PROVINCIA DE LA PAMPA PRESUPUESTO GENERAL EJERCICIO LEY N 2.607

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1 PROVINCIA DE LA PAMPA PRESUPUESTO GENERAL EJERCICIO LEY N 2.607

2 PROVINCIA DE LA PAMPA GOBERNADOR CPN OSCAR MARIO JORGE VICE GOBERNADOR CPN LUIS ALBERTO CAMPO MINISTROS DE GOBIERNO, JUSTICIA Y SEGURIDAD Dr. CESAR IGNACIO RODRIGUEZ DE BIENESTAR SOCIAL LIC. GUSTAVO RODOLFO FERNÁNDEZ MENDÍA DE SALUD Dr. LUIS ALBERTO ORDÓÑEZ DE CULTURA Y EDUCACION Sr. NESTOR ANSELMO TORRES DE LA PRODUCCION Dr. ABELARDO MARIO FERRÁN DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS TEC. MEC. PAULO BENVENUTO SECRETARIO GENERAL Sr. RAÚL ORTIZ SECRETARIO DE ASUNTOS MUNICIPALES Sr. RODOLFO CALVO MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS SECRETARIO DE RECURSOS HIDRICOS Sr. JUAN PABLO MORISOLI C.P.N. ARIEL RAUSCHENBERGER MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS SECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS Dr. HÉCTOR RUBÉN FUNES C.P.N. SERGIO VIOLO SUBSECRETARIO DE HACIENDA C.P. N. DIEGO EZEQUIEL AGUIRRE SUBDIRECTOR GENERAL DE PRESUPUESTO

3 PROVINCIA DE LA PAMPA PRESUPUESTO 2011 INDICE GENERAL C O N C E P T O H O J A S * Ley de Presupuesto ANEXOS * Recursos y Financiamiento: Cuadro Nº 1: Total de Recursos de la Administración Central y Organismos Descentralizados 1 a 4 Cuadro Nº 2: Financiamiento Administración Central y Organismos Descentralizados 5 y 6 Cuadro Nº 3: Total de Recursos de la Administración Central 7 a 10 Cuadro Nº 4: Recursos de Organismos Descentralizados: Específicos 11 Recursos de Organismos Descentralizados: Remesas de la Administración Central 12 * Balance de Cargos: Cuadro Nº 5: Clasificación Institucional y por Escalafón Salarial 13 -Consolidado de Cargos Imputables a Partidas de Personal- Cuadro Nº 6: Clasificación Institucional y por Escalafón Salarial 14 -Consolidado de Cargos Imputables a Partidas de Obra- -Consolidado de Cargos Imputables a Transferencia Servicios Educativos- * Erogaciones (Cuadros Consolidados): Planilla Nº 1: Presupuesto por Partida Principal y su Financiamiento 15 Planilla Nº 2: Presupuesto por Jurisdicción y Partida Principal 16 a 22 Planilla Nº 3: Total de Erogaciones de la Administración Central y de los Organismos Descentralizados 23 -Clasificación Económica y por Objeto del Gasto- Planilla Nº 4: Total de Erogaciones de la Administración Central 24 a 27 -Clasificación Económica, por Objeto del Gasto e Institucional- Planilla Nº 5: Total de Erogaciones de Organismos Descentralizados 28 -Clasificación Económica, por Objeto del Gasto e Institucional-

4 PROVINCIA DE LA PAMPA PRESUPUESTO 2011 C O N C E P T O INDICE GENERAL H O J A S Planilla Nº 6: Total de Erogaciones Administración Central y Organismos Descentralizados 29 a 31 -Clasificación por Finalidad y Función- Planilla Nº 7: Total de Erogaciones Administración Central 32 a 35 -Clasificación por Finalidad y Función e Institucional- Planilla Nº 8: Total de Erogaciones de Organismos Descentralizados 36 -Clasificación por Finalidad y Función e Institucional- Planilla Nº 9: Total de Erogaciones Administración Central y Organismos Descentralizados 37 a 39 -Clasificación por Finalidad y Función y Económica- Planilla Nº 10: Total de Erogaciones Administración Central 40 a 42 -Clasificación por Finalidad y Función y Económica- Planilla Nº 11: Total de Erogaciones Organismos Descentralizados 43 -Clasificación por Finalidad y Función y Económica- Planilla Nº 12: Total de Erogaciones Corrientes Administración Central y Organismos Descentralizados 44 y 45 -Clasificación por Finalidad y Función, Económica y por Objeto del Gasto- Planilla Nº 13: Total de Erogaciones de Capital Administración Central y Organismos Descentralizados 46 y 47 -Clasificación por Finalidad y Función, Económica y por Objeto del Gasto- Planilla Nº 14: Total de Erogaciones Corrientes Administración Central 48 y 49 -Clasificación por Finalidad y Función, Económica y por Objeto del Gasto- Planilla Nº 15: Total de Erogaciones de Capital Administración Central 50 y 51 -Clasificación por Finalidad y Función, Económica y por Objeto del Gasto- Planilla Nº 16: Total de Erogaciones Corrientes Organismos Descentralizados 52 -Clasificación por Finalidad y Función, Económica y por Objeto del Gasto- Planilla Nº 17: Total de Erogaciones de Capital Organismos Descentralizados 53 -Clasificación por Finalidad y Función, Económica y por Objeto del Gasto- Planilla Nº 18: Erogaciones Figurativas y su Financiamiento-Información Cuentas Especiales 54 y 55

5 PROVINCIA DE LA PAMPA PRESUPUESTO 2011 INDICE GENERAL C O N C E P T O H O J A S Erogaciones: (Detalle por Jurisdicción y Unidad de Organización) -Poder Legislativo 56 -Poder Judicial 57 a 64 -Gobernación 65 a 70 -Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad 71 a 80 -Ministerio de Bienestar Social 81 a 92 -Ministerio de Cultura y Educación 93 a 111 -Ministerio de la Producción 112 a 135 -Ministerio de Hacienda y Finanzas 136 a 141 -Secretaría General de la Gobernación 142 a 149 -Fiscalía de Estado 150 y 151 -Tribunal de Cuentas 152 -Asesoría Letrada de Gobierno 153 -Ente Provincial del Río Colorado 154 y 155 -Dirección Provincial de Vialidad 156 y 157 -Instituto Provincial Autárquico de Vivienda 158 a 160 -Contaduría General 161 a 164 -Tesorería General 165 -Ministerio de Obras y Servicios Públicos 166 a 179 -Fiscalía de Investigaciones Administrativas 180 -Secretaría de Asuntos Municipales 181 a 184 -Secretaría de Recursos Hídricos 185 a 187 -Secretaría de Derechos Humanos 188 -Secretaría de Desarrollo Estratégico 189 -Ministerio de Salud 190 a 207 -Secretaría de Turismo 208

6 LEY DE PRESUPUESTO EJERCICIO 2011 Artículo 1º.- Fíjase en la suma de PESOS CINCO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS MIL DOSCIENTOS VEINTISÉIS ($ ) el total de erogaciones del Presupuesto General de la Administración Provincial (Administración Central y Organismos Descentralizados), para el ejercicio Artículo 2º.- Estímase en la suma de PESOS TRES MIL SETECIENTOS VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS SEIS MIL SETECIENTOS CUATRO ($ ), el cálculo de recursos destinados a atender las erogaciones a que se refiere el artículo 1º, de acuerdo a la distribución que se indica a continuación y el detalle que figura en los Cuadros Nº 1, Nº 3 y Nº 4 que anexos forman parte integrante de la presente Ley. Concepto: En pesos: -Recursos de la Administración Central: Corrientes De Capital Recursos de Organismos Descentralizados: Corrientes De Capital : Artículo 3º.- Establécese como Erogaciones Figurativas y su financiamiento las que se detallan en Planilla Nº 18, que anexa, forma parte integrante de la presente Ley. Facúltase al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones que correspondan al Clasificador de Erogaciones, Recursos y Financiamiento cuya adopción

7 fuera dispuesta por el artículo 13 de la Norma Jurídica de Facto Nº Artículo 4º.- Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes, estímase el siguiente balance financiero preventivo, cuyo detalle figura en las Planillas Anexas que forman parte integrante de la presente Ley. Concepto: En pesos: - Total de Erogaciones (Art. 1 ): Total de Recursos (Art. 2 ): Financiamiento Neto (Art. 7 ) Artículo 5º.- Fíjase en la suma de PESOS TREINTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE ($ ), el importe correspondiente a las erogaciones para atender Amortización de la Deuda, y en PESOS QUINIENTOS SETENTA Y DOS MIL CUATRO CIENTOS SETENTA Y CINCO ($ ) el importe correspondiente a las erogaciones para atender la Cancelación de Anticipos a Organismos Descentralizados. Artículo 6º.- Estímase en la suma de PESOS UN MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS CATORCE MIL CIENTO OCHENTA Y SEIS ($ ) el Financiamiento de la Administración Provincial, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y al detalle que figura en el Cuadro Nº 2, que anexo, forma parte integrante de la presente Ley: Concepto: En pesos: - Financiamiento de la Administración Central: Financiamiento de Organismos Descentralizados: : Artículo 7º.- Como consecuencia de lo establecido en los artículos 5º y 6º de la presente Ley, estímase el Financiamiento Neto de la Administración Provincial en la

8 suma de PESOS UN MIL SEISCIENTOS DOCE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL QUINIENTOS VEINTIDÓS ($ ) que anexo, forma parte integrante de la presente Ley: Concepto: En pesos: - Administración Central: Financiamiento (Art. 6 ) Amortización de la Deuda (Art. 5 ) Organismos Descentralizados: Financiamiento (Art. 6 ) Amortización de la Deuda (Art. 5 ) Cancelación Anticipos (Art. 5 ) : Artículo 8º.- Establécese en la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS ($ ), el monto a detraer de los recursos provenientes de la Ley Nacional 23548, con destino específico al financiamiento del sistema educativo de acuerdo a lo dispuesto por Ley Provincial Artículo 9º.- Fíjase en el número de cargos imputables a las partidas de Personal conforme al detalle del Cuadro Nº 5, que anexo, forma parte integrante de la presente Ley. Asimismo, déjanse establecidos en y los cupos de horas cátedra del Tercer Ciclo de la Educación General Básica, Educación Polimodal, Educación Secundaria, Educación Técnico Profesional, Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, y Educación Superior no Universitaria, respectivamente. Fíjase en el total de personal nominal de la Ley Fíjase en 591 el número de cargos imputables a las partidas de Personal afectado a Obras por Administración conforme al detalle del Cuadro Nº 6, que anexo, forma parte integrante de la presente Ley.

9 Artículo 10.- Determínase que del número de cargos y horas fijados por el primer párrafo del artículo precedente, se encuentran incrementados: En el Poder Judicial 58 (cincuenta y ocho) cargos corresponden a: Superior Tribunal de Justicia: 21 (veintiuno) cargos Escribiente; Juzgado de Ejecución, Concursos y Quiebras de la Segunda Circunscripción Judicial: 1 (uno) cargo Secretario de Primera Instancia, 4 (cuatro) cargos Escribiente; Secretaría de Ejecución, Concursos y Quiebras de la Primera Circunscripción Judicial: 1 (uno) cargo Juez de Ejecución, Concursos y Quiebras; para el Juzgado de la Familia y el Menor de la Tercera Circunscripción: 1 (uno) cargo Juez de Primera Instancia, 1 (uno) cargo Secretario de Primera Instancia, 3 (tres) cargos Escribiente, 3 (tres) cargos Oficial; Oficina de Atención a la Víctima de Violencia Familiar: 1 (uno) cargo Prosecretario, 1 (uno) cargo Oficial, 1 (uno) cargo Escribiente; Juzgados de Primera Instancia: 5 (cinco) cargos Oficial Mayor, 5 (cinco) cargos Oficial Principal; Juzgados de Paz: 5 (cinco) cargos Oficial Mayor, 5 (cinco) cargos Oficial Principal. En el Poder Ejecutivo, Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad - Jefatura de Policía- 100 (cien) cargos Agentes del Escalafón Policial. En el Ministerio de Cultura y Educación, en el Escalafón Docente, para la estructura vigente de acuerdo a la Ley 2511, 94 (noventa y cuatro) cargos corresponden a: 4 (cuatro) cargos Maestro de Sección Nivel Inicial Salas de 4 años, 10 (diez) cargos Maestro de Sección Nivel Inicial Salas de 5 años, 6 (seis) cargos Maestro de Especialidad Música Nivel Inicial, 7 (siete) cargos Maestro de Especialidad Educación Física Nivel Inicial, 2 (dos) cargos Maestro de Grado Escuela Común Nivel Primaria, 1 (uno) Cargo Maestro de Grado Escuela Jornada Completa Nivel Primaria, 1 (uno) Cargo Maestro de Grado Escuela Hogar Nivel Primaria, 2 (dos) cargos Maestro de Especialidad Escuela Común Nivel Primaria, 1 (uno) cargo Maestro de Especialidad Escuela Jornada Completa Nivel Primaria, 1 (uno) cargo Maestro de Especialidad Escuela Hogar Nivel Primaria, 10 (diez) cargos Maestro de Especialidad Inglés Escuela Común Nivel Primaria, 2 (dos) cargos Maestro de Especialidad Inglés Escuela Jornada Completa Nivel Primaria, 2 (dos) cargos Maestro de Especialidad Inglés Escuela Hogar Nivel Primaria, 10 (diez) cargos Auxiliar Docente Nivel Secundaria, 2 (dos) cargos Auxiliar de Secretaría Nivel Secundaria, 2 (dos) cargos de Vicedirector de Segunda Nivel Secundaria, 4 (cuatro) cargos Coordinador de Curso Nivel Secundaria, 10 (diez) cargos Maestro Ayudante Enseñanza Práctica Secundaria Técnico Profesional, 1 (uno) cargo Regente Técnico, 3 (tres) cargos Director Centro de Formación Profesional, 1 (uno) cargos Secretario Centro de Formación Profesional, 2 (dos) Maestro Ayudante Enseñanza Práctica Centro de Formación Profesional, 4 (cuatro) cargos Maestro Integrador Centro de Apoyo Escolar Educación Especial, 2 (dos) cargos Maestro Hospitalario Centro de Apoyo Escolar Educación Especial, 2 (dos) cargos Maestro de Ciclo Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, 2 (dos) cargos Maestro Especialidad Educación Permanente de Jóvenes y Adultos. Por la apertura de nuevos servicios en distintas localidades, 51 (cincuenta y uno) cargos corresponden a: 2 (dos) cargos Director de Primera Doble Turno Escuela Común Nivel Primaria, 2 (dos) cargos Vicedirector Escuela Común Nivel Primaria, 1 (uno) cargo Director de Segunda Escuela Común Nivel Primaria, 30 (treinta) cargos Maestro de Grado Escuela Común Nivel Primaria, 16 (dieciséis) cargos Maestro de Especialidad Escuela Común Nivel Primaria. Para la estructura vigente anterior a la implementación de la Ley (diez) cargos corresponden a: 10 (diez) cargos Auxiliar Docente.

10 Además se incrementan para la estructura establecida en la Ley 2511 en (mil ciento setenta) el total de horas cátedra de Educación Secundaria, de las cuales 690 (seiscientos noventa) corresponden a Secundario Orientado y 480 (cuatrocientos ochenta) a Secundario Ruralizado; 97 (noventa y siete) el total de horas cátedra de Nivel Secundaria para Educación Técnica y 413 (cuatrocientos trece) el total de horas cátedra Nivel Secundaria para Educación Permanente de Jóvenes y Adultos. Para la estructura vigente anterior a la implementación de la Ley 2511 se incrementan en 225 (doscientos veinticinco) el total de horas cátedra Nivel Polimodal y en 50 (cincuenta) el total de horas cátedra Nivel Superior. En la Secretaría General de la Gobernación para la Dirección General de Canal 3, 28 (veintiocho) cargos corresponden a: 6 (seis) cargos Categoría 4, 5 (cinco) cargos Categoría 5, 5 (cinco) cargos Categoría 6, 8 (ocho) cargos Categoría 7, 2 (dos) cargos Categoría 8, 2 (dos) cargos categoría 9 del Escalafón de la Ley 643 Convenio Canal 3. En el Ministerio de Salud, 60 (sesenta) cargos incrementados en el Escalafón de Carrera Sanitaria Ley 1279 corresponden a: 30 (treinta) cargos Categoría 8 Rama Profesional con cuarenta y cuatro horas de labor y dedicación exclusiva, 10 (diez) cargos Categoría 12 Rama Técnica y 20 (veinte) cargos Categoría 12 Rama Enfermería. En la Secretaría de Turismo se incrementa 1 (uno) cargo Secretario del Escalafón de Autoridades Superiores. Artículo 11.- Fíjase en 154 el número de cargos para el personal no docente, 660 el número de cargos para personal docente, como asimismo en y 828 los cupos de horas cátedra del Tercer Ciclo de la Educación General Básica, Educación Polimodal, Educación Secundaria y Educación Superior no Universitaria, respectivamente, a efectos de atender los servicios educativos transferidos a la Provincia en el marco de lo dispuesto en la Ley Nacional y Decretos concordantes, cuyo convenio de transferencia fuera ratificado por Ley 1460, conforme al detalle del Cuadro Nº 6, que como anexo, forma parte integrante de la presente Ley. Fíjase en 433 el número de cargos docentes y en y 448 los cupos de horas cátedra del Tercer Ciclo de la Educación General Básica, Educación Polimodal, Educación Secundaria y Educación Superior no Universitaria, respectivamente, a efectos de la financiación a través de la partida principal "Transferencias Corrientes", a Institutos Educativos Privados transferidos en el marco de la Ley Nacional y Decretos concordantes, cuyo convenio de transferencia fuera ratificado por Ley 1460, conforme al detalle del Cuadro Nº 6, que como anexo, forma parte integrante de la presente Ley. Fíjase en 91 el número de cargos docentes, y en el cupo de horas cátedra del Tercer Ciclo de la Educación General Básica, Educación Polimodal y Educación Secundaria, a efectos de la financiación a través de la partida principal Transferencias Corrientes, a Institutos Educativos de Gestión Privada de origen Provincial conforme al detalle del Cuadro Nº 6, que como anexo, forma parte integrante de la presente Ley.

11 Artículo 12.- Determínase que del número de cargos y horas cátedra fijado por el segundo párrafo del artículo precedente, se encuentran incrementados, para la estructura establecida en la Ley 2511 en 3 (tres) cargos Auxiliar Docente y 270 (doscientas setenta) horas cátedra Nivel Secundaria, y para la estructura anterior a la implementación de la Ley 2511 en 4 (cuatro) cargos Auxiliar Docente y 335 (trescientas treinta y cinco) horas cátedra Nivel Secundaria. Artículo 13.- Del total de cargos incrementados en el Poder Judicial, se autoriza hasta un máximo de 20 (veinte) cargos con destino exclusivo al llamado a concurso de antecedentes y oposición durante el ejercicio Dichos cargos corresponden a: Juzgados de Primera Instancia: 5 (cinco) cargos Oficial Mayor, 5 (cinco) cargos Oficial Principal; Juzgados de Paz: 5 (cinco) cargos Oficial Mayor, 5 (cinco) cargos Oficial Principal. Vencido el presente ejercicio, de haberse concretado lo dispuesto en el párrafo anterior, deberán eliminarse hasta un total de 20 (veinte) cargos de las vacantes que surjan por la adjudicación de concursos realizados en el año, caso contrario, se eliminarán tantos cargos como los incrementados en el presente. En ningún caso el presente incremento de cargos podrá generar ingresos de personal. Artículo 14.- Del total de cargos incrementados en la Secretaría General de la Gobernación para la Dirección General de Canal 3, los cargos correspondientes a 6 (seis) cargos Categoría 4, 5 (cinco) cargos Categoría 5, 5 (cinco) cargos Categoría 6, 8 (ocho) cargos Categoría 7, 2 (dos) cargos Categoría 8, 2 (dos) cargos categoría 9 del Escalafón de la Ley 643, tienen como destino el llamado a concurso de antecedentes y oposición, durante el ejercicio Vencido el presente ejercicio, de haberse concretado lo dispuesto en el párrafo anterior, deberán eliminarse hasta un total de 28 cargos de las vacantes que surjan por la adjudicación de concursos realizados en el año; caso contrario, se eliminarán tantos cargos como los incrementados por el presente. Establécese en seis meses, y hasta el 31 de diciembre de 2011, el plazo fijado en el artículo 19 de la Norma Jurídica de Facto Nº 751, para el personal que concurse en la Dirección General de Canal 3. Artículo 15.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2011, la obligación de eliminación de cargos en la Dirección General de Canal 3, prevista en el segundo párrafo del artículo 12 de la Ley Artículo 16.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2011, la obligación de eliminación de cargos en la Administración Provincial del Agua, prevista en el segundo párrafo del artículo 14 de la Ley Artículo 17.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2011 el plazo dispuesto por el artículo 7 del Decreto Nº 176/91, ratificado por la Ley 1375.

12 Artículo 18.- Autorízase al Poder Ejecutivo a ingresar a Rentas Generales los remanentes de recursos con afectación específica y leyes especiales ingresados hasta el 31 de diciembre de 2009 que no hubieran sido utilizados al 1 de enero de Artículo 19.- Determínase que con posterioridad a la distribución prevista por la Ley 1065, los descuentos previstos en el artículo 3º del Decreto-Ley Nº 486/68 y en el inciso a) del artículo 46 de la Ley 2358, sus modificatorias o la que en el futuro la reemplace, de los montos que se recauden en concepto de Impuesto Inmobiliario Básico, se destinará: el siete y medio por ciento (7,5%) a la Dirección Provincial de Vialidad, para el financiamiento de mejoras de rutas provinciales, y el dos y medio por ciento (2,5%) al Ministerio de la Producción, destinado al financiamiento de programas sanitarios, con vigencia hasta el 31 de diciembre de Artículo 20.- Créase el Adicional por Prestación destinado a todo el personal de enfermería incluido en la Ley 1279, que preste tareas en los Establecimientos Asistenciales de Salud, correspondiendo su percepción en función del nivel de complejidad del establecimiento y el efectivo desempeño de tareas realizado por el agente. Artículo 21.- El personal que revista a la fecha de entrada en vigencia de la ley, en la rama profesional, podrá optar por percibir el adicional creado por el artículo 20 debiendo contar con el autorizado del Ministerio de Salud. Para tener derecho al cobro del adicional referenciado, además de reunir los requisitos para su percepción, deberá prestar un régimen de 40 horas semanales, percibiendo un adicional remunerativo y no bonificable por la mayor carga horaria. Artículo 22.- El adicional creado por el artículo 20 tendrá carácter remunerativo y no bonificable. El monto fijado se adecuará proporcionalmente conforme los aumentos salariales que se otorguen al personal de la Administración Pública Provincial, y serán sus valores dependiendo del nivel de complejidad los siguientes: Hasta Nivel III inclusive: $ 300 Nivel IV y superiores: $ 600 Artículo 23.- La percepción del Adicional por Prestación, se abonará contra el cumplimiento efectivo del servicio, en forma proporcional a la cantidad de días trabajados en el mes, lo cual será verificado por el Jefe de Enfermería y certificado por el Director del Establecimiento Asistencial debiendo informar las altas y bajas que se produzcan en forma mensual, sin cuyo requisito no se podrá liquidar el adicional. Corresponde su percepción sin cumplimiento de servicio, mientras se usufructúe la licencia por descanso anual, la licencia por maternidad, paternidad y la franquicia por atención del hijo lactante. No corresponde la percepción del adicional, al personal que desempeñe tareas pasivas, tareas livianas, que tengan sanciones o sumarios, o que por cualquier circunstancia realice jornada laboral reducida, como tampoco lo percibirán aquellos enfermeros que cumplan tareas en los sectores de farmacia, esterilización, administración, laboratorio, banco de sangre, mantenimiento, bacteriología y aquellas otras de carácter similar que no se correspondan con la incumbencia del título.

13 Artículo 24.- Incorpórase como Título IV Sexies a la Ley de Ministerios 1666, el siguiente: TÍTULO IV SEXIES DE LA SECRETARIA DE TURISMO Artículo 22 decies.- Compete a la Secretaría de Turismo el desarrollo, el control, la dirección y la promoción de la actividad turística mediante la aplicación de acciones derivadas de la política Provincial, para la creación, conservación, protección y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos provinciales, protegiendo el desarrollo sostenible y sustentable y la optimización de la calidad, estableciendo los mecanismos para la formación de conciencia como también para la cooperación recíproca de los sectores público y privado en la actividad. Artículo 22 undecies.- Rigen para el Secretario de Turismo, las mismas prohibiciones e incompatibilidades establecidas en la presente Ley para el desempeño de cargo de Ministro y los actos de su jurisdicción serán refrendados por el titular del Ministerio de la Producción. Artículo 25.- Deróngase el artículo 4 de la Ley 2419, y el inciso 19) del artículo 19, del Capítulo IV, Título III de la Ley de Ministerios Artículo 26.- Ratifícanse los Decretos Nº 3127/09, Nº 217/10, Nº 787/10, Nº 788/10, Nº 977/10 y los artículos terceros de los Decretos Nº 413/10, Nº 1486/10 y Nº 2150/10. Artículo 27.- Sustitúyese el artículo 3º de la Norma Jurídica de Facto Nº 835/77 por el siguiente: Artículo 3.- El Poder Ejecutivo podrá subsidiar a través de los organismos del Estado que cuenten con partida específica para ello, gastos de funcionamiento de toda Institución de bien público que persiga finalidades culturales, educacionales, sanitarias, benéficas o deportivas, asociaciones sindicales y de toda otra que preste un servicio público o desarrolle una actividad de interés comunitario. Artículo 28.- La presente Ley entrará en vigencia el 1º de enero de Artículo 29.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.- DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los 16 días del mes de diciembre de dos mil diez. REGISTRADA BAJO EL N 2607

14 PROVINCIA DE LA PAMPA -PRESUPUESTO 2011 CUADRO Nº 1 T O T A L D E R E C U R S O S (EN PESOS) ADMINISTRACION CENTRAL Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ADMINISTRACION ORGANISMOS C O N C E P T O T O T A L CENTRAL DESCENTRALIZADOS RECURSOS CORRIENTES DE JURISDICCION PROVINCIAL TRIBUTARIOS SOBRE LA PRODUCCION, EL CONSUMO Y LAS TRANSACCIONES IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS IMPUESTO DE SELLOS SOBRE EL PATRIMONIO IMPUESTO INMOBILIARIO BASICO IMPUESTO A LOS VEHICULOS OTROS RECURSOS TRIBUTARIOS IMPUESTO A LAS RIFAS LEY TASA MARCAS Y SEÑALES LEY FONDO ASISTENCIA AGROPECUARIA LEY CONSEJO PROVINCIAL DEL TRANSITO INTERMEDIACION AUTOMOTOR - Decreto 2206/ OTROS TRIBUTARIOS NO TRIBUTARIOS PRODUCIDO BOLETIN OFICIAL Y FOLLETOS INTERESES DE PRESTAMOS VARIOS LEY FONDO DE DESARROLLO FORESTAL ALQUILER DE VIVIENDAS VENTA PRODUCTOS DE GRANJA VENTAS ENTRADAS PARQUE LURO INTERESES DE PRESTAMOS DE PROMOCION INDUSTRIAL VENTAS ESPACIOS PUBLICITARIOS CANAL LEY 1173 CONTROL AGROQUIMICOS LEY FONDO TRANSPORTE PRESTACION DE SERVICIOS DE CENTRO DE SISTEMATIZACION DE DATOS RECAUDACION POR SERVICIOS DE SALUD PUBLICA OTROS RECURSOS NO TRIBUTARIOS RIO COLORADO Ley SERVIDUMBRE y FONDO - EPRC OTROS RECURSOS NO TRIBUTARIOS DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD EXPLOTACION ADMINISTRACION PROVINCIAL DE ENERGIA HOJA Nº 1

15 PROVINCIA DE LA PAMPA -PRESUPUESTO 2011 CUADRO Nº 1 T O T A L D E R E C U R S O S (EN PESOS) ADMINISTRACION CENTRAL Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ADMINISTRACION ORGANISMOS C O N C E P T O T O T A L CENTRAL DESCENTRALIZADOS 17. VARIOS NO TRIBUTARIOS LEY 1194 FAUNA SILVESTRE OTROS INGRESOS I.P.A.V VENTA DE PLIEGOS I.P.A.V SEGUROS I.P.A.V PRODUCIDO ESTACION EXPERIMENTAL DEL OESTE PAMPEANO LABORATORIO STA. ISABEL - ESTACION EXPERIMENTAL DEL OESTE PAMPEANO FONDO EDUCATIVO LEY PRODUCIDO LOTERIA DEL SUR - TELEBINGO PRODUCIDO QUINIELA PRODUCIDO CASINO PRODUCIDO LOTO PRODUCIDO TELEKINO PRODUCIDO QUINI SEIS MULTAS DIRECCION RELACIONES LABORALES CONTRATO AREA MEDANITO-PETROLEO CONTRATO AREA MEDANITO-GAS A.P.A. - Convenio Gas Oil CANJE PUBLICIDAD CANAL DIRECCION DE MINAS INFRACCIONES DIRECCION DE MINAS LEY DIRECCION GANADERIA LEY 1549 (SENASA) EXPLOTACION CASA DE PIEDRA DIRECCION DE REGISTRO CIVIL LEY DIRECCION DE REGISTRO CIVIL LEY RECUPERO GASTOS DTO. 1754/92-NEHUENTUN FONDO DE PROMOCION CULTURAL LEY INTERESES COMUNIDAD - BID VI -Obra Desagüe Cloacal G.Acha-Macachín INTERESES DE PRESTAMOS DECRETO 947/ INTERESES PRESTAMOS INNOVACION TECNOLOGICA REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE - LEY FONDO AMBIENTAL PROVINCIAL LEY ZONA FRANCA GENERAL PICO POLICIA LA PAMPA - PRESTACION SERVICIOS MULTAS TRANSPORTE DE GANADO - LEY INTERESES PRODUCCION DECRETO 2040/ CASA DE PIEDRA- LEY ARTICULO HOJA Nº 2

16 PROVINCIA DE LA PAMPA -PRESUPUESTO 2011 CUADRO Nº 1 T O T A L D E R E C U R S O S (EN PESOS) ADMINISTRACION CENTRAL Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ADMINISTRACION ORGANISMOS C O N C E P T O T O T A L CENTRAL DESCENTRALIZADOS 54. AREAS PETROLERAS OTROS INGRESOS OTROS VILLA CASA DE PIEDRA INTERESES FONDO LEY UTILIDADES BANCO DE LA PAMPA DE JURISDICCION NACIONAL COPARTICIPACION NACIONAL REGIMEN TRANSITORIO DE DISTRIBUCION DE RECURSOS FISCALES FONDO COMPENSADOR DE DESEQUILIBRIOS FISCALES LEY ARTICULO 40 (Ganancias) Y MODIFICACIONES (NBI) LEY TITULO III - FONDO OBRAS PUBLICAS LEY CUPO F.E.D.E.I FONDO COMPENSADOR DE TARIFAS LEY FO.NA.VI LEY PO.SO.CO LEY PRO.SO.NU LEY SERVICIOS EDUCATIVOS LEY FONDO COOPERATIVO LEY Articulo 1, inciso b) APORTE MINISTERIO INTERIOR (Ganancias) LEY Cláusula 16 - Acta Complementaria LEY Impuesto a las Ganancias LEY Impuesto a los Bienes Personales LEY MONOTRIBUTO LEY LEY DEFICIT PREVISIONAL LEY LEY FINANCIAMIENTO EDUCATIVO FONDO FEDERAL SOLIDARIO DTO. 206/ COPARTICIPACION VIAL LEY IMPUESTO A LOS COMBUSTIBLES REGALIAS DE PETROLEO DE GAS DE EL NIHUIL DE GAS - ACIDO TRATADO HOJA Nº 3

17 PROVINCIA DE LA PAMPA -PRESUPUESTO 2011 CUADRO Nº 1 T O T A L D E R E C U R S O S (EN PESOS) ADMINISTRACION CENTRAL Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ADMINISTRACION ORGANISMOS C O N C E P T O T O T A L CENTRAL DESCENTRALIZADOS 5. REGALIAS CASA DE PIEDRA RECURSOS DE CAPITAL REEMBOLSO DE PRESTAMOS AMORTIZACION PRESTAMOS PROMOCION INDUSTRIAL AMORTIZACION PRESTAMOS VARIOS RECUPERO PRESTAMOS RUCALHUE RECUPERO PRESTAMOS NEHUENTUN RECUPERO PRESTAMOS COOPERATIVAS PRESTAMOS DESARROLLO PRODUCTIVO RIO COLORADO PRESTAMOS DESARROLLO PRODUCTIVO - Dto.947/ AMORTIZACION COMUNIDAD BID-VI - Obra Desagües Cloacales G.Acha-Macachín RECUPERO PRESTAMOS INNOVACION TECNOLOGICA RECUPERO FONDO FINANCIAMIENTO -LEY VENTAS DE ACTIVO FIJO VENTA TIERRAS RIO COLORADO OTRAS VENTAS RIO COLORADO VENTAS ACTIVO FIJO VENTA TIERRAS PARQUE INDUSTRIAL OTROS DE CAPITAL RECUPERO VIVIENDAS PLAN FO.NA.VI RECUPERO PROYECTO 5000 VIVIENDAS AHORRO PREVIO Y AMORTIZACION 3341 VIVIENDAS RECUPERO PLAN FEDERAL DE VIVIENDAS RECUPERO PROGRAMAS P Y M SUBSIDIO DE CUOTAS RECUPERO VIVIENDAS FIDEICOMISO BANCO LA PAMPA LEY HOJA Nº 4

18 PROVINCIA DE LA PAMPA -PRESUPUESTO 2011 F I N A N C I A M I E N T O (EN PESOS) ADMINISTRACION CENTRAL Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CUADRO N 2 ADMINISTRACION C O N C E P T O T O T A L CENTRAL O R G A N I S M O S D E S C E N T R A L I Z A D O S T O T A L E.P.R.C. I.P.A.V. D.P.V. 4. FINANCIAMIENTO APORTES NO REINTEGRABLES AFECTADOS A OBRAS PUBLICAS CONVENIO CON VIALIDAD NACIONAL CONVENIO CON VIALIDAD NACIONAL - RUTAS PROVINCIALES GOBIERNO NACIONAL - Acueducto Rio Colorado DIRECCION DE AGUAS COIRCO Y OTROS SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL NACION-Mejoramiento de Barrios I.P.A.V. - PROGRAMA FEDERAL CONSTRUCCION DE VIVIENDAS I.P.A.V. - PROGRAMA FEDERAL MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS MINISTERIO EDUCACION NACION - PROGRAMA PROMER MINISTERIO EDUCACION NACION - PROGRAMA PROMEDU I.P.A.V. - PROMEBA GASODUCTO DEL OESTE PROGRAMA FEDERAL OBRAS VIALES GOBIERNO NACIONAL - LEY CONV.21/04/ NO AFECTADOS A OBRAS PUBLICAS INDEC CONVENIO MARCO SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL NACION-Mejoramiento de Barrios SECRETARIA DESARROLLO SOCIAL - Programa Nacer % ACUERDO DEL 27/02/2002 (Artículo 11) OTROS CON AFECTACION FONDO INCENTIVO DOCENTE LEY PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA PLAN FEDERAL CONTROL DE INUNDACIONES MINISTERIO DEL INTERIOR OTROS RECURSOS AFECTADOS MINISTERIO EDUCACION NACION - PROGRAMA PROMER MINISTERIO EDUCACION NACION - PROGRAMA PROMEDU SECRETARIA DE TRANSPORTE DE NACION - SISTAU HOJA Nª 5

19 PROVINCIA DE LA PAMPA -PRESUPUESTO 2011 F I N A N C I A M I E N T O (EN PESOS) ADMINISTRACION CENTRAL Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CUADRO N 2 ADMINISTRACION C O N C E P T O T O T A L CENTRAL 13. SUBSECRETARIA PROMOCION FONDOS NACION OTROS CON AFECTACION A EDUCACION O R G A N I S M O S D E S C E N T R A L I Z A D O S T O T A L E.P.R.C. I.P.A.V. D.P.V. 3. USO DEL CREDITO AFECTADOS A OBRAS PUBLICAS PROGRAMAS AGRICOLAS PROVINCIALES - PROSAP NO AFECTADOS A OBRAS PUBLICAS PROGRAMAS AGRICOLAS PROVINCIALES - PROSAP RESULTADO FINANCIERO DE EJERCICIOS ANTERIORES SUPERAVITS ADMINISTRACION CENTRAL SUPERAVIT LEY TITULO III-FONDO OBRAS PUBLICAS SUPERAVIT LEY ART 40 (GANANCIAS) AÑO ANTERIOR SUPERAVIT FONDO FEDERAL SOLIDARIO DECRETO 206/ SUPERAVIT GOBIERNO NACIONAL LEY 2492 CONVENIO MENOS: AMORTIZACION DEUDA ORIGINAL AMORTIZACION AJUSTE DE LA DEUDA CANCELACION ANTICIPOS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS FINANCIAMIENTO NETO HOJA Nª 6

20 PROVINCIA DE LA PAMPA -PRESUPUESTO 2011 C O N C E P T O T O T A L D E R E C U R S O S (EN PESOS) ADMINISTRACION CENTRAL T O T A L A F E C T A C I O N E S T O T A L MUNICIPIOS ORGANISMOS O T R A S COPARTICIPACION FO.FE.SO. DESCENTRALIZAD. CUADRO N 3 NETO DE ADMINISTRA- CION CENTRAL T O T A L RECURSOS CORRIENTES DE JURISDICCION PROVINCIAL TRIBUTARIOS SOBRE LA PRODUCCION, EL CONSUMO Y LAS TRANSACCIONES IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS IMPUESTO DE SELLOS SOBRE EL PATRIMONIO IMPUESTO INMOBILIARIO BASICO IMPUESTO A LOS VEHICULOS OTROS RECURSOS TRIBUTARIOS IMPUESTO A LAS RIFAS LEY TASA MARCAS Y SEÑALES LEY FONDO ASISTENCIA AGROPECUARIA LEY CONSEJO PROVINCIAL DEL TRANSITO INTERMEDIAICON AUTOMOTOR - Decreto 2206/ OTROS TRIBUTARIOS NO TRIBUTARIOS PRODUCIDO BOLETIN OFICIAL Y FOLLETOS INTERESES DE PRESTAMOS LEY 1667-FONDO DESARROLLO FORESTAL ALQUILER DE VIVIENDAS VENTA DE PRODUCTOS DE GRANJA VENTA DE ENTRADAS PARQUE LURO INTERESES PRESTAMOS PROMOCION INDUSTRIAL VENTA DE ESPACIOS PUBLICITARIOS CANAL LEY 1173 CONTROL AGROQUIMICOS LEY FONDO TRANSPORTE PRESTACION DE SERVICIOS DE CENTRO DE SITEMATIZACION DE DATOS RECAUDACION DE SERVICIOS DE SALUD PUBLICA EXPLOTACION ADMINISTRACION PROVINCIAL DE ENERGIA VARIOS NO TRIBUTARIOS LEY FAUNA SILVESTRE PRODUCIDO ESTACION EXPERIMENTAL DEL OESTE PAMPEANO HOJA Nº 7

21 PROVINCIA DE LA PAMPA -PRESUPUESTO 2011 CUADRO N 3 C O N C E P T O T O T A L D E R E C U R S O S (EN PESOS) ADMINISTRACION CENTRAL T O T A L A F E C T A C I O N E S T O T A L MUNICIPIOS ORGANISMOS O T R A S COPARTICIPACION FO.FE.SO. DESCENTRALIZAD. 23. LABORATORIO STA. ISABEL - ESTACION EXPERIMENTAL DEL OESTE PAMPEANO FONDO EDUCATIVO LEY PRODUCIDO LOTERIA DEL SUR - TELEBINGO PRODUCIDO QUINIELA PRODUCIDO CASINO PRODUCIDO JUEGO LOTO NETO DE ADMINISTRA- CION CENTRAL 29. PRODUCIDO TELEKINO PRODUCIDO QUINI SEIS MULTA DIRECCION RELACIONES LABORALES CONTRATO AREA MEDANITO-PETROLEO CONTRATO AREA MEDANITO-GAS A.P.A. - Convenio Gas Oil CANJE PUBLICIDAD CANAL DIRECCION DE MINAS INFRACCIONES DIRECCION DE MINAS LEY DIRECCION GANADERIA LEY 1549 (SENASA) EXPLOTACION CASA DE PIEDRA DIRECCION DE REGISTRO CIVIL LEY DIRECCION DE REGISTRO CIVIL LEY RECUPERO GASTOS DTO. 1754/92-NEHUENTUN FONDO DE PROMOCION CULTURAL LEY INTERESES COMUNIDAD - BID VI -Obra Desagüe Cloacal G.Acha-Macachín INTERESES PRESTAMOS DECRETO 947/ INTERESES PRESTAMOS INNOVACION TECNOLOGICA REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE- LEY FONDO AMBIENTAL PROVINCIAL LEY ZONA FRANCA GENERAL PICO POLICIA LA PAMPA - PRESTACION SERVICIOS MULTA TRANSPORTE GANADO - LEY INTERESES PRODUCCION DECRETO 2040/ CASA DE PIEDRA - LEY Artículo AREAS PETROLERAS - OTROS INGRESOS OTROS VILLA CASA DE PIEDRA INTERESES FONDO LEY UTILIDADES BANCO DE LA PAMPA HOJA Nº 8

22 PROVINCIA DE LA PAMPA -PRESUPUESTO 2011 CUADRO N 3 T O T A L D E R E C U R S O S (EN PESOS) ADMINISTRACION CENTRAL A F E C T A C I O N E S C O N C E P T O T O T A L NETO DE T O T A L MUNICIPIOS ORGANISMOS O T R A S ADMINISTRA- COPARTICIPACION FO.FE.SO. DESCENTRALIZAD. CION CENTRAL 1.2. DE JURISDICCION NACIONAL COPARTICIPACION NACIONAL REGIMEN TRANSITORIO DE DISTRIBUCION DE RECURSOS FISCALES FONDO COMPENSADOR DE DESEQUILIBRIOS FISCALES LEY Art. 40 (GANANCIAS) Y MODIFICATORIAS (NBI) LEY TITULO III - FONDO PARA OBRAS PUBLICAS LEY CUPO F.E.D.E.I FONDO COMPENSADOR DE TARIFAS LEY PO.SO.CO LEY PRO.SO.NU LEY SERVICIOS EDUCATIVOS LEY FONDO COOPERATIVO LEY Artículo 1, incis b) , , , APORTE MINISTERIO INTERIOR (Ganancias) LEY Clausula 16 - Acta Complementaria LEY IMPUESTO A LAS GANANCIAS LEY IMPUESTO A LOS BIENES PERSONALES LEY MONOTRIBUTO LEY LEY DEFICIT PREVISIONAL LEY LEY FINANCIAMIENTO EDUCATIVO FONDO FEDERAL SOLIDARIO DTO. 206/ REGALIAS DE PETROLEO DE GAS DE EL NIHUIL DE GAS - ACIDO RECUPERADO REGALIAS CASA DE PIEDRA RECURSOS DE CAPITAL REEMBOLSO DE PRESTAMOS AMORTIZACION PRESTAMOS PROMOCION INDUSTRIAL AMORTIZACION PRESTAMOS VARIOS HOJA Nº 9

23 PROVINCIA DE LA PAMPA -PRESUPUESTO 2011 CUADRO N 3 C O N C E P T O T O T A L D E R E C U R S O S (EN PESOS) ADMINISTRACION CENTRAL T O T A L A F E C T A C I O N E S T O T A L MUNICIPIOS ORGANISMOS O T R A S COPARTICIPACION FO.FE.SO. DESCENTRALIZAD. 3. RECUPERO PRESTAMOS RUCALHUE RECUPERO PRETAMOS NEHUENTUN NETO DE ADMINISTRA- CION CENTRAL 5. RECUPERO PRESTAMOS COOPERATIVAS PRESTAMOS DESARROLLO PRODUCTIVO - Dto.947/ AMORTIZACION COMUNIDAD BID-VI - Obra Desagües Cloacales G.Acha-Macachín RECUPERO PRESTAMOS INNOVACION TECNOLOGICA RECUPERO FONDO FINANCIAMIENTO -LEY VENTAS DE ACTIVO FIJO VENTAS ACTIVO FIJO VENTA TIERRAS PARQUE INDUSTRIAL OTROS DE CAPITAL FIDEICOMISO BANCO DE LA PAMPA LEY REMESAS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL Afectación de Recursos a DIRECCION DE CREDITO PUBLICO Afectación de Recursos a U.E.P. PROGRAMA NACER Aporte Reintegrable al INSTITUTO PCIAL AUTARQUICO DE LA VIVIENDA HOJA Nº 10

24 PROVINCIA DE LA PAMPA -PRESUPUESTO 2011 CUADRO Nº 4 C O N C E P T O RECURSOS ESPECIFICOS DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS (EN PESOS) T O T A L ENTE PROVINCIAL DEL RIO COLORADO T O T A L RECURSOS CORRIENTES DE JURISDICCION PROVINCIAL NO TRIBUTARIOS OTROS NO TRIBUTARIOS RIO COLORADO Ley SERVIDUMBRE Y FONDO - EPRC OTROS RECURSOS NO TRIBUTARIOS DIR. PCIAL.VIALIDAD OTROS INGRESOS I.P.A.V VENTA DE PLIEGOS I.P.A.V SEGUROS I.P.A.V DE JURISDICCION NACIONAL COPARTICIPACION NACIONAL LEY FO.NA.VI COPARTICIPACION VIAL LEY IMPUESTO A LOS COMBUSTIBLES RECURSOS DE CAPITAL REEMBOLSOS DE PRESTAMOS PRESTAMOS DESARROLLO PRODUCTIVO RIO COLORADO DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD INSTITUTO PROVINCIAL AUTARQUICO DE VIVIENDA 2.2. VENTAS DE ACTIVO FIJO VENTA TIERRAS RIO COLORADO OTRAS VENTAS RIO COLORADO OTROS DE CAPITAL RECUPERO VIVIENDAS PLAN FONAVI RECUPERO PROYECTO 5000 VIVIENDAS AHORRO PREVIO Y AMORTIZACION 3341 VIVIENDAS RECUPERO PLAN FEDERAL DE VIVIENDAS RECUPERO PROGRAMAS P Y M HOJA Nº 11

25 PROVINCIA DE LA PAMPA -PRESUPUESTO 2011 CUADRO Nº 4 C O N C E P T O RECURSOS ESPECIFICOS DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS (EN PESOS) T O T A L ENTE PROVINCIAL DEL RIO COLORADO DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD INSTITUTO PROVINCIAL AUTARQUICO DE VIVIENDA 6. SUBSIDIO DE CUOTAS RECUPERO VIVIENDAS REMESAS DE FONDOS A - RECURSOS AFECTADOS A ORGANISMOS DESCEN- TRALIZADOS RECURSOS CORRIENTES DE JURISDICCION PROVINCIAL TRIBUTARIOS SOBRE EL PATRIMONIO IMPUESTO INMOBILIARIO IMPUESTO A LOS VEHICULOS DE JURISDICCION NACIONAL COPARTICIPACION NACIONAL REGIMEN TRANSITORIO DE DISTRIBUCION DE RECURSOS FISCALES FONDO COMPENSADOR DE DESEQUILIBRIOS FISCALES LEY Artículo 1, inciso b) APORTE MINISTERIO DEL INTERIOR (Ganancias) LEY CLAUSULA 16 - Acta Complementaria LEY Impuesto a las Ganancias LEY Impuesto a los Bienes Personales LEY MONOTRIBUTO B - OTRAS REMESAS APORTES DEL TESORO C - APORTES REINTEGRABLES D - REMESAS A ADMINISTRACION CENTRAL REMESAS A MINISTERIO DE SALUD Fondo Prestaciones Transplantologicas - Ley REMESAS A MINIST DE CULTURA Y EDUCACION Fondo Educativo - Ley REMESAS A DIRECCION DE INSPECCIONES O. P. Inspecciones IPAV HOJA Nº 12

26 CUADRO Nº 5 ADMINISTRACION CENTRAL Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CLASIFICACION INSTITUCIONAL Y POR ESCALAFON SALARIAL CONSOLIDADO DE CARGOS IMPUTABLES A PARTIDAS DE PERSONAL Página 13 INSTITUCIONAL ESCALAFON SALARIAL CARACTER 0 CARACTER 1 A D M I N I S T R A C I O N C E N T R A L ORG. DESCENTRALIZADOS PODER PODER GOBER- MINIS- MINIS- MINIS- MINIS- MINIS- SECRE- FIS- TRIBU- ASE- CONTA- TESO- MINIS- FISCA- SECRE- SECRE- SECRE- SECRE- MINIS- SECRE- ENTE DIR. INSTIT. LE- JUDI- NA- TERIO TERIO TERIO TERIO TERIO TARIA CALIA NAL SORIA DURIA RERIA TERIO LIA INVES- TARIA TARIA TARIA TARIA TERIO TARIA PROV. PROV. PROV. GENERAL GISLA- CIAL CION DE DE BIE- DE CUL- DE LA DE HAC. GRAL. DE DE LETRA- GENE- GENE- DE O. TIGACIO- DE DE DE DE DE DE DEL DE AUTARQ TIVO GOB., NESTAR TURA Y PRO- Y DE LA ESTA- CUEN- DA DE RAL RAL Y SS. NES ADMI- ASUNTOS RECUR- DERE- DESARRO- SALUD TURISMO RIO VIA- DE LA JUST. SOCIAL EDUCA- DUC- FINAN- GOB. DO TAS GOB. PUBL. NISTRATI- MUNICI- SOS CHOS LLO COL. LIDAD VI- Y SEG. CION CION ZAS VAS PALES HIDRICOS HUMANOS VIENDA "A" "B" "C" "D" "E" "F" "G" "H" "I" "J" "K" "L" "P" "Q" "R" "S" "T" "U" "V" "W" "X" "Y" "M" "N" "O" 1) AUTOR.SUPERIORES ) PERSONAL ADMINIS- TRATIVO, MANTE- NIMIENTO Y PRODUC- CION Y SERV. GRALES ) PERSONAL JUDICIAL ) PERSONAL DOCENTE ) PERS. SEGURIDAD ) PERSONAL VIAL ) PERSONAL DE SALUD ) PERS.CONV. OBRAS SAN ) PERSONAL A.P.E ) CONV.LUZ Y FUERZA GRAL. CARGOS Hs.Cát.EGB, POL. Y SEC Hs.Cát. NIVEL SUPERIOR INSTITUCIONAL PERS.NOMINAL LEY 2343 GENERAL CONSOLIDADO DEL PERSONAL REGIMEN LABORAL DE TIEMPO REDUCIDO IMPUTABLES A PARTIDAS DE PERSONAL "A" "B" "C" "D" "E" "F" "G" "H" "I" "J" "K" "L" "P" "Q" "R" "S" "T" "U" "V" "W" "X" "Y" "M" "N" "O"

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