CONSIDERANDO ACUERDO MODIFICATORIO DE LOS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA FOMENTO AL DESARROLLO AGRARIO (FORMAR)

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1 JORGE CARLOS RAMÍREZ MARÍN Secretario de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, con fundamento en los artículos 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 11, 14, 34, 51, 72 y 74 de la Ley General de Desarrollo Social; 4, 6 y 7 de la Ley Agraria; 1, 4, 5 y 6, fracción XIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, y; CONSIDERANDO Que el día 27 de marzo de 2014 se suscribieron los Lineamientos de Operación del Programa Fomento al Desarrollo Agrario; sin embargo, derivado de la operación del programa es menester la modificación de los Lineamientos de Operación en cuanto a describir de una manera más sencilla el proceso que compone el programa, con la finalidad de facilitar a la población objetivo la obtención, ejercicio y posterior comprobación de los apoyos que el programa ofrece, por eso he tenido a bien emitir el siguiente ACUERDO MODIFICATORIO DE LOS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA FOMENTO AL DESARROLLO AGRARIO (FORMAR) ÚNICO.- Se modifican los artículos 1o., 5o., 7o., 8o. 9o.; 11; 12; 13; 14; 15; 16; 23; y 37 de los Lineamientos de Operación del Programa Fomento al Desarrollo Agrario, para quedar como sigue: LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA FOMENTO AL DESARROLLO AGRARIO (FORMAR) GLOSARIO CAPÍTULO I Artículo 1. Para los efectos de estos Lineamientos se entenderá por: I. Acta Entrega-Recepción. Documento que elabora la Dirección General de Organización Social y Vivienda Rural, mediante el cual se formaliza y demuestra la entrega del Apoyo autorizado por el Comité a los Beneficiarios ; II. III. IV. Actividades de Capacitación. Acciones cuyo objetivo es proporcionar conocimientos que permitan incrementar la capacidad productiva del individuo, a través de la realización de cursos, seminarios y/o talleres; Apoyo. Recurso federal previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación vigente, que se otorga conforme a los Lineamientos ; Beneficiario(s). Grupos Sociales y Organizaciones legalmente constituidas que cumplan con los requisitos establecidos en los Lineamientos y su solicitud haya sido aprobada por el Comité ;

2 V. Capital Humano. Capacidad productiva de un individuo, o del conjunto de la población, que es fruto de mayores conocimientos adquiridos a través de: cursos, seminarios y/o talleres; VI. VII. VIII. IX. Capital Social. Son los aspectos organizacionales que facilitan la colaboración entre los individuos con la finalidad de generar confianza mutua, normas efectivas y redes ciudadanas, posibilitando el logro de beneficios comunes; Carta de Antecedentes. Documento que emite la Dirección General de Organización Social y Vivienda Rural, a solicitud de la Organización, en el que consta que ésta entregó, en el ejercicio inmediato anterior en el que recibió el Apoyo, la documentación comprobatoria e información, de conformidad con los Lineamientos y el Acta Entrega-Recepción ; Cédula de supervisión. Documento que emite la Unidad Responsable que permite recabar información relativa al día, hora y lugar, donde se realizan las acciones apoyadas por el Programa ; CLUNI. Clave Única de Inscripción al Registro Federal de Organizaciones de la Sociedad Civil; X. Colonia(as). Las colonias agrícolas y ganaderas, constituidas legalmente de acuerdo a las legislaciones agrarias; XI. XII. XIII. Comité. Comité Técnico. Es la Instancia normativa del Programa ; Cotización. Documentó de carácter informativo emitido por una Persona Física o Moral a solicitud de la Organización o Grupos Social, que señala las características y precios unitarios de los productos y/o servicios ofertados, así como plazo de entrega y vigencia de la misma. Cruzada. La Cruzada Nacional contra el Hambre es una estrategia de inclusión y bienestar social, que se implementa a partir de un proceso participativo de amplio alcance cuyo propósito es conjuntar esfuerzos y recursos de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como de los sectores público, social y privado y de organismos e instituciones internacionales, para el cumplimiento de los objetivos consistentes en cero hambre a partir de una alimentación y nutrición adecuadas de las personas en pobreza multidimensional extrema y carencia de acceso a la alimentación; eliminar la desnutrición infantil aguda y mejorar los indicadores de peso y talla de la niñez; aumentar la producción de alimentos y el ingreso de los campesinos y pequeños productores agrícolas; minimizar las pérdidas post-cosecha y de alimentos durante su almacenamiento, transporte, distribución y comercialización y promover la participación comunitaria para la erradicación del hambre;

3 XIV. XV. XVI. XVII. Dictaminador. Prestador(a) de servicios profesionales, contratado(a) por la Secretaría, encargado(a) de analizar y calificar los Proyectos que presentan las Organizaciones o Grupos Sociales ; DGPP. Dirección General de Programación y Presupuestación, de la Secretaría ; Evento(s). Actividad(es) como foros, congresos, simposios, cursos, encuentros y/o convenciones, a través de la(s) cual(es) se fomenta la organización y la colaboración entre los individuos; Ficha de Capacitación. Documento que elabora la Unidad Responsable, que contiene datos relativos a la capacitación como: datos de la organización y datos del proyecto; XVIII. Ficha de Evento(s). Documento que elabora la Unidad Responsable, que contiene datos relativos al evento como: datos de la organización y datos del proyecto; XIX. XX. XXI. XXII. Grupo(s) Social(es). Conjunto de hombres y/o mujeres que habitan en Núcleos agrarios, Colonias y/o Localidades rurales vinculadas ; Lineamientos. Documento Jurídico que rige la operación del Programa ; Lista de asistencia. Relación de personas que asisten a las Actividades de Capacitación y/o Evento(s) que contiene firma de los asistentes y/o huella digital; Localidad(es) rural(es) vinculada(s). Espacio geográfico en el que habitan sujetos agrarios fuera de la poligonal del Núcleo agrario al que pertenecen; XXIII. Material de Difusión. Material que tienen la finalidad de informar sobre las actividades de capacitación o de fomento que desarrollarán las organizaciones; XXIV. Material Didáctico. Material diseñado y elaborado con la finalidad de facilitar la comprensión, la enseñanza y el aprendizaje de los procesos de capacitación que desarrollan las organizaciones; XXV. Núcleo(s) agrario(s). Término genérico por el cual se identifica a los núcleos ejidales o comunales legalmente constituidos mediante resolución agraria administrativa, resolución judicial o acuerdo de voluntades; de conformidad con lo previsto en los artículos 90 y 91 de la Ley Agraria; XXVI. Organización(es). Organismos intermedios de la sociedad civil, con presencia nacional, regional, estatal o local, legalmente constituidos e inscritos en el Registro Federal de Organizaciones de la Sociedad Civil de acuerdo a los

4 Artículos 2, inciso G; 3; y, 5 de la Ley Federal de Fomento de las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil; XXVII. Padrón. Listado de personas afiliadas a la Organización y que están en posibilidades de asistir a los Evento(s) y/o Actividades de Capacitación ; XXVIII. Programa. Programa Fomento al Desarrollo Agrario (FORMAR); XXIX. Proyecto(s). Propuesta de la(s) actividad(es) que realizará(n) la(s) Organización(es) o el(os) Grupo(s) Social(es), de acuerdo con lo requerido en los Componentes de Capacitación, Fomento Organizacional y Proyectos Agrarios Integrales; XXX. Proyectos Agrarios Integrales. Proyectos que tienen por objeto resarcir limitantes de naturaleza productiva y de infraestructura económica a través del encadenamiento de más de un eslabón de la cadena productiva de la actividad preponderante de un núcleo agrario; cumpliendo con el desarrollo sustentable, incluyendo: I) sustentabilidad social, donde la meta es contribuir a la mayor equidad en la distribución de ingresos y bienes, II) sustentabilidad económica, que deberá buscar una asignación y gestión más eficiente de los recursos y de un flujo constante de inversiones públicas y privadas; y III) sustentabilidad ecológica, que será por medio del uso racional de los recursos naturales; XXXI. Secretaría. Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; XXXII. Supervisor. Prestador(a) de servicios profesionales, contratado(a) por la Secretaría, encargado(a) de realizar la verificación física de las acciones que realizan las Organizaciones o Grupos Sociales, con la finalidad de recabar información y evidencias que den certeza de la realización de los Proyectos aprobados por el Comité, y de la adecuada aplicación de los recursos; y XXXIII. Unidad Responsable. Dirección General de Organización Social y Vivienda Rural, de la Secretaría, quien también es la instancia ejecutora del Programa. OBJETIVOS Objetivo General. CAPÍTULO II Artículo 2. Contribuir a fortalecer el Capital Social y Capital Humano de los Grupos Sociales y Organizaciones en localidades rurales vinculadas y núcleos agrarios, así como desarrollar Proyectos Agrarios Integrales mediante el otorgamiento de un Apoyo. Además, contribuir a mejorar las relaciones sociales a través de los componentes que tiene el programa.

5 Objetivos específicos. Artículo 3. El Programa está dirigido a: I. Promover el desarrollo de Capital Social en localidades rurales vinculadas y núcleos agrarios, mediante un apoyo que impulse la organización de los productores y demás agentes de la sociedad rural en núcleos agrarios; II. III. Coadyuvar en la generación de Capital Humano en localidades rurales vinculadas y núcleos agrarios, mediante un apoyo dirigido a detonar actividades de capacitación productiva bajo una perspectiva regional; Apoyar la ejecución de Proyectos Agrarios Integrales con la finalidad de impulsar el encadenamiento de la producción en los núcleos agrarios bajo una perspectiva regional. IV. Coadyuvar a mejorar las relaciones entre los Grupos Sociales con el fin de reforzar el principio de seguridad jurídica de la tenencia de la tierra, así como fomentar el desarrollo social y productivo en localidades rurales vinculadas y núcleos agrarios. LINEAMIENTOS Cobertura. CAPÍTULO III Artículo 4. El Programa operará en localidades rurales y núcleos agrarios de las 32 entidades federativas, preferentemente en los municipios considerados dentro del Sistema Nacional para la Cruzada. Población objetivo. Artículo 5. Grupos Sociales y Organizaciones constituidas en localidades rurales vinculadas y núcleos agrarios, cuyo objeto sea el desarrollo social. En el caso de la Cruzada la población objetivo estará constituida por Grupos Sociales los productores de núcleos agrarios que viven en condiciones de vulnerabilidad, con la finalidad de detonar el desarrollo económico mediante el fortalecimiento de sus capacidades técnicoproductivas. Componentes del Programa. Artículo 6. Los componentes del Programa son: I. Capacitación; II. Proyectos Agrarios Integrales; y,

6 III. Fomento Organizacional. Componente I: Capacitación. Artículo 7. El Programa apoyará la realización de Actividades de Capacitación como cursos, seminarios y/o talleres, con la finalidad de que los asistentes desarrollen y/o fortalezcan sus conocimientos técnico-productivos y empresariales, considerando el potencial productivo local y de la región, desde la perspectiva de equidad de género y la formación de cadenas productivas. Para lograr ese fin, se podrán realizar hasta cinco acciones, dentro del término de treinta días naturales, con una duración de dos días continuos cada uno, las cuales deberán ser teóricasprácticas. Estas capacitaciones deberán plantear temas que promuevan el desarrollo de capacidades técnico-productivas de los participantes conforme a lo estipulado en las Fichas de Capacitación. Requisitos para la recepción de solicitudes en el componente de Capacitación. Artículo 8. Las Organizaciones legalmente constituidas, deberán cumplir con los siguientes requisitos para ingresar solicitudes de apoyo para la realización Actividades de Capacitación, que permitan fortalecer y potenciar las capacidades técnico-productivas de los habitantes de localidades rurales vinculadas y núcleos agrarios: I. Personalidad jurídica: a. Acreditar, al momento de presentar su solicitud ante la Unidad Responsable, la personalidad jurídica, mediante la presentación de la CLUNI y copia de su acta constitutiva donde se demuestre que su objeto esté vinculado al desarrollo social, de lo contrario no será recibida. La Organización deberá tener por lo menos 2 años de estar constituida. b. Semblanza de la Organización, en la que puntualice las actividades que haya realizado, preferentemente en materia de desarrollo agrario, especificando año, lugar, nombre y descripción. c. El Representante Legal de la "Organización" deberá acreditar la vigencia de su Representación Legal con el Documento Público correspondiente y con el acuse de recibo de la actualización de datos ante el INDESOL; y Currículum Vitae, firmado al calce y con copia de identificación oficial. II. Solicitud: Documento de libre redacción, dirigido a la Unidad Responsable donde se señale el nombre de los cursos, seminarios y/o talleres que se desarrollarían, describiendo en forma detallada y sistemática las actividades que se pretenden realizar

7 con los recursos solicitados, señalando la fecha y el lugar tentativos donde se realizará la capacitación. La solicitud deberá ser signada por el representante legal y deberá llevar la leyenda: La organización solicitante no utilizará los recursos con fines político-partidistas, para la difusión de temas electorales, ni aceptará la presencia de candidatos a cargos de elección popular en los eventos o acciones apoyadas. III. Escrito: Documento de libre redacción, en el que se manifieste bajo protesta de decir verdad: a. Que la Organización no ha recibido Apoyo del Programa, en caso contrario, deberá anexar copia de la Carta de Antecedentes y una síntesis de los resultados obtenidos. b. Que ninguno de los integrantes del órgano de administración de la Organización, forma parte de otra Organización que esté solicitando un apoyo del Programa en el presente ejercicio fiscal. c. Que ninguno de los integrantes del órgano de administración de la Organización, es proveedor de cualquiera de los bienes o servicios para la realización de las Actividades de Capacitación. d. Que el Proyecto que se entrega no ha sido presentado ni se presentará, en alguna otra Dependencia Federal o Estatal para obtener un apoyo similar a los que se puede acceder a través del Programa, en el presente ejercicio fiscal. e. Que la Organización no realiza actividades de auto-beneficio o beneficio mutuo con alguna otra sociedad o asociación civil. f. Que está al corriente de sus obligaciones fiscales; para tales efectos, deberá presentar Opinión de Situación Fiscal emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), con una antigüedad en su expedición no mayor a un mes. g. Que realizará las Actividades de Capacitación, utilizando el Apoyo que se otorgue, en los términos y condiciones que autorice el Comité. h. Que proporcionará a la Secretaría y/o a las autoridades fiscalizadoras, los informes que se requieran con motivo de la aplicación del Apoyo. i. Que conservará la documentación relacionada con la comprobación de la aplicación del Apoyo, por lo menos cinco años, para mantenerse en la posibilidad de proporcionar la información que le requiera la Secretaría y/o las autoridades fiscalizadoras. j. Que notificará a la Secretaría el cambio de su domicilio fiscal, cuando esto ocurra dentro de los cinco años posteriores a la entrega del Apoyo.

8 IV. Proyecto: Utilizando un máximo de veinte (20) cuartillas, deberá describir la(s) actividad(es), contemplando los siguientes aspectos, entregándose de manera física y electrónica (CD): a. Resumen ejecutivo: Debe contener los datos de identificación del Proyecto, el nombre del componente del que solicita el Apoyo y el monto solicitado, el número total de asistentes, así como fecha(s) y lugar tentativo(s) para la realización de la(s) capacitación(es). b. Datos de identificación de la(s) persona(s) responsable(s) de la ejecución y de la comprobación de los recursos ejercidos en el Proyecto. c. Perfil de la población que asistirá a las Actividades de Capacitación, haciendo énfasis del entorno geográfico, económico y social del lugar de procedencia. d. Diagnóstico de necesidades o análisis situacional que justifique la solicitud del Apoyo. e. Acciones previas similares desarrolladas con sus miembros, o con la población con posibilidades de asistir a las actividades de capacitación. f. Justificación del proyecto, que deberá contener el planteamiento del problema a atender, así como beneficio que el proyecto otorgará a la población objetivo. g. Objetivo general y específicos. h. Metas de corto, mediano y largo plazo; precisando los beneficios esperados en la planeación. i. Presupuesto; presentar al menos dos cotizaciones por cada uno de los conceptos a adquirir, considerando lo siguiente: 1. Deberá ser una cotización formal, en hoja membretada y datos generales de la empresa que cotiza (RFC, domicilio, teléfono, fax, correo electrónico, página web, contacto, etc.). 2. Deberá estar dirigida a la organización o grupo, potencial comprador. 3. Deberá describir el producto o servicio que está cotizando y que se especifica para la etapa del proyecto que se desea llevar a cabo. 4. Especificar la vigencia, que deberá ser hasta la conclusión del proyecto. 5. Deberá desglosar los impuestos aplicables. 6. Preferentemente deberán estar firmadas por el proveedor j. Estrategias de formación. k. Documentar la formación y experiencia de los capacitadores por cada temática propuesta.

9 l. Metodología. m. Cartas descriptivas de cada actividad de capacitación; éstas deberán incluir los temas de Equidad de Género, Prevención de la Violencia de Género y Sustentabilidad Ambiental. Se debe señalar objetivos y duración de cada una. n. Programa y cronograma de las actividades de capacitación. o. Resultados esperados; análisis de prospectiva sobre cómo beneficiaría a los participantes p. Criterios de evaluación de aprovechamiento de los asistentes. V. Padrón. Listado de personas afiliadas, simpatizantes de la organización o habitantes de localidades rurales vinculadas y núcleos agrarios que asistirán a las Actividades de Capacitación ; incluyendo su CURP o IFE, domicilios y medios de contacto como correo electrónico, teléfono fijo y/o móvil, etc. VI. Comprobante de domicilio de la Organización. La antigüedad del comprobante, no deberá exceder a un mes. Criterios de selección para el componente de Capacitación. Artículo 9. Los criterios de selección son: a) Se dará prioridad a aquellos proyectos que emanen de una demanda específica, comprobable documentalmente, de los productores de localidades rurales vinculadas y núcleos agrarios, expresada a través de un proceso participativo de identificación y priorización de la problemática grupal. b) Que consideren el desarrollo de capacidades técnicas y productivas para la producción de alimentos. c) Que se enfoquen a la modernización productiva y desarrollo humano y comunitario de los habitantes de los municipios, microrregiones y localidad rurales preferentemente de alta marginación y de regiones indígenas. d) Los que sean formulados con la finalidad de impulsar las habilidades productivas de la población rural que habita en los núcleos agrarios, preferentemente en los municipios y regiones de mayor rezago y pobreza. e) Aquellos cuyo universo de atención incluyan mayoritariamente sean jóvenes, mujeres e indígenas. f) Los que signifiquen alto impacto local y regional, que fortalezcan las estrategias de desarrollo agrario sustentable, de desarrollo regional, social y productivo.

10 g) Los que sean parte de una estrategia de largo alcance en la región. h) Se apoyarán preferentemente a las solicitudes de apoyo que contemplen temas relacionados con la vocación productiva regional y que incluyan aspectos culturales de la población, que faciliten el encadenamiento productivo. i) Que las cotizaciones cumplan con las características técnicas y económicas, para el objetivo del proyecto. j) Que el padrón de beneficiarios sea único, es decir, no se duplique con los de otras solicitudes de apoyo. Para el componente de capacitación, el Programa destinará hasta 40% del presupuesto sustantivo autorizado en el presente ejercicio fiscal. Componente II: Proyectos Agrarios Integrales. Artículo 10. El Programa otorgará un apoyo a aquellos Grupos Sociales que pretendan participar en más de un eslabón de la cadena productiva de su actividad económica preponderante, y que respondan a necesidades concretas de una o varias localidades rurales vinculadas y núcleos agrarios. La finalidad, será coadyuvar en la disminución de la presión socio-económica, derivada de la falta de oportunidades y la implementación de soluciones colectivas Requisitos para la recepción de solicitudes en el componente de Proyectos Agrarios Integrales. Artículo 11. Para que los Grupos Sociales puedan obtener el Apoyo para la realización de un Proyecto Agrario Integral, deberán cumplir los siguientes requisitos: I. Solicitar por escrito el apoyo para implementar y poner en marcha el proyecto; precisando la actividad, el beneficio que tendrá la comunidad, y el nombre de todas las personas que conforman el Grupo Social. Deberá anexarse, original y copia para cotejo de la identificación oficial de cada uno de los integrantes del Grupo Social, copia de su respectiva CURP, así como copia de la Constancia de Posesión del predio, o en su caso el Contrato Privado de compraventa. II. Presentar el Proyecto, Utilizando un máximo de veinte (20) cuartillas, entregándose de manera física y electrónica (CD), conforme a los apartados señalados en el Anexo 1 de los presentes Lineamientos. III. Presentar copia del Acta de Asamblea en la que se designe a los representantes del Grupo Social (Presidente, Secretario y Tesorero).

11 IV. Se deberán incluir al menos dos cotizaciones por cada uno de los conceptos a adquirir, conforme al Anexo 2 de los presentes Lineamientos. Para el componente de Proyectos Agrarios Integrales, el Programa destinará hasta 20 % de su presupuesto sustantivo autorizado en el presente ejercicio fiscal. Componente III: Fomento Organizacional. Artículo 12. Son Apoyos cuyo propósito principal es consolidar el Capital Social de localidades rurales vinculadas y núcleos agrarios, con el objetivo de propiciar la participación y comunicación directa entre los agremiados de las Organizaciones. En este contexto, el Programa impulsará Eventos enfocados al fortalecimiento de la estructura organizacional de los agremiados. Entendiendo Eventos como foros, congresos, simposios, encuentros, convenciones en donde se promueva el liderazgo, el trabajo en equipo y la comunicación. El(los) Evento(s) tendrán una duración máxima de 2 días y participarán los miembros de la Organización. Requisitos para la recepción de solicitudes en el componente de Fomento Organizacional. Artículo 13. Para acceder al Apoyo para la realización del(los) Evento(s) de Fomento Organizacional que permitan potenciar las capacidades de Organizaciones sociales y campesinas y de los órganos de representación agraria; las Organizaciones interesadas, deberán cumplir con los siguientes requisitos: I. Personalidad jurídica: a) Acreditar, al momento de presentar su solicitud ante la Unidad Responsable, la personalidad jurídica, mediante la presentación de la CLUNI y copia de su acta constitutiva donde se demuestre que su objeto esté vinculado al desarrollo social, de lo contrario no será recibida. La Organización deberá tener por lo menos 2 años de estar constituida. b) Semblanza de la Organización, en la que puntualice las actividades que haya realizado, preferentemente en materia de desarrollo agrario, especificando año, lugar, nombre y descripción. c) El Representante Legal de la Organización deberá acreditar la vigencia de su Representación Legal con el Documento Público correspondiente y con el acuse de recibo de la actualización de datos ante el INDESOL; y Currículum Vitae, firmado al calce y con copia de identificación oficial.

12 II. Solicitud: Documento de libre redacción, dirigido a la Unidad Responsable, que señale el componente para el cual requiere el Apoyo así como el número y nombre de los eventos que se desarrollarían, describiendo en forma detallada y sistemática del(los) Evento(s) que se pretenden realizar con los recursos solicitados, señalando la fecha y el lugar tentativos donde se realizarán. La solicitud deberá ser signada por el representante legal y deberá llevar la leyenda: La organización solicitante no utilizará los recursos con fines político-partidistas para la difusión de temas electorales, ni aceptará la presencia de candidatos a cargo de elección popular en los eventos o acciones apoyadas. III. Escrito: Documento de libre redacción, en el que se manifieste bajo protesta de decir verdad: a) Que la Organización no ha recibido Apoyo del Programa, en caso contrario, deberá anexar copia de la Carta de Antecedentes y una síntesis de los resultados obtenidos. b) Que ninguno de los integrantes del órgano de administración de la Organización, forma parte de otra Organización que esté solicitando un apoyo del Programa en el presente ejercicio fiscal. c) Que ninguno de los integrantes del órgano de administración de la Organización, es proveedor de cualquiera de los bienes o servicios para la realización del(los) Evento(s). d) Que el Proyecto que está presentando no ha sido presentado ni se presentará, en alguna otra Dependencia Federal o Estatal para obtener un apoyo similar a los que se puede acceder a través del Programa, en el presente ejercicio fiscal. e) Que la Organización no realiza actividades de auto-beneficio o beneficio mutuo con alguna otra sociedad o asociación civil. f) Que está al corriente de sus obligaciones fiscales; para tales efectos, deberá presentar Opinión de Situación Fiscal emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), con una antigüedad en su expedición no mayor a un mes. g) Que realizará el(los) Evento(s), utilizando el Apoyo que se otorgue, en los términos y condiciones que autorice el Comité. h) Que proporcionará a la Secretaría y/o a las autoridades fiscalizadoras, los informes que se requieran con motivo de la aplicación del Apoyo. i) Que conservará la documentación relacionada con la comprobación de la aplicación del Apoyo, por lo menos cinco años, para mantenerse en la posibilidad de proporcionar la información que le requiera la Secretaría y/o las autoridades fiscalizadoras.

13 j) Que notificará a la Secretaría el cambio de su domicilio fiscal, cuando esto ocurra dentro de los cinco años posteriores a que recibió el Apoyo. IV. Proyecto : Utilizando un máximo de veinte (20) cuartillas, deberá describir la(s) actividad(es), contemplando los siguientes aspectos, entregándose de manera física y electrónica (CD): a) Resumen ejecutivo: Debe contener nombre de la organización, nombre del Proyecto, nombre del componente del que solicita el Apoyo, el monto solicitado, el número total de asistentes, así como fecha(s) y lugar tentativo(s) para la realización del (los) evento(s). b) Datos de identificación de la(s) persona(s) responsable(s) de la ejecución del proyecto y de la comprobación de los recursos ejercidos en el Proyecto. c) Diagnóstico de necesidades o análisis situacional que justifique la solicitud del Apoyo. d) Justificación del proyecto, la cual deberá llevar el planteamiento del problema, y cuál sería la ayuda que se le daría con el proyecto. e) Objetivo general y específicos. f) Metas de corto, mediano y largo plazo; precisando los beneficios esperados en la planeación. h) Presupuesto; presentar al menos dos cotizaciones de diferente proveedor por cada uno de los conceptos a adquirir, considerando lo siguiente: 1. Deberá ser una cotización formal, en hoja membretada y datos generales de la empresa que cotiza (RFC, dirección, teléfono, fax, correo electrónico, página web, contacto, etc.). 2. Deberá estar dirigida a la organización o grupo, potencial comprador. 3. Deberá describir el producto o servicio que está cotizando y que se especifica para la etapa del proyecto que se desea llevar a cabo. 4. Especificar la vigencia, que deberá ser hasta la conclusión del proyecto. 5. Deberá desglosar los impuestos aplicables. 6. Preferentemente deberán estar firmadas por el proveedor. i) Programa y cronograma de actividades. j) Resultados esperados. IV. Padrón. Listado de personas afiliadas a la Organización y que están en posibilidades de asistir al(los) Eventos de fomento organizacional; incluyendo su CURP o IFE, domicilios y medios de contacto como correo electrónico, teléfono fijo y/o móvil, etc.

14 V. Comprobante de domicilio de la Organización. La antigüedad del comprobante, no deberá exceder a un mes. Criterios de selección para el componente de Eventos de Fomento organizacional. Artículo 14. Los criterios de selección son los siguientes: a) Se dará prioridad a los Proyectos formulados para el desarrollo de capital social, y que incentiven la organización en localidades rurales vinculadas y núcleos agrarios. b) Proyectos cuyo universo de atención prioritaria sean Organizaciones legalmente constituidas, que incluyan mayoritariamente dentro de su Padrón a jóvenes de 18 a 39 años de edad, mujeres e indígenas. c) Que las cotizaciones cumplan con las características técnicas y económicas, más adecuadas para el objetivo del proyecto. d) Que el padrón de beneficiarios sea único, es decir, no se duplique con los de otras solicitudes de apoyo. Procedimiento para la aprobación, formalización y supervisión del Apoyo. Artículo 15. El procedimiento para la aprobación del Apoyo : I. La Unidad Responsable será la única instancia que recibirá las solicitudes y sus anexos. La entrega de las solicitudes y sus anexos, deberá ser en forma física y electrónica por conducto del representante legal de la Organización o del representante del Grupo Social. En caso de faltantes de requisitos establecidos en los presentes Lineamientos, no se podrá recibir ni asignar número de folio a las solicitudes. II. El Dictaminador analizará el Proyecto, y en su caso, solicitará a la Organización o al Grupo Social que ajuste el mismo. Elaborará para control interno: a) Hoja de viabilidad, en la que se determinará que la propuesta cumple con los criterios de selección enunciados en los presentes Lineamientos y en su caso, b) Dictamen de viabilidad del Proyecto conforme a lo establecido en los presentes Lineamientos, que consiste en la emisión de la opinión técnica-normativa sobre su pertinencia, impacto, proceso metodológico y congruencia. III. Los Proyectos dictaminados como viables, podrán ser puestos a consideración del Comité para su aprobación o rechazo, conforme a la suficiencia presupuestal;

15 IV. Una vez que el Comité apruebe la solicitud, la Unidad Responsable procederá a tramitar la entrega del Apoyo y le notificará a la Organización o Grupo Social mediante oficio; V. La Organización o Grupo Social, tendrá un plazo de diez días hábiles, contados a partir de la notificación de aprobación, para firmar el Acta Entrega-Recepción. VI. Para efecto de recabar información y evidencias que den certeza de la realización de los Proyectos aprobados por el Comité, y de la adecuada aplicación de los recursos, de acuerdo a los conceptos señalados en los mismos, la Unidad Responsable, con fundamento en el artículo 27 de los presentes Lineamientos, se apoyara en las Delegaciones Estatales en donde se llevarán a cabo los Eventos y/o de las Actividades de Capacitación, con el fin de que realicen la supervisión de los mismos. La Unidad Responsable elaborará la Ficha de Capacitación o Ficha de Evento según el componente, mismo que enviará a la Delegación Estatal de la Secretaría en el Estado en que se efectuará el Evento. Para cumplir con lo anterior, el Supervisor hará acto de presencia en el lugar indicado por la Organización para llevar a cabo el (los) evento (os) y será el (la) encargado (a) de realizar la verificación física de las acciones que realizan aquellas, debiendo requisitar en el lugar la Cédula de Supervisión, documento en el cual se deberá consignar la información relativa al día, hora y lugar donde se realizan las acciones apoyadas por el Programa, así como datos generales del Evento y/o de las Actividades de Capacitación, de los asistentes y de la Organización, de la que entregará una copia al responsable del evento. Tipos y montos de Apoyo. Artículo 16. El Apoyo del Programa se asignará de conformidad a lo aprobado por el Comité, y podrá ser aplicado como mezcla de recursos de otros programas de los Gobiernos Federal, Estatal y/o Municipal, siempre y cuando no representen una duplicidad en su objetivo. Como Apoyo del Programa quedan comprendidos los siguientes: a). Capacitación. b). Proyectos Agrarios Integrales. c). Fomento Organizacional. No podrán ser Beneficiario (s) del Programa quienes habiendo recibido algún Apoyo no cuenten con la Ficha de Capacitación o Fichas de Evento(s) por causas imputables a la Organización o bien, hayan incumplido con alguna de las obligaciones señaladas en el Artículo 35 de los Lineamientos.

16 Los Grupos Sociales u Organizaciones deberán comprobar el uso adecuado del Apoyo para la realización de sus Actividades, en un plazo no mayor a 60 días naturales como lo señala el Artículo 18 de los Lineamientos. En caso contrario no podrá solicitar ni recibir el "Apoyo" durante dos años posteriores de haber recibido algún recurso a través del "Programa". El Apoyo deberá ajustarse a lo siguiente: I. Componente de Capacitación: a) Los montos máximos serán de hasta $1 000, (UN MILLÓN DE PESOS 00/100 M. N.). b) La distribución del presupuesto presentado deberá ajustarse y justificarse de acuerdo a los siguientes criterios: Concepto Porcentaje Pago por servicio de logística y organización 10% Hospedaje Alimentación Transporte Renta de equipo audiovisual Renta de salones y auditorios Papelería y consumibles 40% Honorarios de capacitadores 10% Material didáctico 20% Material de difusión 20% c) El pago de los boletos de avión, casetas y gasolina, la compra de cualquier tipo de infraestructura y los recibos de honorarios asimilables a salarios, quedan excluidos de este apoyo. II. Componente Proyectos Agrarios Integrales: a) Los montos máximos serán de hasta $1 000, (UN MILLÓN DE PESOS 00/100 M. N.). b) La distribución del presupuesto presentado deberá de ajustarse y justificarse de acuerdo al Anexo 2 de los presentes Lineamientos. III. Componente Fomento Organizacional: a) Los montos máximos serán de hasta $1 000, (UN MILLÓN DE PESOS 00/100 M. N.).

17 b) La distribución del presupuesto presentado deberá ajustarse y justificarse de acuerdo a los siguientes criterios: Hospedaje Honorarios Alimentación Transporte Concepto Renta de equipo audiovisual Renta de salones y auditorios Papelería y consumibles Porcentaje 60% Material didáctico 20% Material de difusión 20% Ejecución del Apoyo. Artículo 17. Para el caso de los componentes de capacitación y Fomento Organizacional es responsabilidad directa de la Organización la adecuada ejecución de los recursos conforme el Acta Entrega-Recepción y a la Ficha de Capacitación o Evento ; por lo que deberá observar lo siguiente: I. Realizar las acciones en la fecha, horario y lugar señalado en la Ficha de Capacitación o Ficha de Evento(s), misma que podrá ser modificada por una sola ocasión, cuando por necesidades de la Organización así se requiera, debiendo dar aviso a la Unidad Responsable por escrito, con un mínimo de 15 días naturales de anticipación respecto a la fecha originalmente programada. II. Tratándose del cambio de sede, la Organización, deberá exponer los motivos y justificar plenamente su solicitud para que la Unidad Responsable esté en posibilidades de aprobarla, siempre y cuando el presupuesto aprobado, en montos y conceptos, no se modifique. III. Permitir en todo momento la supervisión de las actividades de capacitación o eventos de fomento organizacional. El supervisor deberá entregar a la Organización una copia de la Ficha de Capacitación o Ficha de Evento(s) con su nombre y firma, así como la del representante legal de la Organización o el responsable de las acciones realizadas. IV. Colocar de manera visible en el lugar en el que se realicen las acciones, una manta de un mínimo de 3 metros de largo por 2 de ancho, con el logotipo oficial de la Secretaría, la fecha, el lugar y el nombre de las Actividades de Capacitación o Evento de Fomento Organizacional, al igual que en la publicidad, papelería, folletos, revistas, documentos y todo tipo de productos adquiridos con los recursos del Programa, se manifieste que:

18 a) Es una actividad auspiciada por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano. b) Este material se realizó con recursos del Programa Fomento al Desarrollo Agrario (FORMAR). Empero la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, no necesariamente comparte los puntos de vista expresados por los autores del presente trabajo. c) Este Programa es de carácter público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el Programa. Para el componente de Proyecto Agrario Integral es responsabilidad directa de los Grupos Sociales la adecuada ejecución de los recursos conforme a lo señalado en el Anexo 2 de los presentes lineamientos. De la comprobación del Apoyo. Artículo 18. En el caso de los componentes de Capacitación y de Fomento Organizacional, las Organizaciones deberán expedir un recibo con requisitos fiscales, al momento de recibir el Apoyo. El recibo deberá contener el desglose de los conceptos y el monto del Apoyo correspondiente. Para la comprobación del Apoyo, la Organización, mediante escrito de libre redacción, dirigido a la Unidad Responsable, debe presentar, dentro de sesenta (60) días naturales, siguientes a la fecha de entrega del Apoyo, los siguientes documentos: a) Original para cotejo, de las facturas o recibos con requisitos fiscales, que demuestren la adquisición y/o el pago de los bienes y servicios, que se requirieron, mismos que deben ser congruentes con alguna de las cotizaciones previamente presentadas a las cuales se le pondrá el siguiente sello: Apoyado por la SEDATU ; b) Copia de la Ficha de Capacitación o Ficha de Evento(s) de conformidad con lo establecido en el Artículo 35, fracción III de los presentes Lineamientos ; c) Lista de asistencia por día, con firma o huella digital de cada uno de los asistentes; d) Informe de las actividades realizadas. e) Síntesis de los resultados obtenidos. f) Memoria fotográfica de las acciones realizadas con el Apoyo autorizado. g) Para el componente de Capacitación, adicionalmente deberá presentar los siguientes documentos que avalen que los Beneficiarios desarrollaron sus capacidades: constancias de evaluación de los asistentes (generadas por la Organización ) y proyecto(s) elaborado(s) para gestionar un apoyo ante instancias federales en el

19 siguiente ejercicio fiscal, donde se utilicen las habilidades adquiridas en su elaboración. Una vez que la Organización haya cumplido con lo anterior, podrá solicitar a la Unidad Responsable, la Carta de Antecedentes. La Carta de Antecedentes deberá señalar si la comprobación fue presentada dentro o fuera del plazo previsto en este Artículo. En el caso de Proyectos Agrarios Integrales, se dará por comprobado el recurso cuando se entregue el recibo firmado por todos los Beneficiarios que aparecen en la solicitud; exhiban el original para cotejo, de los recibos o facturas con requisitos fiscales que demuestren la adquisición y/o el pago de los bienes y servicios, que se requirieron para implementar el Proyecto y, un informe final de los resultados y beneficios obtenidos. Lo anterior, deberá presentarse en la Unidad Responsable dentro del plazo de 60 días naturales, a partir de la fecha de entrega del Apoyo, a través de escrito firmado por el Representante del Grupo Social. Asimismo, a los 6 meses posteriores a la entrega del Apoyo se realizará la primera supervisión; y para garantizar la permanencia del proyecto se realizará una segunda supervisión en el año fiscal siguiente. Instancia Ejecutora. Artículo 19. La Unidad Responsable será la instancia responsable de la operación del Programa, y dentro de sus funciones tendrá la de elaborar los informes técnicos de evaluación. Instancia Administrativa Artículo 20. La DGPP es la unidad administrativa responsable de erogar el Apoyo aprobado por el Comité e informar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Honorable Cámara de Diputados sobre el ejercicio presupuestal del Programa. La DGPP entregará el Apoyo solamente al cumplirse los requisitos planteados en los lineamientos. Instancia Normativa. Artículo 21. La máxima instancia de decisión para la aprobación o rechazo de las solicitudes de apoyo y aplicación de recursos del Programa será el Comité, el cual se integrará de la siguiente manera: Presidente: Titular de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, con voz y voto;

20 Secretario(a) Ejecutivo(a): Titular de la Subsecretaría de Desarrollo Agrario, con voz y voto; Secretario(a) Técnico(a): Titular de la Unidad Responsable, con voz y voto; Vocales: o Titular de la Oficialía Mayor, con voz y voto; o Titular de la Dirección General de Desarrollo Agrario de la Secretaría, con voz y voto; o Titular de la Dirección General de Concertación Social de la Secretaría, con voz y voto; o Titular de la Dirección General de Coordinación de Delegaciones de la Secretaría, con voz y voto; o Titular de la Procuraduría Agraria, con voz y voto; y, o Titular del Registro Agrario Nacional, con voz y voto. Invitados Permanentes: Titulares del Órgano Interno de Control y de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría y la DGPP con voz. Invitados: Representantes de dependencias e instituciones académicas que el Comité considere necesarias para el desarrollo del Programa, con voz. Artículo 22. En caso de que alguno de los integrantes del Comité, no pueda asistir a alguna de las sesiones ordinarias o extraordinarias convocadas, deberá designar mediante oficio a un suplente, para que lo represente en esa sesión, el cual deberá ser un servidor público con nivel mínimo de Director de Área, debiendo informar de dicha designación al Secretario(a) Técnico(a) antes de la sesión. En caso de ausencia del Presidente, el Secretario Ejecutivo conducirá las sesiones del Comité. Artículo 23. Son funciones del pleno del Comité : I. Aprobar o rechazar las solicitudes de apoyo; II. III. IV. Cancelar el Apoyo cuando se acredite algún incumplimiento a los presentes Lineamientos; Conocer los resultados del Programa y en su caso proponer medidas para su mejor operación; Conocer los términos de referencia para la evaluación del Programa ; V. Autorizar la reasignación del Apoyo a que haya lugar; VI. Conocer los Lineamientos o sus modificaciones, y

21 VII. VIII. IX. Conocer sobre los gastos de operación. Interpretar y resolver sobre cualquier asunto no previsto en los presentes Lineamientos Conocer el seguimiento las recomendaciones de las evaluaciones externas. X. Autorizar la modificación de los porcentajes de asignación del gasto sustantivo de los componentes del Programa con relación a las solicitudes de Apoyo. Artículo 24. Serán funciones de los miembros del Comité : I. Del Presidente: 1. Representar al Comité 2. Presidir las sesiones del Comité ; 3. Analizar cada uno de los asuntos planteados al Comité ; en caso de empate tendrá voto de calidad; y, 4. Promover e instruir la expedita actuación de los miembros del Comité en el cumplimiento de sus funciones en el mismo. II. Del Secretario(a) Ejecutivo(a): 1. Presidir las sesiones del Comité en ausencia del Presidente; 2. Instrumentar los mecanismos necesarios para la erogación de los recursos autorizados por el Comité y dar seguimiento al ejercicio presupuestal y administrativo; 3. En coordinación con el Presidente del Comité, identificar dentro del universo de atención los asuntos que puedan ser atendidos por el Programa ; y, 4. Promover e instruir la expedita actuación de los miembros del Comité en el cumplimiento de sus funciones. III. Del Secretario(a) Técnico(a): 1. Realizar el seguimiento y control del ejercicio de los recursos conforme los acuerdos y la normatividad aplicable; 2. Efectuar conciliaciones con la DGPP", respecto del Apoyo que haya sido aprobado por el Comité ; 3. Elaborar un informe de la situación presupuestal el cual será presentado al Comité ;

22 4. Generar el Padrón de las Organizaciones y Grupos Sociales que reciban el Apoyo del Programa ; 5. Hacer del conocimiento del Comité los gastos de operación del Programa ; 6. Elaborar y presentar al Comité los Informes Técnicos para la evaluación del Programa ; 7. A petición del Presidente o del Secretario(a) Ejecutivo(a), convocar a sesiones ordinarias o extraordinarias, para que el Comité sesione preferentemente dentro de los primeros diez días del mes; 8. Definir el Orden del Día para cada sesión; 9. Elaborar el acta respectiva en la que consten los acuerdos emitidos por el Comité ; 10. Dar seguimiento operativo, presupuestal y administrativo al Programa, debiendo informar anualmente al Comité ; 11. Solicitar las adecuaciones a la DGPP para la erogación del Apoyo ; 12. Notificar a la DGPP la entrega del Apoyo ; con la documentación soporte; 13. Ejecutar y dar seguimiento a los acuerdos que emita el Comité. 14. Presentar al Comité informes sobre el avance físico-financiero de los asuntos que conforman el universo de atención del Programa ; 15. Integrar y remitir a los miembros del comité la carpeta con los asuntos que se someterán a aprobación; 16. Elaborar el Acta de sesión del Comité y recabar las firmas de los miembros asistentes al Comité. 17. Las demás que le confiera el Comité y estos Lineamientos. IV. De los vocales: 1. Participar en el desarrollo de las sesiones del Comité, emitiendo sus opiniones en los asuntos de conformidad con la normatividad aplicable. V. De los Invitados Permanentes: 1. Participar en el desarrollo de las sesiones del Comité, emitiendo sus opiniones y recomendaciones.

23 Artículo 25. Las sesiones del Comité podrán ser ordinarias o extraordinarias. Las convocatorias para las sesiones ordinarias se entregarán con tres días hábiles de anticipación, y para las extraordinarias con veinticuatro horas; debiendo adjuntar el Orden del Día y las carpetas con los asuntos a tratar. Artículo 26. Para sesionar válidamente, se requiere la asistencia del Presidente o del Secretario(a) Ejecutivo(a), indistintamente; así como la del Secretario(a) Técnico(a) y al menos tres Vocales. Artículo 27. La Secretaría, a través de la Unidad Responsable podrá apoyarse en las Delegaciones Estatales y convenir con entidades públicas y/o privadas, su participación como agentes técnicos para la operación y seguimiento del Programa Instancia de análisis, dictaminación y ejecución. Artículo 28. La Unidad Responsable contará con el apoyo del Dictaminador, quien realizará las actividades descritas en el Artículo 15 fracción II de estos Lineamientos. DE LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA CAPÍTULO IV Artículo 29. El periodo de recepción de solicitudes de apoyo, será a partir del 31 de marzo de 2014 y hasta el 19 de septiembre de 2014, o al término del recurso ordinario contemplado en el Presupuesto de Egresos de la Federación vigente. Artículo 30. El Apoyo aprobado por el Comité, serán entregados previa firma del Acta Entrega-Recepción. Las Organizaciones deberán firmar dicha Acta y además expedir el recibo con requisitos fiscales. Artículo 31. El Apoyo para Actividades de Capacitación o Evento(s) de Fomento Organizacional, se entregará a la Organización a través del representante o apoderado facultado para ello; con posterioridad a la firma del Acta Entrega-Recepción, en una sola exhibición, mediante cheque nominativo no negociable y para abono en cuenta, a nombre de la Organización. El representante legal que firme el Acta Entrega-Recepción, deberá ser el mismo que firmó la solicitud de apoyo; en caso de cambio, deberá informar a la Unidad Responsable y acreditar la representación, así como la actualización de los datos ante el Instituto Nacional de Desarrollo Social (INDESOL). En el caso de los Proyectos Agrarios Integrales, el cheque será a nombre de tres integrantes de la mesa directiva que designe el Grupo Social. Artículo 32. La Unidad Responsable revisará la documentación que exhiban las Organizaciones y los Grupos Sociales para comprobar la aplicación del Apoyo, utilizando los siguientes criterios:

24 1. Que el comprobante aparezca registrado en el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) 2. Que los comprobantes sean congruentes con las dos cotizaciones presentadas en los proyectos y que cumplan con los requisitos fiscales vigentes. Artículo 33. En casos excepcionales y, con base en la disposición presupuestal, el Comité podrá autorizar y establecer un nuevo periodo de recepción y análisis de propuestas y solicitudes para este tipo de financiamientos; dado el caso, el Comité establecerá los mecanismos y los tiempos extraordinarios para difundir y operar lo conducente. Artículo 34. La Unidad Responsable expedirá, a solicitud de la Organización, la Carta de Antecedentes cuando por causas no imputables a ésta, no haya realizado la supervisión; siempre y cuando haya evidencia de que el Apoyo se ejecutó conforme a los presentes Lineamientos y a la Ficha de Capacitación o Ficha de Evento(s) de Fomento Organizacional. CAPÍTULO V DERECHOS, OBLIGACIONES Y SANCIONES Derechos. Artículo 35. Son derechos de los Grupos Sociales y/o de las Organizaciones en lo aplicable, los siguientes: I. Solicitar el Apoyo de alguno de los componentes, en el ejercicio fiscal vigente; II. Recibir el Apoyo, siempre y cuando haya sido aprobado por el Comité y exista suficiencia presupuestal; III. Recibir una copia de la Ficha de Capacitación o Ficha de Evento(s); y, IV. Formular ante las instancias competentes, las quejas y denuncias que estimen pertinentes, con motivo de la aplicación de los Lineamientos. Obligaciones. Artículo 36. Son obligaciones de los Grupos Sociales y/o de las Organizaciones en lo aplicable, las siguientes: I. Satisfacer los requisitos de recepción; II. Cumplir con lo dispuesto en estos Lineamientos ;

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