REGLAMENTO DE BECAS EN SUS DISTINTAS VARIANTES: ACADÉMICAS, DEPORTIVAS, CULTURALES, LABORAL Y ALIMENTICIAS. CAPITULO I
|
|
- María Luisa Soler Saavedra
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PARRAS DE LA FUENTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 12 FRACCIÓN XI DEL DECRETO DE CREACIÓN DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PARRAS DE LA FUENTE, PUBLICADO EL DÍA 26 DE ENERO DE 2016 EN EL PERIÓDICO OFICIAL EL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, HA TENIDO A BIEN APROBAR EL SIGUIENTE REGLAMENTO DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE PARRAS DE LA FUENTE COAHUILA REGLAMENTO DE BECAS EN SUS DISTINTAS VARIANTES: ACADÉMICAS, DEPORTIVAS, CULTURALES, LABORAL Y ALIMENTICIAS. DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I ARTÍCULO 1.- El presente reglamento establece los lineamientos términos y condiciones para otorgar becas en sus distintas modalidades: Académicas, Alimenticias, Laborales, Deportivas, Culturales. ARTÍCULO 2.- Para efectos de este reglamento, se entiende como beca, la exención del pago parcial o total de la inscripción y/o colegiatura, así como el apoyo económico otorgado a través de un cupón para la obtención de alimentos en el comedor universitario. ARTÍCULO 3.- El otorgamiento de becas tiene los siguientes objetivos: I. Apoyar a los alumnos para que continúen y concluyan sus estudios. II. Reconocer el alto rendimiento académico del alumno y estimularlo a mantener un elevado desempeño. III. Apoyar la economía familiar del alumno de escasos recursos para que pueda avanzar en su formación profesional garantizándole el acceso a la educación superior tecnológica. En condiciones de igualdad de oportunidades IV. Contribuir a reducir los índices de deserción, mejorando con ello la eficiencia Terminal. V. Reconocer los esfuerzos de participación y divulgación en ciencia y tecnología. VI. Apoyar las expresiones deportivas y culturales en beneficio del desarrollo integral del estudiante. VII. Fortalecer el desarrollo institucional y el sentido de pertenencia en el alumno. CAPITULO II DE LAS BECAS ARTÏCULO El Comité elaborará la convocatoria para el otorgamiento de las becas veinte días hábiles previos a la terminación de cada cuatrimestre. Los resultados se publicarán dentro de los primeros treinta días hábiles del siguiente cuatrimestre. El Departamento de Servicios Estudiantiles emitirá una convocatoria diez días naturales antes de finalizar el cuatrimestre, en la que se dará a conocer los requisitos para la obtención de becas del cuatrimestre inmediato siguiente. El período de esta convocatoria concluirá como máximo 20 días naturales después de iniciado el cuatrimestre ARTÍCULO 5.- La Universidad, de acuerdo con su programa de becas, podrá otorgar a sus alumnos las siguientes: I Académica: esta beca consiste en la exención de el pago total o parcial de la inscripción y/o colegiatura del cuatrimestre a cursar, apoyo económico que se otorga a los alumnos de la Universidad, de acuerdo con su desempeño académico, bajo los siguientes criterios:
2 a) A alumnos de primer cuatrimestre que en sus estudios de bachillerato, posea un promedio académico de 99 o superior. b) A alumnos de primer cuatrimestre que hayan obtenido un puntaje igual o superior a 1150 puntos en la escala del examen de diagnóstico de ingreso aplicado por CENEVAL (o su equivalente en otro tipo de examen de ingreso). c) Para los alumnos con promedio académico de 99 o superior se les otorgará un 100% de descuento. d) Para los alumnos con promedio académico de 97 a 98 se les otorgará un 75% de descuento. e) Para los alumnos con promedio académico de 95 a 96, se les otorgará un 50% de descuento en colegiaturas. II Deportiva: La beca deportiva, consiste en la exención del pago del 50% o 75% en la inscripción y/o colegiatura del cuatrimestre a cursar, apoyo económico que se otorga a los alumnos que logren un destacado desempeño en alguna actividad deportiva individual o de conjunto en la cual representen a la Universidad. El porcentaje de inicio con el que se otorga este beneficio podrá ser incrementado de acuerdo a los criterios establecidos para el otorgamiento de becas académicas III Cultural: La beca cultural, consiste en la exención en el pago del 50% o 75% en la inscripción y/o colegiatura del cuatrimestre a cursar, apoyo económico que se otorga a los alumnos que destaquen en su participación en alguna actividad cultural individual o de conjunto en la cual representen a la universidad. El porcentaje de inicio con el que se otorga este beneficio podrá ser incrementado de acuerdo a los criterios establecidos para el otorgamiento de becas académicas IV Alimenticia: Esta beca consiste en proporcionar un cupón personalizado al alumno para adquirir una comida diaria en el comedor universitario, este apoyo será proporcionado a petición de la Rectoría, la Secretaría Académica, la Dirección de Carrera o del Tutor del Alumno previo análisis de la autoridad correspondiente. V Laboral: esta beca consiste en la exención en el pago del 100% de la inscripción y/o colegiatura del cuatrimestre a cursar, apoyo económico que se otorga a los alumnos por la prestación de un servicio en apoyo de los programas educativos ya sea tanto en el área académica o administrativa a razón de 7 horas semanales. ARTÍCULO 6.- La naturaleza de las becas será de apoyo económico, en especie o por descuento en el pago de la colegiatura de algún cuatrimestre que tenga que cubrir el alumno. ARTÍCULO 7.- Para los casos de las becas académicas indicadas en el inciso a) y b) del articulo 5to. Fracción I del presente reglamento, el otorgamiento será automático, simplemente con el trámite de solicitud realizado por el alumno. Para los casos de las becas indicadas en los incisos c), d) y e) el otorgamiento estará sujeto a la validación que realice el departamento de servicios escolares del promedio obtenido por el alumno. ARTÍCULO 8.- para el resto de las modalidades de becas el comité realizará los análisis necesarios para su validación y otorgamiento.
3 CAPITULO III EL COMITÉ DE BECAS ARTÍCULO 9.- Para el dictamen de asignación de becas se constituirá el Comité de Becas que evaluará, analizará y determinará quienes de los alumnos tienen derecho a éstas, con base en los expedientes presentados por la Subdirección de Servicios Académicos con 8 días de anterioridad a la reunión del Comité El Comité de Becas estará integrado por las autoridades siguientes: I. Un Presidente que será el Rector. II. El Secretario Técnico, que será el Director de División de Carreras. III. El Secretario que será el Departamento de Contabilidad. IV. El Vocal, Jefe de Servicios Escolares. V. El Comisario el Jefe de Planeación. ARTÍCULO 10.-El Comité de Becas será competente para conocer acerca de los siguientes asuntos además de los descritos en el artículo 9: I Establecer las políticas para el otorgamiento de becas en la Universidad; II. Determinar las bases para el otorgamiento de las becas; III. Definir los procedimientos de selección y asignación de becas; IV. Evaluar y resolver las propuestas de las diferentes instancias para el otorgamiento de becas; V. Aprobar y verificar la publicación de las convocatorias; VI. Verificar que el área responsable del manejo y control de las becas, realice el seguimiento a becarios; IX. Resolver la cancelación y terminación de becas; X. Aplicar y vigilar el cumplimiento del presente Reglamento y resolver lo no previsto en el mismo; XI.- Proponer al Consejo Directivo a través del Rector, las modificaciones y/o adecuaciones al reglamento de becas, cuando se considere conveniente. XII. Lo demás que se le confieran. ARTÍCULO 11.- El Departamento de Servicios Escolares publicará la convocatoria que la haya hecho llegar el Comité de Becas, diez días hábiles antes de finalizar el cuatrimestre, en la que se dará a conocer los requisitos para la obtención de becas del siguiente cuatrimestre. ARTICULO 12.-El Comité de becas se reunirá de manera ordinaria dentro de un período no mayor de 20 días hábiles del inicio de cada cuatrimestre con el fin de realizar el análisis de las solicitudes y efectuar el dictamen correspondiente para el otorgamiento de becas a alumnos que hubieran cumplido con los requisitos establecidos en el presente reglamento. El Comité se podrá reunir de manera extraordinaria cuando sea necesario ARTICULO 13.- Las ausencias de los integrantes serán suplidas excepcionalmente por quien ellos mismos designen, la persona designada deberá estar adscrito a su área, y deberá darse a conocer al comité por escrito el nombre del suplente, por lo menos con 24 horas de anticipación a la realización de la sesión. Los integrantes suplentes tendrán derecho a voz y/o voto, en las mismas condiciones que los titulares, conforme a lo establecido en el presente artículo. ARTÍCULO 14.- Los acuerdos del Comité de Becas serán válidos si están avalados por el 50% más uno de los integrantes, en caso de empate técnico el voto de calidad será emitido por el presidente del comité.
4 ARTÍCULO 15.- El Departamento de Servicios Escolares, dentro de los diez días hábiles siguientes de emitido el dictamen, publicará el nombre de los alumnos beneficiados, y dentro de los quince días hábiles siguientes hará entrega de las cartas de asignación de beca correspondientes. ARTÍCULO16- El número de becas por otorgarse cuatrimestralmente, se establecerá en atención a la disponibilidad presupuestal y a la población estudiantil la Universidad podrá determinar el número, incremento o disminución por cada carrera. ARTÍCULO 17.- Quedarán excluidos de las becas a que se refiere este reglamento aquellos alumnos que posean alguna otra beca otorgada por las instancias de las cuales tenga conocimiento la Universidad. CAPITULO IV DE LAS ATRIBUCIONES ARTÍCULO 18.- Los integrantes del Comité de becas tendrán las siguientes atribuciones: I. El Presidente: a) Presidir las sesiones del Comité. b) Representar al Comité en todos los asuntos de su competencia c) Gestionar ante quien corresponda sectores público, privado y social, los recursos necesarios para el otorgamiento de becas; d) Suscribir convenios en materia de becas con otras instituciones educativas u organismos públicos o privados, nacionales y extranjeros; e) Dirigir las políticas institucionales para el otorgamiento de becas; y f) Las demás que le sean conferidas por la legislación universitaria. II. El Secretario Técnico: a) Convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité, previo acuerdo del Presidente; b) Preparar la documentación que se requiera para cada sesión; c) Preparar la agenda de trabajo del Comité; d) Constatar el quórum de las sesiones; e) Levantar las actas de las sesiones; f) Vigilar el seguimiento de los acuerdos emanados de las sesiones; g) Elaborar la propuesta de convocatoria para el otorgamiento de becas, h) Publicar y difundir las convocatorias para el otorgamiento de becas, aprobadas por el Comité. i) Las demás que le sean conferidas por la legislación universitaria III. El Secretario: a) Analizar y emitir su opinión sobre los asuntos que se sometan a su consideración en el Comité. b) Informar al Comité de acuerdo al Presupuesto si se pueden incrementar o disminuir los diferentes tipos de becas. III. El Vocal: a) presentar las propuestas especiales para el otorgamiento de becas b) Analizar y emitir su opinión sobre los asuntos que se sometan a consideración en el comité
5 V.El Comisario: a) Verificar y validar el proceso de análisis y aprobación para la asignación de las becas acorde con los criterio de justicia, equidad y transparencia prevalecientes en la Universidad. CAPITULO V DE LOS REQUISITOS PARA OBTENER LA BECA ARTÍCULO 19.- Las becas se otorgarán a los alumnos que reúnan los siguientes requisitos:. 1) Ser alumno regular 2) Que hayan llenado la solicitud correspondiente en el formato que para el efecto les proporcione el Departamento de Servicios Escolares, anexando los documentos que la misma requiera y firmado una carta-compromiso con la Universidad. 3) Que demuestre poseer el promedio de calificaciones requerido por el tipo de beca. 4) Que el estudio socioeconómico, realizado por El Departamento de Servicios Escolares demuestre que realmente tiene necesidad económica. 5) No haber sido objeto de alguna sanción disciplinaria si ya es alumno de la Universidad. 6) No tener adeudo alguno con la universidad por concepto de rezagos en la inscripción y/o colegiatura del cuatrimestre inmediato anterior al que se solicita la beca. 7) Haber aprobado todas las asignaturas del cuatrimestre anterior. 8) Carecer de otro tipo de beca. 9) Que el Comité de Becas haya emitido un dictamen favorable. EN EL CASO DE BECAS ALIMENTICIAS 1. Aplica para alumnos desde el segundo cuatrimestre que estén debidamente inscritos en la Universidad. 2. Alumnos de bajos recursos económicos. 3. Haber aprobado todas las asignaturas del cuatrimestre anterior. 4. Carecer de otro tipo de beca. 5. Que comprueben sus ingresos familiares. ARTICULO 20.- Para efectos del presente reglamento se consideran alumnos de escasos recursos económicos aquellos cuyos ingresos familiares (combinados) per cápita mensuales no excedan de 3 veces el salario mínimo correspondiente a la zona económica de Saltillo, Arteaga, Parras de la Fuente y General Cepeda elevado al mes y redondeado a la cincuentena inmediata más cercana. ARTICULO 21.- Causas por las que el becario puede perder la beca. I. Proporcionar información falsa; II. Acompañar la solicitud con documentos apócrifos; III. Abandonar o interrumpir los estudios; IV. Perder la condición de alumno; V. Incurrir en alguna de las faltas a la responsabilidad universitaria; VI. Incumplir las obligaciones como becario, previstas en este Reglamento o demás que se le hayan conferido. VII. Incumplir las disposiciones previstas en este Reglamento y normatividad aplicable; VII. Conclusión de estudios; VIII. Agotar el tiempo de duración de la beca; IX. Renuncia expresa a la beca otorgada; X. Fallecimiento del becario XII. Que su aprovechamiento académico sea menor al promedio de 80 (8.0) o al solicitado para mantener el beneficio otorgado. XI. Las demás que a juicio del Comité, sean suficientes para cancelar la beca.
6 ARTÍCULO 22.- La cancelación de una beca, únicamente será resuelta por el Comité, dicha resolución se hará del conocimiento del becario de forma escrita de manera oportuna en un plazo de 10 días hábiles. ARTÍCULO 23- El alumno estará obligado a cubrir el pago de colegiatura del cuatrimestre correspondiente en caso de perder la beca. CAPITULO VI DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS ARTÍCULO 24- Los becarios tendrán los siguientes derechos: I.Recibir de la Universidad en forma oportuna la beca que les haya sido otorgada; II. Solicitar y recibir cualquier información relativa a la beca que les fue otorgada y a su condición de becarios; III. Solicitar la renovación de la beca, siempre y cuando reúnan los requisitos correspondientes IV. Los demás que les confiera la legislación universitaria. ARTÍCULO 25.- Los becarios tendrán las siguientes obligaciones: I. Concluir satisfactoriamente el ciclo escolar para el cual fueron becados; II. Conservar el promedio de calificaciones mínimo exigible; III. Otorgar toda clase de facilidades para que la Universidad, a través de la dependencia administrativa universitaria encargada de las becas, verifique su situación y condición socioeconómica; IV. Observar una conducta decorosa acorde con los principios y valores de la Universidad; V. Desempeñar los trabajos y comisiones que, en su caso, se les encomienden de acuerdo con la modalidad de beca que disfruten; VI. Participar en actividades académicas, a las que sean convocados por la Universidad, o la Institución en donde se encuentren becados; VII. Comunicar a la Universidad de cualquier cambio en su situación económica o académica; VIII. Dar el crédito correspondiente a la Universidad en los eventos en los que participen en su condición de becario IX. Las demás que establezca la legislación universitaria y demás disposiciones aplicables. ARTICULO 26.- Los alumnos que hayan obtenido una beca en cualquiera de las modalidades establecidas en el presente reglamento, estarán obligados a participar, en el período de vigencia de la beca, en las actividades que les sean asignadas por la Rectoría y/o los diferentes Departamentos, excepto en el caso de las becas laborales. Es responsabilidad del Departamento de Servicios Escolares, a través de la Coordinación de Programas de Becas, dar seguimiento a las actividades de los alumnos becarios.
7 CAPITULO VII DE LA CONVOCATORIA PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS ARTÍCULO 27- El Departamento de Servicios Escolares publicará la convocatoria en la que se especificarán los requisitos que deberán reunir los alumnos que deseen obtener una beca. Las convocatorias se expondrán en lugares visibles de la Universidad, dentro del término fijado, las solicitudes se entregarán al departamento de servicios escolares de forma directa. ARTÍCULO 28.- La convocatoria contendrá la siguiente información: a) Las bases y condiciones para el otorgamiento de becas. b) propósito y finalidad de la beca c) modalidades y tipos de becas existentes d) a quienes va dirigida e) Las carreras en que se otorgan las beca f) Periodo que cubre las beca. g) Fechas, horario y lugar para la entrega y recepción de la documentación. h) Los requisitos que debe cumplir los aspirantes a becarios i) Documentación que deberá anexarse a la solicitud de beca j) Requisitos que deben cumplir los aspirantes a becarios ARTÍCULO 29.- El alumno beneficiado recibirá y firmará el documento de asignación de la beca en el cual deberá constar el tipo de beca que se le otorga, el período que ampara la exención de pago y el porcentaje, así mismo se le informará en el citado documento que no se aceptan transferencias de períodos, así como que tampoco es transferible a otra persona. CAPITULO VIII DE LA DURACIÓN DE LA BECA ARTÍCULO 30.- Las becas serán otorgadas por un cuatrimestre. ARTICULO 31.- Las becas podrán ser renovadas en cada cuatrimestre posterior, si el alumno continúa cumpliendo con los requisitos de este reglamento y demuestra haber cumplido con el compromiso contraído con la Universidad en el (los) período (s) en que le haya ido concedida la beca. ARTÍCULO 32- Si en la asignación de una beca anterior fue requerido un estudio socioeconómico, éste ya no será un requisito para la renovación. CAPITULO I X DE LOS CASOS ESPECIALES ARTÍCULO 33.- Los casos especiales no contemplados en este reglamento serán resueltos por la Rectoría, la Dirección de División de Carreras, el Departamento de Contabilidad, siempre atendiendo a las recomendaciones del Comisario, y de así considerarlo conveniente se convocará de manera extraordinaria al Comité de Becas para la solución de dichos casos.
8 TRANSITORIOS ARTÍCULO PRIMERO.- el presente reglamento entrara en vigor a partir del día siguiente de su aprobación por el Consejo Directivo de la Universidad. ARTÍCULO SEGUNDO.-Este reglamento aplica para las Becas mencionadas en el mismo. ARTICULO TERCERO.- En caso de duda en la interpretación o en la observancia del presente Reglamento, el Comité de Becas de la Universidad, decidirá lo que corresponda. ARTICULO CUARTO.- La Universidad, a través del Comité de Becas, se reserva permanentemente el derecho de modificar o cancelar la beca otorgada, cuando a su criterio hayan variado las condiciones que motivaron su otorgamiento. El presente reglamento entrará en vigor a partir de la autorización del mismo.
C O N S E J O D I R E C T I V O
REGLAMENTO DE BECAS CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. La Universidad Tecnológica de Puebla, Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Estatal y parte integrante
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS DE LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL SUR DE SONORA
CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- La Universidad Tecnológica del Sur de Sonora, por el presente ordenamiento establecerá y regulará la forma para otorgar apoyos económicos denominados becas.
Más detallesPUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL NÚM. EXT. 333 DE FECHA 9 DE OCTUBRE DE 2008.
PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL NÚM. EXT. 333 DE FECHA 9 DE OCTUBRE DE 2008. GOBIERNO DEL ESTADO UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL CENTRO DE VERACRUZ El Honorable Consejo Directivo de la Universidad Tecnológica
Más detallesREGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS ACADÉMICAS CON RECURSOS FISCALES C O N T E N I D O
REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS ACADÉMICAS CON RECURSOS FISCALES C O N T E N I D O TITULO I TITULO II TITULO III TITULO IV I II V TITULO V I TITULO VI DISPOSICIONES GENERALES DE LAS BECAS DE LAS
Más detallesUNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE ALTAMIRA
REGLAMENTO DE BECAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- La Universidad Tecnológica de Altamira, por el presente ordenamiento establecerá y regulará la forma para otorgar apoyos económicos denominados
Más detallesReglamento de becas estudiantiles Instituto Tecnológico Superior de Mascota REGLAMENTO DE BECAS ESTUDIANTILES. Rev.1
Reglamento de becas estudiantiles Instituto Tecnológico Superior de Mascota REGLAMENTO DE BECAS ESTUDIANTILES 1. ÍNDICE TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES 3 TITULO SEGUNDO DE LAS MODALIDADES DE LAS
Más detallesREGLAMENTO DE APOYOS INSTITUCIONALES
REGLAMENTO DE APOYOS INSTITUCIONALES CONTENIDO TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES TITULO SEGUNDO DE LAS MODALIDADES DE APOYOS Y LA CONVOCATORIA CAPITULO I: DE LAS MODALIDADES Y REQUISITOS DE APOYOS
Más detallesLINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA.
LINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA. ARTICULO 1.- El presente Lineamiento tiene por objeto, establecer las bases, clasificar y definir los criterios que norman las Becas
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012
REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012 Universidad Marista de San Luis Potosí 1 TITULO I CAPÍTULO I DEL OBJETO, FINES Y CONCEPTO Artículo 1. El presente Reglamento establece las bases y criterios que regulan el
Más detallesREGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE EDUCACION DEL H. AYUNTAMIENTO DE LOS CABOS, B.C.SUR.
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE EDUCACION DEL H. AYUNTAMIENTO DE LOS CABOS, B.C.SUR. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento, tiene por objeto, establecer
Más detallesREGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS
REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS 1 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Universidad Estatal de Sonora es una Institución de Educación Superior orientada a promover
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS I.- OBJETO
REGLAMENTO DE BECAS I.- OBJETO Artículo 1.- El presente reglamento tiene por objeto establecer los procedimientos relacionados con las becas que otorga la Universidad Tecnológica de San Luis Potosí a favor,
Más detallesReglamento de Becas de la Universidad Autónoma del Estado de México
Reglamento de Becas de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL REGLAMENTO DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
Más detallesMANUAL DE BECAS DEL CENTRO DE POSGRADO Y ESTUDIOS SOR JUANA CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES SECCIÓN I DEL OBJETIVO GENERAL
MANUAL DE BECAS DEL CENTRO DE POSGRADO Y ESTUDIOS SOR JUANA CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES DEL OBJETIVO GENERAL ARTÍCULO 1. El presente ordenamiento tiene por objeto apoyar la continuidad del
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO REGLAMENTO DE BECAS PARA ALUMNOS
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO ÍNDICE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO II DE LA COMISIÓN DE BECAS CAPITULO III DEL TIPO DE BECAS DE LA BECA BACHILLERATO, BECA
Más detallesREGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS
REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Universidad Estatal de Sonora es una Institución de Educación Superior orientada a promover
Más detallesH. JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE PUEBLA, Y C O N S I D E R A N D O
H. JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE PUEBLA, Y C O N S I D E R A N D O Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en su artículo tercero, que la educación que
Más detallesINSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ARANDAS
INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ARANDAS REGLAMENTO DE APOYOS ESTUDIANTILES PARA LOS ALUMNOS 1 Titulo Primero DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1. El presente reglamento tiene por objeto establecer y
Más detallesUNIVERSIDAD ESTATAL DE SONORA REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS INSTITUCIONALES PARA ESTUDIOS DE POSGRADO
UNIVERSIDAD ESTATAL DE SONORA REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS INSTITUCIONALES PARA ESTUDIOS DE POSGRADO 1 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La es una Institución de Educación Superior orientada a promover
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DEL INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ZAPOPAN CONSIDERANDOS
REGLAMENTO GENERAL DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DEL INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ZAPOPAN CONSIDERANDOS 1. Que es el fin del Instituto propiciar al estudiante un interés educativo con deseos de superación,
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN DIVISIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN DIVISIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO Convocatoria de Ingreso al Programa de Becas del Doctorado en Ciencias de la Administración
Más detallesPROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS
PROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS La Facultad de Medicina de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, en colaboración con el Comité de Padres de Familia de la Facultad de Medicina, ha creado un Programa
Más detallesprocedimientos para que la Universidad Autónoma de Nayarit otorgue becas a los
REGLAMENTO GENERAL DE BECAS DE LA UAN CAPITULO I DEL OBJETO Artículo 1o.- El presente reglamento tiene por objeto, regular las instancias y procedimientos para que la Universidad Autónoma de Nayarit otorgue
Más detallesCONSIDERANDO: REGLAMENTO DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD DIGITAL DEL ESTADO DE MÉXICO. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD DIGITAL DEL ESTADO DE MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 9 FRACCIÓN V DEL DECRETO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO POR EL QUE SE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO
Más detallesUNIVERSIDAD ESTATAL DE SONORA REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS
UNIVERSIDAD ESTATAL DE SONORA REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Universidad Estatal de Sonora es una Institución de Educación
Más detallesCONSIDERANDO REGLAMENTO DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD MEXIQUENSE DEL BICENTENARIO CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
EL H. CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD MEXIQUENSE DEL BICENTENARIO, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 11, FRACCIÓN VI DEL DECRETO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO POR EL QUE SE CREA
Más detallesREGLAMENTO PARA BECAS PREPARATORIA FEDERAL POR COOPERACIÓN CP. GILBERTO MARTÍNEZ GUTIÉRREZ
REGLAMENTO PARA BECAS PREPARATORIA FEDERAL POR COOPERACIÓN CP. GILBERTO MARTÍNEZ GUTIÉRREZ CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar las diferentes
Más detallesArtículo 6º.-Para el otorgamiento de becas se deberá dar preferencia, en condiciones similares, a los alumnos que solicitan renovación.
ACUERDO número 205 por el que se determinan los lineamientos generales para el otorgamiento de becas en instituciones particulares de educación inicial, básica, especial, media superior y superior, que
Más detallesINSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO REGLAMENTO JUNTA DIRECTIVA REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO
REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO I. CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO SEGUNDO DE LA JUNTA DIRECTIVA Y SUS ATRIBUCIONES CAPÍTULO TERCERO DE
Más detallesC O N V O C A T O R I A BECAS ACADEMICAS PARA EL PERIODO CUATRIMESTRAL ENERO ABRIL 2016 CONVOCA BASES
C O N V O C A T O R I A BECAS ACADEMICAS PARA EL PERIODO CUATRIMESTRAL ENERO ABRIL 2016 La Universidad Tecnológica Del Norte De Coahuila, a través de su Comité de Becas, con el propósito de fortalecer
Más detallesCentro de Estudios Superiores de Tepeaca Clave de Incorporación 21MSU1038V REGLAMENTO DE BECAS. Página 1 de 9
REGLAMENTO DE BECAS Página 1 de 9 Capítulo I. Disposiciones Generales Artículo 1. Beca es la ayuda económica en la reducción de cuotas de colegiaturas que el Centro de Estudios Superiores de Tepeaca, asigna
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS BECAS DE TRANSPORTE
La Junta Directiva del Colegio de Bachilleres del Estado de Quintana Roo, en el ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo 10, Fracción XI del Decreto Número 95, emitido por la Honorable II
Más detallesEL CONSEJO SUPERIOR DE LA. En uso de las atribuciónes que le confiere el artículo 23.2 del Estatuto Orgánico de la Universidad Nueva Esparta,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NUEVA ESPARTA En uso de las atribuciónes que le confiere el artículo 23.2 del Estatuto Orgánico de la Universidad Nueva Esparta, DICTA EL SIGUIENTE REGLAMENTO DE BECAS
Más detallesREGLAS DE OPERACIÓN del Programa de Becas Económicas CONSIDERANDO
REGLAS DE OPERACIÓN del Programa de Becas Económicas CONSIDERANDO Que es importante otorgar becas con el propósito de apoyar los programas de formación educativa y personal, ampliar las oportunidades educativas
Más detallesLINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYOS ECONÓMICOS PARA LA MOVILIDAD ACADÉMICA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE SONORA
LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE APOYOS ECONÓMICOS PARA LA MOVILIDAD ACADÉMICA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE SONORA Título Primero. De los apoyos del Fondo Económico para la Movilidad e Intercambio
Más detallesAutor Fecha Creación Actualización Vicerrectoría Académica Diciembre 2000 Diciembre 2012 TÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
Reglamento General de Becas Autor Fecha Creación Actualización Vicerrectoría Académica Diciembre 2000 Diciembre 2012 TÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES SU RÉGIMEN, COMPROMISO Y DEFINICIÓN Artículo
Más detallesCONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL PRIMERA PROMOCIÓN 2016 RENOVACIÓN
CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL PRIMERA PROMOCIÓN 2016 RENOVACIÓN El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (COMECYT) y con fundamento en los numerales
Más detallesOFICINA DEL ABOGADO GENERAL. Reglamento de Becas de la Universidad Autónoma del Estado de México.
Reglamento de Becas de la Universidad Autónoma del Estado de México. Reglamento de Becas de la Universidad Autónoma del Estado de México. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Universidad Autónoma del Estado de México,
Más detallesCONSIDERANDO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR. CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
EL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 9 FRACCIÓN X, DE LA LEY PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA
Más detallesC O N S I D E R A N D O S
ACUERDO 10/2004 DEL RECTOR GENERAL MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECEN LAS BECAS PARA ALUMNOS QUE CURSARÁN EL ÚLTIMO AÑO DE LICENCIATURA, DURANTE EL PERIODO ESCOLAR 2004 2005 DR. LUIS MIER Y TERÁN CASANUEVA
Más detallesREGLAMENTO VIGENCIA: CICLO ESCOLAR
REGLAMENTO VIGENCIA: CICLO ESCOLAR 2017-2018 NATURALEZA Y FINALIDAD DEL APOYO ECONÓMICO A ESTUDIANTES ARTÍCULO 1º. El programa de Becas y/o Apoyo económico otorga a los estudiantes de alto nivel académico
Más detallesArtículo 4. De acuerdo a las normas que la Secretaria de Educación Pública ha fijado para el otorgamiento de Becas, se tomará en cuenta:
REGLAMENTO DE BECAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Para efecto del presente Reglamento, se entiende por Beca la aportación económica que una persona u organización otorga, para ayudar en
Más detallesREGLAMENTO DE PAGOS Y APOYOS ECONÓMICOS PARA LICENCIATURAS Y POSGRADOS
REGLAMENTO DE PAGOS Y APOYOS ECONÓMICOS PARA LICENCIATURAS Y POSGRADOS PRESENTACIÓN Y OBJETIVOS La Universidad Marista de Guadalajara fiel a su compromiso de atención a estudiantes talentosos pero desfavorecidos,
Más detallesLineamientos para el funcionamiento del Comité Técnico, Grupo Permanente de Trabajo y Comités Estatales del Programa de Empleo Temporal
Lineamientos para el funcionamiento del Comité Técnico, Grupo Comités Estatales del Programa de Empleo Temporal Ejercicio Fiscal 2012 Con fundamento en los artículos 32, 32 bis, 36 y 40 de la Ley Orgánica
Más detallesREGLAMENTO VIGENCIA: CICLO ESCOLAR NATURALEZA Y FINALIDAD DEL APOYO ECONÓMICO A ESTUDIANTES
REGLAMENTO VIGENCIA: CICLO ESCOLAR 2018-2019 NATURALEZA Y FINALIDAD DEL APOYO ECONÓMICO A ESTUDIANTES ARTÍCULO 1º. El programa de Becas y/o Apoyo económico otorga a los estudiantes de alto nivel académico
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DEL ESTADO DE MORELOS
REGLAMENTO DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DEL ESTADO DE MORELOS Fecha de Aprobación: 19/04/2012 Por H. Junta Directiva. Fecha de Publicación: En proceso CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo
Más detallesREGLAMENTO VIGENCIA: CICLO ESCOLAR NATURALEZA Y FINALIDAD DEL APOYO ECONÓMICO A ESTUDIANTES
REGLAMENTO VIGENCIA: CICLO ESCOLAR 2018-2019 NATURALEZA Y FINALIDAD DEL APOYO ECONÓMICO A ESTUDIANTES ARTÍCULO 1º. El programa de Becas y/o Apoyo económico otorga a los estudiantes de alto nivel académico
Más detallesPUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚM. EXT. 393 DE FECHA 27 DE NOVIEMBRE DE 2008.
PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚM. EXT. 393 DE FECHA 27 DE NOVIEMBRE DE 2008. UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE GUTIÉRREZ ZAMORA El Honorable Consejo Directivo de la Universidad Tecnológica de Gutiérrez
Más detallesTEXTO ORIGINAL. N. DE E. CONTIENE LA FE DE ERRATAS PUBLICADA EN EL PERIODICO OFICIAL EL 24 DE MARZO DE 2011.
REGLAMENTO INTERNO DEL COMITE DE VALIDACION PARA EL OTORGAMIENTO DE AYUDAS FUNCIONALES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE MEXICO TEXTO ORIGINAL.
Más detallesPrograma Estímulos a la Educación Básica
Programa Estímulos a la Educación Básica 1. INTRODUCCIÓN El Programa Estímulos a la Educación Básica se ha concebido como un programa de Justicia Social, mediante el otorgamiento de Becas, consistentes
Más detallesBECAS PARA LA EDUCACION SUPERIOR (PRONABES) CONVOCATORIA CICLO ESCOLAR
BECAS PARA LA EDUCACION SUPERIOR (PRONABES) CONVOCATORIA CICLO ESCOLAR 2012 2013 Con el objeto de propiciar que las y los estudiantes en situación económica adversa, pero con deseos de superación puedan
Más detallesLineamiento Interno Becas de Idiomas Becas Proulex
Becas Proulex 08/02/2013 Coordinación de Servicios Estudiantiles Unidad de Apoyos Económicos Entra en vigor para su aplicación el día 08 de mes de febrero de 2013, fecha en que fue aceptado por El Comité
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE INFORMACIÓN DEL SISTEMA DE AUTOPISTAS, AEROPUERTOS, SERVICIOS CONEXOS Y AUXILIARES DEL ESTADO DE MÉXICO.
REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE INFORMACIÓN DEL SISTEMA DE AUTOPISTAS, AEROPUERTOS, SERVICIOS CONEXOS Y AUXILIARES DEL ESTADO DE MÉXICO. Capítulo I Disposiciones generales Artículo 1.- El presente reglamento
Más detallesPROGRAMA DE BECAS PARA ESTUDIOS DE POSGRADO EN LA UNAM
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SECRETARÍA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL COORDINACIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO PROGRAMA DE BECAS PARA ESTUDIOS DE POSGRADO EN LA UNAM La Coordinación de Estudios de
Más detallesREGLAMENTO VIGENCIA: CICLO ESCOLAR
REGLAMENTO VIGENCIA: CICLO ESCOLAR 2014-2015 NATURALEZA Y FINALIDAD DEL APOYO ECONÓMICO A ESTUDIANTES ARTÍCULO 1º. El programa de Becas y/o Apoyo económico otorga a los estudiantes de alto nivel académico
Más detallesUNIVERSIDAD POPULAR AUTÓNOMA DE VERACRUZ REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO TÉCNICO ACADÉMICO
PUBLICADO: G.O.E., JUEVES 2 DE JUNIO DE 2016 NÚM EXT. 220, TOMO UNIVERSIDAD POPULAR AUTÓNOMA DE VERACRUZ REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO TÉCNICO ACADÉMICO LA H. JUNTA DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD POPULAR
Más detallesREGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE YUCATÁN
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE YUCATÁN TEXTO ORIGINAL. Reglamento publicado en el Diario Oficial del Estado de Yucatán, el lunes 20
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
ABIERTA Y EDUCACIÓN A DISTANCIA SECCIÓN ESCOLAR. 2012 ABIERTA Y EDUCACIÓN A DISTANCIA CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículo 1o.- El ingreso, la permanencia y los exámenes en el Sistema Universidad
Más detallesREGLAMENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES
REGLAMENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES REGLAMENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
La Junta Directiva del Instituto Tecnológico Superior de Cajeme con fundamento en lo establecido por los artículos 56 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora y 7 fracción IV del Decreto
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE INFORMACIÓN DEL FIDEICOMISO PARA LA CINETECA NACIONAL.
Con fundamento en los artículos 29 y 30 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública Gubernamental, el Comité de Información del Fideicomiso para la Cineteca Nacional, aprueba el:
Más detallesREGLAMENTO DEL COMITÉ DE VINCULACIÓN DE LAS ESCUELAS DE ARTES Y OFICIOS DEL INSTITUTO DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO PARA EL TRABAJO INDUSTRIAL
REGLAMENTO DEL COMITÉ DE VINCULACIÓN DE LAS ESCUELAS DE ARTES Y OFICIOS DEL INSTITUTO DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO PARA EL TRABAJO INDUSTRIAL Título Primero Capítulo Primero Del Comité de Vinculación
Más detallesR e s u m e n La lectura de este resumen no exime de la responsabilidad de leer la Convocatoria completa.
Beca Fundación ITSON-Club Rotario ITSON Enero 2018 1 Beca Fundación ITSON-Club Rotario de Obregón Para estudiantes de nuevo ingreso o que estén cursando Licenciatura o Profesional Asociado de cualquier
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS Y BECARIOS
REGLAMENTO DE BECAS Y BECARIOS COLEGIO AMERICANO DE SAN CARLOS REGLAMENTO BECAS Y BECARIOS INTRODUCCIÓN El contenido de este documento constituye el marco general para la Legislación Académica y Administrativa
Más detallesLINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS A LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL.
LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS A LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL. INDICE PRESENTACIÓN OBJETIVOS DE LOS LINEAMIENTOS CONTENIDO CAPÍTULO
Más detallesCONVOCATORIA ANUAL DE BECAS 2016
CONVOCATORIA ANUAL DE BECAS 2016 Licenciatura en Comunicación Licenciatura en Administración El Colegio de Estudios Superiores de México (CESM), Institución de Educación Superior Privada con Reconocimiento
Más detallesSer estudiantes regulares, inscritos en alguno de los programas educativos que se imparten en esta Casa de Estudios.
2.4 BECAS Con el objetivo de brindar a los estudiantes un apoyo permanente, así como fomentar el interés en su superación personal, para el mejor desempeño en su vida profesional, procurando su permanencia
Más detallesREGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DEL PATRONATO DEL ESTUDIANTE SUDCALIFORNIANO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL PATRONATO DEL ESTUDIANTE SUDCALIFORNIANO, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 10 DE LA LEY QUE CREA AL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO PATRONATO DEL ESTUDIANTE
Más detallesMANUAL DE INTEGRACIÓN Y OPERACIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL.
1. DISPOSICIONES GENERALES 1.1 Objetivo El presente Manual tiene como propósito establecer la organización y funcionamiento del Comité de Transparencia del Instituto de Acceso a la Información Pública
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DE DIFUSION CULTURAL. Capítulo I De la Naturaleza, los Objetivos y las Funciones
REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DE DIFUSION CULTURAL Capítulo I De la Naturaleza, los Objetivos y las Funciones Artículo 1. De acuerdo a lo establecido en el Estatuto General, el Consejo de Difusión Cultural
Más detallesCOLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE VERACRUZ PROGRAMA JÓVENES ADELANTE REGLAS DE OPERACION
COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE VERACRUZ PROGRAMA JÓVENES ADELANTE REGLAS DE OPERACION DISPOSICIONES GENERALES El Programa Jóvenes Adelante cuenta con reglas de operación, para poder llevar a cabo
Más detallesAÑO SABATICO LINEAMIENTOS PROVISIONALES PARA SU OTORGAMIENTO CAPITULO I DEFINICION, NATURALEZA, SUJETOS Y OBJETO
AÑO SABATICO LINEAMIENTOS PROVISIONALES PARA SU OTORGAMIENTO CAPITULO I DEFINICION, NATURALEZA, SUJETOS Y OBJETO PRIMERO. La Universidad Autónoma de Coahuila en ejercicio de las facultades que le confiere
Más detallesDESTINATARIOS. SEGUNDA - DE LAS RESTRICCIONES No podrán participar en el programa de becas los alumnos que:
La Escuela de Derecho Ponciano Arriaga, a través del Comité de Becas, Convoca A participar en el programa integral de becas en sus modalidades: sostenimiento, alimentación y transportación. OBJETIVO Con
Más detallesLineamiento de Becas
La H. Junta Directiva del Instituto de Capacitación, con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 13 fracción VI y 15 fracción II, XII del Decreto gubernativo número 188, segunda parte, publicado en el Periódico
Más detallesCONSIDERANDO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR. CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
EL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 9 FRACCIÓN X, DE LA LEY PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA
Más detallesDECRETO POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN DE CAMBIO CLIMÁTICO EN SONORA
DECRETO POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN DE CAMBIO CLIMÁTICO EN SONORA Artículo 1.- Se crea la Comisión de Cambio Climático en Sonora como una instancia de coordinación y concertación de acciones, así como
Más detallesReglamento Interior del Comité de Simplificación y Modernización Administrativa para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal
Reglamento Interior del Comité de Simplificación y Modernización Administrativa para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal Documento de consulta Ultima reforma aplicada 26 de
Más detallesCAMPUS SAN LUIS POTOSI
REGLAMENTO DE BECAS CAMPUS SAN LUIS POTOSI L a Universidad del Valle de México tiene el firme compromiso de brindarle a sus estudiantes de alto nivel académico y con bajos recursos económicos, un Sistema
Más detallesPOLÍTICAS DE PAGO 2016
POLÍTICAS DE PAGO POLÍTICAS DE PAGO 2016 MEJORAR EL PRESENTE PENSANDO EN EL FUTURO 1.- OBJETIVO GENERAL Estandarizar criterios y procedimientos en las políticas de pago de los estudiantes de la Universidad
Más detallesAcuerdo 02/2018 del Rector General. Vol. XXIV Núm ISSN X
Acuerdo 02/2018 del Rector General Vol. XXIV Núm. 25 26 02 2018 ISSN1405-177X ACUERDO 02/2018 DEL RECTOR GENERAL PARA OTORGAR LAS BECAS PREVISTAS EN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL DE BECAS
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE LA RED DE EDUCACIÓN CONTINUA ANTECEDENTES
REGLAMENTO INTERNO DE LA RED DE EDUCACIÓN CONTINUA ANTECEDENTES Mediante Acuerdo Rectoral del 23 de mayo de 2013, la Red de Educación Continua (REDEC), quedó adscrita a la Secretaría de Desarrollo Institucional,
Más detallesCONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL NUEVAS Y RENOVACIÓN 2015
CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL NUEVAS Y RENOVACIÓN 2015 El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (COMECYT) y con fundamento en los numerales 5,
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE BECAS COMPLEMENTARIAS PARA ESTUDIANTES DE POSGRADO. CAPITULO I. Disposiciones Generales
REGLAMENTO INTERNO DE BECAS COMPLEMENTARIAS PARA ESTUDIANTES DE POSGRADO CAPITULO I. Disposiciones Generales Artículo 1. Artículo 2. El presente Reglamento establece las bases y fija los lineamientos para
Más detallesCONVOCATORIA CIENCIA NUEVA Y HUMANISMO QUE TRANSFORMA UAEM, 2013
CONVOCATORIA CIENCIA NUEVA Y HUMANISMO QUE TRANSFORMA UAEM, 2013 La (SIEA) con fundamento en el Reglamento de la Investigación Universitaria de la Universidad Autónoma del Estado de México, con el objetivo
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL ESTADO DE ZACATECAS
REGLAMENTO INTERNO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL ESTADO DE ZACATECAS TEXTO ORIGINAL. Reglamento publicado en el Suplemento del Periódico
Más detallesREGLAMENTO DEL H. CONSEJO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ
REGLAMENTO DEL H. CONSEJO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ 1 H. CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ, SECRETARÍA DEL H. CONSEJO UNIVERSITARIO, EXPEDIDO
Más detallesInstituto de Acceso a la Información Pública del D.F. Dirección de Capacitación y Cultura de la Transparencia
REGLAMENTO DE BECAS PARA TRABAJADORES DE CONFIANZA DE LA SEMARNAT Instituto de Acceso a la Información Pública del D.F. Dirección de Capacitación y Cultura de la Transparencia I N D I C E PRESENTACIÓN
Más detallesREGLAMENTO DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD POLITECNICA DE TLAXCALA
REGLAMENTO DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD POLITECNICA DE TLAXCALA San Pedro Xalcaltzinco, Tepeyanco, Tlax. REGLAMENTO DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS
Más detallesCONVOCATORIA DE BECAS PARA LA PRIMERA GENERACIÓN
CONVOCATORIA DE BECAS PARA LA PRIMERA GENERACIÓN En los últimos años en el Estado se han realizado importantes esfuerzos por construir, desarrollar y atender una educación con igualdad de oportunidades,
Más detallesArtículo 2. Para los efectos de este Reglamento, se entenderá por:
REGLAMENTO DE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE LA REGIÓN RIBEREÑA Título Primero De los derechos, obligaciones y, en su caso, sanciones Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1. El objeto
Más detallesReglamento de Becas de la Universidad Aeronáutica en Querétaro. Capítulo I Disposiciones Generales
Reglamento de Becas de la Universidad Aeronáutica en Querétaro Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1.- El presente reglamento tiene por objeto establecer los mecanismos para el otorgamiento de
Más detallesREGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES.
REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento
Más detallesReglamento de Prácticas Profesionales. Aprobado el 14 de agosto de 2014
Reglamento de Prácticas Profesionales Aprobado el 14 de agosto de 2014 Leyes y Reglamentos de la Universidad Autónoma de Nuevo León Reglamento de Prácticas Profesionales -1 Reglamento de Prácticas Profesionales
Más detallesREGLAMENTO DE LAS ACADEMIAS DE PROFESORES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE LAS ACADEMIAS DE PROFESORES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Este Reglamento tiene por objeto regular la integración, funcionamiento y atribuciones de las Academias de Profesores
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS 1
REGLAMENTO DE BECAS 1 REGLAMENTO DE BECAS CAPÍTULO I DE LA FUNDAMENTACIÓN ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento tiene su fundamento en el artículo 6 fracción X de la Ley Orgánica y en el artículo 17 fracción
Más detallesCHAPINGO UNIVERSIDAD AUTÓNOMA LINEAMIENTOS SOBRE PLANES DE REGULARIZACIÓN Y DE MOVILIDAD DE ALUMNOS
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA Enseñar la explotación de la tierra, No la del hombre CHAPINGO SUBDIRECCIÓN DE PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN ESCOLAR LINEAMIENTOS SOBRE PLANES DE REGULARIZACIÓN
Más detallesC O N S I D E R A N D O
ACUERDO 07/2005 DEL RECTOR GENERAL MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECEN LAS BECAS PARA ALUMNOS QUE CURSARÁN EL ÚLTIMO AÑO DE LICENCIATURA, DURANTE EL PERIODO ESCOLAR 2005 2006 DR. LUIS MIER Y TERÁN CASANUEVA
Más detallesCONSIDERANDO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DE SALUD DEL ESTADO DE MEXICO. CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
EL CONSEJO DE SALUD DEL ESTADO DE MÉXICO, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 2.9 Y 2.10 FRACCIÓN XII, DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO Y 8 DEL REGLAMENTO DE SALUD DEL ESTADO
Más detallesREGLAMENTO DEL SISTEMA ESTATAL DE PREVENCIÓN, ATENCIÓN, SANCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES
REGLAMENTO DEL SISTEMA ESTATAL DE PREVENCIÓN, ATENCIÓN, SANCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Página 1 Las y los CC. Miembros del Sistema Estatal de Prevención, atención, sanción y
Más detallesC O N S I D E R A N D O
LA H. JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO MEXIQUENSE DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 3.58 FRACCIÓN XVIII DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO
Más detalles