AÑO septiembre S U M A R I O SE PUBLICA TODOS LOS DÍAS, EXCEPTO SÁBADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS ADMINISTRACIÓN LOCAL: ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO:

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1 M A R T E S 24 septiembre AÑO 2013 D. L. CC PROVINCIA DE CÁCERES N.º 184 SE PUBLICA TODOS LOS DÍAS, EXCEPTO SÁBADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS S U M A R I O ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO: - Ministerio del Interior.- Dirección General de la Policía.- Comisaría Provincial: Cáceres: Notificación a Belkis Lorena Pérez Rivera y otros. Págs Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente: Madrid: Cánones de regulación y Tarifas utilización agua Pág. 2. Págs Ministerio de Empleo y Seguridad Social.- Servicio Público de Empleo Estatal: Cáceres: Resolución pérdida del derecho y reintegro ayuda económica. Págs Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social: Cáceres: Notificación a BAHIA, S.L. y otro. Págs Instituto Nacional de Estadísticas.- Delegación Provincial: Huelva: Notificación a RESTAURANTE TUNEL DEL HADA SL. Pág. 8. ADMINISTRACION DE JUSTICIA: ADMINISTRACIÓN LOCAL: - Diputación Provincial: Cáceres: Reglamento Servicio Teleasistencia. Págs Ayuntamientos: Cáceres: Procedimiento abierto enajenación terrenos. Págs Alagón del Río: Aprobación definitiva expediente modificación créditos. Págs Majadas de Tiétar: Exposición pública Cuenta general Pág. 30. Eljas: Aprobación modificación Ordenanza. Pág. 30. Robledillo de Trujillo: Ejecución obras Cementerio Municipal. Pág. 30. Huélaga: Aprobación inicial expediente modificación créditos. Pág. 30. Valencia de Alcántara: Aprobación definitiva aprobados plaza Administrativo. Págs Arroyo de la Luz: Notificación iniciación expediente sancionador. Págs Juzgado de lo Social - 1: Cáceres: Procedimiento Ordinario 209/2013. Págs Juzgado de lo Social - 3: Plasencia: Ejecución 176/ Págs Plasencia: Ejecución 198/ Págs Plasencia: Ejecución 153/ Págs ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA: - Junta de Extremadura.- Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo: Mérida: Citación levantamiento actas previas expropiación forzosa. Págs SUSCRIPCIÓN: GRATUITA: Página Web: PUNTO DE SUSCRIPCIÓN Y ENVÍO DE EDICTOS: Administración del B.O.P.: Ronda San Francisco, n.º Cáceres Teléfono: 927/ Fax: 927/ E - mail: bopcaceres@dip-caceres.es Página Web: ANUNCIOS POR PALABRAS: Tramitación ordinaria: Por cada palabra, abreviatura, número o grupo de números individualizado: (0,10 euros). Tramitación urgente (en 72 horas): Su importe será el doble de inserciones ordinarias. ADVERTENCIA.- Todas las inserciones que no tengan carácter gratuito serán de pago previo, es decir, los sujetos pasivos de la tasa ingresarán, previamente a la publicación de los anuncios o edictos, las cantidades que les sean liquidadas.

2 Página 2 Martes 24 Septiembre N.º 184 MINISTERIO DEL INTERIOR DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA B.O. DE CÁCERES JEFATURA SUPERIOR DE POLICÍA DE EXTREMADURA COMISARÍA DE PROVINCIAL DE CÁCERES EDICTO No habiendo sido posible notificar a Belkis Lorena Pérez Rivera, con N.I.E. Y Z, la incoación de expediente administrativo sancionador núm. 267/2013, iniciado por la Comisaría Provincial del Cuerpo-Nacional de Policía de Cáceres con fecha , cuya parte dispositiva dice: SE REALIZA LA SIGUIENTE INCOACIÓN DE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO SANCIONADOR DE MULTA a Belkis Lorena Pérez Rivera, como responsable de la infracción prevista en el art. 52.a) de la L.O. 4/2000 de 11 de enero, modificada por la L.O. 2/2009, de 11 de diciembre, siendo la sanción que puede llegar a imponerse una multa en cuantía de hasta 500 euros. Comuníquense el presente acuerdo al órgano instructor, con traslado de todas las actuaciones practicadas \ notifíquese al interesado, con las menciones expresas legalmente establecidas. Cáceres, 21 de agosto de EL INSPECTOR-JEFE, JEFE ACCTAL. Fdo. Luis Calleja Pascual. Lo que en cumplimiento de lo dispuesto se da traslado a Ud. para su conocimiento y demás efectos en aplicación de lo dispuesto en el artículo 136 del Reglamento de Ejecución de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, de Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social, modificada por las Leyes Orgánicas 8/2000, de 22 de diciembre, 11/2003 de 29 de septiembre, 14/2003 de 20 de noviembre y 2/2009, de 11 de diciembre aprobada por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (B.O.E. núm. 103 de 30 de abril de 2011), advirtiéndole que al amparo de los dispuesto en el apartado 1, párrafo 2 del citado precepto, dispone de un plazo de diez días a contar desde el siguiente al de la recepción del presente acuerdo para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse, significándole que transcurrido dicho plazo se formulará propuesta de resolución que será remitida directamente y sin más trámite al Órgano competente para su resolución. Cáceres a 21 de agosto de EL INSTRUCTOR, Fdo Habiendo resultado fallida la notificación del mismo por dirección incorrecta y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por el Ley 4/99, de 13 de enero, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se efectúa la presente notificación a fin de que surta los efectos prevenidos en la Ley. El Comisario, Jefe Provincial, Luis Ochagavía Sánchez EDICTO No habiendo sido posible notificar a Guoji ZHOU, con N.I.E. X B, la incoación de expediente administrativo sancionador núm. 272/2013, iniciado por la Comisaría Provincial del Cuerpo-Nacional de Policía de Cáceres con fecha , cuya parte dispositiva dice: SE REALIZA LA SIGUIENTE INCOACIÓN DE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO SANCIONADOR DE MULTA a Guoji ZHOU, como responsable de la infracción prevista en el art. 52.a) de la L.O. 4/2000 de 11 de enero, modificada por la L.O. 2/2009, de 11 de diciembre, siendo la sanción que puede llegar a imponerse una multa en cuantía de hasta 500 euros. Comuníquense el presente acuerdo al órgano instructor, con traslado de todas las actuaciones practicadas \ notifíquese al interesado, con las menciones expresas legalmente establecidas. Cáceres, 28 de agosto de EL INSPECTOR-JEFE, JEFE ACCTAL. Fdo. Luis Calleja Pascual. Lo que en cumplimiento de lo dispuesto se da traslado a Ud. para su conocimiento y demás efectos en aplicación de lo dispuesto en el artículo 136 del Reglamento de Ejecución de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, de Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social, modificada por las Leyes Orgánicas 8/2000, de 22 de diciembre, 11/2003 de 29 de septiembre, 14/2003 de 20 de noviembre y 2/2009, de 11 de diciembre aprobada por Real

3 B.O. DE CÁCERES Martes 24 Septiembre N.º 184 Página 3 Decreto 557/2011, de 20 de abril (B.O.E. núm. 103 de 30 de abril de 2011), advirtiéndole que al amparo de los dispuesto en el apartado 1, párrafo 2 del citado precepto, dispone de un plazo de diez días a contar desde el siguiente al de la recepción del presente acuerdo para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse, significándole que transcurrido dicho plazo se formulará propuesta de resolución que será remitida directamente y sin más trámite al Órgano competente para su resolución. Cáceres a 28 de agosto de EL INSTRUCTOR, Fdo Habiendo resultado fallida la notificación del mismo por dirección incorrecta y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por el Ley 4/99, de 13 de enero, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se efectúa la presente notificación a fin de que surta los efectos prevenidos en la Ley. El Comisario, Jefe Provincial, Luis Ochagavía Sánchez EDICTO No habiendo sido posible notificar a Hicham BENMER, con N.I.E. X C, la incoación de expediente administrativo sancionador núm. 274/2013, iniciado por la Comisaría Provincial del Cuerpo-Nacional de Policía de Cáceres con fecha , cuya parte dispositiva dice: SE REALIZA LA SIGUIENTE INCOACIÓN DE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO SANCIONADOR DE MULTA a Hicham BENMER, como responsable de la infracción prevista en el art. 52.a) de la L.O. 4/2000 de 11 de enero, modificada por la L.O. 2/2009, de 11 de diciembre, siendo la sanción que puede llegar a imponerse una multa en cuantía de hasta 500 euros. Comuníquense el presente acuerdo al órgano instructor, con traslado de todas las actuaciones practicadas \ notifíquese al interesado, con las menciones expresas legalmente establecidas. Cáceres, 29 de agosto de EL INSPECTOR-JEFE, JEFE ACCTAL. Fdo. Luis Calleja Pascual. Lo que en cumplimiento de lo dispuesto se da traslado a Ud. para su conocimiento y demás efectos en aplicación de lo dispuesto en el artículo 136 del Reglamento de Ejecución de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, de Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social, modificada por las Leyes Orgánicas 8/2000, de 22 de diciembre, 11/2003 de 29 de septiembre, 14/2003 de 20 de noviembre y 2/2009, de 11 de diciembre aprobada por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (B.O.E. núm. 103 de 30 de abril de 2011), advirtiéndole que al amparo de los dispuesto en el apartado 1, párrafo 2 del citado precepto, dispone de un plazo de diez días a contar desde el siguiente al de la recepción del presente acuerdo para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse, significándole que transcurrido dicho plazo se formulará propuesta de resolución que será remitida directamente y sin más trámite al Órgano competente para su resolución. Cáceres a 29 de agosto de EL INSTRUCTOR, Fdo Habiendo resultado fallida la notificación del mismo por dirección incorrecta y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por el Ley 4/99, de 13 de enero, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se efectúa la presente notificación a fin de que surta los efectos prevenidos en la Ley. El Comisario, Jefe Provincial, Luis Ochagavía Sánchez EDICTO No habiendo sido posible notificar a Jianguo CHEN, con N.I.E. X M, la incoación de expediente administrativo sancionador núm. 271/2013, iniciado por la Comisaría Provincial del Cuerpo-Nacional de Policía de Cáceres con fecha , cuya parte dispositiva dice: SE REALIZA LA SIGUIENTE INCOACIÓN DE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO SANCIONADOR DE MULTA a Jianguo CHEN, como responsable de la infracción prevista en el art. 52.a) de la L.O. 4/2000 de 11 de enero, modificada por la L.O. 2/2009, de 11 de diciembre, siendo la sanción que puede llegar a imponerse una multa en cuantía de hasta 500 euros.

4 Página 4 Martes 24 Septiembre N.º 184 B.O. DE CÁCERES C10, SE REALIZA LA SIGUIENTE INCOACIÓN DE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO SANCIONADOR DE MULTA a Zuoen XIA, como responsable de la infracción prevista en el art. 52.a) de la L.O. 4/2000 de 11 de enero, modificada por la L.O. 2/2009, de 11 de diciembre, siendo la sanción que puede llegar a imponerse una multa en cuantía de hasta 500 euros. Comuníquense el presente acuerdo al órgano instructor, con traslado de todas las actuaciones practicadas \ notifíquese al interesado, con las menciones expresas legalmente establecidas. Cáceres, 28 de agosto de EL INSPECTOR-JEFE, JEFE ACCTAL. Fdo. Luis Calleja Pascual. Lo que en cumplimiento de lo dispuesto se da traslado a Ud. para su conocimiento y demás efectos en aplicación de lo dispuesto en el artículo 136 del Reglamento de Ejecución de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, de Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social, modificada por las Leyes Orgánicas 8/2000, de 22 de diciembre, 11/2003 de 29 de septiembre, 14/2003 de 20 de noviembre y 2/2009, de 11 de diciembre aprobada por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (B.O.E. núm. 103 de 30 de abril de 2011), advirtiéndole que al amparo de los dispuesto en el apartado 1, párrafo 2 del citado precepto, dispone de un plazo de diez días a contar desde el siguiente al de la recepción del presente acuerdo para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse, significándole que transcurrido dicho plazo se formulará propuesta de resolución que será remitida directamente y sin más trámite al Órgano competente para su resolución. Cáceres a 28 de agosto de EL INSTRUCTOR, Fdo Habiendo resultado fallida la notificación del mismo por dirección incorrecta y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por el Ley 4/99, de 13 de enero, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se efectúa la presente notificación a fin de que surta los efectos prevenidos en la Ley. El Comisario, Jefe Provincial, Luis Ochagavía Sánchez EDICTO No habiendo sido posible notificar a Chuantal LIN, con N.I.E. X V, la incoación de expediente administrativo sancionador núm. 273/2013, iniciado por la Comisaría Provincial del Cuerpo-Nacional de Policía de Cáceres con fecha , cuya parte dispositiva dice: SE REALIZA LA SIGUIENTE INCOACIÓN DE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO SANCIONADOR DE MULTA a Chuantal LIN, como responsable de la infracción prevista en el art. 52.a) de la L.O. 4/2000 de 11 de enero, modificada por la L.O. 2/2009, de 11 de diciembre, siendo la sanción que puede llegar a imponerse una multa en cuantía de hasta 500 euros. Comuníquense el presente acuerdo al órgano instructor, con traslado de todas las actuaciones practicadas \ notifíquese al interesado, con las menciones expresas legalmente establecidas. Cáceres, 28 de agosto de EL INSPECTOR-JEFE, JEFE ACCTAL. Fdo. Luis Calleja Pascual. Lo que en cumplimiento de lo dispuesto se da traslado a Ud. para su conocimiento y demás efectos en aplicación de lo dispuesto en el artículo 136 del Reglamento de Ejecución de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, de Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social, modificada por las Leyes Orgánicas 8/2000, de 22 de diciembre, 11/2003 de 29 de septiembre, 14/2003 de 20 de noviembre y 2/2009, de 11 de diciembre aprobada por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (B.O.E. núm. 103 de 30 de abril de 2011), advirtiéndole que al amparo de los dispuesto en el apartado 1, párrafo 2 del citado precepto, dispone de un plazo de diez días a contar desde el siguiente al de la recepción del presente acuerdo para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse, significándole que transcurrido dicho plazo se formulará propuesta de resolución que será remitida directamente y sin más trámite al Órgano competente para su resolución. Cáceres a 29 de agosto de EL INSTRUCTOR, Fdo Habiendo resultado fallida la notificación del mismo por dirección incorrecta y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por el Ley 4/99, de 13 de enero, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se efectúa la presente notificación a fin de que surta los efectos prevenidos en la Ley. El Comisario, Jefe Provincial, Luis Ochagavía Sánchez. 5525

5 B.O. DE CÁCERES Martes 24 Septiembre N.º 184 Página 5 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO INFORMACION PÚBLICA CANONES DE REGULACION PARA EL AÑO 2013 SISTEMA DEL AMBROZ De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (B.O.E ), se formulan los presentes Cánones de regulación de aplicación a los aprovechamientos de aguas beneficiados por las obras de regulación del Sistema del Ambroz durante el año Canon de regulación para beneficiarios de riego... 72,25 /ha - Canon de regulación para beneficiarios de abastecimiento y otros usos del agua, excepto los hidroeléctricos... 0, /m3 Estarán obligados al pago de estos Cánones todos los titulares de derechos al uso del agua beneficiados por las obras de regulación del Sistema del Ambroz. Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, las reclamaciones que estimen oportunas, en las Oficinas de la Confederación Hidrográfica del Tajo, sitas en la Avda. de Portugal, MADRID, o en las de Plasencia (Cáceres), Plaza de San Juan, 3, en las que estará de manifiesto el expediente completo durante el plazo indicado. También podrán presentarse las reclamaciones en las dependencias que señala el Art. 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Madrid, 19 de septiembre de El Secretario GeneraL, Juan Carlos Mérida Fimia SISTEMA DEL ÁRRAGO INFORMACIÓN PÚBLICA CÁNONES DE REGULACIÓN PARA EL AÑO 2013 De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de Abril (B.O.E ), se formulan los presentes Cánones de Regulación, de aplicación a los aprovechamientos de aguas beneficiados por las obras de regulación del Sistema del Árrago durante el año Canon de regulación para beneficiarios de riego...75,51 /ha 2.- Canon de regulación para beneficiarios de abastecimiento y otros usos del agua, excepto los hidroeléctricos...0, /m Canon de regulación para beneficiarios de uso hidroeléctrico...0, / kwh 4.- Canon de regulación para beneficiarios de uso no consuntivo...0, /m 3 Estarán obligados al pago de estos Cánones todos los titulares de derechos al uso del agua beneficiados por las obras de regulación del Sistema del Árrago. Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación

6 Página 6 Martes 24 Septiembre N.º 184 B.O. DE CÁCERES de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, las reclamaciones que estimen oportunas, en las Oficinas de la Confederación Hidrográfica del Tajo, sitas en Avda. de Portugal, MADRID, o en las oficinas de Plasencia (Cáceres) en Plaza de San Juan, 3, en las que estará de manifiesto el expediente completo durante el plazo indicado. También podrán presentarse las reclamaciones en las dependencias que señala el Art. 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Madrid, 17 de septiembre de El Secretario General, Juan Carlos Mérida Fimia ZONA REGABLE DEL ALAGÓN INFORMACIÓN PÚBLICA TARIFAS DE UTILIZACIÓN DEL AGUA PARA EL AÑO 2013 De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de Abril (B.O.E ), se formulan las presentes Tarifas de Utilización del Agua, de aplicación a los aprovechamientos de aguas que utilicen las obras hidráulicas de la Zona Regable del Alagón durante el año Tarifa de utilización del agua para usuarios de riego...87,84 /ha - Tarifa de utilización del agua para usuarios de abastecimiento y otros usos del agua...0, /m3 Estarán obligados al pago de estas Tarifas todos los titulares de derechos al uso del agua que utilicen las obras hidráulicas de la Zona Regable del Alagón. Independientemente de esta Tarifa los usuarios estarán obligados al pago del Canon de Regulación del Alagón, en las condiciones que en su cálculo se fijan. Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, las reclamaciones que estimen oportunas, en las Oficinas de la Confederación Hidrográfica del Tajo, sitas en la Avda. de Portugal, MADRID, o en las de Plasencia (Cáceres), Plaza de San Juan nº 3, en las que estará de manifiesto el expediente completo durante el plazo indicado. También podrán presentarse las reclamaciones en las dependencias que señala el Art. 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Madrid, 20 de septiembre de El Secretario General, Juan Carlos Mérida Fimia MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL RESOLUCION DE PÉRDIDA DEL DERECHO Y REINTEGRO DE LA AYUDA ECONÓMICA REGULADA EN EL PROGRAMA DE RECUALIFICACIÓN PROFESIONAL PREPARA. Por Real Decreto-Ley 1/2011, de 11 de febrero de 2011 (B.O.E. de 16 de febrero), del Servicio Público de Empleo Estatal, se determina la forma y plazos de presentación de solicitudes y de tramitación para la concesión de ayudas económicas de acompañamiento por la participación en el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su prestación por desempleo, prorrogada por Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto y desarrollada por Resoluciones de 15 de febrero de 2011, 30 de agosto de 2011 y de 15 de febrero de Vista la/s solicitud/es presentada/s por los/las interesados/as en relación adjunta y habiéndose observado todos los trámites del procedimiento y examinados los requisitos para el otorgamiento de la ayuda que se recogen en las Resoluciones indicadas, esta Dirección Provincial, por delegación del Director General del Servicio Público de Empleo Estatal conforme dispone el artículo octavo, número 2 de la citada resolución, quedan notificadas por este conducto las RESOLUCIONES DE PÉRDIDA DEL DERECHO Y REINTEGRO DE LA AYUDA ECONÓMICA REGULADA EN EL PROGRAMA DE RECUALIFICACIÓN PROFESIONAL PREPARA. (por incumplimiento de los requisitos exigidos en el art. 4 de la citada Resolución) que a continuación se relacionan, de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 4/99, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7 B.O. DE CÁCERES Martes 24 Septiembre N.º 184 Página 7 Se advierte a los interesados que contra las resoluciones que se notifican, podrán interponer Recurso de Alzada ante el Ministerio de Trabajo e Inmigración en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación, conforme a lo dispuesto en el número 3, del artículo octavo de la citada Resolución de 15 de febrero de 2011, en relación con el artículo 114 y siguientes de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En Cáceres a 19 de septiembre de de septiembre de EL DIRECTOR PROVINCIAL, Fdo: Luis Miguel García Maldonado RELACIÓN DE RESOLUCIONES DE EXTINCIÓN PÉRDIDA DEL DERECHO Y REINTEGRO DE LA AYUDA ECO- NÓMICA REGULADA EN EL PROGRAMA DE RECUALIFICACIÓN PROFESIONAL PREPARA. Apellidos y Nombre D.N.I. Último domicilio conocido Localidad Importe ILIA MIÑA LÓPEZ G AVDA. DE LA VERA, 105-2B VILLANUEVA VERA 53,25 FÁTIMA SÁNCHEZ V ISLA GUADALUPE, 6 B A CORIA 239,63 DOMÍNGUEZ ALEJANDRA PÉREZ CALVO V RIO JERTE, 1 3 C NAVALMORAL DE LA MATA 292, INSPECCION PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE CÁCERES EDICTO En esta Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, han sido devueltas por el Servicio de Correos, por diversas causas, las notificaciones de las actas más adelante reseñadas, cursadas mediante certificado con aviso de recibo. De conformidad con lo dispuesto en el Art de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E ), y para que sirva de notificación a los efectos legales, se relacionan a continuación para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PRO- VINCIA, figurando número del acta, nombre de los sujetos interesados, e importe en euros. De infracción en materia de seguridad social ACTA SUJETO/S INTERESADO/S SANCION I BAHIA, S.L. AVDA. VIRGEN GUADALUPE, ESQ. RUTA DE LA PLATA. CACERES ,00 Sanción no Pecuniaria Frente a las referidas actas, y en el plazo de QUINCE DÍAS, los interesados podrán formular, ante el órgano competente para realizar los actos de instrucción y ordenación del procedimiento sancionador, las alegaciones que estimen pertinentes en defensa de su derecho para lo cual, se encuentran a la vista de los interesados en la sede de esta Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, José Arcadio Buendía, CÁCERES. Fecha, a 18 de septiembre de El Jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Gonzalo González Tejedor EDICTO Se publica el presente EDICTO para que sirva de notificación a efectos legales, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la imposibilidad, por ausencia o ignorado paradero, de comunicarle la resolución del acta, levantadas a los sujetos responsables que a continuación se relacionan. El importe de las sanciones puede hacerse efectivo por los medios legalmente establecidos. Al mismo tiempo se advierte el derecho que les asiste para interponer Recurso de Alzada ante el órgano competente, en el plazo de UN MES, a partir del día siguiente al de esta notificación, a tenor de lo dispuesto en el artículo 114 y siguientes concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, con la advertencia que transcurrido dicho plazo, se continuará el procedimiento reglamentario, que concluye con su exacción por la vía de apremio.

8 Página 8 Martes 24 Septiembre N.º 184 B.O. DE CÁCERES De infracción por obstrucción en materia de seguridad social ACTA/S F. RESOLUCIÓN SUJETO/S INTERESADO/S SANCIÓN ORG. COMPONENTE I /07/2013 CARLOS TRILLA GRANDE. C/ POZO PRADO, 5-1º. VILLARES DE LA REINA, SALAMANCA ,00 Sanción no pecuaria Director General de la Inspección de Trabajo y S.S. Fecha, a 18 de septiembre de El Jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Gonzalo González Tejedor INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA DELEGACIÓN PROVINCIAL DEL DE HUELVA ANUNCIO De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se procede a requerir al obligado estadístico relacionado, al que ha sido imposible practicar la notificación por otros medios, para que cumpla con las obligaciones estadísticas recogidas en la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública. Para ello deberá presentar, en el plazo de 15 días naturales contados a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio, los datos requeridos relacionado en las Encuestas que en Anexo se citan, y cuyos cuestionarios se encuentran a su disposición en la Delegación Provincial de Huelva, sita en Calle Macías Belmonte nº Bajo. En caso de cualquier duda o aclaración puede llamar al teléfono 959/ o 959/541028, dentro del plazo mencionado. Transcurrido dicho plazo sin haber sido atendido el presente requerimiento, se procederá al inicio del correspondiente expediente sancionador de acuerdo con lo dispuesto en la citada Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública, y en su Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador, aprobado por el Real decreto 1572/1993, de 10 de septiembre. Anexo que se cita: Nombre ó Razón Social Localidad NIF Encuesta y periodo RESTAURANTE TUNEL DEL HADA SL RESTAURANTE TUNEL DEL HADA SL JERTE B INDICADORES DE ACTIVIDAD DEL SECTOR SERVICIOS. MAYO 2013 JERTE B INDICAD0RES DE ACTIVIDAD DEL SECTOR SERVICIOS. JULIO 2013 El Delegado Provincial, Enrique Jesús Muñoz JUZGADO DE LO SOCIAL - 1 CÁCERES EDICTO D.ª ANA MARÍA MAQUEDA PÉREZ DE ACEVEDO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 001 de CÁ- CERES, HAGO SABER: Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO /2013 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª MARÍA SOLEDAD SÁNCHEZ-HORNEROS CONEJERO contra la empresa sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución:

9 B.O. DE CÁCERES Martes 24 Septiembre N.º 184 Página 9 En la ciudad de Cáceres a 3 de julio de SENTENCIA Nº 194/ SU SEÑORÍA ILUSTRÍSIMA DON MARIANO MECERREYES JIMÉNEZ, Magistrado del Juzgado de lo Social nº 1 de Cáceres y de su Provincia, ha visto y oído los autos registrados con el número 209 / 2013 y que se siguen sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, en los cuales figuran como partes de un lado como demandante MARÍA SOLEDAD SÁNCHEZ HORNEROS CONEJERO y de otra como demandado INTEGRAL DE MANTENIMIENTO 12, S.L. y FOGASA. Comparece solo la parte actora, representada además por el abogado Sra. Rodríguez Sánchez FALLO ESTIMANDO la demanda interpuesta por MARÍA SOLEDAD SÁNCHEZ HORNEROS CONEJERO contra INTEGRAL DE MANTENIMIENTO 12, S.L. y en virtud de lo que antecede, condeno al demandado a que pague a la parte actora la suma de 837, 49 EUROS por el concepto principal así como la del 10 % por el concepto de mora. Impongo al condenado el pago de las costas por importe de CINCUENTA EUROS. ABSUELVO AL FOGASA rebus sic stantibus. Notifíquese esta sentencia a las partes con instrucción de que es FIRME Quede el original en el libro de sentencias y llévese testimonio del presente a los autos para su constancia y efectos. Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la instancia la pronuncio mando y firmo Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. En Cáceres, a tres de Julio de dos mil trece.- La Secretaria Judicial, Ana María Maqueda Pérez de Acevedo JUZGADO DE LO SOCIAL - 3 PLASENCIA D.ª M.ª AUXILIADORA CASTAÑO RAMOS, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 003 de PLASENCIA, HAGO SABER: Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES / de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª JORGE RUBIO MARTINEZ, CESAR RUBIO MARTINEZ, MIGUEL ANGEL RUBIO MO- RALES contra la empresa FRANJAL INTEGRAL DE SERVICIOS S.L., FOGASA sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución: Magistrado/a-Juez Sr/Sra. D/Dª. EVA MARIA LUMBRERAS MARTIN A U T O En PLASENCIA, a trece de Septiembre de dos mil trece. PARTE DISPOSITIVA Dispongo: Despachar orden general de ejecución sentencia a favor de la parte ejecutante, JORGE RUBIO MARTÍNEZ, CESAR RUBIO MARTÍNEZ, MIGUEL ÁNGEL RUBIO MORALES, frente a FRANJAL INTEGRAL DE SERVICIOS, S.L., FOGASA, parte ejecutada, por importe total de ,42 euros en concepto de principal (JORGE RUBIO MARTÍNEZ 3.556,49 euros, MIGUEL ANGEL RUBIO MORALES 3.743,09 euros y CÉSAR RUBIO MARTÍNEZ 3.375,84 euros), más otros 2.135,08 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

10 Página 10 Martes 24 Septiembre N.º 184 B.O. DE CÁCERES El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Secretario/a judicial, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los artículos y de la LJS Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N.3 abierta en BANESTO, cuenta nº 3142/0000/ debiendo indicar en el campo concepto, Recurso seguida del código 30 Social-Reposición. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el código 30 Social- Reposición. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe. EL/LA MAGISTRADO/A JUEZ EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL D E C R E T O Secretario/a Judicial D/Dª Mª. AUXILIADORA CASTAÑO RAMOS En PLASENCIA, a trece de Septiembre de dos mil trece PARTE DISPOSITIVA En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: - Requerir de pago a FRANJAL INTEGRAL DE SERVICIOS, S.L., FOGASA, por la cantidad reclamada en concepto de principal e intereses devengados, en su caso, hasta la fecha de la demanda, y, si no pagase en el acto, procédase al embargo de sus bienes en la medida suficiente para responder por la cantidad por la que se ha despachado ejecución más las costas de ésta, librándose al efecto. - Proceder al embargo de bienes y a las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los arts. 589 y 590 LEC. - Requerir a FRANJAL INTEGRAL DE SERVICIOS, S.L., FOGASA FOGASA, a fin de que en el plazo de diez días, manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas. - Consultar las aplicaciones informáticas del Órgano judicial para la averiguación de bienes del ejecutado. MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 186 LPL. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº abierta en BANESTO, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código 31 Social- Revisión. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida,

11 B.O. DE CÁCERES Martes 24 Septiembre N.º 184 Página 11 separados por un espacio con la indicación recurso seguida del código 31 Social- Revisión. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. En Plasencia, a dieciséis de septiembre de dos mil trece.- La Secretaria Judicial, M.ª Auxiliadora Castaño Ramos PLASENCIA EDICTO D.ª M.ª AUXILIADORA CASTAÑO RAMOS, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 003 de PLASENCIA, HAGO SABER: Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES / de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª LUIS ALBERTO GRANDE DOMINGUEZ contra la empresa ESTUDIO DE INGENIERIA TECNICA TOPOGRAFICA ALONSO S.L., sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta: PARTE DISPOSITIVA Dispongo: Despachar orden general de ejecución Decreto nº 217/2013 de fecha 26/07/2013 a favor de la parte ejecutante, LUIS ALBERTO GRANDE DOMINGUEZ, frente a ESTUDIO DE INGENIERIA TECNICA TOPOGRAFICA ALONSO S.L., parte ejecutada, por importe de 3.523,46 euros en concepto de principal, más otros 704,69 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación. El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Secretario/a judicial, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los artículos y de la LJS. Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N.3 abierta en BANESTO, cuenta nº 3142/0000/ debiendo indicar en el campo concepto, Recurso seguida del código 30 Social-Reposición. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el código 30 Social- Reposición. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe. EL/LA MAGISTRADO/A JUEZ EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

12 Página 12 Martes 24 Septiembre N.º 184 PARTE DISPOSITIVA B.O. DE CÁCERES En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: - Requerir de pago a ESTUDIO DE INGENIERÍA TÉCNICA TOPOGRÁFICA ALONSO, S.L., por la cantidad reclamada en concepto de principal e intereses devengados, en su caso, hasta la fecha de la demanda, y, si no pagase en el acto, procédase al embargo de sus bienes en la medida suficiente para responder por la cantidad por la que se ha despachado ejecución más las costas de ésta, debiendo hacer el ingreso en el Banco Banesto número de cuenta Requerir a ESTUDIO DE INGENIERÍA TÉCNICA TOPOGRÁFICA ALONSO, S.L., a fin de que en el plazo de 10 DIAS, manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas. - Consultar las aplicaciones informáticas del Órgano judicial para la averiguación de bienes del ejecutado. Para la práctica de las diligencias acordadas, respecto de la demandada ESTUDIO DE INGENIERÍA TÉCNICA TOPOGRÁFICA ALONSO, S.L., habiéndose acordado la no localización de la misma en el procedimiento monitorio nº 234/2013, del que dimana la presente ejecución, procédase a su realización por medio de EDICTOS. Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal. MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº 3142/0000/ abierta en BANESTO, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código 31 Social- Revisión de resoluciones Secretario Judicial. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación recurso seguida del 31 Social-Revisión de resoluciones Secretario Judicial. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL Y para que sirva de notificación en legal forma a ESTUDIO DE INGENIERIA TECNICA TOPOGRAFICA ALONSO S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de CACERES. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. En Plasencia, a dieciocho de septiembre de dos mil trece.- La Secretaria Judicial, M.ª Auxiladora Castaño Ramos. 5530

13 B.O. DE CÁCERES Martes 24 Septiembre N.º 184 Página 13 PLASENCIA EDICTO D/Dª Mª. AUXILIADORA CASTAÑO RAMOS, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 003 de PLASENCIA, HAGO SABER: Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES / de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª VALERIANO DE LA RUA DE LA CRUZ contra la empresa ESABE LIMPIEZAS INTEGRA- LES S.L., siendo parte FOGASA, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta: D E C R E T O Secretario/a Judicial D/Dª Mª. AUXILIADORA CASTAÑO RAMOS En PLASENCIA, a diecisiete de Septiembre de dos mil trece ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Que en el presente procedimiento seguido entre las partes, de una como ejecutante D. VALERIANO DE LA RUA DE LA CRUZ y de otra como ejecutado/a ESABE LIMPIEZAS INTEGRALES S.L., siendo parte FOGASA, se dictó resolución judicial despachando ejecución en fecha 25/06/13 para cubrir la cantidad de 1.522,25 euros de principal. SEGUNDO.- Se desconoce la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba. TERCERO.- En el procedimiento ETJ nº 63/13 seguido en este mismo órgano judicial se ha dictado Decreto de insolvencia de la ejecutada en fecha 2/5/13. CUARTO.- Se ha dado traslado a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial al objeto de que, en su caso designasen bienes o derechos susceptibles de embargo con el resultado que consta en las actuaciones. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO.- De conformidad con lo dispuesto en el art de la LJS, la declaración judicial de insolvencia de una empresa constituirá base suficiente para estimar su pervivencia en otras ejecuciones, sin necesidad de reiterar los trámites de averiguación de bienes establecidos en el art. 250 de esta Ley. SEGUNDO.- En el presente supuesto, cumplido el trámite de audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial, sin que por los mismos se haya señalado la existencia de nuevos bienes procede, sin más trámites, declarar la insolvencia total de la ejecutada. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, Acuerdo: PARTE DISPOSITIVA a) Declarar al/a los ejecutado/s ESABE LIMPIEZAS INTEGRALES, S.L., en situación de INSOLVENCIA TOTAL por importe de 1.522,25 euros, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional. b) Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial, una vez sea firme la presente resolución. c) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado. Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

14 Página 14 Martes 24 Septiembre N.º 184 B.O. DE CÁCERES MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº en el BANESTO debiendo indicar en el campo concepto, recurso seguida del código 31 Social-Revisión de resoluciones Secretario Judicial. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación recurso seguida del 31 Social-Revisión de resoluciones Secretario Judicial. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL Y para que sirva de notificación en legal forma a ESABE LIMPIEZAS INTEGRALES, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. En Plasencia, a diecisiete de septiembre de dos mil trece. - La Secretaria Judicial, M.ª Auxiladora Castaño Ramos GOBIERNO DE EXTREMADURA CONSEJERIA DE FOMENTO, VIVIENDA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y TURISMO. OBRA: E.D.A.R. Y COLECTORES EN ALMOHARÍN EXPROPIACIÓN FORZOSA CITACIÓN LEVANTAMIENTO DE ACTAS PREVIAS A LA OCUPACIÓN EN EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN FORZOSA DE TERRENOS PARA LA OBRA: E.D.A.R. Y COLECTORES EN ALMOHARÍN. Declarada urgente la ocupación de los bienes afectados por las obras de: E.D.A.R. Y COLECTORES EN ALMO- HARÍN, por acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 10 de septiembre de 2013, ha de procederse a la expropiación de terrenos por el procedimiento previsto en el art. 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa. En consecuencia esta Consejería ha resuelto convocar a los propietarios de los terrenos titulares de derecho que figuran en la relación que a continuación se expresa, los días y horas que se señalan. A dicho fin deberán asistir los interesados personalmente o bien representados por personas debidamente autorizadas para actuar en su nombre, aportando los documentos acreditativos de su titularidad, sin cuya presentación no se les tendrá por parte, el último recibo del I.B.I o certificación registral, pudiéndose acompañar, y a su costa, si así les conviene, de Perito o Notario. De conformidad con lo dispuesto en el art de la Ley de Expropiación Forzosa, los interesados, así como los que siendo titulares de derechos o intereses económicos directos sobre los bienes afectados que se hayan podido omitir, o se crean omitidos en la relación antes aludida, podrán formular ante esta Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo en Mérida, Av. de las Comunidades, s/n, por escrito, hasta el día señalado para el levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación, las alegaciones que consideren oportunas, a los efectos de subsanar posibles errores que involuntariamente hayan podido tener lugar al relacionar los bienes y derechos afectados. La presente publicación, a tenor de lo dispuesto en el art de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, servirá como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y a aquellos de los que se ignore su paradero. Mérida, 16 de septiembre de El Secretario General, (P.D. Resolución 26 de julio de 2011), Roberto Carballo Vinagre

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