1.- Son vinculantes las interpretaciones que efectúa DIGEMID mediante oficios remitidos a la Intendencia de Aduana Marítima del Callao?

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "1.- Son vinculantes las interpretaciones que efectúa DIGEMID mediante oficios remitidos a la Intendencia de Aduana Marítima del Callao?"

Transcripción

1 Mediante el Informe Técnico Electrónico N D1310 (seguimientos 4 y 10)), la División de Asesoría Legal de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao, formula las siguientes consultas: 1.- Son vinculantes las interpretaciones que efectúa DIGEMID mediante oficios remitidos a la Intendencia de Aduana Marítima del Callao? Sobre la materia de competencia funcional, debemos hacer referencia al numeral 61.1 del artículo 61 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobada por la Ley N , según el cual la competencia de las entidades tiene su fuente en la Constitución y en la ley, y es reglamentada por las normas administrativas que de aquéllas se derivan. Conforme a la norma glosada, resultaría que las opiniones que emita la Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas (DIGEMID) sobre los alcances de la Ley N y su Reglamento, tendrán carácter vinculante siempre que de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Salud (MINSA) 2, dicha Dirección constituya el órgano de línea competente para absolver con carácter institucional las consultas formuladas por otras entidades respecto al alcance de las normas legales de su sector. Ahora bien, en lo que respecta a las funciones que cumple DIGEMID, debemos de manera preliminar resaltar que a través de la Ley N , Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios 3 objeto de la controversia interpretativa, se establecieron las normas que rigen los productos farmacéuticos en concordancia con la Política Nacional de Salud y la Política Nacional de Medicamentos, precisándose en sus artículos 5 y 46, que la entidad responsable de normar y evaluar los temas relacionados a dicha Ley, es la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM), siendo también competente para verificar el cumplimiento de lo dispuesto en ella. Por su parte, el artículo 4 del Decreto Supremo N SA, con el cual se aprueba el Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios 4, dispone que DIGEMID es el órgano de línea del Ministerio de Salud, como Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM), encargada a nivel nacional de inscribir el registro sanitario de los productos farmacéuticos, mientras que en su página institucional se señala que DIGEMID, es el órgano técnico-normativo en los aspectos relacionados a las autorizaciones sanitarias de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios, la certificación, el control y vigilancia de los procesos relacionados con la producción, importación, distribución, almacenamiento, comercialización, promoción, publicidad, dispensación y expendio de los mismos, entre otras funciones afines. 1 En adelante Ley N Aprobado por el Decreto Supremo N SA. 3 En adelante Ley N En adelante D.S. N SA.

2 De otro lado, en lo que respecta a la competencia de nuestra institución, tenemos que el artículo 2 de la Ley General de Aduanas, aprobada por el Decreto Legislativo N define a la Administración Aduanera como el órgano técnico de la SUNAT encargado de aplicar las leyes y el reglamento relativos a los regímenes aduaneros, precisándose en el artículo 12 del mismo cuerpo legal, que la Administración Aduanera está facultada para interpretar y emitir pronunciamiento técnico tributario sobre los alcances de las disposiciones en materia aduanera, por lo que si bien tenemos facultades para la aplicación del marco jurídico relativo a la importación de mercancías incluidas las normas relativas a la importación de mercancías restringidas, nuestra facultad de interpretación sólo comprende las normas en materia aduanera. En el marco legal glosado, podemos colegir que la entidad competente para interpretar los alcances de la Ley N y su Reglamento, es el MINSA a través de su ANM o de la dependencia que designe su ROF, por lo que si bien es cierto, la Administración Aduanera es responsable de aplicar las normas que contiene la Ley N en lo que respecta a la importación de productos farmacéuticos y sus muestras médicas, ello no puede ser interpretado como una atribución para interpretar y pronunciarse respecto a dicho dispositivo legal cuyo carácter no es aduanero sino más bien técnico sanitario. Siguiendo dicho planteamiento, consideramos que la Administración Aduanera no se encuentra facultada para interpretar con carácter vinculante para nuestra institución las disposiciones legales emitidas por otros sectores, que si bien es cierto, contienen aspectos que por mandato legal expreso de la propia norma deben ser aplicados por esta entidad, dicha aplicación es realizada con carácter complementario a las normas de carácter aduanero que rigen el procedimiento aduanero que se esté tramitando. Así, en el presente caso, lo dispuesto por la Ley N y de su Reglamento, sólo constituyen normas que complementan el trámite de importación de mercancías -muestras médicasel que se encuentra regulado por disposiciones aduaneras. Conforme a lo expuesto y de acuerdo a lo señalado en el numeral 61.1 del artículo 61 de la Ley N , consideramos que las opiniones que emita DIGEMID sobre los alcances de la Ley N y su Reglamento, sólo podrán tener carácter vinculante si cuenta con el sustento legal que le faculte a emitir opinión legal sobre los alcances de las normas legales de su sector, atribución que no se colige de las normas legales analizadas que definen a dicha dependencia como un órgano de línea técnico-normativo, lo que no puede ser interpretado necesariamente como competente para emitir opiniones legales con carácter institucional 5. En tal sentido, y en nuestra opinión, el órgano competente para interpretar los alcances de la Ley N y su Reglamento, será el órgano de línea 5 Para graficar nuestra opinión, es de mencionarse que en el mismo sentido que hemos indicado para el MINSA, en el caso de la SUNAT, las opiniones o informes en materia aduanera que emita una dependencia que no sea la Gerencia Jurídica Aduanera o la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, designadas para tales fines de manera expresa en nuestro ROF, no tendrán carácter vinculante por no representar la opinión institucional.

3 designado en el ROF del MINSA, por lo que el pronunciamiento vinculante debe ser solicitado al MINSA para que éste lo derive a la dependencia que designe su ROF para absolver con carácter vinculante las consulta legales sobre las disposiciones en materia de salud pública. Sin perjuicio de lo antes expuesto, es muy importante puntualizar que para que tenga carácter vinculante el pronunciamiento del MINSA, éste no solo deberá ser emitido por la dependencia competente, sino que no podrá ser opuesto o desvirtuar lo que disponga la ley que interpreta, consecuentemente, si existiera una contradicción entre lo que opine dicha entidad y lo que contemple una norma legal vigente, resultará aplicable la ley vigente en la medida que la Administración Aduanera es competente para aplicar además de las disposiciones aduaneras, las leyes que se vinculen a los regímenes y trámites aduaneros 6 y por cuanto constitucionalmente, la ley prevalece sobre cualquier norma o disposición de inferior jerarquía. 2.- Las muestras médicas requieren de registro sanitario? En relación a esta interrogante, y sin perjuicio de los señalado en la consulta precedente, podemos apreciar que de acuerdo a lo expresado en el Oficio N DIGEMID- DAS-ERPF/MINSA 7 y a la parte del correo electrónico que se transcribe en el Informe N D0100, DIGEMID, como dependencia facultada para otorgar el registro sanitario de acuerdo al artículo 4 del Decreto Supremo N SA, no lo vendría otorgando a las muestras médicas en la medida que las Resoluciones Directorales que autorizan la inscripción o reinscripción en el registro sanitario si bien consideran las formas de presentación del producto, en las mismas no se consigna la presentación de muestras médicas por considerar que de acuerdo al Decreto Supremo N SA, estás son definidas como una presentación reducida de un producto farmacéutico. Asimismo, dicha dependencia considera que las muestras médicas no requieren registro sanitario por ser productos que no se comercializan, entendiendo que si el producto farmacéutico que promociona sí cuenta con registro sanitario, la muestra del mismo cumple con el mencionado requisito como presentación reducida en cantidad del mismo producto. Por su parte, la dependencia consultante sostiene que de acuerdo al artículo 15 de la Ley N , concordante con el artículo 24 de su Reglamento, las Aduanas de toda la República están obligadas a solicitar una copia de la resolución que autoriza el registro del producto, por lo que considerando que las muestras médicas no se encuentran en las excepciones que prevé el artículo 16 de la Ley N para cumplir con tal requisito, es obligatorio exigir su cumplimiento al importador. Asimismo, la consultante hace mención a la Sexta Disposición Complementaria, Transitoria y Final del derogado Decreto Supremo N SA, la que señalaba: 6 Definición de Administración Aduanera contemplada en el artículo 2 de la Ley General de Aduanas. 7 Emitido y dirigido en respuesta a un importador.

4 Sexta.- Los productos farmacéuticos que no cuenten con Registro Sanitario en el país no pueden ser objeto de promoción o publicidad en ninguna de sus modalidades. El rotulado de las muestras de los productos antes mencionados debe consignar el número de Registro Sanitario otorgado al producto, así como una impresión que indique, en caracteres resaltantes, que se trata de una muestra médica y que está prohibida su venta., disposición que según señala la consultante, constituía una excepción respecto al cumplimiento del requisito del registro sanitario propio para la importación de muestras médicas, bastando para este tipo de mercancías con el rotulado del registro sanitario del producto al que correspondía y de la frase muestra médica, prohibida su venta. Conforme a ello, infieren que al encontrarse actualmente derogada dicha disposición, resultará que a la fecha las muestras médicas deben cumplir para su importación con todos los requisitos exigibles por la Ley N , incluyendo el de contar con un registro sanitario propio. Como puede observarse, cuando la Sexta Disposición Complementaria, Transitoria y Final del derogado Decreto Supremo N SA hace mención que el rotulado de las muestras de los productos antes mencionados debe consignar el número de Registro Sanitario otorgado al producto, el producto a que se refiere es el producto farmacéutico mencionado en el primer párrafo de la norma, por consiguiente, consideramos que la normativa derogada sustentaba que la muestra médica no solo no contaba con un registro sanitario propio, sino que debía rotular el registro sanitario del producto que promociona, por lo tanto, lo derogado es la obligación de rotular el número de registro sanitario del producto farmacéutico en la muestra médica, cuestión que hace exigible, durante el trámite de su importación, de la presentación de una copia de la resolución que autoriza dicho registro, más no implica que la muestra médica deba tener registro sanitario propio. Complementariamente a lo expresado, y en relación a los fundamentos para no exigir registro sanitario a las muestras médicas, debe preponderarse que si un producto farmacéutico cuenta con registro sanitario y la muestra médica es una presentación reducida del mismo, le resulta extensiva dicha autorización. Asimismo, es de resaltarse que de acuerdo al artículo 5 del Decreto Supremo N SA, cuando se fabrique, almacene, distribuya, comercialice, importe, promocione, dispense, expende o se use el producto, deben mantenerse las mismas condiciones bajo las cuales se autorizó el registro sanitario del mismo. Así también, es muy importante considerar que cuando al artículo 15 de la Ley N , concordante con el artículo 24 de su Reglamento, prescriben que las Aduanas de toda la República están obligadas a solicitar una copia de la resolución que autoriza el registro sanitario del producto, no puede colegirse que cuando dichas normas consignan producto éste deba ser interpretado como la exigencia de registro sanitario a la muestra médica, pues el artículo 6 de la Ley N , señala que los productos regulados por la citada norma se clasifican en productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios, por cuanto a tenor de las definiciones consignadas en la propia Ley N , cuando la norma hace referencia a producto solo se puede estar

5 refiriendo a un producto farmacéutico o en su defecto, a un producto sanitario éste último definido en el numeral 2 del artículo 4 de la citada ley 8. Hasta este punto de nuestro análisis, consideramos que DIGEMID ha fundamentado legalmente porque no correspondería que las muestras médicas por sí mismas, cuenten con registro sanitario y que este requisito se tendría por cumplido con el registro sanitario del producto farmacéutico que promociona por constituir una presentación reducida del mismo. Sin embargo, es muy importante resaltar que la sustentación del DIGEMID no contiene un pronunciamiento puntual respecto a la presentación o exoneración de la copia de la resolución que autoriza el registro sanitario del producto farmacéutico en el trámite de importación de su muestra médica, ni coloca una base legal que permita inferir lo mismo. En el marco legal expuesto y siendo que no existe el sustento legal que establezca lo contrario, compartimos la opinión expresada por el DIGEMID en el sentido que a las muestras médicas como tales, no les resulta exigible el contar con registro sanitario propio, siempre que el producto al que corresponde la muestra sí cuente con el registro sanitario correspondiente. En consecuencia, para que se entienda por cumplido el requisito de carácter documental consignado en el artículo 15 de la Ley N , concordante con el artículo 24 de su Reglamento, el usuario deberá presentar una copia de la resolución que autoriza el registro sanitario del producto; en caso de carecer el producto que corresponde a la muestra médica de la mencionada resolución, no procederá su despacho. Consecuentemente, y en respuesta a la interrogante planteada, somos de la opinión que las muestras médicas como tales- no requieren de registro sanitario siempre que el producto al que correspondan cuente con el mencionado registro, lo que no es óbice para que en su importación se deba cumplir con el requisito de la presentación de una copia de la resolución que autoriza el registro sanitario del producto farmacéutico que promociona, sin embargo, consideramos que el pronunciamiento final sobre esta materia deberá ser emitido por el órgano del MINSA competente, de acuerdo a lo expresado en la interrogante precedente. Atentamente, 8 Definido como el producto destinado a la limpieza, cuidado, modificación del aspecto, perfume y protección personal o doméstica. Incluye a laos productos cosméticos, productos de higiene domésticas, productos absorbentes de higiene personal y productos para bebes.

6

Expositor Q.F. Alfredo A. Castillo Calle

Expositor Q.F. Alfredo A. Castillo Calle Expositor Q.F. Alfredo A. Castillo Calle Elaborado por: Q.F. Vicky Flores Valenzuela Mayo 2010 ANTECEDENTES La Ley General de Salud Ley Nº 26842 se aprobó en 1997, Título II incluye: Capítulo III referido

Más detalles

1. Solicitud, que tendrá el carácter de declaración jurada, según formato (Anexo 1);

1. Solicitud, que tendrá el carácter de declaración jurada, según formato (Anexo 1); Regulan algunos alcances de los Artículos 10 y 11 de la Ley N 29459 - Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios DECRETO SUPREMO N 028-2010-SA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Más detalles

hasta cinco por ciento (5%) respecto de la carga a granel, líquidos y fluidos, a efecto de no considerar tal hecho como una infracción.

hasta cinco por ciento (5%) respecto de la carga a granel, líquidos y fluidos, a efecto de no considerar tal hecho como una infracción. SUMILLA : Se emite opinión con relación a las interrogantes formuladas respecto a la aplicación de la infracción establecida en el numeral 5) del artículo 192 de la Ley General de Aduanas: 1.- Sobre el

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº AG APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY Nº LEY QUE APRUEBA LAS NORMAS DE PROMOCIÓN DEL SECTOR AGRARIO (11/09/2002)

DECRETO SUPREMO Nº AG APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY Nº LEY QUE APRUEBA LAS NORMAS DE PROMOCIÓN DEL SECTOR AGRARIO (11/09/2002) DECRETO SUPREMO Nº 049-2002-AG APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY Nº 27360 LEY QUE APRUEBA LAS NORMAS DE PROMOCIÓN DEL SECTOR AGRARIO (11/09/2002) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley

Más detalles

Aprueban normas de adecuación al T-REGISTRO y PLAME DECRETO SUPREMO Nº TR

Aprueban normas de adecuación al T-REGISTRO y PLAME DECRETO SUPREMO Nº TR Aprueban normas de adecuación al T-REGISTRO y PLAME DECRETO SUPREMO Nº 008-2011-TR CONCORDANCIAS: R. Nº 183-2011-SUNAT (Aprueban Normas y Procedimientos para la presentación de la Planilla Electrónica

Más detalles

DIRECTIVA SANITARIA QUE REGULA LA DIRECCIÓN TECNICA DE FARMACIAS, BOTICAS Y BOTIQUINES EN ZONAS RURALES

DIRECTIVA SANITARIA QUE REGULA LA DIRECCIÓN TECNICA DE FARMACIAS, BOTICAS Y BOTIQUINES EN ZONAS RURALES DIRECTIVA SANITARIA QUE REGULA LA DIRECCIÓN TECNICA DE FARMACIAS, BOTICAS Y BOTIQUINES EN ZONAS RURALES I. FINALIDAD Contribuir al acceso de la población a productos farmacéuticos, dispositivos médicos

Más detalles

RÉGIMEN DE REEMBARQUE INTENDENCIA NACIONAL DE TÉCNICA ADUANERA

RÉGIMEN DE REEMBARQUE INTENDENCIA NACIONAL DE TÉCNICA ADUANERA RÉGIMEN DE REEMBARQUE INTENDENCIA NACIONAL DE TÉCNICA ADUANERA Lic. Patricia Azabache BASE LEGAL LEY GENERAL DE ADUANAS Decreto Legislativo Nº 1053 Vigencia: parcial 28.06.2008 plena 01.10.2010 SECCIÓN

Más detalles

En relación con la normativa sobre control y fiscalización de insumos químicos y bienes fiscalizados, se consulta:

En relación con la normativa sobre control y fiscalización de insumos químicos y bienes fiscalizados, se consulta: INFORME N. 046-2014-SUNAT/4B0000 MATERIA: En relación con la normativa sobre control y fiscalización de insumos químicos y bienes fiscalizados, se consulta: 1. Si, tratándose de Usuarios domiciliados en

Más detalles

IMPORTA FÁCIL GERENCIA DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE INTENDENCIA LIMA

IMPORTA FÁCIL GERENCIA DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE INTENDENCIA LIMA IMPORTA FÁCIL GERENCIA DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE INTENDENCIA LIMA Charlas Tributarias BASE LEGAL Ley General de Aduanas: Decreto Legislativo N 1053 Reglamento del Régimen Aduanero Especial de Envíos

Más detalles

NORMATIVA SANITARIA PARA DONACIONES DE MEDICAMENTOS CONSUMO HUMANO

NORMATIVA SANITARIA PARA DONACIONES DE MEDICAMENTOS CONSUMO HUMANO NORMATIVA SANITARIA PARA DONACIONES DE MEDICAMENTOS CONSUMO HUMANO Resolución 14 Registro Oficial 759 de 20-may.-2016 Estado: Vigente No. ARCSA-DE-014-2016-GGG LA DIRECCION EJECUTIVA DE LA AGENCIA NACIONAL

Más detalles

2. Si no se cumple con lo solicitado en la carta inductiva, se estaría cometiendo alguna infracción?

2. Si no se cumple con lo solicitado en la carta inductiva, se estaría cometiendo alguna infracción? INFORME N. 0154-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se formulan las siguientes consultas sobre las denominadas cartas inductivas que utiliza la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria

Más detalles

INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS RESOLUCIÓN NÚMERO DE (noviembre 20)

INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS RESOLUCIÓN NÚMERO DE (noviembre 20) INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS RESOLUCIÓN NÚMERO 2013034419 DE 2013 (noviembre 20) por la cual se reglamenta el procedimiento para las autorizaciones sanitarias de importación

Más detalles

Concepto Jurídico 2252 del 2017 Febrero 8 Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Solicita en el escrito de la referencia, se absuelva: 1.

Concepto Jurídico 2252 del 2017 Febrero 8 Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Solicita en el escrito de la referencia, se absuelva: 1. Concepto Jurídico 2252 del 2017 Febrero 8 Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Solicita en el escrito de la referencia, se absuelva: 1. Cuál es el salario mínimo legal aplicable para el valor asegurado

Más detalles

Operadores de Comercio Exterior, en adelante Procedimiento INTA-PE

Operadores de Comercio Exterior, en adelante Procedimiento INTA-PE INFORME W 1J.i -2017 -SUNAT/5D1 000 1. MATERIA: Se formulan consultas referidas a los requisitos que deben cumplirse para el registro del personal de los operadores de comercio exterior en el marco de

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 175-2017/SUNAT MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 109-2000/SUNAT A FIN DE ESTABLECER LA GENERACIÓN DE LA CLAVE SOL DESDE SUNAT VIRTUAL Y EL INGRESO A SUNAT

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE PESQUISAS

PROCEDIMIENTO DE PESQUISAS DIRECCION REGIONAL DE SALUD TACNA DIRECCION EJECUTIVA DE MEDICAMENTOS, INSUMOS Y DROGAS PROCEDIMIENTO DE PESQUISAS Equipo de Trabajo de Fiscalización, Control y Vigilancia Sanitaria DEMID - TACNA Equipo

Más detalles

ADS Nº HRHVM HUANUCO

ADS Nº HRHVM HUANUCO OBSERVACION N 01 NIPRO MEDFICAL CORPORATION SUCURSAL DEL PERÚ Numeral (es): Anexo(s): Página(s): Capitulo IV Critérios de Evaluación Técnica - 42 Con relación a la acreditación de la experiencia del postor,

Más detalles

ANEXO DE LA CIRCULAR SUNAT/A

ANEXO DE LA CIRCULAR SUNAT/A ANEXO DE LA CIRCULAR 001-2011-SUNAT/A Actualizado al 17 de febrero del 2011 Ítem Entidad Competente 1 MTC 2 MTC 3 PRODUCE 4 DIGESA Denominación del Procedimiento Permisos de internamiento definitivo de

Más detalles

RESOLUCIÓN MINISTERIAL SA-DM Lima 08 de Noviembre de 1999

RESOLUCIÓN MINISTERIAL SA-DM Lima 08 de Noviembre de 1999 RESOLUCIÓN MINISTERIAL 548-99-SA-DM Lima 08 de Noviembre de 999 Visto el Oficio N 359-99-DG-AL-DIGEMID, cursado por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; CONSIDERANDO: Que por Resolución

Más detalles

Importación Temporal a Largo Plazo Artículos 150, 156 y del Decreto 2685 de 1999

Importación Temporal a Largo Plazo Artículos 150, 156 y del Decreto 2685 de 1999 CONCEPTO 15094 DE 15 DE JUNIO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Bogotá, D.C. Señor CARLOS CORONELL FAJARDO Agencia de Aduanas Operaduanas S.A. Nivel 2 Cra. 97 No. 24C - 51 Bodega 9 Bogotá

Más detalles

DESPACHO SIMPLIFICADO DE EXPORTACIÓN

DESPACHO SIMPLIFICADO DE EXPORTACIÓN DESPACHO SIMPLIFICADO DE EXPORTACIÓN FINALIDAD Facilitar el despacho para la exportación definitiva de mercancías con o sin la intervención de un despachador de aduana que, por su cantidad, calidad, especie,

Más detalles

SIE Comercio Exterior, SIE-COEX-12/38

SIE Comercio Exterior, SIE-COEX-12/38 SIE Comercio Exterior, SIE-COEX-12/38 FUENTE: Registro Oficial No. 733, 27-VI-2012 FECHA: 27 de junio de 2012. ASUNTO: Expídese la Norma General para la Transmisión de los Documentos de Control Previo

Más detalles

ANEXO N 1 DISTRIBUCION DE FORMATOS DE DECLARACION. Los ejemplares de la DUA son distribuidos de la siguiente manera:

ANEXO N 1 DISTRIBUCION DE FORMATOS DE DECLARACION. Los ejemplares de la DUA son distribuidos de la siguiente manera: ANEXO N 1 DISTRIBUCION DE FORMATOS DE DECLARACION Los ejemplares de la DUA son distribuidos de la siguiente manera: a) Ejemplares A y A1: - En los casos que el despacho lo efectúe el agente de aduana :

Más detalles

OFICIO NÚMERO DE 2015 (Diciembre 23) Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Bogotá, D. C., 22 de diciembre de

OFICIO NÚMERO DE 2015 (Diciembre 23) Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Bogotá, D. C., 22 de diciembre de OFICIO NÚMERO 036305 DE 2015 (Diciembre 23) Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Bogotá, D. C., 22 de diciembre de 2015 100208221-01600 Señora ROCÍO YAMILETH AUX LUNA Representante Legal Abe Cargo

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT Descargar Contenido en Modifican la Res. N 109-2000/SUNAT a fin de establecer la generación de la Clave Sol, desde Sunat Virtual y el ingreso a SUNAT Operaciones en Línea con el Documento Nacional de Identidad

Más detalles

PRINCIPALES CAMBIOS EN LA LEY GENERAL DEL ADUANAS Y SU REGLAMENTO (VIGENTE A PARTIR DEL )

PRINCIPALES CAMBIOS EN LA LEY GENERAL DEL ADUANAS Y SU REGLAMENTO (VIGENTE A PARTIR DEL ) PRINCIPALES CAMBIOS EN LA LEY GENERAL DEL ADUANAS Y SU REGLAMENTO (VIGENTE A PARTIR DEL 23.6.2016) BASE LEGAL: D. LEG. N 1235 (26.09.2015) D.S. N 163-2016-EF (22.06.2016) .. MODALIDADES DE DESPACHO (INGRESO

Más detalles

Disponible en el Portal SUNAT (http://intranet/intranet/inicio/legal/leg/informes/2006/i htm).

Disponible en el Portal SUNAT (http://intranet/intranet/inicio/legal/leg/informes/2006/i htm). INFORME N. 005-2017-SUNAT/5D0000 En relación con la determinación del Impuesto a la Renta de tercera categoría que es efectuada por los contribuyentes dentro del plazo de prescripción, se consulta lo siguiente:

Más detalles

Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Procedimiento de Fiscalización de la SUNAT aprobado por el Decreto Supremo N EF

Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Procedimiento de Fiscalización de la SUNAT aprobado por el Decreto Supremo N EF Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Procedimiento de Fiscalización de la SUNAT aprobado por el Decreto Supremo N 085-2007-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: DECRETO SUPREMO Nº 207-2012-EF

Más detalles

Que mediante Decreto Supremo N EF se aprobó la Tabla de Sanciones Aplicables a las Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas.

Que mediante Decreto Supremo N EF se aprobó la Tabla de Sanciones Aplicables a las Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas. Aprueban Reglamento del Régimen de Gradualidad para la aplicación de las sanciones de multas o suspensión impuestas a los concesionarios postales RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS

Más detalles

VISTO: El Dictamen Conjunto Nº MDLO/CAL-CSC de las Comisiones de Asuntos Legales y Seguridad Ciudadana; y,

VISTO: El Dictamen Conjunto Nº MDLO/CAL-CSC de las Comisiones de Asuntos Legales y Seguridad Ciudadana; y, Los Olivos, 11 de Diciembre de 2007 284-CDLO EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 016-2007-MDLO/CAL-CSC de las Comisiones de Asuntos Legales y Seguridad Ciudadana;

Más detalles

Mediante el radicado de la referencia formula una serie de preguntas las cuales se resolverán cada una a su turno, así:

Mediante el radicado de la referencia formula una serie de preguntas las cuales se resolverán cada una a su turno, así: CONCEPTO 66889 DE 19 DE DICIEMBRE DE 2014 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Bogotá D.C. Ref.: Radicado No. 9530 del 18 de febrero de 2014 Terna Aduanas Descriptores Usuarios Aduaneros Permanentes

Más detalles

Aprueban Directiva Procedimiento y Plazos para la Inscripción de los proveedores de bienes y servicios en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)

Aprueban Directiva Procedimiento y Plazos para la Inscripción de los proveedores de bienes y servicios en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) Aprueban Directiva Procedimiento y Plazos para la Inscripción de los proveedores de bienes y servicios en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) Jesús María, 26 de mayo de 2005 VISTO: CONSEJO SUPERIOR

Más detalles

SA DECRETO SUPREMO N SA

SA DECRETO SUPREMO N SA Modifican el Reglamento de la Ley N 28376, Ley que prohíbe y sanciona la fabricación, importación, distribución y comercialización de juguetes y útiles de escritorio tóxicos y peligrosos aprobado por Decreto

Más detalles

RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº MTC/15

RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº MTC/15 Aprueban Directiva Procedimiento para la Inscripción de Actos en el Registro Nacional de Transporte Terrestre de Mercancías RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1812-2013-MTC/15 Lima, 2 de mayo de 2013 Que, el artículo

Más detalles

Modificaciones en el IGV y Régimen de Selva

Modificaciones en el IGV y Régimen de Selva PERSPECTIVAS DE LA TRIBUTACION EN EL 2012 24 de enero de 2012 Modificaciones en el IGV y Régimen de Selva María Julia Sáenz Enero 2012 Agenda 1. Requisitos formales del crédito fiscal Leyes 29214 y 29215

Más detalles

INFORME N SUNAT/5D0000 MATERIA:

INFORME N SUNAT/5D0000 MATERIA: INFORME N. 004-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se formula las siguientes consultas sobre el procedimiento para la actualización excepcional de la deuda tributaria (AEDT) regulada en el Capítulo I del Título

Más detalles

Reglamento de Comprobantes de Pago, aprobado por Resolución de Superintendencia N /SUNAT, publicada el y normas modificatorias.

Reglamento de Comprobantes de Pago, aprobado por Resolución de Superintendencia N /SUNAT, publicada el y normas modificatorias. INFORME N. 039-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se formulan las siguientes consultas respecto a la emisión de recibos por honorarios electrónicos conforme al sistema creado por la Resolución de Superintendencia

Más detalles

Excepción a la emisión de guía de remisión para el traslado de carga internacional nacionalizada

Excepción a la emisión de guía de remisión para el traslado de carga internacional nacionalizada Lima, 3 de Marzo de 2017 Informe Nº 006-2017-SUNAT/5D0000 Excepción a la emisión de guía de remisión para el traslado de carga internacional nacionalizada Mediante el informe bajo comentario la SUNAT ha

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 208-2016/SUNAT SIMPLIFICAN REQUISITOS PARA DIVERSOS TRÁMITES DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES Lima, 17 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: Que el artículo 6 del Decreto

Más detalles

Que con posterioridad a la publicación de la Resolución de Superintendencia N /SUNAT, se aprobaron nuevos formularios;

Que con posterioridad a la publicación de la Resolución de Superintendencia N /SUNAT, se aprobaron nuevos formularios; Modifican la Resolución de Superintendencia N 132-2004/SUNAT que establece el procedimiento para la modificación y/o inclusión de datos consignados en los formularios RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N 015-2008/SUNAT

Más detalles

ANEXOS ANEXO N 1 DISTRIBUCIÓN DE LOS FORMATOS DUA

ANEXOS ANEXO N 1 DISTRIBUCIÓN DE LOS FORMATOS DUA ANEXOS ANEXO N 1 DISTRIBUCIÓN DE LOS FORMATOS DUA La distribución de los formatos de la DUA es efectuada por el despachador de aduana al momento de la notificación de la siguiente manera, excepto la 3ra

Más detalles

2. Son considerados como beneficios tributarios dichas autorizaciones?

2. Son considerados como beneficios tributarios dichas autorizaciones? INFORME N.º 045-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: Bajo el supuesto de contribuyentes que, en virtud de lo dispuesto por el inciso d) del artículo 22 del Reglamento de la Ley del Im puesto a la Renta, obtuvieron

Más detalles

LEY QUE PRECISA LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS DE AJUSTE POR INFLACIÓN DEL BALANCE GENERAL CON INCIDENCIA TRIBUTARIA EN PERIODOS DEFLACIONARIOS

LEY QUE PRECISA LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS DE AJUSTE POR INFLACIÓN DEL BALANCE GENERAL CON INCIDENCIA TRIBUTARIA EN PERIODOS DEFLACIONARIOS Carlos Torres y Torres Lara 1942-2000 Alonso Morales Acosta Carlos Torres Morales Rafael Torres Morales Juan Carlos Benavente Teixeira Miguel Angel Torres Morales Britta Olsen de Torres Sylvia Torres de

Más detalles

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N 271-2013/SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE CREA EL SISTEMA DE EMISIÓN ELECTRÓNICA DE LA GUÍA DE REMISIÓN ELECTRÓNICA PARA BIENES FISCALIZADOS OBJETIVOS DE LAS GRE

Más detalles

MINISTERIO DE SALUD N DE EXPEDIENTE

MINISTERIO DE SALUD N DE EXPEDIENTE ANEXO I FORMATOS DE SOLICITUD - DECLARACION JURADA DE INSCRIPCION Y REINSCRIPCION DE MEDICAMENTOS SOLICITUD-DECLARACIÓN JURADA PARA LA MINISTERIO DE SALUD INSCRIPCION EN EL REGISTRO SANITARIO DE MEDICAMENTOS.

Más detalles

De acuerdo a los términos de la consulta, específicamente se solicita determinar lo siguiente:

De acuerdo a los términos de la consulta, específicamente se solicita determinar lo siguiente: INFORME N.o,:(06-2013-SUNAT/4B4000 1. MATERIA: Régimen de Incentivos - Se formula una consulta referida a la aplicación del régimen de incentivos del artículo 112 0 del TUO de la Ley General de Aduanas,

Más detalles

1. NOMBRE CONCENTRACION 2. R.S.N 3. ORIGEN. 4. SUSTENTO DEL REGISTRO : Suplemento de Referencia C.L.C. OPINIÓN DEL CEMIS

1. NOMBRE CONCENTRACION 2. R.S.N 3. ORIGEN. 4. SUSTENTO DEL REGISTRO : Suplemento de Referencia C.L.C. OPINIÓN DEL CEMIS MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL DE MEDICAMENTOS INSUMOS Y DROGAS DIRECCIÓN DE AUTORIZACIONES SANITARIAS SOLICITUD-DECLARACIÓN JURADA PARA LA INSCRIPCION Y REINSCRIPCION DEL REGISTRO SANITARIO DE

Más detalles

Agencia Tributaria. Tras estas modificaciones el régimen jurídico aplicable a los despachos a libre práctica se concreta en los siguientes artículos:

Agencia Tributaria. Tras estas modificaciones el régimen jurídico aplicable a los despachos a libre práctica se concreta en los siguientes artículos: NOTA INFORMATIVA DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE GESTIÓN ADUANERA DEL DEPARTAMENTO DE ADUANAS E IMPUESTOS ESPECIALES DE 15 DE ABRIL DE 2011 RELATIVA AL DESPACHO A LIBRE PRACTICA La Ley 39/2010, de 22 de

Más detalles

REFORMA DEL ARANCEL DE ADUANAS SEGUIMIENTO REGULATORIO

REFORMA DEL ARANCEL DE ADUANAS SEGUIMIENTO REGULATORIO REFORMA DEL ARANCEL DE ADUANAS SEGUIMIENTO REGULATORIO 13/03/2017 REFORMA DEL ARANCEL DE ADUANAS El pasado 30 de enero de 2017 entró en vigencia el Decreto N 2.647, mediante el cual se establece el ordenamiento

Más detalles

NORMAS LEGALES PUBLICADAS EL JUEVES 23 DE NOVIEMBRE DEL 2016

NORMAS LEGALES PUBLICADAS EL JUEVES 23 DE NOVIEMBRE DEL 2016 1 NORMAS LEGALES PUBLICADAS EL JUEVES 23 DE NOVIEMBRE DEL 2016 La Municipalidad de San Isidro ha modificado el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias Decreto de Alcaldía Nº

Más detalles

LGA, es necesario observar el procedimiento sancionador establecido en el

LGA, es necesario observar el procedimiento sancionador establecido en el INFORME N-:5..3-2017-SUNAT/5D1000 1. MATERIA Se consulta si el artículo 252' del TUO de la LPAGI, que establece una diferenciación en el procedimiento sancionador entre la autoridad que conduce la fase

Más detalles

SECOND WHO GLOBAL FORUM ON MEDICAL DEVICES

SECOND WHO GLOBAL FORUM ON MEDICAL DEVICES PERU LATINO AMERICA PERÚ CAMINO A LA ARMONIZACIÓN EN EL TEMA DE DISPOSITIVOS MÉDICOS MOVING TOWARDS HARMONIZATION OF MEDICAL DEVICES IN PERU SECOND WHO GLOBAL FORUM ON MEDICAL DEVICES http://www.digemid.minsa.gob.pe

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT ESTABLECEN PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO DE DERECHOHABIENTE EN EL REGISTRO DE INFORMACIÓN LABORAL (T-REGISTRO) A TRAVÉS DEL SISTEMA SUNAT OPERACIONES EN LÍNEA Y MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

Más detalles

RESOLUCIÓN No. ARCSA-DE JCGO LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA AGENCIA NACIONAL DE REGULACIÓN, CONTROL Y VIGILANCIA SANITARIA ARCSA CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN No. ARCSA-DE JCGO LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA AGENCIA NACIONAL DE REGULACIÓN, CONTROL Y VIGILANCIA SANITARIA ARCSA CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN No. ARCSA-DE-2017-009-JCGO LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA AGENCIA NACIONAL DE REGULACIÓN, CONTROL Y VIGILANCIA SANITARIA ARCSA CONSIDERANDO: la Constitución de la República del Ecuador en su artículo

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 312-2017/SUNAT DICTAN NORMAS REFERIDAS AL REGISTRO DE EXPORTADORES DE SERVICIOS, INCORPORAN SUJETOS OBLIGADOS A LLEVAR LOS REGISTROS DE VENTAS E INGRESOS Y DE COMPRAS

Más detalles

RE e lts 1 v_~> De CYNTHIA SÚ LA Y Firma...

RE e lts 1 v_~> De CYNTHIA SÚ LA Y Firma... A "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú'' INFORME TÉCNICO N2 ~0-2016-SERVIR/GPGSC JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL PRESIDENCIA EJECUTIVA

Más detalles

/CEB-INDECOPI. 30 de junio de 2014

/CEB-INDECOPI. 30 de junio de 2014 0278-2014/CEB-INDECOPI 30 de junio de 2014 EXPEDIENTE Nº 000032-2014/CEB DENUNCIADO : MINISTERIO DE SALUD DENUNCIANTE : JPS DISTRIBUCIONES E.I.R.L. RESOLUCIÓN DE IMPROCEDENCIA SUMILLA: Se declara improcedente

Más detalles

RESOLUCIÓN NÚMERO. Por la cual se adiciona y modifica la Resolución 4240 de 2000 EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

RESOLUCIÓN NÚMERO. Por la cual se adiciona y modifica la Resolución 4240 de 2000 EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES RESOLUCIÓN NÚMERO ( ) Por la cual se adiciona y modifica la EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES En ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confieren el numeral 12

Más detalles

- Decreto Legislativo N. 973, que establece el RER A del IGV, publicado el y norma modificatoria.

- Decreto Legislativo N. 973, que establece el RER A del IGV, publicado el y norma modificatoria. INFORME N. 064-2016-SUNAT/5D0000 MATERIA: En relación con el Régimen Especial de Recuperación Anticipada (RERA) del Impuesto General a las Ventas (IGV), se consulta si se tiene derecho a la devolución

Más detalles

2. Se encuentra sujeta a la aportación al Sistema Nacional de Pensiones (SNP)?

2. Se encuentra sujeta a la aportación al Sistema Nacional de Pensiones (SNP)? INFORME N. 080-2012-SUNAT/4B0000 MATERIA: Se formulan las siguientes consultas con relación a la diferencia entre la prestación económica de ESSALUD y la remuneración mensual del trabajador contratado

Más detalles

CONCEPTO 410 DEL 8 DE MAYO DE 2017 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES. Bogotá, D.C.

CONCEPTO 410 DEL 8 DE MAYO DE 2017 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES. Bogotá, D.C. CONCEPTO 410 DEL 8 DE MAYO DE 2017 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Bogotá, D.C. Doctor HECTOR FERNANDO RUEDA Director de Gestión de Fiscalización Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Más detalles

2. En relación con el numeral 5 del Informe N SUNAT/4B0000:

2. En relación con el numeral 5 del Informe N SUNAT/4B0000: INFORME N. 188-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: En relación con la normativa sobre registro, control y fiscalización de los Insumos Químicos y Productos Fiscalizados (IQPF), se formula las siguientes consultas:

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 245-2017/SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE REGULA LOS COMPROBANTES DE PAGO QUE PERMITEN DEDUCIR GASTOS PERSONALES EN EL IMPUESTO A LA RENTA POR INTERESES POR CRÉDITOS

Más detalles

Se formula las siguientes consultas sobre el Reintegro Tributario del Impuesto General a las Ventas (IGV) para la Región Selva:

Se formula las siguientes consultas sobre el Reintegro Tributario del Impuesto General a las Ventas (IGV) para la Región Selva: INFORME N. 025-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se formula las siguientes consultas sobre el Reintegro Tributario del Impuesto General a las Ventas (IGV) para la Región Selva: 1. El traslado del domicilio a

Más detalles

Lima, 26 de octubre de 2012 CONSIDERANDO:

Lima, 26 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 286-2009/SUNAT QUE DICTÓ DISPOSICIONES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL LLEVADO DE DETERMINADOS LIBROS Y REGISTROS VINCULADOS A ASUNTOS TRIBUTARIOS DE MANERA ELECTRÓNICA

Más detalles

En principio, es necesario señalar que de acuerdo con lo establecido en el artículo 13' del

En principio, es necesario señalar que de acuerdo con lo establecido en el artículo 13' del 1. MATERIA Se formula una consulta con relación a la obligación establecida en el numeral 2, inciso b) del artículo 32' del Reglamento de la Ley General de Aduanas. referida a la acreditación del patrimonio

Más detalles

Resolución de modificaciones a las RGCE para 2017 y su Anexo 1 (Resolución anticipada) A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:

Resolución de modificaciones a las RGCE para 2017 y su Anexo 1 (Resolución anticipada) A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL: G-0143/2017 México D.F., a 17 de Mayo de 2017 Resolución de modificaciones a las RGCE para 2017 y su Anexo 1 (Resolución anticipada) A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL: Se informa que el

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N. 328-2016/SUNAT DESIGNAN NUEVOS EMISORES ELECTRÓNICOS DEL SISTEMA DE EMISIÓN ELECTRÓNICA PARA EMITIR FACTURAS, BOLETAS DE VENTA, NOTAS DE CRÉDITO Y NOTAS DE DÉBITO, Y MODIFICAN

Más detalles

CAPITULO V DEL IMPUESTO BRUTO

CAPITULO V DEL IMPUESTO BRUTO ARTÍCULO 12º.- IMPUESTO BRUTO CAPITULO V DEL IMPUESTO BRUTO El Impuesto Bruto correspondiente a cada operación gravada es el monto resultante de aplicar la tasa del Impuesto sobre la base imponible. El

Más detalles

DECRETO SUPREMO N EF

DECRETO SUPREMO N EF Aprueban montos de la Valorización Priorizada por Atención Primaria de Salud y por Atención Especializada para los Profesionales de la Salud y Personal de la Salud Técnico y Auxiliar Asistencial a que

Más detalles

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE FINANZAS. 193 y 145

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE FINANZAS. 193 y 145 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE FINANZAS 193 y 145 Caracas, 15 de marzo de 2004 RESOLUCIÓN N 1.534 De conformidad con lo establecido en los numerales 1, 3 del artículo 8 del Decreto sobre

Más detalles

APRUEBAN PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO DE RECTIFICACIÓN DE ERRORES E INCORPORACIÓN DE DOCUMENTOS DE TRANSPORTE AL MANIFIESTO DE CARGA INTA-PE.09.

APRUEBAN PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO DE RECTIFICACIÓN DE ERRORES E INCORPORACIÓN DE DOCUMENTOS DE TRANSPORTE AL MANIFIESTO DE CARGA INTA-PE.09. N. 071-2010/SUNAT/A APRUEBAN PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO DE RECTIFICACIÓN DE ERRORES E INCORPORACIÓN DE DOCUMENTOS DE TRANSPORTE AL MANIFIESTO DE CARGA INTA-PE.09.02 (versión 3) Callao, 12 de febrero de 2010

Más detalles

IFGRA-PE.04 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS N /SUNAT/A

IFGRA-PE.04 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS N /SUNAT/A Aprueban Procedimiento Específico "Visitas de Inspección a Despachadores de Aduana, Almacenes Aduaneros, Empresa de Servicio Postal y Empresas de Servicio de Entrega Rápida" IFGRA-PE.03 (Versión 1) 7 dejan

Más detalles

INFORME N SUNAT/5D0000 MATERIA:

INFORME N SUNAT/5D0000 MATERIA: INFORME N. 127-2014-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se formula las siguientes consultas sobre el procedimiento para la actualización excepcional de la deuda tributaria (AEDT) regulada en el Capítulo I del Título

Más detalles

ÁREA DE ATENCIÓN AL CLIENTE EGA -DIGEMID LINEAMIENTOS GENERALES

ÁREA DE ATENCIÓN AL CLIENTE EGA -DIGEMID LINEAMIENTOS GENERALES ÁREA DE ATENCIÓN AL CLIENTE EGA -DIGEMID LINEAMIENTOS GENERALES I. - GENERALIDADES CONCEPTO GENERAL EL ÁREA DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MEDICAMENTOS, INSUMOS Y DROGAS (DIGEMID) ES

Más detalles

MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE ADUANAS

MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE ADUANAS MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE ADUANAS Antonio Alvarez Díaz 25 de mayo, 2016 CARÁCTER DE LAS NORMAS ADUANERAS Las normas aduaneras regulan el control que realiza el Estado sobre las

Más detalles

LINEAMIENTOS GENERALES Y RECOMENDACIONES PARA LA CUSTODIA DE LA INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL. CONSIDERANDO

LINEAMIENTOS GENERALES Y RECOMENDACIONES PARA LA CUSTODIA DE LA INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL. CONSIDERANDO CUSTODIA DE LA INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL. CONSIDERANDO I.- QUE DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 6 CONSTITUCIONAL EN SU FRACCIÓN II QUE SEÑALA LA INFORMACIÓN QUE SE REFIERE A LA

Más detalles

N JUS. olica DE( p,sp() Lima, p 7 ENE. 2013

N JUS. olica DE( p,sp() Lima, p 7 ENE. 2013 olica DE( p,sp() Lima, p 7 ENE. 2013 N 0004-2013-JUS VISTOS, el Oficio N 3454-2012-JUS-OGA, de la Oficina General de Administración; el Oficio N 3560-2012/OGA-OAS, de la Oficina de Abastecimiento y Servicios

Más detalles

- Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N EF, publicado el , y no rmas modificatorias.

- Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N EF, publicado el , y no rmas modificatorias. INFORME N. 109-2011-SUNAT/2B0000 MATERIA: Se plantea el supuesto de una persona natural de nacionalidad peruana inscrita en el RUC como persona natural con negocio, que posteriormente obtiene la nacionalidad

Más detalles

Concepto Jurídico del 2016 Diciembre 2 Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina

Concepto Jurídico del 2016 Diciembre 2 Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Concepto Jurídico 32982 del 2016 Diciembre 2 Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Tesis del redactor: Tema: Procedimiento. Descriptor Devolución IVA - Inscripción como exportador. Fuentes formales

Más detalles

Concepto Jurídico del 2016 Agosto 24 Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Tema: Descriptores

Concepto Jurídico del 2016 Agosto 24 Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Tema: Descriptores Concepto Jurídico 22774 del 2016 Agosto 24 Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Tema: Impuesto a las ventas. Descriptores Exclusión del impuesto sobre las ventas. Fuentes formales Estatuto tributario

Más detalles

- Código Civil, aprobado por Decreto Legislativo N. 295 (publicado el y normas modificatorias).

- Código Civil, aprobado por Decreto Legislativo N. 295 (publicado el y normas modificatorias). INFORME N. 0152-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Tratándose del supuesto en que el proveedor de una entidad del Estado hubiera cedido a un tercero su derecho a cobrar el precio de los bienes, servicios u obras

Más detalles

REGLAMENTO A LA LEY DE ABONO TRIBUTARIO (Decreto No. 100)

REGLAMENTO A LA LEY DE ABONO TRIBUTARIO (Decreto No. 100) REGLAMENTO A LA LEY DE ABONO TRIBUTARIO (Decreto No. 100) Rafael Correa Delgado PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Considerando: Que el artículo 284 de la Constitución de la República establece

Más detalles

Tipo de cambio aplicable para el SPOT en caso se emita nota de débito

Tipo de cambio aplicable para el SPOT en caso se emita nota de débito Lima, 21 de Julio de 2016 Informe N 118-2016-SUNAT/5D0000 Tipo de cambio aplicable para el SPOT en caso se emita nota de débito Mediante el informe bajo comentario la SUNAT ha señalado que en caso se emita

Más detalles

NORMAS GENERALES Y PERMISOS ESPECIALES

NORMAS GENERALES Y PERMISOS ESPECIALES COOPERATIVAS NORMAS GENERALES Y c PERMISOS ESPECIALES NORMAS PERMISOS ESTATUTO No te pongas límites... Crece! Colección CRECEMYPE 1 TEMA1 Qué normas deben cumplir las cooperativas? Ley General de Cooperativas

Más detalles

EXPORTA FÁCIL GERENCIA DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE INTENDENCIA LIMA

EXPORTA FÁCIL GERENCIA DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE INTENDENCIA LIMA EXPORTA FÁCIL GERENCIA DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE INTENDENCIA LIMA Charlas Tributarias EXPORTACIÓN Régimen aduanero que permite la salida del territorio aduanero de las mercancías nacionales o nacionalizadas

Más detalles

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales OFICIO NÚMERO 008165 DE 20 (marzo 16) Dirección de Gestión Jurídica Bogotá, D. C., 11 de marzo de 20 100202208-00-0224 Referencia: Radicado número 100208221-007

Más detalles

CONSULTA TRIBUTOS REF CONSULTA Nº 1814 (09/02/17) PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE. NORMATIVA APLICABLE Disposición transitoria novena Ley 4/2012

CONSULTA TRIBUTOS REF CONSULTA Nº 1814 (09/02/17) PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE. NORMATIVA APLICABLE Disposición transitoria novena Ley 4/2012 CONSULTA TRIBUTOS REF CONSULTA Nº 1814 (09/02/17) PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE CONCEPTO IMPOSITIVO Impuesto General Indirecto Canario DOMICILIO NORMATIVA APLICABLE Disposición transitoria novena Ley 4/2012

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº EF

DECRETO SUPREMO Nº EF Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1092 que aprueba medidas en frontera para la protección de los derechos de autor o derechos conexos y los derechos de marcas DECRETO SUPREMO Nº 003-2009-EF EL PRESIDENTE

Más detalles

Reglas de Origen. Singapur.

Reglas de Origen. Singapur. 1.1.1. Reglas de Origen. Singapur. Cómo determino que estamos frente a una mercancía originaria (g)? En el Capítulo 4 del acuerdo se han establecido una serie de criterios y normas a fin de determinar

Más detalles

DIRECTTVA PARA EL CONTROL DE CALIDAD DEL PRIMER LOTE DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS, DISPOSITIVOS MEDICOS PREVIOS A SU COMERCIALIZACION

DIRECTTVA PARA EL CONTROL DE CALIDAD DEL PRIMER LOTE DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS, DISPOSITIVOS MEDICOS PREVIOS A SU COMERCIALIZACION Leyenda: Cambios realizados por el CNCC Comentarios de ALAFARPE aceptados por el CNCC Comentarios de ALAFARPE no aceptados. DIRECTTVA PARA EL CONTROL DE CALIDAD DEL PRIMER LOTE DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS,

Más detalles

ACUERDO GUBERNATIVO No

ACUERDO GUBERNATIVO No ACUERDO GUBERNATIVO No. 297-2006 Guatemala, 8 de junio de 2006. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Que de conformidad con el Código de Salud corresponde al Ministerio de Salud Publica y Asistencia Social, a

Más detalles

EXPORTACION SIMPLIFICADA, ENVÍOS DE MUESTRAS VIA AÉREA

EXPORTACION SIMPLIFICADA, ENVÍOS DE MUESTRAS VIA AÉREA EXPORTACION SIMPLIFICADA, ENVÍOS DE MUESTRAS VIA AÉREA Intendencia de Gestión y Control Aduanero División de Atención al Usuario Aduanero y Liberaciones despachoasistido@sunat.gob.pe 22 de julio de 2015

Más detalles

San Isidro, 26 de setiembre de 2014 Señores SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES - SMV Presente.- Ref.: Expediente Nº 2014034926 De nuestra consideración: Por medio de la presente, nos dirigimos a ustedes

Más detalles

NORMAS TRANSMISION ELECTRONICA DE INFORMACION, COMPROBANTES DE VENTA Resolución del SRI 428 Registro Oficial Suplemento 868 de 24-oct.

NORMAS TRANSMISION ELECTRONICA DE INFORMACION, COMPROBANTES DE VENTA Resolución del SRI 428 Registro Oficial Suplemento 868 de 24-oct. NORMAS TRANSMISION ELECTRONICA DE INFORMACION, COMPROBANTES DE VENTA Resolución del SRI 428 Registro Oficial Suplemento 868 de 24-oct.-2016 No. NAC-DGERCGC16-00000428 EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO DE

Más detalles

PROCEDIMIENTO COMERCIALIZACION MEDICAMENTOS EN GENERAL Y BIOLOGICOS

PROCEDIMIENTO COMERCIALIZACION MEDICAMENTOS EN GENERAL Y BIOLOGICOS PROCEDIMIENTO COMERCIALIZACION MEDICAMENTOS EN GENERAL Y BIOLOGICOS Resolución 56 Registro Oficial 609 de 16-oct.-2015 Estado: Vigente No. ARCSA-DE-056-2015-GGG LA DIRECCION EJECUTIVA DE LA AGENCIA NACIONAL

Más detalles

Resolución General 3888/2016. AFIP. Comercio Exterior. Registros Especiales Aduaneros. Manual

Resolución General 3888/2016. AFIP. Comercio Exterior. Registros Especiales Aduaneros. Manual Resolución General 3888/2016. AFIP. Comercio Exterior. Registros Especiales Aduaneros. Manual Se modifica el "Manual del Usuario del Sistema Registral. Versión 1.0, los ítems "Requisitos Particulares"

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº RE

DECRETO SUPREMO Nº RE Aprueban el Reglamento de la Ley que prohíbe la circulación de textos y/o publicaciones de carácter geográfico-cartográfico e histórico en el cual aparezca mutilado el territorio nacional DECRETO SUPREMO

Más detalles

APRUEBAN DIRECTIVA QUE ESTABLECE CRITERIOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES DE BASE

APRUEBAN DIRECTIVA QUE ESTABLECE CRITERIOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES DE BASE APRUEBAN DIRECTIVA QUE ESTABLECE CRITERIOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES DE BASE RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 373-2003-SUNARP-SN Lima, 24 de

Más detalles

DIRECCIONES EJECUTIVAS-DIGEMID 08/05/2014

DIRECCIONES EJECUTIVAS-DIGEMID 08/05/2014 AGENDA DE REUNION DE DIRECTORES TECNICOS (Comsalud, Alafarpe, Alafal) - DIRECCIONES EJECUTIVAS-DIGEMID 08/05/2014 1).- INFORME DEL AVANCE DE LA MODIFICATORIA DE LOS D.S.-016-11--SA Y D.S-014-2011-SA, DIGEMID.-Ofreció

Más detalles