EXCMO. CABilDO INSULAR OE LA PALMA REGISTRO DE RESOLUCIONES 17 JUL. 2015
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- Rafael Contreras Rey
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1 EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA EXCMO. CABilDO INSULAR OE LA PALMA REGISTRO DE RESOLUCIONES 17 JUL Número:... Y'J C... SECRETARÍA GENERAL $-AJhlag En Santa Cruz de La Palma, a 16 de julio de Vistos los Decretos de la Presidencia de este Cabildo Insular n o 505, de fecha 23 de junio de 2015, y 550, de fecha 26 de junio de Considerando lo establecido en el artículo 19 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma. Vista las necesidades del ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES, EDUCACIÓN, SANIDAD Y ARTESANÍA, y con la finalidad de que los distintos Servicios se gestionen de forma eficaz, eficiente, así como optimizando los recursos existentes, con esta fecha HE RESUELTO : Primero. - Delegar en Da. SUSANA MACHÍN RODRÍGUEZ, las atribuciones de esta Consejera Insular de Área referidas en el artículo 19 del Reglamento Orgánico vigente en este Cabildo, para las Áreas de EDUCACIÓN, SANIDAD Y ARTESANÍA. Segundo.- Esta Consejera Insular de Área podrá avocar para sí cuando lo considere conveniente, el conocimiento y resolución de las facultades ahora delegadas. Asimismo, en caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento de la Sra. Consejera Delegada, asumirá directa y automáticamente las competencias delegadas la Consejera Insul ar del Área, como titular de la competencia originaria, entendiéndose, a estos efectos, ejercitada la potestad de avocac1on en base al presente Resolución, sin necesidad de una nueva Resolución expresa en este sentido. Tercero. - En las Resoluciones que se dicten en virtud de las delegaciones contenidas en la presente Resolución, deberá hacerse mención al mismo. Las atribuciones delegadas se ejercerán en los términos y dentro de los límites de esta Delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en otro Órgano o Consejero. Cuarto.- Las Resoluciones d i ctadas en el ejercicio de la presente delegación ponen fin a la vía administrativa. En consecuencia, podrán ser objeto de Recurso Pot estativo de Reposi ción ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de UN MES, o bien podrá interponerse directamente Recurso
2 Contencioso-Administrativo, en el plazo de DOS MESES, ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Quinto.- La presente delegación surtirá efectos desde su notificación al interesado, sin perjuicio de su publicación en el Tablón de Anuncios de la Corporación y se publicará en el Boletín Oficial de de la Provincia, debiéndose dar cuenta de los mismos al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre. LA CONSEJERA INSULAR DEL ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES, LA VICESECRET IA GENERAL EDUCACIÓN, SANIDAD Y ARTESANÍA...:""';- 6\)LAR.J~
3 EXCMO. CABILDO INSULAR DELA PALMA EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA REGISTRO DE RESOLUCIONES 1 7 JUL Número:... J::/.:>... ti:.f SECRETARÍA GENERAL ~ l ag En Santa Cruz de La Palma, a 16 de julio de Vistos los Decretos de la Presidencia de este Cabildo Insular n o 506, de fecha 23 de junio de 2015, y 551, de fecha 26 de junio de Considerando lo establecido en el artículo 19 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma. Vista las necesidades del ÁREA DE PLANIFICACIÓN Y TURISMO, y con la finalidad de que los distintos Servicios se gestionen de forma eficaz, eficiente, así como optimizando los recursos existentes, con esta fecha HE RESUELTO : Primero.- Delegar en D. GONZALO MARÍA PASCUAL PEREA, las atribuciones de esta Consejera Insular de Área referidas en el artículo 19 del Reglamento Orgánico vigente en este Cabildo, para el Área de PLANIFICACIÓN. Segundo.- Esta Consejera Insular de Área podrá avocar para sí cuando lo considere conveniente, el conocimiento y resolución de las facultades ahora delegadas. Asimismo, en caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento del Sr. Consejero Delegado, asumirá directa y automáticamente las competencias delegadas la Consejera Insular del Área, como titular de la competencia originaria, entendiéndose, a estos efectos, ejercitada la potestad de avocac1on en base al presente Resolución, sin necesidad de una nueva Resolución expresa en este sentido. Tercero.- En las Resoluciones que se dicten en virtud de las delegaciones contenidas en la presente Resolución, deberá hacerse mención al mismo. Las atribuciones delegadas se ejercerán en los términos y dentro de los límites de esta Delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en otro Órgano o Consejero. Cuarto.- Las Resoluciones dictadas en el ejercicio de la presente delegación ponen fin a la vía administrativa. En consecuencia, podrán ser objeto de Recurso Potestativo de Reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de UN MES, o bien podrá interponerse directamente Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de DOS MESES, ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4 Quinto.- La presente delegación surtirá efectos desde su notificación al interesado, sin perjuicio de su publicación en el Tablón de Anuncios de la Corporación y se publicará en el Boletín Oficial de de la Provincia, debiéndose dar cuenta de los mismos al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre. DE PLANIFICACIÓN Y IA GENERAL Alicia Vanoostende Simili María del Carmen Ávila Ávila
5 EXCMO. CABILDO INSULAR DELA PALMA EXCMO. CABILDO ínsuiaroe LA PALMA REGISTRO DE RESOLUCIONES 1 7 JUL Número:... ~.~.6..1:..... SECRETARÍA GENERAL En Santa Cruz de La Palma, a 16 de julio de Vistos los Decretos de Insular n o 507, de fecha 23 de de junio de la Presidencia de este Cabildo junio de 2015, y 552, de fecha 26 Considerando lo establecido en el artículo 19 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma. Vista las necesidades del ÁREA DE INFRAESTRUCTURAS, NUEVAS TECNOLOGÍAS, AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y con la finalidad de que los distintos Servicios se gestionen de forma eficaz, eficiente, así como optimizando los recursos existentes, con esta fecha HE RESUELTO: Primero. - Delegar en D. JOSÉ BASILIO PÉREZ RODRÍGUEZ, las atribuciones de este Consejero Insular de Área referidas en el artículo 19 del Reglamento Orgánico vigente en este Cabildo, para las Áreas de AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA. Segundo.- Este Consejero Insular de Área podrá avocar para sí cuando lo considere conveniente, el conocimiento y resolución de las facultades ahora delegadas. Asimismo, en caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento del Sr. Consejero Delegado, asumirá directa y automáticamente las competencias delegadas el Consejero Insular del Área, como titular de la competencia originaria, entendiéndose, a estos efectos, ejercitada la potestad de avocac1on en base al presente Resolución, sin necesidad de una nueva Resolución expresa en este sentido. Tercero.- En las Resoluciones que se dicten en virtud de las delegaciones contenidas en l a presente Resolución, deberá hacerse mención al mismo. Las atr ibuciones delegadas se ejercerán en los términos y dentro de los límites de esta Delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en otro Órgano o Consejero. Cuarto.- Las Resoluciones dictadas en el ejercicio de la presente delegación ponen fin a la vía administrativa. En consecuencia, podrán ser objeto de Recurso Potestativo de Reposición ant e el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de UN MES, o bien podrá interponerse directamente Recurso
6 Contencioso-Administrativo, en el plazo de DOS MESES, ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Quinto.- La presente delegación surtirá efectos desde su notificación al interesado, sin perjuicio de su publicación en el Tablón de Anuncios de la Corporación y se publicará en el Boletín Oficial de de la Provincia, debiéndose dar cuenta de los mismos al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre. DE IA GENERAL Jorge Tomás González Cabrera
7 EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA EXCMO. c.iibilooiñsülflróe LA PALMA REGISTRO DE RESOLUCIONES 1 7 JUL Número:... :f..l.'-? SECRETARÍA GENERAL ~ hl ag En Santa Cruz de La Palma, a 16 de julio de Vistos los Decretos de la Presidencia de este Cabildo Insular n o 508, de fecha 23 de junio de 2015, y 553, de fecha 26 de junio de Considerando lo establecido en el artículo 19 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabil do Insular de La Palma. Vista las necesidades del ÁREA DE TRANSPORTES, ENERGÍA, INDUSTRIA, AGUAS, MEDIO AMBIENTE, SERVICIOS, EMERGENCIAS Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, y con la finalidad de que l os distintos Servicios se gestionen de forma eficaz, efi ciente, así como optimizando los recursos existentes, con esta fecha HE RESUELTO : Primero. - Delegar en D. JUAN MANUEL GONZÁLEZ LUIS, las atribuci ones de este Consejero I nsular de Área referidas en el artículo 19 del Reglamento Orgánico vigente en este Cabildo, para las Áreas de MEDIO AMBIENTE Y SERVICIOS. Segundo.- Este Consejero Insular de Área podrá avocar para sí cuando lo considere conveniente, el conocimiento y resolución de las facultades ahora delegadas. Asimismo, en caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento del Sr. Consejero Delegado, asumirá directa y automáticamente las competencias delegadas el Consejero Insular del Área, como titular de la competencia originaria, entendiéndose, a estos efectos, ejercitada la potestad de avocac1on en base al presente Resol ución, sin necesidad de una nueva Resolución expresa en este sentido. Tercero.- En las Resoluciones que se dicten en virtud de las delegaciones contenidas en la presente Resolución, deberá hacerse mención al mismo. Las atribuciones delegadas se ejercerán en los términos y dentro de los límites de esta Delegación, no siendo susceptibl es de ser delegadas por sus titulares en otro Órgano o Consejero. Cuarto.- Las Resoluciones dictadas en el ejercicio de la presente delegación ponen fin a la vía administrativa. En consecuencia, podrán ser objeto de Recurso Potestativo de Reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de UN MES, o bien podrá interponerse directamente Recurso
8 Contencioso-Administrativo, en el plazo de DOS MESES, ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Quinto.- La presente delegación surtirá efectos desde su notificación al interesado, sin perjuicio de su publicación en el Tablón de Anuncios de la Corporación y se publicará en el Boletín Oficial de de la Provincia, debiéndose dar cuenta de los mismos al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre. EL CONSEJERO INSULAR DEL ÁREA GENERAL
9 EXCMO. CA61LOO INSULAR óffi PAlMA REGISTRO DE RESOLUCIONES 1 7 JUL SECRETARÍA GENERAL '"'M~rtJir/ hl ag EXCMO. CABILDO INSULAR DELA PALMA Número:... ~~.... En Santa Cruz de La Palma, a 16 de julio de Vistos los Decretos de la Presidencia de este Cabildo Insular n o 508, de fecha 23 de junio de 2015, y 554, de fecha 26 de junio de Considerando lo establecido en el artículo 19 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma. Vista las necesidades del ÁREA DE TRANSPORTES, ENERGÍA, INDUSTRIA, AGUAS, MEDIO AMBIENTE, SERVICIOS, EMERGENCIAS Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, y con la finalidad de que los distintos s ervicios se gestionen de forma eficaz, eficiente, así como optimizando los recursos existentes, con esta fecha HE RESUELTO: Primero. - Delegar en Da. MARÍA DEL CARMEN BRITO LORENZO, las atribuciones de este Consejero Insular de Área referidas en el artículo 19 del Reglamento Orgánico vigente en este Cabildo, para las Áreas de EMERGENCIAS Y PARTICIPACIÓN CI UDADANA. Segundo. - Este Consejero Insular de Área podrá avocar para sí cuando lo considere conveniente, el conocimiento y resolución de las facultades ahora delegadas. Asimismo, en caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento de la Sra. Consejera Delegada, asumirá directa y automáticamente las competencias delegadas el Consejero Insular del Área, como titular de la competencia originaria, entendiéndose, a estos efectos, ejercitada la potestad de avocac1on en base al presente Resolución, sin necesidad de una nueva Resolución expresa en este sentido. Tercero.- En las Resoluciones que se dicten en virtud de las delegaciones contenidas en la presente Resolución, deberá hacerse mención al mismo. Las atribuciones delegadas se ejercerán en los términos y dentro de los límites de esta Delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en otro Órgano o Consejero. Cuarto. - Las Resoluciones dictadas en el ejercicio de la presente delegación ponen fin a la vía administrativa. En consecuencia, podrán ser objeto de Recurso Potestativo de Reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de UN MES, o bien podrá interponerse directamente Recurso
10 Contencioso-Administrativo, en el plazo de DOS MESES, ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Quinto.- La presente delegación surtirá efectos desde su notificación al interesado, sin perjuicio de su publicación en el Tablón de Anuncios de la Corporación y se publicará en el Boletín Oficial de de la Provincia, debiéndose dar cuenta de los mismos al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre. AGUAS, MEDIO EMERGENCIA Y LA VICESECRET RIA GENERAL José L
11 EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA EXCMO. CABILOÓÍÑfuLAR.WPALMA REGISTRO DE RESOLUCIONES 1 7 JUL. 20i5 Número:... ~}3:.~.... SECRETARÍA GENERAL En Santa Cruz de La Palma, a 16 de julio de Vistos los Decretos de Insular n o 510, de fecha 23 de de junio de la Presidencia de este Cabildo junio de 2015, y 555, de fecha 26 Considerando lo establecido en el artículo 19 del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma. Vista las necesidades del ÁREA DE DEPORTES, JUVENTUD, CULTURA Y PATRIMONIO HISTÓRICO, y con la finalidad de que los distint os Servicios se gestionen de forma eficaz, eficiente, así como optimizando los recursos existentes, con esta fecha HE RESUELTO : Primero.- Delegar en D. PRIMITIVO JERÓNIMO PÉREZ, las atribuciones de esta Consejera I nsular de Área referidas en el artículo 19 del Reglamento Orgánico vigente en este Cabildo, para las Áreas de CULTURA Y PATRIMONIO HISTÓRICO. Segundo.- Esta Consejera Insular de Área podrá avocar para sí cuando lo considere conveniente, el conocimiento y resolución de las facultades ahora delegadas. Asimismo, en caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento del Sr. Consejero Delegado, asumirá directa y automáticamente las competencias delegadas la Consejera Insular del Área, como titular de l a competencia originaria, ent endiéndose, a estos efectos, ejercitada la potestad de avocac1on en base al presente Resolución, sin necesidad de una nueva Resolución expresa en este sentido. Tercero.- En las Resoluciones que se dicten en virtud de las delegaciones contenidas en l a presente Resolución, deberá hacerse mención al mismo. Las atribuciones delegadas se ejercerán en los términos y dentro de los límites de esta Delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en otro Órgano o Consejero. Cuarto.- Las Resoluciones dictadas en el ejercicio de la presente delegación ponen fin a la vía admini strativa. En consecuencia, podrán ser objeto de Recurso Potestativo de Reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de UN MES, o bien podrá interponerse directamente Recurso
12 Contencioso-Administrativo, en el plazo de DOS MESES, ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Quinto. - La presente delegación surtirá efectos desde su notificación al interesado, sin perjuicio de su publicación en el Tablón de Anuncios de la Corporación y se publicará en el Boletín Oficial de de la Provincia, debiéndose dar cuenta de los mismos al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre. LA CONSEJERA INSULAR DEL ÁREA IA GENERAL Ávila Ávila
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