INTRODUCCION... 3 PRESTACIONES DINERARIAS PRESTACIONES DINERARIAS DE LA LEY Y PRESTACIONES DINERARIAS DE LA LEY

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2 INTRODUCCION... 3 PRESTACIONES DINERARIAS PRESTACIONES DINERARIAS DE LA LEY Y PRESTACIONES DINERARIAS DE LA LEY ESTADO COMISION MEDICA ESTADO VMIB/VMIR ESTADO VISADO ESTADO LIQUIDADO ACEPTACIÓN NOTIFICACIÓN Y PAGO SINIESTROS PMI POSTERIOR VIGENCIA LEY

3 INTRODUCCION A raíz de la nueva Ley complementaria de la Ley de Riesgo del Trabajo Nº , publicada con fecha 24/02/2017, el módulo de las prestaciones dinerarias ha sufrido cambios. Dicha norma entre sus modificaciones, dispone: Que la actuación de las comisiones médicas jurisdiccionales (CM), constituirá la instancia administrativa previa, de carácter obligatorio y excluyente de toda otra intervención, para que el trabajador afectado, contando con el debido patrocinio letrado, solicite la determinación del carácter profesional de su enfermedad o contingencia, la determinación de su incapacidad y las correspondientes prestaciones dinerarias. Los dictámenes de la CM que determinen un porcentaje de incapacidad laboral permanente definitiva o el fallecimiento por causas laborales, deberán ser notificados a las partes y al empleador.la CM deberá expedirse dentro de los sesenta (60) días hábiles administrativos, contados a partir de la primera presentación. En oportunidad de la notificación prevista en el apartado anterior, se los citará a una audiencia a celebrarse ante el Servicio de Homologación, la cual estará presidida por un funcionario letrado de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, siendo obligatoria la concurrencia de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo, del trabajador o derechohabientes y/o sus representantes legales. En dicha audiencia se informará a las partes el importe de la indemnización que le corresponde percibir al trabajador o a sus derechohabientes según lo dispuesto en la ley y sus modificatorias. Si mediare conformidad con lo actuado, el Servicio de Homologación, emitirá el acto de homologación pertinente, dejando expresa constancia del ejercicio por parte del trabajador o de sus derechohabientes de la opción prevista en el artículo 4 de la ley

4 En caso de disconformidad de alguna de las partes con el porcentaje de incapacidad, se labrará un acta dejando constancia de ello y quedará expedita la vía recursiva, ante la Comisión Médica Central. Las resoluciones de la respectiva comisión médica jurisdiccional y de la Comisión Médica Central deberán ser notificadas a las partes y al empleador. La decisión de la Comisión Médica Central será susceptible de recurso directo, por cualquiera de las partes, el que deberá ser interpuesto ante los tribunales de alzada con competencia laboral o, de no existir éstos, ante los tribunales de instancia única con igual competencia. Asimismo, se dispone que todas las prestaciones dinerarias e indemnizaciones deberán ser depositadas en la cuenta sueldo del respectivo trabajador. Este nuevo instructivo tiene como objetivo la familiarización de los usuarios con el uso del nuevo circuito dentro del módulo SIAPE/Prestaciones Dinerarias/Administración, destinado al registro, seguimiento y liquidación de las prestaciones dinerarias por incapacidad laboral permanente derivadas del régimen de autoseguro, en el marco de las modificaciones normativas. La propia Ley establece que el nuevo procedimiento será de aplicación, ante la adhesión de las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por tal motivo, y por el momento solo se aplicará a los agentes siniestrados que tengan domicilio particular en CABA o bien presten efectivamente servicios en tal Jurisdicción, hasta tanto la Pcia. no formalice la adhesión requerida.

5 PRESTACIONES DINERARIAS Actualmente en el sistema, van a convivir dos situaciones: 1. Las prestaciones dinerarias según la ley y 26773, para agentes con domicilio, o prestación de servicio en la Provincia. 2. Las prestaciones dinerarias a partir de la nueva ley para agentes con domicilio, o prestación de servicio en CABA. 1.-PRESTACIONES DINERARIAS DE LA LEY Y En el primer caso, el procedimiento es igual al que se venía realizando. El circuito en el Siape comienza con la prestación dineraria en estado de INICIADA, luego la Dirección de Seguridad Laboral verifica los datos del dictamen recibidos en SIAPE y enviados por PROVART al sistema y lo visa, pasando la prestación dineraria al estado de VISADA. El área de liquidaciones del Organismo desde REMUNERACIONES, calcula las doce remuneraciones previas a la PMI, con la salvedad de que se agrega un nuevo estado denominado VMIB/VMIR. Luego desde el botón CALCULAR se realiza la liquidación pasando la prestación dineraria a estado de CALCULANDO y desde el botón LIQUIDACION, al registrarse la misma, la prestación pasará a estado LIQUIDADA. Por último, al registrarse la fecha de pago, la prestación dineraria pasará a estadopagada. Este procedimiento se seguirá utilizando para los siniestros, cuyo agente tenga domicilio en Provincia de Buenos Aires. Hasta tanto la Provincia se adhiera a la Ley PRESTACIONES DINERARIAS DE LA LEY ESTADO COMISION MEDICA: el circuito en el Siape comienza cuando la Comisión Médica (CM) cita al agente siniestrado para determinar la incapacidad, luego que los médicos de Provincia ART le han otorgado el alta médica. La prestación dineraria en el aplicativo aparecerá en estado de "COMISION MEDICA indicándose con la referencia N, aquellas prestaciones correspondientes al nuevo circuito de la Ley

6 En este estado, el área de liquidación de cada Organismo, deberá volcar las doce remuneraciones previas a la PMI dentro del plazo de vencimiento que establece la columna de VENCIMIENTO y que se indica con el color amarillo, a fin de arribar al cálculo del Valor Mensual del Ingreso Base actualizado por RIPTE (VMIB/VMIR). A diferencia del anterior procedimiento, el agente aun no ha asistido a la cita en CM y por ende aun no se cuenta con el dictamen médico que homologa una incapacidad, ni el visado por parte de la Direccion de Seguridad Laboral. Desde se accederá a la siguiente pantalla:

7 2.2 ESTADO VMIB/VMIR: Una vez obtenidas las doce remuneraciones, se presionará el botón CONFIRMAR IMPROTES CALCULADOS a fin de arribar al VMIB/VMIR. Debajo de cada botón se indica el estado próximo al que pasará la prestación dineraria una vez que se interactúe con los mismos.

8 Vencido el plazo del cálculo, la Dirección de Seguridad Laboral actuará como nexo entre el Organismo y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), enviándole el VMIB para realizar el cálculo a este organismo de control Nacional. Por el contrario, si el cálculo no estuviera en SIAPE en tiempo y forma a efectos de ser enviado a la SRT, esta Institución utilizará los datos de masa salarial obtenidos de AFIP para realizar los cálculos, pudiendo arribar a un monto de prestación dineraria diferente, el que posteriormente deberá ser abonado por el organismo. 2.3 ESTADO VISADO: La Comisión médica determinará el porcentaje de incapacidad, notificará el dictamen y se citará al agente siniestrado a una audiencia con el Servicio de Homologación de la SRT. En cuanto SIAPE reciba la novedad del dictamen, y luego de que la Dirección de Seguridad Laboral verifique tales datos, la prestación continuará con el estado VISADA 2.4 ESTADO LIQUIDADO: En esta instancia, si el Organismo ya ha hecho el cálculo del VMIB/VMIR la prestación dineraria pasará a estado LIQUIDADA; No obstante, si el Organismo no ha cumplido aún con el cálculo del VMIB/VMIR, la prestación dineraria pasara a estado CALCULANDO, a efectos de realizar el cálculo faltante, para luego pasar a LIQUIDADA. La fecha de la liquidación se impactará automáticamente al botón de

9 Con el monto de la liquidación determinada, el organismo puede preceder al pedido de fondos, dado que deberá abonar el importe en caso que el agente ACEPTE el mismo, o bien derivará tal a la cuenta siniestros al igual que ocurre en el procedimiento Ley y ACEPTACIÓN: En la audiencia con el Servicio de Homologación, se informará al agente la prestación dineraria a percibir, pudiendo el mismo aceptarla o no. Provincia ART enviará la información al Siape del resultado de la audiencia, y si el agente hubiera aceptado se mostrará en el sistema la fecha de aceptación de la prestación dineraria, de lo contrario derivará los fondos a la cuenta siniestros. Se le informará al organismo, a través del perfil de prestaciones dinerarias/ notificaciones del resultado de la audiencia.

10 2.6 NOTIFICACIÓN Y PAGO: En el aplicativo se verá impactada, desde el botón la fecha de citación en la Oficina de homologación, la fecha del acto de homologación, y la fecha de notificación del acto de homologación. A partir de la fecha de notificación del acto de homologación, comienza a correr el plazo de los 5 días hábiles para pagar la prestación dineraria, impactándose la fecha de vencimiento indicada con color rojo.

11 Para el supuesto en que el agente haya apelado por disconformidad sobre el grado de incapacidad, se impactará la fecha de la citación a la Comisión Medica Central, la fecha del dictamen de la CMC y la fecha de la notificación del dictamen de la CMC. Para el supuesto en que el agente no acepte la prestación dineraria, el Organismo deberá depositar el dinero en la cuenta Siniestro, y registrarlo en el botón de

12 SINIESTROS PMI POSTERIOR VIGENCIA LEY Para las prestación dineraria, cuya PMI sea posterior a la entrada en vigencia de la ley 27348, va a variar el cálculo que se utiliza para liquidar la prestación dineraria. El Artículo 11 de la ley 27348, establece que a los fines del cálculo del valor del ingreso base se considerará el promedio mensual de todos los salarios devengados de conformidad con lo establecido por el artículo 1 del Convenio N 95 de la OIT por el trabajador durante el año anterior a la primera manifestación invalidante, o en el tiempo de prestación de servicio si fuera menor. A su vez establece que losdoce salarios mensuales previos a la PMI se actualizarán mes a mes aplicándose una variación del índice RIPTE.Además ese monto devengará un interés equivalente al promedio de la tasa activa del Banco Nación desde la PMI hasta la fecha de la liquidación. Desde el botón se verá la siguiente pantalla:

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