BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO"

Transcripción

1 Núm. 116 Miércoles 13 de mayo de 2009 Sec. III. Pág III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN 8001 Orden CIN/1179/2009, de 8 de mayo, por la que se delegan competencias del titular del Ministerio de Ciencia e Innovación y se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento. El Real Decreto 542/2009, de 7 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, en su artículo 17.1, dispone que corresponde al Ministerio de Ciencia e Innovación la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores, así como la coordinación de los Organismos Públicos de investigación de titularidad estatal. Por su parte, el Real Decreto 640/2009, de 17 de abril, por el que se desarrolla el citado Real Decreto 542/2009, de 7 de abril, y se modifica el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos, ha venido a concretar los nuevos órganos superiores y directivos en los que se estructura el Ministerio de Ciencia e Innovación (MICINN). Asimismo, mientras no se produzca su modificación o derogación por otro real decreto, se ha de tener en cuenta la regulación establecida en el Real Decreto 1183/2008, de 11 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del MICINN, en lo que resulte aplicable, de acuerdo con la asignación de competencias a los órganos superiores y directivos creados en el Real Decreto 640/2009, de 17 de abril, que han asumido las de los órganos que han quedado suprimidos. Razones de eficacia, agilidad y coordinación en el ejercicio de las competencias atribuidas por el ordenamiento jurídico al Departamento y sus Organismos Públicos, aconsejan, dictar la presente delegación de competencias, sin perjuicio de las adaptaciones que, en su caso, resulten necesarias. Igualmente, mediante esta orden se aprueban las delegaciones que efectúan los órganos superiores y directivos del departamento, dándose publicidad de su contenido mediante la inclusión de las mismas en esta orden, por lo que se satisface así el requisito de publicación previsto en el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 13 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado; y en el artículo 20 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno. En su virtud, dispongo: Artículo 1. Objeto y alcance de la delegación de competencias. 1. Delegar el ejercicio de las competencias del titular del Departamento, incluidas en la presente orden ministerial, en los órganos superiores y directivos que se dispongan. 2. Aprobar las delegaciones del ejercicio de las competencias de los órganos superiores y directivos del Departamento, incluidas en la presente orden ministerial, en los órganos administrativos que se dispongan. 3. Las delegaciones de competencias contempladas en esta orden conllevan la delegación de todas las facultades para la ejecución completa de los procedimientos económicos y jurídicos necesarios para hacer efectiva la competencia principal. En consecuencia, se consideran delegadas en el mismo órgano, de manera complementaria y sin carácter exhaustivo, las siguientes competencias:

2 Núm. 116 Miércoles 13 de mayo de 2009 Sec. III. Pág º En materia de gestión económica, la aprobación y compromiso de gastos, el reconocimiento de obligaciones, la propuesta de ordenación de pagos y la expedición y firma de los documentos contables con cargo a los créditos asignados al servicio presupuestario correspondiente. 2.º En materia de reclamaciones y recursos, la resolución de reclamaciones, recursos de reposición y recursos extraordinarios de revisión, así como el recurso especial previsto en el artículo 37 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. 3.º En materia de ayudas, la cancelación de las garantías prestadas por los beneficiarios de todo tipo de ayudas públicas, las peticiones de reintegro, la resolución de las solicitudes y la resolución en casos de prescripción, renuncia del derecho, caducidad del procedimiento o desistimiento de la solicitud, la autorización de las modificaciones de las condiciones establecidas en la resolución de concesión, así como la desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento. 4.º En materia de comisiones de servicio con derecho a indemnización, la autorización del gasto asociado corresponderá al órgano que la designe según la presente orden. I. Delegación de competencias de gestión económica y presupuestaria Artículo 2. Delegación de competencias de gestión económica y presupuestaria del titular del departamento. 1. En el titular de la Subsecretaría de Ciencia e Innovación, las siguientes: a) La autorización de las modificaciones presupuestarias y la propuesta al Ministro de Economía y Hacienda de las demás modificaciones presupuestarias relativas al presupuesto del Departamento y de sus Organismos Públicos. b) La autorización, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, de la imputación a los créditos del ejercicio corriente de obligaciones generadas en ejercicios anteriores como consecuencia de compromisos de gastos adquiridos, de acuerdo con lo previsto en la normativa presupuestaria. c) La gestión económica de los créditos asignados al servicio presupuestario 01 del presupuesto de gastos del departamento. d) Las relativas a la regulación del sistema de caja fija y pagos a justificar. e) Las convocatorias de subvenciones públicas, préstamos, anticipos reintegrables y becas atribuidas al titular del Departamento, así como las resoluciones de concesión y suscripción de convenios reguladores o resoluciones que instrumenten las subvenciones nominativas, cuyo ejercicio no se delegue en otros órganos en al presente orden ministerial. 2. En los titulares de la Secretaría General de Innovación y de la Dirección General de Transferencia de Tecnología y Desarrollo Empresarial: a) La gestión económica de los créditos del presupuesto del Departamento asignados a sus respectivos servicios presupuestarios. b) La convocatoria de concesión de subvenciones públicas, préstamos, anticipos reintegrables y becas, así como las resoluciones de los procedimientos de concesión y la suscripción de convenios reguladores o resoluciones que instrumenten las subvenciones nominativas, en el ámbito de sus competencias y con cargo a los créditos de sus respectivos servicios presupuestarios. c) La gestión económica de las contribuciones españolas a los organismos y programas internacionales, en el ámbito de sus competencias y con cargo a sus respectivos servicios presupuestarios. 3. En el titular de la Secretaría General Técnica, la gestión económica de los créditos de su correspondiente servicio presupuestario. 4. En el titular de la Subdirección General de Personal, en el ámbito de las funciones que tiene atribuidas, la gestión económica de los créditos incluidos en el presupuesto del Departamento, referidos a retribuciones del personal.

3 Núm. 116 Miércoles 13 de mayo de 2009 Sec. III. Pág En el titular del Gabinete del titular del Departamento y en los titulares de las Subdirecciones Generales, la ordenación material de pago al cajero pagador, respecto a los créditos de su correspondiente servicio presupuestario, en los pagos realizados por los sistemas de anticipos de caja fija y de pagos a justificar, en los términos de las Órdenes ministeriales que se dicten en esta materia. 6. En el titular del Gabinete de la Secretaría General de Innovación, la gestión económica respecto de los créditos de su correspondiente servicio presupuestario hasta el importe correspondiente al contrato menor de la Ley 30/2007, de Contratos del sector Público. Artículo 3. Aprobación por el titular del Departamento de la delegación de competencias de gestión económica y presupuestaria del titular de la Secretaría de Estado de Investigación. 1. En los titulares de las Direcciones Generales dependientes, las siguientes: a) La gestión económica de los créditos del presupuesto del Departamento asignados a sus respectivos servicios presupuestarios. b) La convocatoria de concesión de subvenciones públicas, préstamos, anticipos reintegrables y becas, así como las resoluciones de los procedimientos de concesión y la suscripción de convenios reguladores o resoluciones que instrumenten las subvenciones nominativas, en el ámbito de sus competencias y con cargo a los créditos de sus respectivos servicios presupuestarios. c) La gestión económica de las contribuciones españolas a los organismos y programas internacionales, en el ámbito de sus competencias y con cargo a sus respectivos servicios presupuestarios. 2. En el titular del Gabinete de la Secretaría de Estado de Investigación, la gestión económica respecto de los créditos de su correspondiente servicio presupuestario, hasta el importe correspondiente al contrato menor de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público. 3. En los titulares de las subdirecciones generales o en los titulares de los puestos expresamente designados por la autoridad competente para la ordenación del gasto, la ordenación material de pago al cajero pagador, respecto a los créditos de su respectivo servicio presupuestario, en los pagos realizados por los sistemas de anticipos de caja fija y de pagos a justificar, en los términos de las ordenes ministeriales que se dicten en esta materia. 4. En el titular de la Dirección de la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva (ANEP), la reposición del anticipo de caja fija asignado a dicha Unidad, hasta el límite que se fije en las órdenes ministeriales que se dicten en esta materia. II. Delegación de competencias de contratación y de suscripción de acuerdos y convenios de colaboración Artículo 4. Delegación de competencias de contratación, suscripción de acuerdos y convenios de colaboración, y encomiendas de gestión del titular del departamento. 1. En los titulares de la Secretaría de Estado de Investigación y de la Secretaría General de Innovación, en el ámbito de sus respectivas competencias, el ejercicio de las encomiendas de gestión y la suscripción de acuerdos y convenios de colaboración con las comunidades autónomas, excepto los que se firmen por los Presidentes y Consejeros de las mismas, cuando estos no hubiesen delegado dicha competencia. 2. En el titular de la Subsecretaría de Ciencia e Innovación, la suscripción de acuerdos y encomiendas de gestión, así como los convenios de colaboración, incluidos los de comunidades autónomas, excepto aquellos que se firmen por los Presidentes y Consejeros de las mismas, cuando estos no hubiesen delegado dicha competencia, que no hayan sido atribuidos a otros órganos del Departamento o que afecten a más de un órgano del mismo.

4 Núm. 116 Miércoles 13 de mayo de 2009 Sec. III. Pág En el titular de la Secretaría General de Innovación, la contratación, en el ámbito de sus competencias 4. En el titular de la Dirección General de Transferencia de Tecnología y Desarrollo Empresarial, la contratación, en el ámbito de sus competencias, cuyo importe sea inferior a de euros de valor estimado, así como la suscripción de acuerdos y convenios de colaboración, y de encomiendas de gestión. 5. En el titular de la Subsecretaría de Ciencia e Innovación la contratación, en el ámbito de sus competencias, excepto cuando su ejercicio se haya delegado en otros órganos del Departamento. 6. En el titular de la Secretaría General Técnica, la contratación, en el ámbito de sus competencias y de su servicio presupuestario, cuyo importe sea inferior a euros de valor estimado. 7. En el titular de la Subdirección General de Administración Financiera, Régimen Interior e Inspección de Servicios, la contratación, en el ámbito de sus competencias, cuyo importe sea inferior a euros de valor estimado. 8. En el titular de la Subdirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la contratación, en el ámbito de sus competencias, cuyo importe sea inferior a euros de valor estimado. 9. En el titular de la Subdirección General de Personal, la contratación con cargo a los créditos destinados a los Programas de Acción Social, Formación, Planes de Pensiones y Seguros que afecten al personal del Departamento, cuyo importe sea inferior a euros de valor estimado. Artículo 5. Aprobación, por el titular del Departamento, de la delegación de competencias de contratación, suscripción de acuerdos y convenios de colaboración, y encomiendas de gestión del titular de la Secretaría de Estado de Investigación. 1. En los titulares de sus Direcciones Generales dependientes, en el ámbito de sus respectivas competencias, la contratación cuyo importe sea inferior a euros de valor estimado y la suscripción de acuerdos y convenios de colaboración, y de encomiendas de gestión. 2. En el titular del Gabinete de la Secretaría de Estado de Investigación la contratación, en el ámbito de sus competencias, hasta el importe del contrato menor establecido en la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público. III. Delegación de competencias en materia de personal Artículo 6. Delegación de competencias del titular del Departamento en materia de personal. 1. En los titulares de la Secretaría de Estado de Investigación, de la Secretaría General de Innovación y de la Subsecretaría de Ciencia e Innovación, la autorización del resarcimiento de los gastos que dan derecho a indemnización, según el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, del personal directivo bajo la dependencia funcional del titular del Departamento con rango de Director General o asimilado, que se encuentre adscrito orgánicamente a cada uno de ellos o se relacione administrativamente con el Ministerio a través suyo. Respecto del titular del Gabinete del titular del Departamento, la autorización del resarcimiento de los gastos que dan derecho a indemnización se delega en el titular de la Subsecretaría de Ciencia e Innovación. 2. En el titular de la Subsecretaría de Ciencia e Innovación, las competencias siguientes: a) La propuesta y ejecución de los planes de empleo del Ministerio y de los Organismos Públicos de él dependientes. b) La propuesta de relación de puestos de trabajo y la modificación de la existente, de acuerdo con la normativa vigente.

5 Núm. 116 Miércoles 13 de mayo de 2009 Sec. III. Pág c) La fijación de criterios para la evaluación de personal y la distribución del complemento de productividad y otros incentivos al rendimiento. d) El otorgamiento y propuesta, en su caso, de los premios o recompensas que procedan. e) La potestad disciplinaria, en los términos dispuestos en la legislación específica, respecto del personal del Departamento. f) La designación de la representación del Departamento en los órganos colegiados o grupos de trabajo en los que no esté previamente determinado el titular del órgano superior o directivo que deba representar al Departamento. g) El nombramiento y cese del titular del Gabinete del Secretario de Estado de Investigación, previo conocimiento del Consejo de Ministros. h) La convocatoria y resolución, el nombramiento y cese de los titulares de las Subdirecciones Generales y de los puestos de libre designación del Ministerio. i) La convocatoria de pruebas selectivas para el acceso y, en su caso, adquisición de nuevas especialidades a Cuerpos y Escalas adscritos al Departamento previo informe de la Dirección General de la Función Pública, de acuerdo con la Oferta de Empleo Público. j) La convocatoria de concursos para la provisión de puestos de trabajo y la resolución de las mismas, así como, en su caso, la remoción de los puestos obtenidos por concurso. k) La propuesta de cualquier modificación relativa a los Cuerpos y Escalas adscritos al Departamento. l) Cualesquiera otras en materia de personal cuyo ejercicio no se delegue en otros órganos administrativos. 3. En el titular del Gabinete del titular del Departamento: a) El visado y la aprobación de las indemnizaciones de gastos de escoltas y conductores de la Ministra a que hacen referencia las disposiciones adicionales séptima y octava del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo. b) El visado de conformidad de la justificación documental de los gastos realizados por el personal que forme parte de las delegaciones oficiales presididas por el Ministro, en las que participe el titular de su Gabinete, para su resarcimiento, cuando este visado no se encomiende a un comisionado con rango al menos de Subdirector General o equivalente. 4. En los titulares de los Gabinetes del Secretario de Estado de Investigación, de la Subsecretaría de Ciencia e Innovación y de la Secretaría General de Innovación, el ejercicio de las competencias a que se refiere el apartado 3 anterior en relación con los conductores dependientes de cada órgano, así como con el personal de las delegaciones oficiales que presidan sus titulares. 5. En el titular de la Subdirección General de Personal, el nombramiento y cese en los puestos de trabajo en el Ministerio derivados de las convocatorias de concursos de provisión. Artículo 7. Aprobación, por el titular del Departamento, de la delegación de competencias en materia de personal de los órganos superiores y directivos del departamento. 1. Del titular de la Secretaría de Estado de Investigación en el titular de la Subsecretaría de Ciencia e Innovación, de las competencias siguientes: a) La convocatoria y resolución, el nombramiento y cese de los titulares de las Subdirecciones Generales. b) El otorgamiento de los premios o recompensas. c) El nombramiento y cese del personal eventual. d) Las convocatorias de concursos para la provisión de los puestos de trabajo de la Secretaría de Estado y sus órganos directivos y la resolución de las mismas, así como la remoción de los puestos obtenidos por concurso.

6 Núm. 116 Miércoles 13 de mayo de 2009 Sec. III. Pág e) La propuesta de relación de puestos de trabajo y la modificación de la existente, de acuerdo con la normativa vigente, de las unidades adscritas a la Secretaría de Estado y de los Organismos Públicos. f) La potestad disciplinaria, en los términos dispuestos en la legislación específica. 2. Del titular de la Subsecretaría de Ciencia e Innovación de la designación de comisiones de servicio: a) En el titular del Gabinete de la Ministra, las del personal dependiente de la Secretaría y del Gabinete de la Ministra. b) En el titular de la Secretaría de Estado de Investigación, las de los titulares de sus Direcciones Generales y de su Gabinete. c) En el titular de la Secretaría General de Innovación, las de los titulares de su Dirección General y su Gabinete. d) En el titular de la Secretaría General Técnica y en los titulares de las Direcciones Generales, las del personal de sus respectivas unidades. e) En los titulares de los Gabinetes de la Secretaría de Estado de Investigación, de la Secretaría General de Innovación y de la Subsecretaría de Ciencia e Innovación, las del personal de las unidades directamente dependientes de las respectivas Secretaría de Estado, Secretaría General y Subsecretaría y las del personal no dependiente del Ministerio que asiste a órganos colegiados y grupos de trabajo, cuando la actividad sea organizada por estos órganos. f) En los titulares de las Direcciones Generales del Departamento y en el titular de la Dirección de la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva, las del personal dependiente o no del Ministerio que asiste a órganos colegiados y grupos de trabajo, o colabora en tareas de elaboración y seguimiento de planes y programas o en tareas de evaluación de proyectos u otras relacionadas con las competencias del Departamento, cuando la actividad sea organizada por su órgano directivo. 3. Del titular de la Subsecretaría en el titular de la Subdirección General de Personal, de las siguientes competencias: 1.º En relación con los funcionarios que presten servicios en el Departamento, las siguientes: a) El reconocimiento de los servicios previos prestados y su acumulación, de acuerdo con lo previsto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de Reconocimiento de Servicios Previos en la Administración Pública. b) El reconocimiento de la adquisición y cambio de grados personales. c) Acordar las comisiones de servicios, cuando hayan de producirse en el ámbito del propio Departamento, o entre éste y los Organismos Públicos, o entre éstos, así como en los casos previstos en los artículos 65, 69 y en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. d) La concesión de excedencia voluntaria, en sus distintas modalidades, excepto la excedencia voluntaria incentivada. e) La autorización de asistencia a cursos de selección, formación y perfeccionamiento. f) La concesión de reingreso al servicio activo en los casos previstos en los artículos 1 y 2 del Real Decreto 1084/1990, de 31 de agosto, de redistribución de competencias en materia de personal. g) El reconocimiento del complemento de destino establecido en el artículo 33 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre. h) La provisión de puestos de trabajo por medio de adscripción provisional. i) La autorización de permutas entre funcionarios del Departamento. j) La declaración de jubilación forzosa por edad y por incapacidad, así como la resolución sobre la prolongación de permanencia en el servicio activo. k) La concesión de permisos y licencias. l) El reconocimiento de trienios.

7 Núm. 116 Miércoles 13 de mayo de 2009 Sec. III. Pág m) La formalización de las tomas de posesión y ceses, así como la decisión de diferir el cese y prorrogar el plazo de toma de posesión en los términos previstos reglamentariamente. n) La imposición de sanciones leves, así como la resolución de los procedimientos de deducción de haberes por incumplimiento de la jornada laboral. ñ) Los actos de administración y de gestión ordinaria de personal que no se atribuyan a otros órganos, de conformidad con el artículo 10.6 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, de Atribución de Competencias en Materia de Personal. 2.º Respecto del personal funcionario de los Cuerpos y Escalas adscritos al Departamento, de las competencias siguientes: a) La concesión de jubilación en sus distintas modalidades, así como la prolongación en el servicio activo b) La convocatoria de puestos de trabajo de funcionarios interinos y proceder a su selección y nombramiento según la normativa vigente. 3.º Respecto del personal laboral del Departamento, las siguientes: a) La contratación del personal. b) La gestión y administración de dicho personal, incluyendo el reconocimiento de trienios. c) La declaración de jubilación forzosa por edad y por incapacidad. d) La imposición de sanciones por faltas leves, así como la resolución de los procedimientos de deducción de haberes por incumplimiento de la jornada laboral. e) La expedición de certificados de insuficiencia de medios humanos previos a la contratación. f) El reconocimiento de servicios previos. g) La concesión de permisos y licencias contemplados en la normativa vigente. h) El reconocimiento y cambio de categoría profesional. i) La modificación de las condiciones de trabajo por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. j) Los actos de administración y de gestión ordinaria de personal laboral que no se atribuyan a otros órganos, de conformidad con el último párrafo del artículo 12 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, de Atribución de Competencias en Materia de Personal. 4. Del titular de la Subsecretaría de Ciencia e Innovación en el titular de la Subdirección General de Administración Financiera, Régimen Interior e Inspección de Servicios, en relación con el personal que preste servicios en el Departamento, la propuesta e informe sobre autorización o reconocimiento de compatibilidades. 5. Del titular de la Subsecretaría de Ciencia e Innovación en los titulares de las Subdirecciones Generales del Departamento, en relación con el personal laboral destinado en sus unidades y centros, la dirección, control, disciplina y organización del trabajo. IV. Delegación de competencias en materia de revisión de actos administrativos, responsabilidad patrimonial, reclamaciones previas y ejecución de sentencias Artículo 8. Delegación de competencias del titular del Departamento. 1. En el titular de la Subsecretaría de Ciencia e Innovación las relativas a: a) La resolución de los recursos contra los actos de revisión de oficio. b) La resolución de los recursos contra las resoluciones de los procedimientos sobre responsabilidad patrimonial del Departamento. c) La resolución de los recursos de alzada contra las resoluciones de los órganos del Departamento de los que deba conocer su titular, excepto los interpuestos contra resoluciones del titular de la Subsecretaría de Ciencia e Innovación. d) La revisión de oficio y la declaración de lesividad.

8 Núm. 116 Miércoles 13 de mayo de 2009 Sec. III. Pág e) La resolución de los procedimientos sobre responsabilidad patrimonial, con excepción de lo dispuesto en el artículo 11.1.d) de esta orden. f) La resolución de las reclamaciones previas a la vía judicial civil. 2. En los titulares de la Secretaría de Estado de Investigación, de la Secretaría General de Innovación y de la Subsecretaría de Ciencia e Innovación, en sus respectivos ámbitos, la adopción de los acuerdos de ejecución de sentencias de los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional contencioso-administrativo o civil, excepto las relativas a personal, cuando los actos o disposiciones objeto de recurso afectaren a materias o asuntos de los centros directivos que de ellos dependen. 3. En el titular de la Subdirección General de Personal, la adopción de los acuerdos de ejecución de sentencias de los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional contencioso-administrativo o laboral, en el ámbito del Ministerio, respecto de los actos o disposiciones en materia de personal. V. Delegación de competencias en otras materias Artículo 9. Delegación de competencias del titular del Departamento en diferentes materias. 1. En el titular de la Secretaría de Estado de Investigación, la autorización para la salida de los bienes de interés cultural, así como los integrantes del Patrimonio documental y bibliográfico custodiados en el Museo Nacional de Ciencia y Tecnología, tanto para su participación en exposiciones temporales, como para su necesario mantenimiento y reparación. 2. En el titular de la Subsecretaría de Ciencia e Innovación, las siguientes competencias: a) La aprobación del Programa Editorial del Departamento y la inclusión de las modificaciones extraordinarias en el mismo por razones de urgencia o necesidad. b) Las relativas al patrimonio, incluidas las referidas a los Organismos Autónomos dependientes del departamento. c) La rendición ante el Tribunal de Cuentas a través de la Intervención General de la Administración del Estado, de los estados de las cuentas anuales y sus anexos, prevista en la Ley General Presupuestaria y sus normas de desarrollo. 3. En el titular de la Secretaría General Técnica la fijación o modificación de los precios de venta al público de las publicaciones del Departamento. VI. Delegación de competencias en el ámbito de los Organismos Públicos dependientes del Ministerio Artículo 10. Delegación de competencias de contratación del titular del Departamento. 1. En el titular de la Secretaría de Estado de Investigación, respecto de los Organismos Públicos adscritos, la autorización para celebrar contratos a que hace referencia el artículo de la Ley de Contratos del Sector Público, cuando excedan de los límites previstos en la disposición adicional tercera de esta orden. 2. En los titulares de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y de las Direcciones o Direcciones Generales de los Organismos Públicos adscritos al Ministerio, las siguientes: a) La aprobación de las tarifas a que se refiere el artículo 24.6 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, cuando los Organismos Públicos adscritos al Departamento ostenten la consideración de medios propios y servicios técnicos del Ministerio de Ciencia e Innovación, de acuerdo con lo previsto en la citada Ley. b) La aprobación de las tarifas de los precios públicos regulados en los artículos 24 y siguientes de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, de conformidad con lo dispuesto en su artículo 26.1.b).

9 Núm. 116 Miércoles 13 de mayo de 2009 Sec. III. Pág Artículo 11. Delegación de competencias del titular del Departamento en materia de personal. 1. En los titulares de las Direcciones o Direcciones Generales de los Organismos Públicos adscritos al Ministerio, en materia de personal funcionario, las competencias siguientes: a) La convocatoria para la cobertura de las Subdirecciones Generales y del resto de personal de libre designación y su resolución, así como el nombramiento y cese de sus titulares. b) La convocatoria y resolución de los concursos para la provisión de los puestos de trabajo del Organismo, así como el nombramiento y cese de los titulares de los mismos. c) La potestad disciplinaria, en los términos dispuestos en la legislación específica. d) La resolución sobre los procedimientos de responsabilidad patrimonial en los que, por razón del importe de la indemnización, no resulte preceptiva la emisión de informe por parte de la Comisión Permanente del Consejo de Estado, así como la resolución de los recursos que, en vía administrativa, sean interpuestos contra actos dictados en virtud de la citada competencia delegada. 2. En el titular de la Presidencia de la Agencia Estatal CSIC: a) Las convocatorias de pruebas para el acceso a las Escalas de funcionarios adscritas al Ministerio de Ciencia e Innovación a través de la Agencia Estatal CSIC y la resolución de las mismas. b) El nombramiento de los funcionarios de carrera de las citadas Escalas y la expedición de los correspondientes títulos administrativos. c) La resolución de los procedimientos sobre responsabilidad patrimonial por actos de la Agencia Estatal CSIC en los que, por razón del importe de la indemnización, no resulte preceptiva la emisión de informe por parte de la Comisión Permanente del Consejo de Estado. d) La resolución de los recursos que en vía administrativa sean interpuestos contra actos dictados en virtud de las competencias delegadas en los párrafos a), b) y c). e) La potestad disciplinaria, en los términos dispuestos en la legislación específica. Artículo 12. Aprobación, por el titular del Departamento, de la delegación de competencias en materia de personal de los órganos superiores y directivos del departamento. 1. Del titular de la Subsecretaría de Ciencia e Innovación, en materia de personal funcionario dependiente de los Organismos Públicos y centros públicos de investigación adscritos o dependientes del Departamento: 1.º En los titulares de las Direcciones y Direcciones Generales de los Organismos Públicos adscritos al Ministerio, las competencias siguientes: a) La adscripción provisional a puestos de trabajo y redistribución de efectivos en los casos previstos en la normativa vigente. b) La concesión de la situación de excedencia en sus distintas modalidades. c) La adscripción en comisión de servicio a puestos de trabajo del Organismo. d) La declaración de jubilaciones forzosas y por incapacidad, así como la resolución para la prolongación de permanencia en el servicio activo. 2.º En los titulares de las Subdirecciones Generales competentes en materia de personal de los Organismos Públicos adscritos al Departamento, respecto de los funcionarios destinados en los mismos, sin perjuicio de las que tengan atribuidas los Delegados y Subdelegados del Gobierno, de las competencias siguientes: a) El reconocimiento de servicios previos de acuerdo con lo previsto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre. b) La atribución temporal de funciones y autorizar las permutas de destino entre funcionarios del Organismo.

10 Núm. 116 Miércoles 13 de mayo de 2009 Sec. III. Pág c) El reconocimiento de trienios. d) La formalización de los actos de toma de posesión y cese, así como la decisión para diferir el cese y prorrogar el plazo de toma de posesión en los términos previstos reglamentariamente. e) El reconocimiento y cambio de grados personales. f) La autorización de asistencia a cursos de selección, formación y perfeccionamiento. g) La concesión de permisos y licencias contemplados en la normativa vigente. h) Los actos de administración y gestión ordinaria del personal. i) La concesión de reingreso al servicio activo en los casos previstos en los artículos 1 y 2 del Real Decreto 1084/1990, de 31 de agosto, de redistribución de competencias en materia de personal. j) La adopción de los acuerdos de ejecución de sentencias de los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional contencioso-administrativo o laboral, en el ámbito del Organismo. 3.º Las competencias delegadas en relación con el personal funcionario se entenderán igualmente aplicables al personal estatutario de las instituciones sanitarias a que se refiere la disposición transitoria cuarta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, cuando se encuentre destinado en el Departamento o sus Organismos Públicos. 2. Del titular de la Subsecretaría de Ciencia e Innovación en materia de personal laboral dependiente de los Organismos Públicos y Centros Públicos de Investigación adscritos o dependientes del Departamento: 1.º En los titulares de las Direcciones y Direcciones Generales de los Organismos Públicos adscritos al Ministerio, respecto al personal laboral del Organismo, las competencias siguientes: a) La contratación de personal laboral, así como la convocatoria previa y la selección de dicho personal conforme a los procedimientos establecidos al efecto, así como los actos de formalización de dicha convocatoria. b) La facultad de propuesta de los representantes de la Administración en las Comisiones negociadoras y en los ámbitos propios en relación con las centrales sindicales representativas del personal. c) El traslado obligatorio por razones económicas, tecnologías o de fuerza mayor. d) La extinción del contrato por razones económicas, tecnológicas o de fuerza mayor. e) El reconocimiento y cambio de categoría profesional. f) La potestad disciplinaria, en los términos dispuestos en la legislación específica. 2.º En el titular de la Subdirección General competente en materia de personal de los Organismos Públicos adscritos o dependientes del Departamento, respecto al personal laboral destinado en los mismos, sin perjuicio de las que tengan atribuidas los Delegados y Subdelegados del Gobierno, las competencias siguientes: a) La gestión y administración del personal laboral, incluyendo el reconocimiento de trienios y los servicios previos. b) La declaración de jubilación forzosa y por incapacidad. c) Los actos de administración y gestión ordinaria de personal laboral que no se atribuyan a otros órganos de conformidad con el último párrafo del artículo 12 del Real Decreto 2169/1984, de atribución de competencias en materia de personal. d) La autorización de realizar horas extraordinarias, a petición y previo informe, del centro directivo. e) Concesión de permisos y licencias contemplados en la normativa vigente. f) En general todas las competencias en relación con el personal laboral destinado en el Organismo Público por la legislación vigente y el convenio colectivo con excepción de las delegadas en otro órgano administrativo por esta orden.

11 Núm. 116 Miércoles 13 de mayo de 2009 Sec. III. Pág g) La adopción de los acuerdos de ejecución de sentencias de los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional contencioso-administrativo o laboral, en el ámbito del Organismo. Disposición adicional primera. Disposiciones comunes. 1. La delegación de competencias a que se refiere esta orden está sujeta a las limitaciones señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 2. Todas las competencias que se delegan en esta orden podrán ser objeto de avocación por los órganos delegantes correspondientes, en la forma prevista en el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. 3. En todas las resoluciones que se dicten en virtud de las delegaciones de competencias establecidas en esta orden deberá hacerse constar expresamente tal circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante, conforme establece el artículo 13.4 de la citada Ley. Disposición adicional segunda. Competencias propias de los Organismos Públicos. Las delegaciones de competencias previstas en esta orden en relación con los Organismos Públicos se ejercerán sin perjuicio de las competencias propias que, en su caso, le asigne la legislación específica. Disposición adicional tercera. Límite autorización celebración contratos. Conforme a lo dispuesto en el artículo de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se fija en de euros la cantidad a partir de la cual es necesario pedir autorización para su celebración. Disposición adicional cuarta. Suplencias a efectos de esta Orden. En los casos de vacante, ausencia, enfermedad o concurrencia de motivos de abstención, salvo que el superior jerárquico común establezca otro orden distinto, los titulares de los órganos delegados se sustituirán siguiendo el orden en que figuran mencionados por primera vez en el Real Decreto 640/2009, de 17 de abril, y en el real decreto de desarrollo de la estructura orgánica básica del Departamento, de la siguiente manera: a) Los titulares de la Secretaría de Estado de Investigación, de la Secretaría General de Innovación y de la Subsecretaría de Ciencia e Innovación, se sustituirán entre sí. b) Los titulares de las Direcciones Generales serán sustituidos por los titulares de las Subdirecciones Generales de su dependencia. c) Los titulares de las Subdirecciones Generales serán sustituidos por los titulares de las Subdirecciones Generales de la misma Dirección General. Disposición derogatoria única. Derogación normativa. Queda derogada la Orden CIN/3022/2008, de 20 de octubre, por la que se delegan competencias y se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del Departamento y todas las demás normas de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en esta orden. Disposición final única. Entrada en vigor. La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 8 de mayo de La Ministra de Ciencia e Innovación, Cristina Garmendia Mendizábal. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/ ISSN: X

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 162 Miércoles 6 de julio de 2016 Sec. III. Pág. 47572 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD 6527 Resolución de 1 de julio de 2016, de la Secretaría de Estado de Investigación,

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 148 Jueves 21 de junio de 2012 Sec. III. Pág. 44350 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 8350 Resolución de 14 de junio de 2012, de la Subsecretaría, sobre delegación

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE EDUCACIÓN

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE EDUCACIÓN Núm. 65 Jueves 17 de marzo de 2011 Sec. III. Pág. 29292 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE EDUCACIÓN 4924 Orden EDU/580/2011, de 10 de marzo, de delegación de competencias del Ministerio de Educación.

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 59 Viernes 9 de marzo de 2012 Sec. III. Pág. 22147 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE 3366 Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo, de delegación de competencias del Ministerio

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA ORDEN EHA/3243/2004, de 5 de octubre, sobre delegación de competencias en materia de recursos humanos (BOE n.º 244 de 9 de octubre). Las modificaciones orgánicas efectuadas

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 107 Viernes 4 de mayo de 2012 Sec. III. Pág. 33853 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA 5975 Orden PRE/934/2012, de 24 de abril, sobre delegación de competencias en órganos del Ministerio

Más detalles

MINISTERIO ORDEN ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia.

MINISTERIO ORDEN ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia. MINISTERIO 1496 ORDEN ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia. El Real Decreto 1553/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE DEFENSA

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE DEFENSA Núm. 304 Miércoles 17 de diciembre de 2014 Sec. III. Pág. 102179 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE DEFENSA 13091 Orden DEF/2362/2014, de 28 de noviembre, sobre delegación de competencias en materia

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 109 Sábado 5 de mayo de 2018 Sec. III. Pág. 48163 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA Y PARA LAS ADMINISTRACIONES TERRITORIALES 6078 Orden PRA/456/2018, de 3 de mayo, sobre delegación

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 314 Sábado 29 de diciembre de 2018 Sec. III. Pág. 130631 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL 18042 Orden EFP/1422/2018, de 27 de diciembre, de delegación de competencias

Más detalles

(BOCyL nº 225, de 23/11/ Corrección de errores en BOCyL, nº 245, de 23/12/1993) TEXTO

(BOCyL nº 225, de 23/11/ Corrección de errores en BOCyL, nº 245, de 23/12/1993) TEXTO DECRETO 275/1993, DE 18 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE ARTICULA LA DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS EN MATERIA DE PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE CASTILLA Y LEÓN. (BOCyL nº 225, de 23/11/ 1993. Corrección de

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 18204 I. Comunidad Autónoma 2. Autoridades y Personal Consejería de Turismo, Cultura y Medio Ambiente 4146 Orden de la Consejería de Turismo, Cultura y Medio Ambiente, por la que se delegan competencias

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 151 Lunes 26 de junio de 2017 Sec. III. Pág. 53295 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE 7344 Orden ECD/602/2017, de 20 de junio, sobre delegación de competencias. El

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 182 Martes 31 de julio de 2012 Sec. III. Pág. 54936 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD 10335 Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio, de delegación de competencias. El Real

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE DEFENSA

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE DEFENSA Núm. 208 Martes 28 de agosto de 2018 Sec. III. Pág. 85170 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE DEFENSA 11915 Resolución 3D0/38215/2018, de 17 de julio, del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 163 Viernes 6 de julio de 2018 Sec. III. Pág. 68176 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE TRABAJO, MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL 9449 Orden TMS/722/2018, de 5 de julio, por la que se delegan y se

Más detalles

Decreto 4/1990, de 23 de enero, Atribución de competencias en materia de personal. (DOE 30 de Enero, Nº 9)

Decreto 4/1990, de 23 de enero, Atribución de competencias en materia de personal. (DOE 30 de Enero, Nº 9) Normativa vigente a 4/05/2015 Materia: Personal Decreto 4/1990, de 23 de enero, Atribución de competencias en materia de personal. (DOE 30 de Enero, Nº 9) Artículo 1º. El presente Decreto será de aplicación

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 40 JUEVES 17 DE SEPTIEMBRE DE 2015 B.O.C.M. Núm. 221 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Economía, Empleo y Hacienda 17 ORDEN de 14 de septiembre de 2015, de la Consejería

Más detalles

Federació de sanitat país valencià

Federació de sanitat país valencià Conselleria de Sanidad ORDEN de 16 de octubre de 2003, de la Conselleria de Sanidad, por la que se delegan atribuciones en materia de gestión de personal en diversos órganos de la Conselleria. [2003/X11454]

Más detalles

I.- DISPOSICIONES GENERALES

I.- DISPOSICIONES GENERALES AÑO XXXII Núm. 62 1 de abril de 2013 9161 I.- DISPOSICIONES GENERALES Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) Resolución de 20/03/2013, de la Dirección Gerencia, sobre delegación de competencias.

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones Pág. 34 MIÉRCOLES 12 DE AGOSTO DE 2015 B.O.C.M. Núm. 190 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno 9 ORDEN 1768/2015, de 10 de agosto,

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE JUSTICIA

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE JUSTICIA Núm. 252 Viernes 19 de octubre de 2012 Sec. III. Pág. 74132 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE JUSTICIA 13005 Orden JUS/2225/2012, de 5 de octubre, por la que se delegan competencias del Ministro y

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 172 Jueves 19 de julio de 2012 Sec. III. Pág. 51999 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD 9706 Resolución de 12 de julio de 2012, de la Presidencia de la Agencia Estatal

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 104 Lunes 30 de abril de 2018 Sec. III. Pág. 46800 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA 5871 Resolución de 24 de abril de 2018, de la Presidencia de la Agencia Estatal

Más detalles

I.- DISPOSICIONES GENERALES

I.- DISPOSICIONES GENERALES AÑO XXXIV Núm. 231 25 de noviembre de 2015 32386 I.- DISPOSICIONES GENERALES Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) Resolución de 06/11/2015, de la Dirección-Gerencia, sobre delegación de competencias.

Más detalles

Ministerio de Economía y Competitividad. Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas Delegación de atribuciones

Ministerio de Economía y Competitividad. Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas Delegación de atribuciones TÍTULO: Resolución de 12 de julio de 2012, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se delegan competencias. REGISTRO NORM@DOC: 31166 BOMEH: 30/2012

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 77 Viernes 30 de marzo de 2012 Sec. III. Pág. 26834 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 4431 Resolución de 20 de marzo de 2012, del Instituto Nacional de la Seguridad

Más detalles

AUTORIDADES Y PERSONAL

AUTORIDADES Y PERSONAL 21861 II AUTORIDADES Y PERSONAL 1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA RESOLUCIÓN de 7 de julio de 2014, del Consejero, por la que se delegan en quienes

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 237 Lunes 2 de octubre de 2017 Sec. III. Pág. 95672 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 11204 Orden ESS/923/2017, de 14 de septiembre, por la que se delegan y se aprueban

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE JUSTICIA

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE JUSTICIA Núm. 95 Martes 21 de abril de 2015 Sec. III. Pág. 34756 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE JUSTICIA 4303 Orden JUS/696/2015, de 16 de abril, sobre delegación de competencias. El Real Decreto 453/2012,

Más detalles

MINISTERIO DE JUSTICIA

MINISTERIO DE JUSTICIA MINISTERIO DE JUSTICIA Delegación de competencias Orden JUS/696/2015, de 16 de abril, sobre delegación de competencias. El Real Decreto 453/2012, de 5 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 148 Jueves 21 de junio de 2012 Sec. III. Pág. 44312 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 8346 Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio, de delegación de competencias.

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 191 Miércoles 10 de agosto de 2011 Sec. III. Pág. 91063 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN 13695 Orden TIN/2254/2011, de 28 de julio, por la que se delegan competencias en

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 113 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio 10 ORDEN 1/2018, de 25 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio,

Más detalles

REAL DECRETO 1113/2018, DE 7 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DEL MINISTERIO DE HACIENDA.

REAL DECRETO 1113/2018, DE 7 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DEL MINISTERIO DE HACIENDA. Pág. 1 de 5 REAL DECRETO 1113/2018, DE 7 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DEL MINISTERIO DE HACIENDA. (BOE de 8 de septiembre de 2018) -TEXTO PARCIAL- Artículo 1. Organización

Más detalles

REAL DECRETO 256/2012, DE 27 DE ENERO, POR EL QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

REAL DECRETO 256/2012, DE 27 DE ENERO, POR EL QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Pág. 1 de 5 REAL DECRETO 256/2012, DE 27 DE ENERO, POR EL QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (BOE de 28 de enero de 2012) -TEXTO PARCIAL-

Más detalles

S U M A R I O. 1. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:

S U M A R I O. 1. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: S U M A R I O 1. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Exposición de motivos... 23 Título preliminar. Del ámbito

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Universidad Autónoma de Madrid

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Universidad Autónoma de Madrid Pág. 22 MARTES 28 DE FEBRERO DE 2012 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Universidad Autónoma de Madrid 6 RESOLUCIÓN de 10 de febrero de 2012, del Rector, por la que se delega el ejercicio de

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA ÍNDICE

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA ÍNDICE Real Decreto 1379/1999, de 27 de agosto, de Regulación de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura. Ministerio de la Presidencia «BOE» núm. 211, de 3 de septiembre de 1999

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 72 VIERNES 25 DE JUNIO DE 2010 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación 19 RESOLUCIÓN de 14 de junio de 2010, del Director General de Recursos Humanos, por la que se delegan

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 67 Lunes 19 de marzo de 2012 Sec. III. Pág. 24828 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO 3892 Orden IET/556/2012, de 15 de marzo, por la que se delegan competencias del

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 49 Sábado 26 de febrero de 2011 Sec. III. Pág. 22691 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO 3733 Orden ITC/371/2011, de 24 de febrero, por la que se delegan competencias

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 38 LUNES 3 DE DICIEMBRE DE 2012 B.O.C.M. Núm. 288 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Juventud y Deporte 5 ORDEN 11634/2012, de 27 de noviembre, por la que se desconcentran

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 97 Martes 21 de abril de 2009 Sec. I. Pág. 36000 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA 6613 Real Decreto 640/2009, de 17 de abril, por el que se desarrolla el Real Decreto 542/2009,

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 228 Viernes 21 de septiembre de 2012 Sec. I. Pág. 66613 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE 11841 Orden ECD/1982/2012, de 13 de septiembre, por la que se crean las

Más detalles

PROGRAMA. I - Organización del Estado y de la Administración Pública

PROGRAMA. I - Organización del Estado y de la Administración Pública PROGRAMA I - Organización del Estado y de la Administración Pública 1.- La Constitución española de 1978: Estructura y contenido. La reforma de la Constitución. 2.- Derechos y deberes fundamentales. Su

Más detalles

I. DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS

I. DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS RESOLUCIÓN DE 28 DE JULIO DE 2016, DEL RECTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID, POR LA QUE SE DELEGAN DETERMINADAS COMPETENCIAS DEL PROPIO RECTOR EN DIVERSOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE ESTA UNIVERSIDAD.

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 16 Viernes, 24 de enero de 2014 Pág. 3889 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE SANIDAD GERENCIA REGIONAL DE SALUD (SACYL) RESOLUCIÓN

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE FOMENTO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE FOMENTO Núm. 177 Miércoles 25 de julio de 2012 Sec. III. Pág. 53213 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE FOMENTO 9954 Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio, sobre delegación de competencias en el Ministerio de

Más detalles

Decreto por el que se atribuyen competencias entre los órganos de la Administración de la Comunidad( ) en materia de Personal

Decreto por el que se atribuyen competencias entre los órganos de la Administración de la Comunidad( ) en materia de Personal Decreto 74/1988, de 23 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y

Más detalles

I. Principado de Asturias

I. Principado de Asturias núm. 196 de 23-viii-2012 1/6 I. Principado de Asturias Ot r a s Disposiciones Consejería de Hacienda y Sector Público Resolución de 25 de julio de 2012, de la Consejería de Hacienda y Sector Público, por

Más detalles

PROGRAMA INGRESO LIBRE AL CUERPO DE GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN CIVIL DEL ESTADO. I - ORGANIZACIÓN DEL ESTADO Y DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

PROGRAMA INGRESO LIBRE AL CUERPO DE GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN CIVIL DEL ESTADO. I - ORGANIZACIÓN DEL ESTADO Y DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PROGRAMA INGRESO LIBRE AL CUERPO DE GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN CIVIL DEL ESTADO. 6. Programa. I - ORGANIZACIÓN DEL ESTADO Y DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 1.- La Constitución española de 1978: Estructura

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 101 Viernes 27 de abril de 2012 Sec. III. Pág. 32531 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 5631 Orden ESS/855/2012, de 23 de abril, por la que se corrigen errores en la

Más detalles

I. Disposiciones generales

I. Disposiciones generales 22292 I. Disposiciones generales Presidencia del Gobierno 3493 DECRETO 183/2015, de 21 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno

Más detalles

(BOE núm. 75, de 28 de marzo y corrección de errores en Orden ESS/855/2012, de 23 de abril, BOE núm. 101, de 27 de abril)

(BOE núm. 75, de 28 de marzo y corrección de errores en Orden ESS/855/2012, de 23 de abril, BOE núm. 101, de 27 de abril) Orden ESS/619/2012, de 22 de marzo, por la que se delegan y se aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y sus organismos

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio, sobre delegación de competencias en el Ministerio de Fomento.

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio, sobre delegación de competencias en el Ministerio de Fomento. Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio, sobre delegación de competencias en el Ministerio de Fomento. Ministerio de Fomento «BOE» núm. 177, de 25 de julio de 2012 Referencia: BOE-A-2012-9954 TEXTO CONSOLIDADO

Más detalles

PROGRAMA DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL INGRESO LIBRE AL CUERPO DE GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN CIVIL DEL ESTADO

PROGRAMA DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL INGRESO LIBRE AL CUERPO DE GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN CIVIL DEL ESTADO PROGRAMA DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL INGRESO LIBRE AL CUERPO DE GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN CIVIL DEL ESTADO I. ORGANIZACIÓN DEL ESTADO Y DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 1. La Constitución Española

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA ÍNDICE

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA ÍNDICE Real Decreto 1661/2000, de 29 de septiembre, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Nacional de Administración Pública. Ministerio de la Presidencia «BOE» núm. 244, de 11 de octubre de 2000 Referencia:

Más detalles

Pág. 1 de 5 -TEXTO PARCIAL- ...

Pág. 1 de 5 -TEXTO PARCIAL- ... Pág. 1 de 5 REAL DECRETO 1127/2008, DE 4 DE JULIO, POR EL QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA. 1 (B.O.E. de 9 de julio de 2008) -TEXTO PARCIAL- Artículo

Más detalles

MINISTERIO DE JUSTICIA

MINISTERIO DE JUSTICIA MINISTERIO DE JUSTICIA Organización Orden JUS/634/2015, de 6 de abril, por la que se crean la Junta de Contratación y la Mesa de Contratación del Ministerio de Justicia y se regulan su composición y funciones.

Más detalles

CUERPO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA. ESPECIALIDAD ADMINISTRACIÓN GENERAL (A2.1100) PROMOCIÓN INTERNA GRUPO PRIMERO

CUERPO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA. ESPECIALIDAD ADMINISTRACIÓN GENERAL (A2.1100) PROMOCIÓN INTERNA GRUPO PRIMERO CUERPO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA. ESPECIALIDAD ADMINISTRACIÓN GENERAL (A2.1100) PROMOCIÓN INTERNA Resolución de 13 de septiembre de 2016, de la Secretaría General para la Administración Pública (BOJA núm.

Más detalles

ÓRGANOS DE GOBIERNO Y SUS RESPECTIVAS FUNCIONES

ÓRGANOS DE GOBIERNO Y SUS RESPECTIVAS FUNCIONES ÓRGANOS DE GOBIERNO Y SUS RESPECTIVAS FUNCIONES PLENO DE LA CORPORACIÓN Formado por el Alcalde y los Concejales. Funciones atribuidas: Art. 123.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases

Más detalles

Informe 5/15, de 26 de febrero de2015.

Informe 5/15, de 26 de febrero de2015. MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS JUNTA CONSULTIVA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Informe 5/15, de 26 de febrero de2015. Proyecto de Orden por la que se crean la Junta de Contratación

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE MADRID. Acuerdos Junta de Gobierno. Marginal: ANM 2015\37. Tipo de Disposición: Acuerdos Junta de Gobierno

AYUNTAMIENTO DE MADRID. Acuerdos Junta de Gobierno. Marginal: ANM 2015\37. Tipo de Disposición: Acuerdos Junta de Gobierno Acuerdos Junta de Gobierno Acuerdo de 25 de junio de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba la estructura del Pleno del Ayuntamiento de Madrid y de su Presidencia. Marginal:

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO UNIVERSIDADES

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO UNIVERSIDADES Núm. 137 Viernes 9 de junio de 2017 Sec. III. Pág. 48095 III. OTRAS DISPOSICIONES UNIVERSIDADES 6577 Resolución de 5 de junio de 2017, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA Orden INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban las delegaciones efectuadas por otras autoridades. Ministerio del Interior «BOE» núm. 90, de 15 de abril

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DECRETO FORAL /2016, de de, por el que se modifica el Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero, por el que se delimitan las atribuciones en materia de personal de los distintos órganos de la Administración

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 31 Miércoles 5 de febrero de 2014 Sec. I. Pág. 8920 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD 1181 Orden ECC/131/2014, de 30 de enero, por la que se crean las sedes electrónicas

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 8 de diciembre de 2012

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 8 de diciembre de 2012 Orden de 16 de enero de 2001 por la que se regula la composición y funciones de determinados órganos colegiados del Ministerio del Interior. Ministerio del Interior «BOE» núm. 21, de 24 de enero de 2001

Más detalles

II AUTORIDADES Y PERSONAL

II AUTORIDADES Y PERSONAL 26402 II AUTORIDADES Y PERSONAL 1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS CONSEJERÍA DE SANIDAD Y POLÍTICAS SOCIALES RESOLUCIÓN de 22 de junio de 2018, de la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño

Más detalles

Clasificación de los informes: 31. Proyectos de disposiciones. ANTECEDENTES

Clasificación de los informes: 31. Proyectos de disposiciones. ANTECEDENTES Informe 25/11, de 7 de julio de 2011. Proyecto de orden sobre composición y funciones de la Junta de Contratación y de la Mesa de Contratación del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. Clasificación

Más detalles

FUNCIÓN PÚBLICA. Empleo Público AGE FP01

FUNCIÓN PÚBLICA. Empleo Público AGE FP01 FUNCIÓN PÚBLICA Empleo Público AGE FP01 27/01/2016 FP01 EMPLEO PÚBLICO AGE Base de Datos Documental de Ordenación Normativa Subdirección General de Ordenación Normativa y Recursos Dirección General de

Más detalles

ARTICULOS DE LOS ESTATUTOS DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL BILBAO EKINTZA REFERENTES A LOS ORGANOS DE GOBIERNO

ARTICULOS DE LOS ESTATUTOS DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL BILBAO EKINTZA REFERENTES A LOS ORGANOS DE GOBIERNO ARTICULOS DE LOS ESTATUTOS DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL BILBAO EKINTZA REFERENTES A LOS ORGANOS DE GOBIERNO Página 1 de 6 Capítulo Tercero. Organización y Funcionamiento Artículo 9. Órganos de gobierno

Más detalles

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Pág. 46591 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE SANIDAD DECRETO 47/2015, de 23 de julio, por el que se modifica el Decreto 287/2001, de 13 de diciembre, por el que se

Más detalles

LEY DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 8/1991, DE 30 DE JULIO, DE ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PREÁMBULO

LEY DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 8/1991, DE 30 DE JULIO, DE ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PREÁMBULO LEY DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 8/1991, DE 30 DE JULIO, DE ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN (BOPA n. o 180, de 5 de agosto de 1991) PREÁMBULO La organización de la Administración de la Comunidad Autónoma

Más detalles

Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.

Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música. Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música. B.O.E. 20-12-1996 Sumario: Artículo 1. Naturaleza y régimen jurídico.

Más detalles

MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 29652 Lunes 23 agosto 2004 BOE núm. 203 ORGANIZACIÓN El Instituto de Turismo de España es un Organismo Autónomo de los comprendidos en el artículo 4.3.1.a) de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 154 Jueves 28 de junio de 2012 Sec. III. Pág. 46018 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 8655 Resolución de 12 de junio de 2012, de la Tesorería General de la Seguridad

Más detalles

Resolución de 20 julio 2004

Resolución de 20 julio 2004 (Disposición Vigente) FUNCIONARIOS CIVILES DEL ESTADO. Resolución de 20 julio 2004 RCL 2004\1817 Delegación de atribuciones. MUTUALIDAD GENERAL FUNCIONARIOS CIVILES DEL ESTADO BOE 9 agosto 2004, núm. 191,

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 84 Lunes 8 de abril de 2013 Sec. I. Pág. 25908 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 3702 Orden HAP/548/2013, de 2 de abril, por la que se crean y regulan sedes

Más detalles

Clasificación de los contratos. 31. Proyectos de disposiciones.

Clasificación de los contratos. 31. Proyectos de disposiciones. Informe 10/12, de 10 de mayo de 2012. Proyecto de orden por la que se crean las Mesas de contratación del Ministerio de Educación Cultura y Deporte y la Junta de Contratación de la Secretaría de Estado

Más detalles

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público TABLA DE CONCORDANCIAS

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público TABLA DE CONCORDANCIAS TABLA DE CONCORDANCIAS Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común SP/LEG/2919 TÍTULO PRELIMINAR Disposiciones generales,

Más detalles

I. Principado de Asturias

I. Principado de Asturias 3539 I. Principado de Asturias AUTORIDADES Y PERSONAL CONSEJERIA DE ECONOMIA Y ADMINISTRACION PUBLICA: RESOLUCION de 1 de marzo de 2004, de la Consejería de Economía y Administración Pública, por la que

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO PRESIDENCIA DEL GOBIERNO Núm. 85 Martes 7 de abril de 2009 Sec. I. Pág. 33156 I. DISPOSICIONES GENERALES PRESIDENCIA DEL GOBIERNO 5824 Real Decreto 542/2009, de 7 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA ÍNDICE

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA ÍNDICE Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música. Ministerio de la Presidencia «BOE» núm. 306, de 20 de diciembre

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO PRESIDENCIA DEL GOBIERNO Núm. 255 Jueves 21 de octubre de 2010 Sec. I. Pág. 88340 I. DISPOSICIONES GENERALES PRESIDENCIA DEL GOBIERNO 16023 Real Decreto 1313/2010, de 20 de octubre, por el que se reestructuran los departamentos

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 285 Jueves 28 de noviembre de 2013 Sec. III. Pág. 94944 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 12472 Resolución de 19 de noviembre de 2013, del Instituto Social de la Marina,

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE DEFENSA

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE DEFENSA Núm. 111 Miércoles 9 de mayo de 2012 Sec. III. Pág. 34912 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE DEFENSA 6204 Orden DEF/974/2012, de 23 de abril, sobre delegación de competencias en materia de administración

Más detalles

CAPÍTULO I Organización

CAPÍTULO I Organización 62. RESOLUCIÓN DE LA MESA DEL PARLAMENTO DE CANARIAS, DE 5 DE MARZO DE 1997, POR LA QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL DIPUTADO DEL COMÚN (BOPC núm. 47, de 17 de marzo de

Más detalles

17220 ORDEN ITC/3187/2004, de 4 de octubre, por la que se delegan

17220 ORDEN ITC/3187/2004, de 4 de octubre, por la que se delegan 33746 Miércoles 6 octubre 2004 BOE núm. 241 Una copia de todos los folletos y catálogos de Información que se publiquen por parte de la Oficina Española de Patentes y Marcas. Una colección completa de

Más detalles

LEY 7/1985, DE 2 DE ABRIL, REGULADORA DE LAS BASES DE RÉGIMEN LOCAL

LEY 7/1985, DE 2 DE ABRIL, REGULADORA DE LAS BASES DE RÉGIMEN LOCAL LEY 7/1985, DE 2 DE ABRIL, REGULADORA DE LAS BASES DE RÉGIMEN LOCAL TEXTO CONSOLIDADO CON LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR EL ARTÍCULO PRIMERO DE LA LEY 27/2013, DE 27 DE DICIEMBRE, DE RACIONALIZACIÓN

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Universidad Autónoma de Madrid

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Universidad Autónoma de Madrid B.O.C.M. Núm. 157 MARTES 4 DE JULIO DE 2017 Pág. 229 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Universidad Autónoma de Madrid 32 RESOLUCIÓN de 29 de junio de 2017, del Rector de la Universidad Autónoma

Más detalles

1

1 REAL DECRETO 1777/1994, DE 5 DE AGOSTO, DE ADECUACIÓN DE LAS NORMAS REGULADORAS DE LOS PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN DE PERSONAL A LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE, DE RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS ADMINISTRACIONES

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Real Decreto 1370/2008, de 1 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno.

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Real Decreto 1370/2008, de 1 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno. Real Decreto 1370/2008, de 1 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno. Presidencia del Gobierno «BOE» núm. 230, de 23 de septiembre de 2008 Referencia:

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE FOMENTO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE FOMENTO Núm. 192 Jueves 11 de agosto de 2011 Sec. III. Pág. 91316 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE FOMENTO 13729 Orden FOM/2258/2011, de 21 de julio, sobre delegación de competencias en el Ministerio de

Más detalles

FUNCIÓN PÚBLICA. Empleo Público AGE FP01

FUNCIÓN PÚBLICA. Empleo Público AGE FP01 FUNCIÓN PÚBLICA Empleo Público AGE FP01 18/08/2017 FP01 EMPLEO PÚBLICO AGE Base de Datos Documental de Ordenación Normativa Subdirección General de Ordenación Normativa y Recursos Dirección General de

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA MINISTERIO DEL INTERIOR

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA MINISTERIO DEL INTERIOR 13064 Viernes 15 abril 2005 BOE núm. 90 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA 6097 RESOLUCIÓN de 11 de abril de 2005, de Loterías y Apuestas del Estado, por la que se hace público el resultado del sorteo de

Más detalles

ORDEN HAP/548/2013, DE 2 DE ABRIL, POR LA QUE SE CREAN Y REGULAN SEDES ELECTRÓNICAS EN EL MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.

ORDEN HAP/548/2013, DE 2 DE ABRIL, POR LA QUE SE CREAN Y REGULAN SEDES ELECTRÓNICAS EN EL MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. Pág. 1 de 6 ORDEN HAP/548/2013, DE 2 DE ABRIL, POR LA QUE SE CREAN Y REGULAN SEDES ELECTRÓNICAS EN EL MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. 1 (BOE de 8 de abril de 2013) -TEXTO PARCIAL- La

Más detalles