Consejo Universitario
|
|
- Adolfo Ruiz Castro
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 Universidad Técnica de Ambato Consejo Universitario Av. Colombia 02'II y Chile (Cdlo- íngohurco)* Teléfonos: 593 (03) / 'Fax: Ambato - Ecuador RESOLUCIÓN: 1859-CU-P-2015 El Honorable Consejo Universitario de la Universidad Técnica de Ambato, en sesión ordinaria efectuada el jueves 01 de octubre del 2015, visto el oficio DIRENI , de septiembre 25 de 2015, suscrito por el Arquitecto M.Sc.T., Director de Reiaciones Nacionales e Internacionales encargado, solicitando se autorice la suscripción dei "CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN interinstituclonal CELEBRADO ENTRE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO YCELEC EP-UNIDAD DE NEGOCIO HIDROAGOYÁN", soliciudo por el Ingeniero Carlos Meléndez Tamayo, Director de la Dirección de Educación a Distancia y Virtual. RESUELVE: 1. Autorizar ai señor Rector, la suscripción dei "CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUClONAL CELEBRADO ENTRE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO Y CELEC EP-UNIDAD DE NEGOCIO HIDROAGOYÁN". 2. De la ejecución de la presente resolución encárguese la Dirección de Relaciones Nacionales e internacionales-direni, y la Dirección de Educación a Distancia y Virtual, en el marco de sus competencias, quienes deben coordinar las acciones necesarias con las demás Unidades Administrativas y Académicas para su adecuado y efectivo cumplimiento. Ambato octubre 1, 2015 Dra. MA. Adriana Reinoso Núñez PRESIDENTA ( E ) DEL H. CONSEJO UNIVERSIDAD TÉCNICA DEAMBATO Sp^sé I^mo Santana TARIO (GENERAL copiisi Rectorado DEaD rscnrc DIRENI Procurador DIF1N Auditor Interno
2 UNIVERSIDAD TECNICA DE AMBATO DIRECCIÓN DE RELACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES Av. Colombia y Chile (Cdla Ingahurco) Telefax (593) ext. 230/231»Casilla « conveniosia>uta edu.ec/ Ambato-Ecuador Ambato septiembre 25,2015 DlRENl Ingeniero Jorge León Mantilla PRESIDENTE ENCARGADA HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO Presente o ( s De mi consideración: Mucho agradeceré a usted se sirva realizar el trámite pertinente con el fin de que el Honorable Consejo Universitario autorice la suscripción del "CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUaONAL CELEBRADO ENTRE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO Y CELEC EP-UNIDAD DE NEGOCIO HIDROAGOYAN.", solicitado por el Ingeniero Carlos Meléndez Tamayo, Director de la Dirección de Educación a Distancia y Virtual, mediante oficio DEAD-D del 26 de agosto del Con sentimientos de consideración y estima. Cordialmente, I^WReccíwiocREiAaowsy WSmuCJOfciLES OfflPI Víctor Hugo Molina, Arq. M.Sc.T. DIRECTOR RELACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES (E) Referencia: oficio DEaD-D (08-26) oficio D RENl (09-07] oficio UTA-P (09-21) convenio marco cooperación interinstitucional UTA-CELEC resumen ejecutivo cf< Anexo: lo indicado (documentos de referencia) VHM/sd rectorado honorable CONSEJO UNIVERSITARIO Juntos consttuywtdo la jnejor Umwefsidad del país. UNIVERSIDAD TECNICA DE AMBATO Tclcfono(s): Documento No.: UTA-R E Hecha : :28:38 GMT-05 Recibido por : Oscar Freddy López Vallejo Para verificar el estado de su documento ingrese a con el usuario: " "
3 UNIVERSIDAD TECNICA DE AMBATO DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN A DISTANCIA Y VIRTUAL Ambato - Ecuador Oficio DEaD-D-317 Ambato, 26 de agosto del 2015 Doctor Galo Naranjo López. RECTOR UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO Presente. Distinguido Señor Rector: UNIVERSíD'vv:. técnica DE AMBATO OECRFrARIAOlREI AMeM-.. FechíO 7 SET. Rrmo: Reciba un cordial y atento saludo, adjunto a usted, el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional celebrado entre la Universidad Técnica de Ambato y CELEC EP - Unidad de Negocio Hidroagoyán, para su revisión y proceso correspondiente. f <7 (UiM Con sentimientos de consideración y estima suscribo. ECTORADO RELACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES Juntos cqpstfuyendo la ttiejor Ury^rsiaad del pais. lúg^arlo^ Meléndez Tamayo, Ph.D. DIRECTOR Adjunto: Convenio (6h) UNn'ERSIElADTEQaCADE.AifflATO / Td S)ocKi):052521C8I / DoCTm*ntoNo.: UTA.-R S-E Fecha : 2015-OS-;6 15;12::S GMI-05 K^cihtdo por :.Aiexandra ^rtherjiw Amaluica Rend» Para vaificar eí estado de ai documento itereie a bítu: '/documentos.uc2.e<iu.ec cc«s el usuario "lklq733cdl" Dirección: Campus Universitario Huachi, Av. Los Chasquis y RioPayamino, Edificio Epsilón(nüevo edificio de Ciencias Administrativas] Teléfono: (03) Ext educacionvirtual@uta.edu.ec OIRECCidKDE EDUCACIÓN A DISTANCIA YVIRTUAL Sf-l.
4 UNIVERSroAD TECNICA DE AMBATO DIRECCIÓN DE RELACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES Av. Colombia ychile (Cdia. inflahureo). Teiefex {593) ext. 230/231. Casiiia 18^ E-maii: convefiios L Ambato-Ecuador Ambato septiembre 07,2015 DIRENI Doctor Ángel Polibio Chaves PROCURADOR UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO Presente De mi consideración: Para su conocimiento y con el fin que emita su criterio jurídico referente a los términos utilizados en el borrador del CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL CELEBRADO ENTRE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO Y CELEC EP-UNIDAD DE NEGOCIO HIDROAGOYAN", solicitado el Ingeniero Carlos Meléndez Tamayo, Director de la Dirección de Educación a Distancia yvirtual, medíante oficio DEaD-D del 26 de agosto del 2015, Con sentimientos de consideración y estima. Cordialmente, V w/írj y VíctorHugo Molina, Arq.M.Sc. T. DIRECTOR RELACIONES NACIONALES EINTERNACIONALES (E) Referencia: oficio DEaD-D (08-26) Anexo: documentos de referencia (siete hojas hábiles) VHM/sd UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO PROCURADURIA 10SEP RECIBIDO POR HORA:
5 UNIVERSIDAD TECNICA DE AMBATO PROCURADURIA Ambato, 21 de septiembre de 2015 UTA-P S Arq. M.Sc. T. Víctor Hugo Molina DIRECTOR REUCIONES NACIONALES E INTERNACIONALES (E) Presente. "' ^ AMBA-TOi BWtlU. 5g(-RgxAS)ADiREI { De mi consideración.- I-"'- Vsáii-:J±~ En respuesta al Oficio DlRENI , de fecha 07 de septiembre de 2015, en que se solicita el criterio jurídico referente a los términos utilizados en el "CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL CELEBRADO ENTRE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO YCELEC EP-UNIDAD DE NEGOCIO HIDROAGOYÁN", se emite el siguiente criterio: BASE LEGAL Constitución del Ecuador 2008 Art El Estado garantizará la formación y capacitación continua de las servidoras y servidores públicos a través de las escuelas, institutos, academias y programas de formación o capacitación del sector público; y la coordinación con Instituciones nacionales e internacionales que operen bajo acuerdos con el fsfodo. Estatuto de la Universidad Técnica de Ambato Art. 2. Fines y Principios La Universidad Técnica de Ambato tendrá los siguientesfines: (...) b) Fortalecer en las y los estudiantes un espíritu reflexivo orientado al logro de la autonomía personal, en un marco de libertad de pensamiento y de pluralismo ideológico; (...) d) Formar académicos y profesionales responsables, con conciencia ética y solidaria, capaces de contribuir al desarrollo de las instituciones de la República, a la vigencia del orden democrático, y a estimular la participación social; Art. 3. (...) El Estado garantiza el financiamiento de la Universidad Técnica de Ambato, sin perjuicio de que sus actividades universitarias puedan ser solventadas económicamente a través de programas académicos, culturales, convenios con Instituciones públicas y privadas nacionales y extranjeras, consultarías, proyectos, donaciones.(...) Artículo 21.- Atribuciones y responsabilidades.- Son atribuciones y responsabilidades del Honorable Consejo Universitario: 1.- Autorizar al Rector/a la suscripción de contratos y convenios, en el marco de la normativa vigente, aplicable a cada caso.
6 Articulo 28.- Atribuciones y Responsabilidades del Rector a.- Ejercer la representación legal, judicial y extrajudicial de la Universidad. b.-cumplir y hacer cumplir la constitución de la República del Ecuador, leyes de la República, el presente estatuto y las resoluciones del Honorable Consejo Universitario. CAPÍTULO 3. DELA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN A DISTANCIA YVIRTUAL Art. 91. De la Misión Planificar, organizar, dirigir, evaluar y retroalimentar el sistema académico de educación a distancia y virtual, en el ámbito de la Planificación Educativa, Sistema Tutorial y Administración de Plataforma Virtual, ejecutando procesos de programación de las actividades académicas y verificación de su cumplimiento; y, de estandarización y mejoramiento de los procedimientos académicos de los programas de carrera de tercer nivel, cursos de educación continua desarrollado en la modalidad a distancia y virtual, acorde con la demanda de la sociedad. Reglamento General del Sistema de Educación a Distancia y Virtual De La Universidad Técnica De Ambato Articulo 2. Finalidad.- La Dirección de Educación a Distancia y Virtual tiene como finalidadformar, capacitary especializar a docentes, estudiantes, personal administrativo, trabajadores y público en general con acceso a estudios orientados a la realización personal, ciudadana, para toda la vida, con significación social en los niveles de grado, postgrado y educación continua, en las diversas modalidades: presencial, a distancia, virtual y Bleaming, con la utilización de ayudas didácticas, recursos tecnológicos y metodológicos que faciliten los procesos académicos, de investigación y vinculación con la colectividad, bajo los principios de calidad, equidad, pertinencia y sostenibilidad y mediante el establecimiento de un sistema de educación continua. ANALISIS En la cláusula duodécima, referente a COMUNICACIONES, es necesario cambiar la ciudad del domicilio pues consta que "las partes fijan su domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito", siendo las direcciones que se detallan a continuación de la ciudad de Ambato y Baños. CONCLUSIONES La Procuraduría recomienda la suscripción del "CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL CELEBRADO ENTRE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO YCELEC EP-UNIDAD DE NEGOCIO HIDROAGOYÁN" previa consideración de la puntualización realizada en el presente dopjwsimrpet^er procedente y encontrarse amparado en la normativa legal vigente. Atentamente, r,., An»el Polibio Chaves PROCURADOR-UTA. APCH/gpsc
7 1-1=1-1=1- GP Cerporaci6n Eléctrica del Ecuador UNIDADDE NEGOCIOHIOROAGOYÁN DIRECCIÓN DE tducackíjn A DISTANCIA Y VIRTUAU CONVENIO MARCO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL CELEBRADO ENTRE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO Y CELEC EP - UNIDAD DE NEGOCIO HIDROAGOYAN Comparecen a la suscripción del presente Convenio de Cooperación Interinstitucional, por una parte la Universidad Técnica de Ambato [UTA), representada por el Dr. Galo Naranjo López, en su calidad de Rector, y como tal Representante Legal de la UTA; y, por otra parte, la Empresa Publica Estratégica Corporación Eléctrica del Ecuador CELEC EP, y por ésta la Unidad de Negocio Hidroagoyán, representada por su Gerente Ing. Nelson Mauricio Caicedo Villota, quien actúa además, en su calidad de Mandatario Especial del Representante Legal de la Corporación, según obra del Poder Especial conferido el 02 de abril del 2013, en la Notaría Vigésimo Tercero del Cantón Quito; quienes han convenido en la celebración de un Convenio Marco de Cooperación interinstitucional, fundamentadas las partes, en las siguientes cláusulas: Primera - ANTECEDENTES: La Universidad Técnica de Ambato (UTA) es una entidad, con personería jurídica autónoma, de derecho público, sin fines de lucro, con domicilio en el la ciudad de Ambato. Se rige por la Constitución de la República, la Ley Orgánica de Educación Superior, Reglamento General, otras leyes conexas, y particularmente por sus Estatutos, los reglamentos e instructivos, expedidos por los órganos propios de su gobierno y las resoluciones administrativas de sus autoridades. La Universidad Técnica de Ambato forma profesionales críticos de nivel superior, comprometidos con la verdad, justicia, equidad, solidaridad, valores éticos y morales; genera ciencia, conocimiento, tecnología, cultura y arte; y crea espacios para el análisis y solución de los problemas nacionales. A través de sus Facultades, ofrece la posibilidad de obtener títulos y grados, en diferentes disciplinas científicas, técnicas, artísticas, humanistas y sociales. La Universidad Técnica de Ambato (UTA) a través de la Dirección de Educación a Distancia y Virtual (DEaDV); tiene como una de sus finalidades, impartir conocimientos y desarrollar actividades académicas que propendan a la actualización permanente de los conocimientos de la propia Comunidad Universitaria, de los egresados de la Institución, de otros centros de educación superior, del personal de las empresas públicas y privadas del País, de grupos sociales organizados y de usuarios en general. La Unidad de Negocio Hidroagoyán, es una de las Unidades de Negocio de la Empresa Pública Estratégica Corporación Eléctrica del Ecuador CEPEC EP, es la encargada de la administración de la producción de las centrales Agoyán, Pucará y San Francisco. La Unidad de Negocio Hidroagoyán, ha manifestado su interés en que la Dirección de Educación a Distancia y Virtual (DEaDV) de la Universidad Técnica de Ambato (UTA), capacite en los distintos
8 Corpo'ocidn Eléctrica dol Ecuador UNIDADDE NEGOCIOHIDROAGOYÁN ótrección de iiio"ú Ác:iC!>Kj a DISTANCIA Y VIRTUAL. ámbitos del conocimiento que maneja la DEaDV - UTA, tanto en la modalidad de cursos abiertos al público como en la modalidad de cursos cerrados exclusivos para Hidroagoyán. Consecuente con lo anterior, reconociendo el valor de la cooperación interinstitucional, se ha acordado que el presente Convenio se sujete a los términos de las cláusulas que a continuación se establece. El artículo 226 de la Constitución de la República prescribe que las Instituciones del Estado, sus organismos y dependencias tendrán el deber de coordinar sus acciones para el cumplimiento de sus fines; y el artículo 234 dispone que "El Estado garantizará la formación y capacitación continua.'a sus servidoras y servidores públicos a través de las escuelas, institutos, academias, programas de formación o capacitación del sector público; y la coordinación con institutos nacionales o internacionales que operen bajo acuerdos con el Estado". Segunda.- OBJETO: El presente convenio tiene por objeto que la DEaDV - UTA provea sus servicios de capacitación a entera satisfacción de los funcionarios de la Unidad de Negocio Hidroagoyán, en los diferentes cursos que Hidroagoyán lo requiera y que la DEaDV - UTA esté en posibilidad de realizar. Tercera.- OBLIGACIONES GENERALES DE LAS PARTES: Nombrar administradores, uno por cada parte, de manera que ellos solucionen cualquier tipo de requerimiento o novedades que surgieran en la ejecución del convenio. a) Responsabilidades de la Universidad Técnica de Ambato (UTA) La Universidad Técnica de Ambato (UTA), a través de la Dirección de Educación a Distancia y Virtual (DEaDV) coordina, realiza capacitación continua y consultoría, y asume las siguientes responsabilidades en este convenio: 1. Entregar a la Unidad de Negocio Hidroagoyán el cronograma de los ciclos de capacitación en modalidad abierta. 2. En caso de que Hidroagoyán requiera un curso personalizado, la DEaDV - UTA realizaiá los estudios necesarios para conocer su factibilidad y brindará una respuesta al requerimiento de la Unidad de Negocio Hidroagoyán en un plazo máximo de 5 días hábiles contados a partir de la presentación del requerimiento 3. Facilitar los recursos e instalaciones necesarias para el buen desempeño de los cursos y programas acordados. 4. Realizar la reserva de cupos para los cursos modalidad abierta en los que los funcionarios de Hidroagoyán manifiesten formalmente participar, sujetos siempre a la disponibilidad de cupos. 5. Emitir los certificados que fueren del caso en las capacitaciones realizadas, a Ins
9 Corporación Eléctrica del Ecuodi UNiDAD DENEGOCIOHIDROAGOYÁN DIRECCK^NDE lioucaclón A DISTANCIA Y VIRTUAL estudiantes que hayan cumplido con todos los requerimientos de aprobación de los eventos de capacitación. 6. Suscribir los convenios específicos que se requieran a través de la DEaDV- UTA. b) Responsabilidades de la Unidad de Negocio Hidroagoyán 1 Cumplir con todos los procedimientos académicos contemplados por la Dirección de Educación a Distancia y Virtual (DEaDV] de la Universidad Técnica de Ambato (UTA] en los cursos en que participen los funcionarios de Hidroagoyán. 2. Brindar oportunamente toda la información necesaria para que la Dirección de Educación a Distancia y Virtual (DEaDV] pueda gestionar para los estudiantes de Hidroagoyán la información de inscripción empresarial e individual de los funcionarios que participarán en los eventos de capacitación. 3. De requerir cursos especializados brindar la información necesaria a la DEaDV - UTA, para su factibilidad. 4. Realizar el pago de cada acuerdo específico en un plazo máximo de 5 días antes de que se inicie el curso o programa. 5. Suscribir los convenios específicos que se requieran. c) Obligaciones Mutuas 1 Contribuir al logro del objetivo general del presente convenio mediante el aporte de recursos técnicos, logísticos y humanos necesarios. 2. Definir las acciones específicas que se puedan realizar para el cumplimiento del objeto de este convenio. 3. Establecer, las áreas técnicas y administrativas de asesoría o gestión, que pueden ser objeto de la cooperación institucional, dentro del marco del presente convenio 4. Brindar las facilidades necesarias para el desarrollo de las actividades de cooperación, tales como el acceso a la información disponible o a los servicios con que cuentan las dos instituciones. Cuarta.- CONVENIOS ESPECÍFICOS: Para llevar a efecto los mecanismos de cooperación antes enunciados, las partes convienen en celebrar convenios de colaboración específicos.
10 Corporación Eléctrica del Ecuador UNIDAD DENEGOCIO HIDROAGOYÁN direccian de eeuuoackdn a DISTANCIA Y VIRTUAL Las partes dejan establecido que la ejecución del presente Convenio Marco, asi como de los acuerdos específicos que de él se deriven, se regirán de conformidad a lo que establezcan los ordenamientos jurídicos vigentes para cada parte, antecedente que condicionará la suscripción de los mismos. En los convenios específicos que se suscribirán se harán constar las particularidades, costos y especificaciones del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, las normas del presente convenio de cooperación se las tendrán incorporadas al convenio específico. Cada convenio específico para ser ejecutado, deberá ser cancelado en el plazo previsto en la cláusula tercera de este convenio para poder ejecutarel siguiente convenio específico. Quinta." PLAZO: El presente Convenio entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción y tendrá una vigencia de 365 días, y podrá ser renovado mientras subsista el interés de las partes que lo suscriben, salvo que cualquiera de las partes manifieste su voluntad contraria, caso en el cual deberá remitirse una comunicación escrita con una antelación de por lo menos 15 días a la fecha de su terminación, hecho que no afectará la conclusión de los trabajos en desarrollo que hayan sido acordados con anticipación. Sexta.-TERMINACIÓN: El presente Convenio podrá darse por terminado: a) Por incumplimiento del objeto del presente convenio. b) Por incumplimiento de pago a partir de dos facturas, siempre que este incumplimiento sea imputado a la Unidad de Negocio Hidroagoyán. c) En cualquier tiempo, por una de las partes, por causales plenamente justificadas que imposibiliten el cumplimiento de las obligaciones contraídas, a través de una comunicación escrita a la otra parte, realizada dentro de los treinta días posteriores de detectada la imposibilidad d) Cuando las partes de común acuerdo decidan dar por terminado el convenio; e) De forma unilateral, por incumplimiento de cualquier obligación constante en este instrumento. En este caso, cuando una de las partes considere que la otra no ha cumplido con los términos del presente convenio, solicitará a la otra, por escrito, efectúe las rectificaciones y enmiendas que fueren del caso. De no existir acuerdo entre las partes, aquella que se considere afectada o perjudicada en sus intereses, podrá dar por terminado en forma unilateral el presente Convenio, notificando por escrito a la otra parte su voluntad con por lo menos treinta días de anticipación, por medio público institucional, previa notificación y fundamento. f) La terminación del Convenio no afectará al desarrollo de los Convenios Específicos en Ejecución. Séptima." INTERPRETACIÓN DE TÉRMINOS: Los términos contenidos en este Convenio o en cualquier documento o instrumento relacionado
11 l-l=l-«zi- Gl=> Corporación l ctrica del Ecuador UNIDAD DENEGOCIO HIDROAGOYÁN DIRECCIÓN DE t DUÓACr<ÓN A DISTANCIA V VIRTUAL con éste, deberán interpretarse conforme a las definiciones legales o técnicas y a la intención de las partes. Octava." CONTROVERSIAS: Las partes convienen en que cualquier desacuerdo generado de la interpretación o aplicación del presente Convenio Marco o de sus acuerdos particulares, se resolverá a través de la consulta directa u otra modalidad que de mutuo acuerdo se convenga. En caso de no lograrse una solución a la divergencia surgida, los máximos personeros de cada entidad serán los competentes para viabilizar el correspondiente acuerdo o arreglo a la controversia, antes de recurrir a los procedimientos de Mediación y Arbitraje establecidos en la Ley de la materia. Novena.- MODIFICATORIAS: El presente convenio podrá ser modificado por mutuo acuerdo entre las partes, a petición de cualquiera de ellas y previa aceptación entrará en vigencia en la fecha que en que se suscriba el correspondiente anexo o convenio modificatorio. Décima." PROPIEDAD INTELECTUAL El contenido de los cursos son de exclusiva propiedad de la Universidad Técnica de Ambato, por lo cual se prohibe a la Unidad de Negocio Hidroagoyán, realizar su uso total o parcial. Undécima." DOCUMENTOS HABILITANTES Se adjunta al presente convenio, en calidad de documentos habilitantes: - Copia certificada del acta de la posesión de Dr. Galo Naranjo López, como Rector de la UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO. - Copia del documento acreditador del Ing. Nelson Mauricio Caicedo Villota. Duodécimo." COMUNICACIONES.- Para las comunicaciones o notificaciones a que hubiere lugar, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Ambato y Baños respectivamente, en las direcciones que se indican a continuación: a) De la UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN A DISTANCIA YVIRTUAL CENTRO DE EDUCACIÓN CONTINUA Av. Chasquis y Rio Payamino Campus universitario Huachi Teléfono: (593-03) Ext 124 Correos Electrónicos: educacionoftline(a)uta.edu.ec
12 immw^ m B l gp ^ v Corporación Eléctrica Oei Ecuador 0*ÍSTANC^i\ Y^C^RT^'aU UNIDADDE NEGOCIOHIDROAGOYÁN Unidad de Negocio Hidroagoyán Calle Ambato s/n Campamento Los Pinos, Baños de Agua Santa Teléfono: Correo Electrónico: niaiincio.caicedo@ceiec.gob.ec Décimo Tercera." RATIFICACIÓN.- Para constancia, las partes suscriben este Convenio en cuatro ejemplares de idéntico contenido y efecto legal, en ciudad de Ambato, a los xxxxxxxxxxxxxx. Dr. Galo Naranjo López, Ms. C. RECTOR UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO Ing. Mauricio Caicedo Villota GERENTE UNIDAD DE NEGOCIO HIDROAGOYAN CORPORACIÓN ELÉCTRICA DEL ECUADOR CELECE.P.
13 Corporación Eléctrica OtI Ecuador UNIDAD DENEGOCIO HIDROAGOYÁN DIRECCIÓN DE touctacion A OISTANCI/X Y VIRTUAL RESUMEN EJECUTIVO CONVENIO MARCO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL CELEBRADO ENTRE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO Y CELEC EP - UNIDAD DE NEGOCIO HIDROAGOYÁN Comparecen a la suscripción del presente Convenio de Cooperación Interinstitucional, por una parte la Universidad Técnica de Ambato (UTA), representada por el Dr. Galo Naranjo López, en su calidad de Rector, y como tal Representante Legal de la UTA; y, por otra parte, la Empresa Publica Estratégica Corporación Eléctrica del Ecuador CELEC EP, y por ésta la Unidad de Negocio Hidroagoyán, representada por su Gerente Ing. Nelson Mauricio Caicedo Villota, quien actúa además, en su calidad de Mandatario Especial del Representante Legal de la Corporación, según obra del Poder Especial conferido el 02 de abril del 2013, en la Notaría Vigésimo Tercero del Cantón Quito; quienes han convenido en la celebración de un Convenio Marco de Cooperación interinstitucional, fundamentadas las partes, en las siguientes cláusulas: Primera." ANTECEDENTES: La Universidad Técnica de Ambato (UTA) es una entidad, con personería jurídica autónoma, de derecho público, sin fines de lucro, con domicilio en el la ciudad de Ambato. Se rige por la Constitución de la República, la Ley Orgánica de Educación Superior, Reglamento General, otras leyes conexas, y particularmente por sus Estatutos, los reglamentos e instructivos, expedidos por los órganos propios de su gobierno y las resoluciones administrativas de sus autoridades. La Unidad de Negocio Hidroagoyán, es una de las Unidades de Negocio de la Empresa Pública Estratégica Corporación Eléctrica del Ecuador CEPEC EP, es la encargada de la administración de.a producción de las centrales Agoyán, Pucará y San Francisco. Segunda.- OBJETO: El presente convenio tiene por objeto que la DEaDV - UTA provea sus servicios de capacitación a entera satisfacción de los funcionarios de la Unidad de Negocio Hidroagoyán, en los diferentes cursos que Hidroagoyán lo requiera y que la DEaDV - UTA esté en posibilidad de realizar. Tercera." PLAZO: El presente Convenio entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción y tendrá una vigencia de 365 días, y podrá ser renovado mientras subsista el interés de las partes que lo suscriben, sal o que cualquiera de las partes manifieste su voluntad contraria, caso en el cual deberá remitirse una comunicación escrita con una antelación de por lo menos 15 días a la fecha de su terminación, hecho que no afectará la conclusión de los trabajos en desarrollo que hayan sido acordados con anticipación.
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2015
REPUBLICA DE COLOMBIA I MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2015 Por la cual se establece el procedimiento de inscripción en el Registro
Más detallesConsejo Universitario
tccwj Universidad Técnica de Ambato Consejo Universitario Av. Colombia 02-11 y Chile (Cilla. Ingah«rco>* Teléfonos: 593 (03) 2521-081 / 2822-960 Fax: 2521-084 Ambato - Ecuador RESOLUCION: 1061-CU-P-2015
Más detallesBEATRIZ BADORREY MARTÍN, SECRETARIA GENERAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA,
Secretaría General BEATRIZ BADORREY MARTÍN, SECRETARIA GENERAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA, C E R T I F I C A: Que en la reunión del Consejo de Gobierno, celebrada el día treinta
Más detallesINSTRUCTIVO Y REGISTRO DE DIRECTORIOS DE ORGANISMOS DEPORTIVOS
INSTRUCTIVO Y REGISTRO DE DIRECTORIOS DE ORGANISMOS DEPORTIVOS Acuerdo Ministerial 949 Registro Oficial 465 de 08-jun.-2011 Estado: Vigente Econ. Sandra Vela Dávila MINISTRA DEL DEPORTE Considerando: Que,
Más detallesUNIVERSIDAD ESTATAL PENÍNSULA DE SANTA ELENA
EL CONSEJO UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: la Carta Magna en su Art. 355 reconoce a las universidades y escuelas politécnicas autonomía académica, administrativa, financiera y orgánica, acorde con los objetivos
Más detallesCONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA, CIENTÍFICA Y CULTURAL ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA, ESPAÑA
CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA, CIENTÍFICA Y CULTURAL ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA, ESPAÑA De una parte, el señor Carlos Estuardo Gálvez Barrios,
Más detallesAmbas partes actuamos en nombre y representación de nuestras respectivas instituciones, y convenimos en suscribir el presente Convenio.
1 CONVENIO DE COOPERACION ACADÉMICA, CIENTÍFICA Y CULTURAL ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y EL CENTRO UNIVERSITÁRIO UNIVATES, LAJEADO, BRASIL CARLOS ESTUARDO GÁLVEZ BARRIOS, comparezco
Más detallesGRUPO EMPRESARIAL ENCE, SOCIEDAD ANÓNIMA CONVOCATORIA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS
GRUPO EMPRESARIAL ENCE, SOCIEDAD ANÓNIMA CONVOCATORIA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS El Consejo de Administración de Grupo Empresarial ENCE, S.A., convoca a los señores accionistas a la Junta General
Más detallesEn Madrid, a... de...de 20... REUNIDOS
CONVENIO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA Y LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID PARA LA REALIZACIÓN DE UN TÍTULO OFICIAL DE MÁSTER INTERUNIVERSITARIO EN CIENCIAS
Más detallesEl Consejo Nacional de Educación Superior CONSIDERANDO
El Consejo Nacional de Educación Superior CONSIDERANDO Que el artículo 13, en sus literales f) y q) de la Ley Orgánica de Educación Superior, le otorga al CONESUP las atribuciones de aprobar y normar los
Más detallesConsejo Universitario
Universidad Técnica de Ambato Consejo Universitario Av. Colombia 02-U y Chile (Cdla. Ingahurco)* Teléfonos: 593 (03) 2521-081 /2822-960 Fax:2521-084 Ambato - Ectuulor RESOLUaON: 2274-CU-P-2015 El Honorable
Más detallesEl Honorable Consejo Universitario de la Universidad Técnica del Norte, CONSIDERANDO:
REGLAMENTO PARA EL TRÁMITE DE INFRACCIONES Y LA APLICACIÓN DE SANCIONES A LAS Y LOS ESTUDIANTES, PROFESORES O PROFESORAS, INVESTIGADORES O INVESTIGADORAS DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE El Honorable
Más detallesCONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE LA FUNDACIÓN PARA LA UNIVERSITAT OBERTA DE CATALUNYA [ENTIDAD]
CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE LA FUNDACIÓN PARA LA UNIVERSITAT OBERTA DE CATALUNYA Y [ENTIDAD] Barcelona, [día] de [mes] de [año] PARTES De una parte, el Sr. Carles Sigalés Conde, que interviene
Más detallesCONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN
CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE LA EMPRESA XXXXXXXXXXXXXXX Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES En Tandil, a los días del mes de del año dos mil siete, entre la Empresa,
Más detallesLineamientos de Educación Profesional a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México
Lineamientos de Educación Profesional a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DE EDUCACIÓN PROFESIONAL A DISTANCIA DE LA UAEM CAPÍTULO I DE
Más detallesREPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEL MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DESPACHO DE LA MINISTRA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DESPACHO DE LA MINISTRA REGLAMENTO DEL PROGRAMA CIENTÍFICO TECNOLÓGICO DE INVESTIGACIÓN DENOMINADO: ACADEMIA DE SOFTWARE LIBRE (ASL)
Más detallesMODELO DE CONVENIO 2012 ESTE DOCUMENTO SERA TRAMITADO EXCLUSIVAMENTE POR LA UNIVERSIDAD
1 CONVENIO DE PASANTIA O PRACTICA ACADEMICA CELEBRADO ENTRE LA UNIVERSIDAD DE CORDOBA Y. Entre los suscritos a saber: EMIRO DE JESÚS MADERA REYES, mayor de edad, domiciliado en esta ciudad e identificado
Más detallesCONVENIO DE COOPERACIÓN JNTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO PÚBLICO Y LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
CONVENIO DE COOPERACIÓN JNTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO PÚBLICO Y LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Conste por el presente documento el Convenio Interinstitucional que celebran
Más detallesNORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACION DE LA CALIDAD DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO
NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACION DE LA CALIDAD DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO El presente documento se basa en la Guía de Normas y Procedimientos de la Comisión Nacional de Acreditación (CNA)
Más detallesUNIVERSIDAD ESTATAL PENINSULA DE SANTA ELENA
UNIVERSIDAD ESTATAL PENINSULA DE SANTA ELENA HONORABLE CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política de la República del Ecuador, título VII, Régimen del
Más detallesUNIVERSIDAD ESTATAL PENINSULA DE SANTA ELENA PROYECTO DE REGLAMENTO PARA INTERCAMBIO ACADÉMICO DE DOCENTES Y ESTUDIANTES DE LA UPSE RCS-SE-02-04-2014
PROYECTO DE REGLAMENTO PARA INTERCAMBIO ACADÉMICO DE DOCENTES Y ESTUDIANTES DE LA UPSE RCS-SE-02-04-2014 EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República en el Art.
Más detallesDECLARAC ONES DE "LA AMEREIAF"
CONVENIO DE COLABORACiÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA ASOCIACiÓN MEXICANA DE RESPONSABLES DE LA ESTANDARIZACIÓN DE LA INFORMACiÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA EN LAS INSTITUCIONES DE EDUCACiÓN SUPERIOR
Más detallesREGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 39/1997, DE 17 DE ENERO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 11-10-2015
REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 39/1997, DE 17 DE ENERO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 11-10-2015 ( ) CAPITULO III Organización de recursos para las actividades
Más detallesSECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL ACUERDO de Coordinación para la distribución y ejercicio de recursos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social,
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL ACUERDO de Coordinación para la distribución y ejercicio de recursos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social y el
Más detallesANEXO. En Pamplona, a de.de 2015
ANEXO CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE EL GOBIERNO DE NAVARRA Y LA UNIVERSIDAD DE NAVARRA PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS En Pamplona, a de.de 2015 REUNIDOS De una parte, D.
Más detallesUNIVERSIDAD CATÓLICA DEL URUGUAY DÁMASO ANTONIO LARRAÑAGA
CONVENIO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA EN EL ÁREA DE GESTIÓN DE EMPRESAS DE ALTO DESEMPEÑO ENTRE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL URUGUAY Y INSTITUTO NACIONAL DE CALIDAD En la cuidad de Montevideo, el día 24 de
Más detalles'-~005 ~ SENA" CLÁUSULA PRIMERA.- NATURALEZA DE LAS PARTES
'-~005 ~ SENA" CONVENIO MARCO DE COOPERACiÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC y EL SERVICIO NACIONAL DE ADIESTRAMIENTO EN TRABAJO INDUSTRIAL -SENATI - DIRECCiÓN ZONAL CUSCO APURíMAC
Más detallesRESOLUCIÓN EXENTA N' 4872 SANTIAGO,
fe OFICINA u DE m] l^ PARTES gf O o APRUEBA CONVENIO DE COLABORACIÓN INTERINSTITUCIONAL CELEBRADO ENTRE EL SERVICIO NACIONAL DE MENORES Y LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. RESOLUCIÓN EXENTA N' 4872
Más detallesANEXO IV A LA NORMATIVA DE CONVENIOS RELATIVA A LOS CURSOS DE DOCTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID IMPARTIDOS EN UNA UNIVERSIDAD EXTRANJERA.
ANEXO IV A LA NORMATIVA DE CONVENIOS RELATIVA A LOS CURSOS DE DOCTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID IMPARTIDOS EN UNA UNIVERSIDAD EXTRANJERA. (Aprobado por Junta de Gobierno de 25 de junio de 2002,
Más detallesEL DESARROLLO DEL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE
EL DESARROLLO DEL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE Se ha publicado en el BOE el Reglamento que desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje, y donde se establecen las bases para
Más detallesREGLAMENTO DE LA MESA ELECTRÓNICA BANCARIA DE DINERO (MEBD)
REGLAMENTO DE LA MESA ELECTRÓNICA BANCARIA DE DINERO (MEBD) CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1º. OBJETO. El presente Reglamento tiene por objeto normar las operaciones que realicen los Bancos
Más detallesUniversidad Técnica de Ambato. Consejo Universitario
Universidad Técnica de Ambato Consejo Universitario Av. Colombia 02-11 y Chile (Cdla. Ingahurco)» Teléfonos: 593 (03) 2521-081 / 2822-960»Fax: 2521-084 Ambato - EcuaJor RESOLUCION: 0703-CU-P-2016 El Honorable
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR. RPC-SO-03-No.044-2014 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR. Considerando:
Republlc a del Ecua dor RPC-SO-03-No.044-2014 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior
Más detallesUniversidad Técnica de Ambato Consejo Universitario
ItCMi Universidad Técnica de Ambato Consejo Universitario Av. Colombia 02'U ychile (Cdla. Ingahurco)» Teléfonos: 593 (03) 2521-061 /2822-960» Fax: 2521-084 Ambato - Ecuador RESOLUCIÓN: 1449-CÜ-P-2015 E!
Más detallesACUERDO GUBERNATIVO No. 86-2006
Acuérdase emitir el REGLAMENTO DE LA LEY PARA PREVENIR Y REPRIMIR EL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO. ACUERDO GUBERNATIVO No. 86-2006 Guatemala, 2 de marzo de 2006 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:
Más detallesPrincipado de Asturias
BOPA Nº 244 - Sábado, 20 de octubre de 2001 OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERIA DE EDUCACION Y CULTURA Principado de Asturias RESOLUCION de 3 de octubre de 2001, de la Consejería de Educación y Cultura, por
Más detallesLineamientos del Aula Virtual de la Facultad de Ciencias de la Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de México
Lineamientos del Aula Virtual de la Facultad de Ciencias de la Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DEL AULA VIRTUAL DE LA FACULTAD DE CIENCIAS
Más detallesCONTRATO DE SERVICIOS PARA LA PUBLICACION DE LAS OBRAS Y ESTUDIOS QUE EJECUTARA EL GOBIERNO MUNICIPAL DE SAN PEDRO DE PELILEO
CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA PUBLICACION DE LAS OBRAS Y ESTUDIOS QUE EJECUTARA EL GOBIERNO MUNICIPAL DE SAN PEDRO DE PELILEO COMPARECIENTES Comparecen a la celebración del presente Contrato, por una parte,
Más detallesConste por el presente documento, el Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica que celebran:
PERÚ Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento CONVENIO DE COOPERACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA ENTRE EL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Y LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA
Más detallesREGLAMENTO DE AVAL CIENTÍFICO-ACADÉMICO
REGLAMENTO DE AVAL CIENTÍFICO-ACADÉMICO Panamá, diciembre de 2011 Artículo 1. El presente reglamento tiene por objetivo general, normar la solicitud, tramitación, decisión, condiciones y cualquier otra
Más detallesDEPENDENCIA QUE PROYECTA FECHA: 04 de febrero de 2013.
DEPENDENCIA QUE PROYECTA FECHA: 04 de febrero de 2013. ALCALDIA MUNICIPAL DE TURBANA ESTUDIOS PREVIOS (Decreto 0734 /12) 1. FUNDAMENTOS JURIDICOS De conformidad con los postulados definidos en el numeral
Más detallesCONVENIO MARCO DE COOPERACION ACADÉMICA, CIENTÍFICA Y CULTURAL ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y LA UNIVERSIDAD DE MURCIA, ESPAÑA
CONVENIO MARCO DE COOPERACION ACADÉMICA, CIENTÍFICA Y CULTURAL ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y LA UNIVERSIDAD DE MURCIA, ESPAÑA De una parte Don CARLOS ESTUARDO GÁLVEZ BARRIOS, comparezco
Más detallesDEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN. DECRETO No. DE 2015 ( )
REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN DECRETO No. DE 2015 ( ) Por el cual se adiciona a la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015 el Título 13, con el fin de reglamentar parcialmente
Más detallesEL COLEGIO DEL ESTADO DE HIDALGO REGLAMENTO DE BECAS DE POSGRADO
EL COLEGIO DEL ESTADO DE HIDALGO REGLAMENTO DE BECAS DE POSGRADO CAPÍTULO I Disposiciones generales ARTICULO 1. El presente Reglamento establece las bases, procedimientos y requisitos para el otorgamiento
Más detallesSIE Derecho Público, SIE-DP-14/13
SIE Derecho Público, SIE-DP-14/13 FUENTE: Registro Oficial No. 194 FECHA: 28 de febrero de 2014 ASUNTO: Reglamento para que los medios de las comunas, comunidades, pueblos, nacionalidades y organizaciones
Más detallesLey Publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, número 206, Tercera Parte, de fecha 27 de Diciembre de 2011.
TEXTO ORIGINAL Ley Publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, número 206, Tercera Parte, de fecha 27 de Diciembre de 2011. AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO DE LA NACIÓN.-
Más detallesHan acordado lo siguiente: ARTÍCULO I OBJETIVO
ACUERDO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚLICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA La Secretaría de Educación Pública
Más detallesBANCO DE COMERCIO EXTERIOR DE COLOMBIA S. A. BANCÓLDEX CONCURSO PARA LA CONTRATACION DE SEGUROS
BANCO DE COMERCIO EXTERIOR DE COLOMBIA S. A. BANCÓLDEX CONCURSO PARA LA CONTRATACION DE SEGUROS I. OBJETO DEL CONCURSO El Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. - BANCÓLDEX, requiere de los servicios
Más detallesProyecto de Actualización del Reglamento del Programa Científico-Tecnológico de Investigación Denominado: Academia de Software Libre (ASL)
Ministerio del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Innovación Despacho del Viceministro para las Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Servicios Postales Dirección General de Acceso y Uso
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 10665 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación y Universidades 3154 Resolución de 28 de marzo de 2016 por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la
Más detallesPODER LEGISLATIVO LEY N 136 DE UNIVERSIDADES
PODER LEGISLATIVO LEY N 136 DE UNIVERSIDADES EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY CAPITULO I DE SU NATURALEZA Y FINES Artículo 1.- Las Universidades integradas al sistema educativo
Más detallesRP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08
Reglamento Particular para la Auditoría Reglamentaria de Prevención de Riesgos Laborales según el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997) RP-CSG-027.00 Fecha de aprobación 2012-03-08 ÍNDICE
Más detallesConsejo Universitario
Av. Colombia 02-11 y Chile (Cdla. Ingahurco)» Teléfonos: 593 (03) 2521-081 / 2822-960 Fax: 2521-084 RESOLUCION: 1166-CU-P-2015 El Honorable de la Universidad Técnica de Ambato, en sesión ordinaria efectuada
Más detallesGeneralitat de Catalunya Departament de Salut Direcció General de Recursos Sanitaris
MODELO DE CONTRATO PARA ENSAYOS CLÍNICOS CON MEDICAMENTOS CONTRATO ENTRE (nombre de la entidad promotora) Y EL (nombre del centro donde se realizará el ensayo) PARA LA REALIZACIÓN DEL ENSAYO CLÍNICO (título
Más detallesACUERDO DE FOMENTO EDUCATIVO
ACUERDO DE FOMENTO EDUCATIVO Conste por el presente documento, el Acuerdo de Fomento Educativo que celebran de una parte COLEGIO REGIONAL DE LICENCIADOS EN ADMINISTRACION DE JUNIN (en adelante EL COLEGIO),
Más detallesEL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Aprueban el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales RESOLUCIÓN SBS Nº 6285-2013 Lima, 18 de octubre de
Más detallesCONVENIO DE COOPERACIÓN QUE SE CELEBRA ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
CONVENIO DE COOPERACIÓN QUE SE CELEBRA ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS y CALIFORNIA POLYTECHNIC STATE UNIVERSITY SAN LUIS OBISPO, CALIFORNIA, USA CONVENIO DE COOPERACIÓN
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Pág. 66328 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y EMPLEO ORDEN EYE/797/2014, de 10 de septiembre, por la que se crea el Registro de Técnicos de Prevención en
Más detalles^UTPL UNIVERSiDAO TÉCNICA PARTICULAR DE LOJA
^UTPL UNIVERSiDAO TÉCNICA PARTICULAR DE LOJA CONVENIO MARCO ENTRE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA PARTICULAR DE LOJA Y LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE Comparecen a la celebración del presente convenio
Más detallesConstitución de entidades Aseguradoras de Riesgos del Trabajo sin fines de lucro. ART-MUTUAL.
ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO Decreto 1720/2012 Constitución de entidades Aseguradoras de Riesgos del Trabajo sin fines de lucro. ART-MUTUAL. Bs. As., 19/9/2012 VISTO las Leyes Nros. 20.091, 20.321
Más detallesENTREGA Y REGISTRO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
AVISO DE PRIVACIDAD DE DATOS PERSONALES PARA LOS CLIENTES, PROVEEDORES Y DEMAS PERSONAS CUYA INFORMACION PERSONAL SE CONTENGA EN LAS BASES DE DATOS DE LA EMPRESA, CORITAL SA DE CV A efecto de dar cumplimiento
Más detallesREGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE BOLSA DE EMPLEO DE LA UNIVERSIDAD DEL NORTE. BARRANQUILLA, Octubre de 2013
REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE BOLSA DE EMPLEO DE LA UNIVERSIDAD DEL NORTE BARRANQUILLA, Octubre de 2013 Artículo 1. NATURALEZ JURIDICA Y DOMICILIO La Universidad del Norte, entidad
Más detallesDECLARACIONES 1. DE "LA ASF" esté Convenio.
CONVENIO DE COORDINACIÓN Y COLABORACIÓN PARA LA FISCALIZACIÓN SUPERIOR DE LOS RECURSOS FEDERALES TRANSFERIDOS AL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, SUS MUNICIPIOS Y EN GENERAL,
Más detallesMANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A.
MANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A. MANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS
Más detalles1.- Es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de
Nayarlt Convenio marco de colaboración que celebran por una parte la Universidad Tecnológica de Nayarit, a la que en lo sucesivo se le denominará "UT", representada en este acto por su Rector, Licenciado
Más detallesMINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA REPÚBLICA DE EL SALVADOR
TRÁMITE DE RESIDENCIA TEMPORAL CON AUTORIZACION PARA TRABAJAR, CENTROAMERICANOS Y PANAMEÑOS DE ORIGEN. (1ª. Vez) INDICACIONES GENERALES: Para evitar retrasos innecesarios e inconvenientes, lea detenidamente
Más detallesLineamientos para los procesos de Planeación y Evaluación Institucionales de la Universidad Popular de la Chontalpa
Lineamientos para los procesos de Planeación y Evaluación Institucionales de la Universidad Popular de la Chontalpa CONTENIDO CAPITULO I Pág. Considerando 2 Disposiciones Generales 3 Objetivos CAPITULO
Más detallesQue, la Ley Orgánica de Educación Superior en su Capítulo 2, habla de la garantía de igualdad de oportunidades, y en cuya parte pertinente establece:
El Honorable Consejo Universitario de la Universidad Técnica de Ambato, CONSIDERANDO: Que, los artículos de la Constitución de la República del Ecuador señalan: Art. 26.- La educación es un derecho de
Más detallesCONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ Y LA ASOCIACIÓN DE ANTIGUOS ALUMNOS Y AMIGOS DE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ REUNIDOS
CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ Y LA ASOCIACIÓN DE ANTIGUOS ALUMNOS Y AMIGOS DE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ REUNIDOS De una parte, D. Eduardo González Mazo, Rector Magnifico de
Más detallesY LA CULTURA DE LA LEGALIDAD DEL ESTADO DE TAMAULIPAS
LEY PARA LA PROMOCIÓN DE LOS VALORES EGIDIO TORRE CANTÚ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, a sus habitantes hace saber: Que el Honorable Congreso del Estado, ha tenido
Más detallesVI. Que señala como su domicilio legal la finca marcada con el número 975 de la Avenida Juárez, Código Postal 44100 en Guadalajara, Jalisco, México.
CONVENIO GENERAL DE COLABORACiÓN ACADÉMICA QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA, MÉXICO, EN LO SUCESIVO DENOMINADA LA "UDEG", REPRESENTADA POR SU RECTOR GENERAL SUSTITUTO, DR. MARCO
Más detallesCONCEPTO NÚMERO de Hoja No. x
RESOLUCIÓN NÚMERO 8859 del 9 de agosto 2006 Por la cual se reglamenta la capacitación, la inducción y la reinducción en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-.
Más detallesDIRECTRICES PARA LA CONSTRUCCION DE CURSOS DESARROLLADOS POR LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN VIRTUAL
Primera Universidad privada de Cartagena Fundada en 1970 DIRECTRICES PARA LA CONSTRUCCION DE CURSOS DESARROLLADOS POR LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN VIRTUAL Cartagena de Indias, D. T. y C. Aprobado el 17 de
Más detallesCONCURSO PÚBLICO INTERNACIONAL DE URBANISMO Y PAISAJÍSMO CENTRO CÍVICO CIUDAD DE MEDELLÍN
ANEXO Nº 6 CONFORMACION Y PRECISION DE LAS REGLAS BASICAS DE LA UT 1 CONSTITUIDO CON EL FIN DE PRESENTAR UNA PROPUESTA CONJUNTA AL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN DAP Y A LA SOCIEDAD COLOMBIANA
Más detallesTÉRMINOS DE REFERENCIA
TÉRMINOS DE REFERENCIA SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA LA EVALUACIÓN DE EXPEDIENTES DEL PROCESO DE REVALIDACIÓN DE LOS INSTITUTOS Y ESCUELAS DE EDUCACION SUPERIOR PEDAGÓGICOS PRIVADOS A NIVEL NACIONAL 1.
Más detallesAviso de privacidad. Responsable de la Protección de sus Datos Personales
Aviso de privacidad En cumplimiento con lo dispuesto en La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares te informamos nuestra Política de Privacidad y manejo de datos personales:
Más detallesSalamanca (España), a 16 de l'ipí~ de 2016. REUNIDOS:
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ASOCIACIÓN DE MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS DEL DEPARTAMENTO JUDICIAL LA PLATA Y LA FUNDACIÓN GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA Salamanca (España), a 16 de l'ipí~ de
Más detallesANEXO 2 CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO GUIA DE AUDITORIA AMBIENTAL FORMATOS GENERALES
ANEXO 2 CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO GUIA DE AUDITORIA AMBIENTAL FORMATOS GENERALES Formato 1: Orden de trabajo Formato 2: Notificación de inicio Formato 3: Solicitud de
Más detallesBEATRIZ BADORREY MARTÍN, SECRETARIA GENERAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA,
Secretaría General BEATRIZ BADORREY MARTÍN, SECRETARIA GENERAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA, C E R T I F I C A: Que en la reunión del Consejo de Gobierno, celebrada el día uno de
Más detallesNormativa sobre el Sistema de Reconocimiento y Transferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales de Posgrado.
Normativa sobre el Sistema de Reconocimiento y Transferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales de Posgrado. Aprobada por la Comisión de Estudios Oficiales de Posgrado en sesión de
Más detallesNOTA INFORMATIVA SOBRE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 1000/2010, DE 5 DE AGOSTO, SOBRE VISADO COLEGIAL OBLIGATORIO
NOTA INFORMATIVA SOBRE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 1000/2010, DE 5 DE AGOSTO, SOBRE VISADO COLEGIAL OBLIGATORIO A raíz del contenido de las consultas que en relación al Real Decreto 1000/2010, de 5
Más detallesCONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL ORGANISMO CERTIFICADOR DENOMINADO BAS INTERNATIONAL CERTIFICATION CO., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ BASICCO,
Más detallesESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PROCESO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PROCESO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO OBJETO. El presente Documento de Especificaciones Técnicas tiene por objeto establecer los requisitos que debe cumplir el proceso de Atención
Más detallesINSTRUCCIONES. Primera.- REQUISITOS DE LAS EMPRESAS Y CENTROS DE FORMACION
Instrucción de la Dirección General de Formación, por la que se establecen directrices para la gestión de las solicitudes de autorización para impartir acciones formativas conducentes a la obtención de
Más detallesINSTRUCTIVO OBTENCION LICENCIAS COMERCIALIZACION SUSTANCIAS MINERAS
INSTRUCTIVO OBTENCION LICENCIAS COMERCIALIZACION SUSTANCIAS MINERAS Norma: Acuerdo Ministerial 287 Publicación: Registro Oficial Suplemento 531 Fecha: 09-sep-2011 Estado: Vigente EL MINISTRO DE RECURSOS
Más detallesREGLAMENTO PARA DESIGNACION DE REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD
REGLAMENTO PARA DESIGNACION DE REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD Resolución 1 Registro Oficial 362 de 13-ene-2011 Estado: Vigente EL DIRECTOR NACIONAL DE REGISTRO DE DATOS PUBLICOS Considerando: Que el numeral
Más detallesLineamiento para la Operación y Acreditación del Servicio Social versión 1.0 Planes de estudio 2009-2010
Lineamiento para la Operación y Acreditación del Servicio Social versión 1.0 Planes de estudio 2009-2010 Septiembre de 2011 1. Propósito Establecer el lineamiento para la operación y acreditación del Servicio
Más detallesPROCEDIMIENTOS PARA EL CONTROL Y VERIFICACIÓN DEL ORIGEN DE LAS MERCANCÍAS
PROCEDIMIENTOS PARA EL CONTROL Y VERIFICACIÓN DEL ORIGEN DE LAS MERCANCÍAS Artículo 17. Certificación del Origen 1. El certificado de origen es el único documento que certifica que las mercancías cumplen
Más detallesMODELO DE CONTRATO DE INTERCONEXION PARA FUENTE DE ENERGIA RENOVABLE O SISTEMA DE COGENERACION EN MEDIANA ESCALA.
MODELO DE CONTRATO DE INTERCONEXION PARA FUENTE DE ENERGIA RENOVABLE O SISTEMA DE COGENERACION EN MEDIANA ESCALA. CONTRATO DE INTERCONEXION PARA FUENTE DE ENERGIA RENOVABLE O SISTEMA DE COGENERACION EN
Más detallesREGLAMENTO INTERNO INSTITUTO DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y DESARROLLO LOCAL
REGLAMENTO INTERNO INSTITUTO DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN MUNICIPAL Y DESARROLLO LOCAL I. DEFINICIÓN Y UBICACIÓN ARTÍCULO 1: El Instituto de Formación y Capacitación Municipal y Desarrollo Local es la instancia
Más detallesCONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN N 03L1-2013-SUTRAN/01.2. onste por le presente documento, el Convenio de Cooperación lnterinstitucional que celebran:
CONVENIO MARCO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCIAS Y LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TARATA CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN
Más detallesNORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ
NORMATIVA SOBRE EL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE POSGRADO UNIVERSIDAD DE ALCALÁ 1 ÍNDICE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CAPÍTULO I. DISPOSICIONES
Más detallesACUERDO No. 016 (29 de Julio de 2009)
ACUERDO No. 016 (29 de Julio de 2009) POR MEDIO DEL CUAL SE EXPIDE LA POLÍTICA DE CELULARES CORPORATIVOS DE LA CORPORACIÓN UNIFICADA NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR. El Consejo Directivo de la Corporación
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. A) Disposiciones Generales. Consejería de Educación
Pág. 42 MARTES 24 DE MAYO DE 2011 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Educación 2 ORDEN 1555/2011, de 15 de abril, por la que se regula el régimen de enseñanza a distancia para
Más detallesACUERDO MARCO DE COLABORACION ENTRE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE SENOLOGÍA Y LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE DIAGNÓSTICO POR IMAGEN DE LA MAMA REUNIDOS
ACUERDO MARCO DE COLABORACION ENTRE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE SENOLOGÍA Y LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE DIAGNÓSTICO POR IMAGEN DE LA MAMA En Córdoba, a 8 de Mayo de 2010 REUNIDOS De una parte, DON CARLOS VÁZQUEZ
Más detallesCOMISIÓN MIXTA PERMANENTE DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO A C U E R D O S
U N A M COMISIÓN MIXTA PERMANENTE DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO STUNAM Acuerdo No. 297 En Ciudad Universitaria, Distrito Federal, siendo las catorce horas del veintisiete de octubre del año dos mil
Más detallesÍNDICE: I.- Nombre de la convocatoria 3. II.- Objetivo de la convocatoria...3. III.- Marco Normativo...3
LLAMADO PÚBLICO A PRESENTAR SOLICITUDES DE RECONOCIMIENTO PARA OBTENER LA CALIDAD DE COLABORADOR ACREDITADO DE LAS FUNCIONES DEL SERVICIO NACIONAL DE MENORES Marzo, 2009 1 ÍNDICE: I.- Nombre de la convocatoria
Más detallesCAPITULO II: SISTEMA ESTATAL DE PLANEACION DEMOCRATICA
LEY DE PLANEACION DEL ESTADO DE CHIHUAHUA CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES .- Las disposiciones de esta Ley son de orden público e interés social y tienen por objeto establecer: I.- Las normas y
Más detallesANEXO 1 CARTA DE PRESENTACION DE LA OFERTA. Referencia: Convocatoria SJG VD 002-2013- Carta de Presentación de [nombre del oferente].
ANEXO 1 CARTA DE PRESENTACION DE LA OFERTA Ciudad y Fecha: Señores: FUNDACION PARQUE TECNOLOGICO DE SOFTWARE DE META Ciudad Referencia: Convocatoria SJG VD 002-2013- Carta de Presentación de [nombre del
Más detalles1. OBJETO DEL CONTRATO... 3 2. ÁMBITO DE ACTUACIÓN... 3 3. CONDICIONES GENERALES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO... 3
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO FORMACION EN IDIOMAS DEL PERSONAL DE LA EMPRESA SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL IDIOMAS DEL PERSONAL DE LA EMPRESA SEPI DESARROLLO
Más detalles