Dra. Claudia M Alvarado H. Abg. Maracaibo, 2016.
|
|
- Germán Morales Botella
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD PRIVADA DR. RAFAEL BELLOSO CHACIN. ESCUELA DERECHO ASIGNATURA: DERECHO CIVIL I (PERSONAS) Dra. Claudia M Alvarado H. Abg. Maracaibo, 2016.
2 UNIDAD II SUJETOS DE DERECHO Y SU RÉGIMEN JURÍDICO
3 LA MUERTE Por muerte, en sentido biológico, debe entenderse la cesación de las funciones vitales del individuo, aún cuando subsistan funciones vitales de partes del mismo. Cuando hablamos de cesación de funciones vitales, nos referimos a la ausencia de respiración, paro cardíaco, cesación del pulso, cesación de la actividad eléctrica del cerebro y, como consecuencia, suspensión de la actividad cerebral. Sin embargo, la determinación de si un individuo ha muerto o no es una cuestión de carácter médicolegal; el médico forense es el único especialista facultado para señalar si una persona en realidad ha fallecido.
4 LA MUERTE La prueba legal por excelencia es la partida de defunción, y a falta de ésta, la correspondiente sentencia supletoria. La carga de la prueba del momento en que ocurrió, corresponde a quien alegue un derecho que presuponga dicha muerte.
5 PREMORIENCIA Y CONMORIENCIA A veces interesa determinar cuál de dos o más sujetos ha muerto primero que el otro, siendo difícil de determinar cuando dichos sujetos han fallecido en un mismo acontecimiento sin que existan indicios del orden en que ocurrieron las muertes. Las legislaciones resuelven el problema adoptando el sistema de la premoriencia o el de la conmoriencia.
6 SISTEMA DE PREMORIENCIA De acuerdo con este sistema se determina el orden de las muertes mediante la presunción de que sobrevive el más fuerte, estableciendo como base criterios objetivos que ordinariamente son el sexo y la edad. Los orígenes de este sistema se remontan al Derecho Romano, en el cual se establecían presunciones de premoriencia cuando la duda en relación al orden de las muertes se refería a ascendientes y descendientes, y también cuando una persona era púber y la otra impúber.
7 SISTEMA DE PREMORIENCIA Críticas a este Sistema: Determina el orden de las muertes en forma arbitraria, porque la supervivencia no tiene relación directa con la fortaleza, además del sexo y la edad, existen otras circunstancias que tienen estrecha relación con la capacidad del sujeto de hacer frente a los peligros de muerte. (defectos físicos o mentales.
8 SISTEMA DE CONMORIENCIA A falta de pruebas se considera que todas las personas se murieron al mismo tiempo. (C.C. Art. 994). Si hubiera dudas sobre cuál de dos o más individuos llamados recíprocamente a sucederse, haya muerto primero que el otro, el que sostenga la anterioridad de la muerte del uno o del otro deberá probarla. A falta de pruebas, se presumen todos muertos al mismo tiempo y no hay transmisión de derechos de uno a otro. Considera la doctrina, que la regla de referencias, aunque está dictada para el caso de personas llamadas a sucederse recíprocamente, es aplicable, por analogía, a otros casos en que se dude acerca del orden de dos o más muertes.
9 EFECTOS JURÍDICOS DE LA MUERTE Cuando una persona muere, se produce una serie de efectos jurídicos: 1. La extinción de la personalidad jurídica, por lo cual cesa su aptitud para ser sujeto de relaciones jurídicas. Pero se mantienen para el futuro algunos efectos de la personalidad jurídica extinguida: a. Los derechos y deberes patrimoniales se transmiten a sus herederos, por lo cual, en el momento de la muerte, ocurre la apertura de la sucesión, regulada dicha transmisión por las normas del Derecho Sucesoral (arts. 807 a del C C). b. Entran en vigor las disposiciones mortis causa.
10 EFECTOS JURÍDICOS DE LA MUERTE 2. A pesar de ocurrir la extinción de la personalidad jurídica, es posible realizar ciertos actos en interés de los descendientes, de parientes o de los terceros, que presuponen la continuación de la personalidad del difunto. a. De acuerdo a lo establecido en el artículo 219 del C.C., es posible reconocer a un hijo muerto, sin embargo, de acuerdo a la norma señalada, quien reconoce a un hijo después de muerto, para ser considerado como heredero del reconocido, debe probar que en vida del hijo, hubo posesión de estado. b. Puede declararse la quiebra de un comerciante dentro del año siguiente a su muerte. Es una medida que beneficia a los acreedores del comerciante fallecido, porque permite pagarles en proporción a sus acreencias. c. Un comerciante declarado en quiebra puede ser rehabilitado después de su muerte (Código de Comercio, art ). Esta norma beneficia a los herederos del comerciante fallido, porque si se logra la rehabilitación
11 EFECTOS JURÍDICOS DE LA MUERTE d. Se abre la sucesión del difunto y se le atribuye a sus herederos los derechos y deberes que tenía el mismo e. Se extinguen los derechos, deberes y relaciones extra patrimoniales y los patrimoniales estrictamente personales del difunto. f. El Código Penal (C.P.) establece normas de protección para los cadáveres y sepulturas, también para la protección de su memoria; a este respecto, podríamos hablar del comienzo de la tutela jurídica del cadáver.
12 LA NO PRESENCIA Y LA AUSENCIA Son dos instituciones distintas que proveen la protección de determinadas personas que se encuentran impedidas de obrar por sí mismas, debido al hecho de no hallarse en un determinado lugar. Se diferencian de los regímenes de incapaces porque su protección es por razones ajenas a las que determinan incapacidades negóciales.
13 LA NO PRESENCIA Está referido a la situación del sujeto que no se encuentra en el país, y siendo demandado, no hay dudas en cuanto a su existencia. Está regulado en el artículo 417 del C.C. Analizando esta disposición se encuentran tres elementos caracterizantès: Persona en contra de quien se ha propuesto una demanda. Persona que no se halla en Venezuela. Se sabe positivamente que vive. La razón de ser de este régimen de protección es asegurar a la persona no presente en el país la garantía constitucional del derecho de defensa, consagrado actualmente en el artículo 49 de la Constitución de la República (CRBV), conforme al numeral 1. La defensa y la asistencia jurídica son derechos inviolables en todo estado y grado de la investigación y del proceso
14 EFECTOS DE LA NO PRESENCIA La exclusión del ejercicio de la Patria Potestad. (C.C. Art. 262) El nombramiento de un defensor al no presente. Art. 417 Encabezado. Cuando haya de practicarse alguna diligencia judicial o extrajudicial. Art. 417, ap. 1. Los poderes del defensor están limitados. Art Últ. Ap. Obtenido ese dictamen, el defensor no requiere de autorización para convenir o transigir.
15 LA AUSENCIA La ausencia es la condición de la persona física cuya existencia es incierta debido a determinados hechos señalados por la ley. En la ausencia, lo caracteriza la incertidumbre en cuanto a la existencia y paradero del sujeto, y es el factor que impulsa toda una serie de medidas dirigidas a proteger tanto a la persona como a su patrimonio. al cumplirse los dos supuestos de hecho, de acuerdo a lo establecido por el legislador en el artículo 418 del C.C., permiten declarar la presunción de ausencia. Dichos supuestos son: la desvinculación de la persona de sus sedes jurídicas y la falta de certidumbre acerca de su existencia, los cuales producen variados efectos jurídicos de acuerdo al tiempo transcurrido desde la desvinculación de sus sedes jurídicas y la falta de información acerca de la persona.
16 INTERESES Que el ausente no sufra perjuicio por el hecho de no poder proteger por sí mismo sus propios intereses. Los intereses de las personas cuyos derechos dependen de la muerte del ausente. (herederos) Los intereses de quien debiera pagar al ausente una renta vitalicia ( se libera de la obligación por la muerte del ausente.
17 FASES EN EL REGIMEN ORDINARIO DE LA AUSENCIA La Ausencia Presunta o Presunción de Ausencia. La Ausencia declarada o Declaración de Ausencia. La Muerte Presunta o Presunción de Muerte.
18 LA PRESUNCIÓN DE AUSENCIA La ley presume ausente a la persona cuando concurren dos circunstancias: Que la persona haya desaparecido de su último domicilio o residencia. Que no se tengan noticias de la persona, ni emanadas de ella ni de otro. (C.C. Art. 418, 419, 420) Es una presunción juris tantum. Mientras dure la ausencia la ley se limita a proteger los intereses del presunto ausente.
19 EFECTOS DE LA PRESUNCIÓN DE AUSENCIA Si el presunto ausente no ha dejado apoderado (C.C. Art. 419, encab.) Para el nombramiento del representante se preferirá al cónyuge no separado legalmente. Art. 419 ap. Últ. El Juez además de nombrar el representante, puede ordenar que se arrienden los bienes del presunto ausente, o que se vendan algunos bienes para su conservación, como sería : pagar deudas o reparar otros bienes. Si el presunto ausente ha dejado apoderado: art. 419, ap. 2. Desde que ocurra la presunción e ausencia de uno de los padres. Art. 420.
20 CESACIÓN DE LA PRESUNCIÓN DE AUSENCIA Cuando se prueba la existencia de quien se presumía ausente. Cuando se prueba su muerte. Cuando se dicta sentencia definitivamente firme que declare su ausencia.
21 DECLARACIÓN DE AUSENCIA. C.C Art El haber dejado mandatario es un indicio de que el interesado previó un alejamiento prolongado, ( sólo administración de sus bienes). Por esta razón el plazo es diferente. Quienes pueden pedir la declaración de ausencia? Art El cónyuge puede solicitar la declaración de ausencia, pero también está legitimado para contradecir en juicio cualquier solicitud que haya hecho otra persona. (C.C. Art. 425)
22 PROCEDIMIENTO DE LA DECLARACIÓN DE AUSENCIA El Juzgado ordena que se emplace a la persona de cuya ausencia se trate. (C.C. Art. 422) Si no comparece el ausente. (C.C. Art. 423) Si se tiene noticias de su existencia o éste comparece, se declara terminado el juicio. (C.C. Art. 424.) La sentencia que cause ejecutoria se publicará. (C.C. Art. 424, ap. Único)
23 EFECTOS DE LA DECLARACIÓN DE AUSENCIA C.C. Artículos 426 a 429. CESACIÓN DE LOS EFECTOS DE LA DECLARACIÓN DE AUSENCIA: Cesación Absoluta: C.C. Arts. 431 y 432. Cesación Relativa: Sólo está prevista por la Ley. (C.C. Art. 430) Después del decreto que acuerde la posesión provisional. (C.C. Art. 433)
24 PRESUNCIÓN DE MUERTE Y SUS EFECTOS C.C. Arts. 434 y 435. EFECTOS DE LA PRESUNCIÓN DE MUERTE: La declaración judicial de presunción de muerte cambia la posesión provisional en definitiva. El ejercicio provisional de los derechos se hacen definitivos. La presunción de ausencia no disuelve el matrimonio, ni constituye causal de divorcio, ni de separación de cuerpos. (C.C. Art. 122, ap. 1 )
25 CESACIÓN DE LOS EFECTOS DE LA PRESUNCIÓN DE MUERTE Si después de la toma de posesión, regresa el ausente o se probare su existencia, recobrará los bienes en el estado en que se encuentren. (C.C. Art. 436.) Si después de la posesión definitiva se descubriere de una manera cierta la época de la muerte del ausente. (C.C. Art.437)
26 RÉGIMEN ESPECIAL DE LA AUSENCIA EN CASO DE SINIESTRO PRESUNCIÓN DE MUERTE POR ACCIDENTE: Sólo procede cuando concurren dos circunstancias: Que una persona se haya encontrado en un siniestro. Que a raíz del siniestro no se haya tenido noticia de la existencia de la persona que se trate. (C.C. Art. 438) Procedimiento. Art Efectos de la presunción de muerte por accidente: (C.C. Arts. 439 y 440)
DOCENTE: GUILLERMO LEÓN BETANCUR HINCAPIÉ. Docente: Guillermo León Betancur Hincapié
DOCENTE: GUILLERMO LEÓN BETANCUR HINCAPIÉ Docente: Guillermo León Betancur Hincapié 17/10/2013 1 Consiste en el hecho que dos o mas personas fallezcan sin poder determinarse en que orden fallecieron; presume
Más detallesDECLARACIÓN JUDICIAL DE AUSENCIA
DECLARACIÓN JUDICIAL DE AUSENCIA Esta institución jurídica civil, se orienta a la solución de uno de los problemas comunes que se generan como consecuencia del modus vivendi de la sociedad vigente. Las
Más detallesDra. Claudia M Alvarado H. Abg. Maracaibo, 2016.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD PRIVADA DR. RAFAEL BELLOSO CHACIN. ESCUELA DERECHO ASIGNATURA: DERECHO CIVIL I (PERSONAS) Dra. Claudia M Alvarado H. Abg. Maracaibo, 2016. UNIDAD II SUJETOS
Más detallesDra. Claudia M Alvarado H. Abg. Maracaibo, 2016.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD PRIVADA DR. RAFAEL BELLOSO CHACIN. ESCUELA DERECHO ASIGNATURA: DERECHO CIVIL I (PERSONAS) Dra. Claudia M Alvarado H. Abg. Maracaibo, 2016. PROGRAMA 1er Corte
Más detallesREPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO OBLIGACIONES II. Maracaibo, 2013.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO OBLIGACIONES II MSc. Claudia M Alvarado H. Abg. Maracaibo, 2013. LA CAUSA: 1. Definición: La causa es uno
Más detallesINDICE Capitulo I. Derecho Civil Interpretación de las Normas Jurídicas Capitulo II. Personalidad Jurídica y Capacidad Capitulo III.
INDICE Introducción 1 Capitulo I. Derecho Civil 7 Derecho 9 El Derecho y la moral 12 Derecho objetiva y Derecho subjetivo 13 Características del Derecho Objetivo 15 Clasificación de las fuentes del derecho
Más detalles3ª parte INSTITUTOS DE PROTECCIÓN DE LOS INCAPACES LA CURATELA
3ª parte INSTITUTOS DE PROTECCIÓN DE LOS INCAPACES LA CURATELA CONCEPTO La curaduría general es un cargo impuesto a alguien para la protección de la persona y los bienes del mayor de edad declarado incapaz.
Más detallesVI. Determinación de efectos que beneficien a la familia de la víctima desaparecida
VI. Determinación de efectos que beneficien a la familia de la víctima desaparecida Después de realizar un estudio detenido y detallado de la vulneración del reconocimiento de la personalidad jurídica
Más detallesPersonalidad jurídica= titular de derechos y obligaciones. Persona. Sujeto de Derecho
TEMA 6: PERSONA, FAMILIA, HERENCIA Y DONACIÓN. I. PERSONA Personalidad jurídica= titular de derechos y obligaciones Persona Sujeto de Derecho Persona física o personas naturales Persona Jurídica, se la
Más detallesCONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA
Iniciativa con proyecto de decreto para adicionar un párrafo al Artículo 6 Bis de la Ley de Asistencia Social para el Estado de Coahuila. En relación a La posibilidad de tener acceso a una pensión los
Más detallesCONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA
QUE EL CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA; DECRETA: NÚMERO 490.- LEY PARA LA DECLARACIÓN DE AUSENCIA POR DESAPARICIÓN DE PERSONAS DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA
Más detallesDra. Claudia M Alvarado H. Abg.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD PRIVADA DR. RAFAEL BELLOSO CHACIN. ESCUELA DERECHO ASIGNATURA: DERECHO DE LA NIÑEZ Y A ADOLESENCIA Dra. Claudia M Alvarado H. Abg. Maracaibo, 2018 GENERALIDADES
Más detallesDERECHO CIVIL IV DERECHO DE FAMILIA PROGRAMA
DERECHO CIVIL IV DERECHO DE FAMILIA BIBLIOGRAFÍA GENERAL (Manual para la preparación de la asignatura): DIEZ-PICAZO/GULLÓN BALLESTEROS: Sistema de Derecho Civil. IV. Derecho de Familia. Derecho de Sucesiones.
Más detallesLa familia en Derecho Civil. Sesión No.9 Filiación
La familia en Derecho Civil Sesión No.9 Filiación Contextualización La filiación es el vínculo natural de padres a hijos y sus descendientes, reconocidos por el derecho. El derecho reconoce y acepta este
Más detallesCÓDIGO FAMILIAR DEL ESTADO DE SINALOA
CÓDIGO FAMILIAR DEL ESTADO DE SINALOA INDICE DISPOSICIONES PRELIMINARES LIBRO PRIMERO. DE LAS PERSONAS FÍSICAS Y FAMILIA TÍTULO PRIMERO. DE LAS PERSONAS NATURALES CAPÍTULO II. DERECHO DE LA PERSONA A LA
Más detallesD CIVIL I (INTRODUCCION AL DERECHO CIVIL.PERSONAS Y DERECHO DE LA PERSONALIDAD)
PROGRAMA DE UNIDAD CURRICULAR Nombre de Unidad Curricular: D CIVIL I (INTRODUCCION AL DERECHO CIVIL.PERSONAS Y DERECHO DE LA PERSONALIDAD) Fecha de Vigencia: Responsable del Curso: INSTITUTO CIVIL I Y
Más detallestomo i Autores: - Federico J. CAUSSE - Mariano OTERO - Alberto PESTALARDO - Martin DEBRABANDERE - Germán HIRALDE - Geraldine DRESDNER
código civil Y COMERCIAL explicado tomo i Autores: - Federico J. CAUSSE - Christian R. PETTIS - Mariano OTERO - Alberto PESTALARDO - Martin DEBRABANDERE - Germán HIRALDE - Geraldine DRESDNER Propósitos
Más detallesDra. Claudia M Alvarado H. Abg. Maracaibo, 2016.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD PRIVADA DR. RAFAEL BELLOSO CHACIN. ESCUELA DERECHO ASIGNATURA: DERECHO CIVIL I (PERSONAS) Dra. Claudia M Alvarado H. Abg. Maracaibo, 2016. UNIDAD II SUJETOS
Más detallesDra. Claudia M Alvarado H. Abg. Maracaibo, 2016.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD PRIVADA DR. RAFAEL BELLOSO CHACIN. ESCUELA DERECHO ASIGNATURA: DERECHO CIVIL I (PERSONAS) Dra. Claudia M Alvarado H. Abg. Maracaibo, 2016. UNIDAD II SUJETOS
Más detallesCHARLA INCAPACITACIÓN Y TUTELA DE LAS PERSONAS MAYORES
G A B I N E T E J U R Í D I C O L E T E & A S O C I A D O S I R A T X E L E T E S A L S A M E N D I L U I S M ª P E R E Z M A R T Í N ESTANISLAO I. POLANCOS FERNÁNDEZ CHARLA INCAPACITACIÓN Y TUTELA DE
Más detallesUNIVERSIDAD LIBRE SECCIONAL BARRANQUILLA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES GUIA EXAMENES PREPARATORIOS CIVIL I
OBSERVACIÓN IMPORTANTE: La siguiente guía no excusa el deber de todo futuro abogado de mantenerse actualizado en la legislación nacional e internacional, así como en la evolución jurisprudencial y doctrinal.
Más detallesÍNDICE. Listado de autores de los comentarios por artículo... Introducción explicativa al nuevo Código Civil y Comercial de la Nación,
ÍNDICE Listado de autores de los comentarios por artículo... Prólogo, por Aída Kemelmajer de Carlucci... Introducción explicativa al nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, por Daniel R. Vítolo...
Más detallesSUMARIO CÓDIGO FAMILIAR PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS CÓDIGO PROCESAL FAMILIAR PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
5 SUMARIO CÓDIGO FAMILIAR PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS CÓDIGO PROCESAL FAMILIAR PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MORELOS 7 CÓDIGO FAMILIAR
Más detallesAVANCE EXTRAORDINARIO Nº 21
AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 21 LA PRESCRIPCIÓN EN CASO DE RECLAMO DE PRESTACIONES SOCIALES POR LOS HEREDEROS DEL TRABAJADOR, SERÁ LA PREVISTA EN EL CÓDIGO CIVIL. En fecha ocho (08) de agosto de, la Sala de
Más detallesPATRIMONIO DEL AUSENTE Y DEL PRESUNTO MUERTO
PATRIMONIO DEL AUSENTE Y DEL PRESUNTO MUERTO PREGUNTAS DEL FORO 1. Qué es ausencia y la condición de ausente. 2. En qué momento se tiene por constituido el patrimonio del ausente y del presunto muerto.
Más detallesIntroducción... xix Al Estudiante... xiii PRIMERA.PARTE. EL DERECHO DE FAMILIA SEGÚN LA LEGISLACIÓN VIGENTE PARA EL DISTRITO FEDERAL...
ÍNDICE Introducción... xix Al Estudiante... xiii PRIMERA.PARTE. EL DERECHO DE FAMILIA SEGÚN LA LEGISLACIÓN VIGENTE PARA EL DISTRITO FEDERAL... 1 TEMA 1. CONCEPTOS GENERALES DEL DERECHO DE FAMILIA... 3
Más detallesCAPITULO III EFECTOS LEGALES DEL DIVORCIO NECESARIO POR CAUSALES OBJETIVAS.
CAPITULO III EFECTOS LEGALES DEL DIVORCIO NECESARIO POR CAUSALES OBJETIVAS. 3.1 ANTECEDENTE DE DIVORCIO NECESARIO El divorcio necesario como ya lo mencionábamos anteriormente es aquel en el que los cónyuges
Más detallesPROGRAMA PREPARATORIO PRIVADO 1. Derecho Civil Personas, Familia 1, Familia 2 y Sucesiones
PROGRAMA PREPARATORIO PRIVADO 1 MATERIAS METODOLOGÍA Derecho Civil Personas, Familia 1, Familia 2 y Sucesiones 1. PERSONAS: CONCEPTO Y CLASES DE PERSONAS 1. Concepto de persona 1.1. Etimológico 1.2. Filosófico
Más detallesDe la Fuente, Gómez Lacalle y Ruano Abogados, S.C.P.
CAPACIDAD E INCAPACIDAD LEGAL Inadecuación del término incapacidad, incapaz Cambio de terminología por la Convención ONU Actualmente, procedimiento de modificación de la capacidad de obrar Propuestas:
Más detalleso Clases o Líneas y grados o Efectos Los alimentos y la obligación alimentaria. o Concepto y tipos Requisitos de fondo para contraer matrimonio.
Derecho civil II (derecho familiar) Conceptos generales del derecho de familia. o La familia biológico sociológico jurídico o El derecho de familia o Contenido y definición o Ubicación en el campo de las
Más detallesLOS CARGOS TUTELARES CON ARREGLO AL CÓDIGO CIVIL ESPAÑOL
LOS CARGOS TUTELARES CON ARREGLO AL CÓDIGO CIVIL ESPAÑOL 1. LA INCAPACITACIÓN Máxima limitación a la capacidad de obrar de la persona que admite nuestro ordenamiento jurídico. Se caracteriza por ser susceptible
Más detallesPACTO PEDAGÓGICO TEMÁTICA PRAGMÁTICA %
Página 1 de 14 1. PACTO PEDAGÓGICO NOMBRE DE LA ASIGNATURA DOCENTE Derecho Civil I General y Personas Guillermo León Betancur Hincapié HORARIO Miércoles y jueves 6:00 p. m. 8:00 p. m. NÚMERO DE CRÉDITOS
Más detallesLOS ACTOS PROCESALES NO CONTENCIOSOS
Índice Introducción........................................ 9 Primera Parte LOS ACTOS PROCESALES NO CONTENCIOSOS Capítulo I Generalidades 1. Denominación y concepto de los actos procesales no contenciosos...................................
Más detallesIncapacidad y tutela. Morlans 13, bajo Donostia Tel
Incapacidad y tutela Morlans 13, bajo 20009 Donostia Tel. 943 468 956 idazkari@hurkoa.eus www.hurkoa.eus Qué es la modificación legal de la capacidad? Desde su nacimiento toda persona es titular de derechos
Más detallesUNIVERSIDAD AUTONOMA DEL ESTADO DE MÉXICO
UNIVERSIDAD AUTONOMA DEL ESTADO DE MÉXICO LICENCIATURA EN DERECHO CENTRO UNIVERSITARIO UAEM TEXCOCO. DERECHO DE LAS PERSONAS Y LA FAMILIA. UNIDAD 2 DE LAS PERSONAS Y SUS ATRIBUTOS MTRO. JUAN CARLOS RAMOS
Más detallesEn materia familiar se iniciaron 29,057 asuntos y se terminaron 24,004 ante los Juzgados de Primera Instancia, tal y como se precisa a continuación:
PODER JUDICIAL INFORME ANUAL DE LABORES 2016 En materia familiar se iniciaron 29,057 asuntos y se terminaron 24,004 ante los Juzgados de Primera Instancia, tal y como se precisa a continuación: ASUNTOS
Más detallesLAS INCAPACIDADES LA REPRESENTACION
LAS INCAPACIDADES LA REPRESENTACION Estudiantes: Juan Gonzalo Henao Henao Andrés Felipe Hernández Buitrago Docente: Guillermo León. 1 INCAPACIDADES CAPACIDAD: Posibilidad jurídica de ser titular de derechos
Más detalles2.1.- Contenido del Derecho Civil:
2.- DERECHO CIVIL 2.1.- Contenido del Derecho Civil: 2.2.- La persona: a) Fuentes del Derecho: art. 1CC b) Persona c) Obligaciones y contratos d) Familia: matrimonio, filiación e) Sucesiones 2.2.1.- Concepto
Más detallesDra. Claudia M Alvarado H. Abg.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD PRIVADA DR. RAFAEL BELLOSO CHACIN. ESCUELA DERECHO ASIGNATURA: DERECHO DE LA NIÑEZ Y A ADOLESENCIA Dra. Claudia M Alvarado H. Abg. Maracaibo, 2018 DERECHOS,
Más detallesPOSESION HEREDITARIA
POSESION HEREDITARIA Concepto: Es el reconocimiento de la calidad de heredero. Dicho reconocimiento a veces puede ser de pleno derecho o se necesita la declaración del magistrado. Es la investidura de
Más detallesDIFERENCIAS ENTRE PATRIA POTESTAD, TUTELA Y CURATELA. EL DEFENSOR JUDICIAL Y OTRAS FIGURAS
DIFERENCIAS ENTRE PATRIA POTESTAD, TUTELA Y CURATELA. EL DEFENSOR JUDICIAL Y OTRAS FIGURAS INSTITUCIONES DE PROTECCIÓN DE MENORES CONCEPTO - Es una figura jurídica que rige las relaciones entre padres
Más detallesÍndice: 1. La mujer inmigrante en España: pluralidad de regímenes de permanencia y diversidad de situaciones.
Índice: 1. La mujer inmigrante en España: pluralidad de regímenes de permanencia y diversidad de situaciones. 1.1. Cuáles son los distintos regímenes de permanencia en territorio español o los que puede
Más detallesEMANCIPACION. La terminación de la potestad parental se denomina emancipación.
EMANCIPACION La terminación de la potestad parental se denomina emancipación. CLASES De conformidad del articulo 312 del código civil de emancipación puede ser Voluntaria Legal Judicial EMANCIPACION VOLUNTARIA
Más detallesGUÍA DE PREPARATORIOS ÁREA DERECHO CIVIL I- PERSONAS Y SUCESIONES
GUÍA DE PREPARATORIOS ÁREA DERECHO CIVIL I- PERSONAS Y SUCESIONES OBJETIVOS: Personas: En la parte1. Los estudiantes deberán estar en capacidad de distinguir entre la existencia biológica y legal, la diferencia
Más detallesDerecho Civil I: Parte General, Persona y Familia
Derecho Civil I: Parte General, Persona y Familia 6602108- Grado en Derecho Curso 2014-2015 2 6602108- PROGRAMA DERECHO CIVIL I: PARTE GENERAL, PERSONA Y FAMILIA La materia se ordena en 9 bloques temáticos,
Más detallesANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR
ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR No. Expediente: 0812-2PO1-13 I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA 1. Nombre de la Iniciativa. Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal
Más detalles-LICENCIATURA EN DERECHO- - PROGRAMA DE DERECHO CIVIL-
-LICENCIATURA EN DERECHO- - PROGRAMA DE DERECHO CIVIL- (Asignaturas Troncales y Obligatorias) DERECHO CIVIL I EL DERECHO PRIVADO Y EL DERECHO DE LA PERSONA 1.- EL DERECHO PRIVADO LECCIÓN 1ª EL ORDENAMIENTO
Más detallesLEY PARA LA DECLARACIÓN DE AUSENCIA POR DESAPARICIÓN DE PERSONAS DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA
TEXTO ORIGINAL Ley publicada en el Periódico Oficial el viernes 20 de mayo de 2014. LEY PARA LA DECLARACIÓN DE AUSENCIA POR DESAPARICIÓN DE PERSONAS DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA EL C. RUBÉN IGNACIO
Más detallesEn materia familiar se iniciaron 25,795 asuntos y se terminaron 21,837 ante los Juzgados de Primera Instancia, tal y como se precisa a continuación:
En materia familiar se iniciaron 25,795 asuntos y se terminaron 21,837 ante los Juzgados de Primera Instancia, tal y como se precisa a continuación: ASUNTOS FAMILIARES DISTRITO JUDICIAL INICIADOS TERMINADOS
Más detallesEL PATRIMONIO. 16/07/2015 M.Sc. Viviana Vega 1
EL PATRIMONIO 16/07/2015 M.Sc. Viviana Vega 1 CONCEPTO El Código Civil no contempla en forma sistemática el concepto PATRIMONIO, se refiere a bienes o a cosas. Aparece en PATRIMONIO CONYUGAL y PATRIMONIO
Más detallesUNIDAD I. DERECHO DE LAS PERSONAS.
Asignatura Personas y Familia Clave 07 Semestre Lectivo Segundo Requisitos Ninguno Nivel Licenciatura Carácter Obligatoria Horas por semana Cinco Horas del Curso Ochenta y cinco OBJETIVO GENERAL DEL CURSO:
Más detallesDESIGNACIÓN DE CURADOR EN PREVISIÓN DE UNA FUTURA INCAPACIDAD
CÁMARA DE SENADORES SECRETARÍA DIRECCIÓN GENERAL XLVIIª Legislatura Cuarto Período COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN Y LEGISLACIÓN Carpetas: 1339/2013 Distribuido: 2450/2013 Anexo: I DESIGNACIÓN DE CURADOR EN PREVISIÓN
Más detallesLEY 15/2015 DE LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
LEY 15/2015 DE LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL CIVIL DECLARACIÓN DE AUSENCIA Y FALLECIMIENTO ÍNDICE I. FICHA NORMATIVA... Pág. 3-4 II. ASPECTOS MÁS
Más detallesMINUTA PROYECTO DE LEY QUE REFORMA EL RÉGIMEN ECONÓMICO MATRIMONIAL DE SOCIEDAD CONYUGAL
MINUTA PROYECTO DE LEY QUE REFORMA EL RÉGIMEN ECONÓMICO MATRIMONIAL DE SOCIEDAD CONYUGAL 1.- ESTADO DEL PROYECTO El proyecto está en segundo trámite constitucional, Comisión de Constitución del Senado.
Más detallesDERECHO CIVIL BIBLIOGRAFÍA PERSONAS. No existe noción única de Derecho
DERECHO CIVIL PERSONAS BIBLIOGRAFÍA Derecho Civil I. Personas. José Luis Gorrondona.15a. Edición. Derecho Civil I PERSONAS Peñaranda. Maracaibo 2008. Código Civil Venezolano. L.O.P.N.A Constitución Bolivariana
Más detallesRosa Pérez-Villar Aparicio.
Abogada de Familia RÉGIMEN ECONÓMICO DE PARTICIPACIÓN EN GANANCIAS: Características y Funcionamiento. Despacho Jurídico Pérez-Villar REGIMEN ECONÓMICO MATRIMONIAL DE PARTICIPACIÓN a) Qué se entiende por
Más detallesUnidad 21. La tutela
Unidad 21 La tutela La tutela es una institución jurídica que ha sido considerada para o casi familiar, sustituta de la patria potestad, cuyo objeto es el cuidado y representación de los menores no emancipados
Más detallesLIBRO PRIMERO LAS RELACIONES JURÍDICAS (PERSONA, BIENES Y HECHOS Y ACTOS JURIDICOS)
0 0 0 CODIGO CIVIL DE PUERTO RICO LIBRO PRIMERO LAS RELACIONES JURÍDICAS (PERSONA, BIENES Y HECHOS Y ACTOS JURIDICOS) TÍTULO I. La Persona CAPÍTULO I. Tipos de Personas ARTÍCULO. -Tipos de persona. ARTÍCULO.-Tratamiento
Más detallesLey Nº. 25 Del 17 de diciembre de Por la cual se desarrollan los incisos 9, 10, 11, 12 y 13 del articulo 42 de la Constitucion politica
btcabk Ley Nº. 25 Del 17 de diciembre de 1992 Por la cual se desarrollan los incisos 9, 10, 11, 12 y 13 del articulo 42 de la Constitucion politica EL CONGRESO DE COLOMBIA DECRETA: ARTICULO 1.- El Artículo
Más detallesUniversidad del Salvador Facultad de Ciencias Jurídicas Carrera de Abogacía PROGRAMA DE EXAMEN DERECHO CIVIL I 1º año Comisión B Año 2015 BOLILLA I: 1. Concepto de Derecho. Fuentes del Derecho. Derecho
Más detallesANOTACIÓN. Conclusiones foro 9
ANOTACIÓN Conclusiones foro 9 PREGUNTAS DEL FORO 1. En qué consiste la anotación. 2. Indique las clases de anotación, sus requisitos, la forma de la anotación (cómo se hace constar), efectos frente a terceros
Más detalles1927: 1º Congreso Nacional de Derecho Civil Universidad Nacional de Córdoba
Presidente: Enrique Martínez Paz Secretario: Arturo Orgaz 1927: 1º Congreso Nacional de Derecho Civil Universidad Nacional de Córdoba Vocales: Sofanor Novillo Corvalán - Luis J. Posse - Henoch D. Aguiar
Más detallesLEY 15/2015 DE LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
LEY 15/2015 DE LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREA PROCESAL CIVIL INTERVENCIÓN JUDICIAL EN RELACIÓN CON LA PATRIA POTESTAD ÍNDICE I. FICHA NORMATIVA... Pág. 3-4
Más detallesIncapacidad en las personas mayores con demencia: mentiras y verdades. Josep de Martí
Incapacidad en las personas mayores con demencia: mentiras y verdades Josep de Martí LA INCAPACIDAD, UN LABERINTO PARA LA FAMILIA Problema de las zonas grises. Un problema dentro de un problema. La solución
Más detallesDERECHO CIVIL IV. DERECHO DE FAMILIA. MODALIDAD SEMIPRESENCIAL. CURSO ACADÉMICO DATOS BÁSICOS DE LA ASIGNATURA:
DERECHO CIVIL IV. DERECHO DE FAMILIA. MODALIDAD SEMIPRESENCIAL. CURSO ACADÉMICO 2011-2012. - DATOS BÁSICOS DE LA ASIGNATURA: - Código: 35124 - Carácter: Troncal - Número de créditos: 6 - Profesor responsable:
Más detallesUNIDAD 7. Nombre, Estado y Domicilio
UNIDAD 7 Nombre, Estado y Domicilio DOMICILIO. Concepto. Es el lugar que la ley fija como asiento o sede de la persona para la producción de determinados efectos jurídicos. Importancia Práctica: son los
Más detallesSOLICITUD (Art. 771 LEC)
TRAMITACIÓN DE LAS MEDIDAS PROVISIONALES SOLICITUD Contenido (Arts. 102 y 103 CC) No es necesaria la intervención de abogado y procurador, pero sí para todo escrito y actuación posterior JUEZ LAJ CITA
Más detallesQuién puede solicitar la declaración de bien familiar?
Si estás pensando en pedir una declaración de bien familiar, este artículo puede ser de utilidad pues te describimos en que consiste la institución de los bienes familiares, quien puede solicitarla y en
Más detallesANEXO-Listado de materias atribuidas por servicio y área del Registro Civil Central
ANEXO-Listado de materias atribuidas por servicio y área del Registro Civil Central Apartado A. Listado de materias y funciones atribuidas al Servicio de calificación e inscripción. Apartado A.1 Listado
Más detallesLa pensión compensatoria se regula en el artículo 97 del Código Civil.
Charla El Divorcio y sus efectos : la pensión compensatoria, concesión, extinción y modificación, y el uso temporal o vitalicio del domicilio familiar. LA PENSIÓN COMPENSATORIA I.-CONCEPTO La pensión compensatoria
Más detallesPROCEDIMIENTOS Y ACTUACIONES NOTARIALES EN EL DERECHO DE FAMILIA
PROCEDIMIENTOS Y ACTUACIONES NOTARIALES EN EL DERECHO DE FAMILIA SEGUNDA EDICIÓN Mauricio García-Herreros Castañeda García-Herreros Castañeda, Mauricio Procedimientos y actuaciones notariales en el derecho
Más detallesMANUAL DE PRODUCTO SERVICIO JURÍDICO 1. ACOMPAÑAMIENTO EN AUDIENCIAS JUDICIALES Y/O EXTRAJUDICIALES - CODIGO SAP:
MANUAL DE PRODUCTO SERVICIO JURÍDICO 1. ACOMPAÑAMIENTO EN AUDIENCIAS JUDICIALES Y/O EXTRAJUDICIALES - CODIGO SAP: 70014841. DESCRIPCION DEL SERVICIO: Acompañamiento por parte de un abogado en las audiencias,
Más detallesLA TUTELA DERECHOS Y DEBERES DE LOS TUTORES
LA TUTELA DERECHOS Y DEBERES DE LOS TUTORES Ana Marta Almaraz García anamarta@icasal.com Sábado, 4 de marzo de 2016 CONCEPTO La tutela es la figura de guarda y protección más amplia que contempla nuestro
Más detallesDerecho civil y Mercantil. Lectura No.11 Quiebra y suspensión de pagos
Derecho civil y Mercantil Lectura No.11 Quiebra y suspensión de pagos Contextualización Cuando las deudas de una empresa son más grandes que su capital, inversión y patrimonio, el colapso de su fracaso
Más detallestel
Página 1 de 5 índice 1. PROTOCOLO SOBRE EL CONCEPTO Y OBJETIVO DE PARTICIÓN DE HERENCIA 2. PROTOCOLO SOBRE LA CESACIÓN DE LA COMUNIDAD HEREDITARIA 3. PROTOCOLO SOBRE LA IMPOSIBILIDAD DE DIVISIÓN DE LA
Más detallesCAPITULO IV DEL RECONOCIMIENTO DE HIJOS DEL RECONOCIMIENTO DE HIJOS NACIDOS FUERA DEL MATRIMONIO
CAPITULO IV DEL RECONOCIMIENTO DE HIJOS 4.1.- DEL RECONOCIMIENTO DE HIJOS NACIDOS FUERA DEL MATRIMONIO Qué es el reconocimiento de hijos nacidos fuera del matrimonio Es el vínculo que une al hijo con sus
Más detallesDerecho Civil I.1: Parte General y Persona.
Derecho Civil I.1: Parte General y Persona. 66021096 Grado en Derecho Curso 2018-2019 2 6602108- PROGRAMA DERECHO CIVIL I.1: PARTE GENERAL y PERSONA. La materia se ordena en 4 bloques temáticos: Bloque
Más detallesDerecho Privado I UNIDAD 9. Prueba del estado civil y de la capacidad. Los registros
Derecho Privado I UNIDAD 9 Prueba del estado civil y de la capacidad. Los registros 1.- Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas. Análisis del CCy CN (96 a 99 y de la ley 26.413). Tipos de
Más detallesREPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO OBLIGACIONES II MEDIOS DE TÉRMINACIÓN DE LOS CONTRATOS UNIDAD II (TEMA 5) MSc. Claudia M Alvarado H. Abg.
Más detallesREPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD PRIVADA DR. RAFAEL BELLOSO CHACIN. ESCUELA DERECHO ASIGNATURA: FUNDA0ENTOS DE DERECHO PUBLICO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD PRIVADA DR. RAFAEL BELLOSO CHACIN. ESCUELA DERECHO ASIGNATURA: FUNDA0ENTOS DE DERECHO PUBLICO Dra. Claudia M Alvarado H. Abg. Maracaibo, 2016. CONCEPTO DE
Más detallesDerecho y retraso mental. Hacia un estatuto jurídico de la persona con retraso mental
ÍNDICE Abreviaturas Presentación Federico Carlos Sainz de Robles Introducción José Antonio Seoane Rodríguez CAPÍTULO PRIMERO LA PERSONA, EL RETRASO MENTAL Y EL DERECHO José Antonio Seoane I. El retraso
Más detallesArt. 2o._ Modificado. Ley 75 de 1968, art. 1o. El reconocimiento de hijos naturales es irrevocable y puede hacerse:
LEY 45 DE 1936 (febrero 21) Sobre reformas civiles (filiación natural) Art. 1o._ El hijo nacido de padres que al tiempo de la concepción no estaban casados entre sí, es hijo natural, cuando ha sido reconocido
Más detallesContinuación ACTOS Y HECHOS JURÍDICOS. Capacidad Representación Nulidades.
Continuación ACTOS Y HECHOS JURÍDICOS. Capacidad Representación Nulidades. Prof. Daniel W. Chaves Universidad de la República - CCEE. Derecho Civil Primer Año Regional Este EVA CCEE - DERECHOS RESERVADOS.
Más detallesRosa Pérez-Villar Aparicio.
Abogada de Familia RÉGIMEN ECONÓMICO DE LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES: Características y Funcionamiento. Despacho Jurídico Pérez-Villar EL RÉGIMEN ECONÓMICO DE LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES Mediante
Más detallesDesde mañana entran en funciones nuevos Juzgados Familiares en Hermosillo
HERMOSILLO, SONORA A 01 DE NOVIEMBRE DE 2018 Poder Judicial del Estado de Sonora Boletín informativo No. 034/18 Hermosillo, Sonora, a 31 de octubre de 2018 Desde mañana entran en funciones nuevos Juzgados
Más detallesFundamentos: Propuesta de modificación: 1. Modificación al artículo Legitimarios.
El Proyecto de Ley que modifica el Código Civil, declarando incapaz de suceder al difunto, a quien ejerce violencia con el adulto mayor, identificado con el Boletín Nº 8528-32, propone, en términos generales,
Más detallesPROGRAMA. Curso de Derecho Concursal
PROGRAMA Tema1:Concurso voluntario y concurso necesario 1. Principios que rigen el procedimiento concursal 2. Juez competente 3. Comunicación del artículo 5 bis de la Ley Concursal 4. El concurso voluntario
Más detallesCAPITULO III EL DIVORCIO
CAPITULO III EL DIVORCIO 3.1 CONCEPTO DE DIVORCIO El Divorcio se puede definir como la disolución del vínculo matrimonial que deja a los cónyuges en la posibilidad de contraer otro matrimonio. También
Más detallesPoder Judicial Estado de Coahuila de Zaragoza GUÍA DE ESTUDIO
Poder Judicial Estado de Coahuila de Zaragoza GUÍA DE ESTUDIO De la tercera etapa de la fase de evaluación de conocimientos, correspondiente al examen de méritos EM-01/2014, como una de las condiciones
Más detallesÍNDICE. CAPÍTULO I. Derecho
ÍNDICE CAPÍTULO I. Derecho Concepto... 19 Derecho Natural y Derecho Positivo... 22 1. Ramas del Derecho Positivo... 22 2. Derecho Público: ramas... 24 Derecho Privado... 25 Concepto... 25 Ramas... 25 Unificación
Más detallesLos internamientos involuntarios desde un punto de vista legal
Los internamientos involuntarios desde un punto de vista legal Sra. Rosa María Méndez Tomás. Magistrada del Jutjat de Primera Instància 32 de Barcelona I. Introducción El internamiento en un establecimiento
Más detallesUniversidad de la República
Universidad de la República PATRIA POTESTAD. Carrera de Tecnólogo Contable Prof. Daniel W. Chaves Ramírez 22/09/2012 1 Power point elaborado a partir de bibliografía y aportes brindados por el Prof. Walter
Más detallesPROGRAMA DE LA ASIGNATURA DERECHO CIVIL PERSONAS Y FAMILIA - CARRERA NOTARIADO FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES - U.N.A
PROGRAMA DE LA ASIGNATURA DERECHO CIVIL PERSONAS Y FAMILIA - CARRERA NOTARIADO FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES - U.N.A LECCION I EL DERECHO. 1. Etimología de la palabra. El derecho y la Moral.
Más detallesMódulo II. Las materias que integran el derecho civil. Profesora María Elena Cobas Cobiella Departamento de Derecho Civil Universidad de Valencia
Módulo II. Las materias que integran el derecho civil. Profesora María Elena Cobas Cobiella Departamento de Derecho Civil Universidad de Valencia TEMA 3. CONCEPTOS BÁSICOS EN SEDE DE DERECHO CIVIL 1. La
Más detallesParágrafo 3º: Actos realizados por persona incapaz o con capacidad restringida Artículo 44. Actos posteriores a la inscripción de la sentencia
Índice general INTRODUCCIÓN LAS INNOVACIONES EN MATERIA DE FAMILIA 1. Divorcio express o por voluntad unilateral 2. Uniones convivenciales a) Pactos de convivencia 1. Efectos de las uniones convivenciales
Más detallesCuáles son los ámbitos de la vida afectados por la modificación de la capacidad de obrar?
Qué fin buscamos al iniciar un procedimiento de modificación de la capacidad de obrar de las personas? Proteger a la persona en aquéllos ámbitos de la vida en los que pueda resultar perjudicada, tanto
Más detallesLA CONVALIDACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS IRREGULARES
LA CONVALIDACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS IRREGULARES José Luis Cortes Recabarren Abogado Fiscal Regional de Obras Públicas Región de Antofagasta Junio 2012 Introducción 1.- Concepto de acto administrativo.
Más detalles