del Registro del ex MINISTERIO DE PRODUCCION, y Secretaría de Coordinación Técnica Resolución 9/2004 (Boletín Oficial Nº 30.321, 20/1/04) Contratos de consumo que tengan por objeto la prestación de servicios de medicina prepaga y de servicios financieros

Más detalles

Cómo realizar el cálculo de ganancias de 4ta categoría según RG 2866/10

Cómo realizar el cálculo de ganancias de 4ta categoría según RG 2866/10 Pág. 1 de 5 Resolución General 2866 AFIP - DISMINUCIÓN DE LAS RETENCIONES DE GANANCIAS. Impuesto a las Ganancias. Rentas del trabajo personal en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones y otras

Más detalles

Tratado de Libre Comercio México-Bolivia

Tratado de Libre Comercio México-Bolivia Capítulo VII: Medidas de salvaguardia Artículo 7-01: Definiciones. Tratado de Libre Comercio México-Bolivia Para efectos de este capítulo, se entenderá por: amenaza de daño grave: lo dispuesto en el literal

Más detalles

19 de mayo de 2003 LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI

19 de mayo de 2003 LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI 050-2003-INDECOPI/CDS 19 de mayo de 2003 LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI Visto el expediente Nº 009-2002-CDS; y CONSIDERANDO Que, el 04 de julio del 2002, las empresas

Más detalles

Bs. As., 10/03/2016 VISTO el Expediente N S01:0355576/2015 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

Bs. As., 10/03/2016 VISTO el Expediente N S01:0355576/2015 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y 16-03-2016 MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Resolución 59/2016 Bs. As., 10/03/2016 VISTO el Expediente N S01:0355576/2015 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución N

Más detalles

competencias al Ministerio citado en el considerando precedente.

competencias al Ministerio citado en el considerando precedente. BUENOS AIRES, VISTO el Expediente Nº S01:0121447/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, las Leyes Nros. 24.467, 25.300 y la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N 438/92) y sus modificaciones,

Más detalles

Resolución General 3945/2016. AFIP. IVA. MiPyME. DDJJ. Pago. Opción Trimestral

Resolución General 3945/2016. AFIP. IVA. MiPyME. DDJJ. Pago. Opción Trimestral Resolución General 3945/2016. AFIP. IVA. MiPyME. DDJJ. Pago. Opción Trimestral Se reglamenta el "Tratamiento impositivo especial para el fortalecimiento de las MiPyME" del "Programa de Recuperación Productiva

Más detalles

WT/DS331/R Página 154 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIÓN

WT/DS331/R Página 154 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIÓN Página 154 VIII. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIÓN 8.1 Por las razones expuestas supra, llegamos a la conclusión de que la iniciación y la realización de la investigación por México y la imposición por este

Más detalles

modificatorias, en uso de la facultad otorgada a esta Administración Federal

modificatorias, en uso de la facultad otorgada a esta Administración Federal Asunto: SEGURIDAD SOCIAL. Indicadores Mínimos de Trabajadores (IMT). Incorporación de actividades. Resolución General N 2.927 y sus modificatorias. Su modificación. BUENOS AIRES, 26 de marzo de 2013 VISTO

Más detalles

Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS

Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Resolución General 3819 Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. Régimen de percepción y adelanto de impuesto. Su implementación. Bs.

Más detalles

Administración Federal de Ingresos Públicos SEGURIDAD SOCIAL. Resolución General 3224

Administración Federal de Ingresos Públicos SEGURIDAD SOCIAL. Resolución General 3224 B.O. 30/11/11 - Resolución General 3224-AFIP - SEGURIDAD SOCIAL - NUEVO PROGRAMA APLICATIVO. RG.712 sus modificatorias y complementarias. Norma modificatoria y complementaria Administración Federal de

Más detalles

ARA Contadores Públicos

ARA Contadores Públicos Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Resolución General 2234 Impuesto a las Ganancias. Rentas del trabajo personal en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones y otras rentas. Régimen

Más detalles

Capítulo 8. Defensa Comercial. Sección A: Medidas de Salvaguardia Bilateral. Artículo 8.1: Imposición de una Medida de Salvaguardia Bilateral

Capítulo 8. Defensa Comercial. Sección A: Medidas de Salvaguardia Bilateral. Artículo 8.1: Imposición de una Medida de Salvaguardia Bilateral Capítulo 8 Defensa Comercial Sección A: Medidas de Salvaguardia Bilateral Artículo 8.1: Imposición de una Medida de Salvaguardia Bilateral 1. Durante el período de transición, si como resultado de la reducción

Más detalles

VISTO el Expediente Nº S01: /2008 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

VISTO el Expediente Nº S01: /2008 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y Secretaría de Energía ENERGIA Resolución 1294/2008 Determínase el procedimiento para establecer el precio de adquisición del bioetanol, destinado a la mezcla para la Producción y Uso Sustentable de Biocombustibles

Más detalles

VISTO las Actuaciones SIGEA Nros , , , , ,

VISTO las Actuaciones SIGEA Nros , , , , , Asunto: NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR (NCM). Clasi ficación arancelaria de mercaderías en la citada nomencla tura, de acuerdo con el procedimiento previsto en la Resolución General N 1.618. BUENOS AIRES,

Más detalles

REGLAS DE CARÁCTER GENERAL RELATIVAS A LA APLICACIÓN DE LAS DISPOSICIONES EN MATERIA ADUANERA DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE MEXICO Y PANAMA.

REGLAS DE CARÁCTER GENERAL RELATIVAS A LA APLICACIÓN DE LAS DISPOSICIONES EN MATERIA ADUANERA DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE MEXICO Y PANAMA. Folio-036-015. Tratados de Libre Comercio. Julio 1 del 2015 REGLAS DE CARÁCTER GENERAL RELATIVAS A LA APLICACIÓN DE LAS DISPOSICIONES EN MATERIA ADUANERA DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE MEXICO Y PANAMA.

Más detalles

Régimen de Origen MERCOSUR (Dec. CMC 01/04 y Dec. CMC 54/04)

Régimen de Origen MERCOSUR (Dec. CMC 01/04 y Dec. CMC 54/04) Taller Régimen de Origen MERCOSUR (Dec. CMC 01/04 y Dec. CMC 54/04) Organiza: Asociación de Despachantes de Aduana del Uruguay Club de los Industriales CIU - 21 de marzo de 2006 Decisión CMC 01/04 Unifica

Más detalles

Ministerio de Industria y Secretaría de Comercio NOMENCLATURA DEL COMERCIO EXTERIOR

Ministerio de Industria y Secretaría de Comercio NOMENCLATURA DEL COMERCIO EXTERIOR Ministerio de Industria y Secretaría de Comercio NOMENCLATURA DEL COMERCIO EXTERIOR Resolución Conjunta 214/2014 Sec. Comercio y 123/2014 Ministerio de Industria Resolución Conjunta Nº 25/2013 y Nº 36/2013.

Más detalles

VISTO el Expediente Nº S93: /2009, la Ley Nº , su. Argentina, siendo el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA el órgano de

VISTO el Expediente Nº S93: /2009, la Ley Nº , su. Argentina, siendo el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA el órgano de MENDOZA, 15 de abril de 2009. C.P. VISTO el Expediente Nº S93:0002094/2009, la Ley Nº 25.163, su Decreto Reglamentario Nº 57 de fecha 14 de enero de 2004, las Resoluciones Nros. C.23 de fecha 22 de diciembre

Más detalles

Cómo realizar el cálculo de ganancias de 4ta categoría según la RG 3831/2016

Cómo realizar el cálculo de ganancias de 4ta categoría según la RG 3831/2016 categoría según la RG 3831/26 Pág. 1 de 6 ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 3831 Impuesto a las Ganancias. Rentas del trabajo personal en relación de dependencia, jubilaciones,

Más detalles

Destacamos que se incluye al sector de servicios inmobiliarios como actividad considerada dentro de las PYMES.

Destacamos que se incluye al sector de servicios inmobiliarios como actividad considerada dentro de las PYMES. RESOLUCIÓN (SEyPyME) 39/2016 Micro, pequeñas y medianas empresas. Categorización. Se modifica el modo en que se computan y acreditan las ventas totales anuales a los efectos de la categorización como micro,

Más detalles

Análisis FODA de las exportaciones de Vinos Finos

Análisis FODA de las exportaciones de Vinos Finos Análisis FODA de las exportaciones de Vinos Finos Área de Sectores Alimentarios - Dirección de Agroalimentos Subsecretaría de Agregado de Valor y Nuevas Tecnologías Tec. Maria Paula Naso Índice 1. Producción

Más detalles

petróleo crudo, procuren estimular la inversión en exploración y explotación tanto para maximizar los esfuerzos a fin mantener estable el empleo

petróleo crudo, procuren estimular la inversión en exploración y explotación tanto para maximizar los esfuerzos a fin mantener estable el empleo Res. MEM 21/16 Ref. Programa de estímulo a la exportación de petróleo crudo excedente tipo escalante proveniente de la cuenca del golfo San Jorge (Programa CGSJ) 09/03/2016 (BO 11/03/2016) VISTO el Expediente

Más detalles

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 3870 Procedimiento. Ley N 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones. Régimen de facilidades de pago. Resolución General N 3.827

Más detalles

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA DISPONE:

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA DISPONE: Disp. ANMAT 2873/15 Ref. Productos alimenticios, suplementos dietarios, alimentos para propósitos médicos específicos, establecimientos, envases, importación/ exportación y análisis de laboratorio - Aranceles.

Más detalles

Acuerdo Antidumping y Acuerdo SMC

Acuerdo Antidumping y Acuerdo SMC Medidas antidumping Acuerdo Antidumping y Acuerdo SMC La estructura del Acuerdo Antidumping y la del Acuerdo SMC son parecidas. Por eso, algunas interpretaciones de las disposiciones de uno de estos acuerdos

Más detalles

Ley Nacional Nº Ley de Inversiones Extranjeras. Texto Ordenado por Ley y modificatorias

Ley Nacional Nº Ley de Inversiones Extranjeras. Texto Ordenado por Ley y modificatorias Ley Nacional Nº 21382 Ley de Inversiones Extranjeras Texto Ordenado por Ley 21382 y modificatorias Decreto Reglamentario 1853/93 del 02 de septiembre de 1993 Artículo 1. Los inversores extranjeros que

Más detalles

Ministerio de Justicia, y Derechos Humanos Oficina Anticorrupción

Ministerio de Justicia, y Derechos Humanos Oficina Anticorrupción RESOLUCIÓN OA/DPPT Nº 491/15 BUENOS AIRES, 26/06/ 2015 VISTO las actuaciones registradas en el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS bajo el EXP S04:0028672/14; y CONSIDERANDO I.- Que estas actuaciones

Más detalles

Que el trigo es insumo clave en la alimentación de la mesa de los argentinos.

Que el trigo es insumo clave en la alimentación de la mesa de los argentinos. MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS SECRETARÍA DE COMERCIO Resolución 325/2015 Bs. As., 18/08/2015 VISTO el Expediente N S01:0206127/2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

Más detalles

Ref. Bienes Integrantes de Grandes Proyectos de Inversión - FRONTERA S.A.. 03/01/2017 (BO 05/01/2017)

Ref. Bienes Integrantes de Grandes Proyectos de Inversión - FRONTERA S.A.. 03/01/2017 (BO 05/01/2017) Res.Conj.SC y SIS 1/17 Ref. Bienes Integrantes de Grandes Proyectos de Inversión - FRONTERA S.A.. 03/01/2017 (BO 05/01/2017) VISTO el Expediente Nº S01:0180159/2014 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA

Más detalles

BOLETIN INFORMATIVO. 3. Se cambia el orden de los campos fracción y secuencia en los registro a nivel partida

BOLETIN INFORMATIVO. 3. Se cambia el orden de los campos fracción y secuencia en los registro a nivel partida ADMINISTRACION GENERAL DE ADUANAS ADMINISTRACION CENTRAL DE INFORMATICA BOLETIN INFORMATIVO Núm P009 Febrero 1º del 2001 En alcance al boletín Nº 004 de fecha enero 18 del 2001, se les envía en un archivo

Más detalles

Resolución General 3715/2015. AFIP. Empleados. Comidas para llevar. Trabajadores Mínimos. Presunción

Resolución General 3715/2015. AFIP. Empleados. Comidas para llevar. Trabajadores Mínimos. Presunción Resolución General 3715/2015. AFIP. Empleados. Comidas para llevar. Trabajadores Mínimos. Presunción Se incorpora la actividad "Comidas para llevar", a efectos de determinar de oficio los aportes y contribuciones

Más detalles

VISTO el Expediente N S01:0351602/2015 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y CONSIDERANDO:

VISTO el Expediente N S01:0351602/2015 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y CONSIDERANDO: Res. MP 58/16 Ref. Dumping - Cintas métricas (NCM 9017.80.10) de China - Apertura de examen por expiración de plazo y cambio de circunstancias - Mantiene derechos antidumping. 10/03/2016 (BO 15/03/2016)

Más detalles

Administración Federal de Ingresos Públicos

Administración Federal de Ingresos Públicos RG 3748 -AFIP- Ganancias y Bienes Personales. Nueva versión del aplicativo Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Resolución General 3748 Impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales.

Más detalles

22/01/2009. Precios Estimados

22/01/2009. Precios Estimados Precios Estimados 1 GENERALIDADES ART. 36 fracción I de la ley aduanera en vigor, apartado que menciona los documentos requeridos para la importación y exportación. Factura comercial Documento de transporte

Más detalles

MECANISMOS DE COMERCIALIZACIÓN DE GRANOS EN EL CONSEJO AGROPECUARIO DEL SUR*

MECANISMOS DE COMERCIALIZACIÓN DE GRANOS EN EL CONSEJO AGROPECUARIO DEL SUR* MECANISMOS DE COMERCIALIZACIÓN DE GRANOS EN EL CONSEJO AGROPECUARIO DEL SUR* * Integrado por Argentina, Brasil, Bolivia, Chile, Paraguay y Uruguay Gt1 : Grupo Sistemas de Información y Matriz de Políticas

Más detalles

16 de octubre de 1997 LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI

16 de octubre de 1997 LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI 012-97-INDECOPI/CDS 16 de octubre de 1997 LA COMISION DE FISCALIZACION DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI Visto, el Informe No. 016-97-INDECOPI/CDS de la Secretaría Técnica del 14 de octubre de 1997 y;

Más detalles

Lesser duty rule (LDR) en México

Lesser duty rule (LDR) en México Lesser duty rule (LDR) en México CRITERIOS DE APLICACIÓN Y METODOLOGÍA PARA SU CÁLCULO Contenido 1. Procedimiento general a) Precio no lesivo b) Precio de importaciones investigadas c) Cálculo de CC menor

Más detalles

Resolución General AFIP N 3839/2016

Resolución General AFIP N 3839/2016 Pais ARGENTINA Norma Fiscal NACIONAL RG 3839/2016 AFIP - GANANCIAS - RENTAS TRABAJO PERSONAL - RELACION DEPENDENCIA - RÉGIMEN RETENCIONES Fecha de Publicación: 23/03/2016 Fecha de Entrada en Vigencia:

Más detalles

Artículo 1 Dispónese la emisión de BONOS DE CONSOLIDACION EN MONEDA NACIONAL CUARTA SERIE

Artículo 1 Dispónese la emisión de BONOS DE CONSOLIDACION EN MONEDA NACIONAL CUARTA SERIE DEUDA PUBLICA Resolución 638/2002 Ministerio de Economía Dispónese la emisión de Bonos de Consolidación en Moneda Nacional y de Bonos de Consolidación de Deudas Previsionales en Moneda Nacional para la

Más detalles