COMANDANCIA DE OBRAS 1 MELILLA

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1 PROYECTO /COMGEMEL, BASE DISCONTINUA/MANTENIMIENTO FACHADA OBRA Nº 49/12 TC /12 PROYECTADO POR: TENIENTE CORONEL INGENIERO DE CONSTRUCCION Y ELECTRICIDAD D. José Manuel Alba Ordás CAPITÁN ESPECIALISTA DE MECANICA DE MATERIALES D. José Manuel Amo Sánchez AÑO: 2012

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3 COMANDANCIA DE OBRAS 1 DATOS DEL PROYECTO: Plaza de: Melilla BAE: COMANDANCIA GENERAL DE Título: PROYECTO MANTENIMIENTO FACHADA EDIFICIO COMGEMEL, BASE DISCONTINUA,. Nº de Obra: 49/12 TC.: /12 Importe TOTAL: ,76 Importe TOTAL + 8% de IPSI: ,70 Plazo de ejecución: 1 MES Página 2 de 126

4 I. MEMORIA I.1 Memoria descriptiva I.1.1 Agentes I.1.2 Objeto de las obras I.1.3 Ordenes recibidas I.1 4 Planificación I.1.5 Información previa I.1.6 Descripción del proyecto I.1.7 Prestaciones de la obra I.2 Memoria constructiva I.2.1 Sistemas de acondicionamiento e instalaciones I.3 Cumplimiento del CTE I.4 Cumplimiento de otros reglamentos y disposiciones I.5 Carácter de la obra I.5.1 Clasificación de la obra a efectos de la elaboración del proyecto I.5.2 Carácter de la obra a efectos de supervisión I.5.3 Carácter de la obra a efectos de seguridad y salud I.5.4 Carácter de la obra completa I.5.5 Carácter de la obra a efectos de división por lotes I.6 Relación de Documentos, Anejos y Planos de que consta el proyecto I.7 Anejos a la Memoria I.7.1 Documentos definitorios de la necesidad I.7.2 Certificado de Propiedad y Viabilidad I.7.3 Orden de redacción del proyecto I.7.4 Plan de control de calidad I.7.5 Estudio Básico de Seguridad y Salud I.7 6 Justificación del cálculo de los precios adoptados y bases fijadas para la valoración de las unidades de obra y de las partidas alzadas I.7.7 Costa horario para precios de mano de obra en Melilla I.7.8 Presupuesto para conocimiento de la Administración I.7 9 Estudio del Impacto Ambiental I.7 10 Estudio de Gestión de residuos de construcción y demolición II. PLANOS II.1 Relación de planos III. PLIEGO DE CONDICIONES III.1 Propuesta al Pliego de cláusulas administrativas III.2 Pliego de prescripciones Técnicas Generales para obras en ámbito del Ministerio de Defensa III. 3 Pliego de condiciones Técnicas Particulares III. 4 Obligaciones de orden Técnico que corresponden al Contratista IV. MEDICIONES V. PRESUPUESTO V.1 Cuadro de precios descompuestos V.2 Cuadro de precios unitarios V.3 Cuadro de precios auxiliares V.4 Presupuesto de ejecución material y base de licitación VI. PROGRAMA INDICATIVO DE LOS TRABAJOS Página 3 de 126

5 DOCUMENTO I. MEMORIA Página 4 de 126

6 I.1. MEMORIA DESCRIPTIVA I.1.1 AGENTES Promotor: Proyectista: Director de obra: Ministerio de Defensa Teniente Coronel Ingeniero de Construcción y Electricidad D. José Manuel Alba Ordás A determinar Otros técnicos intervinientes: Capitán Especialista Mecánica de Materiales D. José Manuel Amo Sánchez Director de la ejecución de la obra: A determinar Seguridad y Salud: Constructor: Autor del estudio: Coordinador durante la ejecución de la obra: A determinar Teniente Coronel Ingeniero de Construcción y Electricidad D. José Manuel Alba Ordás A determinar I.1.2 OBJETO DE LAS OBRAS Se redacta el presente proyecto como consecuencia de las órdenes recibidas por la Superioridad y con el objeto de proceder a realizar las obras de mantenimiento fachadas, rejas y barandillas de la COMGEMEL. I.1.3 ÓRDENES RECIBIDAS Se adjunta fotocopia de la Orden de Redacción del Proyecto en el apartado I.7.3 de Anejos a la memoria. I.1.4 PLANIFICACIÓN Acta de Especificación de Necesidades firmada en el mes de Octubre por el General D. Luis Martinez Trascasa Jefe de la BASE DISCONTINUA y el Teniente Coronel Ingeniero de Construcción y Electricidad D. José Manuel Alba Ordás que se adjunta en el apartado I.7.1 de Anejos a la memoria. Página 5 de 126

7 I.1.5 INFORMACIÓN PREVIA Emplazamiento: Los terrenos en donde se va a realizar la obra corresponden al Ministerio de Defensa. Entorno físico: Se trata de realizar los trabajos de mantenimiento de fachadas, rejas y barandillas de la COMGEMEL. I.1.6 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO Descripción general: Atendiendo a los condicionantes tanto técnicos como económicos propios de esta obra, la solución que se considera como más idónea es la realización de los trabajos necesarios para el mantenimiento de las fachadas, rejas y barandillas de la COMGEMEL. Documentos definitorios de la necesidad: Las descritas en el Acta de Especificación de Necesidades incluidas en el apartado I.7.1 de Anejos a la memoria. Uso característico: Los determinados en el proyecto. Otros usos previstos: No se prevén. Relación con el entorno: La construcción se adapta al entorno existente. Cumplimiento del CTE: El presente proyecto se ajusta a los requerimientos básicos expresados en el CTE. Cumplimiento de otras normativas: El proyecto satisface todos los requisitos especificados en el CTE en sus apartados Estatales, Autonómico y Normativa Técnica en vigor. Descripción de la geometría La geometría de los edificios objeto del proyecto es la descrita en los planos adjuntos al proyecto. Página 6 de 126

8 I.1.7 PRESTACIONES DE LA OBRA Requisitos: Los impuestos por las exigencias y requisitos básicos solicitados por el CTE y expuestos a continuación: Requisitos Básicos: Los especificados en el CTE e instrucciones técnicas que la desarrollan para este tipo de instalaciones y obras. Limitaciones: La limitación que impone el propio uso del tipo de instalación u local, objeto del proyecto. Página 7 de 126

9 I.2. MEMORIA CONSTRUCTIVA I.2.1 SISTEMAS DE ACONDICIONAMIENTO E INSTALACIONES Como solución adoptada se realizará un picado general de las zonas afectadas en aquellos paramentos que presenten desprendimientos puntuales. Se enfoscarán, dichos paramentos, con mortero de cemento y se pintarán con pintura pétrea en el color actual de resto de fachada. Se rascaran, miniaran y pintarán con pintura al esmalte todas las rejas de Planta Baja y barandillas de Planta 1ª. I.3. CUMPLIMIENTO DEL CTE Por tratarse de una obra de sencillez técnica y de escasa entidad constructiva, no teniendo carácter residencial o público y al estar desarrollada en el exterior, no se considera la realización de cálculos justificativos de las exigencias básicas. Página 8 de 126

10 I.4. CUMPLIMIENTO DE OTROS REGLAMENTOS Y DISPOSICIONES I.4.1 NORMATIVA APLICADA Dentro del ámbito de aplicación de la L.O.E. (Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación, de 5 de noviembre) se considera que la obra corresponde a las que hace referencia el epígrafe 2.b) del Artículo 2 de la citada Ley. Se aplicará la disposición adicional tercera: Intervenciones en el proceso de la edificación de los Cuerpos de Ingenieros de los Ejércitos en el ámbito de la Defensa. Para la realización de los trabajos incluidos en este proyecto y en la medida que lo afecten, serán de obligado cumplimiento las cláusulas contenidas en los apartados B y C del Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para obras en el ámbito del Ministerio de Defensa, revisión número 1, conforme a la orden ministerial número 79/2001, de 20 de abril, así como en aquellas que para la revisión o actualización del Pliego anterior, hayan sido publicadas hasta la fecha de suscripción del contrato. En la redacción del presente proyecto, además de la normativa vigente relacionada a continuación que pudiera afectarle, se han seguido las directrices marcadas por la Instrucción para la elaboración de proyectos de obras en el ámbito del Ministerio de Defensa (Junio 2.002), Dirección General de Infraestructura, Ministerio de Defensa (O.M. 118/2.002, BOD 115 de 13 de junio de 2.002). La normativa que a continuación se relaciona, será de cumplimiento preceptivo en la ejecución de las obras contempladas en este proyecto: DISPOSICIONES OFICIALES, NORMAS Y LEGISLACIÓN Las instalaciones de los Acuartelamientos deben cumplir la normativa vigente de los Departamentos ministeriales correspondientes. Las disposiciones serán actualizadas por los Jefes de mantenimiento conforme sean aprobados nuevas Leyes o Reglamentos aplicables a cada una de las instalaciones que deban mantener. Nomenclatura general: Normativa Estatal.... normal Corrección de errores.... un asterisco. Modificaciones, desarrollos o disposiciones complementarias... dos asteriscos 1. GENERALES Ley de Ordenación de la Edificación Ley 38/1999 de , de la Jefatura de Estado. BOE Instrucción 11 de Septiembre 2000, BOE ** Ley 24/2001, de , BOE ** Ley 53/2002, de , BOE ** R.D. 314/2006, de , BOE ** Ley 25/2009, de , BOE ** R.D. 410/2010, de , BOE ** Código Técnico de la Edificación. R.D. 314/2006, de , del Mº de Vivienda. BOE , BOE * R.D. 1371/2007, de , del Mº de Vivienda. BOE , BOE *, BOE ** Orden VIV/984/2009 Mº Vivienda. BOE , BOE * R.D. 173/2010, de , del Mº de Vivienda. BOE ** R.D. 410/2010, de , del Mº de Vivienda. BOE ** Sentencia de 4 de mayo de Sala Tercera del Tribunal Supremo, BOE ** 2. CODIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN Página 9 de 126

11 Código Técnico de la Edificación. (Según disposiciones normativas anteriores) Contenido: Parte I Parte II. Documentos Básicos. DB Registro General del Código Técnico de la Edificación. Orden VIV/1744/2008, de 9 de junio, por la que se regula el Registro General del Código Técnico de la Edificación. BOE R.D. 410/2010, de , BOE ** SE Seguridad Estructural CTE DB SE Seguridad Estructural. - ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN CTE DB SE-AE Acciones en la Edificación. Norma de Construcción Sismorresistente: Parte General y Edificación (NCSR-02). R.D. 997/2002, de , del Ministerio de Fomento. BOE R.D. 637/2007, de , BOE ** - ESTRUCTURAS ACERO CTE DB SE-A Acero aplicado conjuntamente con los DB SE Seguridad Estructural y DB SE-AE Acciones en la Edificación ; Instrucción de Acero Estructural (EAE-2011) Real Decreto 751/2011, de , del Ministerio de la Presidencia. BOE ESTRUCTURAS HORMIGÓN. Instrucción de hormigón estructural (EHE-08) Real Decreto 1247/2008, de , del Ministerio de la Presidencia. BOE BOE * - ESTRUCTURAS DE FÁBRICA CTE DB SE-F Fábrica, aplicado conjuntamente con los DB SE Seguridad Estructural y DB SE-AE Acciones en la Edificación - ESTRUCTURAS DE MADERA CTE DB-SE-M Estructuras de Madera, aplicado conjuntamente con los DB SE Seguridad Estructural y DB SE-AE Acciones en la Edificación SI Seguridad en caso de Incendio CTE DB SI Seguridad en caso de Incendio SI 1 Propagación interior SI 2 Propagación exterior SI 3 Evacuación de ocupantes SI 4 Instalaciones de protección contra incendios SI 5 Intervención de los bomberos SI 6 Resistencia al fuego de la estructura Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios. R.D. 1942/1993, de , del Mº de Industria y Energía. BOE BOE *. Orden , BOE ** Reglamento de Seguridad contra incendios en establecimientos industriales. R.D. 2267/2004, de Mº de Industria, Turismo y Comercio. BOE BOE * Clasificación de los productos de construcción y de los elementos constructivos en función de sus propiedades de reacción y resistencia frente al fuego. ( Euroclases de reacción y resistencia al fuego) R.D. 312/2005, de , del Mº de Presidencia. BOE , R.D. 110/2008, de , BOE ** SU Seguridad de Utilización CTE DB SUA Seguridad de Utilización y Accesibilidad Página 10 de 126

12 SUA 1 Seguridad frente al riesgo de caídas SUA 2 Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento SUA 3 Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento SUA 4 Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada SUA 5 Seguridad frente al riesgo causado por situaciones con alta ocupación SUA 6 Seguridad frente al riesgo de ahogamiento SUA 7 Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento SUA 8 Seguridad frente al riesgo causado por la acción del rayo SUA 9 Accesibilidad HS Salubridad CTE DB HS Salubridad HS 1 Protección frente a la humedad HS 2 Recogida y evacuación de residuos HS 3 Calidad del aire interior HS 4 Suministro de agua HS 5 Evacuación de aguas HR Protección frente al Ruido Ley del Ruido. Ley 37/2003, de Jefatura del Estado. BOE /11/2003. R.D.L. 8/2011, de , BOE ** R.D. 1513/2005, de BOE ** R.D. 1367/2007, de BOE **. DB-HR Protección frente al ruido Real Decreto 1371/2007, de , del Mº de Vivienda. BOE , BOE *. BOE *. Real Decreto 1675/2008, de , BOE ** Orden VIV/984/2009, de , BOE ** HE Ahorro de Energía CTE DB HE Ahorro de energía. HE-1 Limitación de la demanda de energía. HE-2 Rendimiento de las instalaciones térmicas (RITE) HE-3 Eficiencia energética de las instalaciones de ilumi-nación. HE-4 Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria. HE-5 Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica 3. INSTALACIONES 3.1.-ABASTECIMIENTO DE AGUA Y DEPURADORAS Pliego de prescripciones técnicas generales para tuberías de abastecimiento de agua. Orden de , del Mº de Obras Públicas y Urbanismo. BOE , Orden , BOE **, Orden , BOE ** Diámetro y espesor mínimo de los tubos de cobre para instalaciones interiores de suministro de agua. Resolución de , de la Dir. Gral. de Energía. BOE Criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano. Página 11 de 126

13 Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, Mº de la Presidencia. BOE BOE *. ORDEN SCO/1591/2005, de 30.05, BOE ** Orden SCO/778/2009, de , BOE ** ORDEN SAS/1915/2009, de , BOE ** Reglamento del Dominio Público Hidráulico Real Decreto 9/2008, de 11 de enero, por el que se modifica el, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (BOE de 16 de enero de 2008). Ley de Aguas Real Decreto-Ley 4/2007, de 13 de abril, por el que se modifica el texto refundido de la, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio. (BOE número 90 de 14/4/2007). Normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas REAL DECRETO 2116/1998, de 2 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo, de desarrollo del Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre CORRECCION de erratas en BOE num. 286, de 30 de noviembre de Normas de emisión, objetivos de calidad y métodos de medición de referencia relativos a determinadas sustancias nocivas o peligrosas contenidas en los vertidos de aguas residuales Orden del ministerio de obras públicas y urbanismo, de 12 de noviembre de 1987 sobre. BOE 280, de Normas provisionales para el proyecto y ejecución de instalaciones depuradoras y de vertido de aguas residuales al mar en las costas españolas. Resolución de 23 de abril de 1969, de la dirección general de puertos y señales marítimas (obras públicas). (BOE número 147 de 20/6/1969). Se deroga el art. 17, por real decreto 734/1988, de 1 de julio. Especificaciones técnicas de los aparatos sanitarios cerámicos para los locales de higiene corporal, cocinas y lavaderos O. de 14 Mayo de B.O.E. publicado el 4/7/1986. SE DEROGA lo indicado, por REAL DECRETO 1220/2009, de 17 de julio y por REAL DECRETO 442/2007, de 3 de abril APARATOS ELEVADORES Aprobación del texto revisado del Reglamento de Aparatos Elevadores. Orden de , del Mº de Industria. BOE BOE * Orden , BOE ** Orden , BOE ** Orden , BOE ** Orden , BOE ** Orden , BOE ** Orden , BOE ** Orden , BOE ** Determinación de las condiciones que deben reunir los aparatos elevadores de propulsión hidráulica y las normas para la aprobación de sus equipos impulsores. Orden de , del Mº de Industria. BOE Normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas. R.D. 1644/2008, de , BOE Reglamento de Aparatos de elevación y manutención. R.D. 2291/1985, de , del Ministerio de Industria y Energía. BOE R.D. 1314/1997, Aplicación de la Directiva 95/16/CE sobre ascensores, BOE ** R.D.560/2010, de , BOE ** Aplicación de la Directiva del Consejo de las C.E. 84/528/CEE, sobre aparatos elevadores y de manejo mecánico. (Directiva 84/528/CE derogada por Directiva 95/16, de 29 de Junio) R.D 474/1988, de , del Mº de Industria y Energía. BOE Actualización de la tabla de Normas UNE y sus equivalentes ISO y CENELEC. Página 12 de 126

14 Res. de , de la Dir. Gral. de Tecnología y Seguridad Industrial. BOE Instalación de ascensores sin cuarto de máquinas. Res. de de la Dir. Gral. de Tecnología y Seguridad Industrial BOE BOE * Directiva del parlamento y del consejo 95/16 CE sobre ascensores. R.D. 1314/1997, de del Mº de Industria y Energía. BOE BOE * BOE **. BOE **. BOE ** (a partir del 29 de diciembre de 2009) Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-MIE-AEM1 Orden del Mº de Industria y Energía BOE BOE * Orden , BOE ** Orden , BOE ** ITC-MIE-AEM-1. Res. de , de la Dirección General de Política Tecnológica. BOE ITC-MIE-AEM-2, del Reglamento de Aparatos de elevación y manutención referente a grúas torre desmontables para obra u otras aplicaciones. R.D. 836/2003 de , del Mº de Ciencia y Tecnología. BOE BOE * R.D. 560/2010, de , BOE ITC-MIE-AEM-3, referente a carretillas automotoras de manutención. Orden de , del Mº de Industria y Energía. BOE ITC-MIE-AEM-4 del Reglamento de Aparatos de elevación y manutención referente a grúas móviles autopropulsadas. R.D. 837/2003 de , del Mº de Ciencia y Tecnología. BOE R.D. 560/2010, de , BOE INSTALACIONES AUDIOVISUALES. Instalación de antenas receptoras en el exterior de inmuebles. Decreto de , de la Presidencia del Gobierno. BOE Instalación en inmuebles de sistemas de distribución de la señal de televisión por cable Decreto 1306/1974 de de la Presidencia del Gobierno BOE Ley General de la comunicación audiovisual Ley 7/2010, de , BOE Resolución , BOE ** Ley 2/2011, de BOE 5/3/2011** Ley.O. 4/2011, de , BOE ** Resolución , BOE ** R.D.L. 14/2011, de , BOE ** R.D. 1624/2011, de , BOE ** Especificaciones técnicas del punto de terminación de la red telefónica conmutada (RTC) y requisitos mínimos de conexión de las instalaciones privadas de abonado. Real Decreto 2304/1994, de , del Mº de Obras Públicas Transportes y Medio Ambiente. BOE Infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación. R.D. Ley 1/1998 de de la Jefatura de Estado BOE Resolución , BOE ** Ley 38/1999, de , BOE ** Resolución , BOE ** Ley 10/2005, de , BOE ** Página 13 de 126

15 Ley General de Telecomunicaciones Ley 11/1998 de 24 de abril de la Jefatura del Estado BOE , BOE * Ley 48/1998, de , BOE ** Ley 50/1998, de , BOE ** Orden , BOE * Ley 5/1999, de , BOE ** Orden , BOE ** R.D.L. 7/2000, de , BOE ** R.D.L. 1890/2000, de , BOE ** Ley 14/2000, de , BOE ** RD 541/2001, de , BOE ** RD 1066/2001, de , BOE ** Resolución 15/2001, de , BOE ** Ley 24/2001, de , BOE ** R.D. 164/2002, de , BOE ** Ley 34/2002, de , BOE ** Ley 62/2003, de , BOE ** Ley 51/2007, de , BOE ** Ley 56/2007, de , BOE ** Reglamento que establece el procedimiento para la evaluación de la conformidad de los aparatos de telecomunicaciones Real Decreto 1890/2000. BOE Resolución , BOE ** R.D. 424/2005, de , BOE ** Orden ITC/2036/2010, de , BOE ** Ley General de Telecomunicaciones Ley 32/2003. BOE BOE * Ley 4/2004, de BOE ** R.D. 2296/2004, de , BOE ** R.D. 1620/2005, de , BOE ** R.D. 920/2006, de , BOE ** R.D. 964/2006, de , BOE ** Ley 25/2007, de , BOE ** Ley 56/2007, de , BOE ** R.D. 863/2008, de , BOE ** ORDEN ITC/3538/2008, de , BOE ** R.D. 899/2009, de , BOE ** Ley 25/2009, de , BOE ** R.D. 244/2010, de , BOE ** Ley 7/2010, de , BOE ** Ley 2/2011, de BOE 5/3/2011** Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones R.D. 346/2011, de 11 de marzo, Mº de Industria, Turismo y Comercio. BOE , BOE, * Orden ITC/1644/2011, de , BOE ** R.D. 1580/2006, de 22 de diciembre, por el que se regula la compatibilidad electromagnética de los equipos eléctricos y electrónicos RESOLUCIÓN de 20 de septiembre de 2006, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se dictan Instrucciones para el desarrollo y aplicación del Reglamento de uso del dominio público Página 14 de 126

16 radioeléctrico por aficionados. SE MODIFICA el anexo I, por RESOLUCIÓN de 18 de febrero de CALEFACCIÓN, CLIMATIZACIÓN Y AGUA CALIENTE. Reglamento de seguridad para plantas e instalaciones frigoríficas R.D. 138/2011, de , BOE , BOE * Instrucciones complementarias MI IF del reglamento de seguridad para plantas e instalaciones frigoríficas. R.D. 138/2011, de , BOE , BOE * Reglamentación Técnica Sanitaria sobre las condiciones generales de almacenamiento frigorífico de alimentos y productos alimentarios. R.D. 168/1985 de 6 de febrero. (BOE 14/2/1985). Disposiciones de aplicación en la Directiva del Consejo de las CE 90/396/CEE sobre aparatos de gas. R.D.1428/1992, de , del Mº de Industria, Comercio y Turismo. BOE , BOE *, BOE * R.D. 276/1995, de , BOE ** Requisitos de rendimiento para las calderas nuevas de agua caliente alimentadas con combustibles líquidos o gaseosos. R.D. 275/1995, de , del Mº de Industria y Energía. BOE , BOE *. Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE) R.D. 1027/2007, de , del Ministerio de la Presidencia. BOE , BOE * R.D. 1826/2009, de , BOE ** R.D. 249/2010, de , BOE ** Protección Ambiental Atmosférico, que determina la medición de parámetros sobre contaminación atmosférica y medio ambiente para aparatos de combustión Real Decreto 833/1975 de 16 de febrero, que desarrolla la Ley 38/72 de 22 de diciembre. LEGIONELOSIS Criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis R.D. 865/2003, de , del Mº Sanidad y Consumo. BOE R.D. 830/2010, de , BOE ** Inspección de Instalaciones para la Prevención y Control de la Legionelosis en el Ministerio de Defensa ORDEN Ministerial 106/2002 de 22 de Mayo de 2002, sobre la. B.O.D.: 106 publicado el 31/5/2002. INSTRUCCIÓN TÉCNICA 11/02 de 11 Julio de 2002, del Mando de Personal de la Dirección de sanidad del Ejercito sobre la Prevención y Control de Legionelosis en Ejercito de Tierra Inspección de instalaciones para la prevención y control de la legionelosis en el Ministerio de Defensa ORDEN MINISTERIAL 87/2004 de 31 de Marzo, sobre la. B.O.D.: 82 publicado el 28/05/2004. Prevención y Control de Legionelosis en el E.T. INSTRUCCIÓN TÉCNICA 11/02 del Mando de Personal de la Dirección de Sanidad del Ejército Guía de inspección de instalaciones para el control y prevención de la legionelosis en el ámbito del Ministerio de Defensa INSTRUCCIÓN TÉCNICA 12/04 de la Inspección General de Sanidad de 23 de Diciembre, sobre, en escrito de Rfª: /SAN, Núm.: 305 de fecha 21/02/2005. Norma UNE sobre prevención de Legionelosis en los edificios. Página 15 de 126

17 3.5.- ELECTRICIDAD E ILUMINACIÓN Condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas y centros de transformación. R.D. 3275/1982, de , del Mº de Industria y Energía. BOE , BOE * Orden , BOE ** Instrucciones Técnicas Complementarias del Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantía de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación. Orden de del Ministerio de Industria y Energía. BOE Normas de ventilación y acceso a ciertos centros de transformación. Resolución de la Dirección General de Energía de del Mº de Industria y Energía. BOE Autorización para el empleo de sistemas de instalaciones con conductores aislados bajo canales protectores de material plástico RESOLUCIÓN de , de la Dirección General de Innovación Industrial B.O.E , BOE * Transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. R.D. 1955/2000, de BOE BOE *. Orden , BOE ** Resolución , BOE ** ORDEN ECO/797/2002, de , BOE ** Sentencia , BOE ** R.D. 2351/2004, BOE , de ** Circular 1/2005, de , BOE ** Circular 2/2005, de , BOE ** R.D. 1545/2005, de , BOE ** R.D.1634/2006, de , BOE ** R.D. 616/2007, de , BOE ** R.D. 661/2007, de , BOE ** Circular 1/2008, de , BOE ** R.D. 325/2008, de , BOE ** R.D. 1578/2008, de , BOE ** R.D.485/2009, de , BOE ** R.D. 1011/2009, de , BOE ** R.D. 198/2010, de , BOE ** R.D. 1699/2011, de , BOE ** Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión e Instrucciones técnicas complementarias ITC BT. R.D. 842/2002, de , del Ministerio de Ciencia y Tecnología. BOE Sentencia T.S , BOE ** R.D. 560/2010, de , BOE ** Régimen retributivo de la actividad de distribución de energía eléctrica. R.D. 222/2008, de , del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. BOE Circular 3/2008, de , BOE ** Orden ITC/3801/2008, de , BOE ** Orden ITC/2524/2009, de , BOE ** R.D. 1623/2011, de , BOE ** Disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico. Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre.(boe núm.148 de 21 de junio de 2001) Página 16 de 126

18 Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación Orden de 10 de marzo de 2000, por la que se modifican las instrucciones técnicas complementarias MIE-RAT 01, MIE-RAT 02, MIE-RAT 06, MIE-RAT 14, MIE-RAT 15, MIE- RAT 16, MIE-RAT 17, MIE-RAT 18 y MIE-RAT 19, del.(boe núm.72 de 24 de marzo de 2000) Orden de 16 de abril de 1991, por la que se modifica el punto 3.6 de la instrucción técnica complementaria MIE-RAT 06 del.(boe núm.101 de 28 de abril de 1998) Orden de 23 de junio de 1988, por la que se actualizan diversas instrucciones técnicas complementarias MIE-RAT (BOE núm.160 de 5 de julio de 1988) Orden de 27 de noviembre de 1987, por la que se actualizan las instrucciones técnicas complementarias MIE-RAT 13 Y MIE-RAT 14.(BOE núm.291 de 5 de diciembre de 1987). Resolución 9 de Marzo de 1995, de la Dirección General de Calidad y Seguridad Industrial por la que se reconoce la certificación de conformidad a normas que otorga el derecho de uso de la marca AENOR N de producto certificado, como garantía de cumplimiento de las exigencias del Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación, en lo relativo a los Transformadores trifásicos para distribución en baja tensión, de 25 a 2500 Kva, 50 Hz de,. B.O.E.: 74 publicado el 28/3/1995. Orden de 18 de octubre de 1984 complementaria de la de 6 de julio que aprueba las instrucciones técnicas complementarias del reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación (ITC MIE-RAT 20).(BOE núm.256 de 25 de octubre de 1984). Orden de 6 de Julio de 1984, del MIE, por la que se aprueban las Instrucciones Técnicas Complementarias del Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación. B.O.E.: 183 publicado el 1/8/1984. Resolución de 19 de junio 1984, de la dirección general de La energía, por la que se establecen normas sobre Ventilación y acceso de ciertos centros de transformación. Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, sobre.(boe núm.288 de 1 de diciembre de 1982). Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09. R.D. 223/2008, de 15 de febrero. Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07 R.D. 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el. Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 R. D. 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el. Control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida R.D. 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el 3.6.-SANEAMIENTO Y VERTIDO Pliego de Prescripciones técnicas generales para tuberías de saneamiento de poblaciones. Orden de , del Mº de Obras Públicas y Urbanismo. BOE BOE * Normas de emisión, objetivos de calidad y métodos de medición sobre vertidos de aguas residuales. Orden de , del Mº de Obras Públicas y Urbanismo. BOE , BOE * Página 17 de 126

19 R.D. 2116/1998 de 2 de Octubre, por el que se modifica el Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo, de desarrollo del Real Decreto-Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas. B.O.E.: 251 publicado el 20/10/1998. Corrección de errores B.O.E.: 286 publicado el 30/11/1998. Convenio de colaboración entre el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para actuaciones del Plan Nacional de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales Urbanas RESOLUCIÓN de 18 de Abril de 1996, de la Dirección General de calidad de las Aguas. B.O.E.: 126 publicado el 24/5/1996. Normas Aplicables al. Tratamiento de las Aguas Residuales Urbanas R.D.L. 11/1995 de 28 de Diciembre, por el que se establecen las. B.O.E.: 312 publicado el 30/12/1995. Normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas. R.D. 509/1996 de 15 de Marzo, de desarrollo del Real Decreto-Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las. B.O.E.: 77 publicado el 29/3/1996. Plan Nacional de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales RESOLUCIÓN de 28 de Abril de 1995, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Vivienda, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 17 de febrero de B.O.E.: 113 publicado 12/5/1995. Normativa General sobre Vertidos de Sustancias Peligrosas desde tierra al mar. R.D. 258/1989 de 10 de Marzo, por el que se establece la B.O.E.: 64 publicado el 16/3/1989. SE DEROGA lo indicado del art. 4, por LEY 16/2002, de 1 de julio Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Tuberías de Saneamiento de Poblaciones. Orden de 15 de septiembre de (BOE 23/09/86). CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 51, de 28 de febrero de APARATOS A PRESIÓN Reglamento de Aparatos a Presión e Instrucciones Técnicas Complementarias MIE- AP (1 a 17) R.D. 2060/2008, de BOE * R.D. 560/2010, de , BOE ** Instrucciónes técnicas complementarias del reglamento de aparatos a presión MIE-AP-2. Orden de del Ministerio de Industria y Energía BOE MIE-AP1. Orden de , del Ministerio de Industria y Energía BOE , BOE *, BOE * Orden 28 de Marzo de 1985 BOE ** MIE-AP9, referente a recipientes frigoríficos. Orden de , del Mº I.E. BOE , BOE *, BOE * MIE-AP-12, referente a calderas de agua caliente. Orden de , del Mº de Industria y Energía. BOE , BOE * Disposiciones de aplicación de la directiva del consejo las comunidades europeas 76/767/CEE sobre aparatos a presión. Real Decreto 473/1988, de , Ministerio de Industria y Energía BOE Disposiciones de aplicación de la Directiva 87/404/CEE sobre recipientes a presión simple. R.D. 1495/1991, de , del Mº de Industria y Energía. BOE , BOE * R.D. 2486/1994, de , BOE ** Disposiciones de aplicación de la Directiva 97/23/CE, relativas a los equipos de presión R.D. 769/1999 de R.D. 2060/2008, de , BOE ** Página 18 de 126

20 Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias. Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre. BOE BOE * R.D. 560/2010, de , BOE ** R.D. 1388/2011, de , BOE ** 3.8.-COMBUSTIBLES LÍQUIDOS Reglamento de instalaciones petrolíferas. Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre BOE BOE * R.D. 2201/1995, de , BOE ** R.D. 1427/1997, de , BOE ** R.D. 1562/1998, de , BOE ** R.D. 1523/1999, de , BOE ** R.D. 365/2005, de , BOE ** R.D. 1416/2006, de , BOE ** R.D. 560/2010, de , BOE ** Instrucción técnica complementaria MI-IP3 Instalaciones petrolíferas para uso propio R.D 1427/1997 de del Mº de Industria y Energía BOE BOE * R.D. 1523/1999, de , BOE ** R.D. 560/2010, de , BOE ** Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11. R.D. 919/2006, de 28 de julio, del Mº de Industria, Turismo y Comercio. BOE nº 211, de R.D. 560/2010, de , BOE ** BOJA **. Medidas de liberalización, reforma estructural e incremento de la competencia en el sector de hidrocarburos R.D.L. 15/1999 de 1 de Octubre de 1999, por el que se aprueban. B.O.E.: 236 publicado el 2/10/1999. Reglamento de Centros de Almacenamiento y Distribución de Gases Licuados del Petróleo Envasados. O. de 15 de junio de 1994, por la que se modifica el artículo 14. B.O.E.: 159 publicado el 5/7/1994. Reglamento de la Actividad de Distribución de Gases Licuados del Petróleo. R.D. 1085/1992 de 11 de Septiembre de B.O.E.: 243 publicado el 9/10/1992.(SE DEROGA en cuanto se oponga, por REAL DECRETO 919/2006, de 28 de julio) GASES LICUADOS Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias. R.D. 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el ICG 01 a 11. Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos. (BOE número 241 de 8/10/1998). Orden de 29 de mayo de 1998, de 29 de mayo por la que se modifican las instrucciones técnicas complementarias MIG-R.7.1 y MIG-R.7.2 del Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos. (BOE número 139 de 11/6/1998). Página 19 de 126

21 Orden de 9 de marzo de 1994, por la que se modifica el apartado de la Instrucción Técnica Complementaria ITC -MIG-5.1 del Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos. (BOE número 68 de 21/3/1994). Reglamento de la actividad de distribución de GLP. Real Decreto 1085/1992 de 11 de septiembre, (Derogada Parcialmente por Real Decreto 919/2006). Reglamento de redes y acometidas de combustibles gaseosos. Orden ministerial de 18 de noviembre de (Derogada en cuanto se oponga por Real Decreto 919/2006).(Modificada por Orden de 26 de octubre de 1983, modificada por Orden de 6 de julio de 1984). Reglamento General de Servicio Público de Gases Combustibles. Decreto 2913/1973, de 26 de octubre (Industria). Modificado: Real Decreto 3484/1983, de 14 de diciembre (BOE 43, de ), que modifica el apartado 5.4 incluido en el artículo 27. Corrección de errores Real Decreto 3484/1983 (BOE 16 de marzo 1984). Derogada en cuanto se oponga por Real Decreto 919/ ENERGÍAS RENOVABLES CTE DB HE-4 Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria. CTE DB HE-5 Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica. Normas e instrucciones complementarias para la homologación de paneles solares. Orden de 28 de julio de 1980, del Mº de Industria y Energía. BOE nº 198, de , Orden ITC/71/2007, de , BOE ** Especificaciones de las exigencias técnicas que deben cumplir los sistemas solares para agua caliente y climatización. Orden de 9 de abril de 1981, del Mº de Industria y Energía. BOE Orden 2 de Marzo de 1982, BOE ** Conexión de instalaciones fotovoltaicas a la red de baja tensión. R.D. 1699/2011, de , del Mº de Economía. BOE 8/12/2011 Actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. R.D. 1955/2000, de BOE , BOE *. Orden , BOE ** Resolución , BOE ** ORDEN ECO/797/2002, de , BOE ** Sentencia , BOE ** R.D. 2351/2004, BOE , de ** Circular 1/2005, de , BOE ** Circular 2/2005, de , BOE ** R.D. 1545/2005, de , BOE ** R.D.1634/2006, de , BOE ** R.D. 616/2007, de , BOE ** R.D. 661/2007, de , BOE ** Circular 1/2008, de , BOE ** R.D. 325/2008, de , BOE ** R.D. 1578/2008, de , BOE ** R.D.485/2009, de , BOE ** R.D. 1011/2009, de , BOE ** R.D. 198/2010, de , BOE ** R.D. 1699/2011, de , BOE ** Normas complementarias conexión instalaciones generadoras de energía eléctrica. (Normas complementarias para la obtención de punto de conexión de generadores fotovoltaicos o de otra naturaleza, contemplados en el RD 436/2004, de 12 de marzo, Página 20 de 126

22 de potencia no superior a 100 kw, susceptibles de conectarse a la red de distribución de baja tensión). (RD 436/2004 derogado en la forma indicada por RD 661/2007, de ) Resolución de , de la Dir. Gral de Industria, Energía y Minas. Caducidad de de los puntos de conexión otorgados por las compañías distribuidoras a las instalaciones generadoras fotovoltaicas conectadas a la red de baja tensión Resolución de , de la Dir. Gral de Industria, Energía y Minas. Regulación de la actividad de producción de energía eléctrica en regimen especial Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo. BOE , BOE *, BOE * R.D. 1028/2007, de , BOE ** Orden ITC/2749/2007, de , BOE ** Resolución 27 de septiembre 2007, BOE ** R.D. 222/2008, de , BOE ** Resolución 14 de Mayo 2008, BOE ** Resolución 14 de Julio 2008, BOE ** R.D. 1578/2008, de , BOE ** R.D. 1011/2009, de , BOE ** Circular 9 de Julio de 2009, BOE ** Orden ITC/3519/2009, de , BOE ** R.D. 198/2010, de , BOE ** R.D. 1003/2010, de , BOE ** R.D.1565/2010, de , BOE ** R.D. 1614/2010, de , BOE ** R.D.L. 14/2010, de , BOE ** Orden ITC/688/2011, de , BOE ** R.D. 1544/2011, de , BOE ** R.D. 1699/2011, de , BOE ** Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico R.D.1110/2007, de 24 de agosto. BOE R.D. 198/2010, de , BOE ** R.D. 1565/2010, de , BOE ** Resolución 15 Diciembre de 2010, BOE 17/12/10** R.D. 1623/2011, de , BOE ** R.D. 1699/2011, de , BOE ** Resolución de , BOE ** PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios. R.D. 1942/1993, de , del Mº de Industria y Energía. BOE BOE *. BOE ** Orden de 16 de abril de 1998 sobre normas de procedimiento y desarrollo del Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios y se revisa el Anexo I y los apéndices del mismo. (BOE número 101 de 28/4/1998) INSTALACIONES ESPECIALES. Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus ITC MIE APQ-1, MIE APQ-2, MIE APQ-3, MIE APQ-4, MIE APQ-5, MIE APQ-6 y MIE APQ-7. RD 379/2001, de Mº Ciencia y Tecnología BOE BOE * RD 2016/2004, de , BOE ** R.D. 105/2010, de , BOE ** Página 21 de 126

23 PROTECCIÓN CONTRA INTRUSIÓN NORMA MILITAR NM EMA sobre cerramiento tipo para acuartelamiento (B.O.E. Nº ). VIALES Y APARCAMIENTOS INSTRUCCIONES sobre carreteras del Ministerio de Obras Públicas. INSTRUCCIONES de Conservación y Explotación. Sistema de Gestión de las Actividades de Conservación ordinaria y Ayuda a la Vialidad. Dirección General de Carreteras, Ministerio de Fomento. CAMPOS DE VUELO Manual de Mantenimiento de la Infraestructura DFR/MALOG del Ejército del Aire. Mantenimiento de Aeropuertos de la Jefatura del Apoyo Logístico de la Dirección de Infraestructura Naval del Ministerio de Defensa. GALERÍAS DE TIRO Instrucción de Galerías de tiro abiertas para su empleo en las Fuerzas Armadas. Resolución nº 92/1994, de 3 de octubre, de la Secretaría de Estado de la defensa. Publicada en B.O.D. nº 200 de 13 de octubre de DEPÓSITOS DE MUNICIONES Manual Interejércitos para almacenamiento de municiones y explosivos para las Fuerza Armadas Españolas, aprobado el 31 de julio de 1991 por el Jefe de Estado Mayor de la Defensa. Instrucción de Polvorines RESOLUCIÓN Nº 91/1994 de 3 de octubre, de la Secretaría de Estado de la Defensa. Publicada en BOD nº 200 de 13 de octubre de INSTALACIONES RADIACTIVAS DE 2ª Y 3ª CATEGORÍA Y MONITORES DE RADIACIÓN Reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes. R.D. 783/2001, de 6 de julio. Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas. R.D. 1836/1999, de 3 de diciembre, Modificado por REAL DECRETO 35/2008, de 18 de enero. Resolución de Puesta en Marcha de las Instalaciones (Ministerio de Industria y Energía) INSTALACIONES DE RAYOS X DIAGNÓSTICO MÉDICO R.D 1891/1991, de 30 de diciembre, sobre instalación y utilización de aparatos de rayos X con fines de diagnostico medico. 4. SEGURIDAD Y SALUD Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Derogados Títulos I y III Orden de , del Mº de Trabajo. BOE BOE BOE * Resolución de , BOE ** Resolución , BOE ** Resolución , BOE ** Resolución , BOE ** Resolución , BOE ** Resolución , BOE ** R.D. 1316/1989, de , BOE ** Ley 31/1995, de , BOE ** R.D. 486/1997, de , BOE ** R.D. 664/1997, de , BOE ** R.D. 665/1997, de , BOE ** R.D. 773/1997, de , BOE ** R.D. 1215/1997, de , BOE ** Página 22 de 126

24 R.D. 614/2001, de , BOE ** R.D. 349/2003, de , BOE ** Prevención de Riesgos Laborales. Ley 31/1995 de de la Jefatura del Estado. BOE BOE ** (Ley 50/1998) BOE **(Ley 54/2003) Reglamento de los servicios de prevención Real Decreto 39/1997 de del Mº de Trabajo y Asuntos Sociales BOE R.D. 780/1998, de , BOE ** R.D. 688/2005, de , BOE ** R.D. 604/2006, de , BOE ** R.D. 298/2009, de , BOE ** R.D. 337/2010, de , BOE ** Orden TIN/2504/2010, de , BOE ** Disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. Real Decreto 485/97 de de M. de Trabajo y Asuntos Sociales. BOE Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en los lugares de trabajo Real Decreto 486/97, de del M. de Trabajo y Asuntos Sociales BOE R.D. 2177/2004, de , BOE ** Orden TAS/2947/2007, de , BOE ** Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de carga que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores. Real Decreto 487/1997 DE del Mº de Trabajo y Asuntos Sociales BOE , Disposiciones mínimas de seg. y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual Real Decreto 773/1997 de del Mº de la Presidencia BOE , BOE * Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo Real Decreto 1215/1997 de del Mº de la Presidencia BOE R.D. 2177/2004, de , BOE ** Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las obras de construcción Real Decreto 1627/ del M. De la Presidencia BOE R.D. 2177/2004, de , BOE ** R.D. 604/2006, de , BOE ** R.D. 1109/2007, de , BOE ** R.D. 337/2010, de , BOE ** Protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. Real Decreto 374/2001. De 6 de abril. Mº de la Presidencia. BOE 104 de BOE *, BOE * Protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas. Real Decreto 1311/2005, de , Mº de Trabajo y AA.SS. BOE R.D. 330/2009, de , BOE Protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido. Real Decreto 286/2006, de , Mº de la Presidencia. BOE 60 de BOE 62 de *. BOE 71 de *. Disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto. Real Decreto 396/2006, de , Mº de la Presidencia. BOE 60 de Orden BOJA ** Orden , BOJA ** Página 23 de 126

25 5. PUNTOS LIMPIOS Y MEDIO AMBIENTE Gestión de los aceites industriales usados REAL DECRETO 679/2006, de 2 de junio, por el que se regula la. (BOE número 132 de 3/6/2006). SE DEROGA los arts. 3.4 y 5.5, con efectos del 26 de septiembre de 2008, por REAL DECRETO 106/2008, de 1 de febrero Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos. (BOE número 96 de 22/4/1998). SE MODIFICA los arts. 10, 13.1, 15 y SE AÑADE el 6 bis, por LEY 25/2009, de 22 de diciembre. Real Decreto 952/1997, de 20 de junio, por el que se modifica el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, de 14 de mayo, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos, aprobado mediante Real Decreto 833/1988, de 20 de julio BOE 160, de Reglamento de Sustancias Nuevas y Clasificación, Envasado y Etiquetado de Sustancias Peligrosas R.D. 363/1995, de 10 de marzo por que se aprueba el. R.D. 367/2010, de 26 de marzo, de modificación de diversos reglamentos del área de medio ambiente para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley de libre acceso a actividades de servicios y su ejercicio. Gestión de Residuos en el Ejército de Tierra Instrucción Técnica 01/09 IGE. (Febrero de 2009) Texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental. R.D.L. 1/2008, de 11 de enero, (BOE nº 23 de 26 de enero de 2008). Gestión de los aceites industriales usados. R.D. 679/2006, de 2 de junio. Gestión de neumáticos fuera de uso R.D. 1619/2005, de 30 de diciembre. Aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos. R.D. 208/2005, de 25 de febrero. Gestión de vehículos al final de su vida útil. REAL DECRETO 1383/2002, de 20 de diciembre. ORDEN MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos. (BOE 43 de 19 de febrero de 2002). CORRECCIÓN de errores en BOE num. 61, de 12 de marzo de Eliminación de residuos mediante deposito en vertedero. R.D. 1481/2001 de 27 de diciembre, (BOE nº25 de 29 de enero de 2002). Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Resíduos de Envases. R.D. 782/1998, de 30 de abril. NORMATIVA AMBIENTAL NACIONAL Ley de calidad del aire y protección de la atmósfera. Ley 34/2007, Jefatura del Estado. BOE Texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos Real Decreto Legislativo 1/2008. BOE RELACIÓN ACTUALIZADA EN JUNIO 2012 Página 24 de 126

26 I.5. CARÁCTER DE LA OBRA I.5.1 CLASIFICACIÓN DE LA OBRA A EFECTOS DE LA ELABORACIÓN DEL PROYECTO Se considera como obra de CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO, según la clasificación que establece el Artículo 122, grupo c) del TRLCSP (Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público) R.D. 3/2011 de 16 de Noviembre. I.5.2 CARÁCTER DE LA OBRA A EFECTOS DE LA SUPERVISIÓN El importe total del presente presupuesto asciende a la cantidad de TREINTA Y SIETE MIL TREINTA Y SEIS EUROS CON SETENTA Y SEIS CENTIMOS (37.036,76 ) El importe del presupuesto de ejecución por contrata (importe total + IPSI) asciende a la cantidad de TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE EUROS CON SETENTA CENTIMOS (39.999,70 ). El contenido del proyecto no afecta a la estabilidad, seguridad y estanqueidad de la obra, por lo que en aplicación a lo establecido en el Art. 125 del TRLCSP, el informe tendrá carácter facultativo. I.5.3 CARÁCTER DE LA OBRA A EFECTOS DE SEGURIDAD Y SALUD No dándose ninguno de los supuestos mencionados en el Artículo 4, apartado 1, del Capítulo II, del R.D. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, se elabora un ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD. I.5.4 CARÁCTER DE OBRA COMPLETA El proyecto comprende una obra completa, susceptible de ser entregada al uso general o al servicio correspondiente, en el sentido exigido por el Art. 125 del RGLCAP, sin perjuicio de las ulteriores ampliaciones de que posteriormente pueda ser objeto, y comprende todos y cada uno de los elementos que son precisos para la utilización de la obra: accesos y estacionamientos, abastecimiento de agua, energía eléctrica, desagües, telecomunicaciones, restablecimiento de los servicios, etc. El Contratista al termino de los trabajos y antes de la recepción de la obra deberá restablecer todos los servicios utilizados a su estado original, comprometiéndose al arreglo de todos aquellos desperfectos causados como consecuencia del desarrollo de los trabajos, así como tomar las medidas previas de prevención al respecto. Página 25 de 126

27 I.5.5 CARÁCTER DE LA OBRA A EFECTOS DE DIVISIÓN EN LOTES Según lo establecido en el artículo Artículos 86 y 109 de la TRLCSP, no se prevé la división de esta obra en partes, para su ejecución independiente. Melilla a Noviembre Página 26 de 126

28 I.6. RELACION DE DOCUMENTOS, ANEJOS Y PLANOS DE QUE CONSTA EL PROYECTO I. MEMORIA I.1 Memoria descriptiva I.1.1 Agentes I.1.2 Objeto de las obras I.1.3 Ordenes recibidas I.1 4 Planificación I.1.5 Información previa I.1.6 Descripción del proyecto I.1.7 Prestaciones de la obra I.2 Memoria constructiva I.2.1 Sistemas de acondicionamiento e instalaciones I.3 Cumplimiento del CTE I.4 Cumplimiento de otros reglamentos y disposiciones I.5 Carácter de la obra I.5.1 Clasificación de la obra a efectos de la elaboración del proyecto I.5.2 Carácter de la obra a efectos de supervisión I.5.3 Carácter de la obra a efectos de seguridad y salud I.5.4 Carácter de la obra completa I.5.5 Carácter de la obra a efectos de división por lotes I.6 Relación de Documentos, Anejos y Planos de que consta el proyecto I.7 Anejos a la Memoria I.7.1 Documentos definitorios de la necesidad I.7.2 Certificado de Propiedad y Viabilidad I.7.3 Orden de redacción del proyecto I.7.4 Plan de control de calidad I.7.5 Estudio Básico de Seguridad y Salud I.7 6 Justificación del cálculo de los precios adoptados y bases fijadas para la valoración de las unidades de obra y de las partidas alzadas I.7.7 Costa horario para precios de mano de obra en Melilla I.7.8 Presupuesto para conocimiento de la Administración I.7 9 Estudio del Impacto Ambiental I.7 10 Estudio de Gestión de residuos de construcción y demolición II. PLANOS II.1 Relación de planos III. PLIEGO DE CONDICIONES III.1 Propuesta al Pliego de cláusulas administrativas III.2 Pliego de prescripciones Técnicas Generales para obras en ámbito del Ministerio de Defensa III. 3 Pliego de condiciones Técnicas Particulares III. 4 Obligaciones de orden Técnico que corresponden al Contratista IV. MEDICIONES V. PRESUPUESTO V.1 Cuadro de precios descompuestos V.2 Cuadro de precios unitarios V.3 Cuadro de precios auxiliares V.4 Presupuesto de ejecución material y base de licitación VI. PROGRAMA INDICATIVO DE LOS TRABAJOS Página 27 de 126

29 I.7. ANEJOS A LA MEMORIA I.7.1 DOCUMENTOS DEFINITORIOS DE LA NECESIDAD I.7.2 CERTIFICADO DE PROPIEDAD Y VIABILIDAD I.7.3 ORDEN DE REDACCIÓN DEL PROYECTO I.7.4 PLAN DE CONTROL DE CALIDAD I.7.5 ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD I.7.6 JUSTIFICACIÓN DEL CÁLCULO DE LOS PRECIOS ADOPTADOS Y BASES FIJADAS PARA LA VALORACIÓN DE LAS UNIDADES DE OBRA Y DE LAS PARTIDAS ALZADAS I.7.7 COSTE HORARIO PARA PRECIOS DE MANO DE OBRA EN I.7.8 PRESUPUESTO PARA CONOCIMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN I.7.9 ESTUDIO DEL IMPACTO AMBIENTAL I.7.10 ESTUDIO DE GESTION DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION Página 28 de 126

30 I.7.1 DOCUMENTOS DEFINITORIOS DE LA NECESIDAD Página 29 de 126

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33 I.7.2 CERTIFICADO DE PROPIEDAD Y VIABILIDAD Página 32 de 126

34 MINISTERIO DE DEFENSA EJÉRCITO DE TIERRA INSPECCION GENERAL DEL EJÉRCITO DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA COMANDANCIA DE OBRAS 1 DON JOSÉ MANUEL ALBA ORDÁS TENIENTE CORONEL INGENIERO JEFE DE LA COMANDANCIA DE OBRAS 1. CERTIFICA: que las obras correspondientes al proyecto cuyos datos figuran a continuación T.C.: /12 CÓDIGO PAI: TITULO: PROYECTO MANTENIMIENTO FACHADA EDIFICIO COMGEMEL, BASE DISCONTINUA,. Nº DE OBRA 49/12. Según los antecedentes que figuran en esta Comandancia de Obras y en el Negociado de Patrimonio de la Delegación de Defensa de Melilla, se sitúan en terrenos en los que el ESTADO, Ramo de Ejército, ostenta la plena posesión. Que se ha comprobado la disposición real de los terrenos en los que se realizan las obras del Proyecto reseñado, así como la viabilidad del citado proyecto a todos los efectos. Melilla Noviembre de 2012 Página 33 de 126

35 I.7.3 ORDEN DE REDACCIÓN DEL PROYECTO Página 34 de 126

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38 I.7.4 PLAN DE CONTROL DE CALIDAD El control de calidad de la obra implica la constatación del cumplimiento de las condiciones exigidas en el pliego de prescripciones técnicas tanto para los materiales utilizados como para las unidades de obra y los conjuntos o sistemas para los que se haya fijado alguna condición especial. Este control debe realizarse en primer lugar por el contratista, quien deberá exigir a sus proveedores la oportuna documentación acreditativa del origen, identidad y calidad de los productos de construcción que le suministren, así como de que los mismos cumplen las especificaciones del Pliego. Igualmente deberá llevar a cabo, sobre materiales, unidades de obra y conjuntos o sistemas, los controles que se indican en los apartados correspondientes del Pliego, advirtiendo de su realización a la Dirección de la obra, por si considera oportuno presenciarlos. Tanto la documentación mencionada como los resultados de los controles efectuados deberán facilitarse íntegramente a la Dirección de la obra, quien juzgará sobre la confianza que le ofrecen en virtud de la habilitación del certificador o controlador que haya intervenido en los mismos, reservándose la opción de requerir otros distintos o repetirlos, y así aplicar luego los criterios de aceptación o rechazo igualmente señalados en el Pliego o, en su ausencia, en la normativa aplicable de obligado cumplimiento y usos generalizados de la buena práctica constructiva. Independientemente de lo anterior, según el art. 145 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, la Dirección de la obra podrá establecer un Plan de Control de Calidad de la obra en el que se detallen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obra que en cada caso resulten pertinentes debiendo el contratista facilitar en todo momento su realización. Página 37 de 126

39 I.7.5 ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD Página 38 de 126

40 DOCUMENTO I.- MEMORIA 1. INTRODUCCIÓN. 2. DATOS GENERALES Denominación de la obra Propiedad Órdenes recibidas Documentación de apoyo. INDICE GENERAL 3. DATOS DE PARTIDA PARA EL DESARROLLO DEL ESTUDIO Presupuesto de ejecución material del Proyecto de Ejecución Plazo estimado de ejecución Número de operarios estimados Antecedentes Instalaciones existentes Maquinaria Medios auxiliares. 4. MEMORIA Características generales Características constructivas básicas con incidencia en la seguridad de los trabajos Movimiento de tierras Cimentación Estructuras Cerramientos y Divisiones Cubiertas Revestimientos Carpintería Instalaciones Pinturas Instalaciones Pinturas. DOCUMENTO II.- PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS 5. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS Según los elementos comunes para varias fases de la Obra Andamios en general Andamios sobre borriquetas Andamios metálicos tubulares Andamios metálicos sobre ruedas Escaleras de mano Puntales Silo de cemento. Página 39 de 126

41 Maquinaria en general Maquinaria para el movimiento de tierras en general Retroexcavadora Grúa móvil de brazo telescópico sobre neumáticos Máquinas-herramientas en general Hormigonera eléctrica Pistola fija-clavos Taladro portátil Rozadora eléctrica Soldadura eléctrica Camión de transporte Camión hormigonera Dumper Compresor Martillo neumático Dobladora mecánica de ferralla Pequeñas compactadoras Según las condiciones especificas para cada fase de la obra Movimientos de tierras Cimentación y estructura Montaje de prefabricados Pocería y saneamiento Albañilería Cubiertas Alicatados Enfoscados y enlucidos Solados con mármoles, terrazos, plaquetas y similares Carpintería metálica-cerrajería Montaje de vidrios Pinturas y barnizados Instalación eléctrica provisional de Obra Instalación eléctrica Instalación de fontanería y aparatos sanitarios. DOCUMENTO III.- OTROS DOCUMENTOS DEL ESTUDIO 6. DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS SANITARIOS Y COMUNES. 7. PLANING DE OBRA. 8. CRITERIOS DE MANTENIMIENTO. 9. DISPOSICIONES LEGALES Y NORMAS OBSERVADAS. Página 40 de 126

42 DOCUMENTO I.- MEMORIA 1.- INTRODUCCIÓN: Tiene por objeto la redacción del presente Estudio Básico de Seguridad y Salud, dar cumplimiento a cuantas disposiciones legales establecen los Reales Decretos 1627/1997, de 24 de Octubre y 39/1997, de 17 de Enero. En consecuencia, se contemplará específicamente una actuación preventiva eficaz, respecto de los riesgos profesionales que pudieran derivarse, procurando para ello, la protección integral de cuantos trabajadores intervengan en el proceso productivo, desde el propio inicio de la obra. Así mismo, se establecerán las medidas preventivas adecuadas respecto de los riesgos que se deriven, bien durante la realización de la obra o terminada ésta, por trabajos de reparación, conservación, entretenimiento y mantenimiento. 2.- DATOS GENERALES Denominación de la obra. PROYECTO MANTENIMIENTO FACHADA EDIFICIO COMGEMEL, BASE DISCONTINUA, Propiedad. MINISTERIO DE DEFENSA Ordenes recibidas. ANEJO I.7.3: Fotocopia de la orden de redacción del proyecto Documentación de apoyo. Se toma como documento de apoyo el Proyecto de Ejecución redactado. 3.- DATOS DE PARTIDA PARA EL DESARROLLO DEL ESTUDIO Presupuesto de Ejecución Material del Proyecto de Ejecución. Asciende a la cantidad de ,33 con un volumen total de mano de obra estimado de 20 jornadas de trabajo cumpliendo lo acordado por el Real Decreto 1627/1997, de 24 de Octubre y 39/1997, de 17 de Enero se redacta este Estudio Básico, pues el presupuesto de la obra no supera los (75 millones de pesetas), no se estima un volumen de mano de obra superior a 500 jornadas de trabajo ni se empleará en ningún momento a más de 20 trabajadores simultáneamente Plazo estimado de ejecución. El plazo estimado de ejecución es de DOS MESES (1 mes). Página 41 de 126

43 3.3.- Número de operarios estimados. Se estima que para un momento concreto de la obra, habrá un número máximo de 2 trabajadores Antecedentes. Los antecedentes que presenta la obra con respecto a la ubicación del solar son de terrenos propiedad del Ministerio de Defensa y se encuentra dentro de los terrenos del referido Acuartelamiento Instalaciones existentes. ABASTECIMIENTO DE AGUAS. La red de abastecimiento de aguas se adapta al trazado existente. ALCANTARILLADO. Al igual que el de abastecimiento. TELEFONÍA. La del Acuartelamiento ELECTRICIDAD. La del Acuartelamiento Maquinaria. En principio se tiene previsto que para ejecutar esta obra serán necesarias las siguientes máquinas: - Retroexcavadora. - Camión volquete. - Dumper. - Camión Hormigonera. - Hormigonera eléctrica. - Grúa móvil de brazo telescópico sobre neumáticos. - Desbarbadora. - Dobladora mecánica de ferralla. - Herramientas manuales - Vibrador. - Martillo neumático. - Soldadura eléctrica. - Silo de mortero. - Compresor. - Pequeña compactadora. - Rodillo vibrante autopropulsado Medios auxiliares. - Se estima que para la realización de los trabajos se necesitarán: - Andamios tubulares con cruces de San Andrés. - Andamios de borriquetas. - Andamio sobre ruedas. - Escaleras de mano. - Puntales metálicos. Página 42 de 126

44 4.- MEMORIA Características generales. La obra, objeto de este Estudio Básico de Seguridad y Salud, consiste en la ejecución de las diferentes fases de obra e instalaciones para desarrollar posteriormente las actividades expresadas en el presente proyecto Características constructivas básicas con incidencia en la seguridad de los trabajos MOVIMIENTO DE TIERRAS CIMENTACIÓN-SOLERAS ESTRUCTURA CERRAMIENTO Y DIVISIONES CUBIERTA REVESTIMIENTOS.- Enfoscado de cemento CARPINTERIA INSTALACIONES PINTURA.- Pétrea en fachadas, al esmalte en rejas y barandillas. DOCUMENTO II.- PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS 5.- PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉNICAS. Desde el punto de vista del emplazamiento y localización de la obra, así como desde el de las condiciones topográficas ó urbanas, no existe un riesgo específico, más allá del propio de su ejecución. Los materiales son los normales en la localidad, todos ellos conocidos en sus componentes de agresión al trabajador y no aportan riesgos específicos que orienten a tomar medidas especiales de prevención de riesgos higiénicos. Se realiza la evaluación de riesgos según los siguientes apartados: Según los elementos comunes para varias fases de la obra ANDAMIOS EN GENERAL. Riesgos: - Caídas a distinto nivel (al entrar o salir). - Caídas al vacío. - Caídas al mismo nivel. - Desplome del andamio. - Contacto con la energía eléctrica. - Desplome o caída de objetos (tablones, herramientas, materiales). - Golpes por objetos o herramientas. - Atrapamientos. - Los derivados del padecimiento de enfermedades no detectadas (epilepsia, vértigo, etc.). Página 43 de 126

45 Medidas preventivas: - Los andamios siempre se arriostrarán para evitar los movimientos indeseables que pueden hacer perder el equilibrio a los trabajadores. - Las plataformas de trabajo llevarán barandillas en todo su frente. - Antes de subirse a una plataforma andamiada deberá revisarse toda su estructura para evitar las situaciones inestables. - Los tramos verticales (módulos o pies derechos), de los andamios se apoyarán sobre tablones de reparto de cargas. - Los pies derechos de los andamios en las zonas de terreno inclinado, se suplementarán mediante tacos o porciones de tablón, trabadas entre sí y recibidas al durmiente de reparto. - Las plataformas de trabajo tendrán un mínimo de 60 cm de anchura y estarán firmemente ancladas a los apoyos de tal forma que se eviten los movimientos por deslizamiento o vuelco. Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Botas de seguridad (según casos). - Cinturón de seguridad clases A o C. - Ropa de trabajo ANDAMIOS SOBRE BORRIQUETAS. Riesgos: - Caídas a distinto nivel. - Caídas al mismo nivel. - Caídas al vacío. - Golpes o aprisionamientos durante las operaciones de montaje o desmontaje. - Los derivados del uso de tablones y madera de pequeña sección o en mal estado (roturas, fallos, cimbreos). - Los inherentes al oficio necesario para el trabajo a ejecutar. Medidas preventivas: - Las borriquetas siempre se montarán perfectamente niveladas, para evitar los riesgos de trabajar sobre superficies inclinadas. - Las borriquetas de madera, estarán sanas, perfectamente encoladas y sin oscilaciones, deformaciones y roturas, para eliminar los riesgos por fallo, rotura espontánea y cimbreo. - Las plataformas de trabajo se anclarán perfectamente a las borriquetas, para evitar balanceos y otros movimientos indeseables. Prendas de protección personal: - Botas de seguridad (según casos). - Cinturón de seguridad (para trabajos sobre plataformas ubicadas a 2 o más metros de altura). Página 44 de 126

46 ANDAMIOS METÁLICOS TUBULARES. Riesgos: - Caídas a distinto nivel. - Caídas al vacío. - Caídas al mismo nivel. - Atrapamientos durante el montaje. - Caída de objetos. - Golpes por objetos. - Los derivados del trabajo realizado a la intemperie. - Sobreesfuerzos. - Los inherentes al trabajo específico que deba desempeñar sobre ellos. Medidas preventivas: - Los andamios tubulares se montarán según la distribución y accesos indicados en los planos. Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Ropa de trabajo. - Botas de seguridad. - Cinturón de seguridad ANDAMIO METÁLICO SOBRE RUEDAS. Riesgos: - Caídas a distinto nivel. - Caídas al vacío. - Los derivados del desplazamiento incontrolado del andamio. - Aplastamiento y atrapamientos durante el montaje. - Sobreesfuerzos. - Los inherentes al trabajo que debe desempeñarse sobre ellos. Medidas preventivas: - Los andamios metálicos sobre ruedas se montarán según lo indicado en los planos. Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Calzado de seguridad. - Cinturón de seguridad. - Guantes de cuero ESCALERAS DE MANO. Riesgos: - Caídas al mismo nivel. Página 45 de 126

47 - Caídas a distinto nivel. - Caídas al vacío. - Deslizamiento por incorrecto apoyo (falta de zapatas, etc.). - Vuelco lateral por apoyo irregular. - Rotura por defectos ocultos. - Los derivados de los usos inadecuados o de los montajes peligrosos (empalme de escaleras, formación de plataformas de trabajo, escaleras "cortas" para la altura a salvar, etc.). Medidas preventivas: - Las escaleras de madera a utilizar en esta obra, tendrán los largueros de una sola pieza, sin defectos ni nudos que puedan mermar su seguridad. - Los peldaños de madera estarán ensamblados. - Las escaleras de madera estarán protegidas de la intemperie mediante barnices transparentes, para que no oculten los posibles defectos. - Las escaleras metálicas serán de una sola pieza y estarán sin deformaciones o abolladuras que puedan mermar su seguridad. - Las escaleras de tijera a utilizar en esta obra, estarán dotadas en su articulación superior, de topes de seguridad de apertura. - Las escaleras de tijera estarán dotadas hacia la mitad de su altura, de cadenilla (o cable de acero) de limitación de apertura máxima. - Las escaleras de tijera se utilizarán siempre como tales abriendo ambos largueros para no mermar su seguridad. - Las escaleras de tijera en posición de uso, estarán montadas con los largueros en posición de máxima apertura para no mermar su seguridad. - Las escaleras de tijera nunca se utilizarán a modo de borriquetas para sustentar las plataformas de trabajo. - Se prohibe la utilización de escaleras de mano en esta obra para salvar alturas superiores a 5 metros. Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Botas de seguridad. - Botas de goma. - Cinturón de seguridad clase A o C PUNTALES. Riesgos: - Caída desde altura de las personas durante la instalación de puntales. - Caídas desde altura de los puntales por incorrecta instalación - Caída desde altura de los puntales durante las maniobras de transporte elevado. - Golpes en diversas partes del cuerpo durante la manipulación. - Atrapamiento de dedos (extensión y retracción). - Caída de elementos conformadores del puntal sobre los pies. - Vuelco de la carga durante operaciones de carga y descarga. - Rotura del puntal por fatiga del material. - Rotura del puntal por mal estado (corrosión interna y/o externa). - Deslizamiento del puntal por falta de acuñamiento o de clavazón. - Desplome de encofrados por causa de la disposición de puntales. Página 46 de 126

48 - Los propios del trabajo del carpintero encofrador y del personal. Medidas preventivas: - Los puntales se acopiarán en obra en el lugar indicado para ello en los planos. - Los puntales se acopiarán ordenadamente por capas horizontales de un único puntal en altura y fondo el que desee, con la única salvedad de que cada capa, se disponga de forma perpendicular a la inmediata inferior. - La estabilidad de las torretas de acopios de puntales, se asegurará mediante la hinca de "pies derechos" de limitación lateral. - Se prohibe expresamente tras el desencofrado el amontonamiento irregular de los puntales. - Los puntales se izarán a las plantas en paquetes flejados por los dos extremos. El conjunto se suspenderá mediante aparejo de eslingas del gancho de la grúa torre. - Se prohibe expresamente en esta obra, la carga a hombro de más de dos puntales por un sólo hombre en prevención de sobreesfuerzos. - Los puntales de tipo telescópico se transportarán a brazo u hombro con los pasadores y mordazas instaladas en posición de inmovilidad de la capacidad de extensión o retracción de los puntales. - Las hileras de puntales se dispondrán sobre durmientes de madera nivelados y aplomados en la dirección exacta en la que deben trabajar. Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Ropa de trabajo. - Guantes de cuero. - Cinturón de seguridad. - Botas de seguridad SILO DE CEMENTO. Riesgos: - Vuelco del silo durante las operaciones de carga y descarga sobre el camión. - Vuelco del silo durante las operaciones de puesta en obra y servicio. - Vuelco por fallo de cimentación. - Atrapamiento de personas durante operaciones de carga y descarga. - Creación de ambientes polvorientos - Caídas desde alturas interiores y exteriores durante operaciones de mantenimiento. Medidas preventivas: - La operación de descarga del silo desde el camión que lo suministra se realizará mediante camión grúa. El silo se suspenderá de tres puntos de cuelgue en posición horizontal, mediante balancín, depositándolo en paralelo junto al camión. - El transporte hasta la bancada de apoyo se realizará en posición horizontal, suspendido con balancín, mediante grúa. La carga se guiará mediante Cabos de gobierno manejados por dos operarios que estarán dirigidos por un Capataz. Página 47 de 126

49 - Una vez acercado a la bancada, se enganchará el balancín a las esperas de coronación de la cara inferior del silo. Se despejará la zona de personal, concluido lo cual se iniciará la maniobra de cambio de posición hasta la vertical. - La ubicación exacta en posición vertical del silo sobre la bancada, será conseguida mediante los cabos atados para tal menester a los "pies derechos" del silo, gobernados por dos hombres a los que guiará el Capataz en la operación. Se prohibe expresamente, tocar el silo directamente con las manos durante las operaciones de ubicación, en prevención de accidentes por movimientos pendulares u oscilatorios. - Una vez recibido en la bancada el silo, se procederá inmediatamente a realizar las operaciones de bulonado de inmovilización y de instalación y tensado de los cables contra vientos. Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Guantes de cuero. - Botas de seguridad (según casos). - Ropa de trabajo. - Gafas antipolvo. - Mascarilla con filtro mecánico específico recambiable MAQUINARIA EN GENERAL. Riesgos: - Vuelcos. - Hundimientos. - Choques. - Formación de atmósferas agresivas o moletas. - Ruido. - Explosión e incendios. - Atropellos. - Caídas a cualquier nivel. - Atrapamientos. - Cortes. - Golpes y proyecciones. - Contactos con la energía eléctrica. - Los inherentes al propio lugar de utilización. - Los inherentes al propio trabajo a ejecutar. Medidas preventivas: - Las máquinas-herramienta con trepidación estarán dotadas de mecanismos de absorción y amortiguación. - Los motores con transmisión a través de ejes y poleas, estarán dotados de carcasas protectoras antiatrapamientos. - Se prohibe la manipulación de cualquier elemento componente de una máquina accionada mediante energía eléctrica. - Las máquinas de funcionamiento irregular o averiadas serán retiradas inmediatamente para su reparación. Se les colocará un aviso de "MÁQUINA AVERIADA, NO CONECTAR". Página 48 de 126

50 - Se prohibe la manipulación, operaciones de ajuste y arreglo de máquinas, al personal no especializado específicamente en la máquina objeto de reparación. - Sólo el personal autorizado con documentación escrita específica, será el encargado de la utilización de una determinada máquina o máquinaherramienta. - Las máquinas que no sean de sustentación manual se apoyarán siempre sobre elementos nivelados y firmes. - Los ganchos de cuelgue de los aparatos de izar quedarán libres de cargas durante las fases de descenso. - Se prohibe la permanencia (o el trabajo de operarios), en zonas bajo la trayectoria de cargas suspendidas. - Los aparatos de izar a emplear en esta obra, estarán equipados con limitador de recorrido del carro y de los ganchos. - Los cables de izado y sustentación a emplear en los aparatos de elevación y transporte de cargas en esta obra, estarán calculados expresamente en función de los solicitados para los que se los instala. - La sustentación de cables deteriorados se efectuará mediante mano de obra especializada, siguiendo las instrucciones del fabricante. Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Ropa de trabajo. - Botas de seguridad. - Guantes de cuero. - Guantes de goma. - Guantes aislantes de la electricidad (mantenimiento). - Mandiles de cuero (mantenimiento). - Polainas de cuero. - Gafas de seguridad antiproyecciones. - Faja antivibratoria. - Protectores auditivos MAQUINARIAS PARA EL MOVIMIENTO DE TIERRAS EN GENERAL. Riesgos: - Vuelco. - Atropello. - Atrapamiento. - Los derivados de operaciones de mantenimiento (quemadura, atrapamientos, etc.). - Proyecciones. - Desplomes de tierras a cotas inferiores. - Vibraciones. - Ruidos. - Polvo ambiental. - Desplome de taludes sobre la máquina. - Desplome de árboles sobre la máquina. - Caídas al subir o bajar de la máquina - Pisadas en mala posición (sobre cadenas o ruedas). Página 49 de 126

51 Medidas preventivas: - Las máquinas para los movimientos de tierras a utilizar en esta obra, estarán dotados de faros de marcha hacia adelante y de retroceso, servofrenos, freno de mano, bocina automática de retroceso, retrovisores en ambos lados, pórtico de seguridad antivuelco y antiimpactos y un extintor. - El Vigilante de Seguridad, redactará un parte diario sobre las revisiones que se realizan a la maquinaria que presentará al Jefe de obra y que estarán a disposición de la Dirección Facultativa. - Se prohibe en esta obra, el transporte de personas sobre las máquinas para el movimiento de tierras, para evitar los riesgos de caídas o de atropellos. - Se señalizarán los caminos de circulación interna mediante cuerda de banderolas y señales normalizadas de tráfico según el detalle de planos. - Se prohibe el acopio de tierras a menos de 2 metros de la excavación (como norma general). Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Gafas de seguridad antipolvo. - Mascarilla antipolvo con filtro mecánico recambiable. - Guantes de cuero (mantenimiento). - Ropa de trabajo. - Botas de seguridad. - Protectores auditivos. - Botas de goma. - Cinturón antivibratorio RETROEXCAVADORA. Riesgos: - Atropello (por mala visibilidad, velocidad inadecuada, etc.). - Deslizamiento de la máquina. - Máquina en marcha fuera de control (abandono de la cabina de mando sin desconectar la máquina y bloquear los frenos). - Vuelco de la máquina (inclinación del terreno superior a la admisible para la circulación de la retroexcavadora). - Caída por pendientes (trabajos al borde de taludes y cortes). - Choque contra otros vehículos. - Contacto con líneas eléctricas aéreas o enterradas. - Interferencias con infraestructuras urbanas (alcantarillado, red de aguas y líneas de conducción de gas o de electricidad). - Incendios. - Quemaduras (trabajos de mantenimiento). - Atrapamiento (trabajos de mantenimiento). - Proyección de objetos - Caídas de personas desde la máquina. - Golpes. - Ruido propio y ambiental (trabajo al unísono de varias máquinas). - Vibraciones. - Los derivados de los trabajos realizados en ambientes polvorientos. Página 50 de 126

52 - Los derivados de la realización de los trabajos bajo condiciones meteorológicas extremas, (obras públicas especialmente). - Los derivados de las operaciones necesarias para rescatar cucharones bivalva atrapados en el interior de las zanjas (situaciones singulares). - Considerar además los propios del procedimiento y diseño elegido para el movimiento de tierras. Medidas preventivas: - Se entregará a los subcontratistas que deban manejar este tipo de máquinas, las normas y exigencias de seguridad que les afecten específicamente según el Plan de Seguridad. - El plan de avance de la excavación de las zanjas se realizará según lo descrito en los planos. Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Gafas antiproyecciones. - Cinturón antivibratorio. - Ropa de trabajo. - Guantes de cuero. - Guantes de goma. - Botas de goma. - Mascarilla antipolvo con filtro mecánico recambiable. - Mandil de cuero (operaciones de mantenimiento). - Polainas de cuero (mantenimiento). - Botas de seguridad con puntera reforzada (mantenimiento) GRÚA MÓVIL DE BRAZO TELESCÓPICO SOBRE NEUMÁTICOS. Riesgos: - Vuelco del camión. - Atrapamientos. - Caídas al subir (o bajar) a la zona de mandos. - Atropello de personas. - Desplome de la carga. - Golpes por la carga a paramentos (verticales u horizontales). Medidas preventivas: - Antes de iniciar las maniobras de carga se instalarán calzos inmobilizadores en las cuatro ruedas y los gatos estabilizadores. - Las maniobras de carga y descarga serán dirigidas por un especialista en prevención de los riesgos por maniobras incorrectas. - Los ganchos de cuelgue estarán dotados de pestillos de seguridad. - Se prohibe expresamente sobrepasar la carga máxima admisible fijada por el fabricante del camión en función de la extensión brazo-grúa. - El gruista tendrá en todo momento a la vista la carga suspendida. Si esto no fuera posible, las maniobras serán expresamente dirigidas por un señalista, en previsión de los riesgos por maniobras incorrectas. Prendas de protección personal: Página 51 de 126

53 - Casco de polietileno (siempre que se abandone la cabina en el interior de la obra y exista el riesgo de golpes en la cabeza). - Guantes de cuero. - Botas de seguridad. - Ropa de trabajo MÁQUINAS-HERRAMIENTAS EN GENERAL. Riesgos: - Cortes. - Quemaduras. - Golpes. - Proyección de fragmentos. - Caída de objetos. - Contacto con la energía eléctrica. - Vibraciones. - Ruido. - Explosión (trasiego de combustible). Medidas preventivas: - Las máquinas-herramientas eléctricas a utilizar en esta obra, estarán protegidas eléctricamente mediante doble aislamiento. - Los motores eléctricos de las máquinas-herramienta estarán protegidos por la carcasa y resguardo propio de cada aparato, para evitar los riesgos de atrapamientos, o de contacto con la energía eléctrica. - Las transmisiones motrices por correas, estarán siempre protegidas mediante bastidor que soporte una valla metálica, dispuesta de tal forma, que permitiendo la observación de la correcta transmisión motriz, impida el atrapamiento de los operarios o de los objetos. Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Ropa de trabajo. - Guantes de seguridad. - Guantes de goma. - Botas de goma. - Botas de seguridad. - Mandil, polainas de cuero (pantalla de soldadura). - Gafas de seguridad antiproyecciones. - Gafas de seguridad antipolvo. - Protectores auditivos. - Mascarilla filtrante. - Máscara antipolvo con filtro mecánico específico recambiable HORMIGONERA ELÉCTRICA. Riesgos: - Atrapamiento (paletas, engranajes, etc.). - Contacto con la energía eléctrica. Página 52 de 126

54 - Sobreesfuerzos. - Golpes por elementos móviles. - Polvo ambiental. - Ruido ambiental. Medidas preventivas: - Las hormigoneras pasteras se ubicarán en los lugares reservados para tal efecto en los "planos de organización de obra", que complementarán el Plan de Seguridad y Salud. Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Gafas de seguridad antipolvo (antisalpicaduras de pastas). - Ropa de trabajo. - Guantes de goma. - Botas de seguridad de goma. - Protectores auditivos. - Mascarilla con filtro mecánico recambiable PISTOLA FIJA-CLAVOS. Riesgos: - Los derivados del alto nivel sonoro del disparo para el que la maneja y para el personal de su entorno próximo. - Disparo inopinado y/o accidental sobre las personas o las cosas. - Disparo a terceros por total cruce del clavo del elemento a recibir el disparo. - Los derivados de la manipulación de los cartuchos de impulsión. - Partículas proyectadas. Medidas preventivas: - El personal dedicado al uso de la pistola fija-clavos, será conocedor del manejo correcto de la herramienta, para evitar los accidentes por impericia. - El personal dedicado al manejo de la pistola fija-clavos, estará en posesión del permiso expreso de la jefatura de obra para dicha actividad. - Se entregará a cada trabajador que vaya a utilizar la pistola fija-clavos el conjunto de medidas de prevención. El recibí será presentado a la Dirección Facultativa (o Jefe de Obra). Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Protectores auditivos. - Ropa de trabajo. - Guantes de cuero. - Mandil de cuero (oficial). - Gafas de seguridad antiproyecciones. Página 53 de 126

55 TALADRO PORTÁTIL. Riesgos: - Contacto con la energía eléctrica. - Atrapamiento. - Erosiones en las manos. - Cortes. - Golpes por fragmentos en el cuerpo. - Los derivados de la rotura de la broca. - Los derivados del mal montaje de la broca. Medidas preventivas: - El personal encargado del manejo de taladros portátiles, estará en posesión de una autorización expresa de la Jefatura de Obras para tal actividad. Esta autorización sólo se entregará tras la comprobación de la necesaria pericia del operario. Del recibí se dará cuenta a la Dirección Facultativa (o Jefatura de Obras). - A cada operario que utilice el taladro, junto con la autorización escrita para su manejo, se le hará entrega de la normativa de prevención. Del recibí se dará cuenta a la Dirección Facultativa (o Jefatura de Obras). Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Ropa de trabajo. - Botas de seguridad. - Gafas de seguridad (antiproyecciones). - Guantes de cuero ROZADORA ELÉCTRICA. Riesgos: - Contacto con la energía eléctrica. - Erosiones en las manos. - Cortes. - Golpes por fragmentos. - Los derivados de la rotura del disco. - Los derivados de los trabajos con polvo ambiental. - Pisadas sobre materiales (torceduras, cortes). - Los derivados del trabajo con producción de ruido. Medidas preventivas: - El personal encargado del manejo de las rozadoras estará en posesión de una autorización expresa de la Jefatura de la Obra para tal actividad. Esta autorización sólo se entregará tras la comprobación de la necesaria pericia del operario. Del recibí se dará cuenta a esta Dirección Facultativa (o Jefatura de Obras). - A cada operario que deba manejar la rozadora, junto con la autorización escrita para su utilización se le hará entrega de la normativa de prevención. Del recibí se dará cuenta a la Dirección Facultativa o Jefatura de Obra. Página 54 de 126

56 Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Ropa de trabajo. - Guantes de cuero. - Botas de seguridad. - Mandil y manguitos de cuero. - Gafas de seguridad antiproyecciones. - Mascarilla de seguridad antipolvo con filtro mecánico recambiable SOLDADURA ELÉCTRICA. Riesgos: - Caída desde altura (estructura metálica, trabajos en el borde de forjados, balcones, aleros y similares). - Caídas al mismo nivel. - Atrapamientos entre objetos. - Aplastamiento de manos por objetos pesados. - Los derivados de caminar sobre la perfilería en altura. - Derrumbe de la estructura. - Los derivados de las radiaciones del arco voltaico. - Los derivados de la inhalación de vapores metálicos. - Quemaduras - Contacto con la energía eléctrica. - Proyección de partículas. - Heridas en los ojos por cuerpos extraños (picado del cordón de soldadura). - Pisadas sobre objetos punzantes. Medidas preventivas: - En todo momento los tajos estarán limpios y ordenados en prevención de tropiezos y pisadas sobre objetos punzantes. Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Pantalla de soldadura de sustentación manual. - Guantes de cuero. - Botas de seguridad. - Ropa de trabajo. - Manguitos de cuero. - Polainas de cuero. - Mandil de cuero. - Guantes aislantes (maniobras en el grupo bajo tensión). - Cinturón de seguridad clase A (trabajos estáticos). - Cinturón de seguridad clase C (trabajos y desplazamientos con riesgos de caída desde altura CAMIÓN DE TRANSPORTE. Se considera exclusivamente los comprendidos desde el acceso a la salida de la obra. Página 55 de 126

57 Riesgos: - Atropello de personas (entrada, circulación interna y salida). - Choque contra otros vehículos (entrada, circulación interna y salida). - Vuelco del camión (blandones, fallo de cortes o de taludes). - caídas (al subir o bajar de la caja). - Vuelco por desplazamiento de la carga. - Atrapamientos (apertura o cierre de la caja, movimiento de cargas). Medidas preventivas: - El acceso y circulación interna de camiones en la obra se efectuará tal y como se describe en los planos de este Estudio de Seguridad y Salud. Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Botas de seguridad. - Ropa de trabajo. - Guantes de cuero CAMIÓN HORMIGONERA. Riesgos: - Atropello de personas. - Colisión con otras máquinas (movimiento de tierras, camiones, etc.). - Vuelco del camión (terrenos irregulares, embarrados, etc.). - Caída en el interior de una zanja (cortes de taludes, media ladera, etc.). - Caída de personas desde el camión. - Golpes por el manejo de las canaletas (empujones a los operarios guía que pueden caer). - Caída de objetos sobre el conductor durante las operaciones de vertido o de limpieza. - Golpes por el cubilote del hormigón. - Atrapamientos durante el despliegue, montaje y desmontaje de las canaletas. - Las derivadas del contacto con hormigón. - Sobreesfuerzos. Medidas preventivas: - El recorrido de los camiones-hormigonera en el interior de la obra se efectuará según lo definido en los planos que completan este Estudio de Seguridad y Salud. Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Botas de goma. - Ropa de trabajo. - Mandil. - Guantes impermeabilizados. - Calzado para la conducción de camiones. Página 56 de 126

58 DÚMPER. Riesgos: - Vuelco de la máquina durante el vertido. - Vuelco de la máquina en transito. - Atropello de personas. - Choque por falta de visibilidad. - Caída de personas transportadas. - Los derivados de la vibración constante durante la conducción. - Polvo ambiental. - Golpes con la manivela de puesta en marcha. - Vibraciones. - Ruidos. - Los derivados de respirar monóxido de carbono (trabajos en locales cerrados o mal ventilados). - Caída de vehículos durante maniobras en carga en marcha de retroceso. Medidas preventivas: - En esta obra, el personal encargado de la conducción del dúmper, será especialista en el manejo de este vehículo. Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Ropa de trabajo. - Cinturón antivibratorio. - Botas de seguridad. - Botas de goma COMPRESOR. Riesgos: - Vuelco durante el transporte interno. - Atrapamiento de personas. - Caída por terraplén. - Desprendimiento durante el transporte en suspensión. - Ruido. - Rotura de la manguera de presión. - Los derivados de la emanación de gases tóxicos por escape del motor. - Atrapamiento durante operaciones de mantenimiento. Medidas preventivas: - El compresor se ubicará en los lugares señalados para ello en los planos que completan este Estudio de Seguridad y Salud, en prevención de los riesgos por imprevisión o por creación de atmósferas ruidosas. Prendas de protección personal: - Casco de polietileno (si existe el riesgo de golpes en la cabeza). - Protectores auditivos. Página 57 de 126

59 - Ropa de trabajo. - Botas de seguridad. - Guantes de goma MARTILLO NEUMÁTICO. Riesgos: - Vibraciones en miembros y órganos internos del cuerpo. - Ruido puntual. - Ruido ambiental. - Polvo ambiental. - Sobreesfuerzo. - Rotura de manguera bajo presión. - Contactos con la energía eléctrica (líneas enterradas). - Proyección de objetos y/o partículas. - Los derivados de la ubicación del puesto de trabajo: - Caídas a distinto nivel. - Caídas de objetos sobre otros lugares. - Derrumbamiento del objeto o terreno. - Los derivados de los trabajos y maquinara de su entorno. Medidas preventivas: - Se acordonará la zona bajo los tajos de martillo, en prevención de daños a los trabajadores que pudieran entrar en la zona de riesgos de caída de objetos. - Cada tajo con martillo estará trabajado por dos cuadrillas que se turnarán cada hora, en prevención de lesiones por permanencia continuada recibiendo vibraciones. - Los trabajadores que de forma continuada realicen los trabajos con el martillo neumático, serán sometidos a un examen medico mensual, para detectar posibles alteraciones (oídos, órganos internos, huesos-articulaciones, etc.). - En el acceso a un tajo de martillos, se instalarán sobre pies derechos, señales de "Obligatorio el uso de protección auditiva", "Obligatorio el uso de gafas antiproyecciones" y "Obligatorio el uso de mascarillas de respiración". Prendas de protección personal: - Casco de polietileno con protectores auditivos incorporados (según casos). - Protectores auditivos (según casos). - Mandil de cuero. - Polainas de cuero. - Gafas antiproyecciones. - Mascarillas antipolvo con filtro recambiable. - Botas de seguridad. - Ropa de trabajo. - Faja antivibratoria DOBLADORA MECÁNICA DE FERRALLA. Riesgos: - Atrapamiento. - Sobreesfuerzo. Página 58 de 126

60 - Golpes por el manejo y sustentación de redondos. - Golpes por los redondos (rotura incontrolada). - Contactos con la energía eléctrica. Medidas preventivas: - La dobladora mecánica de ferralla se ubicará en el lugar expresamente señalado en los planos de este Estudio de Seguridad y Salud. Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Ropa de trabajo. - Botas de seguridad. - Guantes de cuero. - Mandil de cuero PEQUEÑAS COMPACTADORAS. Riesgos: - Ruido. - Atrapamientos. - Golpes. - Explosión (combustibles). - Máquina en marcha fuera de control. - Proyección de objetos. - Vibraciones. - Caídas al mismo nivel. - Los derivados de los trabajos monótonos. - Los derivados de los trabajos realizados en condiciones meteorológicas duras. - Sobreesfuerzos. Medidas preventivas: - Al personal que deba controlar las pequeñas compactadoras, se les hará entrega de la normativa preventiva. Del recibí se dará cuenta a la Dirección Facultativa o Jefatura de Obras. Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Protectores auditivos. - Guantes de cuero. - Botas de seguridad. - Mascarilla antipolvo con filtro mecánico recambiable. - Gafas de seguridad antiproyecciones. - Ropa de trabajo Según las condiciones específicas para cada fase de la obra MOVIMIENTO DE TIERRAS. Página 59 de 126

61 Riesgos: - Desprendimiento de tierras por alteración del corte por exposición a la intemperie durante largo tiempo o como consecuencia de la presencia de agua en la excavación, bien sea originada por lluvia o por nivel freático. - Desprendimientos de tierras por utilización de taludes inferiores a los necesarios. - Desplomes de tierra por sobrecarga de los bordes de coronación de taludes. - Desprendimiento originado por el manejo de las maquinarias o como consecuencia de las vibraciones producidas por la circulación en las calles circundantes. - Atropellos, colisiones, vuelcos y falsas maniobras de la maquinaria. - Caídas de personas, vehículos, maquinaria u objetos desde el borde de coronación de la excavación. - Desprendimiento de tierra en las zanjas de saneamiento con el posible atrapamiento de personas. - Afección de las conducciones enterradas bajo el acerado por los posibles desprendimientos. - Los derivados del trabajo en condiciones meteorológicas extremas (frío, calor, lluvia, humedad, etc.). Medidas preventivas: - El movimiento de tierras se ejecutará tal y como se especifica en los planos de este Estudio de Seguridad y Salud. - Se dispondrá de cinta de señalización de peligro y topes para vehículos a la distancia de seguridad mínima de aproximación al borde del vaciado (como norma general). Prendas de protección personal: - Ropa de trabajo. - Casco de polietileno (lo utilizarán, aparte del personal a pie, los maquinista y camioneros, que deseen o deban abandonar las correspondientes cabinas de conducción). - Botas de seguridad. - Botas de goma. - Mascarilla antipolvo sencilla. - Cinturón de seguridad clases A o C. - Guantes de cuero. - Guantes de goma CIMENTACIÓN Y ESTRUCTURA. Riesgos: - Dermatosis por contactos con el cemento. - Electrocución por anulación de tomas de tierra de maquinaria eléctrica o por falta del debido aislamiento de los cables eléctricos para la maquinaria a utilizar en el tajo. - Las derivadas de trabajos sobre suelos húmedos o mojados. - Los derivados del trabajo en condiciones meteorológicas extremas (frío, calor o humedad intensos). - Sobreesfuerzos por posturas inadecuadas. Página 60 de 126

62 - Golpes en general por objetos. - Pisadas sobre objetos punzantes. - Ruido ambiental. - Polvo ambiental. - Caída de personas y/u objetos al mismo nivel. - Caída de personas y/u objetos a distinto nivel. - Caída de personas y/u objetos al vacío. - Caída de madera al vacío durante las operaciones de desencofrado. - Caída de objetos sobre las personas. - Caídas de personas al caminar o trabajar sobre los fondillos de las vigas (o jácenas). - Caída de personas por el borde o hueco del forjado. - Caídas por los encofrados de fondos de losas de escalera y similares. - Golpes y aplastamientos por la maquinaria de pilotar. - Caída en los huecos de los pilotes. - Los inherentes al uso de los pilotes. - Los inherentes al empleo de martillos rompedores. - Atrapamiento y aplastamiento durante la descarga, apilado, movimiento o puesta en obra de materiales. - Desprendimientos por mal apilado de la madera. - Golpes por caída o giro descontrolado de la carga suspendida. - Vuelcos de los paquetes (tablones, tableros, puntales, correas, soportes, etc.), durante las maniobras de izado a las plantas. - Corrimiento de tierras, especialmente durante trabajos en el trasdós del muro. - Fallo de entibaciones. - Hundimiento de encofrados. - Rotura o reventón de encofrados. - Caída de los encofrados al vacío. - Pisadas sobre superficies de transito. - Cortes al utilizar las sierras de mano (o las cepilladoras). - Cortes al utilizar las mesas de sierra circular. - Golpes en las manos durante la clavazón. - Vibraciones por manejo de agujas vibrantes. - Cortes y heridas en manos y pies por manejo de redondos de acero. - Aplastamiento durante las operaciones de carga y descarga de paquetes de ferralla. - Aplastamiento durante las operaciones de montaje de armaduras. - Tropiezos y torceduras al caminar sobre las armaduras. - Los derivados de las eventuales roturas de redondos de acero durante el estirado o doblado. - Los derivados de los medios auxiliares a utilizar. Medidas preventivas: - Se señalizará el área de trabajo, acotando la zona de riesgos, usando barandillas de protección donde sea necesario. Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Ropa de trabajo. - Botas de seguridad. - Botas de goma. - Cinturón de seguridad clases A o C. Página 61 de 126

63 - Guantes de cuero MONTAJE DE PREFABRICADOS. Riesgos: - Golpes a las personas por el transporte en suspensión de grandes piezas. - Atrapamientos. - Caída de personas. - Vuelco o desplome de piezas prefabricadas. - Cortes o golpes por manejo de máquinas y herramientas. - Aplastamientos de manos o pies al recibir las piezas. Medidas preventivas: - Se tendrán cables de seguridad amarrados a elementos estructurales sólidos, en los que enganchar el mosquetón del cinturón de seguridad de los operarios encargados de recibir al borde de los forjados, las piezas prefabricadas servidas mediante grúa. La pieza prefabricada, será izada del gancho de la grúa mediante el auxilio de balancines. - Una vez presentado en el sitio de instalación el prefabricado, se procederá, sin descolgarlo del gancho de la grúa y sin descuidar la guía mediante los cabos, al montaje definitivo. Concluido el cual, podrá desprenderse del balancín. - Los trabajos de recepción e instalación de prefabricados se realizarán desde el interior de una plataforma de trabajo rodeada de barandillas de 90 cms. de altura, formadas por pasamanos, listón intermedio y rodapié de 15 cms. montados sobre andamios. - Se instalarán señales de PELIGRO, PASO DE CARGAS SUSPENDIDAS, sobre pies derechos bajo los lugares destinados a su paso. - Los prefabricados se acopiarán en posición horizontal sobre durmientes dispuestos por capas de tal forma que no se dañen los elementos de enganche para su izado. - Si alguna pieza prefabricada llegara a su sitio de instalación girando sobre sí misma, se le intentará detener utilizando exclusivamente los cabos de gobierno. - Se vigilará cuidadosamente el estado de la maquinaria y elementos auxiliares que se empleen para el izado de los prefabricados. - No se izarán elementos prefabricados para su colocación bajo régimen de vientos superiores a 60 Km/h. - Las plantas permanecerán limpias de obstáculos para las maniobras de instalación. - Para el manejo de los prefabricados se seguirán siempre las indicaciones del fabricante. Prendas de protección personal: - Uso obligatorio de casco protector. - Calzado de seguridad. - Guantes de cuero. - Cinturón de seguridad. Página 62 de 126

64 POCERÍA Y SANEAMIENTO. Riesgos: - Caída de personas al mismo nivel. - Caída de personas a distinto nivel. - Desplome y vuelco de los paramentos del pozo. - Golpes y cortes por el uso de herramientas manuales. - Desplome de viseras o taludes. - Desplome de los taludes de una zanja. - Electrocución. - Intoxicación por gases. - Explosión por gases, o líquidos. - Ataque de ratas (entronques con alcantarillas). - Rotura del torno. - Dermatitis por contacto por el cemento. - Infecciones. Medidas preventivas: - Siempre que exista peligro de derrumbamiento se procederá a entibar según cálculos expresos de Proyecto. - La excavación del pozo se ejecutará entibándola para evitar derrumbamientos sobre las personas. Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Guantes de cuero. - Guantes de goma. - Botas de seguridad. - Botas de goma. - Ropa de trabajo. - Cinturón de seguridad clases A o C. - Gafas de seguridad antiproyecciones ALBAÑILERÍA. Riesgos: - Caída de personas al vacío. - Caídas de personas al mismo nivel. - Caídas de personas a distinto nivel. - Caída de objetos sobre las personas. - Golpes contra objetos. - Dermatitis por contacto con el cemento. - Partículas en los ojos. - Cortes por utilización de máquinas-herramientas. - Electrocución. - Cortes por manejo de objetos y herramientas manuales. - Trabajos realizados en ambientes polvorientos. - Sobreesfuerzos. - Los derivados del uso de medios auxiliares (borriquetas, escaleras, andamios, etc.). Página 63 de 126

65 - Aplastamiento durante el izado de cargas, acopios y puesta en obra de los materiales. - Caída al vacío durante la descarga de los materiales. - Los derivados de los medios auxiliares a utilizar. Medidas preventivas: - Los huecos existentes en el suelo permanecerán protegidos, para la prevención de caídas. - El Área de trabajo y las zonas de transito, permanecerán limpias en toda la fase de albañilería. Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Guantes de goma. - Guantes de cuero. - Botas de seguridad. - Cinturón de seguridad clases A o C. - Botas de goma. - Ropa de trabajo CUBIERTAS. Riesgos: - Caídas de personas al mismo nivel. - Caídas de personas a distinto nivel. - Caídas de personas al vacío. - Caídas de objetos a niveles inferiores. - Quemaduras. - Golpes o cortes por manejo de herramientas manuales. - Los derivados de los medios auxiliares a utilizar. - Electrocución. - Caídas durante la instalación de cerchas. - Los derivados del trabajo en condiciones meteorológicas extremas (frío, calor, humedad, etc.). Medidas preventivas: - El riesgo de caída al vacío, se protegerá instalando red interior sobre forjado tercero, barandilla de protección y cable de sujeción de cinturón de seguridad. No se permiten cardas sobre red superiores a los tres metros de altura. - Se tenderá unido a "puntos fuertes" un cable de acero de seguridad en el que anclar el fiador del cinturón de seguridad, durante la ejecución de las labores sobre los faldones de la cubierta. Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Botas de seguridad. - Botas de goma. - Guantes de cuero. - Guantes de goma. Página 64 de 126

66 - Cinturón de seguridad clases A o C. - Ropa de trabajo ALICATADOS. Riesgos: - Caídas de personas al mismo nivel. - Caídas de personas a distinto nivel. - Caídas de personas al vacío. - Caídas de objetos sobre las personas. - Cortes por manejo de objetos con aristas cortantes o herramientas manuales. - Cuerpos extraños en los ojos. - Dermatitis por contacto con el cemento (escayolas, yesos). - Contactos con la energía eléctrica. - Sobreesfuerzos. - Afecciones respiratorias (corte mecánico). - Golpes por manejo de objetos o herramientas. - Cortes en los pies y torceduras por pisadas sobre cascote y otros materiales. - Los derivados de los medios auxiliares a utilizar. Medidas preventivas: - El corte de las plaquetas y demás piezas cerámicas se ejecutará en vía húmeda para evitar la formación de polvo ambiental durante el trabajo. - Los andamios sobre borriquetas o andamios tubulares sobre ruedas a utilizar, tendrán siempre plataformas de trabajo de anchura no inferior a 60 cms (tres tablones trabados entre sí. - Los tajos se limpiarán de "recortes" y "desperdicios de pasta". Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Guantes de goma. - Guantes de cuero. - Botas de seguridad. - Botas de goma. - Gafas antipolvo (tajo de corte). - Ropa de trabajo. - Cinturón de seguridad clases A o C ENFOSCADOS Y ENLUCIDOS. Riesgos: - Cortes por uso de herramientas (paletas, paletines, terrajas, miras, etc.). - Golpes por uso de herramientas (miras, reglas, terrajas, maestras). - Caídas al vacío (patios, balcones, fachadas, etc.). - Caídas al mismo nivel. - Cuerpos extraños en los ojos. - Dermatitis de contacto con el cemento u otros aglomerantes. - Contactos con la energía eléctrica. - Sobreesfuerzos - Los derivados de los medios auxiliares a utilizar. Página 65 de 126

67 Medidas preventivas: - Las plataformas sobre borriquetas o andamios tubulares sobre ruedas para ejecutar enyesados y similares, de techos, tendrán la superficie horizontal y cuajada de tablones, evitando escalones y huecos que puedan originar tropiezos y caídas. - En todo momento se mantendrán limpias y ordenadas las superficies de transito y de apoyo para realizar los trabajos de enfoscado, para evitar los accidentes por resbalón. Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Guantes de goma. - Guantes de cuero. - Botas de seguridad. - Botas de goma. - Gafas de protección contra gotas de mortero y similares. - Ropa de trabajo. - Cinturón de seguridad clases A o C SOLADOS CON MÁRMOLES, TERRAZOS, PLAQUETAS Y SIMILARES. Riesgos: - Caídas al mismo nivel. - Caídas a distinto nivel. - Caídas al vacío. - Cortes por manejo de elementos con aristas o bordes cortantes. - Afecciones reumáticas por humedades en las rodillas. - Dermatitis por contacto con el cemento. - Caídas a distinto nivel (por la escalera en construcción, por ejemplo). - Cuerpos extraños en los ojos. - Sobreesfuerzos. - Contactos con la energía eléctrica. - Los derivados de los medios auxiliares a utilizar. Medidas preventivas: - El corte de piezas de pavimento se ejecutará en vía húmeda para evitar lesiones por trabajar en atmósferas polvorientas. - El tajo estará siempre limpio de recortes y de pastas sobrantes, para evitar caídas. Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Ropa de trabajo. - Botas de seguridad. - Botas de goma. - Guantes de goma. - Guantes de cuero. - Cinturón de seguridad clase A o C. Página 66 de 126

68 CARPINTERÍA METÁLICA-CERRAJERÍA. Riesgos: - Caídas al mismo nivel. - Caídas a distinto nivel. - Caídas al vacío, (carpintería en fachadas). - Cortes por el manejo de máquinas-herramientas manuales. - Golpes y cortes por objetos o herramientas. - Atrapamientos entre objetos. - Pisadas sobre objetos punzantes. - Caída de elementos de carpintería metálica sobre las personas o las cosas. - Los derivados de los medios auxiliares a utilizar. - Contactos con la energía eléctrica. - Sobreesfuerzos. - Quemaduras. Medidas preventivas: - Los acopios de carpintería metálica, se acopiarán en los lugares destinados a tal efecto en los planos. Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Guantes de cuero. - Botas de seguridad. - Botas de goma. - Gafas de seguridad antiproyecciones. - Ropa de trabajo MONTAJE DE VIDRIOS. Riesgos: - Caídas de personas al mismo nivel. - Caídas de personas a distinto nivel. - Caídas de personas al vacío. - Cortes en manos, brazos o pies durante las operaciones de transporte y ubicación manual del vidrio. - Los derivados de la rotura fortuita de las planchas de vidrio. - Los derivados de los medios auxiliares a utilizar. - caída de materiales ya sean al mismo nivel, distinto nivel o al vacío. - Golpes por su no señalización. Medidas preventivas: - Los acopios de vidrio se ubicarán en los lugares señalados en los planos, sobre durmientes de madera. - Se prohibe permanecer o trabajar en la vertical de un tajo de instalación de vidrios. Prendas de protección personal: Página 67 de 126

69 - Casco de polietileno. - Guantes de cuero. - Botas de seguridad. - Polainas de cuero. - Mandil. - Ropa de trabajo. - Cinturón de seguridad clases A o C PINTURA Y BARNIZADOS. Riesgos: - Caídas de personas al mismo nivel. - Caídas de personas a distinto nivel. - Caídas de personas al vacío (pintura de fachadas y similares). - Cuerpos extraños en los ojos (gotas de pintura, motas de pigmentos). - Los derivados de los trabajos realizados en atsmósferas nocivas (intoxicaciones). - Contactos con sustancias corrosivas. - Los derivados de la rotura de las mangueras de los compresores. - Contactos con la energía eléctrica. - Sobreesfuerzos. - Los derivados de los medios auxiliares a utilizar. Medidas preventivas: - Las pinturas (los barnices, disolventes, etc.), se almacenarán en los lugares señalados en los planos, con el título "almacén de pinturas". Manteniéndose siempre la ventilación por "tiro de aire", para evitar los riesgos de incendios y de intoxicaciones. - Se instalará un extintor de polvo seco polivalente al lado de la puerta de acceso al almacén de pinturas. Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Guantes de goma. - Mascarilla con filtro mecánico específico recambiable. - Mascarilla con filtro químico específico recambiable. - Gafas de seguridad. - Ropa de trabajo INSTALACION ELÉCTRICA PROVISIONAL DE OBRA. Riesgos: - Contactos eléctricos directos. - Contactos eléctricos indirectos. - Los derivados de caídas de tensión en la instalación por sobrecarga, (abuso o incorrecto cálculo de la instalación). - Mal funcionamiento de los mecanismos y sistemas de protección. - Mal comportamiento de las tomas de tierra, (incorrecta instalación, picas que anulan los sistemas de protección del cuadro general). Página 68 de 126

70 - Caídas al mismo nivel. - Caídas a distinto nivel. - Caídas al vacío. Medidas preventivas: - Se tendrán en cuenta el plano en el que se han diseñado los esquemas que reflejan la distribución de líneas desde el punto de acometida al cuadro general de obra y cuadros de distribución. Prendas de protección personal: - Casco de polietileno para riesgos eléctricos. - Ropa de trabajo. - Botas de seguridad. - Guantes aislantes de la electricidad. - Cinturón de seguridad clase C. - Banqueta aislante de la electricidad. - Comprobadores de tensión. - Letreros de "NO CONECTAR, HOMBRES TRABAJANDO EN LA RED" INSTALACIÓN ELÉCTRICA. Riesgos: - Caídas de personas al mismo nivel. - Caídas de personas a distinto nivel. - Cortes por manejo de herramientas manuales. - Cortes por manejo de las guías y conductores. - Pinchazos en las manos por manejo de guías y conductores. - Golpes por herramientas manuales. - Sobreesfuerzos por posturas forzadas. - Quemaduras por mecheros durante operaciones de calentamiento del "macarrón protector". - Electrocución o quemaduras por mala protección de cuadros eléctricos. - Electrocución o quemaduras por uso de herramientas sin aislamiento. - Electrocución o quemaduras por punteo de los mecanismos de protección (disyuntores, diferenciales, etc.). - Electrocución o quemaduras por conexionados directos sin clavijas machohembra. - Explosión de los grupos de transformación durante la entrada en servicio. - Incendio por incorrecta instalación de la red eléctrica. Medidas preventivas: - El almacén para acopio de material eléctrico, se ubicará en el lugar señalado en los planos. - En la fase de obra de apertura y cierre de rozas, se esmerará el orden y la limpieza de la obra, para evitar los riesgos de pisadas o tropezones. - El montaje de aparatos eléctricos, será ejecutado siempre por personal especialista. Prendas de protección personal: Página 69 de 126

71 - Casco de polietileno. - Botas de seguridad. - Guantes aislantes. - Ropa de trabajo. - Cinturón de seguridad. - Banqueta de maniobra. - Comprobadores de tensión. - Herramientas aislantes INSTALACIONES DE FONTANERÍA Y DE APARATOS SANITARIOS. Riesgos: - Caídas al mismo nivel. - Caídas a distinto nivel. - Cortes en las manos por objetos y herramientas. - Atrapamientos entre piezas pesadas. - Explosión (del soplete, botellas de gases licuados, bombonas). - Los inherentes al uso de la soldadura autógena. - Pisadas sobre objetos punzantes o materiales. - Quemaduras. - Sobreesfuerzos. - Los derivados de los trabajos sobre cubiertas planas o inclinadas. - Los derivados de los medios auxiliares a utilizar. - Caídas de elementos durante su transporte. Medidas preventivas: - El almacén para los aparatos sanitarios, se ubicará en el lugar señalado en los planos, estará dotado de puerta y cerrojo. - Se repondrán las protecciones de los huecos de los forjados, una vez realizado el aplomado de los conductos verticales, evitando así el riesgo de caída. Prendas de protección personal: - Casco de polietileno. - Guantes de cuero. - Botas de seguridad. - Mandil de cuero. - Ropa de trabajo. - Guantes de goma. Página 70 de 126

72 DOCUMENTO III.- OTROS DOCUMENTOS DEL ESTUDIO 6.- DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS SANITARIOS Y COMUNES. Se dispondrá en obra de un botiquín fijo y uno portátil, bien señalizados y convenientemente situados, que estarán a cargo de socorristas diplomados o, en su defecto, de la persona capacitada designada por la empresa. Prestados los primeros auxilios por la persona encargada de la asistencia sanitaria, la empresa constructora dispondrá lo necesario para la atención médica consecutiva al enfermo o lesionado. Asimismo, junto al botiquín fijo, se dispondrá un cartel en el que figuren de forma bien visible los números de teléfonos necesarios en caso de urgencias, como son los de: hospital más próximo, servicio de ambulancias, bomberos, policía local, etc. Además, en la obra existirán casetas destinadas a vestuarios, comedor y servicios, cuyas dimensiones y equipamientos serán: COMEDOR. - Superficie de 18 m2 aproximados. - Equipamiento compuesto por: - Bancos y mesas para 15 operarios. - Un calienta platos. - Recipientes para basuras. - Bolsas de basura. - Un extintor. VESTUARIOS. Superficie de 18 m2 aproximados Equipamiento compuesto por: - Bancos para 15 operarios. - Quince taquillas metálicas. - Perchas. ASEOS. Superficie en función de las necesidades de la obra. Equipamiento formado por: - Tres lavabos o piletas. - Dos placas turcas. - Tres duchas. - Un calentador eléctrico de agua de 50 litros. - Tres espejos de 40 x 50 cms. - Dosificadores de jabón líquido. - Dispensadores de toallas de papel. - Dos portarrollos y papel higiénico. Estas instalaciones mencionadas podrán ser realizadas con casetas prefabricadas modulares o realizadas "in situ" con fábrica de ladrillos o bloques; pero en ambos casos tendrán iluminación y ventilación directa, accesos independientes, altura mínima de 2,40 metros y su instalación eléctrica contará con cuadro de protección (diferencial y magnetotérmicos) y enchufes con puesta a tierra, según normas del R.E.B.T. Página 71 de 126

73 Se procurará que no queden bajo el radio de acción de algún tipo de máquina o grúa en zona de carga o descarga, debiendo dotar a éstas si fuese necesario del correspondiente limitador de giro o de aviso al llegar a determinada posición. Página 72 de 126

74 7.- PLANING DE OBRA. Será entregado por el contratista. Página 73 de 126

75 PROGRAMA TÍTULO: PROYECTO MANTENIMIENTO FACHADA EDIFICIO COMGEMEL, DE BASE DISCONTINUA, OBRAS Nº de Obra: M E S E S IMPORTE FASES DE LA OBRA CAPÍTULOS CAPÍTULO I , ,33 Unico xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx CAPÍTULO II. 0,00 CAPÍTULO III. 0,00 CAPÍTULO IV. 0,00 CAPÍTULO V. 0,00 CAPÍTULO VI. 0,00 CAPÍTULO VII. 0,00 CAPÍTULO VIII. 0,00 CAPÍTULO IX. 0,00 CAPÍTULO X. 0,00 SUMA PARCIAL ,33 0,00 0,00 0,00 0,00 0, ,33 SUMA ACUMULADA , , , , , ,33 Página 74 de 126

76 8.- CRITERIOS DE MANTENIMIENTO. El presente apartado pretende dar una serie de Normas para llevar a cabo un conjunto de operaciones que en todo momento aseguren el buen funcionamiento de instalaciones y elementos, optimizando el gasto energético, previendo posibles riesgos que puedan comprometer la seguridad del edificio y protegiendo el entorno de posibles agresiones, operaciones que correctamente realizadas garantizarán la confortabilidad, prolongarán la vida útil y mantendrán en valor pecuniario del edificio. Se han dividido los elementos que se pueden encontrar en el edificio siguiendo un orden constructivo, pero con una introducción de riesgos generales a proteger en el mantenimiento, en actividades genéricas que pudieran afectar total o parcialmente al desglose posterior que se menciona. CIMENTACIONES.- Precauciones.- -Se denunciarán las fugas observadas en canalizaciones de suministro o evacuación, para su reparación inmediata. - No se realizarán perforaciones que afecten a su resistencia. - No se modificarán las solicitaciones previstas en el cálculo, sin estudio previo. Revisiones.- - En las revisiones periódicas de mantenimiento de la estructura, se estudiarán los deterioros producidos por posibles fallos en la cimentación, procediéndose a su reparación ó recalce. Normas de Seguridad.- - Realización de los trabajos por personal cualificado. - Delimitación y señalización de áreas de trabajo. - Utilización de las protecciones personales especificas, guantes, mono, botas de goma, etc.) ESTRUCTURAS.- Precauciones.- - No se variarán las hipótesis de carga. -Se detectarán las humedades no previstas, tomándose las medidas necesarias para proteger la estructura. - No se realizarán huecos mayores de 3 cm, y con una separación mínima de 30 cm que afecten a la resistencia del elemento o que descubran armaduras. - En forjados no se abrirán huecos que afecten a los nervios. Revisiones.- - En metálicas, aplicación de nueva capa de pintura y se comprobarán pandeos y - desplomes. - Comprobación de flechas. - En hormigón, se detectarán fisuras y se estudiará su origen, así como - comprobación esclerométrica de resistencias. Página 75 de 126

77 Normas de Seguridad.- - Realización de los trabajos por personal cualificado. - Delimitación y señalización de áreas de trabajo. - Herramientas de mano, enganchadas con mosquetón para evitar su caída a otro nivel. - Todos los huecos afectados estarán protegidos con barandilla y rodapié. - Utilización de las protecciones personales (casco, calzado, guantes, botas, cinturón). - Se observarán aquellas normas que el técnico dicte en cada caso particular. FABRICAS DE LADRILLO.- Precauciones.- - No variar hipótesis de carga. - No someter a humedad habitual. - No abrir huecos ni rozas superiores a 1/6 del espesor del muro. - Realizar limpieza con cepillo y agua ó con una solución de ácido acético. - Las eflorescencias y manchas, se tratarán con una solución al 10 % de ácido clorhídrico. Revisiones.- - Comprobación de desplomes. - Detección de posibles fisuras y desconchones. - Comprobación del estado del mortero. - Comprobación del enmasillado. Normas de Seguridad.- - Realización de los trabajos por personal cualificado. - Uso obligatorio de elementos de protección personal. - No efectuar los trabajos operarios solos. - Colocación de medios de protección colectiva adecuados. - Colocación de viseras ó marquesinas, si el técnico lo estima conveniente. - Señalización y delimitación de la zona de trabajo. - Utilización, si fuera preciso, de andamios homologados. CUBIERTAS.- Precauciones.- - No recibir elementos que perforen la membrana, ó dificulten el desagüe. - Eliminación de nieves y hielos en huecos de ventilación y rejillas de sumidero Revisiones.- - Inspección del estado de la cubrición, pavimentos, limas. - Limpieza de cazoletas y canalones. Página 76 de 126

78 - Comprobación de impermeabilidad. Normas de Seguridad.- - Para los trabajos en bordes, instalación de una plataforma desde la ultima planta. - Para trabajos en bordes de patios de luces, redes de malla elástica sobre el forjado del último piso. - En trabajos en faldones, se pueden emplear escaleras en el sentido de la mayor pendiente, estando convenientemente sujetas. - Viseras resistentes de protección. - Uso riguroso de elementos de protección personal. - Realización de los trabajos por personal cualificado. VIDRIOS.- Precauciones.- - Evitar el uso de productos abrasivos en la limpieza. Revisiones.- - Comprobación de estanqueidad en material de sellado. - Comprobación del estado de herrajes y elementos de seguridad. Normas de Seguridad.- - Realización de trabajos por personal cualificado. - Utilización de las protecciones personales especificas. - Manejo de vidrios grandes con ventosas. - Colocación desde dentro del edificio. - Retirada de fragmentos lo antes posible TABIQUERIA.- Precauciones.- - No someter a humedades. - No efectuar rozas verticales ni horizontales más que en la parte alta y en ningún caso, que degüellen el tabique. - No colgar elementos pesados, ni provocar empujes que afecten a su estabilidad. Revisiones.- - Inspecciones oculares periódicas. Normas de Seguridad.- - Similares a las de la partida de fábrica de ladrillo. Página 77 de 126

79 GUARNECIDOS Y ENLUCIDOS.- Precauciones.- - No someter a humedades. - No sujetar elementos pesados anclados solamente en el espesor del revestimiento. - Reparaciones con los mismos materiales. - Comprobación del estado de los guardavivos al hacer reparaciones. Revisiones.- - Comprobación periódica del estado del revestimiento. Normas de Seguridad.- - Similares a la partida de tabaquería. PINTURAS.- Precauciones.- - Estarán recibidos y montados todos los elementos que deben ir en el paramento como cercos de puertas, ventanas, canalizaciones, instalaciones, bajantes, etc. - Se comprobará que la temperatura ambiente no sea mayor de 28ºC ni menor de 6ºC. - El soleamiento no incidirá directamente sobre el plano de aplicación. - La superficie de aplicación estará nivelada y lisa. - La superficie del soporte no tendrá una humedad mayor del 6%, habiéndose secado por aireación natural. - Se eliminarán, tanto las eflorescencias salinas como la alcalinidad antes de proceder a pintar - Las manchas superficiales producidas por moho además del rascado o eliminación con estropajo, se desinfectarán lavándolas con disolventes fungicidas. - Las manchas originadas por humedades internas que lleven disueltas sales de hierro, se aislarán mediante una mano de clorocaucho diluido, o productos adecuados. Revisiones.- - Inspección ocular. - Repintado. Normas de Seguridad.- - Similares a la partida de tabaquería. - Utilizar gafas para pintar en techos. - Mascarilla protectora en trabajos de pintura gotelet. SUELOS.- Precauciones.- - Disponer de un 3 % del material colocado para reposiciones. Página 78 de 126

80 - Las eflorescencias y manchas de mortero se eliminarán con agua y si es necesario, piedra pómez. Revisiones.- - Inspección con repaso de juntas. - Los periodos de pulimentación del pavimento, estarán en función del uso y desgaste del mismo. Normas de Seguridad.- - Precauciones con la caída de materiales en el peldañeado. - Precauciones con golpes y aplastamientos de dedos. - Precauciones con salpicaduras de partículas a los ojos. - Protección personal (mono, casco, guantes de cuero, botas con puntera reforzada, mascarillas). CARPINTERIA DE ALUMINIO.- Precauciones.- - No apoyar pescantes de andamios, poleas o mecanismos que puedan dañarla. - No se sujetarán acondicionadores de aire sujetos a la carpintería sin análisis previo. Revisiones.- - Comprobación de estanqueidad. - Comprobación de sujeción de vidrios. - Comprobación de mecanismos. Normas de Seguridad.- - Utilización de andamios, cinturones de seguridad, anclajes, etc. - Realización de los trabajos por personal cualificado. INSTALACIONES ELÉCTRICAS.- Precauciones.- - No modificar la instalación sin previo estudio por técnico competente. - Para cualquier manipulación, desconectar el interruptor previamente. - No suspender elementos de iluminación directamente de los hilos correspondientes a un punto de luz. - Desconectar el interruptor diferencial para ausencias prolongadas. Revisiones.- - Comprobación de los dispositivos de seguridad. - Comprobación de intensidades nominales en relación con la sección de conductores. - Comprobación de aislamiento. Página 79 de 126

81 - Comprobación de dispositivos de protección con la sección de los conductores. - Comprobación de la puesta a tierra (resistencia, estado de corrosión de la conexión de la pica con la arqueta, etc.). - Comprobación de la línea principal. Normas de Seguridad.- - Zona de trabajo siempre limpia y ordenada, e iluminada adecuadamente. - Escaleras de madera con elementos antideslizantes en su base en su base. - Señalización de las zonas de trabajo. - Utilización de protecciones personales: mono, casco aislante, guantes, etc. INSTALACIÓN DE FONTANERIA.- Precauciones.- - Se aislará y vaciará el sector a reparar. - Estudio previo para realizar modificaciones. Revisiones.- - Limpieza de arqueta y llave lubrificando el vástago. - Si hay fugas en vástago, cambiar la empaquetadura. - Limpieza de sedimentos e incrustaciones en conducciones. Normas de Seguridad.- - Utilización de protecciones personales: mono, casco homologado. Los soldadores emplearán mandiles de cuero, guantes, gafas y botas con polainas. - Se mantendrán en perfectas condiciones las escaleras, plataformas y andamios utilizados. INSTALACIONES DE SANEAMIENTO.- Precauciones.- - Modificaciones previo estudio únicamente. - No verter aguas que contengan detergentes no biodegradables o sustancias tóxicas. - Revisar sifones y válvulas cuando se aprecie disminución en el caudal. Revisiones.- - Inspecciones oculares. - Comprobaciones de cierres hidráulicos. - Limpiezas. - Comprobar que las descargas no arrastran el cierre hidráulico de los sifones. - Inspección de fugas en colector. - Limpieza de arquetas y pozos. Página 80 de 126

82 MEDIDAS DE PREVENCION GENÉRICAS.- INFLAMACIONES Y EXPLOSIONES.- Antes de iniciar los trabajos, el contratista encargado de los mismos debe informarse de la situación de las canalizaciones de agua, gas y electricidad, como instalaciones básicas o de cualquier otra de distinto tipo que tuviese el edificio y que afecte a la zona de trabajo. Caso de encontrar canalizaciones de gas o electricidad se señalarán convenientemente y se protegerán con medios adecuados. Se establecerá un programa de trabajos claro que facilite un movimiento ordenado en el lugar de los mismos, de personal, medios auxiliares y materiales; es aconsejable entrar en contacto con el representante local de los servicios que pudieran verse afectados para decidir de común acuerdo las medidas de prevención que hay que adoptar. En todo caso el contratista ha de tener en cuenta que los riesgos de explosión en un espacio subterráneo se incrementan con la presencia de: * Canalizaciones de alimentación de agua. * Cloacas. * Conducciones eléctricas para iluminación y fuerza. * Conducciones de líneas telefónicas. * Conducciones para iluminación de vías públicas. * Sistemas para semáforos. * Canalizaciones de servicios de refrigeración. * Canalizaciones de vapor. * Canalizaciones para hidrocarburos. Para paliar los riesgos antes citados, se tomarán las siguientes medidas de Seguridad: Se establecerá una ventilación forzada que obligue a la evacuación de los posibles vapores inflamables. No se encenderán máquinas eléctricas, ni sistemas de iluminación, antes de tener constancia de que ha desaparecido el peligro. En casos muy peligrosos se realizarán mediciones de la concentración de los vapores en el aire. INTOXICACIONES Y CONTAMINACIONES. Estos riesgos se presentan cuando se localizan en lugares subterráneos concentraciones de aguas residuales por rotura de canalizaciones que las transportan a los puntos de evacuación y son de tipo biológico. Ante la sospecha de un riesgo de este tipo, debe contarse con servicios especializados en detección del agente contaminante y realizar una limpieza profunda del mismo antes de iniciar los trabajos de mantenimiento o reparación que resulten necesarios. HUNDIMIENTOS. En todo caso, ante la posibilidad de que se produzcan atrapamientos del personal que trabaja en zonas subterráneas, se usarán las medidas de entubación en trabajos de mina convenientemente sancionadas por la práctica constructiva (avance en galerías estrechas, pozos, etc.), colocando protecciones cuajadas y convenientemente acodaladas; vigilando a diario la estructura resistente de la propia Página 81 de 126

83 entubación para evitar que por movimientos incontrolados hubiera piezas que no trabajaran correctamente y se pudiera provocar la desestabilización del sistema de entubación. REPARACIONES GENERALES. El no conocer qué elementos precisarán de reparación, obliga a recurrir a lo que en general sucede en la práctica; las reparaciones que mas frecuentemente aparecen son las relacionadas con las cubiertas, fachadas, acabados e instalaciones, por lo que al igual que en el caso del mantenimiento, conservación y entretenimiento, se seguirán las instrucciones contempladas en el Estudio de Seguridad e Higiene en los apartados correspondientes, para el análisis de riesgos más frecuentes y las medidas correctoras que correspondan. Ha de tenerse además en cuenta, la presencia de riesgo añadido que es el encontrarse el edificio habitado, por lo que las zonas afectadas por obras deberán señalares y acotarse convenientemente mediante tabiques provisionales o vallas. Así mismo, cuando se realicen operaciones en instalaciones, los cuadros de mando y maniobra estarán señalados con cartel que advierta que se encuentran en reparación. Por lo que se refiere a la reparación de las instalaciones, se tendrán en cuenta además, los siguientes aspectos: Instalación eléctrica. Estos trabajos se realizarán por un instalador autorizado Instalación de calefacción y agua caliente sanitaria. Se realizarán por empresas con calificación de "Empresa de Mantenimiento y Reparación", concedida por el Ministerio de Industria y energía. Instalación de planta generadora de frío. La empresa de mantenimiento tendrá el título de "Conservador Reparador Frigorista" según se prescribe en el Reglamento de Seguridad para plantas e Instalaciones Frigoríficas. Instalación de transporte (ascensores, escaleras mecánicas, etc.) Estos servicios de entretenimiento y conservación se contratarán, en su caso, con empresa conservadora autorizada por el Ministerio de Industria y Energía. Para la realización de obras, la propiedad encargará el correspondiente proyecto que las defina, y en el que se indiquen los riesgos y las medidas correctivas correspondientes. Así mismo, la propiedad encargará el mantenimiento del edificio según el plan que preferiblemente haya sido redactado por un técnico y obtendrá las correspondientes licencias para llevar a cabo las obras y operaciones que han de realizarse. LEY 31/1995 de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. DESARROLLO DE LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: 1. R.D. 485/1997 de 14 de Abril sobre Disposiciones en materia de Señalización 2. R.D. 486/1997 de 14 de Abril sobre Seguridad y Salud en lugares de Trabajo. 3. R.D. 487/1997 de 14 de Abril sobre manipulación manual de cargas. Página 82 de 126

84 4. R.D. 488/1997 de 14 de Abril sobre equipos que incluyen pantallas de visualización. R.D. 39/1997 de 17 de Enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. R.D. 1627/1997 de 24 de Octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. R.D. 780/1998 de 30 de Abril, por el que se modifica el R.D. 39/1997 de 17 de Enero. R.D. 1488/1998 de 10 de Julio, de adaptación de la Legislación de prevención de riesgos laborales a la Administración General del Estado. R.D. 1932/1998 de 11 de Septiembre, de adaptación de los capítulos III y V de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, al ámbito de los centros y establecimientos militares. DECRETO 842/2002 de 2 de Agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. Melilla a Noviembre Página 83 de 126

85 I.7.6 JUSTIFICACIÓN DEL CÁLCULO DE LOS PRECIOS ADOPTADOS Y BASES FIJADAS PARA LA VALORACIÓN DE LAS UNIDADES DE OBRA Y DE LAS PARTIDAS ALZADAS I JUSTIFICACIÓN DE LOS COSTES DE MANO DE OBRA Según coste horario para el año 2011, para Melilla, de acuerdo con el Convenio de Construcción vigente en Melilla. I PRECIOS AUXILIARES Para la valoración del presente proyecto se han utilizado los precios oficialmente establecidos para esta Comandancia de Obras, correspondientes a Melilla. Se anexa fotocopia de coste horario correspondiente a Melilla. Anejo I.7.7 Melilla a Noviembre Página 84 de 126

86 I.7.7 COSTE HORARIO PARA PRECIOS MANO DE OBRA Página 85 de 126

87 Página 86 de 126

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