FEDERACIÓN MEXICANA DE CHARRERÍA, A. C.

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1 REGLAMENTO OFICIAL PARA DAMAS Y ESCARAMUZAS CHARRAS 2007 CONSEJO DIRECTIVO REGLAMENTO OFICIAL DE ATUENDO CAPITULO I GENERALIDADES Artículo 1.- El desconocimiento del presente reglamento no justifica a las capitanas, competidoras, instructoras (es), familiares y acompañantes, el incumplimiento del mismo. Cualquier falta al reglamento de cualquiera de las personas antes citadas causará que la escaramuza a la que pertenezcan, entrenen y acompañen sea sancionada de acuerdo al presente reglamento. Las jueces que por desconocimiento infrinjan el reglamento y los estatutos no las exime de las sanciones a las que se hagan acreedoras. Artículo 2.- Se entiende por atuendo al vestuario y arreos charros que en su totalidad porta una dama charra; niña o adulta en competencias oficiales y amistosas, concursos de presentación y su uso en eventos sociales. Existen tres tipos de vestuario: 1.- Vestido de Adelita o Ranchera 2.- Traje de charra en sus diferentes categorías de faena de media gala de gala de gran gala de etiqueta 3.- Traje de China Poblana El objeto es fomentar y conservar el atuendo clásico del jinete y su caballo, respetando las costumbres de la charrería en su más pura expresión. Es objetivo de la Federación Mexicana de Charrería que en sus diferentes eventos se guarden las costumbres y tradiciones sobre todo en la ropa. Artículo 3.- Los arreos charros de la cabalgadura forman parte del atuendo clásico, por lo que también se obligará la jinete a presentarlos con propiedad y completos. Artículo 4.- Los atuendos y los arreos para su cabalgadura de la dama charra, serán objeto de calificación en los concursos de presentación, así como para las competencias de escaramuzas; en eventos oficiales, sociales y culturales se solicita los porten con propiedad y completos aunque no estén en competencia. Artículo 5.- En las competencias oficiales de escaramuzas, el atuendo será calificado conforme al presente reglamento

2 Artículo 6.- Para la dama con traje de charra será opcional el uso de la pistola (revólver), en concursos de presentación, siempre y cuando no se monte. No se usará la pistola con el atuendo de Adelita o Ranchera, ni con el de China Poblana. Artículo 7.- El herraje como: chapetones, estribos, argollas, hebillas, chapetas y la espuela del atuendo personal, deberán de hacer juego entre sí. Artículo 8.- En el caso de algún empate en el concurso de presentación, se otorgará el premio a quien presente el conjunto completo y más clásico dentro de su categoría. Artículo 9.- Los accesorios como el bajador, bozal, taloneras, campanas, barriguero y protectores de las manos de los caballos, serán opcionales y no tendrán que ser iguales entre las integrantes de la misma escaramuza. Se permitirá utilizar vendas o cualquier otro objeto protector en patas y manos de los caballos en colores serios. Artículo 10.- El uso de falsa rienda o cualquier tipo de freno no charro; como son los frenos articulados, vaqueros y zacatecanos será motivo de descalificación. Artículo 11.- En cualquier competencia de escaramuzas no podrán aceptarse excepciones en ninguna de las categorías de vestuario ni de arreos. Será motivo de descalificación del equipo el portar objetos o hechuras que alteren las tradiciones charras establecidas en el presente reglamento. Ejemplo de lo anterior sería portar chalecos o corsés como parte del vestido de Ranchera o Adelita, usar con el traje de charra rebozo en lugar de la fajilla, quitarse la chaquetilla del traje de Charra para montar cuando éste se porta con camisa de vestir. El usar botonadura solo en la chaqueta o en la falda. El no portar completo el atuendo de Adelita o el traje de charra, así como faltar algún elemento de los arreos o en la cabalgadura de la jinete. CAPITULO II VESTIDO DE FAENA DE ADELITA O RANCHERA Este es el reglamento para el uso del vestido de Adelita o Ranchera para lo siguiente: Concursos de presentación Eventos sociales, culturales y oficiales Calificación en competencias oficiales de escaramuzas La falta de alguno de los conceptos y el uso de lo no permitido citados a continuación será motivo de descalificación del equipo en la competencia, ya que su uso es obligatorio. Para las competencias oficiales de escaramuzas todas las partes de este atuendo deberán portarlo igual las integrantes de una misma escaramuza. El vestido de Adelita o Ranchera se compone de las siguientes partes y características

3 a) TELA: La tela debe de ser de algodón, popelina, manta, lino o dacrón y ser siempre opacas. No se permite el uso de telas transparentes, satinadas, brillosas, fluorescentes, doradas, plateadas o en colores neones. b) HECHURA: Puede elaborarse de una sola pieza o también en dos piezas; falda y blusa. Para la escaramuza la hechura deberá ser la misma entre las ocho integrantes, aunque pueden usar diferentes colores en la tela, ya sea en parejas, cuartetos o individual. c) HOLAN: Es obligatorio llevar cuando menos un holán plisado y cosido independiente en la parte baja del vestido o falda. d) ADORNOS: Los adornos del vestido podrán ser de tela, tira bordada, encaje de algodón o poliéster, listones y espiguillas. Si el dibujo de los vestidos variara, no se considerará como diferencias en el atuendo. No se permiten adornos en colores fluorescentes, plateados, dorados y neones. e) CUELLO: Es obligatorio que lleve cuello alto. f) MANGAS: Debe llevar mangas largas o cortas al estilo antiguo, es decir, amplia en la parte de arriba. g) ESPALDA: El uso del cierre o botones en la espalda será opcional. h) BANDA: Es obligatoria la banda completa en la cintura o pegada en los costados hacia atrás y debe ir con moño de mariposa y colas, se permite la banda tipo cinturón con moño de mariposa y colas previamente cosido, además del rebozo. i) LARGO: El largo del vestido debe ser a la mitad de la bota jalisco con la crinolina puesta. j) MOÑO: Deberá ser de tela, listón satinado o mate, encaje de algodón u organiza en combinación con el vestido o el rebozo, sin exagerar el tamaño, se porta con todo el cabello recogido a la altura de la nuca. El moño debe estar sujeto al cabello, no se permite pegarlo al sombrero, al vestido ni a algún objeto que ayude a mantenerlo puesto como a un elástico o hilo de coser. Si el moño lleva flores de naturaleza muerta estas deben ser discretas y pequeñas. Todos los moños de las integrantes de una misma escaramuza deben ser iguales. Se prohíbe el uso de lentejuelas, canutillo, chaquitas, papeles, pedrerías, adornos fluorescentes, dorados, plateados, neones, tornasoles o demasiadas flores. k) CRINOLINA: Debe ser de fibras naturales como el algodón, popelina, cabeza de indio, manta y tira bordada en color blanco, crudo y beige, pudiendo llevar adornos de encaje o punta en los mismos colores. Si se desea se podrá usar listón dentro del pasa-listón en combinación con el vestido. No es obligatorio que sean iguales las de las ocho integrantes. Es obligatorio su uso. No se permite el uso del tul. No debe salir por debajo del vestido. Debe usarse almidonada de lo contrario se harán acreedoras a una sanción de dos puntos. l) CALZONERA: De algodón, popelina, cabeza de indio, manta en color blanco o crudo. La hechura deberá ser con resorte en la cintura, sin cierres ni bolsas y larga hasta el tobillo. Se usa por dentro de la bota jalisco. Si se desea puede llevar adornos como encajes, pasa-listón y listón. Los adornos

4 pueden ser del color de la calzonera o hacer juego con los adornos o el color del vestido. Están prohibidas las mallas, licras, mallones y su confección completa de tira bordada. No es obligatorio que sean iguales las de las ocho integrantes. Cuando no se monte a caballo la calzonera debe ser corta a la altura de la rodilla. m) REBOZO: Se porta anudado a la cintura con el nudo al lado izquierdo sobre la banda del vestido. El rebozo deberá hacer juego o contraste con el vestido y sus adornos, en lo que se refiere al color y al tono. Los rebozos pueden variar en las puntas y ligeramente en tonos. Pueden usarse en diferentes colores, ya sea en pares, cuartetos o individual. El uso de colores fluorescentes, neones, llevar adornos sobrepuestos y el uso de fajillas charras en lugar del rebozo está prohibido. Cuando no se monte a caballo el rebozo debe llevarse terciado sobre uno o ambos hombros. n) BOTAS: Deberán ser estilo jalisco en piel o gamuza, siendo obligatorio el cordón a media bota y la herradura por la parte de afuera. En la parte alta podrán tener indistintamente como adorno; cordón, herradura, greca, iniciales, el fierro o bien ser lisas, sin tener que ser iguales entre las integrantes. Los colores deben ser serios e iguales entre las ocho, pudiendo haber ligeras variaciones en el tono, ya sea por el uso o la diferencia del teñido y solo se permiten los siguientes colores: hueso, marfil, beige, miel, oro viejo, ocre, café, marrón, gris, azul marino, vino y verde oscuro, no se permite ningún otro color. Cuando no se monta a caballo se usarán botas porfirianas o de Adelita que pueden ser con botones o agujetas. Los colores permitidos son los mismos que en las botas estilo jalisco además del blanco y negro. o) SOMBRERO: Puede ser de palma, raíz o vara siendo este el más tradicional con el vestido de Adelita o Ranchera. Se permite el uso de sombreros de fieltro, pelo o lana. El planchado puede ser tipo San Luis moderado, Pachuca o Pachuqueño. Deberán portarlos iguales en material, color y planchado. Los tonos de los materiales pueden variar ligeramente por el uso, decoloraciones del sol, el teñido de las pastas o por la confección con los diferentes artesanos. p) TOQUILLA: Podrá ser con calabrote trenzado, calada en gamuza, pirograbada, galón francés, cincelada, chumiteada, bordada con hilo de oro, plata o ambos metales, pita, hilo, canutillo. Los dibujos de los bordados y los calados podrán variar. Los tonos de los materiales pueden variar ligeramente por el uso, decoloraciones del sol, teñido de las gamuzas o por la confección con los diferentes artesanos, ya que lo que se califica es el concepto. Si llevan ribete debe ser igual a la toquilla en material y dibujo. q) CHAPETAS: Para los sombreros de palma, raíz o vara deben ser de cuero, cuerno, hueso, gamuza, etc., se prohíbe el uso de chapetas metálicas. Para los de pelo, fieltro o lana de plata, alpaca, latón, cobre y oro, etc., solo se permiten metálicas. Deberán portarlos por pares e iguales todas las integrantes de una misma escaramuza. r) ARETES: Deben ser tradicionales de manufactura artesanal de cualquier metal, tienen que usarlos en par idéntico cada integrante. Si no se tiene perforación en la oreja no es motivo de descalificación el no portarlos. No tienen que ser iguales los pares de aretes entre las integrantes de la misma escaramuza

5 El uso de objetos en perforaciones en cualquier parte del cuerpo visible que no sean las orejas se sancionará con 2 puntos. s) ESPUELA: La espuela se usa en la bota izquierda del mismo material y concepto, sin importar el dibujo en relación con los arreos. Deben portarlas con el mismo concepto todas las integrantes de una escaramuza. CAPITULO III TRAJE DE CHARRA DE FAENA Este es el reglamento de uso del traje de charra de faena para los siguientes eventos: Concursos de presentación Eventos sociales, culturales y oficiales Competencias oficiales de escaramuzas La falta de alguno de los conceptos y el uso de lo no permitido citados a continuación, será motivo de descalificación del equipo, ya que su uso es obligatorio a excepción del chaleco. Todas las integrantes de una escaramuza deben portar iguales dichos conceptos. Los colores permitidos en botas, gamuzas, corbatas, moños para el cabello y fajillas en esta categoría son: café, ocre, oro viejo, beige, marrón, hueso, marfil, miel, gris, azul marino, vino, verde oscuro y rojo, este último exclusivamente en moños y fajilla. El traje de charra de faena se puede portar en cualesquiera de las dos siguientes versiones: 1. Con camisa tipo pachuqueña de algodón blanca, de color serio o colores pastel, podrán ir bordadas en hilos mate y/o satinados, de cuello tipo militar o de casimir con cuello pegado y volteado o tipo militar, de la misma tela de la falda, puede o no llevar adornos de gamuza. La falda es en línea A y larga hasta los tacones de las botas, en tela de casimir pudiendo llevar adornos de gamuza o cuero y aletón en ambos lados. 2. Con chaqueta, lisa, de tela de casimir o gamuza, sin adornos, con botones y tres mancuernas de cuerno, hueso o gamuza en cada manga o adornada con gamuza o cuero y chaleco éste último opcional, también se permite la confección de éstos bordados con hilos opacos de colores serios, no se permite el bordado con hilo de oro o plata. La falda en línea A, larga hasta los tacones de las botas, de manera opcional puede llevar aletones y uno o dos tablones a los costados. Este traje se porta con camisa blanca, colores pasteles o de color serio, con cuello pegado y volteado. Al portar éste atuendo nunca debe quitarse la chaqueta

6 DESCRIPCIÓN DE LAS PRENDAS O ARTÍCULOS COMPLEMENTARIOS DEL TRAJE DE CHARRA DE FAENA ANTES DESCRITO: a) FAJILLA, CORBATA Y MOÑO PARA EL CABELLO: La corbata y el moño deben ser colgantes en forma de mariposa. El moño se porta con el cabello totalmente recogido a la altura de la nuca. Se pueden elaborar de cualquier tela o de rebozo y haciendo juego en color con la fajilla. Pueden ir bordados con hilos opacos y satinados en colores serios. Se prohíbe la confección en gamuza, ante y cuero en su totalidad, flores sobrepuestas de cualquier material, bordados con chaquira, lentejuela, canutillo, hilos dorados, plateados, cuero, gamuza, ante y el uso de telas doradas, plateadas, neones y fluorescentes. La fajilla se porta además del uso del cinturón dando vuelta a la cintura obligatoriamente cuidando que no salga por debajo del mismo y que las puntas no cuelguen más de una cuarta (20 cms.), no pudiendo prescindir de los flecos de las puntas. Pueden ir a ambos lados de la cadera o solo del lado izquierdo. b) PANTALÓN: Deberá ser de la misma tela y color de la falda. El largo debe ser hasta el tobillo y se usa por dentro de la bota. Va con pretina, cierre o resorte sin bolsas. c) CINTURÓN: Debe portarse al estilo charro tradicional en piel, vaqueta o gamuza haciendo juego con las botas en material y color. d) BOTAS: Deben ser estilo jalisco en piel o gamuza, siendo obligatorio el cordón a media bota y la herradura por la parte de afuera de cada bota. En la parte alta podrán tener indistintamente como adorno: herradura, greca, iniciales, el fierro o bien ser lisas sin que tengan que ser iguales estos entre las ocho integrantes. El color debe ser el mismo de las ocho integrantes de una escaramuza pudiendo variar ligeramente el tono por el uso o el teñido. e) SOMBRERO: Puede ser de palma, raíz o vara siendo este el más tradicional con la categoría del traje de charra de faena. Se permite el uso de sombreros de fieltro, pelo o lana. El planchado puede ser tipo San Luis moderado, Pachuca o Pachuqueño. Deberán portarlos iguales en material, color y planchado. Los tonos de los materiales pueden variar ligeramente por el uso, decoloraciones del sol, el teñido de las pastas o por la confección con los diferentes artesanos. f) TOQUILLA: Podrá ser con calabrote trenzado, calada en gamuza, galón francés, pirograbada, cincelada, chumiteada, bordada con hilo de oro, plata o ambos metales, pita, hilo, canutillo. Los dibujos de los bordados y los calados podrán variar. Los tonos de los materiales pueden variar ligeramente por el uso, decoloraciones del sol, teñido de las gamuzas o por la confección con los diferentes artesanos, ya que lo que se califica es el concepto. Si llevan ribete debe ser igual a la toquilla en material y dibujo. g) CHAPETAS: Para los sombreros de palma, raíz o vara deben ser de cuero, cuerno, hueso, gamuza, etc., se prohíbe el uso de chapetas metálicas. Para los de pelo, fieltro o lana de plata, alpaca, latón, cobre y oro, etc., solo se permiten metálicas. Deberán portarlos por pares e iguales. h) ARETES: Deben ser tradicionales de manufactura artesanal de cualquier metal, tienen que usarlos en par idéntico cada integrante. Si no se tiene perforación en la oreja no es motivo de

7 descalificación el no portarlos. No tienen que ser iguales los pares de aretes entre las integrantes de la misma escaramuza. El uso de objetos en perforaciones en cualquier parte del cuerpo visible que no sean las orejas se sancionará con 2 puntos. i) ESPUELA: La espuela se usa en la bota izquierda del mismo material y concepto, sin importar el dibujo en relación con los arreos. CAPITULO IV TRAJE DE CHARRA DE MEDIA GALA Este es el reglamento de uso del traje de charra de media gala para los siguientes eventos: Concursos de presentación Eventos sociales, culturales y oficiales Competencias oficiales de escaramuzas La falta de alguno de los conceptos y el uso de lo no permitido citados a continuación, será motivo de descalificación del equipo, ya que su uso es obligatorio a excepción del chaleco. Todas las integrantes de una escaramuza deben portar iguales dichos conceptos. Los colores permitidos en botas, gamuzas, corbatas, moños para el cabello y fajillas en esta categoría son: café, ocre, oro viejo, beige, marrón, hueso, marfil, miel, gris, azul marino, vino, verde oscuro y rojo, este último exclusivamente en moños y fajilla. El traje de charra de media gala se porta con chaqueta, falda y chaleco éste último opcional. a) CHAQUETA: De tela de casimir o gamuza o combinados en ambos materiales, con broche de plata o alpaca, ubicado en el pecho y tres mancuernas del mismo material en cada manga. Podrá llevar chaleco en combinación con el traje, ya sea en contraste o del mismo color, se permite con botonadura de plata o alpaca, pero si optan por esta opción deben usarlo todas las integrantes del equipo. b) FALDA: De jerga, tela de casimir o gamuza o combinados éstos dos últimos. Debe tener el largo hasta los tacones de las botas y lleva tres mancuernas de plata o alpaca, colocados en ambos costados de la falda a la altura de la cadera. Debe ser en línea A y de manera opcional puede llevar aletones y uno o dos tablones a los costados. c) CAMISA: Blanca, colores pasteles o de color serio, de cuello pegado y volteado, tipo civil en telas opacas. d) FAJILLA, CORBATA Y MOÑO: La corbata y el moño deben ser colgantes en forma de mariposa. El moño se porta con el cabello totalmente recogido a la altura de la nuca. Se pueden elaborar de

8 cualquier tela o de rebozo y haciendo juego en color con la fajilla. Pueden ir bordados con hilos opacos y satinados en colores serios. Se prohíbe la confección en gamuza, ante y cuero en su totalidad, flores sobrepuestas de cualquier material, bordados con chaquira, lentejuela, canutillo, hilos dorados, plateados, brillosos, cuero, gamuza, ante y el uso de telas doradas, plateadas, neones, fluorescentes. La fajilla se porta además del uso del cinturón dando vuelta a la cintura obligatoriamente cuidando que no salga por debajo del mismo y que las puntas no cuelguen más de una cuarta (20 cms.), no pudiendo prescindir de los flecos de las puntas. Pueden ir a ambos lados de la cadera o solo del lado izquierdo. e) PANTALÓN: Deberá ser de la misma tela y color de la falda. El largo debe ser hasta el tobillo y se usa por dentro de la bota. Va con pretina, cierre o resorte sin bolsas. f) CINTURÓN: Debe portarse al estilo charro tradicional en piel, vaqueta o gamuza haciendo juego con las botas en material y color. Se permite usarlo chumitiado, piteado, pespunteado o cincelado. g) BOTAS: Deben ser estilo jalisco en piel o gamuza, siendo obligatorio el cordón a media bota y la herradura por la parte de afuera de cada bota. En la parte alta podrán tener indistintamente como adorno: herradura, greca, iniciales, el fierro o bien ser lisas sin que tengan que ser iguales estos entre las ocho integrantes. El color debe ser el mismo de las ocho integrantes de una escaramuza pudiendo variar ligeramente el tono por el uso o el teñido. h) SOMBRERO: Debe ser de fieltro, pelo o lana. El planchado puede ser tipo San Luis moderado, Pachuca o Pachuqueño. Deberán portarlos iguales en material, color y planchado. Los tonos de los materiales pueden variar ligeramente por el uso, decoloraciones del sol, el teñido de las pastas o por la confección con los diferentes artesanos. i) TOQUILLA: Podrá ser con calabrote trenzado, calada en gamuza, galón francés, pirograbada, cincelada, chumiteada, bordada con hilo de oro, plata o ambos metales, pita, hilo, canutillo. Los dibujos de los bordados y los calados podrán variar. Los tonos de los materiales pueden variar ligeramente por el uso, decoloraciones del sol, teñido de las gamuzas o por la confección con los diferentes artesanos, ya que lo que se califica es el concepto. Si llevan ribete debe ser igual a la toquilla en material y dibujo. j) CHAPETAS: De plata o alpaca haciendo juego con la botonadura. Todas las integrantes de una misma escaramuza las deben portar por pares e iguales. k) ARETES: Deben ser tradicionales de manufactura artesanal de cualquier metal, tienen que usarlos en par idéntico cada integrante. Si no se tiene perforación en la oreja no es motivo de descalificación el no portarlos. No tienen que ser iguales los pares de aretes entre las integrantes de la misma escaramuza. El uso de objetos en perforaciones en cualquier parte del cuerpo visible que no sean las orejas se sancionará con 2 puntos. l) ESPUELA: La espuela se usa en la bota izquierda del mismo material y concepto, sin importar el dibujo en relación con los arreos

9 m) HERRAJE: El uso del herraje es opcional y deberá hacer juego en material y trabajo con las chapetas, botonadura y espuelas. CAPITULO V TRAJE DE CHARRA DE GALA Este reglamento de uso del traje de charra de gala para los siguientes eventos: Concursos de presentación Eventos sociales, culturales y oficiales Competencias oficiales de escaramuzas La falta de alguno de los conceptos y el uso de lo no permitido citados a continuación, será motivo de descalificación del equipo, ya que su uso es obligatorio a excepción del chaleco. Todas las integrantes de una escaramuza deben portar iguales dichos conceptos. Los colores permitidos en botas, gamuzas, corbatas, moños para el cabello y fajillas en esta categoría son: café, ocre, oro viejo, beige, marrón, hueso, marfil, miel, gris, azul marino, vino, verde oscuro y rojo, este último exclusivamente en moños y fajilla. a) CHAQUETA: De tela de casimir o gamuza o combinados en ambos materiales, con broche de plata o alpaca ubicado en el pecho y tres o seis mancuernas del mismo material en cada manga. Podrá llevar chaleco en combinación con el traje, ya sea en contraste o del mismo color, con botonadura de los metales antes mencionados. b) FALDA: De tela de casimir o gamuza o combinados en ambos materiales. Debe tener el largo hasta los tacones de las botas. Lleva botonadura completa del lado izquierdo y tres o seis mancuernas de plata o alpaca del lado derecho cuando se monta a caballo. Botonadura completa a ambos lados del metal antes mencionado cuando se va a pie, colocados en ambos costados de la falda a la altura de la cadera. Debe ser en línea A y de manera opcional puede llevar uno o dos tablones laterales. c) CAMISA: Blanca de cuello pegado y volteado, tipo civil en telas opacas. d) FAJILLA, CORBATA Y MOÑO: La corbata y el moño deben ser colgantes en forma de mariposa. El moño se porta con el cabello totalmente recogido a la altura de la nuca. Se pueden elaborar de cualquier tela o de rebozo y haciendo juego en color con la fajilla. Pueden ir bordados con hilos opacos y satinados en colores serios. Se prohíbe la confección en gamuza, ante y cuero en su totalidad, flores sobrepuestas de cualquier material, bordados con chaquira, lentejuela, canutillo, hilos dorados, plateados, brillosos, cuero, gamuza, ante y el uso de telas doradas, plateadas, neones, fluorescentes. La fajilla se porta además del uso del cinturón dando vuelta a la cintura obligatoriamente cuidando que no salga por debajo del mismo y que las puntas no cuelguen más de una cuarta (20 cms.), no pudiendo prescindir de los flecos de las puntas. Pueden ir a ambos lados de la cadera o solo del lado izquierdo

10 e) PANTALÓN: Deberá ser de la misma tela y color de la falda. El largo debe ser hasta el tobillo y se usa por dentro de la bota. Va con pretina, cierre o resorte sin bolsas. f) CINTURÓN: Debe portarse al estilo charro tradicional en piel, vaqueta o gamuza haciendo juego con las botas en material y color. Se permite usarlo chumitiado, piteado, pespunteado o cincelado. g) BOTAS: Deben ser estilo jalisco en piel o gamuza, siendo obligatorio el cordón a media bota y la herradura por la parte de afuera de cada bota. En la parte alta podrán tener indistintamente como adorno: herradura, greca, iniciales, el fierro o bien ser lisas sin que tengan que ser iguales estos entre las ocho integrantes. El color debe ser el mismo de las ocho integrantes de una escaramuza pudiendo variar ligeramente el tono por el uso o el teñido. h) SOMBRERO: Debe ser de fieltro, pelo o lana. El planchado puede ser tipo San Luis moderado, Pachuca o Pachuqueño. Deberán portarlos iguales en material, color y planchado. Los tonos de los materiales pueden variar ligeramente por el uso, decoloraciones del sol, el teñido de las pastas o por la confección con los diferentes artesanos. i) TOQUILLA: Podrá ser calada en gamuza, galón francés, pirograbada, cincelada, chumiteada, bordada con hilo de oro, plata o ambos metales, pita, hilo, canutillo. Los dibujos de los bordados y los calados podrán variar. Los tonos de los materiales pueden variar ligeramente por el uso, decoloraciones del sol, teñido de las gamuzas o por la confección con los diferentes artesanos, ya que lo que se califica es el concepto. Si llevan ribete debe ser igual a la toquilla en material y dibujo. j) CHAPETAS: De plata o alpaca debiendo hacer juego con la botonadura. Las deben portar por pares e iguales. k) ARETES: Deben ser tradicionales de manufactura artesanal de cualquier metal, tienen que usarlos en par idéntico cada integrante. Si no se tiene perforación en la oreja no es motivo de descalificación el no portarlos. No tienen que ser iguales los pares de aretes entre las integrantes de la misma escaramuza. El uso de objetos en perforaciones en cualquier parte del cuerpo visible que no sean las orejas se sancionará con 2 puntos. l) ESPUELA: La espuela se usa en la bota izquierda del mismo material y concepto, sin importar el dibujo en relación con los arreos. m) HERRAJE: El herraje deberá hacer juego en material y trabajo con las chapetas, botonadura y espuelas

11 CAPITULO VI TRAJE DE CHARRA DE GRAN GALA Este es el reglamento de uso del traje de charra de gran gala para los siguientes eventos: Concursos de presentación Eventos sociales, culturales y oficiales Nunca deberá usarse en competencia de escaramuzas. Este traje de charra de gran gala debe ser con chaqueta, falda y chaleco, éste último opcional. Confeccionados en paño, tela de casimir o gamuza. La tela siempre debe ser opaca y en colores serios, además de los conceptos mencionados a continuación: a) CHAQUETA: Debe llevar un broche de oro, plata o alpaca en el pecho y con tres o seis mancuernas en cada manga. Debe ir bordada con hilos de oro, plata o con ambos metales en las mangas y en la solapa. Si se lleva chaleco debe ser con botonadura. b) FALDA: Debe ser larga hasta los tacones de las botas, llevar botonadura de oro, plata o alpaca a todo lo largo de la falda por ambos costados. Debe ir bordada con hilo de oro, plata o ambos, en forma de herradura por el frente y por la parte trasera. c) CAMISA: Blanca de cuello pegado y volteado tipo civil en telas opacas. d) FAJILLA, CORBATA Y MOÑO: Blanco o marfil. La corbata y el moño deben ser colgantes en forma de mariposa. El moño se porta con el cabello totalmente recogido a la altura de la nuca. Se pueden elaborar de cualquier tela o rebozo haciendo juego con la fajilla, no mezclar telas satinas con opacas. Pueden ir bordados con hilos de oro, plata o ambos. La fajilla deberá dar vuelta a la cintura obligatoriamente cuidando que no salga por debajo del cinturón y que las puntas no cuelguen más de una cuarta (20 cms), no podrán prescindir de los flecos. Pueden colgar a ambos lados de la cadera o solo del lado izquierdo. e) PANTALÓN: Largo hasta el tobillo de la misma tela y color de la falda. Se usa por dentro de la bota. Va con pretina, cierre o resorte sin bolsas. f) CINTURÓN: Debe portarse estilo charro tradicional. Debe ser ricamente bordado en pita o hilos de oro, plata o ambos metales. g) BOTAS: Estilo Jalisco en colores serios de acuerdo al color del traje. h) SOMBRERO: Fino, de fieltro. Tipo Pachuqueño, Hacendado o San Luis moderado. i) TOQUILLA Y RIBETE: Con galones o ricamente bordado en pita, en hilos de plata, oro o ambos metales. j) CHAPETAS: Oro, plata o alpaca, haciendo juego con la botonadura

12 k) ARETES: Tradicionales, de manufactura artesanal de oro, plata o alpaca, del mismo metal de la botonadura. l) REVOLVER: Es opcional su uso, debe ir con dragona y puede ser con cachas de nácar, oro, plata o ambos haciendo juego con el traje. La funda debe hacer juego con el cinturón. m) HERRAJE: botonadura, herraje, cachas de revolver (con dragona), hebilla del cinturón, freno, chapetas y demás arreos, deben ser de plata o ricamente incrustados sobre hierro, haciendo juego entre sí. CAPITULO VII TRAJE DE CHARRA DE ETIQUETA Este es el reglamento de uso del traje de charra de etiqueta para los siguientes eventos: Concursos de presentación Eventos sociales, culturales y oficiales Este traje no se debe usar de día ni a caballo, solo se debe usar en casos especiales como en bodas o funerales donde deberá por respeto cubrir la botonadura con un velo. Este traje debe ser con chaqueta, falda y chaleco haciendo juego entre sí. Negro, blanco o marfil en paño o tela de casimir. Puede confeccionarse en cualquiera de las siguientes versiones: 1. CON BOTONADURA: Puede ser de oro, plata o ambos metales. La chaqueta lleva un broche en el pecho y tres o seis mancuernas en cada manga, en el chaleco los botones del mismo juego. La botonadura debe ir completa a ambos costados de la falda. 2. CON BORDADO: Con hilo de oro, plata o ambos metales, colocado el bordado en forma de herradura por el frente y la parte trasera de la falda, en las mangas, solapa y la orilla de la chaqueta, así como en las orillas del chaleco. 3. CON BOTONADURA Y BORDADO: Siguiendo las características de los puntos anteriores. Las figuras de la botonadura y el diseño del bordado en las tres versiones del traje, se elaborarán conservando la tradición. a) CAMISA: Blanca de cuello pegado y volteado de tipo civil. b) FAJILLA, CORBATA Y MOÑO: Blanco. La corbata y el moño deben ser colgantes en forma de mariposa. El moño se porta con el cabello totalmente recogido a la altura de la nuca. Se pueden elaborar de cualquier tela o rebozo haciendo juego con la fajilla, no mezclar telas satinas con opacas. Pueden ir bordados con hilos de oro, plata o ambos. La fajilla deberá dar vuelta a la cintura

13 obligatoriamente cuidando que no salga por debajo del cinturón y que las puntas no cuelguen más de una cuarta (20 cms), no podrán prescindir de los flecos. Pueden colgar a ambos lados de la cadera o solo del lado izquierdo. c) CINTURÓN: Sin carrilleras, de charol, ante negro, blanco o marfil, liso o bordado en hilo de oro, plata o ambos. La hebilla debe ser charra, adornada, haciendo juego con la botonadura. d) BOTAS: Estilo jalisco en charol o ante negro, blanco o marfil, haciendo juego con el cinturón. e) SOMBRERO: Fino, de fieltro negro, gris o blanco, tipo Pachuqueño, Hacendado o San Luis moderado. f) TOQUILLA Y RIBETE: Bordados en hilo de oro, plata o ambos. g) CHAPETAS: De oro o plata, haciendo juego con la botonadura. h) ARETES: Deben ser tradicionales, de manufactura artesanal de oro y plata, haciendo juego con la botonadura. i) REVOLVER: Con cachas de oro, plata o nácar, con dragona, la funda debe hacer juego con el cinturón. CAPITULO VIII TRAJE DE CHINA POBLANA Este es el reglamento de uso del traje de china poblana para los siguientes eventos: Concursos de presentación Eventos sociales, culturales y oficiales Desfiles y escolta Nunca debe usarse en competencia de escaramuzas y debe portarse con todas las prendas que a continuación se mencionan: a) BLUSA: Blanca, escotada discretamente, con mangas cortas, bordada con hilo de seda o chaquiras de colores en el escote y mangas. b) CASTOR O ZAGALEJO: De raso, tricolor en rojo en torno a las caderas, blanco y verde o verde en torno a las caderas, blanco y rojo, bordado con lentejuelas, canutillo y chaquira al gusto en diferentes colores. c) CALZADO: Zapatilla de seda color rojo o verde según el color de la última franja del castor o zagalejo para ir a pie y a caballo. La zapatilla debe llevar tacón de carrete o muñeca

14 d) REBOZO: Tricolor, verde o rojo. En la cintura de adelante hacia atrás, subiendo por la espalda en cruz, cae sobre los hombros continuando hasta la cintura y metiendolas por debajo del rebozo que rodea la cintura. e) FONDO: Blanco, con encajes en la orilla terminando en picos, mismos que deberán salir por debajo del castor o zagalejo no más de 10 cms. f) ACCESORIOS: Deberá completar este atuendo con collares de oro, coral, papelillo en combinación con los colores del zagalejo. Zarcillos o grandes arracadas de oro o plata. Llamativas pulseras. g) PEINADO: Dos trenzas largas tradicionales sujetas con listones largos de colores haciendo juego con el zagalejo y el rebozo. Estos listones se rematan con moños de mariposa, ya sea en cada trenza o entrelazadas por detrás o con un chongo a la altura de la nuca. h) SOMBRERO: Fino, de fieltro con galones o finos bordados en oro y plata. CAPITULO IX DE LAS COMPETENCIAS OFICIALES. Artículo 12.- Se entiende por competencia a la contienda deportiva entre dos o más equipos de escaramuzas. Las competencias se clasifican en amistosas y oficiales. Artículo 13.- Serán competencias oficiales todas aquellas a las que convoque la Federación Mexicana de Charrería A.C., como son: Campeonato Nacional. Campeonatos Regionales. Campeonatos Estatales. Torneo Constitución. Torneo Guadalupano. Torneo Revolución. Aniversario de la Federación. Torneo Nacional Abierto. Campeonato Nacional Independencia. Torneo de Campeonas Estatales. Las competencias antes mencionadas son organizadas por las sedes oficiales, sancionadas por miembros del Colegio Nacional de Jueces con el reglamento oficial de competencias vigente, y avaladas por la Federación Mexicana de Charrería A. C. Las competencias amistosas se califican en base a la convocatoria y todo lo no contemplado en la misma se califica en base al Reglamento Oficial para Damas y Escaramuzas Charras y el estatuto de la Federación Mexicana de Charrería, A. C. Lo no especificado en la convocatoria y no pueda resolverse en base al reglamento, deberá ser resuelto por quienes convocan. Artículo 14.- Las competencias oficiales deberán celebrarse en un lienzo charro, éste deberá tener 100 metros de longitud, donde la manga debe medir 60 metros de largo y el ruedo 40 metros de

15 Diámetro. En el ruedo se dibujará un rectángulo de 6 metros de ancho por 20 metros de largo entre los 70 y 90 metros, eliminando la línea para entrar al rectángulo. Será permitido señalar o marcar en la pared del ruedo los cuartos y octavos. Artículo 15.- Desde el momento en que una escaramuza confirma por escrito su presentación a una competencia oficial, estará sujeta a éste reglamento y a la convocatoria. Artículo 16.- La escaramuza actuará antes de cerrar las puertas del ruedo, después del coleadero. Cuándo se justifique, las escaramuzas también podrán participar en ferias. Artículo 17.- Sólo se aceptarán hojas de calificación y croquis oficiales que la Federación distribuya a través de sus Delegadas o de las que se encuentran en la página de Internet de la Federación, con los dibujos de los ejercicios hechos a mano, o impresos directamente del catálogo de ejercicios de la página de Internet de la Federación, en el preciso momento de la ejecución. Todas aquellas hojas que se impriman en computadora con diseños especiales y diferentes a las oficiales, serán rechazadas. Cuándo se tenga que hacer el cambio de la papelería rechazada, deberán cumplir con el tiempo y forma, de no hacerlo así, se aplicará la sanción correspondiente (artículo 18 y 19). Artículo 18.- En los campeonatos oficiales, las jueces de escaramuza recibirán de la capitana del equipo media hora antes del evento la siguiente documentación: a) Tres hojas de calificación con la información requerida en éstas. b) Cuatro hojas de croquis. En el reverso de una de ellas deberá ir fotocopia de las ocho credenciales vigentes de las competidoras y la del entrenador, una de éstas hojas será entregada al locutor oficial por la capitana del equipo. c) Las nueve credenciales vigentes. Si la capitana no entrega en tiempo y forma su documentación, se sancionará a la escaramuza con 6 puntos. La escaramuza que no presente las credenciales de las competidoras de la Federación Mexicana de Charrería, A.C., quedará descalificada. Artículo 19.- Para los campeonatos nacionales, la capitana de la escaramuza deberá hacer llegar a las oficinas de la Federación Mexicana de Charrería, A.C., la siguiente documentación: a) 6 hojas de calificación con la información requerida en éstas. b) 7 hojas de croquis, en el reverso de una de ellas, deberá ir la fotocopia de las credenciales vigentes de las competidoras y del entrenador. c) Una fotografía de cada competidora, tamaño infantil vestida de charra o adelita. La entrega de la documentación deberá cumplir con la fecha límite que marque la convocatoria o establezca la Coordinación Nacional de Escaramuzas. De no hacerlo así, el equipo será sancionado con 6 puntos. Artículo 20.- Las escaramuzas deberán competir en los estados en los que se federaron al principio del año deportivo, así como en la región que le corresponda, de no hacerlo así, el equipo se hará acreedor a una sanción de 10 puntos

16 Artículo 21.- Será obligatoria la participación de todas las escaramuzas en su campeonato estatal. Si por alguna razón el quipo está incompleto, deberá presentar la rutina obligatoria de competencia con un mínimo de 6 elementos, quedando descalificadas, pero conservando su derecho para competir en el campeonato regional de su zona. Artículo 22.- Podrán asistir a los campeonatos regionales las escaramuzas que primero hayan participado en su campeonato estatal. Artículo 23.- El resultar campeonas en el campeonato estatal o regional, no les da derecho a participar en el campeonato nacional. Artículo 24.- Para competir en el campeonato nacional, se elaborará una lista en orden decreciente, tomando en cuenta las calificaciones más altas de los campeonatos estatales y regionales. El número de equipos que asistirán al campeonato nacional, lo determinará la Federación Mexicana de Charrería, A.C., sólo la campeona nacional tendrá su pase directo al campeonato nacional. Artículo 25.- Las escaramuzas que sean notificadas por la Coordinación Nacional de Escaramuzas, deberán confirmar por escrito su participación en la fecha que se establezca, de no hacerlo así, se entenderá que renuncian a su derecho de asistir y su lugar será otorgado a la siguiente escaramuza en la lista de espera. Artículo 26.- Si en alguna asociación existen dos o más escaramuzas, tendrán que participar de manera independiente en sus campeonatos estatal y regional. Para asistir al campeonato nacional, se podrán intercambiar integrantes, siempre y cuándo compitan con el nombre de la escaramuza que ganó el derecho a participar en el campeonato nacional. Artículo 27.- Las competidoras deberán cumplir con los requisitos de revisión médica, siempre y cuándo esté disponible, de lo contrario serán sancionadas con 6 puntos. Artículo 28.- En las competencias oficiales deberán respetarse los horarios de prácticas asignados para cada escaramuza, aunque dicha práctica sea sin caballos, de lo contrario será sancionada con 6 puntos. Si la escaramuza decide no utilizar su tiempo de práctica, no será sancionada. En los campeonatos oficiales que convoque la Federación Mexicana de Charrería, A.C., a excepción de los estatales y regionales, una vez iniciada la competencia, no deberán practicar en ningún otro horario, aún y cuándo obtengan autorización de la sede, o la escaramuza en cuestión sea la misma sede. Artículo 29.- La comisión deportiva femenil será designada y supervisada por la Coordinadora Nacional de Escaramuzas, de acuerdo con la Delegada Estatal, a excepción de los campeonatos estatales y regionales, en los cuáles, la Delegada Estatal de acuerdo con el Presidente de la Unión serán los responsables de asignarla. Esta comisión solamente estará a cargo de supervisar que se respeten los horarios de práctica asignados para cada escaramuza. La comisión deportiva femenil, elaborará un informe diario por escrito, que se entregará a las jueces para la aplicación de las sanciones correspondientes en caso de existir

17 Artículo 30.- La escaramuza deberá cumplir con las especificaciones de la convocatoria, de no hacerlo así, se harán acreedoras a las sanciones que la misma determine. Artículo 31.- La escaramuza deberá respetar los acuerdos y especificaciones establecidas y circuladas por la Federación Mexicana de Charrería, A.C., de no hacerlo así, será sancionada con 6 puntos. Artículo 32.- Cuándo la escaramuza se vea en la necesidad de posponer su presentación, la juez verificará la gravedad de la causa y si así lo considera, le permitirá participar en el mismo evento en el momento que ésta lo considere pertinente. Tanto el cronómetro, como la calificación, se reanudará desde que la escaramuza reinicie su presentación, si ésta repitiera algún ejercicio, las sanciones cometidas permanecerán, y volverá a sancionarse lo que suceda DEL EQUIPO. Artículo 33.- El equipo de escaramuza, estará compuesto de 8 elementos. Deberá presentar la rutina obligatoria de competencia con música tradicional y estará sujeto a la aplicación del presente reglamento. La escaramuza que presente la rutina obligatoria de competencia con más o menos de 8 elementos, quedará descalificada. Artículo 34.- Ninguna escaramuza podrá oponerse a la asignación de jueces. De hacerlo así, quedará descalificada. Artículo 35.- Ninguna escaramuza podrá retirarse de una competencia sin que haya terminado su presentación. De hacerlo así, el equipo quedará descalificado, exceptuando el retirarse de la competencia por lo relativo al artículo 32. Artículo 36.- La escaramuza que venga de fuera y sus caballos no lleguen a tiempo para el desfile por causas de fuerza mayor, no será sancionada, siempre y cuándo lo comprueben ampliamente y se presenten ante las jueces las 8 integrantes, no teniendo la obligación de desfilar a pie. Artículo 37.- El equipo completo tiene la obligación de desfilar al inicio de la competencia, de no hacerlo así, será sancionada con 6 puntos. Cuándo por causas de emergencia, justo antes del desfile, una integrante o un caballo se vea imposibilitado para desfilar, la juez evaluará la gravedad de la situación, y si amerita el caso, le permitirá desfilar incompleta sin sanción. Artículo 38.- Si la reina de la asociación pertenece a la escaramuza competidora y la asociación compite el mismo día y hora que la escaramuza, la reina podrá desfilar con el equipo de su asociación pudiendo llevar diferente atuendo sólo en el desfile. Artículo 39.- Si la escaramuza no se presenta a tiempo para la revisión de arreos, será sancionada con 6 puntos, teniendo que ser revisadas junto con su cabalgadura por las jueces al terminar la actuación o cuándo éstas lo consideren pertinente. El único caso en el que no será sancionada la escaramuza por éste motivo, será que no lleguen sus caballos a tiempo para la revisión de arreos, por algún problema con el transporte y haya sido autorizado por las jueces

18 Artículo 40.- Cuándo una escaramuza al competir en un torneo preste sus caballos a otro equipo de fuera, deberán presentarse ambos equipos ante las jueces para la revisión de arreos, debiendo estar un equipo a pié y el otro montado, y deberá desfilar uno de los equipos completo. Artículo 41.- Las integrantes, amigos, familiares y entrenadores de un equipo que hagan comentarios dolosos o insulten a otra escaramuza durante los entrenamientos o la competencia, será sancionado con 6 puntos. DE LAS COMPETIDORAS. Artículo 42.- En las competencias oficiales solo podrán participar competidoras acreditadas con sus respectivas credenciales vigentes de la Federación Mexicana de Charrería, A.C., si un equipo de escaramuza altera alguna credencial, quedará descalificado.. Artículo 43.- Cuándo una competidora forme parte de dos o más grupos de escaramuzas federadas, se tendrá por definida su actividad para todo el año deportivo con la primera escaramuza que compita oficialmente. Si compitiera con otro equipo, éste quedará descalificado. Artículo 44.- Las integrantes de la escaramuza deberán respetar las decisiones de su capitana. Artículo 45.- Podrán participar competidoras infantiles (14 años no cumplidos) en la categoría libre, para lo cual al momento de federarse deberán presentar una carta responsiva de los padres autorizando la participación de la menor en ésta categoría. DE LAS CAPITANAS. Artículo 46.- Cada escaramuza deberá nombrar a su capitana para dirigir su presentación, ésta debe hacer entrega de la documentación que indica el artículo 18 y 19 de éste reglamento, así como para todos los trámites en los que deberá representar a su grupo. La capitana debe montar con su escaramuza. Artículo 47.- La capitana estará autorizada para hacer los cambios que crea necesarios, tanto de elementos como de ejercicios, previo aviso a las jueces. Artículo 48.- La capitana está obligada a aceptar la decisión de las jueces, las aclaraciones de su calificación deberán hacerse dentro de la competencia inmediatamente después de terminada su participación, con pleno conocimiento de causa y con el debido respeto. Ninguna capitana, integrante de escaramuza, familiar, entrenador (a) o personas allegadas al equipo podrán pedir explicaciones o cuestionar la calificación de otra escaramuza, de hacerlo así, será motivo de descalificación del equipo. Artículo 49.- Si hubiera alguna inconformidad de la capitana con respecto a su calificación, deberá manifestarlo en la parte de la hoja de calificación destinada para tal efecto, no está permitido hacer uso de este especio para inconformidades de otra escaramuza. Si la escaramuza quisiera mandar

19 alguna queja a la Federación, esta deberá llevar las firmas de la capitana, presidente de su asociación, delegada estatal y presidente de la unión para que se le dé curso. Artículo 50.- La capitana o cualquier otra persona relacionada con la escaramuza que le falte al respeto al jurado calificador, causará que la escaramuza sea descalificada, y se turnará a las instancias correspondientes para lo que proceda. DEL JURADO CALIFICADOR. Artículo 51.- El jurado calificador para competencias oficiales estará integrado por personas capacitadas designadas por el Colegio Nacional de Jueces de la Federación Mexicana de Charrería, A.C. Artículo 52.- La máxima autoridad en las competencias oficiales es el jurado calificador y resolverá cualquier contingencia que surja en base al estatuto y al reglamento oficial de competencias, su decisión será respetada, indiscutible e inapelable. Artículo 53.- Es obligatorio para las jueces presentarse en el lugar de la competencia 30 minutos antes del inicio del evento. Artículo 54.- Las jueces se instalarán en lugares estratégicos quedando terminantemente prohibido el acercamiento deliberado de la Delegada Estatal o cualquier persona ajena mientras ellas estén calificando. Artículo 55.- Las jueces deberán calificar, calcular y cerrar sus hojas inmediatamente después de terminar la participación de la escaramuza en el mismo lugar donde están calificando, y se dará la puntuación en el momento que se haya cerrado la hoja de calificación y rectificad sus sumas. Si hubiese error de suma, las jueces rectificarán la calificación en el lapso que dure la competencia. Al llegar las hojas a la Federación Mexicana de Charrería, A.C., se revisarán, y si existe error de suma, se corregirá la calificación y se notificará a la escaramuza y a quienes hayan firmado la convocatoria. En las ferias de escaramuzas, o cuándo se presenten más de una escaramuza, las jueces reunirán a las capitanas y les mostrarán las hojas de calificación simultáneamente, y podrán copiarlas si así lo desean. El tiempo máximo que esperarán las jueces a las capitanas para la entrega de su calificación será de media hora. Las jueces no están obligadas a dar explicación de la hoja de calificación, si la capitana lo solicita darán con amabilidad una breve explicación de la hoja de calificación. Las capitanas deberán firmar sus hojas de calificación. Artículo 56.- La juez responsable y la persona designada por el Coordinador Nacional de Jueces, deberá hacer el concentrado y promediar las calificaciones de las jueces, para obtener la calificación oficial y hacerla pública de inmediato. Artículo 57.- Será obligación de las jueces llenar el formato de reporte y anexarlo a las hojas de calificación de las escaramuzas. La juez responsable deberá enviarlas a la Federación Mexicana de Charrería, A.C. en un máximo de cinco días hábiles después de concluido el evento

20 Deberán hacer llegar en el mismo lapso, los comprobantes de sus viáticos, ya sea a la Federación Mexicana de Charrería, A.C. o a la sede organizadora del evento según corresponda. Será responsabilidad de la sede absorber la cuota de mensajería para el envío de los documentos antes citados. Artículo 58.- Las jueces deberán escribir claramente su nombre y firmar las hojas de calificación. La capitana deberá firmar la misma hoja. Artículo 59.- Sólo el Coordinador Nacional de Jueces podrá designar a las jueces practicantes en las competencias oficiales y deberá comunicar su decisión a las jueces oficiales. Artículo 60.- Las jueces estarán obligadas a informar a la escaramuza si traen algún arreo o atuendo diferente o no permitido, así como algún error en los movimientos de su rutina, ya sea durante la recepción de la documentación o durante la revisión de arreos, y le permitirá presentarlo correctamente antes de su competencia si el tiempo así lo permite. Artículo 61.- Por ningún motivo las jueces y aspirantes podrán abandonar, prestar o mostrar las hojas de calificación antes o después de la competencia a ninguna persona a excepción de la capitana del equipo en cuestión, así como hacer comentarios de las calificaciones, si las jueces y aspirantes incurrieran en ésta falta, se turnará a las instancias correspondientes para lo que proceda. DE LOS ENTRENADORES. Artículo 62.- Se entiende por entrenador a toda aquella persona que establece una asesoría práctica a caballo, en el lienzo, ya sea prolongada o efímera, remunerada o gratuita y puede o no montar con el equipo que se defina durante el año deportivo. Artículo 63.- Tienen obligación de estar federados, vestirse de charro si es hombre, y de adelita o charra si es mujer, haber asistido a las reuniones de información y actualización para entrenadores que organiza la Federación Mexicana de Charrería, A.C. Artículo 64.- No podrá intervenir dando instrucciones a la escaramuza, pues si lo hace, se descalificará el ejercicio en el que ocurra. Deberá abstenerse de hacer comentarios negativos durante el tiempo que dure la competencia oficial en contra de las jueces o de la calificación, así como de intervenir a favor o en contra de cualquier otro equipo que esté compitiendo, ya que se sancionará descalificando a su escaramuza de la justa deportiva en la que se está compitiendo, además de ser reportado(a) a las instancias correspondientes para lo que proceda

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