- Colectivo Asegurado:

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "- Colectivo Asegurado:"

Transcripción

1 EXTRACTO DE CONDICIONES DE LA PÓLIZA DE SEGURO GRATUITO DE ACCIDENTES DE TARJETAS DE CRÉDITO DE KUTXABANK VISA DUAL K26, VISA DUAL K26+, VISA DUAL, VISA CLASSIC, VISA EXTRA, VISA GAZTE, VISA NAKAR/PARTAIDE, VISA/MASTERCARD DONOSTIA KULTURA, VISA TITANIO, CREDIT KUTXA, MASTERCARD AZUL, VISA/MASTERCARD REAL SOCIEDAD, Emitido de conformidad con las condiciones generales, particulares y especiales de la póliza número que, a estos efectos, ha contratado KUTXABANK, S.A. con la Compañía Chubb Insurance Company of Europe SE. - Objeto del Seguro: Los accidentes producidos durante el viaje realizado en un medio de transporte público autorizado para el transporte de pasajeros, siempre que el importe de los mismos haya sido satisfecho con una tarjeta de crédito o débito emitida por Kutxabank. A estos efectos se considera Accidente la lesión corporal o muerte que deriva de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del Asegurado. - Colectivo Asegurado: Primero: La persona física a cuyo favor esté emitida una tarjeta de crédito emitida por KUTXABANK, S.A., de entre las que a continuación se enumeran: VISA DUAL K26, VISA DUAL K26+, VISA DUAL, VISA CLASSIC, VISA EXTRA, VISA GAZTE, VISA NAKAR/PARTAIDE, VISA/MASTERCARD DONOSTIA KULTURA, VISA TITANIO, CREDIT KUTXA, MASTERCARD AZUL, VISA/MASTERCARD REAL SOCIEDAD, Además cualquier otra persona no comprendida anteriormente, exclusivamente, cuando viaje en un medio de transporte público colectivo, autorizado para el transporte de viajeros, cuyo billete en vigor haya sido abonado por algún Titular de las citadas tarjetas KUTXABANK con la siguiente limitación: La cobertura del seguro se limitará al titular de la tarjeta y hasta nueve personas adicionales más. Segundo: Las y los Titulares de las tarjetas emitidas por KUTXABANK quedan cubiertos de los accidentes ocurridos en cualquier lugar del mundo durante las 24 horas, ya sea durante el desempeño de sus actividades profesionales o durante los actos de su vida cotidiana, incluidos los derivados del uso de los medios ordinarios de locomoción y de la práctica del deporte como afición, salvo los excluidos de forma expresa en el apartado de exclusiones. - Beneficiarios: La persona titular del derecho a la prestación contratada. El titular del derecho a la prestación contratada será el Asegurado salvo en el caso de su fallecimiento. La indemnización por fallecimiento será satisfecha, salvo designación expresa de beneficiario por el Asegurado, por orden de prelación preferente y excluyente, a las personas que, con respecto al Asegurado, sean: Su cónyuge, siempre que no esté separado legalmente o de hecho. Sus hijos a partes iguales. Si alguno hubiera fallecido, su parte la percibirán sus hijos y si no los hubiere, será repartida entre los hijos vivos del Asegurado. Sus padres. Sus abuelos. Sus hermanos A falta de todos los anteriores, los herederos legales del Asegurado fallecido. - Garantías y Capitales: Para las personas comprendidas en el apartado primero de Colectivo Asegurado:. En caso de producirse el fallecimiento o invalidez absoluta y permanente del Asegurado por accidente en transporte público con billete pagado con una tarjeta, el Asegurador abonará al Beneficiario TRESCIENTOS MIL EUROS ( ). Los pagos que el Asegurador pudiera haber realizado por la cobertura de Incapacidad Permanente como consecuencia del accidente que ocasione el fallecimiento posterior del Asegurado se deducirán de la indemnización debida en caso de Muerte, si ésta es superior. 1

2 EXTRACTO DE CONDICIONES DE LA PÓLIZA DE SEGURO GRATUITO DE ACCIDENTES DE TARJETAS DE CRÉDITO DE KUTXABANK VISA DUAL K26, VISA DUAL K26+, VISA DUAL, VISA CLASSIC, VISA EXTRA, VISA GAZTE, VISA NAKAR/PARTAIDE, VISA/MASTERCARD DONOSTIA KULTURA, VISA TITANIO, CREDIT KUTXA, MASTERCARD AZUL, VISA/MASTERCARD REAL SOCIEDAD,. También quedan cubiertos los accidentes sufridos al ir como pasajero o conductor de un vehículo turismo (excluidas las motocicletas) alquilado cuyo importe haya sido cargado en la tarjeta. Esta cobertura se limita únicamente a los siniestros ocurridos en Europa, Estados Unidos y Canadá, quedando por tanto excluidos los ocurridos en el resto del mundo. Quedan excluidos los autoestopistas que vayan como pasajeros en vehículos alquilados cubiertos por el seguro. Cuando la edad del asegurado sea inferior a 14 años, la prestación se entiende sustituida por una indemnización en concepto de Gastos de Sepelio, por el importe señalado en póliza para caso de Muerte y con un máximo de SEIS MIL EUROS (6.000 )..En caso de producirse la limitación funcional irreversible como consecuencia de las secuelas derivadas del accidente en transporte público el Asegurador abonará al Beneficiario el porcentaje correspondiente a la suma asegurada. El grado de invalidez no guarda relación directa con las distintas calificaciones previstas por la Seguridad Social para la contingencia de Invalidez o Incapacidad Permanente. A cada situación de incapacidad permanente le corresponde un grado de invalidez que se determina según lo previsto en el Baremo que figura en las Condiciones Particulares y Generales de la póliza. El grado máximo de indemnización será del 100% del Baremo. El fallecimiento debe producirse dentro del plazo de 18 meses desde que se produjo el accidente, en tanto que la Invalidez Permanente deberá producirse dentro del plazo de 24 meses desde que se produjo el accidente y a consecuencia de éste..en caso de secuestro del medio de transporte en el que viajan las personas Aseguradas, se les indemnizará en concepto de gastos justificados con un capital por persona de hasta seis mil euros (6.000 ). Esta cláusula será aplicable exclusivamente en caso de riesgo de Accidentes de viaje en transporte público colectivo. En caso de pago parcial de un billete de transporte público, la indemnización, en su caso, será proporcional al importe pagado con la tarjeta respecto al importe total del mismo. Para las personas Aseguradas comprendidas en el apartado segundo de Colectivo Asegurado: En caso de producirse el fallecimiento o invalidez absoluta y permanente por accidente, el Asegurador abonará al Beneficiario la suma equivalente a la suma de las facturas cargadas en la cuenta de la Tarjeta por compras realizadas en los últimos doce meses a contar desde la fecha del accidente, con un límite máximo de quince mil euros ( ). El Asegurador además abonará al Beneficiario la suma equivalente al saldo pendiente de la Tarjeta por compras en el mes de la fecha del accidente, con un límite máximo de seis mil euros (6.000 ). - Límite de edad: No existe límite de edad para las personas aseguradas comprendidas en el apartado primero de Colectivo Asegurado, si bien para los menores de 14 años y mayores de 75 años, existirá una indemnización de seis mil euros (6.000 ) en concepto de gastos de sepelio. El seguro quedará resuelto automáticamente al término de la anualidad de seguro en que los Asegurados comprendidos en el apartado segundo de Colectivo Asegurado cumplan la edad de 75 años. - Exclusiones: Se recogen en el artículo tercero (3º) de la póliza de seguro suscrita por KUTXABANK. Un mismo accidente no da derecho simultáneamente a las indemnizaciones para caso de Fallecimiento y de Invalidez Permanente. Para la cobertura de la póliza referida a los viajes pagados con tarjeta, será preciso que los asegurados figuren identificados 2

3 EXTRACTO DE CONDICIONES DE LA PÓLIZA DE SEGURO GRATUITO DE ACCIDENTES DE TARJETAS DE CRÉDITO DE KUTXABANK VISA DUAL K26, VISA DUAL K26+, VISA DUAL, VISA CLASSIC, VISA EXTRA, VISA GAZTE, VISA NAKAR/PARTAIDE, VISA/MASTERCARD DONOSTIA KULTURA, VISA TITANIO, CREDIT KUTXA, MASTERCARD AZUL, VISA/MASTERCARD REAL SOCIEDAD, en el título acreditativo del transporte, sin que sean válidos los títulos al portador. Estos últimos serán validos cuando correspondan a transportes complementarios de un viaje principal. El Asegurador no cubre las consecuencias originadas o producidas, entre otros, por los hechos siguientes: - Los provocados intencionadamente por el Asegurado o anteriores a la entrada en vigor de este seguro. - El fallecimiento producido por la práctica por el Asegurado de cualquier deporte con carácter profesional.. - Los daños como consecuencia de síncopes, cardiopatías, infartos de miocardio, infartos o derrames cerebrales, ataques de apoplejía o epilepsiformes, así como las lesiones producidas con ocasión de esas manifestaciones o de otro estado morboso. - Las lesiones que sean consecuencia de intervenciones quirúrgicas o tratamientos médicos no motivados por un hecho cubierto. - Las congestiones insolaciones, congelaciones y otros efectos de la temperatura o presión atmosférica a las cuales no esté expuesto el Asegurado a consecuencia de un hecho cubierto, las intoxicaciones producidas por la ingestión de productos alimenticios. - Los accidentes por el uso, como conductor o pasajero, de motocicletas o ciclomotores de más de 125 centímetros cúbicos, así como los accidentes ocasionados por la conducción de vehículos a motor, terrestres, aéreos o marítimos, cuando el Asegurado carezca del correspondiente permiso de conducir. - Los que sobrevengan al Asegurado en situaciones de enajenación mental o sonambulismo, suicidio o de su tentativa, embriaguez o haciendo uso de drogas, sustancias psicotrópicas o estupefacientes, así como de medicamentos no prescritos por el médico. - Las consecuencias de actos delictivos, imprudencia manifiestamente temeraria o culpa grave del Asegurado, así como los debidos a su participación en desafíos, apuestas, riñas o peleas, siempre y cuando no hubiese actuado en legítima defensa o en tentativa de salvamento de bienes o personas. - Información al Asegurado El tomador del seguro, antes de la celebración de este contrato, ha recibido la siguiente información, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 60 de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados y en los artículos 104 a 107 de su reglamento: - El asegurador de la póliza es CHUBB Insurance Company of Europe S.E., con domicilio social en Madrid, calle Serrano n. 57, correspondiendo a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Ministerio de Economía y Hacienda el control y supervisión de su actividad. - La legislación aplicable al contrato de seguro es la española, en particular, la ley 50/1980 de 8 de octubre, de contrato de seguro. - El tomador o el asegurado pueden, en caso de litigio con el asegurador, acudir al arbitraje y a los tribunales ordinarios de justicia españoles. Para quejas y/o reclamaciones a la compañía, CHUBB dispone de un Servicio de Atencion al Cliente (C/Serrano, 57, Madrid, teléfono ) para atender y resolver las quejas y reclamaciones que sus asegurados les presenten, relacionadas con sus intereses y derechos legalmente reconocidos, que serán atendidas y resueltas en el plazo máximo de dos meses desde su presentación. 3

4 EXTRACTO DE CONDICIONES DE LA PÓLIZA DE SEGURO GRATUITO DE ACCIDENTES DE TARJETAS DE CRÉDITO DE KUTXABANK VISA DUAL K26, VISA DUAL K26+, VISA DUAL, VISA CLASSIC, VISA EXTRA, VISA GAZTE, VISA NAKAR/PARTAIDE, VISA/MASTERCARD DONOSTIA KULTURA, VISA TITANIO, CREDIT KUTXA, MASTERCARD AZUL, VISA/MASTERCARD REAL SOCIEDAD, En caso de disconformidad con la resolución adoptada por el Servicio de Atención al Cliente, o si ha transcurrido el plazo de dos meses sin haber obtenido respuesta, el reclamante podrá dirigirse a la Dirección General de Seguros, Comisionado para la Defensa del Asegurado (Paseo de Castellana, 44, Madrid, teléfono , fax ). Documentación necesaria en caso de siniestro - En caso de fallecimiento. Certificado de defunción. Fotocopia compulsada del DNI del fallecido y beneficiarios. Documentación acreditativa de la condición y personalidad de los beneficiarios (libro de. familia, etc.). Certificado expedido por el Registro de Actos de últimas voluntades y copia del último testamento. Documentación acreditativa del accidente (atestados, diligencias judiciales ).. - En caso de invalidez absoluta. Resolución de invalidez de Seguridad Social. Certificados médicos que indiquen la causa, inicio, naturaleza y consecuencia de la lesión, con expresión de las secuelas resultantes.. Documentación acreditativa del accidente (atestados, diligencias judiciales, parte de accidente de trabajo ).. Fotocopia compulsada del DNI del asegurado. Así, como, en ambos casos, la documentación que el Asegurador razonablemente requiera. Esta documentación podrá ser enviada directamente a la Cía. Aseguradora, C/ Serrano 57-5º, Madrid, indicando el número de póliza de referencia. El presente extracto tiene carácter puramente informativo y para cualquier conflicto o litigio se estará a lo dispuesto en las Condiciones Generales y Particulares de la póliza y que se rigen por lo dispuesto en la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, el Real Decreto Legislativo 6/2004 que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados y el Real Decreto 2486/1998 que recoge el Reglamento de Ordenación y Supervisión de Seguros Privados. Este extracto sustituye a los anteriores y estará vigente mientras se mantenga la póliza contratada entre Kutxabank, S.A. y Chubb Insurance Company of Europe SE, siendo opcionales para Kutxabank las futuras renovaciones de la póliza, en la que actúa como Tomador del Seguro sin asumir, ni directa, ni subsidiariamente, obligaciones que corresponden a la Cía. Aseguradora. 4

5 Emitidas de conformidad con las condiciones particulares de la póliza número que, a estos efectos, ha contratado KUTXABANK S.A. con la Cía. ARAG. - Objeto del seguro. ARAG garantiza la ASISTENCIA EN VIAJE de los viajes pagados con una tarjeta de crédito de Kutxabank que efectúe el titular de la misma en el ámbito de su vida particular o laboral, mediante las garantías que se detallan. - Asegurados. La persona física titular de una tarjeta de crédito o débito de Kutxabank S.A. con residencia habitual en España. Asimismo, quedarán aseguradas hasta 9 personas adicionales más. - Ámbito territorial. Las garantías descritas en esta Póliza son válidas para eventos que se produzcan en España, en Europa o en todo el mundo. - Validez temporal. Para beneficiarse de las garantías cubiertas, el tiempo de permanencia del Asegurado fuera de su residencia habitual no deberá de exceder de 90 días por viaje o desplazamiento. - Garantías cubiertas. En caso de ocurrencia de un siniestro amparado por la presente póliza, ARAG, garantiza la prestación de, entre otros, los siguientes servicios. Asistencia médica y sanitaria. ARAG tomará a su cargo los gastos correspondientes a la intervención de los profesionales y establecimientos sanitarios requeridos para la atención del Asegurado, enfermo o herido, hasta un límite de euros en Europa (excluida España) y euros en el resto del Mundo. Los gastos odontológicos se limitan, en cualquier caso a 100 euros o su equivalente en moneda local.. Repatriación o transporte sanitario de heridos o enfermos. En caso de accidente o enfermedad sobrevenida del Asegurado, ARAG se hará cargo de los gastos de traslado en ambulancia hasta la clínica u hospital más próximo y los de traslado hasta el centro hospitalario prescrito o a su domicilio habitual.. Convalecencia en hotel. Si el Asegurado enfermo o herido no puede regresar a su domicilio por prescripción médica, ARAG tomará a su cargo los gastos de hotel motivados por la prórroga de estancia, hasta 74 euros diarios, y por un período máximo de 10 días.. Repatriación o transporte del Asegurado fallecido. En caso de defunción de un Asegurado, ARAG organizará el traslado del cuerpo hasta el lugar de inhumación en España y se hará cargo de los gastos del mismo. No estarán comprendidos los gastos de inhumación y ceremonia y ARAG tomará a su cargo el regreso a su domicilio de los demás Asegurados, cuando éstos no pudieran hacerlo por los medios inicialmente previstos.. Regreso anticipado por fallecimiento de un familiar. Si cualquiera de los Asegurados debe interrumpir su viaje a causa del fallecimiento de un familiar, de entre los considerados en la póliza, ARAG tomará a su cargo el transporte, ida y vuelta, en avión (clase turista) o tren (1ª clase), desde el lugar en que se encuentre al de inhumación en España.. Robo y daños materiales al equipaje. Se garantiza la indemnización por daños y pérdidas materiales del equipaje o efectos personales del Asegurado en caso de robo, pérdida total o parcial debida al transportista o daños a consecuencia de incendio o agresión, ocurridos durante el transcurso del viaje, hasta un límite de 200 euros. Las cámaras y complementos de fotografía, radiofonía, de registro de sonido o de la imagen, equipos electrónicos, así como sus accesorios, quedan comprendidos hasta el 50% de la suma asegurada sobre el conjunto del equipaje.

6 Esta indemnización será siempre en exceso de las percibidas de la compañía de transporte y con carácter complementario, debiendo presentarse, para proceder al cobro de la misma, el justificante de haber percibido la indemnización correspondiente de la empresa transportista, así como la relación detallada del equipaje y su valor estimado. Se excluye el hurto y el simple extravío por causa del propio Asegurado, así como las joyas, el dinero, documentos, objetos de valor y material deportivo e informático. Para hacer efectiva la prestación en caso de robo, será necesaria la presentación previa de la denuncia ante las autoridades competentes.. Ayuda a los familiares en el domicilio del Asegurado hospitalizado. Si el Asegurado debiera permanecer hospitalizado por enfermedad o accidente, durante su viaje y se hiciera necesaria, por un motivo grave y urgente debidamente justificado, la presencia de una persona en su domicilio habitual, ARAG organizará y tomará a su cargo el viaje de ida y vuelta en avión de línea regular (clase turista) o en tren (primera clase) de la persona que designe el asegurado y que sea residente en España para que se traslade al domicilio del Asegurado, hasta un límite económico máximo de Repatriación o transporte de los demás Asegurados. Cuando se haya repatriado o trasladado, por enfermedad o accidente, a uno de los Asegurados y ello impida a su cónyuge, ascendientes o descendientes en primer grado, o hermanos, la continuación del viaje por los medios inicialmente previstos, ARAG se hará cargo del transporte de los mismos a su domicilio o al lugar de hospitalización.. Repatriación o transporte de menores o disminuidos. Si el Asegurado repatriado o trasladado viajara en la única compañía de menores de quince años o personas con disminución psíquica o física, ARAG organizará y tomará a su cargo el desplazamiento, ida y vuelta, de una azafata o de una persona designada por el Asegurado, a fin de acompañar a los niños en el regreso a su domicilio.. Desplazamiento de un familiar en caso de hospitalización. Si el estado del Asegurado enfermo o herido, requiere su hospitalización durante un período superior a cinco días, ARAG pondrá a disposición de un familiar del Asegurado, o de la persona que éste designe, un billete de ida y vuelta, en avión (clase turista) o tren (1ª clase), para que pueda acompañarlo. Si la hospitalización se produce en el extranjero, ARAG además abonará, en concepto de gastos de estancia del acompañante y contra la presentación de las facturas correspondientes, hasta 74 euros por día, y por un período máximo de 10 días.. Regreso anticipado por hospitalización de un familiar. En el caso de que uno de los Asegurados deba interrumpir su viaje a causa de la hospitalización de un familiar, como consecuencia de un accidente o enfermedad grave que exija su internamiento por un periodo mínimo de 5 días, y el mismo se haya producido después de la fecha de inicio del viaje, ARAG se hará cargo del transporte hasta la localidad en la que tenga su residencia habitual en España.. Regreso anticipado por siniestro grave en el hogar o local profesional del Asegurado. ARAG pondrá a disposición del Asegurado un billete de transporte para el regreso a su domicilio en España, en caso de que éste deba interrumpir el viaje por daños graves (incendio, robo consumado o inundación prevé) en su residencia principal o secundaria o en su local profesional.. Búsqueda, localización y envío de equipajes extraviados. En caso de pérdida de equipajes en vuelo regular, ARAG arbitrará todos los medios a su alcance para posibilitar su localización y, en su caso, hacerlo llegar a manos del beneficiario sin cargo alguno para el mismo.

7 . Envío de objetos olvidados o robados durante el viaje. ARAG organizará y tomará a su cargo el coste del envío de los objetos robados y posteriormente recuperados, o simplemente olvidados por el Asegurado, hasta un límite de 120 Euros, siempre que el coste conjunto de dichos objetos supere dicha cuantía.. Demora en la entrega del equipaje facturado. ARAG se hará cargo hasta un límite de 120 euros, previa presentación de las facturas correspondientes, de la compra de artículos de primera necesidad, ocasionados por una demora de 12 o más horas en la entrega del equipaje facturado. En ningún caso esta indemnización puede ser acumulada a la indemnización por la garantía del artículo 3.7 "Robo y daños materiales al equipaje". En el caso de que la demora se produzca en el viaje de regreso, sólo estará cubierta si la entrega del equipaje se retrasa más de 48 horas desde el momento de la llegada.. Demora del viaje en la salida del medio de transporte. ARAG reembolsará los gastos ocasionados por la demora, de 6 horas como mínimo, en la salida del medio de transporte, hasta un límite de 30. Y por cada 6 horas o más con otros 30, hasta el límite máximo de 180. Quedan excluidos los supuestos de conflictos sociales (tales como huelgas, cierres patronales, manifestaciones, sabotajes, restricción de la libre circulación, etc.),. Adelanto de fondos monetarios en el extranjero. En caso de que el Asegurado no pueda obtener fondos económicos por los medios inicialmente previstos, tales como travel cheques, tarjetas de crédito, transferencia bancaria o similares, y esto se convierta en una imposibilidad para proseguir su viaje, ARAG adelantará, siempre que se le haga entrega de un aval o garantía que asegure el cobro del anticipo, hasta la cantidad máxima de euros. En cualquier caso las cantidades deberán ser devueltas en el plazo máximo de treinta días.. Defensa de la responsabilidad penal en el extranjero. ARAG garantiza la defensa de la responsabilidad penal del Asegurado, en los procesos que se le sigan ante tribunales extranjeros en el ámbito de su vida particular y con motivo del viaje o desplazamiento objeto del seguro.el límite máximo de Gastos y Fianzas para esta garantía es de euros. - Exclusiones. Las garantías concertadas no comprenden: a) Los hechos voluntariamente causados por el Asegurado o aquéllos en que concurra dolo o culpa grave por parte del mismo. b) Las dolencias o enfermedades crónicas preexistentes, así como sus consecuencias, padecidas por el Asegurado con anterioridad al inicio del viaje. c) La muerte por suicidio o las lesiones o enfermedades derivadas del intento o producidas intencionadamente por el Asegurado a sí mismo, y las derivadas de empresa criminal del Asegurado. d) Las enfermedades o estados patológicos producidos por la ingestión de alcohol, psicotrópicos, alucinógenos o cualquier droga o sustancia de similares características. e) Los tratamientos estéticos y el suministro o reposición de audífonos, lentillas, gafas, ortesis y prótesis en general, así como los gastos producidos por partos o embarazos y cualquier tipo de enfermedad mental. f) Las lesiones o enfermedades derivadas de la participación del Asegurado en

8 apuestas, competiciones o pruebas deportivas, la práctica del esquí y de cualquier otro tipo de deportes de invierno o de los denominados de aventuras (incluyendo el senderismo, trekking y actividades similares), y el rescate de personas en mar, montaña o zonas desérticas. g) Los supuestos que dimanen, en forma directa o indirecta, de hechos producidos por energía nuclear, radiaciones radiactivas, catástrofes naturales, acciones bélicas, disturbios o actos terroristas. h) Cualquier tipo de gasto médico o farmacéutico inferior a 9 euros. - Información al asegurado: El tomador del seguro, antes de la celebración de este contrato, ha recibido la siguiente información, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 60 de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados y en los artículos 104 a 107 de su reglamento: - El asegurador de la póliza es ARAG Compañía Internacional de Seguros y Reaseguros, S. A. Unipersonal, establecida en España, con domicilio social en Barcelona, calle Roger de Flor n. 16, correspondiendo a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Ministerio de Economía y Hacienda el control y supervisión de su actividad. - La legislación aplicable al contrato de seguro es la española, en particular, la ley 50/1980 de 8 de octubre, de contrato de seguro. - El tomador o el asegurado pueden, en caso de litigio con el asegurador, acudir al arbitraje y a los tribunales ordinarios de justicia españoles. Para quejas y/o reclamaciones a la compañía, ARAG dispone de un Departamento de Atencion al Cliente (C/Roger de Flor, 16, Barcelona, teléfono , fax , dac@arag.es, web: para atender y resolver las quejas y reclamaciones que sus asegurados les presenten, relacionadas con sus intereses y derechos legalmente reconocidos, que serán atendidas y resueltas en el plazo máximo de dos meses desde su presentación. En aquellas reclamaciones en las que el asegurado plantee su disconformidad con la negativa de la compañía a dar cobertura a un siniestro del ramo de defensa jurídica por considerar que la pretensión del interesado es inviable, el competente exclusivamente para conocer de la reclamación será el Defensor del Cliente. Para ello, el reclamante deberá dirigir un escrito al apartado de correos nº 419 código postal de Barcelona, exponiendo los motivos de su reclamación, y el Defensor emitirá contestación en un plazo máximo de dos meses, computado desde la fecha de presentación de la reclamación ante el asegurador. En caso de disconformidad con la resolución adoptada por el Departamento de Atención al Cliente o por el Defensor del cliente, o si ha transcurrido el plazo de dos meses sin haber obtenido respuesta, el reclamante podrá dirigirse a la Dirección General de Seguros, Comisionado para la Defensa del Asegurado (Paseo de Castellana, 44, Madrid, teléfono , fax ).

9 SEGURO COMPLEMENTARIO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PRIVADA - Responsabilidad civil privada. El Asegurador toma a su cargo hasta el límite de euros, las indemnizaciones pecuniarias, que sin constituir sanción personal o complementaria de la responsabilidad civil, puedan exigirse al Asegurado con arreglo a los Artículos a del Código Civil, o disposiciones similares previstas por las legislaciones extranjeras, viniera obligado a satisfacer el Asegurado, como civilmente responsable de daños corporales o materiales causados involuntariamente a terceros en sus personas, animales o cosas. En este límite quedan comprendidos el pago de las costas y gastos judiciales, así como la constitución de las fianzas judiciales exigidas al Asegurado. - Obligaciones del Asegurado. En caso de siniestro de Responsabilidad Civil, el Asegurado, o sus derechohabientes, no deben aceptar, negociar o rechazar ninguna reclamación sin la expresa autorización del Asegurador. - Exclusiones. No están cubiertas por esta garantía: a) Cualquier tipo de Responsabilidad que corresponda al Asegurado por la conducción de vehículos a motor, aeronaves, y embarcaciones, así como por el uso de armas de fuego. b) La Responsabilidad Civil derivada de toda actividad profesional, sindical, política o asociativa. c) Las multas o sanciones impuestas por Tribunales o autoridades de todas clases. d) La Responsabilidad derivada de la práctica de deportes profesionales y de las siguientes modalidades aunque sea como aficionado: alpinismo, boxeo, bobsleigh, espeleología, judo, paracaidismo, ala delta, vuelo sin motor, polo rugby, tiro, yachting, artes marciales, y los practicados con vehículos a motor. e) Los daños a los objetos confiados, por cualquier título al Asegurado. Sistema para la prestación de la cobertura de ASISTENCIA EN VIAJE Y RESPONSABILIDAD CIVIL PRIVADA Será organizada y atendida por la Cía. ARAG, a la que las personas aseguradas se dirigirán directamente en los siguientes teléfonos: - Desde España: Desde el extranjero El presente extracto tiene carácter puramente informativo y para cualquier conflicto o litigio se estará a lo dispuesto en las Condiciones Generales y Particulares de la póliza y que se rigen por lo dispuesto en la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, el Real Decreto Legislativo 6/2004 que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados y el Real Decreto 2486/1998 que recoge el Reglamento de Ordenación y Supervisión de Seguros Privados. Este extracto sustituye a los anteriores y estará vigente mientras se mantenga la póliza contratada entre Kutxabank, S.A. y Arag Compañía Internacional de Seguros y Reaseguros, S. A. Unipersonal, siendo opcionales para Kutxabank las futuras renovaciones de la póliza, en la que actúa como Tomador del Seguro sin asumir, ni directa, ni subsidiariamente, obligaciones que corresponden a la Cía. Aseguradora.

CONDICIONES GENERALES DE LA PÓLIZA Nº 07632000301 DEFINICIONES: ASEGURADOR: ASEGURADOS: DOMICILIO DEL ASEGURADO: ACCIDENTE:

CONDICIONES GENERALES DE LA PÓLIZA Nº 07632000301 DEFINICIONES: ASEGURADOR: ASEGURADOS: DOMICILIO DEL ASEGURADO: ACCIDENTE: CONDICIONESGENERALESDELAPÓLIZANº07632000301 ElpresenteContratodeSeguroserigeporloconvenidoenlasCondicionesGenerales,ParticularesyEspeciales,silashubiere, deconformidadconloestablecidoenlaley50/80de8deoctubre,decontratodeseguro;eltextorefundidodelaleyde

Más detalles

La persona física relacionada en las Condiciones Particulares que, en defecto del Tomador, asume las obligaciones derivadas del contrato.

La persona física relacionada en las Condiciones Particulares que, en defecto del Tomador, asume las obligaciones derivadas del contrato. SEGURO DE ASISTENCIA EN VIAJE A LAS PERSONAS ESQUI COMPLET Condiciones Generales Introducción El presente Contrato de Seguro se rige por lo convenido en estas Condiciones Generales y en las Particulares

Más detalles

Plus Subsidio por Hospitalización. condiciones generales

Plus Subsidio por Hospitalización. condiciones generales Plus Subsidio por Hospitalización condiciones generales Índice 1. Normas de contratación. 3 2. Personas no asegurables. 3 3. Cláusulas de la Póliza de asistencia sanitaria aplicables a este módulo. 3 4.

Más detalles

CONCELLO DE OURENSE SERVIZO DE CONTRATACIÓN

CONCELLO DE OURENSE SERVIZO DE CONTRATACIÓN PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS QUE HAN DE REGIR EN EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIADAD PARA LA CONTRATACIÓN DE LA PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE ACCIDENTES DEL PERSONAL DEPENDIENTE DEL AYUNTAMIENTO

Más detalles

Teléfono de asistencia en viaje: 93 300 10 50

Teléfono de asistencia en viaje: 93 300 10 50 Teléfono de asistencia en viaje: 93 300 10 50 SON OBJETO DEL PRESENTE SEGURO TODOS LOS ARTÍCULOS INCLUIDOS EN LAS CONDICIONES GENERALES DE LA PÓLIZA, CON LOS LÍMITES EXPRESADOS. ASEGURADOR ARAG SE, Sucursal

Más detalles

ARAG tomará a su cargo el regreso a su domicilio de los demás Asegurados, cuando éstos no pudieran hacerlo por los medios inicialmente previstos.

ARAG tomará a su cargo el regreso a su domicilio de los demás Asegurados, cuando éstos no pudieran hacerlo por los medios inicialmente previstos. NUM. POLIZA: 55-0742460 TOMADOR: DISEÑO DE SERVICIOS GESTION TURISTICA ASISTENCIA EN VIAJE A LAS PERSONAS ESQUI BASIC En caso de ocurrencia de un siniestro amparado por la presente póliza, ARAG, tan pronto

Más detalles

Importe base: veintiocho Euros por asegurado, 28 impuestos ya incluidos. IVA exento. Importe total de la propuesta: veintiocho Euros por asegurado, 28

Importe base: veintiocho Euros por asegurado, 28 impuestos ya incluidos. IVA exento. Importe total de la propuesta: veintiocho Euros por asegurado, 28 Contenido de la oferta de seguro de Asistencia en Viaje, Accidentes y Responsabilidad Civil para estudiantes de la Universidad de Sevilla para estudiantes que viajen al extranjero en programas de movilidad

Más detalles

Tema 26 CONTRATO DE SEGURO

Tema 26 CONTRATO DE SEGURO Tema 26 CONTRATO DE SEGURO El contrato de seguro tiene por objeto reparar por medio de la indemnización el daño sufrido por el asegurado. Será de naturaleza MERCANTIL en todos los casos. Los seguros se

Más detalles

SEGURO DE VIAJES HACIA CUBA.

SEGURO DE VIAJES HACIA CUBA. SEGURO DE VIAJES HACIA CUBA. El Seguro de Viajes hacia Cuba está dirigido a todos los viajeros extranjeros y cubanos residentes en el exterior que ingresen al país. Este seguro es obligatorio desde el

Más detalles

Extracto informativo del Seguro de Accidentes VISA CLASSIC (Caritas)

Extracto informativo del Seguro de Accidentes VISA CLASSIC (Caritas) Extracto informativo del Seguro de Accidentes VISA CLASSIC (Caritas) Extracto de las condiciones generales y particulares de la póliza de seguro de grupo de Accidentes Personales número 11.97.01.000354,

Más detalles

CONTRATACIÓN DE PÓLIZAS DE SEGUROS PARA EL COLECTIVO INTEGRANTE DEL PROGRAMA DE BECAS 2011-2013

CONTRATACIÓN DE PÓLIZAS DE SEGUROS PARA EL COLECTIVO INTEGRANTE DEL PROGRAMA DE BECAS 2011-2013 CONTRATACIÓN DE PÓLIZAS DE SEGUROS PARA EL COLECTIVO INTEGRANTE DEL PROGRAMA DE BECAS 2011-2013 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD Nº DE EXPEDIENTE: 2010/094 ÍNDICE

Más detalles

POLIZA DE SEGURO DE ASISTENCIA A PERSONAS EN VIAJE. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL 2 10 076

POLIZA DE SEGURO DE ASISTENCIA A PERSONAS EN VIAJE. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL 2 10 076 POLIZA DE SEGURO DE ASISTENCIA A PERSONAS EN VIAJE Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL 2 10 076 ARTICULO I: OBJETO DEL SEGURO Mediante este seguro, la compañía se obliga a pagar las indemnizaciones

Más detalles

Proyecto de Comercialización

Proyecto de Comercialización Proyecto de Comercialización Mediador: 0108096 RGA MEDIACION OP BANCAS SEG VINC SA Fecha de Expedición: 26/02/2013 16:24 El presente proyecto tiene una validez de 15 días Tels. 93 485 89 06-902 11 41 49,

Más detalles

CLAUSULAS ESPECIALES. Núm. de póliza Fecha efecto Vencimiento Forma de pago Duración 1.773.557 01-01-2016 01-01-2017 Cuatrimestral Años pror.

CLAUSULAS ESPECIALES. Núm. de póliza Fecha efecto Vencimiento Forma de pago Duración 1.773.557 01-01-2016 01-01-2017 Cuatrimestral Años pror. ACCIDENTES: CLAUSULAS ESPECIALES Núm. de póliza Fecha efecto Vencimiento Forma de pago Duración 1.773.557 01-01-2016 01-01-2017 Cuatrimestral Años pror. Tomador FEDERACIÓN DE PADEL CASTILLA-LEÓN Mediador

Más detalles

INTERNATIONAL- OUT MAS USA

INTERNATIONAL- OUT MAS USA INTERNATIONAL- OUT MAS USA RIESGOS Y SUMAS ASEGURADAS POR PERSONA Y VIAJE EUROS I. GARANTÍAS DE ASISTENCIA MÉDICA 1.- GASTOS MEDICOS POR ENFERMEDAD O ACCIDENTE: Quedan cubiertos los gastos y honorarios

Más detalles

JUNTA DE ANDALUCIA. CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN. ESTRELLA SEGUROS C/ Orduña 2 28034 - Madrid Teléfono Atención 24 horas: 902 333 433 Fax: 902 200 501

JUNTA DE ANDALUCIA. CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN. ESTRELLA SEGUROS C/ Orduña 2 28034 - Madrid Teléfono Atención 24 horas: 902 333 433 Fax: 902 200 501 Seguro de Accidentes para el alumnado que participe en el programa de formación en centros de trabajo para los ejercicios 2010 y 2011 Nº de póliza: X0-5-410.001.288 Tomador de la Póliza: JUNTA DE ANDALUCIA.

Más detalles

Adeslas. la Caixa y CaixaBank. Asistencia. Atención en el extranjero. Póliza de seguro de asistencia en viaje. condiciones generales

Adeslas. la Caixa y CaixaBank. Asistencia. Atención en el extranjero. Póliza de seguro de asistencia en viaje. condiciones generales Adeslas Asistencia la Caixa y CaixaBank Atención en el extranjero. Póliza de seguro de asistencia en viaje. condiciones generales En sus desplazamientos al extranjero esta póliza le cubre los siguientes

Más detalles

ARAG DEFENSA JURIDICA PROFESIONAL

ARAG DEFENSA JURIDICA PROFESIONAL ARAG DEFENSA JURIDICA PROFESIONAL Tomador: COLEGIO TECNICOS DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES Forma de contratación: Contratación automática. Póliza colectiva regularizable con altas y bajas comunicadas

Más detalles

REGLAMENTO DE PRESTACIONES ASEGURADORAS O DE SEGUROS CAPITULO I REGIMEN JURIDICO, FUNDAMENTO Y PRINCIPIO DE LAS PRESTACIONES Y COTIZACIONES

REGLAMENTO DE PRESTACIONES ASEGURADORAS O DE SEGUROS CAPITULO I REGIMEN JURIDICO, FUNDAMENTO Y PRINCIPIO DE LAS PRESTACIONES Y COTIZACIONES REGLAMENTO DE PRESTACIONES ASEGURADORAS O DE SEGUROS CAPITULO I REGIMEN JURIDICO, FUNDAMENTO Y PRINCIPIO DE LAS PRESTACIONES Y COTIZACIONES Artículo 1. El presente Reglamento se rige por lo dispuesto en

Más detalles

RIESGOS Y SUMAS ASEGURADAS POR PERSONA Y VIAJE I. ACCIDENTES

RIESGOS Y SUMAS ASEGURADAS POR PERSONA Y VIAJE I. ACCIDENTES RESUMENCOBERTURASPÓLIZA RUBICONSERVICIOSCULTURALESYEDUCATIVOS PÓLIZANº0769000987 RIESGOSYSUMASASEGURADASPORPERSONAYVIAJE I.ACCIDENTES 1.-ACCIDENTES: 1.1.Accidentesduranteelviaje ElASEGURADORgarantiza,hastalasumafijadaenlasCondicionesParticulares,yareservadelasexclusionesqueseindicanen

Más detalles

SEGURO DE ACCIDENTES- COLECTIVO MICHELIN RESUMEN CONDICIONES PARTICULARES

SEGURO DE ACCIDENTES- COLECTIVO MICHELIN RESUMEN CONDICIONES PARTICULARES SEGURO DE ACCIDENTES- COLECTIVO MICHELIN RESUMEN CONDICIONES PARTICULARES 1.-GRUPO ASEGURADO Formarán parte del grupo asegurado: Todo el personal de Michelin España Portugal, S.A., jubilados, y/o los empleados

Más detalles

1. Comunicación del siniestro 2. 2. Documentación a presentar 3. 3. Asistencia Sanitaria 4. 4. Incidencias y consultas 6

1. Comunicación del siniestro 2. 2. Documentación a presentar 3. 3. Asistencia Sanitaria 4. 4. Incidencias y consultas 6 Seguro de Accidentes Guía de Siniestros Índice 1. Comunicación del siniestro 2 2. Documentación a presentar 3 3. Asistencia Sanitaria 4 4. Incidencias y consultas 6 5. Resolución del expediente 6 Servicio

Más detalles

Índice. 1 - Modalidades 2 Garantías 3 Normas generales. 15/10/2008 Presentation title

Índice. 1 - Modalidades 2 Garantías 3 Normas generales. 15/10/2008 Presentation title Asistencia en Viaje Índice 1 - Modalidades 2 Garantías 3 Normas generales 2 Modalidades Descripción garantías: AXAViaje Compact Viaje AXA Esquí Transporte de heridos o enfermos Incluida Incluida Incluida

Más detalles

RESUMEN COBERTURAS DE SEGURO DE ACCIDENTES. Federación de Triatlon de Castilla La Mancha

RESUMEN COBERTURAS DE SEGURO DE ACCIDENTES. Federación de Triatlon de Castilla La Mancha RESUMEN COBERTURAS DE SEGURO DE ACCIDENTES Federación de Triatlon de Castilla La Mancha Compañía: Mussap seguros Nº Poliza: 1.732.459 Asegurado: Colectivo nominado de participantes en las actividades de

Más detalles

Dr. Hugo Quesada Monge Ing. Ana Erika Oses Castillo Licda. Eriant Quesada Oses Licda. Ana Quesada Oses Agentes del INS, Oficina de Seguridad Social

Dr. Hugo Quesada Monge Ing. Ana Erika Oses Castillo Licda. Eriant Quesada Oses Licda. Ana Quesada Oses Agentes del INS, Oficina de Seguridad Social Dr. Hugo Quesada Monge Ing. Ana Erika Oses Castillo Licda. Eriant Quesada Oses Licda. Ana Quesada Oses Agentes del INS, Oficina de Seguridad Social Colegio de Abogados y Abogadas. Tel. 2234-6202 Telefax:

Más detalles

AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL POR REAGRUPACIÓN FAMILIAR

AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL POR REAGRUPACIÓN FAMILIAR MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN SECRETARIA DE ESTADO DE INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INMIGRACIÓN AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL POR SUBDIRECCIÓN GRAL. DE GESTIÓN DE LA INMIGRACIÓN

Más detalles

Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código CAD 2 97 002.

Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código CAD 2 97 002. CLAUSULA PAGO ANTICIPADO DEL CAPITAL ASEGURADO EN CASO DE INVALIDEZ PERMANENTE DOS TERCIOS, ADICIONAL A POLIZA DE SEGURO DE DESGRAVAMEN CODIGO POL 2 88 013. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código

Más detalles

Responsabilidad Civil

Responsabilidad Civil Seguro Nuevo Seguro de entrega protección por daños que TU, TU familia y tus mascotas pueden causar a terceros. Cobertura protege tu patrimonio cubriendo las indemnizaciones a que te veas expuesto por

Más detalles

SOLICITUD FEDERACION DE ESPELEOLOGIA ALLIANZ - 2016

SOLICITUD FEDERACION DE ESPELEOLOGIA ALLIANZ - 2016 SOLICITUD FEDERACION DE ESPELEOLOGIA ALLIANZ - 2016 TOMADOR: 1. Tomador: FEDERACION DE ESPELEOLOGIA 2. CIF: 3. Dirección: 4. Primer Efecto: 01/01/2016 5. Vencimiento: 31/12/2016 6. Nº de federados: 8.000

Más detalles

EXPEDIENTE 6/SEGURO DE VIDA EMPLEADOS/ 2016 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE UN SEGURO DE VIDA PARA EL PERSONAL DEL

EXPEDIENTE 6/SEGURO DE VIDA EMPLEADOS/ 2016 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE UN SEGURO DE VIDA PARA EL PERSONAL DEL EXPEDIENTE 6/SEGURO DE VIDA EMPLEADOS/ 2016 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE UN SEGURO DE VIDA PARA EL PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE GAVÀ 1 2 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

Más detalles

Vida Grupo Con participación en las utilidades Beneficios Adicionales

Vida Grupo Con participación en las utilidades Beneficios Adicionales Vida Grupo Con participación en las utilidades Beneficios Adicionales Indice 1. Beneficios de invalidez por accidente o enfermedad 1.1 Beneficio adicional de exención de pago de primas por invalidez total

Más detalles

Tendrán condición de Asegurados todas aquellas personas incluidas en los colectivos que conforman la Guía de Servicios para Socios de Aliança.

Tendrán condición de Asegurados todas aquellas personas incluidas en los colectivos que conforman la Guía de Servicios para Socios de Aliança. ASISTENCIA VIAJES EXTRANJERO CONDICIONES GENERALES DE LA PÓLIZA ASEGURADOS Tendrán condición de Asegurados todas aquellas personas incluidas en los colectivos que conforman la Guía de Servicios para Socios

Más detalles

CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIALES

CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIALES CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIALES Compañía aseguradora: Allianz Ramo: Accidentes Colectivo Póliza nº: 32452706 - ASEPU XXI Duración: Anual prorrogable. IDENTIFICACIÓN DEL RIESGO OBJETO DEL SEGURO Características:

Más detalles

Cómo reclamar los seguros: Seguro de ACCIDENTES

Cómo reclamar los seguros: Seguro de ACCIDENTES Cómo reclamar los seguros: Seguro de ACCIDENTES Alcance de la Cobertura Personas Aseguradas Tramitación Documentos necesarios En Transporte Público: 750.000. Gold hasta 1.000.000 Fallecimiento o Invalidez

Más detalles

[Preámbulo] CAPÍTULO I Disposiciones generales

[Preámbulo] CAPÍTULO I Disposiciones generales BORRADOR DE PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE DESARROLLA LA LEY 20/2005, DE 14 DE NOVIEMBRE DE 2005, SOBRE LA CREACIÓN DEL REGISTRO DE CONTRATOS DE SEGUROS DE COBERTURA DE FALLECIMIENTO [Preámbulo]

Más detalles

CONDICIONES GENERALES ACTIVE TRAVEL

CONDICIONES GENERALES ACTIVE TRAVEL CONDICIONES GENERALES ACTIVE TRAVEL GARANTIAS DE ASISTENCIA EN VIAJE DISPOSICIONES PREVIAS ASEGURADO.- La persona/s física/s residente/s en España indicada/s en las Condiciones Particulares EFICACIA TERRITORIAL

Más detalles

Los gastos odontológicos se limitan, en cualquier caso a 150 euros o su equivalente en moneda local.

Los gastos odontológicos se limitan, en cualquier caso a 150 euros o su equivalente en moneda local. NUM. POLIZA 55-0817068 TOMADOR: (MAULOPE AVENTUR S.L. ( AVENTUR TRAVEL ) ASISTENCIA EN VIAJE A LAS PERSONAS VACACIONAL 15.000 AMS En caso de ocurrencia de un siniestro amparado por la presente póliza,

Más detalles

PARA TODOS LOS SEGUROS

PARA TODOS LOS SEGUROS PARA TODOS LOS SEGUROS I. DEFINICIONES Para todos los efectos de Contrato de Seguro, las siguientes palabras y frases tendrán el significado que a continuación se señala, a menos que el contexto requiera

Más detalles

SERVICIO AGENCIA DE VIAJES

SERVICIO AGENCIA DE VIAJES EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS METRO S.A. SERVICIO AGENCIA DE VIAJES ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEPARTAMENTO ADMINISTRACIÓN GENERAL, GERENCIA ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS 31/07/2013 El Servicio Agencia

Más detalles

COBERTURAS DE RIESGOS DE VIAJE

COBERTURAS DE RIESGOS DE VIAJE COBERTURAS DE RIESGOS DE VIAJE UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO EUSKAL HERRIKO UNIBERTSITATEA BCD Travel, puede ofrecer las mejores coberturas en seguros de viaje para los viajeros. Para ello, los servicios

Más detalles

LIBERTY DINERSEGURO. Condiciones Generales

LIBERTY DINERSEGURO. Condiciones Generales LIBERTY DINERSEGURO Condiciones Generales LIBERTYDINERSEGURO LE10DIS 11/13 11/13 LIBERTY SEGUROS, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. Domicilio Social: Paseo de las Doce Estrellas, 4, 28042 Madrid.

Más detalles

Seguros Colectivos Accidentes

Seguros Colectivos Accidentes Seguros Colectivos Accidentes Producto 7019 Esta nota informativa es orientativa y está basada en los datos disponibles en el momento de realizar la misma. No otorga cobertura ni constituye proposición

Más detalles

PLIEGO TÉCNICO QUE REGIRÁ LA ADJUDICACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO GENERAL PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE VIAJES DE umivale

PLIEGO TÉCNICO QUE REGIRÁ LA ADJUDICACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO GENERAL PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE VIAJES DE umivale PLIEGO TÉCNICO QUE REGIRÁ LA ADJUDICACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO GENERAL PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE VIAJES DE umivale 1. OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del contrato es la gestión de

Más detalles

MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y FARMACIA

MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y FARMACIA MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y FARMACIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA

Más detalles

OFERTA SEGURO IMPAGO PARA RED ALQUILA

OFERTA SEGURO IMPAGO PARA RED ALQUILA AVDA. DE FRANCIA 18 ZAGUAN 1 ESC B PL 1 2 46023 VALENCIA TELF.: 00 34 96 381 11 32 FAX.: 00 34 96 381 11 34 E-MAIL: eva@glovalmulticover.com OFERTA SEGURO IMPAGO PARA RED ALQUILA Asegurado: El Arrendador,

Más detalles

CONDICIONES GENERALES DE VENTA MAPU EXPLO

CONDICIONES GENERALES DE VENTA MAPU EXPLO 1- Nuestros viajes El único objetivo del sitio Web es presentar los viajes organizados por Mapu Explo y en ese sentido, la información contenida en él constituye información preliminar y no genera obligaciones

Más detalles

SEGURO BÁSICO ESTANDARIZADO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA AUTOMÓVILES

SEGURO BÁSICO ESTANDARIZADO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA AUTOMÓVILES ANEXO5.4.2f.2 INDICE CONDICIONESGENERALES 1.CLAUSULA1a.COBERTURA 2.CLAUSULA2a.DEFINICIONES 1.CONTRATODESEGURO 2.FECHADEINICIODEVIGENCIA 3.FECHADETERMINODEVIGENCIA 4.ELEMENTOSQUEFORMANPARTEDELCONTRATO 5.RECIBODEPAGO

Más detalles

AÑO 2014 Tabla I Indemnizaciones básicas por muerte (incluidos daños morales)

AÑO 2014 Tabla I Indemnizaciones básicas por muerte (incluidos daños morales) TÍTULO: Resolución de 5 de marzo de 2014, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad

Más detalles

CONVOCATORIAS DE AYUDAS DE LIBROS DE TEXTO PARA EL CURSO 2007/2008

CONVOCATORIAS DE AYUDAS DE LIBROS DE TEXTO PARA EL CURSO 2007/2008 CONVOCATORIAS DE AYUDAS DE LIBROS DE TEXTO PARA EL CURSO 2007/2008 1. Normativa Orden 7520/2006, de 22 de diciembre, de la Consejería de Educación, por la que se aprueban las bases y se convocan ayudas

Más detalles

ESTANCIAS DE MOVILIDAD EN EL EXTRANJERO JOSE CASTILLEJO PARA JOVENES DOCTORES INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

ESTANCIAS DE MOVILIDAD EN EL EXTRANJERO JOSE CASTILLEJO PARA JOVENES DOCTORES INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA ESTANCIAS DE MOVILIDAD EN EL EXTRANJERO JOSE CASTILLEJO PARA JOVENES DOCTORES INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA (CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL B.O.E. DE 8 DE JUNIO DE 2011) A los organismos de origen de los beneficiarios

Más detalles

***** Se adjuntan los artículos correspondientes del anteproyecto de ley. Hermosilla, 3-28001 Madrid Teléfono 91 514 52 00 - Fax 91 399 24 08

***** Se adjuntan los artículos correspondientes del anteproyecto de ley. Hermosilla, 3-28001 Madrid Teléfono 91 514 52 00 - Fax 91 399 24 08 1-2013 Junio, 2013 ANTEPROYECTO DE LEY DE MEDIDAS DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES Y SU INTERNACIONALIZACIÓN APROBADO EL 24 DE MAYO DE 2013, RELATIVAS A LA FACILITACIÓN DE LA ENTRADA Y PERMANENCIA EN ESPAÑA

Más detalles

PERMISOS (artículos 48 y 49 ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO) Y LICENCIAS

PERMISOS (artículos 48 y 49 ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO) Y LICENCIAS INSTRUCCIONES ESPECÍFICAS PARA LA APLICACIÓN DE PERMISOS Y LICENCIAS EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, SUS ORGANISMOS Y ENTES PÚBLICOS. PERMISOS (artículos 48 y 49 ESTATUTO

Más detalles

Ayuntamiento de Caspe

Ayuntamiento de Caspe BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES CULTURALES Y SOCIALES 1. Objeto y finalidad.-el Excmo. convoca estas subvenciones con el objeto de colaborar económicamente con las asociaciones

Más detalles

Seguro de Accidentes Colectivos Liberty Seguros

Seguro de Accidentes Colectivos Liberty Seguros Seguro de Accidentes Colectivos Liberty Seguros Este producto tiene como objeto cubrir al asegurado de los riesgos derivados de accidentes corporales, producidos por una causa violenta, súbita, externa

Más detalles

CODIGO DE CONDUCTA Para la realización de inversiones financieras temporales

CODIGO DE CONDUCTA Para la realización de inversiones financieras temporales CODIGO DE CONDUCTA Para la realización de inversiones financieras temporales I. ASEPEYO es una Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social que con el numero 151,

Más detalles

Seguro. Mascota Protegida. Porque sabemos que TU mascota es parte importante de TU familia, contrata un seguro único para su protección y cuidado.

Seguro. Mascota Protegida. Porque sabemos que TU mascota es parte importante de TU familia, contrata un seguro único para su protección y cuidado. Porque sabemos que TU mascota es parte importante de TU familia, contrata un seguro único para su protección y cuidado. Cobertura Este Seguro protege tu patrimonio cubriendo los gastos veterinarios a que

Más detalles

Quedan expresamente incluidos, sin que la enumeración tenga carácter limitativo, los siguientes servicios:

Quedan expresamente incluidos, sin que la enumeración tenga carácter limitativo, los siguientes servicios: NUM.POLIZA: 01-9436082 TOMADOR: EL INSTITUTO DE LA JUVENTUD DE CASTILLA Y LEON ASEGURADO: Es el poseedor del Carnet Joven Europeo, y hasta la edad máxima de 30 años expedido por el Tomador del seguro,

Más detalles

DETALLE Y DESCRIPCION DE COBERTURAS DE LA ASISTENCIA VEHICULAR LIVIANO COMERCIAL DE AUTOMOTORES FORTALEZA

DETALLE Y DESCRIPCION DE COBERTURAS DE LA ASISTENCIA VEHICULAR LIVIANO COMERCIAL DE AUTOMOTORES FORTALEZA DETALLE Y DESCRIPCION DE COBERTURAS DE LA ASISTENCIA VEHICULAR LIVIANO COMERCIAL DE AUTOMOTORES FORTALEZA Automotores Fortaleza I Introducción EL siguiente documento detalla la cobertura de la Asistencia

Más detalles

http://wwws.gva.es/prop/htdocs/detalles/procedimientos/versionimprimible.jsp?id_proc=1...

http://wwws.gva.es/prop/htdocs/detalles/procedimientos/versionimprimible.jsp?id_proc=1... Página 1 de 6 Qué se puede solicitar? Nombre del trámite Solicitud de Pensión No Contributiva (PNC) de INVALIDEZ. Objeto del trámite Obtener la protección adecuada frente a esta contingencia. Quién puede

Más detalles

SEGURO ESTUDIOS+ANULACION POLIZA ESTUDIOS+ANULACION

SEGURO ESTUDIOS+ANULACION POLIZA ESTUDIOS+ANULACION POLIZA ESTUDIOS+ANULACION En caso de que el asegurado manifieste expresamente que durante el período de cobertura de la póliza realizará alguna actividad de las denominadas de "aventura" o practique el

Más detalles

8.- ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE GUARDA Y CUSTODIA EN EL DEPOSITO MUNICIPAL DE VEHICULOS FUNDAMENTO Y NATURALEZA

8.- ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE GUARDA Y CUSTODIA EN EL DEPOSITO MUNICIPAL DE VEHICULOS FUNDAMENTO Y NATURALEZA 8.- ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE GUARDA Y CUSTODIA EN EL DEPOSITO MUNICIPAL DE VEHICULOS FUNDAMENTO Y NATURALEZA ARTICULO 1.- En uso de las facultades concedidas por

Más detalles

Programa de Seguros Especial GRUPO PLANTOUR

Programa de Seguros Especial GRUPO PLANTOUR Programa de Seguros Especial GRUPO PLANTOUR Quién es Intermundial INTERMUNDIAL es el primer broker de seguros especializado en el Sector Turístico. Más de 10 años de experiencia en el Sector Turístico,

Más detalles

TITULO PRIMERO Disposiciones generales

TITULO PRIMERO Disposiciones generales ACUERDO ADMINISTRATIVO PARA LA APLICACIÓN DEL CONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL ENTRE ESPAÑA Y SUIZA DE 13 DE OCTUBRE DE 1969 Y EL PROTOCOLO ADICIONAL DE 11 DE JUNIO DE 1982, FIRMADO EN BERNA EL 19 DE ABRIL

Más detalles

En Europa y países ribereños del Mediterráneo, podrá incluso utilizarse un avión sanitario especialmente acondicionado..

En Europa y países ribereños del Mediterráneo, podrá incluso utilizarse un avión sanitario especialmente acondicionado.. GARANTÍAS VACACIONAL AXA POLIZA N.º 7600 000218800 ÁMBITO TERRITORIAL Las garantías descritas en esta Póliza, tienen validez en el Mundo Entero, Europa ó España, según el destino contratado con el Tomador

Más detalles

SEGURO OPCIONAL. Contrato 9H3

SEGURO OPCIONAL. Contrato 9H3 CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE ASISTENCIA EN VIAJE SUSCRITO ENTRE GEO SPORT TRAVEL, S.L. Y EUROP ASSISTANCE ESPAÑA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS SEGURO OPCIONAL ASEGURADOR EUROP ASSISTANCE ESPAÑA,

Más detalles

DIRECCIÓN GENERAL SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES BOE 13 febrero 2007, núm. 38, [pág. 6244];

DIRECCIÓN GENERAL SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES BOE 13 febrero 2007, núm. 38, [pág. 6244]; RCL 2007\265 Legislación (Disposición Vigente a 13/3/2007) Resolución de 7 enero 2007 DIRECCIÓN GENERAL SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES BOE 13 febrero 2007, núm. 38, [pág. 6244]; SEGURO DE VEHICULO DE MOTOR.

Más detalles

SEGURO DE CANCELACION, EQUIPAJES Y ASISTENCIA MEDICA COMPAÑÍAS ASEGURADORAS: ARAG Y AXA SEGUROS CONDICIONES DETALLADAS:

SEGURO DE CANCELACION, EQUIPAJES Y ASISTENCIA MEDICA COMPAÑÍAS ASEGURADORAS: ARAG Y AXA SEGUROS CONDICIONES DETALLADAS: SEGURO DE CANCELACION, EQUIPAJES Y ASISTENCIA MEDICA COMPAÑÍAS ASEGURADORAS: ARAG Y AXA SEGUROS CONDICIONES DETALLADAS: ÁMBITO TERRITORIAL: Las garantías descritas en esta póliza, tiene validez en el Mundo

Más detalles

SEGURO DE ASISTENCIA EN VIAJES A LAS PERSONAS POLIZA N.º 550441945

SEGURO DE ASISTENCIA EN VIAJES A LAS PERSONAS POLIZA N.º 550441945 ENTIDAD ASEGURADORA Las garantías previstas en la presente póliza serán asumida por la Entidad Aseguradora ARAG COMPAÑÍA INTERNACIONAL DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. con domicilio en BARCELONA, calle Roger

Más detalles

LOTE 1: Prescripciones técnicas para la licitación del contrato de servicios de agencia de la FGUM

LOTE 1: Prescripciones técnicas para la licitación del contrato de servicios de agencia de la FGUM LOTE 1: Prescripciones técnicas para la licitación del contrato de servicios de agencia de la FGUM 1. Objeto del contrato 2. Plazo de ejecución. 3. Usuarios de las prestaciones. 4. Condiciones en la prestación

Más detalles

VISA HORIZON GEBTA VISA TRAVELLER GEBTA. Las tarjetas de las empresas y los viajeros de negocios. Versión 1.0. Octubre, 2011.

VISA HORIZON GEBTA VISA TRAVELLER GEBTA. Las tarjetas de las empresas y los viajeros de negocios. Versión 1.0. Octubre, 2011. VISA HORIZON GEBTA VISA TRAVELLER GEBTA Las tarjetas de las empresas y los viajeros de negocios Versión 1.0. Octubre, 2011. TARJETA Visa HORIZON GEBTA Una tarjeta con las máximas prestaciones para las

Más detalles

Consultas frecuentes sobre las ayudas a la movilidad predoctoral para la realización de estancias breves en centros de I+D (a realizar en 2016).

Consultas frecuentes sobre las ayudas a la movilidad predoctoral para la realización de estancias breves en centros de I+D (a realizar en 2016). Consultas frecuentes sobre las ayudas a la movilidad predoctoral para la realización de estancias breves en centros de I+D (a realizar en 2016). ÍNDICE DE CONSULTAS FRECUENTES 1. INVESTIGADORES EN FORMACIÓN

Más detalles

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA DEUDORES

PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA DEUDORES PÓLIZA DE SEGURO COLECTIVO DE VIDA DEUDORES CONDICIONES GENERALES EQUIVIDA Compañía de Seguros y Reaseguros S. A. En adelante denominada la Compañía y el Contratante celebran este contrato por un (1) año,

Más detalles

Programa de Seguros Accidentes Deportivos

Programa de Seguros Accidentes Deportivos Programa de Seguros Accidentes Deportivos Federación de Padel de la Comunidad Valenciana Howden Sports 09/12/2013 INFORME RENOVACIÓN PROGRAMA DE SEGUROS FEDERACIÓN DE PADEL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA OFERTA

Más detalles

Póliza de Seguro de Vida Programa Empresas de Servicios Públicos

Póliza de Seguro de Vida Programa Empresas de Servicios Públicos Póliza de Seguro de Vida Programa Empresas de Servicios Públicos Apreciado Asegurado: Para su conocimiento, agradecemos leer en forma detenida, la información contenida en este clausulado. Gracias por

Más detalles

CIRCULAR Nº E17/2008. Miembros ejercientes del Instituto. FECHA: 13 de mayo de 2008

CIRCULAR Nº E17/2008. Miembros ejercientes del Instituto. FECHA: 13 de mayo de 2008 CIRCULAR Nº E17/2008 ASUNTO: EXTENSIÓN: Renovación de las Pólizas del Seguro de Responsabilidad Civil Profesional para Personas físicas y Sociedades Unipersonales que el Instituto gestiona desde ahora

Más detalles

ACCIDENTES - CENTROS DE ENSEÑANZA

ACCIDENTES - CENTROS DE ENSEÑANZA COBERTURAS Y CAPITALES Coberturas Contratadas Capitales asegurados por asegurado RIESGO 1: EDUCACIÓN PRIMARIA FALLECIMIENTO POR ACCIDENTE 3.000,00 INVALIDEZ PERMANENTE ABSOLUTA ACC. E INVALIDEZ PARCIAL

Más detalles

ASISTENCIA MÉDICA EN VIAJES (II) - RESTO DEL MUNDO. Asistencia médica internacional. Escrito por Administrator Martes, 03 de Enero de 2012 12:48

ASISTENCIA MÉDICA EN VIAJES (II) - RESTO DEL MUNDO. Asistencia médica internacional. Escrito por Administrator Martes, 03 de Enero de 2012 12:48 ASISTENCIA MÉDICA EN VIAJES (II) RESTO DEL MUNDO 1 / 10 Cuando se decide realizar un viaje al extranjero, es fundamental garantizarse la atención sanitaria de calidad y coste aceptable en el país de destino.

Más detalles

REGLAMENTO DE EXPEDICIÓN Y HABILITACIÓN DE LICENCIAS DE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE DEPORTES DE HIELO. Procedimientos de tramitación y gestión.

REGLAMENTO DE EXPEDICIÓN Y HABILITACIÓN DE LICENCIAS DE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE DEPORTES DE HIELO. Procedimientos de tramitación y gestión. Normativa Oficial FEDH REGLAMENTO DE EXPEDICIÓN Y HABILITACIÓN DE LICENCIAS DE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE DEPORTES DE HIELO. Procedimientos de tramitación y gestión. Reglamento aprobado por la Comisión

Más detalles

Tarjeta VISA Premier Caja de Ingenieros. Tarjeta VISA Premier. Guía rápida

Tarjeta VISA Premier Caja de Ingenieros. Tarjeta VISA Premier. Guía rápida Tarjeta VISA Premier Caja de Ingenieros Tarjeta VISA Premier Guía rápida 1 Con la tarjeta Visa Premier de Caja de Ingenieros dispone de una línea de crédito que le permite realizar compras en todo el

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 - Definiciones... 2. OBJETO Y GARANTÍAS DEL SEGURO Artículo 2 - Objeto del seguro... 3

DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 - Definiciones... 2. OBJETO Y GARANTÍAS DEL SEGURO Artículo 2 - Objeto del seguro... 3 ÍNDICE Página DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 - Definiciones......................................... 2 OBJETO Y GARANTÍAS DEL SEGURO Artículo 2 - Objeto del seguro.....................................

Más detalles

SEGURO DE INCENDIOS. Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. Disposiciones generales. Seguro de incendios

SEGURO DE INCENDIOS. Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. Disposiciones generales. Seguro de incendios SEGURO DE INCENDIOS Seguro de incendios Artículo 45 Por el seguro contra incendios el asegurador se obliga dentro de los límites establecidos en la Ley y en el contrato a indemnizar los daños producidos

Más detalles

SEGUNDO: Los estudiantes que sufran un accidente de origen traumático podrán acceder a los siguientes beneficios, en adelante el Beneficio :

SEGUNDO: Los estudiantes que sufran un accidente de origen traumático podrán acceder a los siguientes beneficios, en adelante el Beneficio : ANEXO CONDICIONES GENERALES BENEFICIO DE DESCUENTO PARA ATENCIONES DE URGENCIA POR ACCIDENTES TRAUMATICOS DE LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO VIGENCIA: 1 de Marzo 2016 al 31 de Julio 2016.

Más detalles

CIRCULAR INFORMATIVA 6/2013:

CIRCULAR INFORMATIVA 6/2013: CIRCULAR INFORMATIVA 6/2013: NUEVAS NORMAS PARA LAS AUTORIZACIONES DE TRANSPORTE SANITARIO POR CARRETERA Estimado amigo: Por la presente le informo de la publicación en el BOE correspondiente al día 29

Más detalles

Garantías del seguro Asistencia + Cancelación 1200

Garantías del seguro Asistencia + Cancelación 1200 Garantías del seguro Asistencia + Cancelación 1200 I.DEFINICIONES, DURACIÓN Y TERRITORIALIDAD DEL SEGURO 1. ASEGURADOR EUROP ASSISTANCE ESPAÑA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS (en adelante EUROP ASSISTANCE),

Más detalles

CONDICIONES ESPECIALES Y PARTICULARES SEGURO DE VIDA GRUPO DEUDORES

CONDICIONES ESPECIALES Y PARTICULARES SEGURO DE VIDA GRUPO DEUDORES CONDICIONES ESPECIALES Y PARTICULARES SEGURO DE VIDA GRUPO DEUDORES 1. AMPAROS 1.1. FALLECIMIENTO POR CUALQUIER CAUSA La Compañía cubre el riesgo de muerte por cualquier causa de las personas amparadas

Más detalles

X. PRESTACIÓN POR DESEMPLEO

X. PRESTACIÓN POR DESEMPLEO X. PRESTACIÓN POR DESEMPLEO 93.- Quién tiene derecho a cobrar el "paro"? La prestación por desempleo, conocida como el "paro", se abona por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), www.sepe.es, que

Más detalles

REGLAMENTO-MARCO PARA PERSONAL VOLUNTARIO DEL PARQUE COMARCAL DE BOMBEROS DE VILLADA

REGLAMENTO-MARCO PARA PERSONAL VOLUNTARIO DEL PARQUE COMARCAL DE BOMBEROS DE VILLADA REGLAMENTO-MARCO PARA PERSONAL VOLUNTARIO DEL PARQUE COMARCAL DE BOMBEROS DE VILLADA Artículo 1.- Objeto. Artículo 2.- Definición. Artículo 3.- Ámbito territorial. Artículo 4.- Nombramientos y bajas. Artículo

Más detalles

ASISTENCIAS PROTECCIÓN PATRIMONIAL SEGUROS BOLÍVAR

ASISTENCIAS PROTECCIÓN PATRIMONIAL SEGUROS BOLÍVAR ASISTENCIAS PROTECCIÓN PATRIMONIAL SEGUROS BOLÍVAR SEGUROS COMERCIALES BOLÍVAR S.A., por intermedio de su proveedor Asistencia Bolívar S.A., sociedad comercial con domicilio en Bogotá D.C., ofrece a sus

Más detalles

Gran Volumen Arag SON OBJETO DEL PRESENTE SEGURO TODOS LOS ARTÍCULOS INCLUIDOS EN LAS CONDICIONES GENERALES DE LA PÓLIZA CON LOS LÍMITES EXPRESADOS.

Gran Volumen Arag SON OBJETO DEL PRESENTE SEGURO TODOS LOS ARTÍCULOS INCLUIDOS EN LAS CONDICIONES GENERALES DE LA PÓLIZA CON LOS LÍMITES EXPRESADOS. Gran Volumen Arag SON OBJETO DEL PRESENTE SEGURO TODOS LOS ARTÍCULOS INCLUIDOS EN LAS CONDICIONES GENERALES DE LA PÓLIZA CON LOS LÍMITES EXPRESADOS. ASEGURADOS: Tendrán la consideración de asegurados cada

Más detalles

MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y FARMACIA

MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y FARMACIA MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y FARMACIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA

Más detalles

Seguro Colectivo de Gastos Funerarios Condiciones Generales

Seguro Colectivo de Gastos Funerarios Condiciones Generales Seguro Colectivo de Gastos Funerarios Condiciones Generales Zurich Vida Compañía de Seguros, SA Objeto La compañía se obliga a pagar los gastos por Servicios Funerarios hasta la suma asegurada contratada

Más detalles

INTER PARTNER ASSISTANCE ESPAÑA I- DEFINICIONES, DURACION Y TERRITORIALIDAD DEL SEGURO

INTER PARTNER ASSISTANCE ESPAÑA I- DEFINICIONES, DURACION Y TERRITORIALIDAD DEL SEGURO INTER PARTNER ASSISTANCE ESPAÑA I- DEFINICIONES, DURACION Y TERRITORIALIDAD DEL SEGURO Asegurador: La entidad aseguradora INTER PARTNER ASSISTANCE ESPAÑA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, que asume la cobertura

Más detalles

MetaSegura Patrimonial Bancomer

MetaSegura Patrimonial Bancomer BANCA PATRIMONIAL MetaSegura Patrimonial Bancomer Condiciones Generales 1. INSTITUCIÓN 3 2. CONTRATANTE 3 3. OBJETO DEL SEGURO 3 4. DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS 3 5. BENEFICIARIO IRREVOCABLE 3 6. FALTA

Más detalles

Seguro de extracciones en Cajeros Automáticos

Seguro de extracciones en Cajeros Automáticos Seguro de extracciones en Cajeros Automáticos Qué incluye esta cobertura? Robo de Dinero en Efectivo (Extracciones de dinero en Cajeros automáticos y/o humanos según plan contratado, c/ tarjeta de Débito

Más detalles

CIGNA SALUD CONCILIA VIDA FAMILIAR

CIGNA SALUD CONCILIA VIDA FAMILIAR CIGNA SALUD CONCILIA VIDA FAMILIAR La presente cobertura se presta por la Aseguradora, complementaria al producto contratado CONDICIONES GENERALES DE COBERTURA Personas Aseguradas Se entenderán por personas

Más detalles

SON OBJETO DEL PRESENTE SEGURO TODOS LOS ARTÍCULOS INCLUIDOS EN LAS CONDICIONES GENERALES DE LA PÓLIZA CON LOS LÍMITES EXPRESADOS.

SON OBJETO DEL PRESENTE SEGURO TODOS LOS ARTÍCULOS INCLUIDOS EN LAS CONDICIONES GENERALES DE LA PÓLIZA CON LOS LÍMITES EXPRESADOS. En caso de que el asegurado manifieste expresamente que durante el período de cobertura de la póliza realizará alguna actividad de las denominadas de "aventura" o practique el deporte del esquí, la prima

Más detalles

Epígrafe 07: Servicios de Pago Pág.: 2. Transferencias y Otras Órdenes de Pago transfronterizas. En vigor a partir del 15-03-12

Epígrafe 07: Servicios de Pago Pág.: 2. Transferencias y Otras Órdenes de Pago transfronterizas. En vigor a partir del 15-03-12 Epígrafe 07: Servicios de Pago Pág.: 1 CONTIENE TARIFAS DE COMISIONES POR SERVICIOS DE PAGO, POR LO QUE EL CONTENIDO DE ESTE EPÍGRAFE NO ESTÁ SUJETO A NINGÚN TIPO DE REVISIÓN POR PARTE DEL BANCO DE ESPAÑA.

Más detalles

CONDICIONES GENERALES IRL ASISTENCIA, SA DE CV Programa de Beneficios

CONDICIONES GENERALES IRL ASISTENCIA, SA DE CV Programa de Beneficios CONDICIONES GENERALES IRL ASISTENCIA, SA DE CV Programa de Beneficios CONTENIDOS: Página 1.- Condiciones Generales de las Asistencias...2 2.- Beneficio Apoyo Económico...3 a. Condiciones de Beneficio Apoyo

Más detalles

CLAUSULA PRELIMINAR REGULACIÓN DEL CONTRATO E INFORMACIÓN GENERAL AL TOMADOR

CLAUSULA PRELIMINAR REGULACIÓN DEL CONTRATO E INFORMACIÓN GENERAL AL TOMADOR CLAUSULA PRELIMINAR REGULACIÓN DEL CONTRATO E INFORMACIÓN GENERAL AL TOMADOR El presente contrato se rige por lo dispuesto en la vigente Ley de Contrato de Seguro (Ley 50/1980, de 8 de octubre; publicada

Más detalles

REGISTRO ESPECIAL PARA EL SEGURO DE VIDA TEMPORAL A UN AÑO, DEL RAMO DE VIDA GRUPO

REGISTRO ESPECIAL PARA EL SEGURO DE VIDA TEMPORAL A UN AÑO, DEL RAMO DE VIDA GRUPO REGISTRO ESPECIAL PARA EL SEGURO DE VIDA TEMPORAL A UN AÑO, DEL RAMO DE VIDA GRUPO CLÁUSULA Interés Moratorio CLÁUSULA ACTUAL CON ARTÍCULO/REFERENCIA LEGAL DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES

Más detalles