3 Actividad 1 Actividades de agentes y corredores de seguros

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2 Indice Actividades auxiliares a los servicios financieros y a los seguros Normativa Aplicable Actividades de agentes y corredores de seguros Actividades de gestión de fondos Actividades de intermediación en operaciones con valores y otros activos Administración de Mercados Financieros Evaluación de riesgos y daños Otras actividades auxiliares a los servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones Otras actividades auxiliares a seguros y fondos de pensiones Organizaciones y Asociaciones de asistencia práctica Glosario

3 1 Actividades auxiliares a los servicios financieros y a los seguros Este ámbito de actuación comprende el suministro de servicios que forman parte de o están íntimamente vinculados a los servicios financieros, sin que constituyan por sí mismos un servicio financiero. El desglose en las distintas actividades se realiza conforme al tipo de operación financiera o provisión de fondos efectuada. En particular, se enmarca dentro de esta categoría la prestación de servicios asociada a las actividades de: Administración de mercados financieros; Actividades de intermediación en operaciones con valores y otros activos; Otras actividades auxiliares a los servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones; Evaluación de riesgos y daños; Actividades de agentes y corredores de seguros; Otras actividades auxiliares a seguros y fondos de pensiones; Actividades de gestión de fondos. Actividades auxiliares a los servicios financieros y a los seguros A continuación se recogen los vínculos a los capítulos con el contenido específico para la prestación de servicios en cada una de las actividades dentro del ámbito de las Actividades auxiliares a los servicios financieros y a los seguros Seleccionar la actividad de servicios correspondiente para conocer los trámites específicos asociados a cada una de sus actividades. Actividades de agentes y corredores de seguros Actividades de gestión de fondos Actividades de intermediación en operaciones con valores y otros activos Administración de Mercados Financieros Evaluación de riesgos y daños Otras actividades auxiliares a los servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones Otras actividades auxiliares a seguros y fondos de pensiones 2 Normativa Aplicable Normativa y potencialmente afectada Normativa Potencialmente afectado por la revision de normativa Ambito Legislativo Actividad Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones. Real Decreto 1309/2005, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva (RIIC) de la LIIC. Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva. Ley 26/2006 de 17 de julio de mediación de seguros y reaseguros privados Real Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre, sobre el cambio de moneda extranjera en establecimientos abiertos al público distintos de las entidades de crédito. No Aplica Estatal Genï ½rica No Aplica Estatal Genï ½rica No Aplica Estatal Genï ½rica No Aplica Estatal Genï ½rica No Aplica Estatal Genï ½rica Ley 24/1998, de 28 de julio, del Mercado de Valores No Aplica Estatal Genï ½rica 3 Actividad 1 Actividades de agentes y corredores de seguros 3.1 Descripcion General Comprende las actividades de agentes y corredores de seguros (intermediarios de seguros) en la venta, negociación o intermediación de pólizas de seguro y de reaseguro. 3.2 Prestación con Establecimiento

4 3.2.1 Empresario Individual A continuación se describen los trámites para el ejercicio de la actividad: Paso 1. Inscripción en el registro de mediadores de seguros y corredores de reaseguros Condicion: Agente de seguros vinculado, corredores de seguros y reaseguros y operador de banca-seguros vinculado, socios, altos cargos y otros datos registrales. Inscripción en el registro de mediadores de seguros y corredores de reaseguros Solicitud de inscripción en el registro administrativo especial de mediadores de seguros, corredores de reaseguros y de sus altos cargos, excluidos los agentes exclusivos de seguros que tienen su propio procedimiento de inscripción. Documentación específica para cada tipo de inscripción y forma jurídica. Resultado: Inscripción en el registro. Ministerio de Economía y Competitividad

5 Paso 2. Inscripción para agentes de seguros exclusivos en el registro de mediadores de seguros y corredores de reaseguros Condicion: Agentes exclusivos de seguros. Inscripción para agentes de seguros exclusivos en el registro de mediadores de seguros y corredores de reaseguros Solicitud de Inscripción para agentes de seguros exclusivos en el registro administrativo especial de mediadores de seguros, corredores de reaseguros y de sus altos cargos que lleva el Ministerio competente. Justificante del pago de tasas. Resultado: Inscripción en el registro. Ministerio de Economía y Competitividad Paso 3. Inscripción de auxiliares asesores Condicion: Auxiliares asesores. Inscripción obligatoria de los auxiliares asesores en el registro de mediadores de seguros. Inscripción de auxiliares asesores Justificante del pago de tasas. Resultado: Inscripción en el registro. Ministerio de Economía y Competitividad Sociedad Mercantil A continuación se describen los trámites para el ejercicio de la actividad:

6 Paso 1. Inscripción en el registro de mediadores de seguros y corredores de reaseguros Condicion: Agente de seguros vinculado, corredores de seguros y reaseguros y operador de banca-seguros vinculado, socios, altos cargos y otros datos registrales. Inscripción en el registro de mediadores de seguros y corredores de reaseguros Solicitud de inscripción en el registro administrativo especial de mediadores de seguros, corredores de reaseguros y de sus altos cargos, excluidos los agentes exclusivos de seguros que tienen su propio procedimiento de inscripción. Documentación específica para cada tipo de inscripción y forma jurídica. Resultado: Inscripción en el registro. Ministerio de Economía y Competitividad Paso 2. Inscripción para agentes de seguros exclusivos en el registro de mediadores de seguros y corredores de reaseguros

7 Condicion: Agentes exclusivos de seguros. Inscripción para agentes de seguros exclusivos en el registro de mediadores de seguros y corredores de reaseguros Solicitud de Inscripción para agentes de seguros exclusivos en el registro administrativo especial de mediadores de seguros, corredores de reaseguros y de sus altos cargos que lleva el Ministerio competente. Justificante del pago de tasas. Resultado: Inscripción en el registro. Ministerio de Economía y Competitividad Paso 3. Inscripción de auxiliares asesores Condicion: Auxiliares asesores. Inscripción obligatoria de los auxiliares asesores en el registro de mediadores de seguros. Inscripción de auxiliares asesores Justificante del pago de tasas. Resultado: Inscripción en el registro. Ministerio de Economía y Competitividad 3.3 Prestación sin Establecimiento Empresario Individual Sociedad 3.4 Información Adicional

8 Los mediadores de seguros o de reaseguros que figuren inscritos en el Registro de un Estado miembro del Espacio Económico Europeo distinto de España cuando tal Registro sea legalmente admisible con arreglo a la normativa de dicho Estado miembro de origen podrán iniciar su actividad en España en régimen de derecho de establecimiento o en régimen de libre prestación de servicios un mes después de la fecha en que las autoridades competentes del Estado miembro de origen le hayan informado de que han comunicado a la Autoridad competente española su intención de ejercer la actividad de mediación de seguros en España. 4 Actividad 2 Actividades de gestión de fondos 4.1 Descripcion General Comprende las actividades de gestión de cartera y de fondos realizadas por cuenta de terceros para individuos, empresas y otros, como: la gestión de fondos de inversión, la gestión de otras instituciones de inversión colectiva, la gestión de fondos de pensiones. 4.2 Prestación con Establecimiento Empresario Individual a) Nacional Según la normativa vigente es necesario revestir forma jurídica de Sociedad Anónima. b) Otros Paises Miembros Según la normativa vigente es necesario revestir forma jurídica de Sociedad Anónima Sociedad Mercantil A continuación se describen los trámites para el ejercicio de la actividad:

9 Paso 1. Autorización de sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva Condicion: Entidades gestoras de fondos de inversión. Autorización de sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva. Proyecto de estatutos. Memoria con la descripción de la estructura

10 Autorización de sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva organizativa de la sociedad. Relación de actividades a desarrollar y los medios técnicos y humanos. Relación personas que ostentan cargos de administración o dirección de la entidad, con acreditación de su honorabilidad y de la profesionalidad. Identificación de los accionistas que posean participación significativa en la sociedad. Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) Paso 2. Inscripción en el Registro de la CNMV de una Sociedad Gestora de instituciones de inversión colectiva Solicitud de inscripción de la Sociedad en el registro correspondiente de la CNMV. Inscripción en el Registro de la CNMV de una Sociedad Gestora de instituciones de inversión colectiva Testimonio notarial de la escritura pública de constitución de la Sociedad inscrita en el Registro Mercantil. Resultado: Inscripción en el registro. Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) Paso 3. Solicitud de autorización e inscripción como entidad gestora de fondos de pensiones pura Condicion: Entidades gestoras de fondos de pensión. Autorización e inscripción de entidad gestora de fondos de pensiones pura. Solicitud de autorización e inscripción como entidad gestora de fondos de pensiones pura Resultado: registro. Documentación específica de la sociedad. Autorización e inscripción en el Ministerio de Economía y Competitividad Paso 4. Solicitud de autorización e inscripción como entidad gestora de fondos de pensiones para una

11 entidad aseguradora Condicion: Entidades gestoras de fondos de pensión. Autorización e inscripción como entidad gestora de fondos de pensiones para una entidad aseguradora. Solicitud de autorización e inscripción como entidad gestora de fondos de pensiones para una entidad aseguradora Documentación específica de la sociedad. Resultado: Autorización. Ministerio de Economía y Competitividad 4.3 Prestación sin Establecimiento Empresario Individual a) Nacional Según la normativa vigente es necesario estar establecido en España para poder ejercer esta actividad. b) Otros Paises Miembros Según la normativa vigente es necesario estar establecido en España para poder ejercer esta actividad Prestación Temporal de Servicios como Empresario Individual a) Nacional Según la normativa vigente es necesario estar establecido en España para poder ejercer esta actividad. b) Otros Paises Miembros Según la normativa vigente es necesario estar establecido en España para poder ejercer esta actividad Prestación Temporal de Servicios como Sociedad a) Nacional Según la normativa vigente es necesario estar establecido en España para poder ejercer esta actividad. b) Otros Paises Miembros

12 Según la normativa vigente es necesario estar establecido en España para poder ejercer esta actividad. No se ha identificado Información complementaria susceptible de ser recogida en el ámbito de esta actividad. 5 Actividad 3 Actividades de intermediación en operaciones con valores y otros activos 5.1 Descripcion General Esta actividad comprende las operaciones en los mercados financieros por cuenta de terceros (por ejemplo, corredores de bolsa) y otras actividades afines como la correduría de bolsa, la intermediación en operaciones con contratos de productos básicos, las actividades de oficinas de cambio de moneda, etc. 5.2 Prestación con Establecimiento Empresario Individual A continuación se describen los trámites para el ejercicio de la actividad:

13 Paso 1. Autorización y registro de titulares de establecimientos de cambio de moneda Condicion: Establecimientos de cambio de moneda. Autorización de establecimientos de cambio de moneda distintos de las entidades de crédito. Autorización y registro de titulares de establecimientos de cambio de moneda Relación de los locales donde vaya a ejercer la actividad de compra de moneda. Solo en caso de que la actividad de compra de moneda tenga carácter principal: Declaración de honorabilidad, Autorización para consultar los datos de la Central de Información de Riesgos del Banco de España. Resultado: Autorización. Banco de España Sociedad Mercantil A continuación se describen los trámites para el ejercicio de la actividad:

14 Paso 1. Autorización de empresas de servicios de inversión Condicion: Servicios de inversión. Solicitud de de autorización para empresas de servicios de inversión distintas de las de asesoramiento financiero. Autorización de empresas de servicios de inversión Programa de actividades, en el que de modo específico habrán de constar cuáles de aquellas previstas en la normativa pretende realizar la empresa y con qué alcance, Organización y medios de los que dispone la empresa para el ejercicio de sus actividades. Resultado: Autorización. Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV)

15 Paso 2. Autorización y registro de titulares de establecimientos de cambio de moneda Condicion: Actividades de establecimientos de cambio de moneda. Autorización de establecimientos de cambio de moneda distintos de las entidades de crédito. Autorización y registro de titulares de establecimientos de cambio de moneda Relación de los locales donde vaya a ejercer la actividad de compra de moneda. Solo en caso de que la actividad de compra de moneda tenga carácter principal: Declaración de honorabilidad, Autorización para consultar los datos de la Central de Información de Riesgos del Banco de España. Resultado: Autorización. Banco de España 5.3 Prestación sin Establecimiento Empresario Individual Sociedad 5.4 Información Adicional Para las empresas de servicios de inversión, es necesario revestir forma jurídica de Sociedad Anónima según la normativa vigente. Las empresas de servicios de inversión autorizadas en otro Estado miembro de la Unión Europea podrán realizar en España, bien mediante la apertura de una sucursal, bien en régimen de libre prestación de servicios, servicios de inversión y servicios auxiliares. Será imprescindible que la autorización, los estatutos y el régimen jurídico de la entidad le habiliten para ejercer las actividades que pretende realizar. En cualquier caso, los servicios auxiliares sólo podrán prestarse junto con un servicio de inversión. La libre prestación de servicios para actividades de cambio de moneda no aplica al ser necesario el establacimiento de un local físico para el ejercicio de dichas actividades. 6 Actividad 4 Administración de Mercados Financieros 6.1 Descripcion General Comprende la administración y la supervisión de mercados financieros por corporaciones independientes de las autoridades públicas, como: los mercados de contratos de productos básicos; los mercados de contratos

16 de futuros sobre mercancías; los mercados de valores; los mercados de acciones; los mercados de opciones s o b r e a c c i o n e s o p r o d u c t o s b á s i c o s. 6.2 Prestación con Establecimiento Empresario Individual Sociedad 6.3 Prestación sin Establecimiento Empresario Individual Sociedad 6.4 Información Adicional Para dar comienzo a su actividad los mercados secundarios oficiales deberán obtener la autorización del Ministro de Economía y Hacienda, a propuesta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Los mercados secundarios oficiales deberán cumplir los siguientes requisitos para obtener la autorización, entre ellos designar una sociedad rectora, que tendrá la forma de sociedad anónima y cuyas funciones básicas serán la organización, el funcionamiento y la supervisión del mercado. Dicha sociedad debe cumplir con los requisitos establecidos por la normativa vigente. 7 Actividad 5 Evaluación de riesgos y daños 7.1 Descripcion General Comprende la prestación de servicios de administración de seguros, como la tasación y la liquidación de siniestros: la evaluación de las solicitudes de indemnización por siniestro (la tasación de daños, la valoración de riesgos, la evaluación de riesgos y daños, la tasación de averías y pérdidas); la liquidación de las s o l i c i t u d e s d e i n d e m n i z a c i ó n p o r s i n i e s t r o. 7.2 Prestación con Establecimiento Empresario Individual Sociedad 7.3 Prestación sin Establecimiento Empresario Individual

17 7.3.2 Sociedad No se ha identificado Información complementaria susceptible de ser recogida en el ámbito de esta actividad. 8 Actividad 6 Otras actividades auxiliares a los servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones 8.1 Descripcion General Comprende las actividades auxiliares a los servicios financieros, no incluidas en otra clasificación: las actividades de tramitación y liquidación de operaciones financieras, incluidas las operaciones de tarjetas de crédito, los servicios de asesoramiento en materia de inversión, las actividades de asesores e intermediarios hipotecarios, los servicios de fideicomisarios, fiduciarios y de custodia prestados por cuenta de terceros. 8.2 Prestación con Establecimiento Empresario Individual A continuación se describen los trámites para el ejercicio de la actividad:

18 Paso 1. Autorización de empresas de asesoramiento financiero Autorización administrativa para las empresas de asesoramiento financiero por parte de la CNMV. Autorización de empresas de asesoramiento financiero Copia de certificación de reserva de denominación expedida por el Registro Mercantil (Sección de Denominaciones) para personas jurídicas. Documentación asociada al cumplimiento de requisitos financieros exigibles. Resultado: Autorización. Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV)

19 8.2.2 Sociedad Mercantil A continuación se describen los trámites para el ejercicio de la actividad: Paso 1. Autorización de empresas de asesoramiento financiero Autorización administrativa para las empresas de asesoramiento financiero por parte de la CNMV. Autorización de empresas de asesoramiento financiero Copia de certificación de reserva de denominación expedida por el Registro Mercantil (Sección de Denominaciones) para personas jurídicas. Documentación asociada al cumplimiento de requisitos financieros exigibles. Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV)

20 Resultado: Autorización. 8.3 Prestación sin Establecimiento Empresario Individual Sociedad 8.4 Información Adicional Las empresas de servicios de inversión autorizadas en otro Estado miembro de la Unión Europea, en particular las empresas de asesoramiento financiero, podrán realizar en España, bien mediante la apertura de una sucursal, bien en régimen de libre prestación de servicios, servicios de inversión y servicios auxiliares. Será imprescindible que la autorización, los estatutos y el régimen jurídico de la entidad le habiliten para ejercer las actividades que pretende realizar. En cualquier caso, los servicios auxiliares sólo podrán prestarse junto con un servicio de inversión. 9 Actividad 7 Otras actividades auxiliares a seguros y fondos de pensiones 9.1 Descripcion General Comprende las actividades estrechamente relacionadas con seguros y fondos de pensiones (excepto las de intermediación financiera, la tasación de daños y las actividades de agentes y corredores de seguros), como la administración del salvamento y los servicios actuariales. 9.2 Prestación con Establecimiento Empresario Individual Sociedad 9.3 Prestación sin Establecimiento Empresario Individual Sociedad No se ha identificado Información complementaria susceptible de ser recogida en el ámbito de esta actividad. 10 Organizaciones y Asociaciones de asistencia práctica

21 10.1 Asistencia practica para el prestador de servicios Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) Es el organismo encargado de la supervisión e inspección de los mercados de valores españoles y de la actividad de cuantos intervienen en los mismos. El objetivo de la CNMV es velar por la transparencia de los mercados de valores españoles y la correcta formación de precios, así como la protección de los inversores. Asociación Nacional de Agencias de envío de Dinero Asociación empresarial integrada por las compañías españolas dedicadas a la actividad de compraventa de moneda y gestión de transferencias con el exterior. Bolsas y Mercados Españoles (BME) Sociedad que integra las diferentes empresas que dirigen y gestionan los mercados de valores y sistemas financieros en España. Agrupa, bajo la misma unidad de acción, decisión y coordinación, los mercados de renta variable, renta fija, derivados y sistemas de compensación y liquidación españoles. El grupo BME está integrado por la Bolsa de Barcelona, Bolsa de Bilbao, Bolsa de Madrid, Bolsa de Valencia, MF Mercados Financieros e Iberclear. Asociación de instituciones de inversión colectiva y fondos de pensiones (INVERCO) La asociación de instituciones de inversión colectiva y fondos de pensiones es una asociación que agrupa a la práctica totalidad de las Instituciones de Inversión Colectiva españolas (Fondos y Sociedades de Inversión), a los Fondos de Pensiones españoles, y a las Instituciones de Inversión Colectiva extranjeras que comercializan sus productos es España. Persigue los siguientes fines: Representar los intereses de los asociados ante cualquier organización representativa, realizar actividades en defensa de los intereses de los asociados, establecer y fomentar las relaciones con otras entidades españolas o extranjeras Asistencia practica para el destinatario de servicios 11 Glosario Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) Es el organismo encargado de la supervisión e inspección de los mercados de valores españoles y de la actividad de cuantos intervienen en los mismos. El objetivo de la CNMV es velar por la transparencia de los mercados de valores españoles y la correcta formación de precios, así como la protección de los inversores. Agentes de seguros: Son agentes de seguros las personas físicas o jurídicas que, mediante la celebración de un contrato de agencia con una o varias entidades aseguradoras y la inscripción en el Registro administrativo especial de mediadores de seguros, corredores de reaseguros y de sus altos cargos, se comprometen frente a éstas a realizar actividades de mediación entre los tomadores de seguros o de reaseguros y asegurados, de una parte, y las entidades aseguradoras o reaseguradoras autorizadas para ejercer la actividad aseguradora o reaseguradora privadas, de otra. Auxiliares asesores: Serán auxiliares-asesores aquellos auxiliares externos que, además de las actividades de colaboración con los mediadores de seguros en la distribución de productos, presten por cuenta del mediador con quien hayan suscrito un contrato de auxiliar-asesor asistencia en la gestión, ejecución y formalización de los contratos de seguro, o en caso de siniestro. Empresas de servicios de inversión: Las empresas de servicios de inversión son aquellas empresas cuya actividad principal consiste en prestar servicios de inversión, con carácter profesional, a terceros sobre los instrumentos financieros. Son empresas de servicios de inversión las siguientes: sociedades de valores; agencias de valores; sociedades gestoras de carteras; empresas de asesoramiento financiero. Mercados Regulados: Son mercados regulados aquéllos sistemas multilaterales que permiten reunir los diversos intereses de compra y venta sobre instrumentos financieros para dar lugar a contratos con respecto a los instrumentos financieros admitidos a negociación, y que están autorizados y funcionan de forma regular, conforme a la normativa vigente, con sujeción en todo caso, a condiciones de acceso, admisión a negociación, procedimientos operativos, información y publicidad. Los mercados regulados españoles reciben la denominación de mercados secundarios oficiales. A tales efectos, se considerarán mercados secundarios oficiales de valores los siguientes: Las Bolsas de Valores; El Mercado de Deuda Pública en Anotaciones; Los Mercados de Futuros y

22 Opciones, cualquiera que sea el tipo de activo subyacente, financiero o no financiero; El Mercado de Renta Fija, AIAF; Cualesquiera otros, de ámbito estatal, que, cumpliendo los requisitos previstos, se autoricen en el marco de las previsiones normativas, así como aquellos, de ámbito autonómico, que autoricen las comunidades autónomas con competencia en la materia.

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