NOVENA. Es responsabilidad de los estudiantes de intercambio, realizar sus trámites migratorios para obtener la visa en su país de origen.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "NOVENA. Es responsabilidad de los estudiantes de intercambio, realizar sus trámites migratorios para obtener la visa en su país de origen."

Transcripción

1 CONVENIO ESPECíFICO EN MATERIA DE INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES Y PERSONAL ACADÉMICO, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA, MÉXICO, EN LO SUCESIVO DENOMINADA LA "UDEG", REPRESENTADA POR SU RECTOR GENERAL SUSTITUTO, DR. MARCO ANTONIO CORTÉS GUARDADO Y, POR LA OTRA PARTE, A UNIVERSIDADE DE SÁO PAULO, BRASIL, EN LO SUCESIVO DENOMINADA LA "USP" REPRESENTADA POR SU RECTORA, PROFA. DRA. SUELY VILELA AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: 1. Que el día de hoy, la "UDEG" y la "USP" celebraron un Convenio General de Colaboración Académica, señalando que las declaraciones que aparecen en el mismo, se tienen aquí por reproducidas para todos los efectos legales a que haya lugar. 11. Que la personalidad jurídica de los representantes legales de la "UDEG" y la "USP" quedó debidamente acreditada en el Convenio General de referencia, mismas que se ratifican en este instrumento Que en el citado Convenio General se acordó colaborar en tareas de mutuo interés, las cuales de ser aprobadas por ambas instituciones, se formalizarían mediante Convenios Específicos que se suscribirían en el marco de dicho documento. PRIMERA. El presente convenio tiene por objeto establecer las bases para llevar a cabo entre ambas Universidades el intercambio de estudiantes de nivel licenciatura, postgrado y de personal académico. SEGUNDA. No están incluidos en el presente convenio, los programas académicos de extensión de la Universidad de Guadalajara ofrecidos por sus empresas universitarias: Centro de Estudios para Extranjeros y el Sistema Corporativo Proulex-Comlex.

2 TERCERA. Cada una de las partes seleccionará y nominará a sus estudiantes para participar en el programa de intercambio, de acuerdo a los procedimientos y requisitos establecidos por la universidad receptora. CUARTA. Los intercambios de estudiantes y personal académico bajo este Convenio se ajustarán al calendario escolar de la universidad receptora y podrán tener una duración de un semestre o un año académico completo o, de menor duración cuando el programa académico así lo requiera. Los estudiantes seleccionados para el programa de intercambio podrán seleccionar y tomar cursos en la universidad receptora, siempre y cuando correspondan al mismo nivel y/o sean equiparables a los impartidos en su universidad de origen. QUINTA. La universidad de origen remitirá los expedientes de los estudiantes seleccionados a la universidad receptora para fines de información y aceptación, dentro del plazo fijado por la Universidad receptora. SEXTA. Los estudiantes que participen en el programa de intercambio pagarán en su universidad de origen sus propios costos por concepto de inscripción y matrícula. La universidad receptora no cobrará cuotas por estos conceptos. SÉPTIMA. Ambas universidades acuerdan mantener un equilibrio en el número de estudiantes de intercambio, por año. Cualquier ajuste sobre la disparidad de números deberá hacerse dentro del periodo de validez del convenio. OCTAVA. Los estudiantes seleccionados para el intercambio tendrán los mismos derechos y responsabilidades que la universidad receptora contemple para sus propios estudiantes, debiendo apegarse a las leyes y reglamentos universitarios y podrán ser sujetos a las sanciones que contemple en caso de incumplimiento de este apartado; en este caso, deberá informarse a la universidad de origen. Los estudiantes de intercambio no serán elegibles para recibir un grado académico de parte de la universidad receptora como parte del intercambio. NOVENA. Es responsabilidad de los estudiantes de intercambio, realizar sus trámites migratorios para obtener la visa en su país de origen. DÉCIMA. Los estudiantes de intercambio serán responsables por todos los gastos de transporte, hospedaje, alimentación y seguro médico. DÉCIMA PRIMERA. La Universidad receptora proveerá servicios de consejena a los estudiantes de intercambio durante su estadía en las respectivas universidades. 2/4

3 DÉCIMA SEGUNDA. Al término del período de intercambio la universidad receptora enviará a la institución de origen un informe con las calificaciones obtenidas por cada estudiante de intercambio. La revalidación de los cursos tomados quedará sujeto a la normatividad de cada una de las universidades signantes del presente Convenio. Si así se solicita, la universidad receptora proveerá descripción de cursos y curriculum vitae de los profesores con los que los estudiantes de intercambio hayan tomado clases, así como información sobre su sistema de calificaciones. DECIMA TERCERA. Ambas instituciones acuerdan revisar anualmente el número de académicos enviados y recibidos y tratarán de mantener un balance numérico. DECIMA CUARTA. Las instituciones en la medida de sus posibilidades podrán apoyar al personal académico de intercambio, en la obtención de recursos para cubrir los gastos de transportación, hospedaje, alimentación y seguro médico internacional. DECIMA QUINTA. Los académicos que participen dentro del presente convenio deberán realizar los trámites previstos en la normatividad de su institución de origen, para que se les autorice ausentarse de sus labores académicas durante el tiempo que dure su estancia en la institución receptora. DECIMA SEXTA. Los académicos que participen en el presente programa de intercambio serán responsables de todos los gastos adicionales del intercambio que se generen tales como gastos de transporte, hospedaje, alimentación y seguro médico internacional. DECIMA SÉPTIMA. Ambas partes acuerdan, que el personal docente que participe en el presente programa de intercambio mantendrá su relación laboral con su institución de origen. DECIMA OCTAVA. La institución receptora otorgará al personal académico que reciba, al concluir su estancia en dicho centro, una constancia de las actividades docentes realizadas. DÉCIMA NOVENA. El presente convenio tendrá una vigencia de cinco años contados a partir de la fecha de su firma conjunta. En caso de firmas separadas se tomará como fecha inicial la fecha en que firme el último de los suscribientes. Este convenio podrá ser renovado, ampliado y/o modificado si las partes lo solicitan por muto acuerdo y por lo menos con 6 meses de antelación a su vencimiento. En este caso, los estudiantes que ya hayan sido aceptados por las partes no serán afectados y se les permitirá concluir sus estudios respetando todas las cláusulas del presente convenio.

4 VIGÉSIMA. Las partes manifiestan que la firma del presente convenio y los compromisos contraídos en él, son producto de su buena fe, por lo que realizarán todas las acciones necesarias para su debido cumplimiento; en caso de presentarse alguna discrepancia sobre su interpretación, ésta será resuelta de común acuerdo. Leído el presente instrumento, enteradas las partes del contenido y alcance de cada una de sus cláusulas e indicando que en su celebración no existe dolo, mala fe, o cualquier otro motivo que vicie su consentimiento, lo firman por duplicado, en Portugués y por duplicado en Español, ambas versiones con igual contenido y validez. Lugar: Guadalajara, Jalisco, México Fecha: 2 JV LJOg Lugar: Sao Paulo, Sao Paulo, Brasil Fecha: ~ ~ NOV. Z009

5 CONVENIO ESPECíFICO REFERENTE AO INTERCÁMBIO DE ESTUDANTES E PESSOAL ACADEMICO QUE CELEBRAM A UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA, MÉXICO, DORAVANTE DENOMINADA "UDEG", REPRESENTADA POR SEU RECTOR GENERAL SUSTITUTO, DR. MARCO ANTONIO CORTES GUARDADO E, PELA OUTRA PARTE, A UNIVERSIDADE DE sao PAULO, BRASIL, DENOMINADA DORAVANTE "USP", REPRESENTADA POR SUA REITORA, PROFA. DRA. SUELY VILELA; Aa TEOR DOS ANTECEDENTES E CLÁUSULAS SEGUINTES: 1. Nesta data, ambas as partes celebraram um Acordo Geral de Cooperayao Academica, especificando que as declaray5es nele contidas sao reproduzidas neste documento, para todos os efeitos legais que couberem. 11. Os poderes dos representantes legais da "UDEG" e da "USP" foram devidamente reconhecidos com o Acordo Geral em referencia, sendo ratificados no presente instrumento No citado Acordo Geral ficou acordada a colaborayao em tarefas de mútuo interesse, as quais, se forem aprovadas por ambas as instituiy5es, serao formalizadas mediante Convenios Específicos que serao assinados no ambito deste documento. PRIMEIRA. O presente convenio tem como objetivo estabelecer as bases para realizar o intercambio de estudantes de graduayao, pós-graduayao e de pessoal academico entre ambas as Universidades. SEGUNDA. Nao estao incluídos no presente convenio os programas academicos de extensao da Universidad de Guadalajara oferecidos por suas empresas universitárias: Centro de Estúdios para Extranjeros e Sistema Corporativo Proulex-Comlex.

6 TERCEIRA. Cada uma das partes selecionará e indicará seus estudantes para participar no programa de intercambio, de acordo com os procedimentos e requisitos estabelecidos pela universidade receptora. QUARTA. Os intercambios de estudantes e pessoal academico no ambito deste convenio ajustar-se-ao ao calendário escolar da universidade receptora e poderao ter uma durayao de um semestre ou um ano academico completo ou, de menor durayao, quando o programa academico assim o exigir. Os estudantes selecionados para o programa de intercambio poderao escolher e participar de cursos na universidade receptora, sempre e quando corresponderem ao mesmo nível e/ou sejam equiparáveis aos oferecidos em sua universidade de origem. QUINTA. A universidade de origem remeterá os históricos dos estudantes selecionados a universidade receptora para fins de informayao e aceitayao, dentro do prazo estabelecido pela universidade receptora. SEXTA. Os estudantes que participarem do programa de intercambio pagarao suas próprias despesas relativas a inscriyao e a matrícula em sua universidade de origem. SÉTIMA. Ambas as instituiyoes concordam em manter um equilibrio no número de estudantes de intercambio a cada ano. Qualquer ajuste em razao da disparidade de números deverá ser feito dentro do período de validade do convenio. OITAVA. Os estudantes selecionados para o intercambio terao os mesmos direitos e responsabilidades que os estudantes da universidade receptora, devendo ajustar-se as normas universitárias, e poderao estar sujeitos as sanyoes previstas no caso de descumprimento desta cláusula; neste caso, a universidade de origem deverá ser informada. Os estudantes de intercambio nao poderao receber o grau academico por parte da universidade receptora como parte do intercambio. NONA. É responsabilidade dos estudantes do intercambio realizar seus tramites migratórios para obter o visto em seu país de origem. DÉCIMA. Os estudantes de intercambio serao responsáveis por todos os gastos de transporte, hospedagem, alimentayao e seguro médico. DÉCIMA PRIMEIRA. A universidade receptora proverá serviyos de apoio aos estudantes de intercambio durante sua estada nas respectivas universidades.

7 DÉCIMA SEGUNDA. Ao término do período de intercambio, a universidade receptora enviará a instituic;ao de origem um relatório com as notas obtidas por cada estudante de intercambio. A revalidac;ao dos cursos feitos estará sujeita a normativa de cada uma das universidades signatárias do presente convenio. Se for solicitado, a universidade receptora proverá a descric;ao dos cursos e o currículo dos professores com os quais os estudantes de intercambio tenham cursado disciplinas, assim como informac;ao sobre o sistema de notas da instituic;ao. DÉCIMA TERCEIRA. Ambas as instituic;6es concordam em revisar anualmente o número de academicos enviados e recebidos e tentarao manter um equilibrio numérico. DÉCIMA QUARTA. As instituic;6es, na medida de suas possibilidades, poderao apoiar o pessoal academico de intercambio na obtenc;ao de recursos para cobrir os gastos em transporte, hospedagem, alimentac;ao e seguro médico internacional. DÉCIMA QUINTA. Os academicos que participarem do presente convenio deverao realizar os tramites previstos nas normas de sua instituic;ao de origem, para que seja autorizada sua ausencia dos trabalhos academicos durante o tempo em que durar sua estada na instituic;ao receptora. DÉCIMA SEXTA. Os academicos que participarem do presente programa de intercambio serao responsáveis por todos os gastos adicionais ocorridos durante o período do intercambio, tais como gastos em transporte, hospedagem, alimentac;ao e seguro médico internacional. DÉCIMA SÉTIMA. Ambas as partes concordam que o pessoal academico que participar do presente programa de intercambio manterá seu vínculo trabalhista com sua respectiva instituic;ao de origem. DÉCIMA OITAVA. A institui<;áo receptora outorgará ao pessoal academico que receber, ao concluir sua estada no centro mencionado, uma declarac;ao das atividades docentes realizadas. DÉCIMA NONA. O presente convenio terá uma vigencia de cinco anos, contados a partir da data de sua assinatura por ambas as partes. Em caso de assinaturas em diferentes datas, tomar-se-á como início da vigencia a data da última assinatura. Este convenio poderá ser renovado, ampliado e/ou modificado se as partes o solicitarem por mútuo acordo com pelo menos 6 meses de antecedencia ao seu vencimento. Neste caso, os estudantes que já tiverem sido aceitos pelas partes nao serao afetados e Ihes será permitido concluir seus estudos respeitando todas as cláusulas do presente convenio.

8 VIGÉSIMA. As partes manifestam que a assinatura do presente convenio e os compromissos nele contraídos sao produtos da boa fé de cada uma das partes, razao pela qual realizarao todas as ac;ües necessárias para o seu devido cumprimento; caso haja alguma discrepancia em sua interpretac;ao, esta será resolvida de comum acordo. Lido o presente instrumento, cientes as partes do conteúdo e alcance de cada uma de suas cláusulas e indicando que em sua celebrac;ao nao existe dolo, má fé ou qualquer outro motivo que impec;a seu consentimento, firmam-no em duas vias em portugués e duas vias em espanhol, com igual conteúdo e validade em ambas as versües. Local: Guadalajara. Jalisco, México Data: 2 HO 2009 Local: Sao Paulo, Sao Paulo, Brasil Data: Z 'j NOV DR. MARCOAN RECTOR GENE NIO CORTES GUARDADO SUSTITUTO

CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES

CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES QUE CELEBRAN LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA, MÉXICO, EN LO SUCESIVO DENOMINADA LA "UDEG", REPRESENTADA POR SU RECTOR GENERAL SUSTITUTO, DR MARCO

Más detalles

Act ando ambas partes en nombre y representación de nuestras respectivas insf uciones, convenimos en suscribir el presente Convenio.

Act ando ambas partes en nombre y representación de nuestras respectivas insf uciones, convenimos en suscribir el presente Convenio. CONVENIO ESPECíFICO EN MATERIA DE INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES GRADO, POSTGRADO y PERSONAL ACADÉMICO ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA, MÉXICO DE CARLOS ESTUARDO

Más detalles

ANEXO. Grado en Traducción e Interpretación de la Universidad de Salamanca

ANEXO. Grado en Traducción e Interpretación de la Universidad de Salamanca 1 ANEXO Convenio específico de colaboración académica y cultural entre la Universidad de Salamanca (España) y la Universidad de Estudios Extranjeros de Kobe (Japón) Grado en Traducción e Interpretación

Más detalles

VI. Que señala como su domicilio legal la finca marcada con el número 975 de la Avenida Juárez, Código Postal 44100 en Guadalajara, Jalisco, México.

VI. Que señala como su domicilio legal la finca marcada con el número 975 de la Avenida Juárez, Código Postal 44100 en Guadalajara, Jalisco, México. CONVENIO GENERAL DE COLABORACiÓN ACADÉMICA QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA, MÉXICO, EN LO SUCESIVO DENOMINADA LA "UDEG", REPRESENTADA POR SU RECTOR GENERAL SUSTITUTO, DR. MARCO

Más detalles

POLÍTICAS PARA LA PARTICIPACIÓN EN PROGRAMAS DE INTERCAMBIO

POLÍTICAS PARA LA PARTICIPACIÓN EN PROGRAMAS DE INTERCAMBIO POLÍTICAS PARA LA PARTICIPACIÓN EN PROGRAMAS DE INTERCAMBIO 1. Alcance Este documento aplica a todos los estudiantes de la UDEM de licenciatura y postgrado que participen en cualquier modalidad de los

Más detalles

POLÍTICAS DE PARTICIPACIÓN EN UN PROGRAMA DE INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES

POLÍTICAS DE PARTICIPACIÓN EN UN PROGRAMA DE INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES 1. Objetivo POLÍTICAS DE PARTICIPACIÓN EN UN PROGRAMA DE INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES Establecer los principios que controlen la correcta organización de los intercambios académicos en relación a la participación

Más detalles

Diogo Luna Moureira. Pesquisador do Centro de Estudos em Biodireito

Diogo Luna Moureira. Pesquisador do Centro de Estudos em Biodireito CRIOPRESERVAÇÃO DE EMBRIÕES, BANCO DE ÓVULOS E ESPERMATOZÓIDES Diogo Luna Moureira Pesquisador do Centro de Estudos em Biodireito Resolução 1957 do CFM V - CRIOPRESERVAÇÃO DE GAMETAS OU EMBRIÕES 1 - As

Más detalles

TÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO

TÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO TÍTULO III: ADAPTACIONES, RECONOCIMIENTOS Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN ESTUDIOS DE GRADO 1. DEFINICIONES Titulaciones de origen y de destino Se denominará titulación de origen aquélla que se ha cursado

Más detalles

INDICE. Acuerdo de cooperación técnica y científica entre el gobierno de la República Federal del Brasil y el Gobierno de la República de Bolivia...

INDICE. Acuerdo de cooperación técnica y científica entre el gobierno de la República Federal del Brasil y el Gobierno de la República de Bolivia... INDICE Contenido Acuerdo de cooperación técnica y científica entre el gobierno de la República Federal del Brasil y el Gobierno de la República de Bolivia... 2 Convenio Básico sobre Cooperación Científica

Más detalles

CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DOCENCIA ECONÓMICAS, A. C. LINEAMIENTOS PARA INTERCAMBIOS INTERNACIONALES DE LICENCIATURA Í N D I C E I.

CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DOCENCIA ECONÓMICAS, A. C. LINEAMIENTOS PARA INTERCAMBIOS INTERNACIONALES DE LICENCIATURA Í N D I C E I. Í N D I C E I. GENERALIDADES 2 II. DEL COMITÉ DE INTERCAMBIOS INTERNACIONALES DE LICENCIATURA 2 III. ALUMNOS CIDE EN INTERCAMBIO SEMESTRAL 3 A) DE LA CONVOCATORIA 3 B) DEL PROCESO DE SELECCIÓN 4 C) DE

Más detalles

Serán promovidas prioritariamente, sujetas a la disponibilidad de fondos, las siguientes actividades:

Serán promovidas prioritariamente, sujetas a la disponibilidad de fondos, las siguientes actividades: Acuerdo de Cooperación Cultural, Educacional y Científica Entre las Facultades Católicas, Asociación Mantenedora de la Pontifícia Universidad Católica de Río de Janeiro y la Universidad Tecnológica de

Más detalles

Artículo 2. Comisión de coordinación de los trabajos de fin de grado

Artículo 2. Comisión de coordinación de los trabajos de fin de grado NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALES DE GRADO DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm. 26 de 26 de julio de 2012, modificada por el Consejo de Gobierno núm.30, de 11 de diciembre

Más detalles

En Madrid, a... de...de 20... REUNIDOS

En Madrid, a... de...de 20... REUNIDOS CONVENIO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA Y LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID PARA LA REALIZACIÓN DE UN TÍTULO OFICIAL DE MÁSTER INTERUNIVERSITARIO EN CIENCIAS

Más detalles

REGLAMENTO DE INTERCAMBIO ACADÉMICO PARA LA MODALIDAD DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL DE LA UNIVERSIDAD DEL CLAUSTRO DE SOR JUANA TÍTULO PRIMERO

REGLAMENTO DE INTERCAMBIO ACADÉMICO PARA LA MODALIDAD DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL DE LA UNIVERSIDAD DEL CLAUSTRO DE SOR JUANA TÍTULO PRIMERO REGLAMENTO DE INTERCAMBIO ACADÉMICO PARA LA MODALIDAD DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL DE LA UNIVERSIDAD DEL CLAUSTRO DE SOR JUANA TÍTULO PRIMERO DEL PROPÓSITO DEL REGLAMENTO DE INTERCAMBIO ACADÉMICO PARA LA MODALIDAD

Más detalles

H2y MOV. isrni^f\>27 NOV-2013

H2y MOV. isrni^f\>27 NOV-2013 UNIVERSIDAD DE TALCA RECTORÍA CONTROL PRECIO DE LEGAL'' APRUEBA CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN PARA EL INTERCAMBIO DE ALUMNOS CON LA UNIVERSITAT AUTÓNOMA DE BARCELONA, ESPAÑA. H2y MOV. isrni^f\>27

Más detalles

CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA, CIENTÍFICA Y CULTURAL ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA, ESPAÑA

CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA, CIENTÍFICA Y CULTURAL ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA, ESPAÑA CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA, CIENTÍFICA Y CULTURAL ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA, ESPAÑA De una parte, el señor Carlos Estuardo Gálvez Barrios,

Más detalles

LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID,

LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID, POLlTÉCNICA CONVENIO ESPECÍFICO DE INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES QUE CELEBRAN DE UNA PARTE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID, REPRESENTADA POR SU RECTOR DR. lavier UCEDA ANTOLÍN, y DE OTRA LA UNIVERSIDAD

Más detalles

LINEAMIENTOS DEL PROGRAMA DE PROFESORES-INVESTIGADORES Y ESTUDIANTES HUÉSPEDES

LINEAMIENTOS DEL PROGRAMA DE PROFESORES-INVESTIGADORES Y ESTUDIANTES HUÉSPEDES LINEAMIENTOS DEL PROGRAMA DE PROFESORES-INVESTIGADORES Y ESTUDIANTES HUÉSPEDES Con fundamento en el artículo 67 y quinto transitorio del Estatuto del Personal Académico del Centro de Investigaciones y

Más detalles

REGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE CANARIAS. RD 1393/2007

REGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE CANARIAS. RD 1393/2007 REGLAMENTO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE CANARIAS. RD 1393/2007 Exposición de Motivos El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que

Más detalles

Movilidad Internacional USB REGLAMENTO PARA ALUMNOS. Responsable: Lic. Mariela Muñoz Melgarejo

Movilidad Internacional USB REGLAMENTO PARA ALUMNOS. Responsable: Lic. Mariela Muñoz Melgarejo Movilidad Internacional USB REGLAMENTO PARA ALUMNOS 1. OBJETIVO Definir los procedimientos, acciones y responsabilidades de los procesos llevados a cabo en el Departamento de Intercambio Académico de la

Más detalles

CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE MOVILIDAD INTERNACIONAL AMERICAMPUS 2014 MOVILIDADES JULIO A DICIEMBRE DE 2015

CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE MOVILIDAD INTERNACIONAL AMERICAMPUS 2014 MOVILIDADES JULIO A DICIEMBRE DE 2015 Número de Resolución: 985/2014 Fecha: 18/11/2014 CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE MOVILIDAD INTERNACIONAL AMERICAMPUS 2014 MOVILIDADES JULIO A DICIEMBRE DE 2015 En relación con el Programa de movilidad internacional

Más detalles

CONVENIO DE INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES ENTRE LA ( ) Y LA UNIVERSIDAD DE GRANADA (ESPAÑA)

CONVENIO DE INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES ENTRE LA ( ) Y LA UNIVERSIDAD DE GRANADA (ESPAÑA) CONVENIO DE INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES ENTRE LA ( ) Y LA UNIVERSIDAD DE GRANADA (ESPAÑA) Por una parte, el Sr. D. Francisco González Lodeiro, en nombre y representación de la Universidad de Granada (España)

Más detalles

INICIATIVA DE REGLAMENTO DE LA ASIGNATURA DE ESTADÍAS PROFESIONALES

INICIATIVA DE REGLAMENTO DE LA ASIGNATURA DE ESTADÍAS PROFESIONALES INICIATIVA DE REGLAMENTO DE LA ASIGNATURA DE ESTADÍAS PROFESIONALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO II DE LAS ESTADÍAS PROFESIONALES CAPÍTULO III DE LOS RESPONSABLES SECCIÓN I DE LOS RESPONSABLES

Más detalles

Reglamento General de Becas Internas de la Universidad Tolteca de México A.C. Ciclo Escolar 2015 2016. ÍNDICE

Reglamento General de Becas Internas de la Universidad Tolteca de México A.C. Ciclo Escolar 2015 2016. ÍNDICE Reglamento General de Becas Internas de la Universidad Tolteca de México A.C. Ciclo Escolar 2015 2016. ÍNDICE 1. FUNDAMENTACIÓN 2. CONDICIONES GENERALES 3. REQUISITOS GENERALES 4. BECAS 5. TRANSITORIOS

Más detalles

Ambas partes actuamos en nombre y representación de nuestras respectivas instituciones, y convenimos en suscribir el presente Convenio.

Ambas partes actuamos en nombre y representación de nuestras respectivas instituciones, y convenimos en suscribir el presente Convenio. 1 CONVENIO DE COOPERACION ACADÉMICA, CIENTÍFICA Y CULTURAL ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y EL CENTRO UNIVERSITÁRIO UNIVATES, LAJEADO, BRASIL CARLOS ESTUARDO GÁLVEZ BARRIOS, comparezco

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA

REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA REGLAMENTO GENERAL DE INGRESO DE ALUMNOS A LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Este reglamento tiene por objeto definir los criterios, requisitos y procedimientos

Más detalles

Lineamientos de Educación Profesional a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México

Lineamientos de Educación Profesional a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México Lineamientos de Educación Profesional a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DE EDUCACIÓN PROFESIONAL A DISTANCIA DE LA UAEM CAPÍTULO I DE

Más detalles

-Acuerdo de Intercambio Académico y Cooperación Científica entre el CIESAS y la Universidad de Texas en Austin, EUA -

-Acuerdo de Intercambio Académico y Cooperación Científica entre el CIESAS y la Universidad de Texas en Austin, EUA - -Acuerdo de Intercambio Académico y Cooperación Científica entre el CIESAS y la Universidad de Texas en Austin, EUA - Este Acuerdo se estable y suscribe entre El Centro de Investigaciones y Estudios Superiores

Más detalles

UNIVERSIDAD DE MONTERREY Documentación Institucional

UNIVERSIDAD DE MONTERREY Documentación Institucional 01/09/2004 30/04/2013 Cada tres años 1 de 7 1. Alcance Este documento aplica a todos los estudiantes de la de licenciatura y postgrado que participen en cualquier modalidad de los programas de intercambio

Más detalles

Normativa de doctorado Capítulo XII: Homologación de títulos y estudios extranjeros de educación superior al título de doctor español

Normativa de doctorado Capítulo XII: Homologación de títulos y estudios extranjeros de educación superior al título de doctor español Normativa de doctorado Capítulo XII: Homologación de títulos y estudios extranjeros de educación superior al título de doctor español (Aprobada por el Consejo de Gobierno de la UAB, el 19 de enero de 2006)

Más detalles

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE CONVENIOS BILATERALES El constante incremento que la Universidad

Más detalles

Instituto Trans-Fronterizo, Universidad de San Diego (USD) Universidad de Guadalajara

Instituto Trans-Fronterizo, Universidad de San Diego (USD) Universidad de Guadalajara RGS/26012008 Instituto Trans-Fronterizo, Universidad de San Diego (USD) Universidad de Guadalajara CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN ACADÉMICA, CIENTÍFICA, TECNOLÓGICA Y CULTURAL QUE CELEBRAN POR UNA PARTE

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN GEOGRAFÍA Y GEOMÁTICA

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN GEOGRAFÍA Y GEOMÁTICA REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN GEOGRAFÍA Y GEOMÁTICA TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE DOBLES TITULACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES

PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE DOBLES TITULACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE DOBLES TITULACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES Preámbulo Con el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS ACCIONES DE MOVILIDAD

PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS ACCIONES DE MOVILIDAD PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS ACCIONES DE MOVILIDAD Q312 version 1.0 Regula las actuaciones que han de llevarse a cabo para lograr una adecuada gestión y evaluación de los programas de movilidad

Más detalles

Por todo lo cual acuerdan suscribir el presente Convenio estableciendo las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO DEL CONVENIO

Por todo lo cual acuerdan suscribir el presente Convenio estableciendo las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO DEL CONVENIO CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DECARDIOLOGÍA (SEC) / FUNDACIÓN CASA DEL CORAZÓN (FCC) Y LA FUNDACIÓN INSTITUTO PARA LA MEJORA DE LA ASISTENCIA SANITARIA (IMAS) PARA LA REALIZACIÓN

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DE LOS PROGRAMAS DE HOSPITALIDAD, GASTRONOMÍA Y TURISMO

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DE LOS PROGRAMAS DE HOSPITALIDAD, GASTRONOMÍA Y TURISMO REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DE LOS PROGRAMAS DE HOSPITALIDAD, GASTRONOMÍA Y TURISMO RECTORÍA INSTITUCIONAL Página 1 de 7 CAPÍTULO I DE SU DEFINICIÓN Y AMBITO DE APLICACIÓN TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES

Más detalles

SECRETARIA DE EDUCACION PÚBLICA SUBSECRETARIA DE EDUCACION SUPERIOR COORDINACION DE UNIVERSIDADES

SECRETARIA DE EDUCACION PÚBLICA SUBSECRETARIA DE EDUCACION SUPERIOR COORDINACION DE UNIVERSIDADES SECRETARIA DE EDUCACION PÚBLICA SUBSECRETARIA DE EDUCACION SUPERIOR COORDINACION DE UNIVERSIDADES REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE PROFESIONAL ASOCIADO Y LICENCIATURA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DEL SUR DE

Más detalles

Anexo II REUNIDOS. Reconociéndose mutuamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente convenio de cooperación educativa MANIFIESTAN

Anexo II REUNIDOS. Reconociéndose mutuamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente convenio de cooperación educativa MANIFIESTAN Anexo II CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE LA UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO/EUSKAL HERRIKO UNIBERTSITATEA Y LA ENTIDAD COLABORADORA. PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS DEL ALUMNADO

Más detalles

UNIVERSIDAD DE CIENCIAS MÉDICAS VICERRECTORIA ADMINISTRATIVA NORMATIVA PARA EL PROCESO DE MATRICULA

UNIVERSIDAD DE CIENCIAS MÉDICAS VICERRECTORIA ADMINISTRATIVA NORMATIVA PARA EL PROCESO DE MATRICULA UNIVERSIDAD DE CIENCIAS MÉDICAS VICERRECTORIA ADMINISTRATIVA NORMATIVA PARA EL PROCESO DE MATRICULA INDICE NORMATIVAS DEL PROCESO DE MATRICULA 3 Artículo 1. 3 I. CONCEPTOS Y PRINCIPIOS GENERALES 3 DEL

Más detalles

I- 11 _ CONVENIO DE COLABORACIÓN Y COOPERACIÓN EN MATERIA INFORMÁTICA CON EL DEFENSOR DEL PUEBLO ANDALUZ

I- 11 _ CONVENIO DE COLABORACIÓN Y COOPERACIÓN EN MATERIA INFORMÁTICA CON EL DEFENSOR DEL PUEBLO ANDALUZ I- 11 _ CONVENIO DE COLABORACIÓN Y COOPERACIÓN EN MATERIA INFORMÁTICA CON EL DEFENSOR DEL PUEBLO ANDALUZ I- 11 _ CONVENIO DE COOPERACIÓN Y COLABORACIÓN EN MATERIA INFORMÁTICA CON EL DEFENSOR DEL PUEBLO

Más detalles

FUNCIONAMIENTO PRÁCTICAS EXTERNAS EXTRACURRICULARES

FUNCIONAMIENTO PRÁCTICAS EXTERNAS EXTRACURRICULARES Introducción FUNCIONAMIENTO PRÁCTICAS EXTERNAS EXTRACURRICULARES El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las Enseñanzas Universitarias Oficiales, en su artículo

Más detalles

Nombre: INTERCAMBIO ACADÉMICO ESTUDIANTIL Clave: VI-R01 Versión: 1 Fecha: 01/09/03

Nombre: INTERCAMBIO ACADÉMICO ESTUDIANTIL Clave: VI-R01 Versión: 1 Fecha: 01/09/03 1 INDICE TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES De su Objeto y Definiciones TÍTULO II TIPOS DE INTERCAMBIO De las Formas de Participación I De los Requisitos y Trámites TÍTULO III ACREDITACIÓN DE LAS ASIGNATURAS

Más detalles

CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN

CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE LA EMPRESA XXXXXXXXXXXXXXX Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES En Tandil, a los días del mes de del año dos mil siete, entre la Empresa,

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 2983 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Formación y Empleo 1157 Resolución de 11 de enero de 2013 por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de

Más detalles

Normativa para el desarrollo de Trabajos Fin de Grado en los Estudios de Grado de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de León

Normativa para el desarrollo de Trabajos Fin de Grado en los Estudios de Grado de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de León Normativa para el desarrollo de Trabajos Fin de Grado en los Estudios de Grado de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad de León Normativa aprobada en reunión de la Comisión de Títulos de

Más detalles

NORMATIVA INTERNA PARA LA MOVILIDAD DE ESTUDIANTES CON UNIVERSIDADES IBEROAMERICANAS

NORMATIVA INTERNA PARA LA MOVILIDAD DE ESTUDIANTES CON UNIVERSIDADES IBEROAMERICANAS NORMATIVA INTERNA PARA LA MOVILIDAD DE ESTUDIANTES CON UNIVERSIDADES IBEROAMERICANAS El Vicerrectorado de Relaciones Internacionales propone a la Junta de Gobierno de la Universidad de Almería la siguiente

Más detalles

Artículo 2. Comisión de coordinación de los trabajos de fin de máster universitario

Artículo 2. Comisión de coordinación de los trabajos de fin de máster universitario NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALES DE MÁSTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm. 26 de 26 de julio de 2012, modificada por el Consejo de Gobierno núm.30, de 11 de diciembre

Más detalles

En Madrid, a 24 de julio de 2013

En Madrid, a 24 de julio de 2013 CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN ENTRE LA FEDERACIÓN DE INDUSTRIA DE COMISIONES OBRERAS Y LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID PARA LA CREACIÓN DE UN FORO DEL SECTOR DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN

Más detalles

CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE PORTAL UNIVERSIA, S.A. Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA

CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE PORTAL UNIVERSIA, S.A. Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE PORTAL UNIVERSIA, S.A. Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA En Madrid, a 22 de septiembre de 2006 De una parte el Excmo. Sr. D. Juan A. Gimeno Ullastres,

Más detalles

CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES

CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES Entre Nosotros,., SOCIEDAD ANONIMA, con cédula de persona jurídica número., sociedad inscrita y vigente con vista en la Sección Mercantil del Registro Público al tomo.,

Más detalles

Preguntas Frecuentes. www.fce.ufm.edu

Preguntas Frecuentes. www.fce.ufm.edu Preguntas Frecuentes www.fce.ufm.edu La FCE ofrece clases que pueden cursar para cubrir Plan de estudios este requisito. Por ejemplo, dentro de los optativos Qué son los cursos obligatorios? Todos los

Más detalles

PROCEDIMIENTOS INSTRUCTIVO

PROCEDIMIENTOS INSTRUCTIVO I-SICA-70-0-02 INDICE CAPITULO I DEFINICIONES ARTICULO PRIMERO. De los Afiliados.......3 ARTICULO SEGUNDO. Cliente preferencial....3 ARTICULO TERCERO. Cuota de Afiliación...3 ARTICULO CUARTO. Libro de

Más detalles

CONVENIO DE COOPERACIÓN QUE SE CELEBRA ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

CONVENIO DE COOPERACIÓN QUE SE CELEBRA ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CONVENIO DE COOPERACIÓN QUE SE CELEBRA ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS y CALIFORNIA POLYTECHNIC STATE UNIVERSITY SAN LUIS OBISPO, CALIFORNIA, USA CONVENIO DE COOPERACIÓN

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SEGURO DE VIDA REGLAMENTO DEL SEGURO DE GRUPO Artículo 1º. Para la celebración del seguro del Grupo, en los términos del artículo 191 de la Ley sobre el Contrato

Más detalles

CONVENIO ACADÉMICO INTERNACIONAL PARA DOBLE o MÚLTIPLE TITULACIÓN DE MAESTRÍA Y/O DOCTORADO

CONVENIO ACADÉMICO INTERNACIONAL PARA DOBLE o MÚLTIPLE TITULACIÓN DE MAESTRÍA Y/O DOCTORADO CONVENIO ACADÉMICO INTERNACIONAL PARA DOBLE o MÚLTIPLE TITULACIÓN DE MAESTRÍA Y/O DOCTORADO CONVENIO que celebran LA UNIVERSIDADE DE SÃO PAULO [UNIVERSIDAD DE SÃO PAULO] (BRASIL) y la INSTITUCIÓN EXTRANJERA

Más detalles

Pues bien, el artículo 62 del citado Reglamento, relativo a la habilitación múltiple, establece lo

Pues bien, el artículo 62 del citado Reglamento, relativo a la habilitación múltiple, establece lo En contestación al escrito de un particular, formulando consulta sobre determinadas cuestiones relacionadas con la habilitación del personal de seguridad privada, esta Secretaría General Técnica, previo

Más detalles

Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Exclusiones

Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Exclusiones NORMATIVA MEDIANTE LA CUAL SE REGULA EL PROCEDIMIENTO INTERNO DE LA UB PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR AL TÍTULO DE DOCTOR Aprobada por el Consejo de Gobierno en fecha

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE PROGRAMAS INTERNACIONALES DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA

REGLAMENTO SOBRE PROGRAMAS INTERNACIONALES DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA REGLAMENTO SOBRE PROGRAMAS INTERNACIONALES DE MOVILIDAD DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA (Aprobado en sesión de Junta de Gobierno de 3 de julio de 2001. Modificado en sesión de Consejo

Más detalles

NORMATIVA PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE DOCTOR, AL TÍTULO OFICIAL ESPAÑOL DE DOCTOR.

NORMATIVA PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE DOCTOR, AL TÍTULO OFICIAL ESPAÑOL DE DOCTOR. NORMATIVA PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE DOCTOR, AL TÍTULO OFICIAL ESPAÑOL DE DOCTOR. (Aprobada por Comisión de Estudios de Posgrado de 13 de Marzo de 2008) (Aprobada

Más detalles

NORMATIVA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE CONVENIOS DE DOBLES TITULACIONES INTERNACIONALES EN LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE

NORMATIVA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE CONVENIOS DE DOBLES TITULACIONES INTERNACIONALES EN LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE NORMATIVA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE CONVENIOS DE DOBLES TITULACIONES INTERNACIONALES EN LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE Preámbulo La Universidad Miguel Hernández de Elche (UMH) tiene entre sus

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 312 Viernes 26 de diciembre de 2014 Sec. I. Pág. 105463 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN 13470 Acuerdo entre el Reino de España y la República de Serbia

Más detalles

CONVOCATORIA DE BECAS DE EXCELENCIA DEL GOBIERNO DE MÉXICO PARA EXTRANJEROS 2016

CONVOCATORIA DE BECAS DE EXCELENCIA DEL GOBIERNO DE MÉXICO PARA EXTRANJEROS 2016 CONVOCATORIA DE BECAS DE EXCELENCIA DEL GOBIERNO DE MÉXICO PARA EXTRANJEROS 2016 TEMA : Diversas Especialidades LUGAR : México IDIOMA : Español DURACIÓN : De acuerdo al programa. A partir de 2016. CÓDIGO

Más detalles

PRINCIPIOS GENERALES PARA LA CERTIFICACION DE INSTRUCTORES EN SEGURIDAD DE LA AVIACION (AVSEC) (Presentada por República Bolivariana de Venezuela)

PRINCIPIOS GENERALES PARA LA CERTIFICACION DE INSTRUCTORES EN SEGURIDAD DE LA AVIACION (AVSEC) (Presentada por República Bolivariana de Venezuela) 11/05/11 Cuestión 3 del Orden del Día Seguridad de la Aviación (AVSEC) 3.2 Calificaciones del Personal, Instrucción y Factores Humanos PRINCIPIOS GENERALES PARA LA CERTIFICACION DE INSTRUCTORES EN SEGURIDAD

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 41780 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Cultura y Universidades 14539 Resolución de 31 de octubre de 2014 del Secretario General de la Consejería de Educación,

Más detalles

Todas las becas quedarán sujetas a confirmación en el momento que el alumno apruebe sexto año de liceo.

Todas las becas quedarán sujetas a confirmación en el momento que el alumno apruebe sexto año de liceo. PROGRAMA GENERAL DE BECAS La Universidad de Montevideo cuenta con un programa de becas concursables para sus carreras de grado al cual pueden postularse aquellos estudiantes que hayan sido admitidos en

Más detalles

RESPONSABILIDAD LIMITADA

RESPONSABILIDAD LIMITADA UACJ/AG/CV-XX/2013 CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ, REPRESENTADA POR EL MAESTRO RENÉ JAVIER SOTO CAVAZOS, EN SU CARÁCTER DE ABOGADO

Más detalles

10. PRÁCTICAS EXTERNAS

10. PRÁCTICAS EXTERNAS 10. PRÁCTICAS EXTERNAS 10.1. DEFINICIÓN Las prácticas externas se configuran como actividades formativas integradas en el plan de estudios de las correspondientes enseñanzas artísticas superiores y podrán

Más detalles

I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE

I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE I.2. CONSEJO DE GOBIERNO I.2.6. Vicerrectorado de Relaciones Internacionales ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE FECHA

Más detalles

INSTRUCCIONES. Primera.- REQUISITOS DE LAS EMPRESAS Y CENTROS DE FORMACION

INSTRUCCIONES. Primera.- REQUISITOS DE LAS EMPRESAS Y CENTROS DE FORMACION Instrucción de la Dirección General de Formación, por la que se establecen directrices para la gestión de las solicitudes de autorización para impartir acciones formativas conducentes a la obtención de

Más detalles

Artículo 3. Acreditación de la superación de los requisitos formativos complementarios

Artículo 3. Acreditación de la superación de los requisitos formativos complementarios REGLAMENTO DE SUPERACIÓN DE REQUISITOS FORMATIVOS COMPLEMENTARIOS PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN TÍTULO EXTRANJERO DE EDUCACIÓN SUPERIOR EN LA UNIVERSIDAD DE HUELVA Aprobado por Consejo de Gobierno de 16 de

Más detalles

Convocatoria-Movilidad Estudiantil 2015-2016

Convocatoria-Movilidad Estudiantil 2015-2016 Convocatoria-Movilidad Estudiantil 2015-2016 La Dirección General de Docencia invita a las y los estudiantes de los programas de Posgrado de El Colegio de la Frontera Norte, A.C. a solicitar becas mixtas

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS REGLAMENTO GENERAL DE BECAS Mayo 2012 REGLAMENTO GENERAL DE BECAS CONTENIDO CAPÍTULOS PÁGINA I OBJETIVOS Y DISPOSICIONES GENERALES. 3 II BECAS SEP... 5 III BECAS UNAM... 6 IV BECAS PROMOCIONALES 6 V BECAS

Más detalles

CONVOCATORIA 2016. Programa de Movilidad de Estudiantes Brasil - México (BRAMEX) ANUIES-Grupo COIMBRA de Universidades Brasileñas

CONVOCATORIA 2016. Programa de Movilidad de Estudiantes Brasil - México (BRAMEX) ANUIES-Grupo COIMBRA de Universidades Brasileñas CONVOCATORIA 2016 Programa de Movilidad de Estudiantes Brasil - México (BRAMEX) ANUIES-Grupo COIMBRA de Universidades Brasileñas En el marco de la renovación del Convenio Específico para la Movilidad de

Más detalles

CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE LA UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE, DE SEVILLA Y EL INSTITUTO ANDALUZ DE LA MUJER

CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE LA UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE, DE SEVILLA Y EL INSTITUTO ANDALUZ DE LA MUJER CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE LA UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE, DE SEVILLA Y EL INSTITUTO ANDALUZ DE LA MUJER En Sevilla, a 20 de mayo de 2015 REUNIDOS De una parte, el Sr. D., como Rector Magnífico

Más detalles

ANEXO. En Pamplona, a de.de 2015

ANEXO. En Pamplona, a de.de 2015 ANEXO CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE EL GOBIERNO DE NAVARRA Y LA UNIVERSIDAD DE NAVARRA PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS En Pamplona, a de.de 2015 REUNIDOS De una parte, D.

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 312 Viernes 26 de diciembre de 2014 Sec. I. Pág. 105457 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN 13469 Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno

Más detalles

ANEXO I INSTRUCCIONES RELATIVAS A LA IMPARTICIÓN DE DETERMINADAS MATERIAS DE BACHILLERATO

ANEXO I INSTRUCCIONES RELATIVAS A LA IMPARTICIÓN DE DETERMINADAS MATERIAS DE BACHILLERATO ANEXO I INSTRUCCIONES RELATIVAS A LA IMPARTICIÓN DE DETERMINADAS MATERIAS DE BACHILLERATO Primera. Los centros educativos públicos impartirán las materias opcionales (de modalidad y optativas) de Bachillerato,

Más detalles

Convocatoria de Becas del Gobierno de México. Plataforma de movilidad estudiantil y académica de la Alianza del Pacífico QUINTA EDICIÓN

Convocatoria de Becas del Gobierno de México. Plataforma de movilidad estudiantil y académica de la Alianza del Pacífico QUINTA EDICIÓN Convocatoria de Becas del Gobierno de México Plataforma de movilidad estudiantil y académica de la Alianza del Pacífico QUINTA EDICIÓN En un marco de reciprocidad, se otorgan becas a nacionales de Colombia,

Más detalles

REGLAMENTO DE BECA EXCELENCIA ACADÉMICA PEDRO LUIS GONZÁLEZ DECRETO DE RECTORÍA ACADÉMICO 57/2014

REGLAMENTO DE BECA EXCELENCIA ACADÉMICA PEDRO LUIS GONZÁLEZ DECRETO DE RECTORÍA ACADÉMICO 57/2014 REGLAMENTO DE BECA EXCELENCIA ACADÉMICA PEDRO LUIS GONZÁLEZ DECRETO DE RECTORÍA ACADÉMICO 57/2014 Ref.: Establece normativa para Becas de Excelencia Académica y Becas para egresados de establecimientos

Más detalles

PROTOCOLO PARA EL PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES EN LA REGIÓN DE MURCIA DURANTE 2015.

PROTOCOLO PARA EL PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES EN LA REGIÓN DE MURCIA DURANTE 2015. PROTOCOLO PARA EL PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES EN LA REGIÓN DE MURCIA DURANTE 2015. La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada

Más detalles

NÚMERO 244 Viernes, 19 de diciembre de 2014

NÚMERO 244 Viernes, 19 de diciembre de 2014 37915 RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2014, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se concede renovación de la autorización, como entidad gestora de un sistema integrado de gestión de residuos

Más detalles

MODELO TIPO: PRÁCTICAS ACADÉMICAS NO RETRIBUIDAS

MODELO TIPO: PRÁCTICAS ACADÉMICAS NO RETRIBUIDAS MODELO TIPO: PRÁCTICAS ACADÉMICAS NO RETRIBUIDAS CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y LA UNIVERSIDAD... En Madrid, a (día) de (mes) de (año). REUNIDOS De una parte,

Más detalles

Circular Nro. 3. Volvemos a reiterar las bases para el envío de propuestas.

Circular Nro. 3. Volvemos a reiterar las bases para el envío de propuestas. Circular Nro. 3. 4 de abril- Nueva fecha límite para el envío de propuestas de Grupos de Trabajos, Simposios, Mesas Redondas y Mini-Cursos a la XI RAM. Estimadas y estimados: en función de las múltiples

Más detalles

ERASMUS, SENECA/SICUE, CONVENIOS)

ERASMUS, SENECA/SICUE, CONVENIOS) 1. Puedo solicitar una beca del Programa UAM-Banco Santander? 2. Cómo es la convocatoria? 3. Cómo solicito? 4. Cómo se conceden? 5. Ya me han concedido la beca 1. Puedo solicitar una beca del Programa

Más detalles

NORMATIVA GENERAL DE LA UNIVERSIDAD PARA LAS ENSEÑANZAS OFICIALES DE GRADO

NORMATIVA GENERAL DE LA UNIVERSIDAD PARA LAS ENSEÑANZAS OFICIALES DE GRADO NORMATIVA GENERAL DE LA UNIVERSIDAD PARA LAS ENSEÑANZAS OFICIALES DE GRADO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Con motivo de la entrada en vigor del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece

Más detalles

Reglamento de Becas y Financiamientos. para Estudios de Postgrado del Tecnológico de Monterrey. Esta edición de Reglamento Becas y Financiamientos

Reglamento de Becas y Financiamientos. para Estudios de Postgrado del Tecnológico de Monterrey. Esta edición de Reglamento Becas y Financiamientos Esta edición de Reglamento Becas y Financiamientos para Estudios de Postgrado del Tecnológico de Monterrey estuvo a cargo de la Dirección de Asuntos Estudiantiles del Sistema. Reglamento de Becas y Financiamientos

Más detalles

Lineamientos del Departamento de Psicometría y Medición de la Facultad de Ciencias de la Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de México

Lineamientos del Departamento de Psicometría y Medición de la Facultad de Ciencias de la Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de México Lineamientos del Departamento de Psicometría y Medición de la Facultad de Ciencias de la Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DEL DEPARTAMENTO

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO DIRECCIÓN GENERAL ACADÉMICA DEPARTAMENTO DE INTERCAMBIO ACADÉMICO Y ASUNTOS INTERNACIONALES REGLAMENTO DE INTERCAMBIO ACADÉMICO DE ESTUDIANTES CHAPINGO, MÉXICO, NOVIEMBRE

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0542/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0542/2009 Informe 0542/2009 La consulta plantea la posibilidad de incorporar en una base de datos del consultante, a la que tendrían acceso sus clientes ( talleres y concesionarios de coches), datos referidos a

Más detalles

Reglamento de Intercambio Académico

Reglamento de Intercambio Académico Reglamento de Intercambio Académico Artículo 1. Con el objetivo de complementar la formación de sus estudiantes la Universidad Del Pedregal crea el Programa de Intercambio Académico, programa a través

Más detalles

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013*

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* * Revisión aprobada por el Comité Rectoral del 16 de junio de 2014 ÍNDICE PREÁMBULO I. TÍTULO

Más detalles

Becas OEA Grupo Coimbra de Universidades Brasileras (GCUB) Para Programas de Maestría en Brasil PREGUNTAS FRECUENTES

Becas OEA Grupo Coimbra de Universidades Brasileras (GCUB) Para Programas de Maestría en Brasil PREGUNTAS FRECUENTES Becas OEA Grupo Coimbra de Universidades Brasileras (GCUB) Para Programas de Maestría en Brasil PREGUNTAS FRECUENTES SELECCIÓN DE UNIVERSIDADES Puedo postular a una sola universidad en particular? Es recomendable

Más detalles

Liceo Campestre Cafam

Liceo Campestre Cafam No. de la matrícula Nombre del estudiante: Teléfonos: Nombre del padre: Teléfonos: Nombre de la madre: Teléfonos: Nombre de la persona responsable económicamente del pago de las pensiones diferentes al

Más detalles

Consejo de Ministros El Gobierno aprueba los Reales Decretos que regulan la PGB y el acceso a la Universidad

Consejo de Ministros El Gobierno aprueba los Reales Decretos que regulan la PGB y el acceso a la Universidad Ministerio de Educación, Cultura y Deporte Consejo de Ministros El Gobierno aprueba los Reales Decretos que regulan la PGB y el acceso a la Universidad La Prueba General de Bachillerato (PGB) se realizará

Más detalles

NORMATIVA DE LAS PRÁCTICAS DE EMPRESA DE LA ESCUELA SUPERIOR DE DISEÑO ESDI,

NORMATIVA DE LAS PRÁCTICAS DE EMPRESA DE LA ESCUELA SUPERIOR DE DISEÑO ESDI, NORMATIVA DE LAS PRÁCTICAS DE EMPRESA DE LA ESCUELA SUPERIOR DE DISEÑO ESDI, centro adscrito a la UNIVERSIDAD RAMON LLULL. Actualizada: curso 2014-2015 INTRODUCCIÓN Las prácticas en empresa tienen la función

Más detalles

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACION DE LA CALIDAD DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACION DE LA CALIDAD DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACION DE LA CALIDAD DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO El presente documento se basa en la Guía de Normas y Procedimientos de la Comisión Nacional de Acreditación (CNA)

Más detalles

BASES GENERALES DEL PROGRAMA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE PREGRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES CONVOCATORIA 2015/16

BASES GENERALES DEL PROGRAMA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE PREGRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES CONVOCATORIA 2015/16 BASES GENERALES DEL PROGRAMA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE PREGRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES CONVOCATORIA 2015/16 El Programa Becas Iberoamérica. Estudiantes de Pregrado. Santander Universidades (en

Más detalles

PROGRAMA DE MOVILIDAD VIRTUAL INTERNACIONAL UNED CAMPUS NET CONVOCATORIA 2012-2013 OBJETIVO

PROGRAMA DE MOVILIDAD VIRTUAL INTERNACIONAL UNED CAMPUS NET CONVOCATORIA 2012-2013 OBJETIVO PROGRAMA DE MOVILIDAD VIRTUAL INTERNACIONAL UNED CAMPUS NET CONVOCATORIA 2012-2013 OBJETIVO La Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), interesada en fortalecer la formación profesional de sus alumnos

Más detalles