REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACION
|
|
- Luis Fidalgo Soler
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACION Villahermosa Tabasco; julio de Elaboró: Revisó : Autorizó: Departamento de Centro de Información Dirección de Proyectos Rectoría Institucional
2 CONTENIDO TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES 3 CAPÍTULO I. DE LA FUNDAMENTACIÓN... 3 CAPÍTULO II. DE LAS FUNCIONES.. 4 TÍTULO SEGUNDO DEL ACERVO BIBLIOGRÁFICO.. 4 CAPÍTULO I. GENERALIDADES... 4 CAPÍTULO II. DE LOS CATÁLOGOS. 5 TÍTULO TERCERO DE LOS SERVICIOS... 6 CAPÍTULO I. DE LOS USUARIOS. 6 CAPÍTULO II. DE LOS TIPOS DE SERVICIOS 6 CAPÍTULO III. DE LAS CONDICIONES DEL SERVICIO. 7 CAPÍTULO IV. DE LOS PRÉSTAMOS 8 CAPÍTULO V. DE LAS FOTOCOPIAS 9 PÁG. TÍTULO CUARTO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS 9 CAPÍTULO I. DE LOS DERECHOS DE LOS USUARIOS. 9 CAPÍTULO II. DE LAS OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS.. 10 TÍTULO QUINTO DEL PERSONAL DE CENTRO DE INFORMACION. 11 CAPÍTULO I. DEL PERSONAL.. 11 CAPÍTULO II. DE LAS OBLIGACIONES DEL PERSONAL TÍTULO SEXTO DE LAS SANCIONES.. 12 CAPÍTULO I. DE LA APLICACIÓN DE SANCIONES TÍTULO SÉPTIMO TRANSITORIOS CAPÍTULO I GENERALIDADES
3 TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I. DE LA FUNDAMENTACIÓN Art. 1º. El presente reglamento establece las normas que regulan la función del Centro de Información; fundamentado en el reglamento de apoyos académicos de la Universidad Mundo Maya. Art. 2º. El objetivo del Centro de Información es proveer a los usuarios de documentos impresos y electrónicos: Libros, revistas, periódicos, cd s, etcétera, para el logro de los objetivos educativos institucionales. Art. 3º. El centro de información de la Universidad Mundo Maya es de estantería cerrada, integrada por: a) Acervo bibliográfico. b) Sala de consulta. c) Áreas de estudio. d) Mobiliario. e) Material didáctico. f) Módulo de consulta bibliográfica. Art. 4º. El centro de información brinda los servicios de fotocopiado, consulta, reparación y préstamo de material didáctico y bibliográfico que integran el acervo de la Universidad Mundo Maya. 3
4 CAPÍTULO II. DE LAS FUNCIONES Art. 5º. Las funciones de centro de información son: a) Integrar, seleccionar y gestionar la compra del acervo bibliográfico señalado en los planes y programas de estudio. b) Poner a disposición de los usuarios los recursos bibliográficos y didácticos. c) Organizar, controlar, custodiar y conservar los recursos bibliográficos y didácticos. d) Apoyar en la selección de material bibliográfico durante la elaboración de nuevas propuestas y actualizaciones de planes y programas de estudio. e) Difundir los servicios, políticas y reglamentos del centro de información. f) Elaborar y aplicar instrumentos para la mejora de los servicios que proporciona el centro de información. g) Recopilar las sugerencias de los usuarios para la adquisición del acervo bibliográfico. TÍTULO SEGUNDO. DEL ACERVO BIBLIOGRÁFICO CAPÍTULO I. GENERALIDADES Art. 6º. El acervo bibliográfico está constituido por: a) Libros. 4
5 b) Tesis y revistas. c) Enciclopedias y Cd s. Art. 7º. El sistema de codificación del acervo bibliográfico se encuentra constituido por letras y números. Art. 8º. El acervo bibliográfico deberá registrarse en la base de datos del Sistema de centro de información (SISBI). Art. 9º. Los libros, tesis, revistas, cd s y material audiovisual, se clasificarán para su colocación en las estanterías de acuerdo al código asignado. Art. 10º. El acervo bibliográfico se considera de uso regular, cuando se utiliza de forma frecuente y se cuenta con más de un ejemplar. Art. 11º. El acervo bibliográfico se considera como único, cuando se tiene un solo ejemplar. CAPÍTULO II. DE LOS CATÁLOGOS Art. 12º. El catálogo presenta la relación de libros con que cuenta el centro de información. Art. 13º. Los campos que conformarán el catálogo de libros son: Clave, título, autor, editorial, año de edición y cantidad. 5
6 TÍTULO TERCERO. DE LOS SERVICIOS Universidad Mundo Maya CAPÍTULO I. DE LOS USUARIOS Art. 14º. Se consideran usuarios de centro de información, aquellas personas que solicitan algún material de centro de información; clasificándose en: a) Usuarios Internos. Son todos los alumnos, personal docente y personal administrativo de la Universidad Mundo Maya. b) Usuarios Externos. Se encuentran integrados por: Aquellas personas que forman parte de instituciones con las cuales la Universidad Mundo Maya ha firmado convenio de colaboración donde se establezca el acceso a los servicios de centro de información. Egresados. Personas que no pertenecen a la Universidad. CAPÍTULO II. DE LOS TIPOS DE SERVICIOS Art. 15º. Los servicios que ofrece el centro de información son: a) Préstamo interno. Es el acervo bibliográfico proporcionado para su consulta en la sala de lectura o en alguna área dentro de las instalaciones. b) Préstamo interbibliotecario entre campus Universitarios. Es el préstamo del acervo bibliográfico entre los Campus de la Universidad Mundo Maya, durante un periodo no mayor a dos ciclos escolares. c) Préstamo a domicilio. Es el acervo bibliográfico proporcionado al usuario para consulta fuera de las instalaciones de la Universidad Mundo Maya. 6
7 d) Fotocopiado. Este servicio se le brinda al usuario, con la finalidad de reproducir parte de un documento. e) Préstamo de material didáctico y audiovisual. Permite hacer uso del material didáctico y audiovisual disponible que sirve de apoyo al usuario. f) Cubículos de estudio. Son áreas reservadas para el trabajo en grupo o la impartición de clases a grupos pequeños dentro del centro de información. g) Consulta electrónica de material bibliográfico en el sistema (SISBI). Catálogo digital de recursos bibliográficos que permiten su búsqueda por título, autor, editorial, año de edición, ISBN y número de edición. h) Internet. Acceso a red inalámbrica para los usuarios. i) Sala de lectura. Es el espacio disponible para aquellos usuarios que requieran consultar documentos o libros. j) Catálogo de libros. Es una lista ordenada para la consulta de libros existentes en el centro de información. k) Biblioteca virtual: Consulta de libros digitales en las plataformas e-libro y panamericana. CAPÍTULO III. DE LAS CONDICIONES DEL SERVICIO Art. 16. La dirección administrativa establecerá los costos de los servicios ofrecidos por el centro de información. Art. 17º. La rectoría o dirección general de campus, establecerá el horario de servicios de centro de información para cada ciclo escolar, considerando las necesidades y requerimientos de los usuarios. Art. 18º. Para acceder a los servicios del centro de información, los usuarios internos deberán presentar una identificación que los acredite como alumno, personal docente o personal administrativo de la Institución. 7
8 Art. 19º. Para acceder a la sala de lectura, cubículos de estudio y préstamo interno del acervo bibliográfico, los usuarios externos deberán presentar identificación de la institución de donde provenga y su credencial de elector. CAPÍTULO IV. DE LOS PRÉSTAMOS Art. 20º. Los usuarios internos podrán solicitar en préstamo a domicilio hasta dos títulos del material bibliográfico de uso regular, por un tiempo máximo de dos días de consulta. Art. 21º. El acervo bibliográfico único, enciclopedias, diccionarios, colecciones, tesis, directorios, atlas y revistas no podrán solicitarse para préstamo a domicilio. Art. 22º. Los usuarios internos que soliciten préstamo a domicilio del acervo bibliográfico, deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) Presentar credencial que lo acredite como alumno, personal docente o personal administrativo de la Institución que servirá de resguardo hasta la devolución del material bibliográfico prestado. b) Requisitar el formato de préstamo bibliográfico. Art. 23º. Los usuarios podrán solicitar hasta tres títulos de material bibliográfico, para su consulta en los cubículos de estudio y sala de lectura. Art. 24º. El préstamo de los cubículos de estudio para grupos será de dos a seis personas y, hasta por un tiempo máximo de dos horas por grupo. Art. 25º. La solicitud de uso de los cubículos de estudio se realizará mediante reservación previa, entregando credencial vigente. 8
9 Art. 26º. La tolerancia para hacer uso de los cubículos de estudio será de 10 minutos; transcurridos estos, si no se presenta el o los usuarios, se cancelará la reservación. Art. 27º. Ningún usuario podrá solicitar préstamo del acervo bibliográfico o de cubículos con credencial ajena. Art. 28º. No se prestará ningún tipo de material, si previamente no se ha devuelto otro que el usuario haya solicitado en calidad de préstamo o designado para restituirlo. CAPÍTULO V. DE LAS FOTOCOPIAS Art. 29º. El servicio de fotocopias se ofrece a todos los usuarios del centro de información con un costo por cada documento. Art. 30º. El personal administrativo no pagará las fotocopias, siempre que éstas se relacionen con su actividad laboral y sean justificadas con un vale de copias. TÍTULO CUARTO. DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS CAPÍTULO I. DE LOS DERECHOS DE LOS USUARIOS Art. 31º. Los derechos de los usuarios son: a) Acceder a las instalaciones de centro de información. b) Recibir información sobre los materiales existentes en el centro de información. 9
10 c) Solicitar los servicios que proporciona el centro de información. CAPÍTULO II. DE LAS OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS Art. 32º. Son obligaciones de los usuarios: a) Cumplir con las disposiciones de los reglamentos institucionales, el Reglamento del centro de información y las políticas y procedimientos establecidos por el centro de información. b) Conservar en buen estado y responsabilizarse del acervo documental prestado. c) Guardar silencio y mantener una conducta de respeto en las instalaciones de centro de información. d) No introducir alimentos y bebidas en las instalaciones del centro de información. e) No fumar dentro de las instalaciones del centro de información. f) No utilizar teléfonos celulares, aparatos o equipos de sonido. g) Revisar y notificar cualquier anomalía o daño observado en los materiales o instalaciones del centro de información antes o durante su préstamo. h) Abstenerse de realizar actividades que no tengan relación al propósito académico dentro de las instalaciones de centro de información. i) No usar el equipo de cómputo del centro de información para actividades distintas a la consulta del catálogo en línea. j) No interferir con otra persona en el uso de centro de información o con el personal de la biblioteca en el cumplimiento de su trabajo. k) Cuidar y preservar los bienes muebles e inmuebles de centro de información. 10
11 l) Cumplir con los mecanismos de control, seguridad y vigilancia que se establezcan en el centro de información. TÍTULO QUINTO. DEL PERSONAL DE LA BIBLIOTECA CAPÍTULO I. DEL PERSONAL Art. 33º. El personal del centro de información deberá cumplir con las disposiciones establecidas en el Manual de Organización, el Reglamento Institucional, el Reglamento del Centro de información, las políticas y procedimientos de centro de información y, todas aquellas actividades que le sean encomendadas. Art. 34º. El alumno becario y/o de prácticas profesionales podrá prestar servicios como personal de centro de información, cumpliendo con las funciones que le sean asignadas como auxiliar administrativo. CAPÍTULO II. DE LAS OBLIGACIONES DEL PERSONAL Art. 35º. Son obligaciones del personal: a) Vigilar que se cumpla el presente Reglamento y todos los reglamentos de la Institución. b) Comunicar ante las autoridades competentes cualquier anomalía que se presente. c) Asesorar al usuario en la búsqueda de información. 11
12 d) Participar en la adquisición de nuevo material y en cualquier proyecto que se implemente en el centro de información. e) Recopilar, ordenar, procesar, registrar y poner al servicio del usuario el acervo bibliográfico de centro de información. f) Vigilar y mantener en buenas condiciones el acervo bibliográfico y las instalaciones de centro de información. g) Realizar inventario del acervo bibliográfico al término de cada ciclo escolar. i) Elaborar y aplicar los controles necesarios de centro de información. TÍTULO SEXTO. DE LAS SANCIONES CAPÍTULO I. DE LA APLICACIÓN DE SANCIONES Art. 36º. Las faltas incurridas por el personal de centro de información se notificarán a la Dirección General de Campus quien será la encargada de aplicar la sanción correspondiente. Art. 37º. Las faltas incurridas por los alumnos y personal docente, se notificarán a la Dirección General de Campus y al área académica. La sanción correspondiente será establecida por la Dirección General de Campus. Art. 38º. Las sanciones económicas se aplicarán con base en lo establecido en el Reglamento Institucional. 12
13 Art. 39º. En caso de daño a las instalaciones y demás material de centro de información, el usuario deberá resarcirlo. Art. 40º. En caso de daño o extravió de un libro, el usuario deberá remplazarlo por uno nuevo con las mismas características; entregando otro en calidad de donación. Si el libro no se encuentra disponible, se sustituirá por otro similar. Art. 41º. Si un usuario comete más de tres faltas durante el ciclo escolar vigente, además de las sanciones señaladas, se le suspenderá el servicio hasta el término del mismo; recuperándolo para el ciclo escolar siguiente. Art. 42º. Si un usuario sustrae material bibliográfico sin haberlo registrado previamente, será turnado a la Dirección General de Campus y además deberá donar dos textos que se le indiquen. TÍTULO SÉPTIMO. TRANSITORIOS CAPÍTULO I. GENERALIDADES Art. 43º. Este reglamento entrará en vigor un día después de ser aprobado por la Rectoría Institucional. Art. 44º. Todos los casos no previstos en este reglamento serán tratados por un Comité Directivo de Campus Universitario. Art. 45º. El desconocimiento del presente Reglamento no exime de su cumplimiento y obligación. 13
Centro de Enseñanza para Extranjeros. Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno
Centro de Enseñanza para Extranjeros Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones generales Artículo 1. La biblioteca "Simón Bolívar" del Centro de Enseñanza para Extranjeros
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO DIVISIÓN DE CIENCIAS FORESTALES REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA DIVISIÓN DE CIENCIAS FORESTALES
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO DIVISIÓN DE CIENCIAS FORESTALES REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA DIVISIÓN DE CIENCIAS FORESTALES CHAPINGO, EDO. DE MÉXICO, 2 DE FEBRERO DE 1984 C O N T E N I D O CAPÍTULO
Más detallesCAPÍTULO 1 DE LOS USUARIOS CAPÍTULO 2 DE LOS SERVICIOS BIBLIOTECARIOS
BIBLIOTECA CENTRAL REGLAMENTO DE SERVICIOS BIBLIOTECARIOS CAPÍTULO 1 DE LOS USUARIOS ART. 1º. SON USUARIOS INTERNOS DE LOS SERVICIOS DE LA BIBLIOTECA, LOS ALUMNOS INSCRITOS EN LA ESCUELA NACIONAL DE CIENCIAS
Más detallesREGLAMENTO BIBLIOTECA
ÍNDICE REGLAMENTO BIBLIOTECA ÍNDICE CAPÍTULO PRIMERO... 3 Generalidades... 3 CAPÍTULO SEGUNDO... 4 De los Servicios... 4 CAPÍTULO TERCERO... 5 Del Préstamo... 5 CAPÍTULO CUARTO... 6 Devolución de material...
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE LA BIBLIOTECA DE LA FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACION DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA BENITO JUÁREZ DE OAXACA
DISPOCISIONES GENERALES. Artículo 1. El presente reglamento es de carácter obligatorio para todos los usuarios y personal de la biblioteca y tiene como finalidad establecer los objetivos, estructura y
Más detallesINSTITUTO FRANCISCO POSSENTI PRIMARIA SECUNDARIA PREPARATORIA BACHILLERATO per crucem ad lucem
INSTITUTO FRANCISCO POSSENTI PRIMARIA SECUNDARIA PREPARATORIA BACHILLERATO per crucem ad lucem Biblioteca Ildefonso Noris REGLAMENTO DE SERVICIOS BIBLIOTECARIOS Febrero 2014 I. BIBLIOTECA ESCOLAR: CONCEPTO
Más detallesÍNDICE. Transitorios... 4
ÍNDICE Capítulo I... 1 Capítulo II De las funciones del Jefe de la Biblioteca... 1 Capítulo III De las funciones del personal de la Biblioteca... 2 Capítulo IV Funcionamiento de la Biblioteca... 2 Capítulo
Más detallesReglamento de Biblioteca
SUBDIRECCIÓN ACADÉMICA Reglamento de Biblioteca JESÚS REYES HEROLES Mayo 12, 2015 Reglamento de Biblioteca Exposición de motivos El personal de la Biblioteca Jesús Reyes Heroles, consciente del rol fundamental
Más detallesAprobado por la Comisión Académica de Ensenada el. 12 de junio de 2003, según Acta INTRODUCCIÓN
Aprobado por la Comisión Académica de Ensenada el 12 de junio de 2003, según Acta 17-03 INTRODUCCIÓN Con la finalidad de dar cumplimiento al artículo 4º del "Reglamento General del Sistema Bibliotecario
Más detallesBIBLIOTECA SAN JUAN BAUTISTA DE LA SALLE
BIBLIOTECA SAN JUAN BAUTISTA DE LA SALLE ANTECEDENTES La Biblioteca San Juan Bautista de La Salle fue inaugurada el día 23 de febrero de 1993. Su propósito es cubrir las necesidades de información de la
Más detallesReglamento de Biblioteca
Reglamento de Biblioteca El propósito de este reglamento, es dar a conocer a los usuarios de la Biblioteca, sus derechos y obligaciones en relación con los servicios bibliotecarios. CAPÍTULO I GENERALIDADES
Más detallesREGLAMENTO DE LA UNIDAD CENTRAL DE INFORMACIÓN (BIBLIOTECA)
REGLAMENTO DE LA UNIDAD CENTRAL DE INFORMACIÓN (BIBLIOTECA) CAPITULO 1 REFERENTE A LA UNIDAD CENTRAL DE INFORMACIÓN (BIBLIOTECA) Artículo 1.- El presente Reglamento rige la organización y los servicios
Más detallesINSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL CENTRO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS 5 BENITO JUÁREZ
DISPOSICIONES GENERALES PARA EL USO DE LOS SERVICIOS BIBLIOTECARIOS APROBADAS POR CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO ESCOLAR DEL PLANTEL CAPÍTULO 1 DE LOS USUARIOS ART.1. SON USUARIOS INTERNOS DE LOS SERVICIOS
Más detallesReglamento General de la Biblioteca Jorge A. Bustamante
Reglamento General de la Biblioteca Jorge A. Bustamante Capítulo Primero. Disposiciones generales Capítulo Segundo. De la organización de la Biblioteca Capítulo Tercero. De los usuarios de la Biblioteca
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO CENTRO DE INVESTIGACIONES EN GEOGRAFÍA AMBIENTAL REGLAMENTO DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN
Artículo 1. UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO CENTRO DE INVESTIGACIONES EN GEOGRAFÍA AMBIENTAL REGLAMENTO DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN CAPITULO I. DE LOS OBJETIVOS Y FUNCIONES DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN
Más detallesREGLAMENTO DE LABORATORIOS Y TALLERES
REGLAMENTO DE LABORATORIOS Y TALLERES Villahermosa Tabasco; Enero de 2016 Elaboró: Revisó : Autorizó: Departamento de Centro de Cómputo, Laboratorios y Talleres Dirección de Proyectos Rectoría Institucional
Más detallesREGLAMENTO DE CENTRO DE CÓMPUTO
REGLAMENTO DE CENTRO DE CÓMPUTO Villahermosa Tabasco; agosto de 2015 Elaboró: Revisó : Autorizó: Coordinación de Centro de Cómputo, Laboratorios y Talleres Dirección de Proyectos Rectoría ÍNDICE TÍTULO
Más detallesUniversidad de la Sierra REGLAMENTO DE BIBLIOTECA
Universidad de la Sierra REGLAMENTO DE BIBLIOTECA JULIO DEL 2005 ÍNDICE Página CAPÍTULO I GENERALIDADES 2 CAPÍTULO II DE LAS COLECCIONES 2 CAPÍTULO III DE LOS SERVICIOS BIBLIOGRÁFICOS CAPÍTULO IV DEL
Más detallesREGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE TONALÁ. Capítulo I. Disposiciones Generales
REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE TONALÁ Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1. El presente reglamento establece los servicios que se ofrecen en la Biblioteca del Centro Universitario
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO ESCUELA NACIONAL PREPARATORIA PLANTEL (9) PEDRO DE ALBA BIBLIOTECA BENITO JUÁREZ GARCÍA
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO ESCUELA NACIONAL PREPARATORIA PLANTEL (9) PEDRO DE ALBA BIBLIOTECA BENITO JUÁREZ GARCÍA Con fundamento en los artículos 11 del Estatuto General de la UNAM, 1 y 4
Más detallesREGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA CAPITULO V. DE LOS DERECHOS DE LOS USUARIOS. CAPITULO VI. DE LAS OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS. CAPITULO 1 GENERALIDADES
ANEXO 8. REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA CAPITULO 1. GENERALIDADES. CAPITULO 11. HORARIOS Y SERVICIOS. CAPITULO 111. DE LOS PRÉSTAMOS EXTERNOS. CAPITULO IV. VENCIMIENTOS Y SANCIONES. CAPITULO V. DE LOS DERECHOS
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO
Enseñar la explotación de la tierra, No la del hombre UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DEL DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA MECÁNICA AGRÍCOLA Aprobado el 3 de Noviembre de 2004, por
Más detallesD-41 REGLAMENTO DE BIBLIOTECA D-41. Código: REGLAMENTO DE BIBLIOTECA. Fecha efectiva 08/11/2016. Página: 1 de 12. Versión: 00
UNIVERSIDAD METROPOLITANA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA REGLAMENTO DE BIBLIOTECA Código: D-41 Versión: 00 Fecha efectiva 08/11/2016 Página: 1 de 12 D-41 REGLAMENTO DE BIBLIOTECA 1 Por medio del cual
Más detallesREGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TLAXCALA.
REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TLAXCALA. Página 1 de 7 ÍNDICE CAPÍTULO I NATURALEZA Y FINES. 3 CAPÍTULO II DE LOS USUARIOS. 4 CAPÍTULO III DEL PRÉSTAMO DE MATERIAL. 5 CAPÍTULO
Más detallesCOMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL BIBLIOTECA NORMA CORONA SAPIÉN. GUÍA DE SERVICIOS
COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL BIBLIOTECA NORMA CORONA SAPIÉN. GUÍA DE SERVICIOS 1 Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal GUÍA DE SERVICIOS DE LA BIBLIOTECA NORMA CORONA SAPIÉN.
Más detallesEscuela de Extensión en Canadá Biblioteca Juan Rulfo. Reglamento Interno
Escuela de Extensión en Canadá Biblioteca Juan Rulfo Reglamento Interno CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones generales Artículo 1. La Biblioteca Juan Rulfo de la Escuela de Extensión en Canadá (ESECA), forma
Más detallesUNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE NAYARIT REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE NAYARIT REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1o.- La finalidad del presente Reglamento es establecer los objetivos, estructura
Más detallesArtículo 4 Son usuarios internos: los alumnos inscritos, el personal académico, pasantes y personal administrativo de la Unidad UPN 113 León.
REGLAMENTO INTERNO DISPOSICIONES GENERALES Este documento incluye los requisitos que debe cubrir el personal de los servicios bibliotecarios en la Unidad UPN 113, y destaca las funciones y actividades
Más detallesREGLAMENTO PARA USUARIOS DE LA BIBLIOTECA IGNACIO RAMÍREZ DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO PARA USUARIOS DE LA BIBLIOTECA IGNACIO RAMÍREZ DISPOSICIONES GENERALES 1. El presente Reglamento regula los servicios de préstamo para los usuarios de la Biblioteca Ignacio Ramírez Calzada de
Más detallesREGLAMENTO FRL CENTRO DE INFORMACIÓN Y CONSULTA (BIBLIOTECA)
INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE PUERTO PEÑASCO REGLAMENTO FRL CENTRO DE INFORMACIÓN Y CONSULTA (BIBLIOTECA) Puerto Peñasco, Sonora REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN Y CONSULTA (BIBLIOTECA) DISPOSICIONES
Más detallesBiblioteca de la UFD. Reglamento. Versión 1.4
Biblioteca de la UFD Reglamento Versión 1.4 2017 MISIÓN Proveer recursos y servicios de información acordes con los programas académicos, deportivos y de investigación que sustentan la Misión de la Universidad
Más detallesREGLAMENTO PARA LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CHIAPAS.
El Dr. Jorge Luis Zuart Macias, Rector de la Universidad Politécnica de Chiapas, en ejercicio de las facultades que me confieren los Artículos20 y 23 fracciones XVIII, del Decreto que Reforma, Adiciona
Más detallesInstituto de Investigaciones Jurídicas
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO Instituto de Investigaciones Jurídicas Biblioteca Dr. Jorge Carpizo REGLAMENTO DE LA BIBLOTECA DR. JORGE CARPIZO 1 Contenido Capítulo I Disposiciones generales Capítulo
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECAS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA HISPANO MEXICANA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA HISPANO MEXICANA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- El presente reglamento establece las normas generales de organización y operación
Más detallesUniversidad Autónoma de Tlaxcala Reglamento del Sistema de Bibliotecas
Universidad Autónoma de Tlaxcala Reglamento del Sistema de Bibliotecas Colección Documentos Universitarios Universidad Autónoma de Tlaxcala Reglamento del Sistema de Bibliotecas Colección Documentos Universitarios
Más detallesBiblioteca "Adrián Mora Duhart" MISIÓN
Biblioteca "Adrián Mora Duhart" MISIÓN Contribuir en la preparación y formación académica y profesional de la comunidad ISEC, satisfaciendo necesidades de información y fomentando habilidades y competencias
Más detallesUNIVERSIDAD AUTONOMA DE YUCATAN REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIDAD DE CIENCIAS SOCIALES CENTRO DE INVESTIGACIONES REGIONALES DR.
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE YUCATAN REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIDAD DE CIENCIAS SOCIALES CENTRO DE INVESTIGACIONES REGIONALES DR. HIDEYO NOGUCHI I. GENERALIDADES Artículo 1. La Biblioteca es una herramienta
Más detallesCENTRO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS No. 13
REGLAMENTO CAPÍTULO I DE LOS USUARIOS Artículo 1 - Son usuarios internos de la Biblioteca, los alumnos inscritos en el CECyT y el personal al servicio del mismo. Artículo 2 - Son usuarios externos, todas
Más detallesGuía de Uso de la Biblioteca
Guía de Uso de la Biblioteca Noviembre 2015 1 ÍNDICE 1. Disposiciones generales 3 2. De las colecciones 4 3. De los servicios 4 4. De los usuarios 5 4.1. Deberes 7 4.2. Sanciones 8 5. Disposición final
Más detallesREGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA ESCOLAR
CENTRO DE ACTUALIZACIÓN DEL MAGISTERIO EN ZACATECAS Elaborado por los Responsables de la Biblioteca Dictaminado por el Consejo Académico Institucional Revisado por el Departamento de Planeación y Evaluación
Más detallesUniversidad Mundial REGLAMENTO DE BIBLIOTECA (Vigente a partir de Julio 2012) INDICE
Universidad Mundial REGLAMENTO DE BIBLIOTECA (Vigente a partir de Julio 2012) INDICE MISIÓN TITULO I DISPOSICIONES GENERALES TITULO II TITULO III DE LOS SERVICIOS DEL COMPORTAMIENTO DE LOS USUARIOS TÍTULO
Más detallesINSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL º UNIDAD PROFESIONAL INTERDISCIPLINARIA EN INGENIERÍA Y TECNOLOGÍAS AVANZADAS Con base en las necesidades de los alumnos, el personal Académico, de Apoyo y Asistencia a la
Más detallesCAPÍTULO I De los objetivos
CAPÍTULO I De los objetivos Artículo 1 Ofrecer un espacio de acceso a las diversas fuentes de información centrado en el conocimiento cuya gestión se articula con el trabajo desarrollado en las aulas del
Más detallesLineamientos de servicios
Lineamientos de servicios Con el propósito de establecer las condiciones y los servicios que presta esta biblioteca se presentan las siguientes disposiciones. 1. Naturaleza y Objetivo La Biblioteca Rafael
Más detallesPolítica de Prestación de Servicios POLÍTICA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS BCF_DN_PPS_7.2.1.C_2015_02
UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLÁS DE HIDALGO BIBLIOTECA DE LA COMUNIDAD DE FILOSOFÍA POLÍTICA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS BCF_DN_PPS_7.2.1.C_2015_02 Política de Prestación de Servicios ÍNDICE 1. OBJETIVOS...
Más detallesREGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA ESCOLAR
REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA ESCOLAR JUSTO SIERRA MÉNDEZ Elaborado por el Responsable de la Biblioteca Dictaminado por el Consejo Académico Institucional Revisado por el Departamento de Planeación y Evaluación
Más detallesINSTITUTO POLITECNICO NACIONAL CENTRO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS No.4 LAZARO CARDENAS
INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL CENTRO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS No.4 LAZARO CARDENAS REGLAMENTO INTERNO BIBLIOTECA ING. MANUEL LEON SANTOYO OBJETIVO: Apoyar al programa de enseñanza y aprendizaje
Más detallesUniversidad Peruana de Investigación y Negocios
REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA UPEIN CAPITULO I GENERALIDADES ORGANIZACIÓN Y FINES DE LA BIBLIOTECA -UPEIN Artículo 1: La organización y funciones del Sistema de Biblioteca de UPEIN tienen como base: Ley
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA
REVISION: 04 HOJA 1 DE 8 REGLAMENTO DE BIBLIOTECA D-22-01 MISIÓN Brindar eficiencia en la consulta de los materiales informativos que requieren los alumnos y maestros de la Universidad Cuauhtémoc, mediante
Más detallesUniversidad Veracruzana FACULTAD DE ECONOMÍA Doctorado en Finanzas Públicas
BIBLIOTECA DE LA Y GEOGRAFÍA La biblioteca fue fundada en 1968 gracias al apoyo e interés del entonces director de la Facultad de Economía Dr. Roberto Bravo Garzón, en ese tiempo contaba con dos salas
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE LA BIBLIOTECA "SIMÓN BOLÍVAR" DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES SOBRE AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE
REGLAMENTO INTERNO DE LA BIBLIOTECA "SIMÓN BOLÍVAR" DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES SOBRE AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE CAPÍTULO I NATURALEZA, FUNCIONES Y ESTRUCTURA Artículo 1. Artículo 2. Artículo 3. Este
Más detallesÍNDICE. INTRODUCCIÓN... l CAPÍTULO I DE LOS USUARIOS... 1 CAPÍTULO II DE LOS SERVICIOS... 2 CAPÍTULO III DE LOS REQUISITOS... 5
ÍNDICE INTRODUCCIÓN... l CAPÍTULO I DE LOS USUARIOS... 1 CAPÍTULO II DE LOS SERVICIOS... 2 CAPÍTULO III DE LOS REQUISITOS... 5 CAPÍTULO IV DE LAS RESPONSABILIDADES... 6 CAPÍTULO V DE LAS SANCIONES... 8
Más detallesINSTRUCTIVO PARA EL USO DE LOS SERVICIOS E INSTALACIONES DE LA COORDINACIÓN DE SERVICIOS DE INFORMACIÓN. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
INSTRUCTIVO PARA EL USO DE LOS SERVICIOS E INSTALACIONES DE LA COORDINACIÓN DE SERVICIOS DE INFORMACIÓN. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. Dada la necesidad de actualizar las normas de los servicios que proporciona
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA.
Página 1 de 6 ESCUELA SUPERIOR FRANCISCANA ESPECIALIZADA/AGAPE REGLAMENTO DE BIBLIOTECA. Página 2 de 6 La finalidad del presente Reglamento es determinar la organización y operación de la Biblioteca. Objetivos:
Más detallesREGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN DEL ITSE. Capítulo I. Generalidades
REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN DEL ITSE Capítulo I Generalidades Art. 1 La finalidad del Centro de Información es fortalecer el conocimiento mediante la promoción y apoyo de actividades encaminadas
Más detallesREGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DEL CENTRO DE INFORMACIÓN
REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DEL CENTRO DE INFORMACIÓN Fecha: Octubre de 2015 Responsable: MTI. Alfredo Terrazas Porcayo Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1 La finalidad del presente Reglamento
Más detallesReglamento que regula la operación del Centro de Información del Centro de Investigación en Materiales Avanzados
Centro de Investigación en Materiales Avanzados Centro de Información Octubre 2010 Reglamento que regula la operación del Centro de Información del Centro de Investigación en Materiales Avanzados DIRECTORIO
Más detallesUNIVERSIDAD SEK REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS. Decreto Rectoría 01/ 2016 Vigencia desde 01/03/2016 Versión anterior 01/03/2002 MARZO 2016
UNIVERSIDAD SEK REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS Decreto Rectoría 01/ 2016 Vigencia desde 01/03/2016 Versión anterior 01/03/2002 MARZO 2016 Secretaría General Reglamento de Bibliotecas 2 3 REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA BENITO JUÁREZ DE OAXACA ESCUELA DE ECONOMÍA
REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA Articulo 1. El presente reglamento tiene como objetivo establecer los lineamientos que regulen el funcionamiento de la biblioteca de la Escuela de Economía de la Universidad
Más detallesEl presente reglamento establece normas y procedimientos para los servicios de la Biblioteca.
REGLAMENTO INTERNO Objetivo El presente reglamento establece normas y procedimientos para los servicios de la Biblioteca. Alcance La finalidad que persigue el presente reglamento es normar el uso, aprovechamiento
Más detallesAdministrador del Proceso/Responsable(s) del proceso, responsabilidad y autoridad Usuario y proveedor del proceso Entradas y salidas
Versión vigente No. 05 Fecha: 27/10/10 Proceso: Préstamo de Servicios Bibliotecarios Administrador del Proceso/Responsable(s) del proceso, responsabilidad y autoridad Usuario y proveedor del proceso Entradas
Más detallesCENTRO DE ESTUDIOS SUPERIORES DEL NOROESTE REGLAMENTO DE BIBLIOTECA
CENTRO DE ESTUDIOS SUPERIORES DEL NOROESTE REGLAMENTO DE BIBLIOTECA 1 ÍNDICE INTRODUCCIÓN 3 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES 4 CAPÍTULO II DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS 4 CAPÍTULO III SANCIONES 5
Más detallesREGLAMENTO Y NORMATIVA DE PRESTAMOS DEL CENTRO DE DOCUMENTACION DE LA FACULTAD DE INGENIERIA QUIMICA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA FACULTAD DE INGENIERÍA QUÍMICA REGLAMENTO Y NORMATIVA DE PRESTAMOS DEL CENTRO DE DOCUMENTACION DE LA FACULTAD DE INGENIERIA QUIMICA Managua, Enero 2014. Tabla de Contenido
Más detallesReglamento de Servicios Bibliotecarios
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL CENTRO INTERDISCIPLINARIO DE INVESTIGACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL REGIONAL UNIDAD OAXACA Reglamento de Servicios Bibliotecarios Subdirección de Intercambio Académico
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA CAPITULO I. Disposiciones Generales
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA CAPITULO I Disposiciones Generales Artículo 1.- La finalidad del presente Reglamento es establecer los objetivos, estructura y operación de la biblioteca, de la Universidad Tecnológica
Más detallesBIBLIOTECA CENTRAL "LIC. EMILIO SALAZAR ZORRILLA"
INSTITUTO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE CHIAPAS UNIVERSIDAD SALAZAR DEPARTAMENTO DE BIBLIOTECAS BIBLIOTECA CENTRAL "LIC. EMILIO SALAZAR ZORRILLA" REGLAMENTO DE SERVICIOS El presente Reglamento se establece
Más detallesREGLAMENTO PARA EL USO DE LOS SERVICIOS BIBLIOTECARIOS DEL CENTRO DE INFORMACION Y BIBLIOTECA DR. VICTOR HUGO HURTARTE
El Consejo Directivo de la Superintendencia del Sistema Financiero en uso de la potestad que le confiere el literal a) del artículo 10 de la Ley Orgánica de la Superintendencia, ACUERDA: Emitir el siguiente:
Más detallesREGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE NAYARIT
Directora: Lic. Sandra Luz Romero Ríos Sección Novena Tepic, Nayarit; 14 de Diciembre de 2011 SUMARIO Tomo CLXXXIX Número: 082 Tiraje: 080 REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE NAYARIT
Más detallesReglamento de la Biblioteca y Hemeroteca Alfonso Palacio Rudas
Reglamento de la Biblioteca y Hemeroteca Alfonso Palacio Rudas La Biblioteca Alfonso Palacio Rudas es un departamento de la Universidad Piloto de Colombia; fue creada para apoyar los programas académicos
Más detallesReglamento Centro de Documentación CONOCIMIEN TO. de Formación Técnica Teodoro Wickel Klüwen ÁREA ACADÉMICA
Reglamento Centro de Documentación CONOCIMIEN Centro TO de Formación Técnica Teodoro Wickel Klüwen ÁREA ACADÉMICA Revisado Por: Bernardo Díaz Muñoz Autorizado Por: Marcelo Núñez Iribarren Fecha de Aprobación
Más detallesPUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL NÚM. EXT. 333 DE FECHA 9 DE OCTUBRE DE 2008.
PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL NÚM. EXT. 333 DE FECHA 9 DE OCTUBRE DE 2008. GOBIERNO DEL ESTADO UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL CENTRO DE VERACRUZ El Honorable Consejo Directivo de la Universidad Tecnológica
Más detallesREGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA
REGLAMENTO DE LA CAPITULO I DE LOS OBJETIVOS Y FUNCIONES DE LA ARTICULO 1. Del propósito del reglamento. El propósito del presente reglamento es el establecer los objetivos, estructura y operación de la
Más detallesCONSEJO DIRECTIVO UNIVERSIDAD INTERNACIONAL SEK
CONSIDERANDO CONSEJO DIRECTIVO UNIVERSIDAD INTERNACIONAL SEK QUE: es indispensable reglamentar, en la Biblioteca, el ingreso y préstamo de los libros, así como del material bibliográfico que dispone; QUE:
Más detallesInstituto Tecnológico Superior de Tamazunchale Reglamento del Centro de Información
CAPITULO I DE LOS(AS) USUARIOS(AS): Articulo 1.- Para efectos del presente reglamento, los(as) usuarios(as) se clasifican como sigue: a).- Alumnos(as). b).- Personal de la institución. c).- Público en
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA CONSIDERANDOS
EL H. CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA PASO DEL NORTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 7 DEL DECRETO DE CREACIÓN PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL
Más detallesMANUAL DE INDUCCION A BIBLIOTECA.
MANUAL DE INDUCCION A BIBLIOTECA. Nuestra misión es proporcionarte asesoría y acceso a la variedad de recursos documentales impresos, audiovisuales y en línea actualizados (libros, revistas, cd s, mapas,
Más detallesREGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN
INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE JESÚS CARRANZA REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN CONTENIDO PÁG. MISIÓN DEL CENTRO DE INFORMACIÓN... 2 CAPÍTULO I USUARIOS 2 CAPÍTULO II HORARIOS........2 CAPÍTULO III
Más detallesReglamento de Biblioteca
Reglamento de Biblioteca Con el propósito de reglamentar los servicios que presta esta biblioteca se presentan las siguientes disposiciones. Cap. I. Naturaleza y Objetivo La Biblioteca Rafael Montejano
Más detallesCapítulo I Disposiciones Generales
Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular el uso del Área materia del mismo, y sus disposiciones regirán para todas aquellas personas que utilicen
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA CONTENIDO CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II DE LOS USUARIOS CAPÍTULO III DEL ACCESO A LAS DIFERENTES ÁREAS DE LA BIBLIOTECA CAPÍTULO IV DE LA CONDUCTA A OBSERVAR
Más detallesREGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN
UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TULANCINGO Lideres, construyendo su futuro Octubre, 2014 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º La finalidad del presente reglamento es establecer los objetivos, estructura
Más detallesREGLAMENTO DE SERVICIOS BIBLIOTECARIOS
REGLAMENTO DE SERVICIOS BIBLIOTECARIOS VICERRECTORÍA DE EXPERIENCIA ESTUDIANTIL Página 1 de 10 Disposiciones generales Capítulo I Los Centros de Información Artículo 1.- El presente Reglamento rige la
Más detallesINSTITUTO DE FILOSOFÍA
B I B L I OT E C A REGLAMENTO 1 ARTICULO 1 Sobre el horario De 8:30 a 2:30 de lunes a viernes ARTÍCULO 2 Sobre el usuario Se considera usuario interno: a) El docente, estudiante, pasante que prepare su
Más detallesReglamento General del Centro de Información y Documentación de la Universidad Politécnica de San Luis Potosí.
de la Universidad Politécnica de San Luis Potosí. Introducción. El Centro de Información y Documentación (CID) es un espacio que la Universidad Politécnica de San Luis Potosí (UPSLP) ha creado para proporcionar
Más detallesUNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE SAN LUIS POTOSÍ Ciencia, Tecnología y Cultura al Servicio del Ser Humano CENTRO DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN
UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE SAN LUIS POTOSÍ Ciencia, Tecnología y Cultura al Servicio del Ser Humano CENTRO DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN Reglamento General del Centro de Información y Documentación de
Más detallesREGLAMENTO DE LOS LABORATORIOS DE CÓMPUTO
REGLAMENTO DE 1 INDICE CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES..3 CAPÍTULO II DE LOS OBJETIVOS, FUNCIONES Y ACTIVIDADES DE...3 CAPÍTULO III DE LA ESTRUCTURA DE DE COMPUTO DE LA FACULTAD DE CONTADURÍA Y CIENCIAS
Más detallesREGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA
UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLÁS DE HIDALGO FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL REGLAMENTOS INTERNOS REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA Morelia, Michoacán, Mayo de 2009 UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLÁS DE
Más detallesReglamento de los Servicios Integrales de la Biblioteca del Instituto Tecnológico Superior de la Sierra Negra de Ajalpan
CAPITULO I GENERALIDADES ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular la prestación de los servicios de biblioteca con el propósito de apoyar el desarrollo integral y satisfacer las necesidades
Más detallesC O N S I D E R A N D O
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE PÉNJAMO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 21 FRACCIÓN VIII DEL DECRETO GUBERNATIVO NÚMERO 120, MEDIANTE EL CUAL SE CREA EL
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 3.- Los principales objetivos de la Biblioteca son:
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA Dentro de las actividades académicas y de investigación que realiza la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales FLACSO, sede México, la Biblioteca es un apoyo académico fundamental.
Más detallesCONSIDERANDO. Que los servicios bibliotecarios deben prestarse de forma ágil, oportuna y eficiente;
CONSEJERIA JURIDICA DEL JAVIER ARRIAGA SÁNCHEZ, Consejero Adjunto de Legislación y Estudios Normativos, con fundamento en el artículo 14, fracción XVII del Reglamento Interior de la Consejería Jurídica
Más detallesControlar la calidad en el servicio que se ofrece. Cuidar la integridad física del acervo bibliográfico, mobiliario y equipo.
El presente reglamento tiene como propósito presentar las normas y políticas de acceso a los servicios bibliotecarios de la Universidad Pedagógica Nacional Unidad 061 y; el comportamiento que deberán observar
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA PARA EL CAMPUS AMÉRICAS DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE BAJÍO
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA PARA EL CAMPUS AMÉRICAS DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE BAJÍO INDIVISA MANENT Lo Unido Permanece León, Guanajuato, México. REGLAMENTO DE BIBLIOTECA PARA EL CAMPUS AMÉRICAS DE LA
Más detallesInstituto de Investigaciones Sociales. Reglamento de la Biblioteca Aprobado en 2003 UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
1 Instituto de Investigaciones Sociales UNAM Reglamento de la Biblioteca Aprobado en 2003 UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO Rector Dr. José Narro Robles Secretario General Dr. Sergio M. Alcocer Martínez
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA Página 1 de 6 Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1. La biblioteca es un servicio de apoyo académico a la investigación y docencia. Constituye un acervo cultural, que crece
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA VICERECTORIA DE INVESTIGACION SISTEMA NACIONAL DE BIBLIOTECAS- SINAB. Febrero 21 de 2017
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA VICERECTORIA DE INVESTIGACION SISTEMA NACIONAL DE BIBLIOTECAS- SINAB Febrero 21 de 2017 Instructivo para el uso de recursos y servicios del SINAB Definición: El presente
Más detallesCONSIDERANDO REGLAMENTO PARA BIBLIOTECAS DE LOS PLANTELES EDUCATIVOS DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE MEXICO
LA H. JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE BAC HILLERES DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 11 FRACCIÓN V, DE LA LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO
Más detalles