Programa Espacio Atlántico Modelo de Acuerdo de Partenariado Transnacional para la puesta en marcha del proyecto

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1 Programa Espacio Atlántico Modelo de Acuerdo de Partenariado Transnacional para la puesta en marcha del proyecto AcronimoProyecto TituloProyecto NumeroProyecto PrioridadProyecto - Objetivo Proyecto CONSIDERANDO El Reglamento del Consejo (CE) 1080/2006 de 5 de Julio, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional; El Reglamento del Consejo (CE) 1083/2006 de 11 de Julio, que establece las disposiciones generales sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, el Fondo Social Europeo y el Fondo de Cohesión; El Reglamento del Consejo (CE) 1989/2006 de 21 de Diciembre, que altera el Anexo III Reglamento (CE) 1083/2006; El Reglamento del Consejo (CE) 1828/2006 de 8 de Diciembre, que prevé las normas de ejecución del Reglamento (CE) 1083/2006 y del Reglamento (CE) 1080/2006; La Decisión de la Comisión Europea CCI 2007CB 16.3 PO 029 del 20 de Septiembre de 2007, referente a la aprobación del Programa Operacional para el período y que concede el apoyo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER); Los sistemas de gestión y control adoptados en el Programa de Cooperación Transnacional Espacio Atlántico, CONSIDERANDO ADEMAS La candidatura presentada a financiamiento FEDER en XX/XX/XXXX, La Decisión del Comité de Seguimiento del XX/XX/XXXX, La carta de notificación de la decisión del Comité de Seguimiento del XX/XX/XXXX. ENTRE

2 NameOrganisationPartner1, con sede en AddressOrganisationPartner1, CodPost City, Country representada por NameSurnameLegalRepresentativePartner1, beneficiario principal del financiamiento FEDER, con NIF TaxIdentificationNumberPartner1. Y Socios País Nombre de la Organización miembro del Partenariado Transnacional Partner 2 CodeCountryPartner2 NameOrganisationPartner2 Partner 3 CodeCountryPartner3 NameOrganisationPartner Socios Nombre de la Organización miembro del País asociados Partenariado Transnacional «AssociatePart CodeCountryPartnerx NameOrganisationAssociatePartnerx ner x» SE CELEBRA EL PRESENTE ACUERDO DE PARTENARIADO TRANSNACIONAL Artículo 1. Objeto del Acuerdo de Partenariado Transnacional Por el presente Acuerdo de Partenariado Transnacional, el Beneficiario Principal (Jefe de Fila) y los otros socios del proyecto definen el reglamento interno del partenariado, que define las responsabilidades de cada uno de los socios en la ejecución del proyecto. El Formulario de Candidatura Aprobado constituye parte integrante del presente Acuerdo de Partenariado Transnacional. Artículo 2. Duración del Acuerdo 2.1 El Acuerdo de Partenariado Transnacional entra en vigor a partir de la fecha de la firma por todos los socios que lo constituyen y se mantiene válido hasta que el Beneficiario Principal (Jefe de Fila) esté totalmente exonerado de sus obligaciones en virtud del Contrato firmado con la Autoridad de Gestión. 2.2 El periodo contractual de ejecución del proyecto está definido en el Formulario de Candidatura aprobado. Nº Proyecto ProjectNumber / ProjectAcronym Página 2

3 Artículo 3. Obligaciones del Beneficiario Principal (Jefe de Fila) El Beneficiario Principal (Jefe de Fila) se compromete a: a) Asegurar la coordinación general del proyecto, su gestión financiera y la representación oficial ante la estructura de Gestión del Programa y la Comisión Europea; b) Supervisar las actividades que los socios desarrollan en el ámbito del proyecto; c) Asumir ante la Autoridad de Gestión la responsabilidad completa de la ejecución del proyecto; d) Asegurar que los controladores financieros de cada socio, sean designados por cada beneficiario y validados por el Estado Miembro respectivo, antes de la presentación del primer informe de ejecución y solicitud de reembolso. Asimismo, deberá asegurar que los beneficiarios no localizados en un país del Espacio Atlántico (dentro o fuera de la Unión Europea), han firmado un protocolo entre la Autoridad de Gestión y las Autoridades competentes del país respectivo, particularmente, en relación a las modalidades de control financiero de los gastos de estos socios. Este protocolo deberá estar firmado antes del contrato entre el Beneficiario Principal y la Autoridad de Gestión; e) Coordinar el proyecto respetando el Contrato de Subvención, al Acuerdo de Partenariado Trasnacional, que regula las relaciones entre los socios del proyecto, y en el respeto a las reglas nacionales y comunitarias, en particular, en materia de contratación pública, ayudas estatales, protección del medio ambiente e igualdad de oportunidades. Debe mantenerse siempre informado e informar a los restantes beneficiarios (socios), sobre las modificaciones que puedan surgir en los dispositivos legales aplicables; f) Comunicar previamente cualquier modificación a lo estipulado en el Acuerdo de Partenariado Trasnacional durante la implementación del proyecto, la cual deberá ser autorizada por la Autoridad de Gestión antes de su respectiva aplicación; g) Si en la fecha de celebración del contrato, el proyecto aun no se hubiese iniciado, debe proceder a su implementación en el plazo de tres meses desde la firma del Contrato de Subvención, según el calendario definido en el formulario de candidatura aprobado; h) Coordinar la ejecución del plan de trabajo definido en el formulario de candidatura aprobado, promover el cumplimiento riguroso de las tareas por parte de los socios responsables, gestionar el presupuesto del proyecto en los términos contractualizados con la Autoridad de Gestión, y asegurar por parte de todos los socios, la aplicación de los principios de buena gestión financiera, la actualización de los registros contables separados o de un código contable adecuado que permita, desde la perspectiva de control y seguimiento, documentar la ejecución del proyecto y efectuar verificaciones y auditorias a la regularidad de los gastos del proyecto cofinanciado por FEDER; i) Verificar y asegurar, que él y todos los socios se comprometen a conservar los originales, o copias autentificadas, de todos los comprobantes de los gastos auditados/ certificados referidos al proyecto, por lo menos durante los tres años siguientes al cierre del Programa Operacional o, en caso de que este haya sido objeto de un cierre parcial, tres años después del cierre parcial del Programa. Ese período de tiempo será interrumpido en caso de acciones judiciales o de una demanda motivada de la Comisión Europea; Nº Proyecto ProjectNumber / ProjectAcronym Página 3

4 j) Verificar y asegurar que todos los socios del proyecto se comprometen a respetar todas las disposiciones necesarias para garantizar que cualquier auditoria, notificada por la estructura de gestión del Programa o cualquier autoridad regional, nacional o comunitaria debidamente autorizada, pueda ser realizada, colaborando en la entrega de la información solicitada en relación al proyecto, facilitando el acceso a los libros contables, documentos justificativos y cualquier otra documentación relacionada con el proyecto; k) Garantizar que las actividades realizadas o a realizar en el marco del proyecto no fueron ni serán objeto de apoyo financiero de otros fondos europeos; l) Asumir la responsabilidad de reembolso a la Autoridad de Certificación, de todos los montantes que en el ámbito de los procedimientos de control del Programa, han sido considerados montantes indebidos en base a irregularidades detectadas en los gastos declarados. Asimismo, asume la responsabilidad de la recuperación de los montantes entre los beneficiarios responsables de las irregularidades; m) Coordinar la preparación de los informes de actividad periódicos (intermedios y final), de las declaraciones de gasto y procedimientos de verificación y control, de la documentación complementaria inherente a la ejecución del proyecto y a las declaraciones financieras, y, asegurar la consolidación de los informes de ejecución y pedidos de pago del proyecto y su respectivo envío a la Autoridad de Gestión, en los términos de las normas en vigor; n) Coordinar y promover, en los términos definidos por la Autoridad de Gestión, la utilización y actualización continúa del dominio atribuido al proyecto en la Plataforma de Comunicación del Programa Espacio Atlántico; o) Coordinar y promover la aplicación de las medidas de comunicación y publicidad de conformidad con lo estipulado en el Formulario de Candidatura aprobado, en los reglamentos de la Comisión y en el Plan de Comunicación del Programa Operacional; p) Responder a todas las demandas de información relativas al proyecto que sean solicitadas por las autoridades competentes del Programa; Artículo 4. Obligaciones de los socios del Proyecto Los socios del Proyecto firmantes del presente Acuerdo se comprometen a: a) Contribuir con la ejecución de los objetivos del presente Acuerdo de Partenariado Transnacional, en tanto que organizaciones responsables de la realización de las actividades, tal y como se definen en el Formulario de Candidatura aprobado y en las disposiciones del presente Acuerdo; b) Designar un controlador financiero validado por el Estado Miembro respectivo y comunicar esta información al Beneficiario Principal (Jefe de Fila), antes de la presentación del primer informe de ejecución y pedido de reembolso. c) Asimismo, deberá informar cuando se encuentre en un país fuera del Espacio Atlántico (dentro o fuera de la Unión Europea) que han firmado un protocolo entre la Autoridad de Gestión y las Autoridades competentes del país respectivo, particularmente, en relación a las modalidades de control financiero de los gastos de estos socios. Este protocolo deberá estar firmado antes del contrato entre el Beneficiario Principal y la Autoridad de Gestión; Nº Proyecto ProjectNumber / ProjectAcronym Página 4

5 d)ejecutar las actividades en el respeto a las reglas nacionales y comunitarias, en particular, en materia de contratación pública, ayudas estatales, protección del medio ambiente e igualdad de oportunidades. Debe mantenerse siempre informado e informar a los restantes beneficiarios (socios), sobre las modificaciones que pueda surgir en los dispositivos legales aplicables; e) Poner a disposición del Beneficiario Principal (Jefe de Fila) todas las informaciones y datos necesarios para la coordinación y supervisión del proyecto. Asimismo, informará de todos los contratiempos que puedan afectar al plan de trabajo aprobado en el Formulario de Candidatura, tanto de las actividades en conjunto como de las que es responsable. f) Cumplir íntegramente las tareas de su responsabilidad según el calendario definido en el Formulario de Candidatura aprobado y gestionar el presupuesto del proyecto en los términos contractualizados con la Autoridad de Gestión, así como, asegurar por parte de todos los socios, la aplicación de los principios de buena gestión financiera, la actualización de los registros contables separados o de un código contable adecuado que permita desde la perspectiva de control y seguimiento, documentar la ejecución del proyecto y efectuar verificaciones y auditorias a la regularidad de los gastos del proyecto que le son imputables; g) Conservar los originales o copias autentificadas, de todos los comprobantes de los gastos y auditorias/ certificados referidas al proyecto, por lo menos durante los tres años siguientes al cierre del Programa Operacional o, en caso de que este haya sido objeto de un cierre parcial, 3 años después del cierre parcial del Programa. Ese período de tiempo será interrumpido en caso de acciones judiciales o de una demanda motivada de la Comisión Europea; h) Respetar todas las disposiciones necesarias para garantizar que cualquier auditoria, notificada por la estructura de gestión del Programa o cualquier autoridad regional, nacional o comunitaria debidamente autorizada pueda ser realizada, colaborando en la entrega de la información solicitada en relación al proyecto, facilitando el acceso a los libros contables, documentos justificativos y cualquier otra documentación relacionada con el proyecto; i) Garantizar que las actividades realizadas o a realizar en el marco del proyecto no fueron ni serán objeto de apoyo financiero de otros fondos europeos; j) Reembolsar al Beneficiario Principal (Jefe de Fila) en un plazo de 10 días útiles a contar desde la fecha de notificación por la Autoridad de Gestión, los montantes que en el ámbito de los procedimientos de control del Programa han sido considerados montantes indebidos en base a irregularidades detectadas de las cuales es responsable; k) Aportar, a petición del Beneficiario Principal (Jefe de Fila),la información cuantitativa y cualitativa y los documentos justificativos necesarios para la elaboración y la presentación de los informes de actividades ( intermediarios y finales) y las demandas de reembolso correspondientes; l) Aplicar las medidas de comunicación y publicidad de conformidad con lo estipulado en la candidatura aprobada, en los reglamentos de la Comisión y en el Plan de Comunicación del Programa Operacional. Asimismo, asumir el compromiso de mencionar en todas las acciones de comunicación y publicidad que el proyecto fue implementado con el apoyo financiero de los fondos del Programa. En todas las acciones debe aparecer la mención Cofinanciado con el apoyo de la Unión Europea FEDER- Programa Espacio Atlántico, así como la bandera de la Nº Proyecto ProjectNumber / ProjectAcronym Página 5

6 Unión Europea, el logotipo del Programa y el slogan del Programa Invistiendo en nuestro futuro común Artículo 5. Actividades de los socios, financiación del proyecto y su distribución en el Partenariado. El Anexo 1, constituido por el Formulario de Candidatura aprobado, es parte integrante del presente Acuerdo de Partenariado Transnacional y define internamente la distribución de las actividades, tareas y financiación en el Partenariado. Artículo 6. Estructura de Gestión y Organización del Partenariado Este artículo se corresponde con el Anexo 2 que debe ser elaborado por el Partenariado y ser anexado como parte integrante del presente Acuerdo de Partenariado Transnacional. En este Anexo es necesario definir: - el organigrama, funciones y mecanismos de toma de decisiones de la estructura de coordinación y gestión del proyecto, el reglamento interior. Como se señala anteriormente, el sistema de gestión y decisión debe definir une estructura de toma de decisión. - las modalidades de funcionamiento para garantizar la implementación efectiva del proyecto, principalmente, sistema de reuniones, evaluación, seguimiento y procedimientos establecidos ante la salida eventual de un socio (Ver articulo 16 Rupturas y Litigios ) -En el caso de existir gastos comunes, debe definirse la metodología de distribución y la contribución de cada socio al coste de las actividades comunes del proyecto. En este sentido, es necesario adjuntar una tabla donde se identifique la actividad común dentro del Plan de Trabajo (GT), el coste total de la Actividad y la distribución del coste entre los socios participantes. -Si se considera necesario, se puede incorporar en el Anexo 2 un mayor detalle del programa de trabajo y los resultados esperados en congruencia con el Formulario de Candidatura Aprobado. Artículo 7. Cooperación con terceros y subcontratación 7.1 En el caso de cooperación con terceros y/ o subcontratación, el socio que realice este tipo de actuación será el responsable único ante el Beneficiario Principal en materia del respeto de las obligaciones estipuladas en el presente Acuerdo Transnacional de Partenariado. 7.2 Ningún socio podrá transferir los derechos u obligaciones derivados del presente Acuerdo a terceros, sin el consentimiento previo de los firmantes del presente Acuerdo y la autorización de la Autoridad de Gestión o el Comité de Seguimiento. Artículo 8. Informes de Ejecución 8.1 Los Informes de Ejecución, con o sin una solicitud de reembolso, deben ser preparados y enviados <Semestralmente/Trimestralmente> a la Autoridad de Gestión. Nº Proyecto ProjectNumber / ProjectAcronym Página 6

7 Además de incluir declaraciones de gasto, los informes de ejecución deberán describir en los términos definidos por las normas del Programa Operacional y el Formulario de Candidatura aprobado, los detalles de las actividades desarrolladas en el ámbito del proyecto, los progresos y resultados alcanzados en relación a los objetivos e indicadores de seguimiento, las iniciativas de información y publicidad realizadas y los gastos efectuados. Asimismo, y en su caso, deben explicarse las eventuales contrariedades en la ejecución del plan de trabajo y los objetivos pretendidos e informar sobre las medidas correctivas adoptadas o propuestas (Ver Guía Práctica del Informe de Ejecución) 8.2 En cada Informe de Ejecución, deberá declararse si las reglas relativas a la contratación pública, ayudas estatales, protección del medio ambiente e igualdad de oportunidades fueron respetadas. Igualmente, deberá informarse de cualquier aspecto susceptible de no cumplir con las reglas indicadas así como las medidas de corrección adoptadas. En el caso de haberse realizado contratos públicos, deberá informarse sobre las cuantías y los procedimientos de contratación implementados. Artículo 9. Modalidades de pago/ reembolso FEDER 9.1 La subvención aprobada será pagada en varios plazos, bajo reserva de la disponibilidad de dotación financiera comunitaria, en los términos definidos por la normativa del Programa y de acuerdo con los siguientes tres tipos de modalidades de pago Pago Anticipo Después de la firma del Contrato de Subvención, podrá ser atribuido a petición del Beneficiario Principal un anticipo de hasta el 3% de la cuantía máxima de financiación europea de acuerdo con el párrafo 2 del artículo 78 del Reglamento del Consejo (CE) 1083/2006. Asimismo, deberá asegurarse que en el caso de beneficiarios no localizados en un país del Espacio Atlántico (dentro o fuera de la Unión Europea), se haya firmado un protocolo entre la Autoridad de Gestión y las Autoridades competentes del país respectivo, particularmente, en relación a las modalidades de control financiero de los gastos de estos socios. Este protocolo deberá estar firmado antes del contrato entre el Beneficiario Principal y la Autoridad de Gestión. Es necesario presentar conjuntamente con la solicitud de anticipo, una declaración al Secretariado Técnico Conjunto que verifique el inicio de las actividades. El montante del anticipo será descontado en el primer pedido de pago/ reembolso Pago Reembolso El Beneficiario Principal, debe presentar en nombre del Partenariado al menos una solicitud de pago en cada anualidad del desarrollo del proyecto. Esta obligación no es por socio si no por proyecto, sin embrago es necesario prever en el calendario de ejecución del partenariado, la necesidad de presentar anualmente al menos una solicitud de gasto. Uno o varios pagos intermedios, en donde el montante acumulado y el montante del anticipo, no puede exceder el 90% del montante máximo de financiación FEDER. Nº Proyecto ProjectNumber / ProjectAcronym Página 7

8 Será necesario presentar un informe de ejecución y pedido de pago en los términos establecidos en el Artículo 4 línea d) aportando información sobre: - el estado actualizado de las actividades del proyecto; - el valor acumulado de los gastos pagados, anexando las copias digitales de los documentos originales o autentificados sobre los cuales se solicita el reembolso y las correspondientes declaraciones de certificación del control de primer nivel Pago de Saldo Final El importe final de la subvención FEDER se calcula utilizando la tasa de cofinanciación de los gastos certificados y aprobados, que se limitará al importe máximo especificado en la decisión de financiación. El saldo final será calculado hasta el límite del montante máximo de financiación FEDER después de haber deducido el anticipo, en su caso, los pagos intermedios y los ingresos generados y recibidos. Esta petición de pago, debe ser presentada por medio de un informe final de ejecución y pedido de pago, informando sobre la finalización de las actividades del proyecto y el valor acumulado del total de los gastos pagados y certificados. Deberán anexarse copias digitales certificadas de los documentos de los gastos finales presentados para el reembolso, las correspondientes declaraciones de certificación del control de primer nivel y certificación de que toda la financiación ha sido recibida y que el proyecto no ha sido objeto de doble financiación durante su período de ejecución. El pedido de reembolso/ presentación del pago final, tendrá que ser efectuado imperativamente en el plazo de noventa días a contar desde la fecha final del período contractual de ejecución del proyecto. 9.2 Los documentos de gastos declarados por cada uno de los socios del proyecto serán verificados y certificados en los términos definidos por el Programa Operacional, por el controlador financiero designado por cada socio después de su validación por el responsable del Estado Miembro correspondiente y de acuerdo con el sistema de control establecido en cada Estado Miembro. 9.3 La certificación de los documentos de gastos se realizará a través de la utilización de los documentos originales de gasto, el sello específico del programa y la firma del controlador asignado. Esta documentación debe ser enviada en copia digital junto con el Informe de ejecución a la Autoridad de Gestión a través de la Plataforma de Comunicación del Programa. 9.4 Bajo reserva de la disponibilidad de financiación comunitaria, el montante de la subvención será retirado de la cuenta única del Programa por la Autoridad de Certificación y pagado, por orden de la Autoridad de Gestión al Beneficiario Principal, el cual, en el plazo límite de dos semanas después de que la transferencia haya sido realizada, procederá al pago de los montantes correspondientes a los restantes socios del proyecto. Finalizado el procedimiento interno de pagos, el Beneficiario Principal aportará los documentos justificativos de las transferencias realizadas a la Autoridad de Gestión. Nº Proyecto ProjectNumber / ProjectAcronym Página 8

9 9.5 En caso de incumplimiento del plazo referido en el artículo anterior, no será efectuado ningún otro pago al Beneficiario Principal en cuanto no se haya verificado que la situación señalada ha sido regularizada. 9.6 En la preparación y envío de los informes de ejecución y pedido de pago, deben ser observados los plazos indicados en la siguiente tabla: (Tabla a presentar en el caso de escoger periocidad trimestral) Informe de Ejecución nº 1 del año 2012 Período de Referencia 1º Trimestre año Gastos Preparación 2 del año º Trimestre año del año º Trimestre año del año º Trimestre año del año º Trimestre año 2013 A continuar hasta la fecha de fin del proyecto Fecha límite de envío del socio al Beneficiario Principal A definir por el Partenariado A definir por el Partenariado A definir por el Partenariado A definir por el Partenariado A definir por el Partenariado. Fecha Limite de envío a la Autoridad de Gestión Fin de Mayo del año 2012 Fin de Agosto del año 2012 Fin de Noviembre del año 2012 Fin de Febrero del año 2013 Fin de Mayo del año 2013 (Tabla a presentar en el caso de escoger periocidad semestral) Informe de Ejecución nº Período de Referencia Fecha límite de envío del socio al Beneficiario Principal A definir por el Partenariado Fecha Limite de envío a la Autoridad de Gestión 1 del año º Semestre año Gastos Preparación Fin de Agosto del año º Semestre año 2012 A definir por el Partenariado Fin de Febrero del año º Semestre año 2013 A definir por el Partenariado Fin de Agosto 2013 A continuar hasta la fecha de fin del proyecto 9.7 El Beneficiario Principal (Jefe de Fila) declina cualquier responsabilidad por los eventuales daños y perjuicios que puedan ocasionarse debido al atraso en el pago de los fondos o a la suspensión, reducción o anulación de la subvención FEDER, decididas por la Autoridad de Gestión en el ámbito del Contrato de Subvención. Artículo 10. Elegibilidad de los gastos 10.1 Elegibilidad de los gastos El Beneficiario Principal se compromete a incluir en la base de cálculo de la subvención, solo los gastos conformes a las disposiciones de los reglamentos comunitarios y las reglas nacionales aplicables en los Estados Miembros que participan en el Programa de Cooperación Transnacional Espacio Atlántico. Nº Proyecto ProjectNumber / ProjectAcronym Página 9

10 Asimismo, se compromete a respetar las reglas de elegibilidad aprobadas por el Comité de Seguimiento para la convocatoria de proyectos 2009, marco en el cual ha sido aprobado el proyecto objeto de Acuerdo Gastos de Preparación Los gastos de preparación solo son elegibles para los proyectos aprobados por el Comité de Seguimiento. Dichos gastos serán elegibles sólo si son reales, justificables y corresponden a gastos incurridos entre el 1 de enero de 2007 y la fecha de la firma del Contrato de Subvención por la Autoridad de Gestión. En la fase de elaboración del presupuesto y del calendario del proyecto, es responsabilidad del Jefe de Fila identificar cuáles son las actividades y los costes dedicados a esta fase de preparación. En este sentido, estas actividades se pueden corresponder a las tareas de preparación antes del envío de la candidatura, así como a eventuales actividades relacionadas con la contractualizacion del proyecto en caso de aprobación (tiempo dedicado a realizar el ajuste de los contratos, evidencias de de las garantías financieras nacionales ) Los costes de preparación están sujetos a un límite máximo del 5% del coste total elegible y a un máximo de Será considerado elegible el coste menor de ambas posibilidades. Dependiendo de su naturaleza, el coste será incluidos en la rúbrica correspondiente Período de elegibilidad de los gastos Gastos relacionados con la implementación del proyecto. Los gastos son elegibles a partir de la fecha de inicio y hasta la fecha de fin del proyecto indicada en el formulario de candidatura aprobado, parte integrante del contrato de Subvención. Artículo 11. Control Financiero y Auditorias 11.1 A la mayor brevedad, cada socio debe ponerse en contacto con las autoridades competentes de su Estado Miembro, responsables de la definición y supervisión de los procedimientos del control de primer nivel, para conocer el proceso de certificación de sus gastos en el proyecto. Se debe proceder a la designación del controlador de primer nivel según los criterios definidos en cada uno de los Estados Miembros, su localización territorial y antes de la presentación del primer informe de ejecución y pedido de reembolso Los socios del proyecto son conscientes de que la información referida a la realidad y validez de las acciones y los gastos elegibles a financiar por el FEDER, es responsabilidad del socio que las presenta. Nº Proyecto ProjectNumber / ProjectAcronym Página 10

11 El Beneficiario Principal es responsable de verificar que los procedimientos y normas de control financiero del proyecto han sido realizados Los socios del proyecto son conscientes de que la aceptación de cofinanciación FEDER, supone aceptar la realización de los controles de verificación y auditoria previstos en el sistema de gestión y control del Programa Los socios del Partenariado se comprometen a asegurar todas las diligencias necesarias para garantizar que cualquier auditoria notificada por la estructura de gestión del Programa o por las autoridades regionales, nacionales o comunitarias debidamente autorizadas, pueda ser realizada, colaborando en la entrega de la información solicitada en relación al proyecto, facilitando el acceso a los libros contables, documentos justificativos y cualquier otra documentación relacionada con el proyecto. Artículo 12. Irregularidades y recuperaciones Si a través del sistema de control y auditoria del programa se constata que, todos o parte de los montantes pagados, no fueron utilizados en conformidad con el compromiso asumido, los socios implicados deben reembolsar el montante correspondiente al Beneficiario Principal (Jefe de Fila) en el plazo de diez días después de la recepción de de notificación de recuperación de montantes indebidamente pagados. Artículo 13. Modificaciones El presente Acuerdo de Partenariado Transnacional solo puede ser modificado a través de una adenda. El Acuerdo de Partenariado Transnacional forma parte integrante del Contrato de Subvención firmado entre la Autoridad de Gestión y el Beneficiario Principal. En caso de modificación, el Beneficiario Principal, se compromete a informar previamente al Secretariado Técnico Conjunto y cumplir con los plazos establecidos en la Norma del Programa relativa a Normas y Procedimientos relativos a modificaciones del Proyecto y de revisión de las decisiones de financiación y en la Guía Reglas y procedimientos de modificaciones de proyectos y de revisión las decisiones de financiación. Artículo 14. Comunicación y Publicidad 14.1 Los socios del Partenariado se comprometen a aplicar las medidas de comunicación y publicidad en conformidad con los reglamentos de la Comisión Europea, el Plan de Comunicación del Programa Operacional y lo estipulado en el formulario de candidatura aprobado. Nº Proyecto ProjectNumber / ProjectAcronym Página 11

12 14.2 Los socios del Partenariado aceptan que los resultados del proyecto sean de disposición pública. Asimismo, aceptan desempeñar un papel activo en la organización de acciones tendentes a capitalizar, difundir y valorizar los resultados del proyecto Los socios del Partenariado asumen el compromiso de mencionar en todas las acciones de comunicación y publicidad que el proyecto fue implementado con el apoyo financiero de los fondos del Programa. En todas las acciones implementadas, debe aparecer la mención Cofinanciado con el apoyo de la Unión Europea FEDER- Programa Espacio Atlántico, así como la bandera de la Unión Europea, el logotipo del Programa y el slogan del Programa Invistiendo en nuestro futuro común 14.4 La Autoridad de Gestión está autorizada a publicar, en cualquier forma y formato, informaciones relativas a las operaciones objeto de financiación, entre otros: formulario de candidatura, nombre del Beneficiario Principal y socios, acrónimo, localización geográfica, coste de la operación y montante de la cofinanciación, estado de ejecución y otras informaciones pertinentes. Artículo 15. Derechos de Propiedad Intelectual 15.1 los socios del proyecto teniendo presente las disposiciones de las legislaciones nacionales relativas a la propiedad intelectual, aseguran que todos los productos desarrollados en el ámbito del proyecto están exentos de todos los derechos Los socios del proyecto, toman conocimiento y aceptan renunciar a todos los derechos patrimoniales relativos al material didáctico, las metodologías y otros productos de cualquier naturaleza resultantes del proyecto. Artículo 16. Rupturas y Litigios 16.1 El Beneficiario Principal (Jefe de Fila) y el resto de socios del proyecto, se comprometen a no abandonar el proyecto salvo causas excepcionales debidamente justificadas. Si esto sucediese, el Beneficiario Principal y el resto de los socios del proyecto se esforzaran para garantizar que las actividades del socio saliente sean asumidas por el resto del partenariado o a través de la incorporación de nuevos socios. El Jefe de Fila comunicará por mail al STC la situación existente y seguirá los procedimientos establecidos en la Norma del Programa relativa a Normas y Procedimientos relativos a modificaciones del Proyecto y de revisión de las decisiones de financiación y en la Guía Reglas y procedimientos de modificaciones de proyectos y de revisión las decisiones de financiación En caso de diferencias entre el partenariado estos se comprometen a la búsqueda de una solución amistosa. Si los esfuerzos no resultan fructíferos, los socios deben recurrir a un arbitraje extrajudicial. Nº Proyecto ProjectNumber / ProjectAcronym Página 12

13 16.3 Todos los conflictos jurídicos en relación o resultantes del presente Acuerdo Transnacional de Partenariado, incluida su validez y la causa relativa al arbitraje, serán tratados según las disposiciones de las instancias jurídicas del país del Beneficiario Principal (Jefe de Fila). Artículo 17. Incumplimiento (eliminar si se substituye por el 12.2) En el caso de que se produjese un incumplimiento total o parcial de las obligaciones contraídas en el presente acuerdo o en caso de errores materiales en la implementación eficaz de las actividades, cada uno de los socios firmantes del Acuerdo de Partenariado Transnacional, se compromete a reembolsar todos los fondos indebidamente recibidos al Beneficiario Principal, en el plazo de un mes siguiente a la recepción de la notificación del pedido de devolución de fondos. Artículo 18. Idioma de Trabajo El /Los idioma/as de trabajo del partenariado es/ son [idioma]. La versión lingüística del presente Acuerdo de Partenariado Transnacional que da fe es la versión en lengua [idioma]. Artículo 19. Moneda y Tasas de Cambio 19.1 Las informaciones financieras del proyecto y los pedidos de pago serán presentados en Euros En el caso de gastos realizados con una moneda diferente al Euro, el socio debe convertir los gastos en Euros utilizando la tasa media de cambio mensual ofrecida por la Comisión Europea ( del mes del pago de la factura. Los valores deben ser redondeados con dos decimales, reteniendo el valor centesimal más próximo al valor inicial antes del redondeo. Los beneficiarios utilizaran los valores convertidos para la solicitud de los pedidos de pago. Artículo 20. Casos de Fuerza Mayor 20.1 Se considerara que ninguna de las partes ha faltado a sus obligaciones contractuales, si el respeto de tales obligaciones ha sido impedido por cualquier causa de Fuerza Mayor, ocurrido después de la fecha de la firma del contrato por la Autoridad de Gestión o de la fecha del inicio de las actividades, en función de lo que se produzca con anterioridad En la aceptación del presente Acuerdo se entienden como causas de Fuerza Mayor, las consecuencias de fuerzas naturales, lock-outs u otros conflictos laborales, actos terroristas, situación de guerras, bloqueos, insurrecciones, motines, epidemias, cataclismos naturales, explosiones o cualquier otra ocurrencia imprevisible que las partes no puedan evitar o superar. Nº Proyecto ProjectNumber / ProjectAcronym Página 13

14 20.3 Las causas de Fuerza Mayor exoneran a las partes de ejecutar parcial o totalmente las obligaciones estipuladas en el presente Acuerdo durante el tiempo en que se produjesen y si fuesen debidamente justificadas. Artículo 21. Disposiciones Finales 21.1 En todos los aspectos no cubiertos específicamente por el presenta Acuerdo, serán de aplicación las disposiciones legales comunitarias y nacionales vigentes, 21.2 Cualquier comunicación en el ámbito del presente Acuerdo debe ser efectuada por escrito, indicando el número y el titulo del proyecto, a través de la Plataforma de Comunicación del Programa. Cuando por cualquier motivo imprevisible, no pueda ser cumplido lo estipulado en el punto anterior, la comunicación será realizada por otros medios legalmente admitidos, sin prejuicio del posterior registro en la referida Plataforma de Comunicación del Programa Artículo 22. Firma Hecho en??? ejemplares de la lengua española, siendo un ejemplar enviado a cada socio y otro a la Autoridad de Gestión. Hecho en [lugar] en [número] de ejemplares originales en [fecha] [Nombre de la organización del Beneficiario Principal (Jefe de Fila)] Nombre y función del representante legal Firma y Sello Nombre del Socio Nombre y función del representante legal Hecho en [localidad y fecha] Firma y Sello Nº Proyecto ProjectNumber / ProjectAcronym Página 14

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