CENTRO DE BACHILLERATO TECNOLÓGICO Industrial y de Servicios No Gral. Calixto Contreras. Durango
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- Lourdes Gutiérrez Luna
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1 CENTRO DE BACHILLERATO TECNOLÓGICO Industrial y de Servicios No. 115 Gral. Calixto Contreras Durango REGLAMENTO ESCOLAR
2 REGLAMENTO GENERAL DE LOS PLANTELES DEPENDIENTES DE LA DGETI SEP-SEIT. MÉXICO, DE LOS ALUMNOS ART. 46. Todos los alumnos tienen derecho a: I. Recibir en igualdad de circunstancias, la enseñanza que ofrece el Centro de Estudios. II. Recibir atención en todos los asuntos relacionados con su escolaridad. III. Recibir oportunamente la documentación que los identifique como tales. IV. Recibir atención y orientación acerca de sus problemas académicos y personales. V. Recibir trato respetuoso por parte del personal del Centro de Estudios. VI. Presentar las observaciones de carácter técnico que tuvieran, por conducto de los representantes alumnos ante los órganos auxiliares. VII. Cuando los créditos académicos si así lo ameriten, pertenecer al cuadro de honor que anualmente se establezca en cada plantel. ART. 47. Son obligaciones de los alumnos: I. Acatar y cumplir los reglamentos e instrucciones que establezca la Dirección General así como las disposiciones que dicten las demás autoridades escolares. II. Asistir con regularidad y puntualidad a sus clases y a las actividades que requiera el cumplimiento del plan de estudios a que están sujetos. III. Abstenerse de gestionar los asuntos relacionados con su escolaridad por conducto de terceras personas, salvo que se justifique tal intervención. IV. Guardar consideración y respeto a los funcionarios, docentes, empleados y condiscípulos, dentro y fuera del plantel. Hacer buen uso del edificio, mobiliario, materiales, equipo, libros y demás bienes del Centro de Estudios, contribuyendo a su conservación y limpieza. 2
3 VI. Identificarse mediante la presentación de la credencial que lo acredita como tal, cuando se lo requiera cualquier autoridad o persona directamente responsable del plantel. VII. Abstenerse de intervenir en asuntos propios de la administración del plantel. VIII. Abstenerse de realizar movimientos o acciones que atenten contra el patrimonio y/o el prestigio del plantel, o bien contra la regularidad en el cumplimiento de los programas educativos, en caso contrario, se sancionará de acuerdo a la gravedad de la falta, pudiéndose llegar a la expulsión definitiva del subsistema. ART. 49. El lugar como estudiante se pierde: I. Por irrumpir, injustificadamente, durante un año sus estudios. II. Por no concluir los estudios dentro de los términos que marcan los planes de estudio en vigor y el reglamento correspondiente. III. Por acuerdo de la Dirección General, dictado a instancias del personal directivo del Centro de Estudios, como consecuencia de acciones que menoscaben la disciplina o prestigio del mismo plantel. ART. 50. Se consideran alumnos REGULARES todos aquellos que no adeudan materias de semestres inmediatos anteriores (o que adeuden una o dos materias). DE LAS RESPONSABILIDADES Y SANCIONES ART. 64. En general, la responsabilidad en el logro de los objetivos de los Centros de Estudios, concierne solidariamente a las autoridades, maestros, empleados y alumnos; en consecuencia, toda la comunidad tecnológica tiene el compromiso de cumplir y hacer cumplir, según el caso, lo estipulado en el presente reglamento y sus leyes relativas; promover acciones que contribuyan a la conservación y superación de plantel, y evitar las que en cualquier forma entorpezcan su buen funcionamiento y/o aminoren su prestigio. ART. 67. Los alumnos serán personalmente responsables ante el Director del plantel, del cumplimiento de las obligaciones señaladas en este reglamento o actos que atenten contra la moral, la disciplina y el orden, en consecuencia: I. El alumno que participe en desórdenes dentro y fuera del plantel, falte al respeto a las autoridades, a los profesores y demás personal del Centro de Estudios o a sus compañeros, será sancionado según 3
4 la gravedad de su falta, pudiéndose llegar a la expulsión definitiva del subsistema. II. El alumno que haya prestado o recibido ayuda fraudulenta en los exámenes que se apliquen, será suspendido hasta por un año, sin perjuicio de la nulidad del examen sustentado. III. El que amenace en cualquier forma a un maestro, para obtener o mejorar sus créditos académicos, será suspendido en sus derechos escolares, sin menoscabo de la acción legal que puede en su contra ejercerse. ART. 69. En los casos que no tengan expresamente señalada una pena, se impondrán a los alumnos las siguientes sanciones: I. Amonestación II. Suspensión hasta por un año de los derechos escolares. III. Expulsión definitiva del Centro de Estudios y/o del subsistema. ART. 70. Los alumnos que cometan uno o más delitos penados por la ley serán sancionados conforme a los artículos anteriores, sin perjuicio de que se les consigne ante las autoridades competentes. ART. 71. Son causas generalmente graves de responsabilidad aplicables a todos los miembros de la comunidad tecnológica: I. La realización de todo tipo de actos que tiendan a debilitar los principios básicos de los Centros de Estudios y las actividades de índole política que persigan intereses ajenos a la institución. II. La hostilidad por razones de carácter personal o ideológico, manifestada por actos que pongan en peligro la estabilidad del plantel o la integridad de cualquier miembro de la comunidad escolar. III. La utilización, en cualquier forma, del patrimonio del Centro de Estudios para fines distintos de aquellos a los que están destinados. IV. La ejecución de actos que entorpezcan o suspendan parcial o totalmente las labores del Centro de Estudios. V. La realización de actos contrarios a la moral, las buenas costumbres y al respeto que entre sí se deben los miembros de la comunidad tecnológica. 4
5 DE LAS BECAS ART. 84. La Dirección General otorgará becas para la realización de estudios a aquellos alumnos de escasos recursos económicos y escolaridad satisfactoria, que comprueben debidamente ambos requisitos, con las limitaciones que le fije partida correspondiente del presupuesto de egresos (el otorgamiento de becas también son por parte del gobierno de la republica, a través de la Subsecretaría de Educación Media Superior). ART. 85. La Dirección General convocará oportunamente a los alumnos para que hagan su solicitud a través de la dirección de sus respectivos planteles. ART. 86. Las becas consisten en la entrega mensual del monto económico asignado, mediante los trámites administrativos establecidos al efecto. ART. 87. Se concederá renovación de la beca a los alumnos que hayan acreditado la totalidad de sus asignaturas del semestre inmediato anterior al que cursa. ART. 88. Los alumnos becarios que no cumplan con los requisitos señalados en el artículo anterior, perderán su calidad de beneficiarios. ART. 89. Los alumnos becarios tendrán las siguientes obligaciones: I. Cumplir con las disposiciones de este reglamento. II. Guardar orden y buen comportamiento dentro y fuera del plantel. III. Cooperar a la conservación de los bienes de la institución. IV. Asistir puntual y regularmente a sus clases. V. Presentar sus exámenes de acuerdo con lo establecido en los planes de estudio relativos. VI. Notificar por escrito su domicilio, al momento de su inscripción, así como los cambios del mismo, con toda oportunidad. VII. Dar aviso a la Dirección del plantel, para que esta dicte las medidas pertinentes, cuando se vean obligados a faltar a sus clases o a no presentarse a exámenes parciales o finales, por causa de enfermedad o de otra índole. VIII. Mantener su escolaridad en términos satisfactorios. IX. Cobrar con toda oportunidad el monto de su beca, de acuerdo con los sistemas administrativos establecidos. 5
6 MISIÓN, VISIÓN, COMPROMISOS Y NORMAS INTERNAS DEL CENTRO DE BACHILLERATO TECNOLÓGICO INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS No. 115 MISIÓN Formar personas con conocimientos tecnologicos en las areas industrial, comercial y de servicios a traves de la preparacion de profesionales tecnicos y bachilleres con el fin de contribuir al desarrollo sustentable del pais VISIÓN Ser una institucion de educacion media superior CERTIFICADA orientada al aprendizaje y desarrollo de conocimientos tecnologicos COMPROMISO DE LOS PADRES DE FAMILIA Para alcanzar la meta de que sus hijos egresen satisfactoriamente del Bachillerato Tecnológico y como miembros de la comunidad educativa del CBTis No. 115, es de vital importancia que los padres se comprometan a colaborar con el personal docente, administrativo y directivo en el seguimiento y evaluación de la educación de sus hijos. Por tanto, los padres de familia deberán asistir al plantel cuando las autoridades competentes se lo soliciten, por tratarse de asuntos relacionados con la conducta o aprovechamiento académico de sus hijos. COMPROMISO DEL ALUMNO Es importante que el alumno tenga conciencia de que él es el principal actor responsable de su educación y formación (apoyado de sus padres, personal docente, administrativo y directivo) por lo que deberá reiterar su compromiso día a día con su futuro, con sus padres, con su escuela y con su país, observando cabalmente las normas académicas y disciplinarias. 6
7 ENTRADA Y SALIDA DE LAS INSTALACIONES DEL PLANTEL 1. Al ingresar a las instalaciones del plantel, el alumno deberá: a) Presentar su credencial de estudiante que lo acredite como tal. b) Asistir completamente uniformado y con pulcritud. c) No presentarse con maquillaje, uñas pintadas, aretes (discretos sólo en el caso de las alumnas), gorras, broqueles, piercings, perforaciones corporales y/o tatuajes visibles. d) No utilizar cabello teñido. Los varones no utilizarán cabello largo y las alumnas procurarán su arreglo adecuado y con pulcritud. e) Las alumnas no portarán faldas cortas o blusas escotadas ni ombligueras. Los alumnos no vestirán pantalón corto, entubado o tumbado. f) Se sugiere no ingresar objetos de valor (celular, Ipod, MP3, patineta, radio o televisor portátil, lap top, etc.), ya que en caso de pérdida o robo, el plantel no se hará responsable. 2. No se permitirá la salida a los alumnos en horas de clase por asuntos personales, excepto en caso de suma importancia con previa solicitud por escrito o vía telefónica de sus padres ante la Oficina de Orientación Educativa (o en su ausencia, del Departamento de Servicios Escolares, Subdirección o Dirección). EN LAS INSTALACIONES DEL PLANTEL 3. Los alumnos deberán mostrar su credencial de estudiante a las autoridades del plantel que así se lo soliciten o al realizar cualquier trámite en las oficinas de Control Escolar. 4. El alumno deberá asistir a todas sus clases y permanecer los tiempos marcados para éstas dentro del aula, del taller o del laboratorio. 5. Las inasistencias podrán ser justificadas, si el caso lo amerita, mediante un comprobante del motivo de la misma, que deberá ser presentado en la Oficina de Orientación Educativa, en un plazo no mayor a 3 días hábiles posteriores a la falta. El justificante que se expida no eximirá al alumno de sus responsabilidades escolares durante este periodo. 7
8 6. No se aplicarán exámenes ni se asentarán calificaciones de manera extemporánea por actividades de otras asignaturas, con la salvedad de que se trate de eventos organizados por el plantel o de causas justificadas por la Oficina de Orientación Educativa. 7. Ningún alumno podrá presentar examen 10 minutos después de haber dado inicio su aplicación o antes, si ya lo ha entregado el primer alumno. DISCIPLINA DEL ALUMNADO 8. El alumno deberá abstenerse de decir palabras altisonantes, de practicar juegos de azar (baraja, apuestas, volados, etc.), de pelota (futbol, frontón, voleibol, etc.) de correr o de alterar el orden en aulas, pasillos, escaleras y patios de acceso. 9. En caso de que el profesor deba ausentarse momentáneamente del aula por causas de fuerza mayor en horarios de clases, el alumno deberá permanecer en su interior mostrando una conducta de orden y realizando actividades relacionadas con la asignatura en turno o las que las autoridades le encomienden. 10. Con la finalidad de que los alumnos logren su concentración durante su proceso de aprendizaje, no podrán utilizar equipos reproductores de música de ningún tipo ni celulares en clases, éstos últimos con la salvedad de llamadas de emergencia, ante la cual, el alumno podrá solicitar al profesor salir brevemente del salón para atender la llamada. En caso de ser sorprendido por el profesor sin previa notificación, el celular le podrá ser retirado por la Oficina de Orientación Educativa y entregado al padre de familia. 11. Los alumnos no podrán consumir alimentos dentro de las aulas, talleres, laboratorios, biblioteca y sala audiovisual. 12. Se deberá procurar el absoluto respeto a todos los miembros de la comunidad escolar (compañeros y personal docente, administrativo y directivo del plantel). 13. Cuidar del medio ambiente depositando la basura en los contenedores correspondientes, así como mantener limpios y en buen estado el mobiliario, equipo e instalaciones que utilice en el plantel. 8
9 14. El alumno podrá acceder a las canchas en los horarios que le sean asignados como asignatura y en el receso. Si algún profesor falta por causa de fuerza mayor, el alumno podrá utilizarlas siempre que cuente con la supervisión de alguna autoridad del plantel, previa autorización del Departamento de Servicios Escolares, de la Subdirección o de la Dirección. 15. Todo alumno que infrinja las presentes normas, será sancionado de acuerdo a la gravedad de la falta cometida. SANCIONES 16. De acuerdo a la gravedad de la falta, el alumno se hará acreedor a una sanción cuando incurra en alguna inobservancia al reglamento, ley y/o normas siguientes: Reglamento General de los Planteles Dependientes de la DGETI. Normas de Control Escolar para el Bachillerato Tecnológico. Normas del CBTis No Ley Antitabaco, en donde: Queda estrictamente prohibido fumar en edificios públicos. a) Reportes. El alumno se hará acreedor a un reporte que será anexado a su expediente, cuando: Manifieste mala conducta al interior del plantel. Haga mal uso de bienes, mobiliario, equipo o instalaciones del plantel. Manifieste conductas que rompan el orden moral y la disciplina al interior del plantel. b) Citatorios. Se enviará un citatorio a los padres de familia cuando las autoridades del plantel requieran de su colaboración para la corrección de la conducta de sus hijos o cuando el alumno haya acumulado tres reportes en su expediente. El alumno será suspendido el día en que se le entregue el citatorio. En caso de que el padre no acuda a la cita, se podrá suspender al alumno hasta que ésta se realice. Si la falta es de gravedad, los citatorios serán acompañados de una suspensión mayor, que no exime al alumno de las responsabilidades y consecuencias que su inasistencia genere: Primer citatorio: Tres días hábiles. 9
10 Segundo citatorio: Cinco días hábiles. c) Baja Definitiva. El alumno causará su baja definitiva en los siguientes casos: Incurrir en alguna de las causas graves de responsabilidad mencionadas en el Artículo 71 del Reglamento General de los Planteles Dependientes de la DGETI Acumular un tercer citatorio. Portar artefactos explosivos o materiales para su elaboración, así como navajas, o cualquier tipo de armas blancas o de fuego. Fumar, graffitear o destruir mobiliario, equipos o instalaciones del plantel. Introducir al plantel bebidas alcohólicas, drogas, estupefacientes o cualquier tipo de enervantes para su consumo o comercialización. Participar de manera individual o grupal en disturbios que pongan en tela de juicio la imagen y/o integridad física o moral de los integrantes de nuestra institución, tanto en el interior del plantel como en áreas circundantes. Amenazar, pedir dinero y/o agredir física o verbalmente a otro compañero dentro o fuera del plantel. Ser demandado ante cualquier instancia judicial y se reciba en este plantel copia de dicha demanda o constancia de hechos, siendo reinstalado una vez que demuestre con documento de la misma instancia judicial que está libre de culpa, respecto al delito o hecho inculpado, o con el desistimiento por parte del demandante. Incumplir a una carta compromiso previo. No acreditar uno o más recursamientos semestrales. d) Clasificación de faltas y sanciones especiales. Todos los casos se analizarán en la oficina de Orientación Educativa, con la participación del Jefe del Departamento correspondiente. Falta de respeto de un alumno al personal del plantel por primera ocasión. Se hará acreedor a un citatorio para sus padres, la suspensión del día y la integración de un reporte en su expediente, recibiendo la advertencia de que al incurrir nuevamente en la falta, se le condicionará su permanencia en clases. 10
11 Falta de respeto de un alumno al personal del plantel por segunda ocasión. Se hará acreedor a un citatorio para sus padres, se integrará un reporte en su expediente y se condicionará su permanencia en clases mediante la firma de una Carta Compromiso por él y por sus padres. Se procederá además a una suspensión de tres días hábiles. Insulto o falta de respeto de un alumno al personal del plantel por tercera ocasión. Se hará acreedor a un citatorio para sus padres, se integrará un reporte en su expediente y se condicionará su permanencia como alumno del plantel mediante la firma de una Carta Compromiso por él y por sus padres. Si la falta cometida es contra algún docente, se le dará de baja en la asignatura o submódulo correspondiente. Deterioro parcial de bienes, mobiliario, equipo o instalaciones del plantel. El alumno deberá reparar los daños ocasionados por deterioro parcial de bienes, mobiliario, equipo o instalaciones que haya utilizado durante el servicio educativo, previo acuerdo con sus padres mediante un citatorio. Además, se integrará un reporte a su expediente y se hará acreedor a una suspensión de cinco días hábiles. 11
12 EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES La evaluación es un proceso continuo y sistemático que consiste en identificar el grado de dominio de los contenidos conceptuales, procedimentales y actitudinales por parte de los estudiantes, en determinar un valor específico a ese grado de dominio y en registrar formalmente ese valor en forma de calificación. Se reconocen tres tipos de evaluación del aprendizaje con diferentes fines y momentos: Diagnóstica: Se utiliza para detectar los conocimientos, habilidades y actitudes previas de los alumnos y, a partir de ellos, diseñar el proceso de aprendizaje para el desarrollo de competencias. Formativa: Permite valorar el nivel de desarrollo de las competencias que se pretenden alcanzar, con el fin de rediseñar y adaptar las estrategias de aprendizaje. Sus resultados son considerados para la emisión de una calificación parcial. Sumativa: Se emplea para determinar el grado de dominio de una competencia por parte de los estudiantes al final del semestre. La evaluación del aprendizaje se efectúa mediante el uso y aplicación de diferentes procedimientos e instrumentos, tales como la participación en actividades académicas, realización de proyectos, portafolio de evidencias, valoración de desempeños, prácticas de laboratorios y talleres, diarios de campo, trabajos de indagación, solución de problemas y pruebas objetivas, entre otros. Para realizar la evaluación, es necesaria y obligatoria la participación de los órganos colegiados de los planteles, particularmente las academias y los consejos técnicos consultivos. Las academias deben establecer los mecanismos, los criterios de ponderación, elaborar los instrumentos y diseñar los procedimientos necesarios para la evaluación del aprendizaje. 12
13 NORMAS ESPECÍFICAS PARA LOS SERVICIOS ESCOLARES DE LOS PLANTELES DE LA DGB, DGECyTM, DGETA, DGETI, CECyTE s E INCORPORADOS. NORMAS GENERALES 1. Las presentes normas son de observancia obligatoria para las personas involucradas en los procesos de servicios escolares y para todos los miembros de la comunidad escolar de los planteles de Educación Media Superior a cargo de las unidades administrativas de la DGB, DGECyTM, DGETA, DGETI y CECyTEs, incluyendo las escuelas incorporadas con el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE), que ofrecen la modalidad escolarizada. 7. Es responsabilidad del director y del responsable del área de servicios escolares de los planteles, la aplicación y operación de las presentes normas, de la emisión de la información y de la expedición de documentos oficiales de certificación y de apoyo al control escolar. 10. El plan de estudios de la modalidad escolarizada en los planteles de las unidades administrativas e instituciones educativas del bachillerato está estructurado en seis semestres, aunque el tiempo para cubrirlo puede variar, de acuerdo con las necesidades e intereses del alumno y las condiciones del plantel: como mínimo tres años y como máximo cinco. 13. Estas normas entran en vigor a partir del inicio del ciclo escolar para regular los procesos de inscripción, reinscripción, acreditación, certificación y titulación. INSCRIPCIÓN El aspirante se inscribe al primer semestre en la institución educativa en que fue aceptado de acuerdo con el proceso de selección realizado por el Centro Nacional de Evaluación (CENEVAL) La asignación de carrera podrá estar condicionada por la capacidad instalada en el plantel, por el promedio obtenido en la educación secundaria y por otros criterios específicos que se designen. 2. La inscripción del aspirante está sujeta a la presentación de original y copia simple de la documentación que para tal efecto requiera el plantel. 13
14 Una vez terminado el proceso de validación de la inscripción, el plantel devuelve los documentos originales al alumno inscrito, y conserva en su archivo las copias cotejadas de éstos. Por ningún motivo retiene los documentos originales. REINSCRIPCIÓN 1. La reinscripción es semestral en planteles públicos de la modalidad escolarizada. La reinscripción se efectúa de acuerdo con el programa de actividades de la institución, derivado del calendario escolar que establece la SEP o del calendario escolar elaborado por la DGETI. 2. El alumno podrá reinscribirse al siguiente semestre, cuando acredite todas las asignaturas y módulos cursados de los semestres anteriores o cuando el número de Unidades de Aprendizaje Curricular (UAC) no acreditadas, sea el permitido en cada unidad administrativa para tener derecho de reinscripción. En el bachillerato tecnológico, podrá reinscribirse cuando adeude una o dos asignaturas, una asignatura y un módulo o un módulo de semestres anteriores. 3. El área de servicios escolares deberá verificar antes de realizar la reinscripción, el tiempo para regularizar la situación académica del alumno con adeudo de UAC, el cual no deberá exceder los cinco años que son el tiempo máximo para cubrir el plan de estudios en la modalidad escolarizada de planteles públicos. 4. El tiempo transcurrido para la baja temporal no deberá exceder de cuatro semestres. En todos los casos se contabiliza dentro del plazo máximo de diez semestres, para concluir el bachillerato tecnológico y general. 7. El alumno de los planteles del bachillerato tecnológico puede solicitar reinscripción a cursos intersemestrales hasta de dos asignaturas, dos submódulos o la combinación de una asignatura y un submódulo, después de haber cursado el primer semestre, para regularizar la no acreditación de las asignaturas y de submódulos. Para que a su vez se acredite el módulo o para obtener la competencia en los módulos, se deberá renunciar a la calificación aprobatoria obtenida en el módulo y cursar en intersemestrales hasta dos submódulos. 14
15 La baja definitiva puede darse por las siguientes causas, y en todos los casos el plantel debe notificar al alumno por escrito: a) Por solicitud del alumno, padre o tutor legal. b) Como medida disciplinaria del plantel. c) Cuando no registre reinscripción por dos semestres consecutivos sin justificación alguna. REINSCRIPCIÓN CON ASIGNATURAS Y MÓDULOS NO ACREDITADOS Resolución/condición No acreditadas académica en el BT Asignaturas Módulos Total Se reinscribe Se reinscribe Se reinscribe Se reinscribe Se reinscribe No se reinscribe* No se reinscribe* No se reinscribe* No se reinscribe a cursos semestrales, sin embargo puede inscribirse en las opciones estipuladas para regularizar la situación académica como evaluaciones extraordinarias o cursos intersemestrales. El área de control escolar del plantel ponderará e integrará las calificaciones finales de los submódulos con ayuda de los sistemas automatizados para registrar la calificación correspondiente al módulo. La ponderación de los submódulos se obtiene de establecer la parte proporcional en cuanto a la duración convenida en los programas de estudio, conforme a la complejidad de cada uno de ellos en relación con el módulo. De acuerdo con lo siguiente: Dividir el número de horas del submódulo entre el número de horas que comprende el módulo. Multiplicar el resultado del paso anterior (coeficiente) por la calificación del submódulo. 15
16 Ejemplo: Sumar los resultados de la ponderación de cada submódulo (número entero con tres dígitos) para obtener la calificación final del módulo. Submódulos Horas de cada submódulo Coeficiente de ponderación (c=a/b) Calificació n obtenida en cada submódulo Calificación ponderada de cada submódulo /272= x0.176= /272= x0.294= /272= x0.294= /272= x0.235=1.880 Total = 272 Suma = 8.5 Portabilidad de estudios y tránsito de alumnos 10. Los cambios que se gestionan en las unidades administrativas e instituciones educativas son: Cambio de servicio educativo. Cuando los alumnos provienen de planteles con otra estructura curricular, incluyendo los planteles no pertenecientes a los servicios educativos del SNB Cambio de plantel dentro del mismo servicio educativo. Cuando los alumnos provienen de planteles con la misma estructura curricular. En todos los casos el alumno deberá presentar antes de que concluya el periodo de reinscripción, el historial académico, signado por el director del plantel de origen; en ausencia, por el inmediato superior y por el jefe de servicios escolares, con la solicitud de portabilidad de estudios al plantel de destino, explicando en comentarios los motivos de la solicitud del cambio. El plantel del destino responderá al alumno con el formato de resolución a fin de autorizar o negar su reinscripción en un plazo no mayor a 10 días hábiles. Indicando en las observaciones de ser aceptado el alumno, cualquier aspecto relacionado con la condición académica y las normas relacionadas con su próxima estancia en el plantel. Finalmente en aspectos específicos se detallará el dictamen del plantel receptor para resolver el adeudo de UAC de alumnos irregulares y dar seguimiento a la formación académica. 16
17 ACREDITACIÓN 1. Las opciones de acreditación en el bachillerato tecnológico y bachillerato general son: Periodo semestral: Cursos semestrales y recursamiento semestral. Periodo extraordinario: Evaluación extraordinaria (máximo 3 UAC en un solo periodo) y cursos intersemestrales (máximo 2 en cada periodo). NOTA: La escala de calificaciones para asignaturas y módulos es numérica del 5 al 10, como lo establece el Acuerdo Secretarial No. 17. La calificación final de cada asignatura y módulo se expresará con números enteros. Las calificaciones de cada una de las tres evaluaciones parciales serán de 0 a 10. La calificación mínima aprobatoria es de 6. Las calificaciones finales se sustentan en los reportes parciales de evaluación continua, mismas que tienen un carácter informativo y las cuales deben ser reportadas al área de control escolar por el docente. Asimismo, el área de control escolar del plantel registrará en el Sistema de Servicios Escolares de la Educación Media Superior las calificaciones de los alumnos, e informará de éstas a los alumnos y padres de familia. 2. El alumno que no cumplió con el 80% de asistencias durante el semestre, no tiene derecho a la primera evaluación extraordinaria y únicamente podrá acreditar la asignatura en cursos intersemestrales o recursamiento semestral; si se trata de un módulo, necesariamente tiene que realizar el recursamiento semestral. 3. En el bachillerato tecnológico cuando el alumno no acredita un submódulo, el módulo correspondiente está reprobado. Podrá regularizar el submódulo que adeuda en curso intersemestral antes de la reinscripción del siguiente semestre, de lo contrario, el módulo estará reprobado y deberá recursar en periodo semestral todo el módulo para acreditarlo. 4. Se ratifica la renuncia a calificaciones aprobatorias finales del semestre, con la inscripción de asignaturas a cursos intersemestrales o recursamiento semestral, de módulos únicamente con la inscripción a recursamiento semestral y de submódulos con la inscripción de cursos intersemestrales antes de la reinscripción del siguiente semestre El número de asignaturas a las que se puede renunciar en los semestres, durante toda la trayectoria en el bachillerato, es un 17
18 máximo de seis, ya sea al final de cada semestre o antes de la certificación de estudios El número de módulos a los que se puede renunciar en los semestres, durante toda la trayectoria en el bachillerato, es un máximo de dos, ya sea al final de cada semestre o antes de la certificación de estudios. 18
19 DIRECTORIO LIC MIGUEL ANGEL MACHADO ROSALES. Director ING.MARLEN JAZMIN SILVA DE ANDA Subdirectora LIC. ADRIAN VALENTIN ALVAREZ SOTO. Jefe del Departamento de Planeación y Evaluación PROFRA. MARIA NIEVES HERNANDEZ GOMEZ. Jefe del Departamento de Servicios Administrativos LIC. MARTHA ELENA ZAMARRIPA MARTINEZ Jefes de Departamento de Servicios Docentes C.P. JOSE HERIBERTO NEVAREZ FAVELA Jefes de Departamento de Servicios Escolares TEC. JORGE ALBERTO FAVELA RIVAS Jefes de Departamento de Vinculación con el Sector Productivo CBTis No Av. 1era de Mayo No. 1000, C.P , Cuencamé. Durango, Tels. (671) y (671)
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