Diputación de Castellón

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1 NUM SESIÓN ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CASTELLÓN, CELEBRADA EN PRIMERA CONVOCATORIA, EL DÍA VEINTICINCO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE. PRESIDENTE D. Javier Moliner Gargallo DIPUTADOS D. Vicent Sales Mateu D. Andrés Martínez Castellá D. Luís Martínez Fuentes D. Mario Ángel García Bascones Dª Mª Nieves Martínez Tarazona D. Iban Pauner Alafont Dª Elena Vicente-Ruiz Climent SECRETARIO ACCTAL Vicente Guillamón Fajardo INTERVENTOR D. Manuel Pons Rebollo EXCUSA SU ASISTENCIA: D. Salvador Aguilella Ramos D. Francisco Juan Mars En la ciudad de Castellón de la Plana, a veinticinco de julio del año dos mil diecisiete, siendo las doce horas, previo reparto de la convocatoria y orden del día con la debida antelación, se reúnen en el Salón de Comisiones de la Excma. Diputación Provincial, los señores expresados al margen, al objeto de celebrar, en primera convocatoria, Sesión Ordinaria de la Junta de Gobierno de esta Excma. Diputación Provincial de Castellón, conforme al siguiente ORDEN DEL DIA 1. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior, número 28, correspondiente a la celebrada el día 18 de julio de TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO 2. Jubilación voluntaria de D. Ricardo José Felis Ballester, con efectos el día 30 de septiembre de CRECIMIENTO ECONÓMICO 3. Autorización utilización espacios CEDES. 4. Aprobación de solicitud de subvención para realizar acciones de orientación laboral para personas desempleadas de larga duración. 5. Concesión de subvenciones a ayuntamientos de la provincia de Castellón, para conservación y mejora de espacios naturales municipales. HACIENDA, FISCALIZACIÓN Y ESPECIAL DE CUENTAS 6. Propuesta de acuerdo en relación al derrumbe parcial del edificio en calle San Francisco nº 35 de Castellón. SERVICIOS A LA CIUDADANÍA

2 7. Aprobación Convenio con el Ayuntamiento de Benicarló, financiación gastos Conservatorio de Música, año Aprobación convenio de colaboración entre la Excma. Diputación y la Federación de sociedades musicales de la Comunidad Valenciana, para la realización de las Trobadas comarcales de bandas de música, año Aprobación convenio de colaboración con la Jove Orquesta Simfònica de Castelló, DESPACHO EXTRAORDINARIO CRECIMIENTO ECONÓMICO 1. Modificación de las bases de ayudas para el abastecimiento de agua potable. 2. Dación de cuenta del Informe referente al requerimiento de la Confederación Hidrográfica del Júcar, referente al vertido de aguas residuales en Borriol. SERVICIOS A LA CIUDADANÍA 3. Resolución de la convocatoria relativa a la asignación de desfibriladores externos semiautomáticos a favor de las corporaciones locales (programa Provincia de Castellón: territorio cardioprotegido ) 4. Aprobación concesión de subvenciones a entidades, para la organización de eventos deportivos, Aprobación concesión becas de estancia en el complejo socio-educativo Penyeta Roja, destinadas a deportistas de alto rendimiento, referentes al curso académico 2017/ Aprobación convenio con el Ayuntamiento de Benicarló, musealización faro para museo del mar. 7. Aprobación convenio con el Ayuntamiento de Tírig, 100 aniversario pinturas rupestres. 8. Aprobación convenio con la Asociación Cultural El Sac. Feria MARTE. 9. Propuesta autorización uso del salón gótico del Castillo de Peñíscola por el Ayto. de Morella. RUEGOS Y PREGUNTAS LECTURA Y APROBACION DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR, NÚMERO 28, CORRESPONDIENTE A LA CELEBRADA EL DIA 18 DE JULIO DE Conocido el contenido del acta de la sesión anterior, correspondiente a la número 28 de fecha 18 de Julio, por haber recibido los señores miembros de la Junta de Gobierno copia literal de la misma, se aprueba por unanimidad. TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO 2. JUBILACIÓN VOLUNTARIA DE D. RICARDO JOSÉ FELIS BALLESTER, CON EFECTOS EL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DE 2017.

3 Visto el expediente personal de D. Ricardo José Felis Ballester, perteneciente a la plantilla de Personal Funcionario de la Excma. Diputación Provincial, en el puesto de Profesor de Pedagogía Terapéutica, adscrito al Servicio del Complejo Socio Educativo Penyeta Roja de la Excma. Diputación Provincial de Castellón. Considerando que el 18 de julio de 2017 tiene entrada en el Registro General de esta Diputación Provincial con núm , solicitud del interesado de declaración en situación de jubilación voluntaria anticipada en fecha 30 de septiembre de Resultando que Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en su disposición transitoria vigésima (introducida por el apartado B del artículo 5 de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social) establece que debe tener cumplida una edad que sea inferior en dos años, como máximo, a la edad que en cada caso resulte de aplicación según lo establecido en el artículo a) y en la disposición transitoria vigésima, sin que a estos efectos resulten de aplicación los coeficientes reductores a que se refiere el apartado anterior. Y acreditar un período mínimo de cotización efectiva de 35 años, sin que, a tales efectos, se tenga en cuenta la parte proporcional por pagas extraordinarias. A estos exclusivos efectos, solo se computará el período de prestación del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria, con el límite máximo de un año. Considerando que el interesado en fecha 30 de septiembre de 2017 tendrá la edad exigida de 63 años establecida en dicha disposición, cumpliendo el período mínimo de cotización efectiva de 35 años. Por lo que en base a todo ello, por unanimidad, se acuerda la adopción del siguiente acuerdo: 1º. Proceder a la jubilación voluntaria de D. Ricardo José Felis Ballester, en virtud del art de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana, con efectos el día 30 de septiembre de º. Dado que ha venido prestando sus servicios en esta Corporación, de modo plenamente satisfactorio y con entera dedicación a las tareas de su incumbencia, agradecerle al propio tiempo los servicios prestados. CRECIMIENTO ECONÓMICO 3. AUTORIZACIÓN UTILIZACIÓN ESPACIOS CEDES. Vista la Ordenanza Fiscal nº 11 reguladora de la tasa por utilización de los Espacios CEDES aprobado por la Diputación en Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de abril de Visto el Informe del Comité de Evaluación de las solicitudes recibidas de los espacios de los centros CEDES, la Junta de Gobierno, por unanimidad, acuerda: 1.- Conceder la utilización de los espacios CEDES, por un periodo determinado,a la siguiente relación de entidades o personas: - CEDES Morella

4 1. Solicitante: NATALIA SORIANO TARAZONA DNI/CIF: G Actividad: Psicología Espacio CEDES: Sala de Creatividad media jornada Periodo: 3 de agosto de 2017 Importe Liquidación:20,00 euros. 2. Solicitante: ACCIONA ENERGIA S.A. DNI/CIF: A Actividad: Ingeniería Espacio CEDES: Aula formación jornada completa sin equipamiento informático. Periodo: 11 de julio de 2017 Importe Liquidación:30,00 euros. - CEDES Vall d'alba 1. Solicitante: COLOROBBIA ESPAÑA S.A. DNI/CIF: A Actividad: Formación Espacio CEDES: Aula formación media jornada sin equipamiento informático. Periodo: 25 de julio de 2017 Importe Liquidación:20,00 euros. - CEDES Albocàsser 1. Solicitante: IDAI NATURE S.L. DNI/CIF: B Actividad: Agrícola Espacio CEDES: Espacio Coworking Periodo: Del 1 de agosto de 2017 al 31 de enero de 2018 Importe Liquidación:30,00 euros. 4. APROBACIÓN DE SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA REALIZAR ACCIONES DE ORIENTACIÓN LABORAL PARA PERSONAS DESEMPLEADAS DE LARGA DURACIÓN. Vista la Orden 8/2017, de 20 de abril, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la realización de acciones de orientación laboral para personas desempleadas de larga duración inscritas en el SERVEF. Vista la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Dirección General del SERVEF, por la que se convocan, para el ejercicio 2017, las subvenciones destinadas a la realización de acciones acciones de orientación laboral para personas desempleadas de larga duración inscritas en el SERVEF. Visto el informe del servicio, la Junta de Gobierno, por unanimidad, acuerda: PRIMERO.- Aprobar las acciones incluidas en los proyectos siguientes:

5 Proyecto - Memoria acciones de orientación ámbito territorial Centro SERVEF de Castelldefels. Proyecto - Memoria acciones de orientación ámbito territorial Centro SERVEF de Onda. Proyecto - Memoria acciones de orientación ámbito territorial Centro SERVEF de Segorbe. SEGUNDO.- Solicitar la subvención para realizar los proyectos citados según Orden 8/2017, de 20 de abril, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la realización de acciones de orientación laboral para personas desempleadas de larga duración inscritas en el SERVEF. TERCERO.- Facultar al Presidente de la corporación para la firma de cuantos documentos sean necesarios para su tramitación. 5. CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN, PARA CONSERVACIÓN Y MEJORA DE ESPACIOS NATURALES MUNICIPALES. Visto que la Excma. Diputación Provincial de Castellón en sesión ordinaria de la Junta de Gobierno de fecha 11 de abril de 2017 aprobó las bases y la convocatoria de subvenciones a ayuntamientos de la provincia de Castellón para conservación y mejora de espacios naturales municipales, bases que se publicaron en el BOP nº 49 de 25 de abril de 2017 y convocatoria publicada en el BOP nº 52 de 2 de mayo de Visto que en fecha 5 de junio de 2017 finalizaba el plazo de presentación de solicitudes. Visto el certificado emitido por el Jefe de la Sección de Medio Ambiente de fecha 27 de junio de 2017, relativo a las solicitudes de subvención que han tenido entrada en el Registro General de esta Diputación. Visto que por la Comisión de Valoración constituida en fecha 13 de julio de 2017 se verificaron y evaluaron las solicitudes presentadas, emitiéndose informe al respecto. Visto el informe favorable de Intervención, por unanimidad, se acuerda: Primero.- Conceder las subvenciones que a continuación se relacionan para conservación y mejora de espacios naturales municipales, imputándose a la aplicación presupuestaria 17100/ y disponiendo el gasto a favor de cada uno de los beneficiarios con cargo a la operación de ARC 19942, según detalle: Entidad Actuación Puntos Ayuntamiento de Altura Conservación y mejora La Torrecilla / Puntal de Navarrete Gasto subvencionable % subvención Subvención , ,74 Ayuntamiento de Acondicionamiento y , ,74

6 Atzeneta del Maestrat Ayuntamiento de Bejís Ayuntamiento de Benassal Ayuntamiento de Burriana Ayuntamiento de Castellfort Ayuntamiento de Castellón de la Plana Ayuntamiento de Cinctorres Ayuntamiento de Forcall Ayuntamiento de Morella Ayuntamiento de Nules Ayuntamiento de Portell de Morella Ayuntamiento de Sant Joan de Moró Ayuntamiento de Sant Jordi Ayuntamiento de Sant Mateu Ayuntamiento de Segorbe Ayuntamiento de Soneja Ayuntamiento de Toro, el mejora de la zona de visitantes paraje natural El Castell Adecuación y mejora del entorno Fuente de los Clóticos Reparación paelleros y servicios en el Rivet Conservación y mejora Clot de la Mare de Déu Mejora señalización senderos en Rambla Celumbres Instalación mobiliario integrado en el paraje Ermitorio La Magdalena Colocación mesas panorámicas informativas en Rambla Celumbres Mejora y conservación Paraje Mola de la Vila Conservación y mejora Monte de Pereloles Elaboración y edición tríptico Marjal de Nules en el paraje l'estany de Nules Acondicionamiento y restauración sendas en paraje Rambla Celumbres Señalización senda emblemática en el Monte Mollet Equipamiento de uso público en El Bovalar Renovación y mejora señalización PR-CV-214 en Racó del Frare y mantenimiento área estacionamiento Conservación y mejora espacio natural La Esperanza Restauración, renovación y actualización paneles informativos y ampliación sendero ecodidáctico en La Dehesa Conservación y recuperación del Pozo Junco , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , ,74 Ayuntamiento de Plan de Uso Público Vilafamés Paraje Sant Miquel , ,12 Ayuntamiento de Plan Uso Público Paraje Vilafranca Palomita , ,89 Ayuntamiento de Conservación y mejora Vinarós paraje Serra del Puig , ,00 TOTAL ,00 Segundo.- Las entidades subvencionadas vendrán obligadas, en caso de renuncia a la subvención, a comunicarla expresamente en el plazo de tres meses contados a partir

7 del siguiente a la recepción de la notificación del presente acuerdo, conforme a lo establecido en la base décimo segunda. En caso de no presentarla, y ante la falta de justificación de la subvención, se tramitará el oportuno procedimiento sancionador. Tercero.- Conforme a la base décimo tercera, el plazo máximo para la justificación de las referidas subvenciones será el 15 de noviembre de En este sentido, el artículo 56, apartado a), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, califica como infracción leve la presentación fuera de plazo de las cuentas justificativas de la aplicación dada a los fondos percibidos por parte de las entidades beneficiarias de subvención económica, estableciendo el artículo 61.1 de la referida disposición, que cada infracción leve será sancionada con multa de un importe económico comprendido entre 75 y 900 euros, de no concurrir alguno de los extremos expresamente definidos en el apartado 2 del citado artículo. Se deberá justificar el gasto subvencionable. En el supuesto que el importe justificado sea inferior al gasto subvencionable, la subvención se reducirá de tal forma que el importe de la subvención quedará fijado en el resultado de aplicar al importe justificado el porcentaje de la subvención sobre los costes subvencionables. Cuarto.- Desestimar las solicitudes de subvención que a continuación se relacionan, por no cumplir las entidades solicitantes el requisito establecido en la base segunda, que establece que para ser beneficiario de la subvención el ayuntamiento ha de tener declarados Parajes Naturales Municipales en su municipio, según lo establecido en la normativa de aplicación del Consell de la Generalitat: Ayuntamiento de Barracas. Ayuntamiento de Benafer. Ayuntamiento de Les Coves de Vinromà. Ayuntamiento de Fuente la Reina. Ayuntamiento de Geldo. Ayuntamiento de Pina de Montalgrao. Ayuntamiento de Sacañet. Ayuntamiento de Santa Magdalena de Pulpis. Ayuntamiento de Sueras. Ayuntamiento de Tales. Ayuntamiento de Torás. Ayuntamiento de Vilanova d'alcolea. HACIENDA, FISCALIZACIÓN Y ESPECIAL DE CUENTAS 6. PROPUESTA DE ACUERDO EN RELACIÓN AL DERRUMBE PARCIAL DEL EDIFICIO EN CALLE SAN FRANCISCO Nº 35 DE CASTELLÓN. La Diputación es propietaria de la vivienda situada en calle san Francisco nº 35 2º, 2ª en Castellón, incluida en Inventario como inmueble urbano con el nº 21, vivienda habitada a título de precario. Referencia catastral YK5320S0003PP. El pasado sábado 15 de julio se produjo el desalojo del edifico por Policía y Bomberos a causa de derrumbe de zonas del edificio y se ha colocado una valla exterior para

8 impedir que los viandantes se acerquen a él. Por el Área Técnica de esta Diputación se ha emitido informe indicando que las medidas de seguridad adoptadas se consideran suficientes por el momento, sin perjuicio de que pudieran ser aumentadas si así lo requiriesen posteriores inspecciones, no descartando la posible conveniencia del derribo total del edificio, dependiendo del estado en que se encuentre el resto de la estructura que ha permanecido de pié, la afección del suceso transciende de la propia vivienda de la Diputación y alcanza a la totalidad del inmueble que no podrá se utilizado hasta que no se le devuelva las condiciones de seguridad y habitabilidad mínimas que la normativa determina. Por el Ayuntamiento de Castellón en registro de entrada número 32407, de fecha 20 de julio de 2017, se traslada el informe técnico emitido en el expediente Orden de Ejecución nº 184/17 relativo al inmueble de referencia comunicando a la Diputación que a la mayor brevedad posible, se deberá proceder por parte de los propietarios, con el concurso de empresa especializada, al derribo de los elementos en peligro de desplome y desescombrado inmediato de la zona colapsada, con el fin de minimizar los riesgos por sobrecarga y situación inestable de los diversos elementos (forjado sobrecargado y en equilibrio inestable y medianera). Tras el derribo y desescombrado de los elementos citados, se procederá a impermeabilizar la zona para evitar entrada de agua de lluvia, y a dar posibilidad de evacuación a estas aguas. Durante la realización de estos trabajos, deberán mantenerse desalojados los dos inmuebles (números 35 y 37). Con posterioridad, se deberá evaluar, por técnico competente, el estado del edificio, de cara a su rehabilitación. Dicha evaluación deberá analizar expresamente el estado del resto de forjados situados por debajo los colapsados y de características análogas a los siniestrados y, en general, la totalidad de la estructura de la edificación. Visto que no consta que fuera constituida comunidad de propietarios y dada la situación de desalojo del conjunto de propietarios, por lo que respecta a esta Diputación y en lo tocante a su correspondiente cuota de participación por unanimidad, se acuerda solicitar del Ayuntamiento de Castellón lleve a cabo subsidiariamente la ejecución de los trabajos indicados y se acometan las obras que resulten procedentes y se comunique con la mayor urgencia el importe resultante a efectos de la tramitación presupuestaria que corresponda en función del valor que el piso propiedad de Diputación tiene asignado en relación con el total del inmueble a efectos de beneficios y cargas que es del veinte por ciento. Asimismo dado que la persona que ha ocupado a título de precario el piso propiedad de Diputación en la planta 2ª del edifico ha quedado sin vivienda por unanimidad, se acuerda requerirle para que informe sobre la situación en que se encuentra a efectos, en su caso, de dar cuenta a los servicios sociales del Ayuntamiento. SERVICIOS A LA CIUDADANÍA 7. APROBACIÓN CONVENIO CON EL AYUNTAMIENTO DE BENICARLÓ, FINANCIACIÓN GASTOS CONSERVATORIO DE MÚSICA, AÑO Visto el convenio a suscribir entre la Excma. Diputación Provincial de Castellón y el

9 Ayuntamiento de Benicarló, para la financiación de gastos del Conservatorio de Música, año Considerando que entre las competencias atribuidas por la Ley 27/2013 de 27 de diciembre de Racionalidad y sostenibilidad de la Administración Local, se encuentra la relativa a la coordinación de los servicios municipales y cooperación en el fomento del desarrollo económico y social del territorio provincial, considerándose la cultura una competencia municipal y siendo fundamental para ello, entre otro tipo de iniciativas, la articulación de actuaciones de promoción cultural tal y como se prevé en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Castellón, aprobado en sesión plenaria de fecha 18 de abril de 2017, que fija como objetivos estratégicos la necesidad de aprovechar el potencial de la cultura, utilizando la importante red asociativa y empresarial privada existente. Vistos los informes de Asesoría Jurídica de fecha 30 de junio de 2017 y de Intervención de fecha 10 de julio de 2017 Vista la existencia de consignación presupuestaria en el vigente presupuesto de la Corporación Provincial, en la aplicación 33401/ , RC nº Con el dictamen de la Comisión de Servicios a la ciudadanía de fecha 18 de julio, la Junta de Gobierno, por unanimidad, acuerda: PRIMERO. Aprobar el Convenio a suscribir entre la Excma. Diputación Provincial de Castellón y el Ayuntamiento de Benicarlo para la financiaciación de los gastos del Conservatorio de Música, tal y como aparece redactado en el expediente. SEGUNDO. Autorizar y disponer el gasto por importe de a favor del Ayuntamiento de Benicarló, con cargo a la aplicación presupuestaria 33401/ del vigente presupuesto de la Corporación Provincial, RC nº El gasto subvencionable es ,00 euros. TERCERO. Autorizar al Presidente de la Corporación o a quien legalmente le sustituya para la firma del Convenio. 8. APROBACIÓN CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA EXCMA. DIPUTACIÓN Y LA FEDERACIÓN DE SOCIEDADES MUSICALES DE LA COMUNIDAD VALENCIANA, PARA LA REALIZACIÓN DE LAS TROBADAS COMARCALES DE BANDAS DE MÚSICA, AÑO Visto el convenio de colaboración a suscribir entre la Excma. Diputación Provincial de Castellón, la Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana y los Ayuntamientos de Onda, Navajas, La Llosa, Rossell, Ayodar, La Pobla Tornesa y Morella, en la realización de las trobadas comarcales de bandas de música. Resultando que la citada Federación es la única entidad de tales características en esta Comunidad, según consta en el informe de fecha 25 de mayo de 2017 emitido por la jefa de la Sección de Cultura, Restauración, Deportes y Juventud que se adjunta al expediente.

10 Vistos los escritos presentados en fecha registro de entrada 28 de abril, 10 de mayo y 6 de junio de 2017 números 17892, y por Don Pedro Manuel Rodríguez Navarro, Presidente de la Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana, solicitando la renovación del convenio de colaboración entre esta Excma. Diputación y la Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana para la realización de las trobadas comarcales de bandas de música, año Vistos los certificados de Intervención de existencia de saldo de crédito disponible en las partidas y números de R.C y del vigente presupuesto de la Corporación. Vistos los informes de secretaría de fecha 17 de julio de 2017 e intervención de fecha 18 de julio de 2017, de no existencia de duplicidad de competencias y de sostenibilidad financiera, en aplicación de lo establecido en el art. 7.4 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, conforme a la nueva redacción dada por la Ley 10/2015 de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de a Generalitat Valenciana. Visto el certificado de Tesorería de fecha 25 de mayo de Visto el informe de la Jefe del Servicio de Cultura, Restauración, Deportes y Juventud de fecha 14 de julio de Visto el informe de fiscalización de intervención de fecha 17 de julio de Visto el informe de Asesoría Jurídica de fecha 17 de julio de De conformidad con el dictamen de la Comisión de servicios a la ciudadanía de fecha 25 de julio de 2017, la Junta de Gobierno, por unanimidad, acuerda: Primero.- Aprobar, tal y como aparece redactado en el expediente, el convenio de colaboración a suscribir entre la Excma. Diputación Provincial de Castellón, la Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana y los Ayuntamientos de Onda, Navajas, La Llosa, Rossell, Ayodar, La Pobla Tornesa y Morella. Segundo.- Autorizar y disponer el gasto por importe de ,00 para la financiación de los gastos ocasionados con motivo de las trobadas comarcales de bandas de música año 2017, con cargo a la aplicación presupuestaria nº RC del vigente presupuesto de la corporación, a favor de la Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana. El gasto subvencionable queda fijado en la cantidad de ,00. Tercero.- Aprobar el reconocimiento de la obligación por importe de ,00 correspondientes al 60% de la subvención a la firma del convenio y el resto ,00 una vez justificados la totalidad de los gastos subvencionables fijados en ,00. Cuarto.- Aprobar, asimismo el presupuesto de ,00 euros, con destino a subvencionar a los Ayuntamientos sede de las trobadas comarcales de bandas de música, autorizando y disponiendo el gasto con cargo a la partida nº RC con arreglo al siguiente desglose:

11 - Ayuntamiento de Onda ,00 euros. - Ayuntamiento de Navajas ,00 euros. - Ayuntamiento de La Llosa ,00 euros. - Ayuntamiento de Rossell ,00 euros. - Ayuntamiento de Ayódar ,00 euros. - Ayuntamiento de La Pobla Tornesa ,00 euros. - Ayuntamientos de Morella ,00 euros. Quinto.- Facultar al Presidente de la Corporación o a quien legalmente le sustituya, para la firma del convenio, desarrollo del expediente y determinación y adjudicación del importe de las ayudas, a la Federación de Bandas de Música y a los Ayuntamientos sedes de los encuentros. 9. APROBACIÓN CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA JOVE ORQUESTA SIMFÒNICA DE CASTELLÓ, Visto el convenio de colaboración a suscribir entre la Excma. y la Asociación Jove Orquesta Simfònica de Castellón, para la financiación de los gastos ocasionados por el funcionamiento de la Asociación así como de las diversas actividades realizadas en el año Vistos los informes de secretaria y de intervención, de no existencia de duplicidad de competencias y de sostenibilidad financiera, en aplicación de lo establecido en el art. 7.4 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, conforme a la nueva redacción dada por la Ley10/2015 de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat Valenciana. Vistos el informe de Asesoría jurídica de fecha 30 de junio de 2017 y el informe de fiscalización previa de Intervención de fecha 13 de julio de Vista la existencia de consignación presupuestaria en el vigente presupuesto de la Corporación Provincial, en la aplicación RC nº De conformidad con el dictamen de la Comisión de Servicios a la ciudadanía de fecha 25 de julio de 2017, la Junta de Gobierno, por unanimidad, acuerda: PRIMERO: Aprobar el convenio de colaboración a suscribir entre la Excma. Diputación provincial de Castellón y la Asociación Jove Orquesta Simfònica de Castellón tal y como aparece redactado en el expediente. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto por importe de ,00 euros, para la financiación de los gastos ocasionados por el funcionamiento de la Asociación así como de las diversas actividades realizadas en el año 2017, con cargo a la aplicación presupuestaria del vigente Presupuesto de la Corporación Provincial, nº de operación contable RC a favor de la Asociación Jove Orquesta Simfònica de Castellón, CIF G El gasto subvencionable queda fijado en el siguiente importe ,00 euros.

12 TERCERO: Aprobar el reconocimiento de la obligación por importe de ,00 euros a la firma del convenio previo decreto de reconocimiento de la obligación. CUARTO. Remitir los informes de Secretaría e Intervención a la Dirección general competente en la materia de tutela financiera de las entidades locales, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 71 de la Ley 10/2015 de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat. QUINTO. Autorizar al Presidente de la Corporación o a quien legalmente le sustituya para la firma del Convenio. DESPACHO EXTRAORDINARIO Previa declaración de la urgencia, se han adoptado los siguientes acuerdos: CRECIMIENTO ECONÓMICO 1. MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE AYUDAS PARA EL ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE. Visto el Acuerdo de aprobación de las Bases por las que se regulan las Ayudas para la Garantía del Abastecimiento de Agua Potable para los municipios de la Provincia de Castellón, de la Junta de Gobierno de fecha 31 de enero de 2017, y publicadas en el BOP nº 14, de fecha 2 de febrero de Visto que la convocatoria, por lo que respecta a su importe y el gasto implicado en la misma, así como al procedimiento de selección, se configuró con las siguientes características, según las bases tercera y cuarta, respectivamente, de las reguladoras de la misma: - Cuantía total máxima que ascendía a un importe inicial de ,00 (RC ). - Excepcionalmente podrá preverse una cuantía adicional a la inicialmente prevista cuya aplicación a la subvención no requerirá de una nueva convocatoria. Dicha incorporación se ajustará a las reglas establecidas en el articulo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 58/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. - Se convoca de forma simultánea la realización de varios procedimientos de selección sucesivos a lo largo del ejercicio económico Durante el ejercicio se dictarán cuatro resoluciones sucesivas Visto que ya ha sido tramitada la modificación de crédito, proveniente del Expediente número 4/2017 de modificación presupuestaria mediante créditos extraordinarios y suplementos de créditos financiados con bajas de aplicaciones presupuestaria, mediante la cual se incrementa esta aplicación presupuestaria en un importe de ,00 (RC ). Considerando que de conformidad con el art del RD 887/2006 por el que se

13 regula el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, el órgano concedente deberá publicar la declaración de créditos disponibles y la distribución definitiva, respectivamente, con carácter previo a la resolución de concesión en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver. Visto que en la aplicación presupuestaria "Plan de Emergencias Hídricas : existe documento RC para atender al importe de ,00 al que asciende la cuantía adicional de la convocatoria, lo que sumado al importe inicial de ,00 al que acendía la cuantía total máxima, supone una cuantía total máxima definitiva de ,00. En uso de las facultades que tengo conferidas, la Junta de Gobierno, por unanimidad, acuerda: PRIMERO.- Establecer la cuantía total máxima definitiva de la convocatoria del "Plan de Emergencias Hídricas", que asciende a ,00, con la siguiente distribución por lo que respecta a las cuatro resoluciones sucesivas implicadas: - Primera resolución: el importe máximo a otorgar será de ,00. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia hasta el 31 de marzo. El plazo máximo para resolver será de un mes desde la fecha de finalización del período de presentación de solicitudes. - Segunda Resolución: el importe máximo a otorgar será de ,33. El plazo de presentación de solicitudes será desde el 1 de abril hasta el 30 de junio. El plazo máximo para resolver será de un mes desde la fecha de finalización del período de presentación de solicitudes. - Tercera Resolución: el importe máximo a otorgar será de ,33. El plazo de presentación de solicitudes será desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre. El plazo máximo para resolver será de un mes desde la fecha de finalización del período de presentación de solicitudes. - Cuarta Resolución: el importe máximo a otorgar será de ,33. El plazo de presentación de solicitudes será desde el 1 de octubre hasta el 30 de noviembre. El plazo máximo para resolver será de un mes desde la fecha de finalización del período de presentación de solicitudes. SEGUNDO.- Comunicar la presente resolución a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, quien dará traslado al Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del extracto de la misma para su publicación. 2. DACIÓN DE CUENTA DEL INFORME REFERENTE AL REQUERIMIENTO DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR, REFERENTE AL VERTIDO DE AGUAS RESIDUALES EN BORRIOL. Se da cuenta del informe suscrito por el Jefe del Área Técnica, D. Ignacio Sangüesa Roger, que literalmente dice:

14 La estación depuradora de aguas residuales de Borriol dispone de Autorización de Vertido otorgada por la Confederación Hidrográfica del Júcar al titular, el Ayuntamiento de Borriol, el 26 de junio de 2007, con referencia 1973VS0052. Dicha autorización tiene una vigencia de cinco años, por lo que debería haber sido tramitada la revisión por el titular, y en la misma se otorga un caudal de m3 al año, para habitantes equivalentes, estando condicionada a la presentación de un Estudio Hidrogeológico, el cual no ha sido presentado hasta la fecha. Las razones para la demora en la tramitación de la revisión de la autorización vienen dadas por las previsiones existentes para la ejecución de una nueva infraestructura de depuración, concretamente un colector que transporte las aguas residuales del núcleo urbano de Borriol hasta la estación depuradora de Castellón de la Plana, que todavía no ha sido llevada a cabo. El 27 de junio de 2017 la Confederación Hidrográfica del Júcar envió al Ayuntamiento de Borriol un requerimiento de cese del vertido de aguas residuales sin depurar a través de aliviadero al río Seco, con referencia 2017DV0095. Este escrito fue remitido por el Ayuntamiento a la Diputación Provincial de Castellón, teniendo entrada en esta administración el 12 de julio de Hay que señalar que en fecha 27 de abril de 2015 la Confederación Hidrográfica del Júcar requirió el cese del vertido de aguas residuales sin depurar a través del aliviadero de la depuradora, instando al Ayuntamiento de Borriol para que adoptase medidas cautelares para cesar este vertido y un cronograma de ejecución de las medidas propuestas. El Ayuntamiento de Borriol trasladó dicho escrito a la Diputación Provincial de Castellón, como gestora de las instalaciones, y los Servicios Técnicos de la misma informaron al Ayuntamiento y a la Confederación de la adjudicación de la redacción del proyecto Colector de aguas residuales desde Borriol hasta la estación depuradora de Castellón de la Plana y de los plazos previstos para la finalización del mismo y la posterior licitación y ejecución de la obra. Desde esta fecha la situación ha evolucionado positivamente, puesto que ya se dispone de todos los permisos, autorizaciones y convenios necesarios para la realización de la obra, tal como puede observarse en la relación que se adjunta, aunque todavía no se han licitado las obras del citado colector. Para que dicha licitación se produzca es necesario que la Generalitat Valenciana, a través de la Entidad de Saneamiento, proceda a la firma del Acuerdo de cooperación para la ejecución de infraestructuras de saneamiento y depuración en la provincia de Castellón entre la Generalitat Valenciana, la Entidad de Saneamiento y la Diputación Provincial de Castellón, aprobado por el Pleno de esta Corporación de 20 de diciembre de 2016 y que se encuentra pendiente de aprobación por la Consellería de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural. En dicho Acuerdo, del que se adjunta copia, se establece la programación y financiación de las actuaciones en él comprendidas, entre las que se encuentra el Colector hasta la EDAR de Castellón de las aguas procedentes de Borriol, necesario para evitar vertidos de aguas residuales como el aquí definido, preveyéndose la ejecución del mismo entre los ejercicios presupuestarios 2017 y Por tanto, a juicio del abajo firmante, la Diputación Provincial de Castellón ha realizado todas las actuaciones posibles, dentro de su ámbito competencial de asistencia a

15 municipios definido en el artículo 36 de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local, en su nueva redacción dada por la Ley 27/2013 de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, para cooperar con el Ayuntamiento de Borriol a solucionar la problemática de vertido de aguas residuales sin depurar a través del aliviadero de la estación depuradora municipal, quedando pendiente la aprobación y firma por la Entidad de Saneamiento y la Generalitat Valenciana del Acuerdo de cooperación para la ejecución de infraestructuras de saneamiento y depuración en la provincia de Castellón, que posibilitará la financiación, licitación y ejecución del Colector hasta la EDAR de Castellón de las aguas procedentes de Borriol. La Junta de Gobierno queda enterada. SERVICIOS A LA CIUDADANÍA 3. RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA RELATIVA A LA ASIGNACIÓN DE DESFIBRILADORES EXTERNOS SEMIAUTOMÁTICOS A FAVOR DE LAS CORPORACIONES LOCALES (PROGRAMA PROVINCIA DE CASTELLÓN: TERRITORIO CARDIOPROTEGIDO ) Con la implementación del Programa Provincia de Castellón: territorio cardioprotegido, la Excma. Diputación Provincial de Castellón previó asegurar la disponibilidad de desfibriladores externos semiautomáticos en la totalidad de los ciento treinta y cinco municipios que integran la provincia de Castellón, con la posibilidad de hacer participes de su disponibilidad, asimismo, a otros importantes núcleos poblaciones integrados en los municipios castellonenses (pedanías, aldeas, distritos marítimos, masías o urbanizaciones) y mayoritariamente habitados por potenciales usuarios de dichos dispositivos. Aprobadas mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno en sesión de 9 de mayo de 2017, las bases reguladoras de la correspondiente convocatoria, establecen el procedimiento de concesión de subvenciones en especie, en régimen de concurrencia competitiva, por parte de la Excma. Diputación Provincial de Castellón, a favor de Corporaciones Locales de la provincia de Castellón, consistentes en la cesión del uso de desfibriladores externos semiautomáticos, que deberán ser destinados al restablecimiento de un ritmo cardíaco eléctrica y mecánicamente efectivo, ante casos de fibrilación ventricular o de taquicardia ventricular en ausencia de pulso, que puedan registrarse en deportistas, personas mayores, enfermos con patología cardiovascular previa o personas sin patología previa con concurrencia de súbita parada cardiorrespiratoria. Publicadas las bases de la convocatoria en el BOP número 56, de 11 de mayo de 2017, y finalizado en fecha 2 de junio de 2017 el plazo de formalización de solicitudes, han concurrido a la presente convocatoria un total de ciento veintiséis Corporaciones Locales de la provincia de Castellón. Habiéndose constituido en fecha 17 de junio de 2017 la Comisión de Valoración encargada de la emisión de propuesta de resolución de la convocatoria, y habiéndose procedido por la misma a la valoración de las ciento veintiséis solicitudes formalizadas, en aplicación de los criterios establecidos en la base quinta de la convocatoria, se procede a la emisión de propuesta de resolución que contempla la asignación de

16 ciento noventa y seis equipos de cardioprotección y la priorización de los municipios en cuanto a la articulación de las acciones de formación de los operadores no sanitarios y a la puesta en funcionamiento de los desfibriladores externos semiautomáticos asignados. Se reserva la Excma. Diputación Provincial de Castellón, cuatro unidades de cardioprotección, para su habilitación, respectivamente, en el Palacio Provincial, las Nuevas Dependencias Provinciales, el Complejo Socio-Educativo Penyeta Roja y el Castillo de Peñíscola, instalaciones públicas todas ellas de titularidad provincial. El procedimiento de cesión de los DESA, así como las obligaciones de la Corporación Local receptora y de la Diputación Provincial de Castellón, quedará establecido mediante la formalización de convenios singulares de colaboración con cada una de las Corporaciones Locales adheridas al Programa Provincia de Castellón: territorio cardioprotegido. En base a lo anteriormente referido, una vez emitido informe favorable por los Servicios Jurídicos relativo al contenido del borrador del modelo de convenio de colaboración, y no formulándose objeciones por parte de la Intervención General al contenido de la propuesta emitida por la Comisión de Valoración de la convocatoria provincial, visto el dictamen de la Comisión Informativa de Servicios a la Ciudadanía, la Junta de Gobierno, por unanimidad, acuerda: 1º. Disponer la cesión de uso de los equipos de cardioprotección, a favor de las Corporaciones Locales de la provincia de Castellón concurrentes a la convocatoria relativa a la asignación de desfibriladores externos semiautomáticos, aprobada mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de 9 de mayo de 2017, en el número de unidades que a continuación se significa, atendiendo al contenido y fundamentación de las solicitudes formalizadas por las Entidades Locales concurrentes y a la aplicación de los criterios establecidos en la base quinta de la convocatoria: Municipio DESA/s asignados Ain 1 Albocàsser 1 Alcalà de Xivert 2 L'Alcora 3 Alcudia de Veo 2 Alfondeguilla 1 Algimia de Almonacid 1 Almassora 4 Almedijar 1 Almenara 3 Les Alqueries 1 Altura 1 Arañuel 1 Ares del Maestrat 1 Argelita 1 Artana 1

17 Municipio DESA/s asignados Ayódar 1 Azuebar 1 Barracas 1 Bejis 1 Benafigos 1 Benassal 3 Benicarló 4 Benicàssim 1 Benlloch 1 Betxí 2 Borriol 2 Burriana 4 Cabanes 2 Càlig 1 Canet lo Roig 1 Castell de Cabres 1 Castellfort 1 Castellnovo 1 Castelló de la Plana 7 Castillo de Villamalefa 1 Catí 2 Caudiel 1 Cervera del Maestre 1 Chovar 1 Cinctorres 1 Cirat 1 Cortes de Arenoso 2 Costur 1 Les Coves de Vinromà 1 Culla 2 Eslida 1 Espadilla 1 Fanzara 1 Figueroles 1 Forcall 1 Fuente la Reina 1 Fuentes de Ayódar 1 Gaibiel 1 Geldo 1

18 Municipio DESA/s asignados Herbés 1 Higueras 1 La Jana 1 Jérica 2 Lucena del Cid 2 Ludiente 1 La Llosa 1 La Mata 1 Matet 1 Moncofa 3 Montan 1 Montanejos 3 Morella 3 Navajas 1 Nules 3 Olocau del Rey 1 Onda 4 Oropesa del Mar 1 Palanques 1 Peñíscola 2 Pina de Montalgrao 1 La Pobla de Benifassà 4 La Pobla de Benifassà (El Ballestar) 1 La Pobla Tornesa 1 Portell de Morella 1 Ribesalbes 1 Rossell 1 Sacañet 1 La Salzadella 2 Sant Joan de Moró 3 Sant Jordi 2 Sant Mateu 2 Santa Magdalena de Pulpis 1 San Rafael del Rio 1 Segorbe 4 La Serratella 1 Sierra Engarcerán 2 Soneja 2

19 Municipio DESA/s asignados Suera 1 Tales 1 Teresa 1 Tirig 1 Todolella 1 Toga 1 Torás 1 El Toro 1 Torralba del Pinar 1 La Torre d'en Domenec 2 Torreblanca 3 Torrechiva 1 Traiguera 2 Les Useres 1 Vall de Almonacid 2 La Vall d'alba 4 La Vall d'uixó 4 Vallibona 1 Vilafamés 1 Vilafranca 1 Vilanova d'alcolea 1 La Vilavella 2 Vila-real 3 Villahermosa del Rio 1 Villanueva de Viver 1 Villores 1 Vinarós 1 Vistabella del Maestrat 1 Xert 1 Xilxes 1 Xodos 1 Zorita del Maestrazgo 1 Zucaina 1 2º. Disponer la programación de las acciones formativas dirigidas a los operadores no sanitarios de DESA designados por las Corporaciones Locales adheridas al Programa, así como el procedimiento de activación de los equipos de cardioprotección, para su inicio en fecha 4 de septiembre de 2017, en el orden preferente que a continuación se significa, que podrá ser puntualmente modificado, de conformidad con el contenido de la base séptima de la convocatoria, por la aplicación de criterios de proximidad

20 geográfica entre municipios o de la posible agrupación de vecindario de municipios colindantes para su asistencia conjunta a las acciones formativas programadas: Prelación Municipio Valoración de la solicitud formalizada 1 Villores 18'00 2 Villanueva de Viver 16'62 3 Torralba del Pinar 15'99 4 Sacañet 15'98 5 Castillo de Villamalefa 15'91 6 La Torre d'en Domenec 15'86 7 Higueras 15'63 8 Matet 15'62 9 Argelita 15'59 10 Ayódar 15'50 11 Herbés 15'39 12 Pina de Montalgrao 15'21 13 Vallibona 15'21 14 Arañuel 15'06 15 Almedijar 15'02 16 Zorita del Maestrazgo 14'98 17 Culla 14'84 18 Xodos 14'71 19 Benafigos 14'65 20 Vall de Almonacid 14'64 21 Algimia de Almonacid 14'45 22 Castell de Cabres 14'44 23 Alcudia de Veo 14'42 24 La Pobla de Benifassà 14'34 25 Teresa 14'26 26 Castellfort 14'23 27 Torrechiva 14'19 28 Olocau del Rey 14'10 29 Ludiente 14'03 30 Toga 14'03 31 Palanques 13'98 32 Fuentes de Ayódar 13'78 33 Torás 13'73 34 La Serratella 13'71 35 Gaibiel 13'67 36 Fanzara 13'60

21 Prelación Municipio Valoración de la solicitud formalizada 37 Espadilla 13'46 38 Fuente la Reina 13'44 39 Vistabella del Maestrat 13'10 40 Azuebar 13'00 41 Lucena del Cid 12'99 42 Catí 12'88 43 San Rafael del Rio 12'85 44 Cirat 12'71 45 Vilanova d'alcolea 12'45 46 Alfondeguilla 12'33 47 Cinctorres 12'28 48 La Salzadella 12'23 49 Santa Magdalena de Pulpis 12'19 50 Cervera del Maestre 11'96 51 La Pobla de Benifassà (El Ballestar) 11'95 52 Xert 11'91 53 Canet lo Roig 11'55 54 Villahermosa del Rio 11'25 55 Navajas 11'16 56 Eslida 10'99 57 Bejis 10'91 58 La Jana 10'85 59 Ain 10`82 60 Sierra Engarcerán 10'68 61 Castellnovo 10'65 62 Les Coves de Vinromà 10'47 63 Chovar 10'43 64 Sant Mateu 10'04 65 Cabanes 9'98 66 Portell de Morella 9'96 67 Montan 9'89 68 El Toro 9'78 69 La Vall d'alba 9'72 70 La Pobla Tornesa 9'22 71 Zucaina 9'13 72 Costur 8'90 73 Traiguera 8'64 74 Geldo 8'54

22 Prelación Municipio Valoración de la solicitud formalizada 75 Cortes de Arenoso 8'36 76 Ares del Maestrat 8'16 77 Montanejos 8'12 78 Todolella 8'06 79 Barracas 8'03 80 Suera 7'99 81 Figueroles 7'92 82 La Mata 7'80 83 Vilafranca 7'76 84 Morella 7'17 85 Torreblanca 7'01 86 Betxí 6'62 87 Rossell 6'59 88 Les Useres 6'59 89 Benassal 6'48 90 Caudiel 6'48 91 Sant Joan de Moró 6'19 92 Sant Jordi 5'95 93 Tirig 5'70 94 Forcall 5'56 95 Albocàsser 5'52 96 Benlloch 5'24 97 Soneja 5'00 98 Ribesalbes 4'86 99 La Llosa 2' Onda 2' Jérica 2' Peñíscola 2' La Vilavella 2' Alcalà de Xivert 1' Càlig 1' Tales 1' Segorbe 1' Artana 1' Xilxes 1' Vilafamés 1' Altura 1' Moncofa 1'62

23 Prelación Municipio Valoración de la solicitud formalizada 113 Nules 1' Benicarló 1' Vinarós 1' Les Alqueries 1' L'Alcora 1' Almenara 1' Burriana 1' Castelló de la Plana 1' La Vall d'uixó 1' Oropesa del Mar 1' Vila-real 1' Almassora 1' Benicàssim 1' Borriol 1'20 3º. Disponer la formalización de convenio singular de colaboración, regulador del procedimiento de cesión uso de las unidades de cardioprotección objeto de la presente convocatoria provincial y de las obligaciones asumidas por ambas partes, con cada una de las Corporaciones Locales de la provincia de Castellón adheridas al Programa Provincia de Castellón: territorio cardioprotegido, beneficiarias del presente acuerdo. 4. APROBACIÓN CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ENTIDADES, PARA LA ORGANIZACIÓN DE EVENTOS DEPORTIVOS, Vistas las bases de la convocatoria de subvenciones a entidades para la organización de eventos deportivos, correspondiente al ejercicio económico 2017, que fueron aprobadas en sesión ordinaria de la Junta de gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Castellón celebrada el día 24 de enero de 2017 y publicadas en el Boletín Oficial de la provincia nº 11 de 26 de enero de Vista la operación contable A nº4419 imputada a la aplicación presupuestaria Vistas las solicitudes de subvención que han tenido entrada en el Registro General de esta Diputación y considerando que ha finalizado el plazo de subsanación que se concedió a las entidades que habiendo presentado la solicitud de subvención en plazo, no se ajustaban a los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria. Vista el acta de la Comisión de Valoración de fecha 20 de julio de 2017, así como el informe de Intervención de fecha 20 de julio de 2017, la Junta de Gobierno, por unanimidad, acuerda: Primera.- Conceder las siguientes subvenciones disponiendo el gasto a favor de los beneficiarios que se detallan para la organización de eventos deportivos, por un

24 importe total de euros, que han presentado correctamente la solicitud de subvención, con cargo a la aplicación presupuestaria A nº4419, según detalle: CIF TERCERO OBJETO PTOS SUBVENCIÓN GASTOS SUBVENCIO- NABLES G CLUB NAUTICO DE BURRIANA. VII REGATA JUBILATA'S CUP , ,00 B GRUPO PUBLICOM SOLUCIONES S.L. VI TRIATLON OROPESA DEL MAR , ,00 G G G G CLUB ATLETISME RUNNING CASTELLÓ CLUB DEPORTIVO ALMAZORA CLUB DEPORTIVO GRANJO DE ALCORA. CLUB DEPORTIVO GRANJO DE ALCORA. VII MARATON INTERNACIONAL CIUDAD DE CASTELLÓN Y IV 10K III TORNEO CENTENARIO NACIONAL CD ALMAZORA XII OPEN DE TAEKWONDO CIUDAD DE BENICÀSSIM XVII OPEN DE TAEKWONDO MARINA D'OR , , , , , , , ,00 G CLUB CICLISTA 'SEPELACO' ONDA. V TROFEO VICTOR CABEDO , ,00 G FEDERACION DE MOTOCICLISMO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA CALENDARIO MOTOCICLISTA DIPUTACIÓN DE CASTELLÓN , ,00 B FUTPLAYA EVENTOS S.L. II CAMPEONATO DE ESPAÑA DE MINIFÚTBOL 5 - FÚTBOL SALA. OROPESA DEL MAR - MARINA D'OR B G DIVERSPORT SPORT MANAGEMENT S.L. FUNDACION SPECIAL OLYMPICS ESPAÑA MARATÓN VÍA VERDE DE OJOS NEGROS TORNEO DE FÚTBOL UNIFICADO SPECIAL OLYMPICS , , , ,00 G CLUB DE VOLEIBOL MEDITERRANEO DE CASTELLON XII CAMPEONATO DE ESPAÑA DE VOLEIBOL INFANTIL MASCULINO , ,00 G CLUB DE ATLETISMO DE NAVAJAS 35º MEDIO MARATÓN DE NAVAJAS , ,00 B TROFEBUR S.L. TROFEO INTERNACIONAL FALLAS CIUDAD DE BURRIANA , ,00

25 G CLUB DE AUTOMOVILISMO ACTION PRESS ECO RALLYE DE LA COMUNITAT VALENCIANA , ,00 G G MOTO CLUB PENYA MOTORISTA L'ALCORA. CLUB DEPORTES MONTAÑA Y ESCALADA ESPADAN TRAIL EVENTS VALL D'UIXO XIV CROSS COUNTRY VILLA DE L'ALCORA - CAMPEONATO DE ESPAÑA UTES Y TES SIERRA ESPADÁN , ,00 G FEDERACIÓ DE PILOTA VALENCIANA DE LA C.V. IX TROFEU D'ESCALA I CORDA - DIPUTACIÓ DE CASTELLÓ , ,00 G FEDERACION DE NATACION COMUNIDAD VALENCIANA. CAMPEONATO DE ESPAÑA POR COMUNIDADES , ,00 G CLUB DE ATLETISMO-PLAYAS DE CASTELLÓN. CROSS CIUDAD DE CASTELLÓN , ,00 G CLUB DE ATLETISMO-PLAYAS DE CASTELLÓN. CTO. ESPAÑA DE FEDERACIONES PRUEBAS COMBINADAS , ,00 G CLUB DE ATLETISMO-PLAYAS DE CASTELLÓN. CAMPEONATO AUTONÓMICO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA Y MURCIA DE MARCHA ATLÉTICA , ,00 G CLUB DE ATLETISMO-PLAYAS DE CASTELLÓN. CAMPEONATO DE ESPAÑA DE CLUBES DE VETERANOS: 1ª Y 2ª DIVISIÓN , ,00 G CLUB DE ATLETISMO-PLAYAS DE CASTELLÓN. IV GRAN PREMIO DIPUTACIÓN II MEMORIAL JOSÉ ANTONIO CANSINO , ,00 G CLUB CICLISTA GEGANT DE PEDRA VI GIGANTE DE PIEDRA - GIGANTE SMALL , ,00 G G G UNION CICLISTA BENICARLÓ. ASOC. DE PERSONAS DISCAPACITADAS COCEMFE-MAESTRA T / COCEMFE-MAESTRA T ASOC. DE PERSONAS DISCAPACITADAS COCEMFE-MAESTRA T / COCEMFE-MAESTRA T 44º RONDA CICLISTA AL MAESTRAZGO (GP DIPUTACIÓN PROVINCIAL) VII TORNEO COCEMFE MAESTRAT DE TENIS MESA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD IV TORNEO CIUTAT DE VINARÒS DE BALONCESTO EN SILLA , , , ,00

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