A L E X A N D E R S T E A M
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- Carla Rodríguez Sandoval
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1 A L E X A N D E R S T E A M
2 MATERIA DEL PROCESO Cese definitivo de la realización de ensayos nucleares por parte de Francia Soberanía Afectó contra su voluntad el espacio aéreo de sustancias radio activas Actos Unilaterales (Francia)
3 PARTES DEL PROCESO Australia Francia
4 ANTECEDENTES 1966 a 1972 Francia realizó pruebas atmosféricas con armas nucleares en su Centro de Experimentación del Pacífico Sur Polinesia Francesa. El lugar utilizado por Francia para sus pruebas era principalmente, el Atolón de Mururoa, situado a km. del continente australiano. El Comité Científico de las Naciones Unidas para el Estudio de los Efectos de la Radiación Atómica, en sucesivos informes indicó que dichas pruebas en la atmósfera, liberaban en todo el mundo materia radioactivas. Por este motivo en 1973, Australia decide demandar a Francia antes de la Corte Internacional de Justicia.
5 AUSTRALIA El 9 de mayo de 1973, junto con la solicitud introductiva de la instancia, Australia pidió a la Corte la indicación de medidas conservatorias frente a los ensayos, mientras resolvía la corte. Se ha vulnerado el derecho de Australia y de sus habitantes, ya que se encuentran expuestos a pruebas con armas nucleares. El depósito de sustancias radioactivas recaídas sobre el territorio australiano y su dispersión en el espacio aéreo australiano Viola la soberanía de Australia sobre su territorio; Compromete el derecho de Australia a decidir con toda independencia los actos que tendrán lugar en su territorio. Constituyen infracciones a la libertad del alta mar: La interferencia que alcanza a las naves y aeronaves en alta mar y el espacio aéreo La contaminación del alta mar por la caída de sustancias radioactivas
6 AUSTRALIA Petitorio: La continuación de pruebas nucleares en la atmósfera en el Océano Pacífico Sur, son incompatibles con las reglas aplicables de Derecho Internacional; y ordene a la República francesa que cese de realizar tales pruebas Australia solicita a la corte
7 MEDIDAS CONSERVATORIAS SOLICITADAS Con su demanda, Australia solicitó medidas conservatorias frente a los ensayos, hasta que la corte resolviese. En aplicación del art. 41 del Estatuto, consideró un deber indicar medidas conservatorias para salvaguardar los derechos invocados por Australia. En especial en lo concerniente al depósito de elementos radioactivos en su territorio. Sin embargo, recalcó que dicha medida conservatoria no prejuzgaba la cuestión relativa a la admisibilidad de la demanda ni al fondo de la misma
8 FRANCIA Señaló mediante comunicación de su embajador en los Países Bajos, que la corte era incompetente, y que por lo tanto el caso sea removido de su lista.
9 Comunicación pública de la Presidencia de la República Francesa del 8 de julio de 1974 La Presidencia de la República precisa que ha llegado a un punto en la ejecución de su programa de defensa, en que Francia está en condiciones de pasar al estadio de pruebas nucleares subterráneas, una vez que la serie prevista para este año haya acabado. Declaración del Presidente de la República, hecha el 25 de julio de 1974 durante una reunión de prensa: sobre la cuestión de las pruebas nucleares,... yo mismo he precisado que esta serie de experiencias atmosféricas sería la última y los miembros del Gobierno han sido informados de nuestra intención al respecto. Declaración del Ministro de Defensa del 11 de octubre de 1974, durante el curso de una conferencia de prensa, en la cual dijo dos veces en términos casi idénticos. no habrá más pruebas atmosféricas en 1975 y que Francia está lista para proceder a pruebas subterráneas.
10 RESOLUCIÓN DE LA CORTE Las declaraciones que revisten la forma de actos unilaterales concernientes a situaciones de hecho o de derecho pueden tener por efecto crear obligaciones jurídicas. Las declaraciones hechas por el Presidente y los Miembros del Gobierno francés deben considerarse como un todo y, constituyen un compromiso del Estado, teniendo en cuenta la intención y las circunstancias en que se realizaron. Cuando el gobierno francés anunció qué la serie de pruebas atmosféricas de 1974 será la última, dio a conocer a todos los Estados del mundo, incluido el demandante, su intención de acabar efectivamente con dichas pruebas. Al haber realizado dicho acto unilateral y en consecuencia comprometerse al cesamiento de las pruebas nucleares, se eliminó la controversia que sustenta la actuación de la Corte Internacional de Justicia. En consecuencia, por sustracción de la materia, la corte resuelve que la demanda de Australia ha quedado sin objeto y por lo tanto no emitirá una decisión.
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TRATADO ANTARTICO ARTICULO I ARTICULO II ARTICULO III ARTICULO IV
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