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1 Guía Informativa de AYUDAS A LA VIVIENDA EN ALQUILER BOLSA DE VIVIENDA JOVEN (Actualizado a Junio/2008) Fecha de edición: 4 de junio de 2008

2 Qué contiene esta Guía? Esta guía contiene información sobre las Ayudas a la Vivienda en Alquiler de aplicación en la Comunidad de Madrid, prestando una especial atención a la Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler que impulsa la Dirección General de la Juventud. En concreto, esta Guía incluye: A. AYUDAS A LA VIVIENDA EN ALQUILER 3 Ayudas múltiples concentradas en las Viviendas con Protección Pública 3 Ayuda de información y gestión destinada a Jóvenes en forma de Bolsa de Viviendas 3 Desgravación a inquilinos en la declaración del IRPF en la Comunidad de Madrid 4 Ayuda estatal a Inquilinos menores de 35 años que gestiona la Comunidad de Madrid 4 Renta Básica de Emancipación (RBE) 5 B. QUÉ OFRECE LA BOLSA DE VIVIENDA JOVEN? 6 Para los inquilinos 6 Para los propietarios 6 C. INFORMACIÓN PARA INQUILINOS 7 Quién puede utilizar los servicios de la Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler? 7 Qué servicios ofrece a los Inquilinos? 7 Cómo inscribirse en la Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler? 7 Qué documentación hay que aportar? 8 Consejos útiles 8 Ejemplos ilustrativos 10 D. INFORMACIÓN PARA PROPIETARIOS 14 Qué servicios ofrece a los Propietarios? 14 Qué requisitos han de cumplir las viviendas? 14 Cómo inscribir una vivienda en la Bolsa Joven? 14 Qué documentación hay que aportar? 14 E. INFORMACIÓN DE INTERÉS 16 F. PUNTOS DE INFORMACIÓN DE LA BOLSA DE VIVIENDA JOVEN EN ALQUILER 17 G. GLOSARIO 20 Información útil Como complemento de esta Guía, en el espacio Web dispone de otras Guías que pueden ser de interés para los jóvenes, y en especial, la Guía Informativa del PLAN DE VIVIENDA JOVEN 05/08, en la que se detalla el contenido de las Ayudas que concede la Comunidad de Madrid en relación a este Plan. GUÍA INFORMATIVA DE LA BOLSA DE VIVIENDA JOVEN pág. 2 de 22

3 A. AYUDAS A LA VIVIENDA EN ALQUILER Dentro del conjunto de actuaciones que en materia de vivienda desarrolla la Comunidad de Madrid, se enmarca el apoyo a los ciudadanos que desean acceder a una vivienda en régimen de arrendamiento. En este sentido, la Comunidad promueve e impulsa diferentes procedimientos que facilitan el acceso a dichas viviendas u ofrece ayudas económicas a los inquilinos que viven en ellas. Básicamente, éstas consisten en: Ayudas múltiples concentradas en las Viviendas con Protección Pública El Plan de Vivienda de la Comunidad de Madrid contempla, entre sus actuaciones, las Viviendas con Protección Pública para Arrendamiento (VPPA), incluyendo también las de Arrendamiento con Opción de Compra (VPPA OC). En este tipo de viviendas, la Comunidad de Madrid interviene para: 1) Aplicar controles técnicos sobre las viviendas protegidas. 2) Establecer requisitos de acceso a dichas viviendas, de forma que sólo puedan destinarse a las personas que los cumplan. 3) Determinar el Precio Máximo de Arrendamiento a pagar en concepto de renta. 4) Conceder ayudas económicas directas al destinatario de las viviendas, denominadas Cheque-Vivienda, para situaciones económico-familiares concretas. De forma especial se impulsa el acceso a las VPPA con Opción de Compra para Jóvenes, a través del Plan de Vivienda Joven 05/08 de la Comunidad de Madrid. El detalle sobre los requisitos de acceso para obtener la ayuda económica, obligaciones que se adquieren y posibilidades de acceder a la LISTA ÚNICA de SOLICITANTES se presenta en la Guía Informativa del Plan de Vivienda Joven 05/08, disponible en la página Web de la Oficina de Vivienda Ayuda de información y gestión destinada a Jóvenes en forma de Bolsa de Viviendas La Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler es un servicio que ofrece la Comunidad de Madrid, con el impulso de la Dirección General de la Juventud, para facilitar el acceso a la vivienda a jóvenes entre 18 y 35 años. El servicio de Bolsa Joven está integrado dentro del Plan Alquila promovido por la Comunidad de Madrid, con el que se prevé sacar al mercado contratos de alquiler. A través de esta iniciativa se pretende crear un servicio de gestión profesionalizada del alquiler para la intermediación entre propietarios e inquilinos. El Plan Alquila es una de las medidas contempladas en el Plan de Dinamización del Mercado de Alquiler, cuyos principales objetivos son: Ofrecer confianza y seguridad a propietarios e inquilinos Ofertar la construcción de Vivienda Pública en alquiler Favorecer la celebración de nuevos contratos para el arrendamiento A través del Plan Alquila el contrato de alquiler se gestionará desde su firma hasta su resolución, se mediará en caso de conflictos entre las partes y se contratará un seguro que cubrirá durante 24 meses los impagos y desperfectos en las viviendas alquiladas. Con respecto a los jóvenes con edades comprendidas entre los 18 y 35 años, a través de la Bolsa Joven en Alquiler se dispone de un conjunto de viviendas privadas en régimen de arrendamiento, que han sido cedidas por sus propietarios, con la seguridad y garantías que ofrece la intermediación de la Comunidad. GUÍA INFORMATIVA DE LA BOLSA DE VIVIENDA JOVEN pág. 3 de 22

4 Esta Guía pretende proporcionar una información clara y completa del funcionamiento de esta Bolsa para facilitar su utilización a los jóvenes que desean residir en la Comunidad de Madrid. Desgravación a inquilinos en la declaración del IRPF en la Comunidad de Madrid En la Comunidad de Madrid se ha incluido, para la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente al año 2007, una deducción a los inquilinos que cumplan una serie de requisitos por una cuantía del 20% de las cantidades abonadas en concepto de arrendamiento de su vivienda habitual, con un valor máximo de 840 anuales. En la declaración correspondiente al año 2007, los requisitos exigidos a los inquilinos para tener derecho a la deducción son los siguientes: 1) Que la edad sea inferior a 35 años. 2) Que la renta 1 del período impositivo no sea superior a en tributación individual, o a en tributación conjunta. 3) Que las cantidades abonadas en concepto de arrendamiento por la vivienda habitual superen el 10% de la renta del período impositivo del contribuyente. 4) Que el arrendador de la vivienda haya depositado la fianza correspondiente al alquiler en el Instituto de la Vivienda de la Comunidad de Madrid (IVIMA) 2, y que el contribuyente disponga de una copia del resguardo del depósito. El marco legal de estas ayudas se encuadra en la Ley 7/2007, de 21 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, publicada en el B.O.C.M., nº 309, a 28 de diciembre del año Para próximos ejercicios de tributación, tendrán que informarse de las deducciones específicas que la Comunidad de Madrid establezca en relación con el IRPF, para lo cual los contribuyentes disponen del teléfono 012 y un espacio en la página Web Además, también se dispone de información a través de los distintos canales de la Agencia Tributaria (su página Web y el teléfono de información permanente ). Ayuda estatal a Inquilinos menores de 35 años que gestiona la Comunidad de Madrid El Plan de Vivienda Estatal incluye una ayuda a los inquilinos menores de 35 años que consiste en una subvención de hasta el 40 % de la renta anual de la vivienda en alquiler, con un máximo absoluto de /anuales. La duración máxima de esta subvención es de 24 meses, siempre que se mantengan los requisitos que dieron acceso a la misma. Los requisitos que deben reunir los inquilinos para tener derecho a la subvención son: 1) Que la edad sea inferior a 35 años. 2) Que los ingresos familiares del conjunto de ocupantes de la vivienda, aunque no exista relación de parentesco entre ellos, no exceda de 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). 3) Ser residente en la Comunidad de Madrid por un periodo mínimo de tres años. 1 Esta cantidad se corresponde con la Base Imponible: parte general y parte especial a la que se ha de restar la Reducción por rendimientos de trabajo. En la declaración del IRPF del ejercicio 2007, es la suma de las casillas número 476 y 479 menos la casilla 490. Para ampliar esta información, puede consultar el Manual de la Calculadora de Base Imponible Máxima de la Unidad Familiar, disponible en la página Web 2 IVIMA (Fianzas). C/ Basílica, 23 - C.P , Madrid. Información Régimen General de Fianzas: (Horario de atención al público: de 9:00 a 14:00 h.). GUÍA INFORMATIVA DE LA BOLSA DE VIVIENDA JOVEN pág. 4 de 22

5 4) Solicitar la subvención en un plazo máximo de cuatro meses, a contar desde la fecha de celebración del contrato de arrendamiento. 5) Estar al corriente en el pago de todas las cuotas mensuales del arrendamiento, ya que el impago de alguna de ellas supone la pérdida de esta ayuda. 6) La vivienda no podrá estar sometida a ningún régimen de protección pública, salvo que se trate de Vivienda Protegida de Nueva Construcción de Renta Concertada (VPPA RC). 7) Que ninguno de los titulares del contrato de arrendamiento sea beneficiario de esta ayuda o de la Renta Básica de Emancipación (RBE). 8) No ser titular de vivienda, salvo que no disponga del uso ni del disfrute de la misma o que se trate de una vivienda libre ubicada en otra localidad diferente a la de la vivienda alquilada por el beneficiario de la ayuda. Puede informarse de esta ayuda a través de los diferentes canales de información de la Oficina de Vivienda, o directamente en el espacio Web de la misma: Renta Básica de Emancipación (RBE) Se trata de un conjunto de ayudas destinadas a los jóvenes que tengan, al menos, 22 años y no hayan cumplido los 30, que estén en condiciones de acceder a una vivienda libre en régimen de alquiler y dispongan de una fuente regular de ingresos, siempre que no superen un límite establecido de ingresos brutos anuales ( euros ). Estas ayudas consisten en: 1) Una subvención mensual de 210 euros para el pago de la renta del alquiler durante un máximo de cuatro años. Esta ayuda se percibirá por meses completos, a partir del mes siguiente al de la solicitud, durante un máximo de cuatro años (consecutivos o no). 2) Una subvención de 120 euros destinada a cubrir los gastos de tramitación de constituir un aval como garantía del arrendamiento. 3) Un préstamo de 600 euros sin intereses, que deberá devolverse cuando se extinga la fianza prestada en garantía del arrendamiento o cuando se dejen de reunir los requisitos. La Renta Básica de Emancipación puede solicitarse en cualquiera de los 20 Puntos de Información que la Comunidad de Madrid ha puesto a disposición de los jóvenes para que se informen y presenten su solicitud. GUÍA INFORMATIVA DE LA BOLSA DE VIVIENDA JOVEN pág. 5 de 22

6 B. QUÉ OFRECE LA BOLSA DE VIVIENDA JOVEN? La Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler es un programa que ofrece la Comunidad de Madrid para facilitar el acceso a la vivienda a los jóvenes con edades comprendidas entre 18 y 35 años, bajo el impulso de la Dirección General de Juventud. Consiste en un servicio de intermediación cuyo objetivo es ser un punto de encuentro entre oferentes y demandantes de vivienda libre en alquiler, que resulte beneficioso para ambos. Para los inquilinos La Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler de la Comunidad de Madrid presta apoyo a los jóvenes de 18 a 35 años para acceder a una vivienda en régimen de alquiler. La Bolsa gestiona una serie de viviendas en arrendamiento destinadas a jóvenes con precios inferiores a los habituales en el mercado, gracias al sistema de garantías que la Comunidad ofrece a los arrendadores. Estas viviendas pueden ser arrendadas individualmente o entre varios jóvenes. Además, personal de la Bolsa acompaña a los jóvenes en la visita para que conozcan estas viviendas y supervisa la firma del contrato de arrendamiento. Para los propietarios La Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler de la Comunidad de Madrid ofrece gratuitamente a los propietarios de viviendas de la Comunidad de Madrid que deseen alquilarlas la posibilidad de ofertarlas a jóvenes que deseen residir en la Comunidad, con unas mejores garantías a las que les proporciona el mercado. La Bolsa sirve de intermediario entre inquilinos y propietarios, de manera que se pueda interrelacionar la oferta con la demanda de vivienda en alquiler. Además, realiza una labor de asesoramiento que permite garantizar el pleno cumplimiento de la legislación por ambas partes, y solventar aquellos problemas que puedan surgir durante todo el periodo de arrendamiento, e incluso posteriormente si ocurriera algún conflicto. GUÍA INFORMATIVA DE LA BOLSA DE VIVIENDA JOVEN pág. 6 de 22

7 C. INFORMACIÓN PARA INQUILINOS Quién puede utilizar los servicios de la Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler? Para poder utilizar las ventajas de la Bolsa es necesario que cada inquilino cumpla los siguientes requisitos: a) Tener entre 18 y 35 años. b) Percibir unos ingresos mínimos de 775,35 euros brutos mensuales. c) El contrato laboral ha de tener una duración ininterrumpida de, como mínimo, un año, a contar desde la fecha de inicio del contrato de arrendamiento. No obstante, los trabajadores por cuenta ajena que no cumplan los requisitos relativos a los ingresos o al tipo de contrato laboral, así como los estudiantes y los trabajadores por cuenta propia también podrán optar a la Bolsa si disponen de un fiador solidario que se haga responsable del pago de la renta, con la garantía de la propiedad de un bien inmueble (vivienda, garaje, local, etc.). Es necesario aportar un fiador por cada uno de los jóvenes que no cumplan la condición de ingresos mínimos. La suma de los ingresos de los solicitantes, o fiadores en su caso, determina la renta máxima del alquiler a la que se puede acceder. Generalmente, esta renta máxima (o capacidad de endeudamiento) se fija en torno al 30 % de los ingresos de los inquilinos, dependiendo de su situación laboral, la cuantía, etc. Qué servicios ofrece a los Inquilinos? La Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler facilita a los jóvenes un conjunto de viviendas privadas en régimen de arrendamiento con la seguridad y garantías que ofrece la intermediación de la Comunidad: - Las viviendas ofertadas a través de la Bolsa tienen un precio de alquiler inferior al habitual en el mercado, que se adecuará según tamaño, tipología, ubicación y otras características de las mismas. Pueden estar amuebladas o no, pero todas disponen, al menos, de: - Cocina equipada, entendiendo como tal aquella que dispone de muebles de cocina, fregadero y placa de cocina (de gas, eléctrica u otros). - Suministros de agua y luz contratados (y gas si lo hubiere), así como las instalaciones de los mismos en las condiciones de uso reglamentarias. - Asimismo, la Bolsa supervisa el proceso de alquiler de la vivienda para mayor seguridad y comodidad de inquilinos y propietarios prestando, sin coste alguno, los siguientes servicios: - Información general sobre el alquiler de viviendas. - Información jurídica especializada, como la Ley de Arrendamientos Urbanos, tipos de contratos, fianzas, revisión de la renta, o derechos y obligaciones de los inquilinos. - Modelos de contrato de alquiler y documento de entrega de señal. - Además, la Bolsa actúa de mediador ante cualquier conflicto que pueda surgir durante el periodo de arrendamiento y a la conclusión del mismo. Cómo inscribirse en la Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler? La inscripción puede realizarse a través de dos canales: GUÍA INFORMATIVA DE LA BOLSA DE VIVIENDA JOVEN pág. 7 de 22

8 a) Presencial: Acudiendo a cualquiera de los puntos de información de la Bolsa que hay en la Comunidad de Madrid. En el apartado E de esta Guía se ofrece una relación de los puntos de información, ordenados por municipios, que disponen de este servicio (si el municipio de su interés no aparece en la relación, puede acudir al más cercano). En estos puntos se ofrece información, el formulario de inscripción y un servicio de asesoramiento en el que se orienta acerca de las distintas posibilidades de acceso a la vivienda en alquiler de las que se dispone. b) Fax: También se puede enviar por fax al número , correspondiente al punto de información de la Bolsa Joven, sito en la C/ Braganza, s/n. Qué documentación hay que aportar? Para poder inscribirse en la Bolsa de Vivienda Joven es necesario cumplimentar un Formulario de Inscripción disponible los puntos de información de la Bolsa de Vivienda Joven, y ha de ir acompañado de la siguiente documentación: a) Fotocopia del DNI o cualquier otro documento legalmente válido. b) En caso de trabajadores por cuenta ajena: - Fotocopia del contrato laboral. - Fotocopia de las 3 últimas nóminas. c) En caso de trabajadores por cuenta propia (autónomos): - Fotocopia del recibo del Impuesto de Actividades Económicas (IAE). - Fotocopia de la última declaración de IRPF. - Fotocopia de la declaración de IVA del último trimestre. d) En caso de necesitar un fiador solidario: - Fotocopia de la escritura del bien inmueble que se presenta como garantía. - Fotocopia del DNI de los titulares de la escritura. Consejos útiles Uno de los aspectos más determinantes en el alquiler de viviendas es la renta mensual a pagar por el arrendamiento. Las viviendas ofertadas a través de la Bolsa suelen tener unas rentas inferiores a las que se observan normalmente en el mercado libre. Sin embargo, hay que tener en cuenta la gran diversidad de precios que podemos encontrar en la Comunidad de Madrid; no cuesta lo mismo alquilar una vivienda en el Municipio de Madrid en un barrio universitario, que en la periferia o en otros municipios más alejados de la capital. a) El Precio: De modo orientativo, se puede estimar que la renta a pagar por una vivienda media en la Comunidad de Madrid puede oscilar entre los 450 y 700 euros, dependiendo del número de habitaciones, de la zona en la que se ubique, de los servicios de que disponga y del edificio. Como los ingresos de los solicitantes, o la garantía de los fiadores, determinan la renta máxima de la vivienda a la que se puede acceder, puede ser interesante la opción de compartir la vivienda y los gastos entre varios jóvenes. Dada la situación del sector inmobiliario en la Comunidad de Madrid lo más habitual es que los jóvenes compartan piso, ya que, de esta forma, pueden obtener viviendas de mayor superficie y mejores servicios. GUÍA INFORMATIVA DE LA BOLSA DE VIVIENDA JOVEN pág. 8 de 22

9 Cada joven es una unidad familiar por sí mismo, lo cual debe tenerse bien presente a la hora de acreditar su situación familiar y sus ingresos. b) El Plazo: El periodo de tiempo que transcurre desde la inscripción de un joven en la Bolsa hasta que accede a la vivienda es muy variable y depende de la época en que se solicita, del municipio o zona elegida, del número de viviendas ofertadas, etc. Las solicitudes son atendidas por riguroso orden de inscripción, por lo que conviene inscribirse con cierta antelación para que el acceso a la vivienda se realice en el momento que se necesite. En este sentido, la época en la que se registra un mayor movimiento de inquilinos se da entre el fin y el inicio del curso universitario, es decir, entre junio y noviembre. GUÍA INFORMATIVA DE LA BOLSA DE VIVIENDA JOVEN pág. 9 de 22

10 Ejemplos ilustrativos SUPUESTO 1: Dos amigos de Cáceres trasladan su residencia a la Comunidad de Madrid, uno para completar sus estudios en la Universidad de Alcalá de Henares y el otro para iniciar su carrera profesional, también en Alcalá de Henares. El estudiante tiene 24 años y dispone de un empleo temporal en la hostelería; tiene unos ingresos brutos mensuales de 550. El otro amigo, recién licenciado, tiene 29 años y acaba de firmar un contrato de trabajo por dos años con el que obtiene unos ingresos brutos mensuales de 995. Ayuda de información y gestión a través de la Bolsa de Vivienda Joven en la Comunidad de Madrid Estos jóvenes pueden buscar vivienda a través de los puntos de información de la Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler que aparecen en el apartado E. Su incorporación al trabajo y estudios va a ser en septiembre, pero sabiéndolo con antelación, deciden realizar la inscripción en el mes de junio desde el domicilio familiar en Cáceres, a través de la página Web previendo la existencia de lista de espera para obtener vivienda en la Bolsa. A través del formulario disponible en la Web, solicitan un piso en Alcalá de Henares de dos habitaciones. Antes de quince días, llaman para confirmar su inscripción en la Bolsa y reciben un número de solicitud. Los jóvenes cumplen el requisito de edad, por lo que sólo es necesario comprobar los requisitos económicos y, además, calcular cuál será el importe máximo del alquiler al que podrán acceder a través de la Bolsa de Vivienda Joven. El requisito económico es percibir un sueldo mínimo de 775,35 brutos mensuales. El estudiante no dispone de ingresos superiores a 775,35 brutos mensuales. Por lo tanto acude a su hermano, que se ofrece como fiador solidario ya que es propietario de una plaza de garaje (que es el bien inmueble ofrecido en garantía) en las proximidades del domicilio de sus padres en Cáceres. De esta forma, el solicitante se equipara a una persona con unos ingresos ,60 euros al año. El otro joven sí que cumple este requisito, ya que sus ingresos son superiores: 995 mes x 12 meses = / año Entre ambos, sus ingresos suman ,80 euros anuales o, lo que es lo mismo, 2.032,90 al mes , ,00 = ,60 / año = 2.159,80 / mes Por lo tanto, pueden acceder a un piso cuya renta fuera, como máximo, de 647,94 euros/mes 3. 30% de 2.159,80 / mes = 647,94 / mes A mediados de agosto, la Bolsa les avisa para ver una serie de pisos en Alcalá. 3 El nivel máximo de endeudamiento que establece la Bolsa de Vivienda Joven oscila entre el 25 y 30% de los ingresos. GUÍA INFORMATIVA DE LA BOLSA DE VIVIENDA JOVEN pág. 10 de 22

11 El primer piso que les enseñan es céntrico, tiene dos habitaciones, salón, baño y cocina. No está amueblado, pero está dotado de electrodomésticos (lavadora y frigorífico). La renta es de 580 euros / mes. El segundo tiene dos habitaciones, salón, baño y cocina. Dispone de electrodomésticos (lavadora y frigorífico) y está amueblado. No está tan céntrico, aunque las comunicaciones en transporte público son buenas. La renta es de 540 euros al mes. El tercer piso tiene dos habitaciones, baño y cocina. No está amueblado pero dispone de los electrodomésticos básicos (lavadora, horno y frigorífico). Tampoco está céntrico, y las comunicaciones en transporte público son también buenas. La renta es de 495 euros / mes. Por comodidad y por economía, deciden solicitar un piso amueblado por lo que finalmente se deciden por la segunda opción. Así, alquilan un piso por 540 euros / mes en septiembre. Este importe incluye los gastos de comunidad, pero no los gastos corrientes correspondientes a agua, luz, gas y teléfono, que corren por su cuenta. Ayuda económica de la Comunidad de Madrid en la declaración del IRPF La ayuda económica en la declaración de 2007 se calcula de la forma siguiente: El joven licenciado posee como ingreso principal su nómina, como domicilio fiscal, su vivienda arrendada y constituye una unidad familiar. La cantidad pagada como alquiler durante el año 2007 es desde septiembre a diciembre (4 meses) / mes x 4 meses = Puede considerar que su parte de alquiler corresponde al 50% de esta cantidad, es decir, cada uno habrá pagado, en concepto de alquiler, Los ingresos brutos anuales ascienden a 3.980, ya que ha trabajado durante cuatro (4) meses. 995 / mes x 4 meses = Las cantidades abonadas en concepto de alquiler durante el periodo impositivo superan el 10% de la renta correspondiente al ejercicio fiscal: 10% de = 398 < La ayuda consistirá en una deducción del 20% de las cantidades satisfechas en concepto de alquiler. Es decir, podrá deducirse 216, como Ayuda económica de la Comunidad de Madrid, por el alquiler de su vivienda habitual. 20% de = 216 Al joven estudiante, al no tener su domicilio fiscal en la Comunidad de Madrid, no le afectan estas ayudas. GUÍA INFORMATIVA DE LA BOLSA DE VIVIENDA JOVEN pág. 11 de 22

12 SUPUESTO 2: Una pareja de jóvenes madrileños desea emanciparse. Como tienen poco dinero ahorrado para comprar una vivienda en propiedad, deciden buscar una vivienda en alquiler. Acuden a la Oficina de Vivienda de la Comunidad de Madrid donde les informan de las distintas alternativas a las que se pueden acoger. Finalmente, optan por utilizar los servicios de la Bolsa de Vivienda Joven. Ambos trabajan y viven en Madrid. Él es comercial, tiene 25 años y cuenta con una nómina de 950 euros brutos mensuales. Trabaja con un contrato por obra y servicio desde el mes de junio, fecha en la que acabó sus estudios. Ella, de 24 años, es informática de profesión y dispone de unos ingresos de euros brutos al mes. Tiene un contrato indefinido. Ambos reciben 12 pagas anuales, dado que tienen las pagas extras prorrateadas dentro de su nómina. Ayuda de Información y gestión a través de la Bolsa de Vivienda Joven en la Comunidad de Madrid La pareja decide acudir personalmente a uno de los puntos de información (apartado E de esta guía) y realizan su inscripción como demandantes de la Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler, solicitando una vivienda de una habitación en la ciudad de Madrid. Además, piden que disponga de los electrodomésticos básicos (frigorífico y lavadora) pero no especifican si la desean o no amueblada. La pareja cumple con el requisito de edad. A continuación, hay que verificar si cumplen con el requisito económico, ya que dependiendo de sus ingresos podrán optar a un tipo de vivienda en la Bolsa y necesitarán o no un fiador solidario (en caso de que sus ingresos no sean suficientes). El requisito económico es percibir un sueldo mínimo de 775,35 brutos mensuales. Él dispone de unos ingresos mensuales superiores a 775,35 brutos mensuales. 950 / mes x 12 meses = / año Ella también dispone de unos ingresos superiores a 775,35 brutos mensuales / mes x 12 meses = / año Entre ambos disponen de anuales, que equivalen a al mes = / año = / mes Él tiene que pedir en su empresa un certificado que garantice que el trabajador ha de estar contratado, al menos, un año desde la fecha en que se firma el contrato de arrendamiento. Así, y dado que ambos disponen de ingresos suficientes, no precisan de ningún fiador solidario. Tienen unos ingresos conjuntos de euros / mes, por lo que pueden acceder a una vivienda en alquiler que suponga, como máximo, el 30% del total de sus ingresos, que asciende a: 30% de / mes = 621 / mes Tras realizar el cálculo de sus ingresos totales mensuales, la vivienda a la que pueden aspirar en la Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler no puede superar los 621 euros/mes. GUÍA INFORMATIVA DE LA BOLSA DE VIVIENDA JOVEN pág. 12 de 22

13 El mismo día que se inscriben, acuerdan la visita de 2 viviendas: La primera vivienda es de 50 m 2 útiles y dispone de cocina americana (cocina y salón unidos), una habitación y cuarto de baño. Cuenta con los electrodomésticos (frigorífico y lavadora), no está amueblada, y la renta a pagar es de 580 euros mensuales. La segunda vivienda tiene 60 m 2 útiles y dispone, también, de una habitación, salón, cuarto de baño y cocina. Tiene electrodomésticos (lavavajillas, frigorífico y lavadora) y está completamente amueblada. La renta a pagar es de 610 euros mensuales. Después de visitar las dos viviendas les gusta la primera, que cuenta con una habitación y electrodomésticos, tal y como desean. La Bolsa se pone en contacto para comunicarles que otros jóvenes que han visitado esa vivienda, y que estaban situados antes que ellos en el orden de inscripción, la han desestimado. La pareja decide arrendar esta vivienda a partir del mes de septiembre, pagando 580 euros al mes, renta que incluye los gastos de comunidad, entre los que se encuentra el agua. Como gastos aparte, tienen que pagar la luz y el gas. Además, pueden dar de alta el teléfono, si así lo desean. Ayuda económica de la Comunidad de Madrid en la declaración IRPF La ayuda económica en la declaración de 2007 se calcula de la forma siguiente: La joven pareja tiene como ingresos principales los procedentes de sus respectivas nóminas y como domicilio fiscal la vivienda en alquiler que han conseguido a través de la Bolsa Joven de la Comunidad de Madrid. Durante 2007 han pagado cuatro mensualidades de la vivienda arrendada (de septiembre a diciembre), lo que supone un total de euros. 580 / mes x 4 meses = Las normas reguladoras del IRPF entienden que, en este supuesto, estamos ante dos unidades familiares que deben realizar declaraciones individuales. A este respecto, se puede considerar que cada uno paga la mitad de la renta total anual del alquiler, durante los cuatro meses que restan desde el inicio del contrato de arrendamiento hasta la finalización del ejercicio fiscal. El total de los cuatro meses es euros, con lo que cada uno paga, en concepto de alquiler, euros durante el año Los ingresos brutos individuales de él, en el ejercicio 2007, ascienden a euros brutos ya que trabajó durante siete meses, desde junio a diciembre, y euros los de ella, que ha trabajado todo el año. Como las rentas pagadas por cada uno en concepto de alquiler durante 2007 fueron de euros, la condición para que puedan recibir una ayuda económica de la Comunidad de Madrid, vía deducción en la cuota en la declaración del IRPF en el ejercicio 2007, es que las cantidades abonadas en concepto de alquiler superen el 10% de la renta correspondiente a dicho período: Él: 10% de = 665 < Ella: 10% de = > Sólo el joven cumple con el requisito y puede solicitar la ayuda económica en la declaración del IRPF por alquiler, que consistirá en una deducción del 20% de las cantidades pagadas en dicho ejercicio. Por lo tanto, la cantidad que puede deducirse como ayuda asciende a: 20% de = 232 La desgravación a la que él tiene derecho asciende a 232. Ella no puede acceder a la ayuda ya que no cumple con el requisito económico. GUÍA INFORMATIVA DE LA BOLSA DE VIVIENDA JOVEN pág. 13 de 22

14 D. INFORMACIÓN PARA PROPIETARIOS Qué servicios ofrece a los Propietarios? La Bolsa de Vivienda Joven supervisa el proceso del arrendamiento de la vivienda garantizando una mayor seguridad y comodidad tanto a inquilinos como a propietarios, prestando, sin coste alguno, los siguientes servicios: - Revisar e inventariar las viviendas antes de ser ofertadas a los jóvenes solicitantes. - Acompañar a los solicitantes a visitar las viviendas inscritas en la Bolsa, lo que evita molestias y desplazamientos a los propietarios. - Elaborar y supervisar el contrato de arrendamiento, asesorando a ambas partes en todas las dudas que puedan surgir a lo largo del proceso. - Intermediar en los problemas que pudieran surgir durante todo el periodo de arrendamiento y hasta la conclusión del mismo. - Ofrecer un seguro de cobro de renta para evitar riesgos de impago por parte de los inquilinos. - Proporcionar un seguro multirriesgo para evitar sorpresas en caso de daños o accidentes. Qué requisitos han de cumplir las viviendas? Las viviendas incluidas en la Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler han de estar dotadas de los siguientes elementos: a) Cocina equipada: aquella que dispone de muebles de cocina, fregadero, placa de cocina (gas, eléctrica). b) Suministros de agua, luz contratados (y gas si lo hubiere): así como las instalaciones de los mismos en las condiciones reglamentarias. Cómo inscribir una vivienda en la Bolsa Joven? Se ponen a su disposición los siguientes medios para inscribir su vivienda en la Bolsa de Vivienda Joven: a) A través de la Oficina de Vivienda de la Comunidad de Madrid. b) En cualquiera de los puntos de información de la Bolsa de Vivienda Joven (Ver Apartado E de esta Guía). Durante la entrevista se informa al propietario de las características y particularidades de la Bolsa, así como de los pasos a dar para alquilar la vivienda. Se le orienta respecto a la situación del mercado, de forma que la renta de la vivienda se adecue a las condiciones de precio de situaciones semejantes. Además, se pone a su disposición un servicio de asesoramiento especializado en temas jurídicos. Qué documentación hay que aportar? En el momento en el que el propietario decida alquilar su vivienda a través de la Bolsa: a) Firmará un documento de compromiso, denominada Nota de Encargo, mediante el cual deja en depósito la vivienda durante un periodo de un mes. b) Ha de entregar una copia de las llaves de la vivienda. c) Además, ha de aportar la siguiente documentación: GUÍA INFORMATIVA DE LA BOLSA DE VIVIENDA JOVEN pág. 14 de 22

15 - Fotocopia de la escritura de compraventa del piso. - Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) del propietario o propietarios. - Fotocopia del I.B.I. (Impuesto de Bienes Inmuebles). - Si dispone de un seguro multirriesgo de la vivienda, ha de aportar una fotocopia del mismo. GUÍA INFORMATIVA DE LA BOLSA DE VIVIENDA JOVEN pág. 15 de 22

16 E. INFORMACIÓN DE INTERÉS Una vez que se haya inscrito una vivienda en la Bolsa Joven, se visitará y elaborará un inventario exhaustivo de la misma, en el que se detalle su estado general y la relación de muebles y enseres de los que dispone. Además, se realizarán fotografías digitales que certifiquen el estado de la vivienda con el fin de evitar cualquier tipo de problema posterior. Además, se acompañará a los futuros inquilinos en su visita a la vivienda, evitando posibles molestias al propietario por desplazamientos innecesarios. Por otro lado, recogerá la documentación pertinente de los solicitantes y verificará que cumplan los requisitos exigidos. Una vez que los inquilinos y el propietario se han puesto de acuerdo, se procederá a firmar el contrato de arrendamiento. La Bolsa de Vivienda Joven dispone de modelos de contratos de alquiler y del documento de entrega de señal para facilitar el proceso. En todo momento se informa, tanto a propietarios como a inquilinos, de las cláusulas del contrato, conforme a la Ley de Arrendamientos Urbanos vigente, así como de cualquier otra duda. Para ello, dispone de un servicio de asesoramiento jurídico que ayuda a resolver cualquier problema que pueda surgir a lo largo del proceso de arrendamiento de la vivienda. GUÍA INFORMATIVA DE LA BOLSA DE VIVIENDA JOVEN pág. 16 de 22

17 F. PUNTOS DE INFORMACIÓN DE LA BOLSA DE VIVIENDA JOVEN EN ALQUILER ALCALÁ DE HENARES Pza. del Empecinado, 1, 1ª Planta Alcalá de Henares. Tlfn: Fax: Lunes a jueves: 9,00 a 14,30 y de 15,30 a 18,00 Viernes: 9,00 a 15,00 ALCOBENDAS C/ Ruperto Chapí, Alcobendas. Tlfn: Fax: alcobendas@provivienda.org Lunes a viernes: 10,00 a 14,00 y de 17,00 a 21,00 ALCORCÓN Centro Joven. C/ Maestro Victoria, Alcorcón. Tlfn: / /61. Fax: bolsadeviviendajoven@ayto-alcorcon.es Lunes a viernes: 11,00 a 14,00 y de 16,00 a 20,00 Sábado: 12,00 a 14,00 ARGANDA DEL REY Enclave Joven. Oficina de Vivienda C/ Mar de Alborán, Arganda del Rey. Tlfn: Fax: info@viviendarganda.es Lunes a viernes: 11,00 a 14,00 y de 17,00 a 21,00 BOADILLA DEL MONTE Oficina Municipal de Alquiler Pza. de la Barbacana, s/n Boadilla del Monte. Tlfn: Fax: oficinamunicipaldealquiler@emsv.es Presencial: Lunes a viernes: 10,00 a 14,00 Telefónica: Lunes a viernes: 10,00 a 20,00 COLMENAR VIEJO Casa de la Juventud. Carretera Hoyo de Manzanares, Colmenar Viejo. Tlfn: Fax: bvjacolmenarviejo@provivienda.org Lunes: 17,00 a 19,00 Miércoles: 10,00 a 14,00 COSLADA Edificio Multifuncional La Rambla. Avda. Príncipes de España, s/n Coslada. Tlfn: Fax: viviendajoven@ayto-coslada.es Lunes a viernes: 10,00 a 13,00 y de 17,00 a 20,00 FUENLABRADA C/ La Iglesia, 5-1º Fuenlabrada. Tlfn: Fax: bolsavivienda@telefonica.net Lunes a jueves: 9,00 a 15,00 y de 16,30 a 18,00 Viernes: 9,00 a 15,00 GALAPAGAR Concejalía de la Juventud. Punto Joven. C/ Escorial, Galapagar. Tlfn: / Fax: bvjgalapagar@provivienda.org Lunes a jueves: 9,00 a 15,00 y de 16,00 a 19,30 Viernes: 9,00 a 15,00 GETAFE Pza. Obispo Felipe Scio Riaza, 2-1º. Oficina Getafe. Tlfn: / Fax: alquiler@emsvgetafe.com Lunes a viernes: 10,00 a 13,00 Lunes y jueves: 17,30 a 19,00 LAS ROZAS DE MADRID Avda. Doctor Toledo, Las Rozas de Madrid. Tlfn: Fax: juventud@rozasjoven.com Lunes, miércoles y jueves: 10,00 a 14,00 Martes: 17,00 a 20,00 LEGANÉS Avda. Fuenlabrada, Leganés. Tlfn: / Fax: viviendajoven@leganes.org Lunes a miércoles: 9,00 a 14,00 y de 17,00 a 19,00 Jueves: 9,00 a 13,00 y de 17,00 a 19,00 Viernes: 9,00 a 14,00 MADRID Oficina de Vivienda Avda. de Asturias, Madrid. Tlfn: Lunes a jueves: 9,00 a 14,00 y de 15,00 a 18,00 Viernes: 9,00 a 15,00 Edificio de la Dirección General de Vivienda C/ Braganza s/n Madrid. Tlfn para Inquilinos: / Tlfn para Propietarios: Fax: bolcam.atj@madrid.org para Inquilinos: bolcam.inq@madrid.org para Propietarios: bolcam.prop@madrid.org Lunes a jueves: 9,00 a 14,00 y de 15,00 a 18,00 Viernes: 9,00 a 14,00 Centro Regional de Información y Documentación Juvenil - CRIDJ Pº Recoletos, Madrid. Tlfn: Lunes a jueves: 9,00 a 14,00 y de 15,00 a 18,00 Viernes: 9,00 a 14,00 MAJADAHONDA Avda. Doctor Calero, 37. Centro Juvenil Príncipe de Asturias Majadahonda. Tlfn: Fax: centrojuvenil@majadahonda.org Jueves: 17,00 a 20,30 MÓSTOLES Libertad, 34 (posterior) Móstoles. Tlfn: Fax: bvjmostoles@provivienda.org Lunes a jueves: 9,00 a 14,30 y de 16,00 a 19,30 Viernes: 9,00 a 15,00 GUÍA INFORMATIVA DE LA BOLSA DE VIVIENDA JOVEN pág. 17 de 21

18 POZUELO DE ALARCÓN C/ San Rafael, Pozuelo de Alarcón. Tlfn: Fax: Lunes a Jueves: 17,00 a 21,00 RIVAS-VACIAMADRID Empresa Municipal Rivas-Vaciamadrid. Avda. José Hierro, 36. Edificio Atrio Rivas-Vaciamadrid. Tlfn: Fax: bolsajoven@emvrivas.com Lunes a jueves: 9,00 a 14,00 y de 16,00 a 18,30 Viernes: 9,00 a 14,00 SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES Avda. Valencia, San Sebastián de los Reyes. Tlfn: / Fax: bolsavivienda@ayuntamiento.sanse.info Lunes a viernes: 9,00 a 14,00 y de 16,00 a 20,00 TRES CANTOS Casa de la Juventud. Sector Literatos, Tres Cantos. Tlfn: Fax: bvjatrescantos@provivienda.org Martes: 16,30 a 19,00 Jueves: 10,00 a 14,00 VALDEMORO C/ Cantabria, Valdemoro. Tlfn Fax: vivienda.joven@ayto-valdemoro.org Lunes a jueves: 10,00 a 14,30 y de 17,30 a 20,00 Viernes: 10,00 a 14:30 VILLANUEVA DEL PARDILLO Avda. Juan Carlos I, s/n. Centro Cívico Príncipe de Asturias Villanueva del Pardillo. Tlfn y Fax: juventud@vvapardillo.org Martes: 10,00 a 14,00 GUÍA INFORMATIVA DE LA BOLSA DE VIVIENDA JOVEN pág. 18 de 21

19 GUÍA INFORMATIVA DE LA BOLSA DE VIVIENDA JOVEN pág. 19 de 21

20 G. GLOSARIO A ARRENDADOR: Persona física o jurídica, propietario o usufructuario, que cede la vivienda para que se use por el tiempo que se pacte y a cambio del pago de la cantidad convenida o renta. ARRENDAMIENTO: Cesión o aprovechamiento temporal de una vivienda a cambio del pago de una renta. Las condiciones se especifican en el contrato de arrendamiento. ARRENDATARIO: Persona física que toma o adquiere en arrendamiento la vivienda a cambio de un precio. AVAL BANCARIO: Instrumento de garantía en virtud del cual la entidad bancaria o financiera se compromete a responder de los posibles incumplimientos de pago (renta) derivados de una relación contractual (el arrendamiento) de la persona que avala (el arrendatario). Es un acuerdo bilateral (entre arrendatario y su banco) que implica la inmovilización/congelamiento en cuenta de una cantidad de dinero reservado para pagar al arrendador en caso de impago de las rentas. Esta operación consta con un número de identificación en el Registro Nacional de Avales, tiene una fecha de inicio y de fin, o puede prorrogarse según convinieren las partes e implica ciertos costes para la persona avalada (el arrendatario). C CONTRATO DE ARRENDAMIENTO: Vínculo jurídico por el que una persona (arrendador) cede a otra (arrendatario) el goce o uso de una vivienda por tiempo determinado y precio cierto. Es un contrato bilateral, consensual, oneroso, porque el arrendatario a cambio del uso o goce de la cosa recibida se obliga a pagar una renta al arrendador, y de duración temporalmente limitada. En el contrato arrendaticio las partes pueden optar por la forma oral o escrita y se rige por lo previsto en la Ley de Arrendamientos Urbanos, Ley 29/1994, de 24 de noviembre. F FIADOR SOLIDARIO: Persona física o jurídica que se compromete a responder de las obligaciones económicas asumidas por un tercero. Se dice que es solidario porque el acreedor puede optar por dirigir su reclamación contra cualquiera de los dos o contra todos simultáneamente. En la Bolsa de Vivienda Joven ofrece la garantía de un bien inmueble (vivienda, garaje, local). FIANZA SOLIDARIA: Instrumento de garantía frente a terceros, en virtud del cual una persona física o jurídica responde, con su patrimonio presente o futuro (principio de responsabilidad universal), de los posibles incumplimientos económicos derivados de una relación contractual de la persona que avala. Es un negocio bilateral que se formaliza por escrito, que tiene una fecha de inicio y de fin o puede, en su caso, prorrogarse. Puede ser gratuita u onerosa. FIANZAS DE ARRENDAMIENTO: Importe que se entrega por anticipado con objeto de servir de garantía ante cualquier posible incumplimiento del contrato por parte del arrendatario, y que es equivalente a una mensualidad y ha de realizarse en metálico. Se devuelve al finalizar el periodo de alquiler, si el inquilino devuelve la vivienda en el mismo estado en el que se la arrendaron. El periodo de devolución es un mes desde la finalización del contrato. El depósito de fianzas de arrendamiento es obligatorio para el arrendador y debe realizarse en el IVIMA. I IVIMA (C/ Basílica, 23 - CP 28020, Madrid). Horario de atención al público: De 9:00 a 14:00 h. Información Régimen General: Información Régimen Concertado: Inspección de Fianzas: INDICADOR PÚBLICO DE RENTA DE EFECTOS MÚLTIPLES (IPREM): Indicador establecido anualmente por la Administración General del Estado que pondera rentas y composición de las unidades familiares, sirviendo de referencia en materia de Vivienda con Protección Pública. Para el año 2007, su cuantía era de 6.988,80 euros; para el año 2008, es de 7.131,80 euros. INGRESOS FAMILIARES: Indicador utilizado para determinar el derecho a la obtención de las Ayudas previstas en las diversas actuaciones protegidas contempladas en el Plan de Vivienda 2005/2008 de la Comunidad de Madrid. La Base Imponible máxima de la unidad familiar (entendiéndose por tal la definida en las normas reguladoras del IRPF) se fija atendiendo a dos criterios: 1. El número de miembros de la unidad familiar, y la condición de discapacidad de alguno de ellos. 2. Un valor que compara los ingresos familiares con el IPREM. Este valor, en forma de coeficiente, se establece y puede diferir para cada tipo de Vivienda con Protección. Para ampliar esta información, puede consultar la Calculadora de Base Imponible Máxima del apartado Utilidades en la Web INQUILINO: Arrendatario. INVENTARIAR VIVIENDAS: Realizar un listado de todos los bienes (muebles, electrodomésticos, enseres, etc.) que hay en una vivienda en el momento de cederla en arrendamiento. Su finalidad es garantizar al propietario su restitución, conservación y mantenimiento. N NOTA DE ENCARGO: Documento donde se detallan las características y datos económicos de la vivienda así como los datos identificativos del propietario (o propietarios), a efectos de que se pueda dar de alta la vivienda en la Bolsa Joven en Alquiler de la Comunidad de Madrid.de la Comunidad de Madrid. GUÍA INFORMATIVA DE LA BOLSA DE VIVIENDA JOVEN pág. 20 de 21

21 R RENTA: Contraprestación que el arrendador recibe del arrendatario a cambio del uso y disfrute de la vivienda. Ha de ser una cantidad fija y en proporción al tiempo de uso de la cosa. En vivienda libre la renta va a ser la libremente pactada por las partes. S SEGURO DE COBRO DE RENTA: Póliza de seguros que garantiza al arrendador el cobro de la renta durante el periodo de vigencia del seguro, frente a posibles impagos por parte del inquilino. SEGURO MULTIRRIESGO: Póliza de seguro que garantiza el pago al asegurado de una indemnización por los daños que se produzcan en la vivienda alquilada consecuencia del evento o suceso cuyo riesgo es objeto de cobertura o aseguramiento. SEÑAL: Cantidad o parte de precio que se adelanta como garantía de reserva para el solicitante de una vivienda en alquiler. U UNIDAD FAMILIAR: Se entiende por unidad familiar lo establecido por las normas reguladoras del Impuesto sobre la Renta de las Personas Física (IRPF). En ellas se define como: 1. La integrada por los cónyuges no separados legalmente, hijos menores de edad no emancipados e hijos mayores de edad incapacitados judicialmente. 2. En defecto de matrimonio o en los casos de separación legal, o cuando no exista vínculo matrimonial, la formada por el padre o la madre y los hijos menores de edad no emancipados y mayores de edad incapacitados judicialmente que convivan con uno u otro. Para hacernos una idea, sirvan los siguientes ejemplos: Para un/a joven de 19 años con novia/o, sin formalizar legalmente su relación, su unidad familiar está compuesta por 1 persona, aunque viva en casa de su padres. Para una madre soltera, que convive con varios hijos con edades comprendidas entre los 21, 17 y 15 años, su unidad familiar está compuesta por 3 personas, la madre y sus dos hijos menores de edad. Para un padre separado, que conviva con una hijo/a de 4 años, su unidad familiar está compuesta por 2 personas. Z ZONIFICACIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID: Según el artículo 1 de la Orden 2863/2004, de 8 de noviembre, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, la Comunidad de Madrid se divide, a efectos de determinar el Precio Máximo de Venta por metro cuadrado de superficie útil de las viviendas, en las siguientes zonas: - Zona A: Madrid, Alcobendas, Las Rozas de Madrid, Majadahonda, Pozuelo de Alarcón y San Sebastián de los Reyes. - Zona B: Ajalvir, Alcalá de Henares, Alcorcón, Algete, Aranjuez, Arganda del Rey, Arroyomolinos, Boadilla del Monte, Brunete, Ciempozuelos, Cobeña, Collado Villalba, Colmenarejo, Colmenar Viejo, Coslada, El Escorial, Fuenlabrada, Fuente el Saz de Jarama, Galapagar, Getafe, Humanes de Madrid, Leganés, Mejorada del Campo, Moraleja de Enmedio, Móstoles, Navalcarnero, Paracuellos de Jarama, Parla, Pinto, Rivas-Vaciamadrid, San Fernando de Henares, San Lorenzo de El Escorial, San Martín de la Vega, Torrejón de Ardoz, Torrelodones, Tres Cantos, Valdemoro, Velilla de San Antonio, Villanueva de la Cañada, Villanueva del Pardillo y Villaviciosa de Odón. - Zona C: Alpedrete, Camarma de Esteruelas, Collado Mediano, Daganzo, El Molar, Griñón, Hoyo de Manzanares, Loeches, Meco, Moralzarzal, San Agustín del Guadalix, Torrejón de la Calzada y Valdetorres de Jarama. - Zona D: Integrada por el resto de municipios de la Comunidad de Madrid. GUÍA INFORMATIVA DE LA BOLSA DE VIVIENDA JOVEN pág. 21 de 21

22 Esta Guía contiene: Esta guía contiene información sobre las Ayudas a la Vivienda en Alquiler de aplicación en la Comunidad de Madrid, prestando una especial atención a la Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler que impulsa la Dirección General de la Juventud. En concreto, incluye: A. AYUDAS A LA VIVIENDA EN ALQUILER B. QUÉ OFRECE LA BOLSA DE VIVIENDA JOVEN? C. INFORMACIÓN PARA INQUILINOS D. INFORMACIÓN PARA PROPIETARIOS E. INFORMACIÓN DE INTERÉS F. PUNTOS DE INFORMACIÓN DE LA BOLSA DE VIVIENDA JOVEN EN ALQUILER G. GLOSARIO La información se completa con: Guía Informativa del Plan de Vivienda Guía Informativa del Plan de Vivienda Joven 05/08 Calculadora del Plan Joven Calculadora de Precios Máximos de Venta y Alquiler Disponibles en la página Web: Fecha de actualización: Telefónico: 012 (de L a V, de 09h a 20h, y S, de 10h a 13h). Fax: (24 horas). Correo electrónico: oficinavivienda@madrid.org. Presencial: en Madrid: Avenida de Asturias, nº 28 (de L a J, de 09h a 14h y de 15h a 18h, y V, de 09h a 15h). Web: Correo ordinario: Avenida de Asturias, nº MADRID. DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ADJUDICACIONES Y APOYO AL CIUDADANO GUÍA INFORMATIVA DE LA BOLSA DE VIVIENDA JOVEN pág. 22 de 21

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