Aprueban Reglamento de Elecciones de los Consejeros del Consejo de Coordinación Local Distrital de Surquillo ORDENANZA Nº 152-MDS
|
|
- Víctor Toledo Zúñiga
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 Aprueban Reglamento de Elecciones de los Consejeros del Consejo de Coordinación Local Distrital de Surquillo Surquillo, 20 de julio de 2005 ORDENANZA Nº 152-MDS EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO POR CUANTO: Fecha de Publicación: 13 de agosto de 2005 El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesión Extraordinaria de la fecha, de conformidad con las disposiciones contenidas en el artículo 9 numeral 34) y el artículo 102 de la Ley Orgánica de Municipalidades, en uso de las facultades conferidas por el artículo 9 numeral 8) y artículo 40 de la Ley citada, con el voto del número legal de miembros del Concejo Municipal y la dispensa del trámite de Comisiones y de aprobación de acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS CONSEJEROS DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL DE SURQUILLO Artículo 1.- Objeto de la Norma.- El presente Reglamento establece los procedimientos para la elección de los Consejeros del Consejo de Coordinación Local Distrital de Surquillo. Artículo 2.- Definición de Consejeros.- Para los efectos de la presente Ordenanza, se entiende por Consejeros a aquellos representantes elegidos por la sociedad civil y legalmente acreditados de las organizaciones sociales de base, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel distrital, quienes se integran al conjunto de regidores de la Municipalidad de Surquillo para conformar el Consejo de Coordinación Local Distrital de Surquillo (en adelante CCLD), previsto como órgano de coordinación y concertación de la Municipalidad Distrital, conforme dispone el artículo 102 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº
2 De acuerdo a lo previsto en el artículo 102 de la Ley citada, la proporción de los consejeros será del 40% (cuarenta por ciento) del número de miembros del Concejo Municipal Distrital, que, para el caso de la Municipalidad de Surquillo, equivale a cuatro (4) representantes. Artículo 3.- Grupos Funcionales.- Los cuatro (4) consejeros serán elegidos de los siguientes grupos de organizaciones: a. Grupo Económico - Productivo e Institucional: Incluye a las asociaciones, gremios o agrupaciones de empresarios o de comerciantes de productos, industriales o de servicios, asociaciones de comerciantes informales, asociaciones de productores, sociedades mercantiles, asociaciones civiles y organismos gubernamentales y no gubernamentales; quienes elegirán un consejero. b. Grupo Territorial: Incluye a las juntas vecinales, asociaciones de pobladores, asociaciones de vivienda, de propietarios, de urbanizaciones o similares, cooperativas de vivienda; quienes elegirán un consejero. c. Grupo Social - Asistencial: Incluye a los clubes de madres, comedores populares, comités del vaso de leche, sindicatos, cunas y guarderías, organizaciones religiosas y fundaciones; quienes elegirán un consejero. d. Grupo Cultural - Deportivo Juvenil: Incluye a las organizaciones juveniles, organizaciones culturales, organizaciones sociales, organizaciones o ligas deportivas, universidades, colegios profesionales, asociaciones de padres de familia; quienes elegirán un consejero. Artículo 4.- Período de Vigencia del Consejero.- Los consejeros son elegidos democráticamente por un período de dos (2) años, no pudiendo ser reelegidos, sino después de transcurrido un período, ni pudiendo participar simultáneamente como consejero local provincial. Artículo 5.- Convocatoria.- Las elecciones se realizarán en un solo acto, en fecha y lugar determinado por Resolución de Alcaldía. Dicho acto determinará además el cronograma de las actuaciones propias del proceso electoral conforme a lo previsto en la presente Ordenanza. Artículo 6.- Comité Electoral.- El Concejo Municipal, por Acuerdo de Concejo y a propuesta del Alcalde designa a los integrantes del Comité Electoral, el cual estará compuesto por dos Regidores, un funcionario municipal y un representante de una organización elegido por sorteo en acto público.
3 El Comité Electoral tiene a su cargo el manejo integral del proceso electoral, participando antes, durante y después del acto electoral, asumiendo así la conducción del proceso electoral citado. Se constituye en la máxima autoridad en el proceso de elecciones, siendo sus decisiones inapelables. Constituyen sus funciones: a) Organizar, dirigir y controlar el proceso electoral con imparcialidad y legalidad. b) Velar porque los participantes ejerzan activa y plenamente su derecho a elegir y ser elegidos en el proceso eleccionario. c) Aprobar el padrón de candidatos. d) Resolver las tachas que se formulen. e) Proclamar a los consejeros elegidos titulares y accesitarios. f) Resolver toda situación no contemplada en la presente Ordenanza. El Comité Electoral debe iniciar sus funciones a partir del día siguiente a la convocatoria a elecciones dispuesta conforme al artículo 5 de la presente Ordenanza, ejerciendo sus funciones en coordinación con la Gerencia de Participación Vecinal. Las funciones del Comité Electoral culminan una vez entregada al Alcalde, mediante informe, la relación de los consejeros electos ante el CCLD. Artículo 7.- Postulaciones.- La elección de los consejeros se realiza por la postulación individual del representante de la organización social que representa, a uno de los grupos funcionales descritos en el artículo 3, debiendo los delegados de cada grupo en sufragio universal, directo y secreto, votar por el representante respectivo, quien será elegido como consejero. Artículo 8.- Requisitos para Candidato a Consejero.- Los requisitos para postular al cargo de Consejero son: a. Tener la organización social a la que representa, personería jurídica, acreditada mediante la inscripción en Registros Públicos.
4 b. Tener la organización social a la que representa tres años de actividad institucional, presencia efectiva, y/o trabajo en el distrito de Surquillo, acreditada documentariamente. c. Tener la representación oficial de la organización debidamente acreditada mediante inscripción registral. En su defecto, se exigirá una comunicación con firma legalizada del representante, adjuntando el 70% de firmas de los miembros integrantes de la organización a la que representa. d. Tener el representante expedito sus derechos ciudadanos. e. Que la organización a la cual representa no tenga demanda judicial pendiente contra la Municipalidad de Surquillo. Se exceptuará temporalmente el requisito contemplado en el literal a), si es que la organización social se encuentra registrada en el Registro Único de Organizaciones Sociales (en adelante RUOS) de la Municipalidad de Surquillo o si es que existe documento privado de su constitución como tal en el que conste la elección de sus representantes y la determinación de las normas internas o estatutos, debiendo necesariamente regularizar su situación jurídica, en el caso que su representante sea elegido consejero, procediendo a la obtención de su personería jurídica a través de la inscripción registral en un plazo no mayor de seis (6) meses contados a partir de la fecha de instalación del CCLD, bajo apercibimiento de declararse la vacancia del representante elegido; en cuyo caso accederá al cargo el consejero accesitario inmediato que es aquel siguiente al ganador que haya obtenido la siguiente votación más alta, de acuerdo con lo señalado en el acta electoral descrita en el artículo 16. Artículo 9.- De la inscripción de candidatos y delegados de organizaciones inscritas en el RUOS.- Las organizaciones sociales inscritas en el Registro Único de Organizaciones Sociales (en adelante RUOS) de la Municipalidad de Surquillo tienen derecho a inscribir como candidato a consejero a un representante de la organización social, siempre que cumpla con los requisitos exigidos por el artículo 8 de la presente Ordenanza. Asimismo, para efectos de la elección, la organización social inscrita en el RUOS deberá acreditar, hasta un día antes de la elección, al delegado de la misma acreditado para participar en el proceso eleccionario.
5 La Gerencia de Participación Vecinal deberá abrir un padrón de candidatos y delegados de organizaciones inscritas en el RUOS, para la inscripción de los mismos para efectos del proceso eleccionario. Artículo 10.- De la inscripción de candidatos y delegados de organizaciones no inscritas en el RUOS.- En el caso de organizaciones sociales no inscritas en el RUOS, la Gerencia de Participación Vecinal será la responsable de abrir un Libro de Registro de Organizaciones Sociales para su participación en la elección de Consejeros al CCLD, quienes también podrán acreditar un candidato a consejero que cumpla con los requisitos dispuestos en el artículo 8 y un delegado para el proceso eleccionario, en la forma descrita en el artículo 9. Para la inscripción en el libro descrito en el párrafo anterior se requiere: a. Solicitud de inscripción, en la que se deberá señalar el domicilio oficial, la nómina del órgano directivo y la persona en quien recae la representación de la organización. b. Copia autenticada por el fedatario de la Municipalidad o legalizada ante notario, de los siguientes documentos: b.1. Acta de Fundación o de Constitución. b.2. Documento en el que conste la determinación de las normas internas o estatutos. b.3. Copia de la ficha de inscripción en Registros Públicos o de otros registros, de contar con ellos. b.4. Documento de identidad del Representante Legal de la organización. b.5. Plano de ubicación del territorio al que corresponda su representación, en el caso de organizaciones a inscribirse en el Grupo Territorial descrito en el artículo 3. La ausencia de cualquiera de los requisitos señalados impide la inscripción en el Libro. Artículo 11.- Derecho a Voto.- Cada uno de los delegados inscritos y acreditados conforme a lo dispuesto en los artículos 9 y 10 tiene derecho a un voto.
6 Artículo 12.- Cierre del Padrón de Candidatos y Asignación de Número.- En la fecha determinada por la Resolución de Alcaldía a que refiere el artículo 5, la Gerencia de Participación Vecinal procederá al cierre del padrón de candidatos a consejeros, clasificándolos conforme a los Grupos Funcionales descritos en el artículo 3 y asignándoles, por sorteo y en presencia del Comité Electoral, un número a cada candidato. Suscrita el acta de determinación final de los candidatos y la asignación del número respectivo por el Comité Electoral, la Gerencia de Participación Vecinal publicará los nombres y el número de los candidatos a Consejeros en el Periódico Mural de la Municipalidad, comunicando a las organizaciones sociales, la posibilidad de interponer tachas contra los mismos, por incumplimiento de alguno de los requisitos contenidos en el artículo 8, dentro del plazo de dos días hábiles siguientes a la publicación. Las tachas son resueltas por el Comité Electoral al día siguiente del vencimiento del plazo de presentación en decisión inapelable. En la fecha de publicación de los nombres de los candidatos a consejeros, la Gerencia de Participación Vecinal publicará también el Padrón de Electores inscritos. Artículo 13.- Acto electoral.- El acto electoral se iniciará con la instalación del Comité Electoral y culminará el mismo día, luego de proclamar a los Consejeros del CCLD. El día de la elección, el Comité Electoral se instalará una hora antes del inicio del sufragio, verificando que la disposición de los espacios de votación y el material electoral se encuentre conforme, suscribiéndose un acta con la siguiente información: a) La fecha y hora de inicio del proceso electoral. b) Determinación de espacios de votación e indicación del material conforme. c) Número de cédulas de votación. d) Observaciones si las hubiere. El acta será suscrita por todos los miembros del Comité Electoral. Artículo 14.- Votación.- Los delegados y/o candidatos debidamente acreditados, ingresarán al local de sufragio durante las horas determinadas en la Resolución de Alcaldía citada en el artículo 5. La
7 elección se realizará sólo con los delegados que se encuentren presentes en el lugar de votación a la hora establecida, donde cada sufragante emitirá su voto. Los sufragantes emitirán su voto en el Grupo o Sector que le corresponde, votando por el representante de su preferencia. Para tales efectos se dispondrán de cuatro (4) ánforas, una por carta grupo funcional descrito conforme al artículo 3. Se considera voto válido cuando el delegado escriba el número del candidato dentro del recuadro. Se considera voto nulo o viciado cuando el delegado escriba dos o más números de candidatos, lo haga completamente fuera del recuadro o contenga marcas o señales fuera del recuadro. Se considera voto en blanco cuando no se escriba el número del candidato dentro del recuadro, ni se haya expresado ninguna voluntad. Artículo 15.- Resultado del Proceso Electoral.- Los candidatos que obtengan el mayor número de votos de los sufragantes concurrentes, en cada uno de los Grupos Funcionales, serán los ganadores. Los candidatos siguientes, en orden descendente, se constituirán en consejeros accesitarios. En caso de producirse empate entre alguno de los candidatos para el cargo de consejero titular, se realizará un sorteo para determinar al elegido. Similar procedimiento será aplicable en el caso de empate de los consejeros accesitarios. Artículo 16.- Acta electoral de culminación.- Al concluir el proceso electoral se levantará el Acta de Culminación que contendrá la siguiente información: a) La hora de conclusión del proceso. b) Relación de candidatos con el resultado de votos obtenidos. c) Si hubiera una observación o impugnación realizada por algún delegado deberá indicar claramente los hechos, debiendo firmar obligatoriamente el Acta. Caso contrario, no se considerará dicha impugnación. d) Firma de los delegados que lo deseen.
8 El Acta será suscrita en tres (3) ejemplares por el Comité Electoral y será distribuida, una para el Presidente del Comité Electoral, una para el Alcalde de la Municipalidad y una para la ONPE. Artículo 17.- Impugnación en la Elección.- Cualquier impugnación presentada por los delegados asistentes contra el resultado de la elección u otra situación que se produzca en el día de la elección, es resuelta por el Comité Electoral en única y definitiva instancia. Artículo 18.- Proclamación y Remisión de Información.- Al término del cómputo final, el Comité Electoral proclamará a los delegados elegidos, elaborando y elevando a la Alcaldía el informe final sobre el desarrollo del proceso eleccionario y los resultados de las elecciones, acompañando el Acta respectiva, para la emisión de la resolución respectiva y entrega de las respectivas credenciales que acrediten a los consejeros como tales. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Para los fines del presente reglamento, y a fin de asegurar la garantía institucional de la autonomía municipal, se considera como Organizaciones de la Sociedad Civil a las organizaciones reconocidas por ley que cuenten con autonomía administrativa y económica y que no estén adscritas, de ningún modo, a ningún órgano o institución del Estado sea éste de nivel nacional, regional o local. Segunda.- El Alcalde queda autorizado para celebrar convenios con las instituciones públicas y privadas correspondientes que permitan garantizar la probidad, legalidad y transparencia del proceso de elecciones de los consejeros, entre ellas, el Jurado Nacional de Elecciones, para que realice la fiscalización del proceso electoral y con la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para que realice la asesoría y asistencia técnica para la organización del proceso electoral. Tercera.- En todo lo que no esté regulado en el presente Reglamento, se aplicará supletoriamente la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº y las Ordenanzas Metropolitanas de Lima reguladoras del procedimiento contenido en la presente Ordenanza, en lo que fuere pertinente. Cuarta.- La Gerencia Municipal, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia de Informática y la Gerencia de Participación
9 Vecinal, quedan encargadas del cabal cumplimiento de la presente Ordenanza. Quinta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde
Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS)
Municipalidad Distrital de Supe Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) Lic. Segundo Walter Cabanillas Gutiérrez Jefe de la División de Participación Vecinal y Asistencia Social Registro Único
Más detallesORDENANZA MUNICIPAL N MDJLBYR. El Alcalde de la Municipalidad Distrital de José Luis Bustamante y Rivero,
ORDENANZA MUNICIPAL N 018-2012-MDJLBYR José Luis Bustamante y Rivero, 2012 Setiembre 28. El Alcalde de la Municipalidad Distrital de José Luis Bustamante y Rivero, POR CUANTO: El Concejo Municipal, en
Más detallesMunicipalidad de Chorrillos
ORDENANZA N 169-MDCH Chorrillos, 24 de Abril del 2010 CHORRILLOS EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE POR CUANTO: 24 de Abril del 2010; El Concejo Municipal de Chorrillos, en Sesión Ordinaria de
Más detallesREGLAMENTO PARA LA ELECCION DE REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL DE CHACLACAYO
REGLAMENTO PARA LA ELECCION DE REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL DE CHACLACAYO. (ORDENANZA Nº 155-2007) TITULO I FINALIDAD Y OBJETIVO
Más detallesAño de la Consolidación Económica y Social del Perú
REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS LOCALES ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN INTERGUBERNAMENTAL I. OBJETIVO Establecer las disposiciones adicionales necesarias para la realización
Más detallesPARTIDO POLÍTICO TODOS POR EL PERÚ
REGLAMENTO ELECTORAL PARA ELECCIÓN DE DELEGADOS REGIONALES Y DELEGADOS DE LIMA METROPOLITANA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto El presente reglamento establece las normas y procedimientos
Más detallesARTICULO 2º.- La designación como miembro del Comité Electoral es irrenunciable y su asistencia es obligatoria durante el proceso eleccionario.
REGLAMENTO PARA LA ELECCION DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE ADMINISTRACION DEL FONDO DE ASISTENCIA Y ESTIMULO DE LA DIRECCION REGIONAL DE SALUD TACNA (CAFAE) PERIODO 2009 2011
Más detallesCAPITULO I GENERALIDADES
REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL SUB-COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE ASISTENCIA Y ESTÍMULO DEL HOSPITAL NACIONAL DOCENTE MADRE NIÑO SAN BARTOLOMÉ CAPITULO
Más detallesMUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO PROYECTO DE ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 296-MSS QUE REGULA LA INSCRIPCIÓN DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES
Más detallesPARTIDO POLITICO NACIONAL PERU LIBERTARIO I.- DEL COMITÉ ELECTORAL NACIONAL
REGLAMENTO DE ELECCIONES INTERNAS PARA ELEGIR A PRECANDIDATOS DE ELECCIÓN POPULAR (DE AUTORIDADES REGIONALES Y MUNICIPALES) QUE SE REALIZARÁ EL DOMINGO 07 DE OCTUBRE DEL 2018 PARTIDO POLITICO NACIONAL
Más detallesREGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL PARA LAS ELECCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA SOCIEDAD PERUANA DE HEMOTERAPIA Y BANCO DE SANGRE
REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL PARA LAS ELECCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA SOCIEDAD PERUANA DE HEMOTERAPIA Y BANCO DE SANGRE TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1º.- El presente Reglamento establece
Más detallesVisto, en la XIII-2004 Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº MSB- CAL de la Comisión de Asuntos Legales.
ORDENANZA N 307 -MSB San Borja, 30.06.2004 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA POR CUANTO: Visto, en la XIII-2004 Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 078-2004-MSB- CAL de la
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE LA UNCP
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE LA UNCP Huancayo - Perú 2018 REGLAMENTO DE ELECCIONES DE DIRECTORES
Más detallesRESOLUCIÓN N TNE/PPK
RESOLUCIÓN N 038 2018 TNE/PPK Convocatoria a proceso de elecciones internas para elegir al cuerpo electoral de delegados de las autoridades partidarias y candidatos en el marco de las Elecciones Regionales
Más detallesREGLAMENTO PARA ELEGIR A LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITE DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA EL PERIODO
REGLAMENTO PARA ELEGIR A LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITE DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA EL PERIODO 2013-2014 En Arequipa, a los 13 días del mes de febrero del 2013, el Comité
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES DE DIRECTIVOS DE FENACREP TITULO I GENERALIDADES
REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES DE DIRECTIVOS DE FENACREP TITULO I GENERALIDADES Artículo 1º Objeto del Reglamento de Elecciones El presente reglamento norma el proceso electoral que se desarrolla anualmente
Más detallesReglamento de Elecciones del Sindicato SINAUT-SUNAT. Proceso Electoral para elección de la Junta Directiva Período
Reglamento de Elecciones del Sindicato SINAUT-SUNAT Proceso Electoral para elección de la Junta Directiva Período 2011-2013 Artículo 1.- El Comité Electoral es el órgano responsable de la organización,
Más detallesREGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO
REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO CAPÍTULO I DEL COMITÉ ELECTORAL Disposiciones Generales Artículo 1.- El Comité Electoral de la Universidad ESAN es la máxima autoridad electoral, es autónomo
Más detallesREGLAMENTO ELECCIONES CONSEJO DE LA SOCIEDAD CIVIL DEL MINISTERIO DE DEFENSA
REGLAMENTO ELECCIONES CONSEJO DE LA SOCIEDAD CIVIL DEL MINISTERIO DE DEFENSA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Ámbito de aplicación. El presente Reglamento regula la elección de miembros del
Más detallesREGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO CAPÍTULO I DEL COMITÉ ELECTORAL
REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO 1 2 3 4 Disposiciones Generales CAPÍTULO I DEL COMITÉ ELECTORAL Artículo 1.- El Comité Electoral de la Universidad ESAN es la máxima autoridad electoral, es
Más detallesPROPUESTA PARA ELABORAR EL PROYECTO DE REGLAMENTO DE ELECCIONES DE APAFA "Institución Educativa " CAPITULO I GENERALIDAD
PROPUESTA PARA ELABORAR EL PROYECTO DE REGLAMENTO DE ELECCIONES DE APAFA 2015-2016. "Institución Educativa " CAPITULO I GENERALIDAD Artículo 1 o.- El presente Reglamento de elecciones tiene por finalidad
Más detallesResolución de Presidencia del Consejo Directivo NO OEFAIPCD
Resolución de Presidencia del Consejo Directivo NO039-2014-OEFAIPCD Lima, 0 7 ABR. 2016, CONSIDERANDO: Que, la Ley N" 27815 - Ley del Código de Ética de la Función Pública establece los Principios, Deberes
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES ESTUDIANTILES ANTE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA PUCP
REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES ESTUDIANTILES ANTE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA PUCP Artículo 1..- El presente Reglamento regula las siguientes elecciones: a) Representantes estudiantiles ante
Más detallestro o i rti ip i o tro Social
oto o e i r p re te oto r p re te oto r p re te oto i ti o oto i ti o oto i ti o I ter t r i I ter t r i I ter t tro o i rti ip i o tro Social MI primer voto MI primer voto #Miprimervoto Queremos promover
Más detallesNOTIFICACIÓN No
NOTIFICACIÓN No. 000298 PARA: PRESIDENTE, VICEPRESIDENTE, CONSEJERAS Y CONSEJERO DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL COORDINADORA TÉCNICA INSTITUCIONAL DIRECTOR GENERAL DE PROCESOS ELECTORALES SECRETARIO TÉCNICO
Más detallesCOLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DEL CUSCO
COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DEL CUSCO REGLAMENTO DE ELECCIONES 2012 CAPÍTULO PRELIMINAR DEL ÁMBITO Y DE LAS DEFINICIONES Artículo Único. Para los efectos del presente Reglamento, se entenderá por: Estatuto
Más detallesFONDO DE EMPLEADOS DE BBVA COLOMBIA FOE ACUERDO No. 001 de 2013 (Enero 17) REGLAMENTO DE ELECCIONES
FONDO DE EMPLEADOS DE BBVA COLOMBIA FOE ACUERDO No. 001 de 2013 (Enero 17) REGLAMENTO DE ELECCIONES Por medio del cual se reglamenta la elección de Delegados a Asamblea General y miembros de Órganos de
Más detallesInformativo de Proceso Eleccionario Directores Laborales Caja de Compensación de Asignación Familiar La Araucana
Informativo de Proceso Eleccionario Directores Laborales Caja de Compensación de Asignación Familiar La Araucana El presente documento ha sido elaborado conforme a la Ley N 18.833, a los actuales Estatutos
Más detallesMODIFICAN EL REGLAMENTO DE LA LEY Nº LEY MARCO DE LOS ORGANISMOS REGULADORES DECRETO SUPREMO Nº PCM
Fecha de Publicación: 14/01/07 MODIFICAN EL REGLAMENTO DE LA LEY Nº 27332 - LEY MARCO DE LOS ORGANISMOS REGULADORES EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27332, Ley Marco
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA
CAPITULO I: DE LA BASELEGAL REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA Art. 1 EI presente reglamento tiene como Base Legal: a) Constitución Política del Perú (artículo Nº 28). b) Ley Universitaria
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES DEL DIRECTORIO NACIONAL DE LA SOCIEDAD DE INGENIEROS DE BOLIVIA CAPITULO I DEFINICIONES
REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL DIRECTORIO NACIONAL DE LA CAPITULO I DEFINICIONES ARTICULO 1º El Presente Reglamento tiene por finalidad regular y establecer el procedimiento de elecciones del Directorio
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES: PROCESO ELECTORAL 2018 VOTO ELECTRONICO NO PRESENCIAL (VENP)
Aprobado en Sesión Extraordinaria del Consejo Directivo del Instituto de Ingenieros de Minas del Perú (IIMP) el 09 de enero de 2018. REGLAMENTO DE ELECCIONES: PROCESO ELECTORAL 2018 VOTO ELECTRONICO NO
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES PARA REPRESENTANTES DE LOS SERVICIOS DE SALUD PRIVADOS, TRABAJADORES DEL SECTOR Y ORGANIZACIONES SOCIALES DE LA COMUNIDAD
REGLAMENTO DE ELECCIONES PARA REPRESENTANTES DE LOS SERVICIOS DE SALUD PRIVADOS, TRABAJADORES DEL SECTOR Y ORGANIZACIONES SOCIALES DE LA COMUNIDAD ANTE EL CONSEJO REGIONAL DE SALUD AYACUCHO. Aprobado en
Más detallesEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE LOJA. Ing. Jorge A. Bailón Abad, ALCALDE CONSIDERANDO:
EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE LOJA. Ing. Jorge A. Bailón Abad, ALCALDE CONSIDERANDO: Que, el I. Concejo Municipal de Loja, expidió la Ordenanza que Constituye y Regula el Funcionamiento
Más detallesDEL COMITE ELECTORAL PRIMERO
, REGLAMENTO DE LAS ELECCIONES Y VOTACIONES PARA ELEGIR A LOS REPRESENTANTES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DE LA EMPRESA SOCIEDAD MINERA CERRO VERDE PARA EL PERIODO 2017 2018 En Arequipa
Más detallesFEDERACIÓN MÉDICA PERUANA REGLAMENTO DE ELECCIONES GENERALES
FEDERACIÓN MÉDICA PERUANA REGLAMENTO DE ELECCIONES GENERALES 2006-2008 Art. 1º La Junta Directiva Nacional Ampliada, ha convocado a Elecciones para renovar la Junta Directiva Nacional y la Juntas Directivas
Más detallesManual Electoral Elecciones Consejo de la Sociedad Civil, SUPERINTENDECIA DE SEGURIDAD SOCIAL.
Manual Electoral Elecciones Consejo de la Sociedad Civil, SUPERINTENDECIA DE SEGURIDAD SOCIAL. En la elección del Consejo podrán participar representantes de organizaciones sin fines de lucro, de carácter
Más detallesPROYECTO DE ORDENANZA DE CONSTITUCIÓN DELIMITACION Y FUNCIONES DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
PROYECTO DE ORDENANZA DE CONSTITUCIÓN DELIMITACION Y FUNCIONES DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES FUNDAMENTO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El presente proyecto de Ordenanza de Constitución y Funciones de las Juntas
Más detallesRESOLUCIÓN N CE/MCJJ
RESOLUCIÓN N 001 2018 CE/MCJJ Convocatoria a proceso de elecciones internas para elegir al Colegio Electoral y candidatos en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018 Huancayo, 08 de mayo
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES PARA EL PROCESO ELECTORAL DEL AÑO 2016 VOTO ELECTRONICO NO PRESENCIAL VENP- DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE ELECCIONES PARA EL PROCESO ELECTORAL DEL AÑO 2016 VOTO ELECTRONICO NO PRESENCIAL VENP- DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente Reglamento establece las normas y procedimientos para
Más detallesCONSIDERANDO ACUERDA CAPITULO I DE LA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES.
REGLAMENTO DE ELECCIÓN DE VOCALES REPRESENTANTES DE LA CIUDADANÍA ANTE EL DIRECTORIO DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE GUARANDA. CONSIDERANDO 1. Que el Art. 225 de la Constitución
Más detallesFONDO DE EMPLEADOS BBVA - FOE ACUERDO No. 002 de 2013 (Julio 18) REGLAMENTO DE ELECCIONES
FONDO DE EMPLEADOS BBVA - FOE ACUERDO No. 002 de 2013 (Julio 18) REGLAMENTO DE ELECCIONES Por medio del cual se reglamenta la elección de Delegados a Asamblea General y miembros de La Junta Directiva del
Más detallesREGLAMENTO DESIGNACION A REPRESENTANTES JUNTAS PARROQUIALES RURALES
REGLAMENTO DESIGNACION A REPRESENTANTES JUNTAS PARROQUIALES RURALES Resolución del Consejo Nacional Electoral 4 Registro Oficial Suplemento 599 de 19-dic.-2011 Ultima modificación: 24-nov.-2016 Estado:
Más detallesEstablecen medidas de prevención de seguridad en la ejecución de obras de edificación y en establecimientos comerciales en el distrito de San Isidro
Establecen medidas de prevención de seguridad en la ejecución de obras de edificación y en establecimientos comerciales en el distrito de San Isidro ORDENANZA Nº 435-MSI (*) De conformidad con el Artículo
Más detallesLEY Nº DE ELECCIONES REGIONALES
LEY Nº 27683 DE ELECCIONES REGIONALES TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto de la Ley La presente Ley regula la organización y ejecución de las elecciones regionales, en armonía con la
Más detallesREGLAMENTO PARA LAS ELECCIONES DE LA ORGANIZACIÓN SINDICAL PERIODO CAPITULO I GENERALIDADES
REGLAMENTO PARA LAS ELECCIONES DE LA ORGANIZACIÓN SINDICAL PERIODO 2016-2019 CAPITULO I GENERALIDADES Artículo 1: El presente Reglamento norma el proceso de elecciones para renovar la Junta Directiva 2016-2019
Más detallesREGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE LOS MIEMBROS DE LOS CONSEJOS DE USUARIOS DE LA SUNASS DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE LOS MIEMBROS DE LOS CONSEJOS DE USUARIOS DE LA SUNASS DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Del Reglamento Electoral El presente Reglamento establece las normas y procedimientos
Más detallesNOTIFICACIÓN No
NOTIFICACIÓN No. 000299 PARA: PRESIDENTE, VICEPRESIDENTE, CONSEJERAS Y CONSEJERO DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL COORDINADORA TÉCNICA INSTITUCIONAL DIRECTOR GENERAL DE PROCESOS ELECTORALES SECRETARIO TÉCNICO
Más detallesANEXO 1: CRONOGRAMA DE PLAZOS APLICABLES A LAS ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES OCTUBRE 2010
ANEXO 1: CRONOGRAMA DE PLAZOS APLICABLES A LAS ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2010 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 03 OCTUBRE 2010 ACTIVIDADES LEY ARTÍCULO FECHA Renuncia
Más detallesREGLAMENTO PARA LAS ELECCIONES
Pág.: 1/5 Los Estatutos de la Federación Española de Sociedades de Archivística, Biblioteconomía, Documentación y Museística (FESABID) regulan la composición, las funciones y el procedimiento de constitución
Más detallesMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA
Título I Título II Título III ORDENANZA QUE REGULA LOS PROCESOS DE PARTICIPACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL 2009-2010 Fines y objetivos Definiciones
Más detallesCOOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CAJA UNION UNION COOPERATIVA
COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CAJA UNION UNION COOPERATIVA REGLAMENTO PARA ELECCION DE DELEGADOS A ASAMBLEAS GENERALES ORDINARIAS DE DELEGADOS ACUERDO No 033 Diciembre 15 de 2012 Por el cual se reglamenta
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES PARA LOS COMITÉS FUNCIONALES
REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES PARA LOS COMITÉS FUNCIONALES ÍNDICE CAPÍTULO I DE LAS ELECCIONES...3 Modificaciones al Reglamento General de los Comités Funcionales del Colegio de Contadores Públicos
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES ESTUDIANTILES ANTE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA PUCP
REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES ESTUDIANTILES ANTE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA PUCP Artículo 1..- El presente Reglamento regula las siguientes elecciones: a) Representantes estudiantiles ante
Más detallesCLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO
CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO SANTIAGO DE CHILE, DICIEMBRE DE 2012 CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO
Más detalles1. Organizaciones políticas regidas por normas de democracia interna: -Partidos políticos. -Movimientos de alcance regional o departamental.
INSTRUCTIVO SOBRE DEMOCRACIA INTERNA PARA LA ELECCIÓN DE CANDIDATOS DE LOS PARTIDOS POLITICOS Y MOVIMIENTOS REGIONALES PARA EL PROCESO DE ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES DEL AÑO 2010 I. OBJETIVO Precisar
Más detallesJurado Nacional de Elecciones Resolución N JNE
Lima, uno de abril de dos mil catorce VISTA la Resolución N. 302-2010-JNE, de fecha 17 de mayo de 2010. CONSIDERANDOS 1. La Ley N. 28094, Ley de Partidos Políticos, establece que la elección de candidatos
Más detallesArtículo 1.- Elección de la Junta Directiva: promoción del proceso electoral.
REGIMEN Y PROCEDIMIENTO ELECTORAL Artículo 1.- Elección de la Junta Directiva: promoción del proceso electoral. La Junta Directiva acordará la promoción del proceso electoral en los siguientes supuestos:
Más detallesCAPITULO I GENERALIDADES
REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE LA COMISIÓN PERMANENTE DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS DE LA SEDE DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA CAPITULO I GENERALIDADES
Más detallesCEPIA REGLAMENTO ELECTORAL CAPITULO I: DE LAS ELECCIONES DEL DIRECTORIO
1 CEPIA REGLAMENTO ELECTORAL CAPITULO I: DE LAS ELECCIONES DEL DIRECTORIO Artículo 1.- FECHA DE LAS ELECCIONES: La elección de los vocales principales y suplentes del directorio se realizará la tercera
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES CONSEJO AZUL. Junio 2018
Proyecto 27/06/2018 REGLAMENTO DE ELECCIONES CONSEJO AZUL Junio 2018 Primero: Se regirán por este Reglamento, las elecciones ordinarias y extraordinarias de Consejeros del Consejo Azul. Segundo: Habrá
Más detallesPROCESO ELECCIONARIO DE CONSEJEROS PARA CONFORMAR EL CONSEJO COMUNAL DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL DE COYHAIQUE PERIODO :
PROCESO ELECCIONARIO DE CONSEJEROS PARA CONFORMAR EL CONSEJO COMUNAL DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL DE COYHAIQUE PERIODO 2016-2020: El Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de
Más detallesBASES SEGUNDA: TERCERA:
CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DEL PERSONAL ACADÉMICO Y DE LOS ALUMNOS ANTE EL CONSEJO DIVISIONAL DE CIENCIAS Y ARTES PARA EL DISEÑO DE LA UNIDAD XOCHIMILCO, DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA
Más detallesDocumentos Exigidos para actualizar la Directiva de Organizaciones Territoriales y Funcionales regidas por la ley
Dirección de Desarrollo Comunitario Programa Organizaciones Comunitarias Documentos Exigidos para actualizar la Directiva de Organizaciones Territoriales y Funcionales regidas por la ley 19.418 Se marcará
Más detallesINTRUCTIVO RENOVACIÓN DE DIRECTIVA ORGANIZACIONES COMUNITARIAS.
INTRUCTIVO RENOVACIÓN DE DIRECTIVA ORGANIZACIONES COMUNITARIAS. Estimado dirigente vecinal, con el objeto de facilitar el proceso de elecciones de su organización, se ha desarrollado el presente instructivo,
Más detallesCONVOCATORIA PARA ELECCIÓN DE DELEGADOS AL XXX CONGRESO GENERAL ORDINARIO CONVOCATORIA
CONVOCATORIA PARA ELECCIÓN DE DELEGADOS AL XXX CONGRESO GENERAL ORDINARIO EL CONSEJO GENERAL DE REPRESENTANTES DEL STUNAM, DE ACUERDO CON LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 33, INCISO g) DEL ESTATUTO,
Más detalles1. Organizaciones políticas regidas por normas de democracia interna: -Partidos políticos. -Movimientos de alcance regional o departamental.
INSTRUCTIVO SOBRE DEMOCRACIA INTERNA PARA LA ELECCIÓN DE CANDIDATOS DE LOS PARTIDOS POLITICOS Y MOVIMIENTOS REGIONALES PARA EL PROCESO DE ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES DEL AÑO 2010 I. OBJETIVO Precisar
Más detallesORDENANZA MUNICIPAL N /MDP. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PULLO
ORDENANZA MUNICIPAL N 001.2009/MDP. Pullo, 16 de Enero del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PULLO VISTO: El acuerdo de Concejo de Sesión Ordinaria celebrada con fecha 15 de Enero del 2009,
Más detallesGOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO SOCIAL SUB GERENCIA DE LA JUVENTUD Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD
REGLAMENTO DE ELECCIONES 2016 CONSEJO REGIONAL DE LA JUVENTUD DE UCAYALI Capítulo I Aspectos Generales Artículo 1º.- Objetivo Establecer las pautas, metodologías y el proceso eleccionario de representación
Más detallesPRIODO CAPITULO I GENERALIDADES
REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES PARA EL SUB COMITÉ DE ADMINISTRACION DE FONDOS DE ASISTENCIA Y ESTIMULO (SUBCAFAE) DEL HOSPITAL MARIA AUXILIADORA PRIODO 2016-2017 CAPITULO
Más detallesMUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES
El Peruano / Martes 31 de enero de 2017 NORMAS LEGALES 39 Sorteo de Integrantes de los miembros de Mesa (área) Proceso Electoral (Onpe) Proclamación de Candidatos 1479976-1 PROCESO DE ELECCIÓN DE LOS NUEVOS
Más detallesORDENANZA MUNICIPAL N MDJLBYR. El Alcalde de la Municipalidad Distrital de José Luis Bustamante y Rivero,
ORDENANZA MUNICIPAL N 019-2012-MDJLBYR José Luis Bustamante y Rivero, 2012 Setiembre 28. El Alcalde de la Municipalidad Distrital de José Luis Bustamante y Rivero, POR CUANTO: El Concejo Municipal, en
Más detallesREGLAMENTO ESPECIAL PARA LA CONVOCATORIA, ELECCION Y NOMBRAMIENTO
Nombre: REGLAMENTO ESPECIAL PARA LA CONVOCATORIA, ELECCION Y NOMBRAMIENTO DE LOS MIEMBROS DE LA ASAMBLEA DE GOBERNADORES Y DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL BANCO DE DESARROLLO DE EL SALVADOR DECRETO No. 184.-
Más detallesC O N V O C A T O R I A
C O N V O C A T O R I A ELECCIÓN EXTRAORDINARIA DE REPRESENTANTES PROPIETARIOS Y SUPLENTES DE LOS ALUMNOS POR LOS DEPARTAMENTOS DE PROCESOS PRODUCTIVOS, RECURSOS DE LA TIERRA, Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN
Más detallesCOOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE LOS EMPLEADOS DE LA CORPORACION FINANCIERA NACIONAL CORFINAL
COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE LOS EMPLEADOS DE LA CORPORACION FINANCIERA NACIONAL CORFINAL La Asamblea General de Socios de la Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Empleados de la Corporación Financiera
Más detallesCONVOCATORIA I) B A S E S
CONVOCATORIA PARA ELECCIÓN DE DELEGADOS AL XXVIII CONGRESO GENERAL ORDINARIO 1 EL CONSEJO GENERAL DE REPRESENTANTES DEL STUNAM, DE ACUERDO CON LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 33, INCISO g) DEL
Más detallesREGULAMENTO ELECTORAL GENERAL PARA LA ELECCIÓN DE COMISIONES EN LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE ENXEÑEIROS DE CAMIÑOS, CANAIS E PORTOS DA UNIVERSIDADE
REGULAMENTO ELECTORAL GENERAL PARA LA ELECCIÓN DE COMISIONES EN LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE ENXEÑEIROS DE CAMIÑOS, CANAIS E PORTOS DA UNIVERSIDADE DA CORUÑA Aprobado en Xunta de Escola o día 2 de marzo
Más detallesARTÍCULO 32 REFERENTE AL PROCEDIMIENTO DE LAS ELECCIONES DEL ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN DE MINAS, METALURGISTAS Y GEÓLOGOS Y DE MÉXICO, A.C.
MODIFICACIÓN DE LOS INCISOS a), d), j), k), l), m), n), y r) DEL ARTÍCULO 32 REFERENTE AL PROCEDIMIENTO DE LAS ELECCIONES DEL ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN DE MINAS, METALURGISTAS Y GEÓLOGOS Y DE MÉXICO, A.C.
Más detallesELECCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA SPO BIENIO COMUNICADO Nº5 TITULO 1 DISPOSICIONES GENERALES
ELECCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA SPO BIENIO 2017 2019 COMUNICADO Nº5 REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL PARA LAS ELECCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA SOCIEDAD PERUANA DE OFTALMOLOGIA BIENIO 2017 2019
Más detallesLima, 20 de de Junio de del
Firmado digitalmente por CASTILLO MEZA Adolfo Carlo Magno FAU 20291973851 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 20.06.2018 17:41:58-05:00 Lima, 20 de de Junio de del 2018 2018 Decenio de la Igualdad
Más detallesCONVENIO DE COOPERACiÓN TÉCNICA ELECTORAL ENTRE LA OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Y LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO
.1 CONVENIO DE COOPERACiÓN TÉCNICA ELECTORAL ENTRE LA OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Y LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO,! I i}',.' 'l', ~'. Conste por..elpresente documento, el Convenio
Más detallesELECCIONES AGOSTO 2016 REGLAMENTO ELECTORAL
ELECCIONES AGOSTO 2016 REGLAMENTO ELECTORAL ELECCIONES AGOSTO 2016 REGLAMENTO ELECTORAL TÍTULO I MIEMBROS Y FUNCIONES DEL COMITÉ ELECTORAL DEL COMITÉ ELECTORAL Artículo 1.- El Comité Electoral es el órgano
Más detallesPARA EL PERÍODO
CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE CONSEJEROS TÉCNICOS REPRESENTANTES DE LAS Y LOS ALUMNOS ANTE EL H. CONSEJO TÉCNICO DE LA ESCUELA NACIONAL DE LENGUAS, LINGÜÍSTICA Y TRADUCCIÓN PARA EL PERÍODO 2018-2020
Más detallesUNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE ELECCIONES
UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE ELECCIONES Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: DIRECCIÓN DE PROCESOS ACADÉMICOS Y NORMATIVA Santiago Gangotena G. RECTOR CONSEJO UNIVERSITARIO Fecha:
Más detallesREGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DEL REPRESENTANTE DE LOS EGRESADOS AL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE PAMPLONA CAPITULO I ÁMBITO DE APLICACIÓN
REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DEL REPRESENTANTE DE LOS EGRESADOS AL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE PAMPLONA CAPITULO I ÁMBITO DE APLICACIÓN ARTICULO 1. El presente Reglamento Electoral se aplicará
Más detallesTUPA JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
TUPA JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Transacción SARAWEB: 9650 Efectivo / Cheque CÓDIGO CONCEPTO Inscripción de Organizaciones Políticas Locales (de alcance provincial o distrital) NUEVO IMPORTE AL REDONDEO
Más detalles1.2. Los aspirantes deben registrarse y participar en el proceso, en los términos de estos lineamientos y la convocatoria de la elección.
REGLAS PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO CONSULTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. 1. Disposiciones generales 1.1. El Presidente
Más detallesEDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA Y DE LOS CENTROS PÚBLICOS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL. (CORREGIDO) ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL
MARCO NOATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN DECRETO 328/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LAS ESCUELAS INFANTILES DE SEGUNDO CICLO, DE LOS COLEGIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA, DE
Más detallesPUBLICADA EL 19 DE ENERO DE 2014 EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO LEY DE LAS ORGANIZACIONES DE USUARIOS DE AGUA LEY 30157
PUBLICADA EL 19 DE ENERO DE 2014 EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO LEY DE LAS ORGANIZACIONES DE USUARIOS DE AGUA LEY 30157 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la
Más detallesCOMISIÓN ESTATAL DE PROCESOS INTERNOS GUANAJUATO
PROCESO INTERNO DE POSTULACIÓN DE CANDIDATOS A PRESIDENTES MUNICIPALES, PARA EL PERIODO CONSTITUCIONAL 2015-2018. CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA ELECTORAL TERRITORIAL PARA LA ELECCIÓN DE DELEGADOS ELECTORES
Más detallesAprueban Reglamento de Elecciones de los representantes de los Gobiernos Locales ante el Consejo de Coordinación Intergubernamental
Aprueban Reglamento de Elecciones de los representantes de los Gobiernos Locales ante el Consejo de Coordinación Intergubernamental Lima, 2 de marzo de 2010 VISTOS: RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN
Más detallesGOBIERNO REGIONAL PIURA
GOBIERNO REGIONAL PIURA GERENCIA REGIONAL DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL REGLAMENTO PARA LA PARTICIPACION DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN
Más detallesDECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA.
MARCO NOATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN DECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA. (Corregido) REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS
Más detallesI. FINALIDAD AMBITO DE APLICACIÓN
1 REGLAMENTO DE ELECCIONES PRIMARIAS DE EL FRENTE AMPLIO POR JUSTICIA, VIDA Y LIBERTAD PARA CANDIDATOS A LAS ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES DE OCTUBRE 2018 I. FINALIDAD Artículo 1.- El presente Reglamento
Más detallesORDENANZA REGIONAL N GRU/CR
ORDENANZA REGIONAL N 002-2004-GRU/CR Pucallpa, 26 Marzo del 2004 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI, en sesión Ordinaria de fecha 18 de Marzo del
Más detalles19 de octubre LUNES 20 de octubre MARTES 22 de octubre MIÉRCOLES
19 de octubre 20 de octubre MARTES 22 de octubre 27 de octubre MARTES 28 de octubre 11 de noviembre 12 de noviembre JUEVES 16 de noviembre 26 de noviembre JUEVES 27 de noviembre VIERNES 30 de noviembre
Más detallesAPRUEBAN DIRECTIVA QUE ESTABLECE CRITERIOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES DE BASE
APRUEBAN DIRECTIVA QUE ESTABLECE CRITERIOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES DE BASE RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 373-2003-SUNARP-SN Lima, 24 de
Más detalles